Procedimiento : 2007/2665(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B6-0512/2007

Textos presentados :

B6-0512/2007

Debates :

PV 12/12/2007 - 12
CRE 12/12/2007 - 12

Votaciones :

PV 13/12/2007 - 6.9
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Textos aprobados :

P6_TA(2007)0623

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
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Véase también la propuesta de resolución común RC-B6-0512/2007
5 de diciembre de 2007
PE398.192v01-00
 
B6‑0512/2007
tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento
por Kristian Vigenin, Bárbara Dührkop Dührkop, Justas Vincas Paleckis y Csaba Sándor Tabajdi,
en nombre del Grupo del PSE
sobre la lucha contra el ascenso del extremismo en Europa

Resolución del Parlamento Europeo sobre la lucha contra el ascenso del extremismo en Europa 
B6‑0512/2007

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre el racismo, la xenofobia y el extremismo, en particular la de 20 de febrero de 1997 sobre el racismo, la xenofobia y la extrema derecha, y la de 15 de junio de 2006 sobre el aumento de la violencia racista y homófoba en Europa (P6_TA2006)0273),

–  Vista su Resolución legislativa, de 29 de noviembre de 2007, sobre la propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal (Informe Roure),

–  Vistos los artículos 6 y 7 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 13 del Tratado CE, por los que la UE y sus Estados miembros se comprometen a respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, y que prevén medios europeos para combatir el racismo, la xenofobia y la discriminación,

–  Vista la Carta de los Derechos Fundamentales y el estatuto de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales,

–  Vistos los instrumentos internacionales de derechos humanos que prohíben la discriminación por razones de origen racial y étnico y, en particular, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas la Formas de Discriminación Racial y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH), de los que son signatarios todos los Estados miembros de la UE y un gran número de países no comunitarios,

–  Vista la Recomendación 1438 (25 de enero de 2000) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre «La amenaza a la democracia por parte de partidos y movimientos extremistas en Europa»,

–  Vistas las actividades de la Unión Europea en materia de lucha contra el racismo, la xenofobia, el antisemitismo y la homofobia, y en particular las Directivas 2000/43/CE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico, y 2000/78/CE, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, así como la Decisión marco sobre lucha contra el racismo y la xenofobia,

–  Vista la Resolución 1344 (29 de septiembre de 2003) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre «La amenaza a la democracia por parte de partidos y movimientos extremistas en Europa»,

–  Visto el Informe sobre el racismo y la xenofobia en los Estados miembros de la UE en 2007, publicado por la Agencia Europea de Derechos Fundamentales,

–  Visto el documento de la OSCE «Retos y respuestas a los incidentes inspirados en el odio en el ámbito de la OSCE» (octubre de 2006),

–  Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,

A.  Profundamente preocupado por el resurgimiento en Europa de movimientos y partidos extremistas que basan su ideología y su discurso político, sus prácticas y comportamientos en la intolerancia, la exclusión, la xenofobia, el antisemitismo, las medidas contra la población romaní y el ultranacionalismo,

B.  Considerando que esta ideología es incompatible con la democracia y los derechos humanos, así como con los principios y valores en los que se fundamenta la UE,

C.  Considerando que ningún Estado miembro es inmune a las amenazas intrínsecas que el extremismo supone para la democracia y que, por tanto, combatir la difusión de actitudes xenófobas y movimientos políticos extremistas es un reto para Europa,

D.  Considerando que algunos partidos y movimientos políticos, incluidos aquellos que gobiernan en un determinado número de países o están representados a escala local, nacional o europea, han colocado en el centro de su agenda la intolerancia basada en la raza, el origen étnico, la nacionalidad, la religión y la orientación sexual, permitiendo a dirigentes políticos el empleo de un lenguaje que incita al odio racial y otras formas de odio y fomenta las ideas extremistas en la sociedad,

E.  Considerando que los neonazis y los extremistas de derechas están dirigiendo sus violentos ataques contra una amplia variedad de colectivos vulnerables, incluidos los migrantes, homosexuales, activistas antirracistas, personas sin hogar y jóvenes que pertenecen a subculturas distintas de las extremistas de derechas,

F.  Considerando que las actividades de organizaciones paramilitares extremistas que operan en un determinado número de Estados de la UE están despertando preocupación y miedo tanto en sus respectivos países como en los países vecinos,

G.  Considerando que en algunos Estados miembros de la UE existe la tendencia a considerar que el sistema político democrático se está viendo progresivamente socavado y se aboga por sustituir los partidos políticos tradicionales por movimientos populistas, lo que allana el camino a las fuerzas extremistas,

H.  Considerando que la existencia de algunos medios de comunicación así como de un amplio número de páginas de Internet, que ofrecen la principal fuente de información sobre movimientos y grupos que incitan al odio, a los ataques contra la estabilidad política y las instituciones democráticas y a la violencia, suscita preocupación respecto del modo de contrarrestar este problema sin violar la libertad de expresión,

