Propuesta de resolución - B6-0051/2009Propuesta de resolución
B6-0051/2009

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

12.1.2009

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 103, apartado 2, del Reglamento
por Pasqualina Napoletano y Hannes Swoboda
en nombre del Grupo del PSE
sobre la situación en la Franja de Gaza

Véase también la propuesta de resolución común RC-B6-0051/2009

Procedimiento : 2009/2504(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B6-0051/2009

B6‑0051/2009

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en la Franja de Gaza

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Oriente Próximo, en particular las de 16 de noviembre de 2006, sobre la situación en la Franja de Gaza[1], 12 de julio de 2007, sobre la situación en Oriente Próximo[2], 11 de octubre de 2007, sobre la situación humanitaria en Gaza[3], y 21 de febrero de 2008, sobre la situación en Gaza[4],

–  Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 242 (1967), 338 (1973) y 1860, de 8 de enero de 2009,

–  Visto el Cuarto Convenio de Ginebra (1949),

–  Vista la Declaración de la Unión Europea sobre la situación en Oriente Próximo de 30 de diciembre de 2008,

–  Visto el artículo 103, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que, el 27 de diciembre de 2008, Israel lanzó una ofensiva militar en Gaza en respuesta a los ataques con misiles de Hamás en el sur de Israel,

B.  Considerando que, de acuerdo con las informaciones más recientes, la operación israelí ha causado la muerte hasta ahora a unas mil personas en Gaza, la mayor parte de ellas mujeres y niños, y ha producido miles de víctimas, la destrucción de viviendas, escuelas y otras infraestructuras civiles clave, de lo cual también han sido testigos algunos diputados al Parlamento Europeo durante su reciente visita a Rafah,

C.  Considerando que muchos informes afirman que el ejército israelí utiliza municiones con fósforo, que producen heridas más graves,

D.  Considerando que los pasos fronterizos de entrada y salida de Gaza han sido cerrados durante dieciocho meses y el bloqueo a la circulación de personas y mercancías ha afectado a la vida cotidiana de los habitantes y paralizado además la economía en la Franja,

E.  Considerando que la política de aislamiento de la Franja de Gaza ha fracasado, tanto en el plano político como en el humanitario, y que el embargo ejercido sobre la Franja de Gaza constituye un castigo colectivo que contraviene el Derecho humanitario internacional,

F.  Considerando que la considerable ayuda financiera de la Unión Europea a los