I.  Considerando que los movimientos de extrema derecha atraen fundamentalmente a personas socialmente aisladas, excluidas y vulnerables, faltas de seguridad económica y de formación,

1.  Condena enérgicamente todo tipo de ataques racistas y motivados por el odio e insta a las autoridades nacionales a que hagan todo lo que esté en su mano para castigar a los responsables y luchar contra el clima de impunidad con respecto a estos delitos, y expresa su solidaridad con todas las víctimas de dichos ataques y con sus familias;

2.  Destaca que los movimientos extremistas que incitan a la violencia, ya sea dentro o fuera de partidos políticos, abusan del derecho de asociación desde un punto de vista político; opina que deben preverse medidas dirigidas a limitar la capacidad de acción de esos movimientos en proporción con el peligro de violencia y con el claro objetivo de garantizar la igualdad y la libertad de cada persona;

3.  Toma nota de que el resurgimiento de organizaciones extremistas, de extrema derecha e irredentistas (con frecuencia con elementos antisemitas y neofascistas) refleja el deterioro de la situación social, el desempleo, el miedo colectivo a la globalización, la marginación social y el fracaso escolar;

4.  Pide a los Estados miembros que aborden las cuestiones sociales y económicas, tales como el desempleo, la inmigración y la seguridad, que esos partidos y movimientos capitalizan, y que desarrollen políticas de educación para una ciudadanía democrática, basada en los derechos y responsabilidades de los ciudadanos;

5.  Pide a la Comisión y al Consejo que dirijan la búsqueda de respuestas políticas y jurídicas adecuadas, en particular en una fase preventiva, sin olvidar las respuestas necesarias en relación con la educación de los jóvenes y la información del público, aclarando conceptos en relación con el totalitarismo y difundiendo los principios de los derechos humanos y las libertades fundamentales para mantener viva la memoria de los actos y acontecimientos tal como sucedieron realmente en Europa;

6.  Insiste en que la Comisión debe controlar la plena aplicación de la legislación existente concebida para prohibir la instigación a la violencia política, el racismo y la xenofobia y promover la ampliación de esta legislación no sólo a los individuos sino también a los partidos políticos, organizaciones y movimientos;

7.  Insta a todas las fuerzas políticas democráticas, tanto de izquierdas como de derechas, a rehusar todo tipo de cooperación, tanto explícita como implícita, con partidos extremistas de carácter racista o xenófobo, y por tanto también a rechazar cualquier tipo de alianza con sus representantes elegidos con vistas a formar mayorías que ejerzan el poder político;

8.  Pide a los medios de comunicación democráticos que promuevan y difundan en sus mensajes los principios y valores de la democracia, la igualdad y la tolerancia;

9.  Acoge con satisfacción la disolución del grupo político de extrema derecha Independencia, Tradición y Soberanía (ITS), y cuenta con que se endurezcan las condiciones requeridas para formar grupos políticos; pide a los diputados y a los grupos políticos del Parlamento Europeo que no apoyen iniciativa alguna procedente de diputados o grupos políticos que apoyen ideas contrarias a los principios en los que se fundamenta la Unión Europea;

10.  Previene, con vistas a las elecciones europeas de 2009, contra la posibilidad de que partidos extremistas obtengan representación en el Parlamento Europeo y pide a los grupos políticos que adopten las medidas adecuadas para evitar el uso de una institución democrática como plataforma para financiar y propagar mensajes antidemocráticos;

11.  Pide a todos los Estados miembros que como mínimo contemplen la posibilidad de retirar el apoyo financiero público a todos aquellos partidos que no se adhieran a los derechos humanos y libertades fundamentales, a la democracia y al Estado de Derecho, tal y como vienen definidos en el CEDH y en la Carta de los Derechos Fundamentales; pide a los Estados miembros que ya contemplan esta posibilidad que la apliquen sin demora; pide, además, a la Comisión que garantice que no se conceda financiación comunitaria a medios de comunicación que se utilizan como plataforma para la difusión a gran escala de ideas racistas, xenófobas y homófobas;

12.  Pide a la Comisión que apoye a las ONG y a las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a promover los valores democráticos, la solidaridad, la inclusión social, el diálogo intercultural y la concienciación social como medios para combatir la radicalización y el extremismo violento;

13.  Pide al Consejo y a la Comisión que refuercen los programas europeos destinados a fomentar la inclusión social y la educación para la ciudadanía democrática, y que aborden los males sociales y económicos tales como la inseguridad, el desempleo y la exclusión; alienta la Comisión a solicitar que los países candidatos a la UE presten mayor atención a las políticas de reducción de la pobreza, inclusión social y educación para la ciudadanía democrática;

14.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros y al Consejo de Europa.

Última actualización: 7 de diciembre de 2007Aviso jurídico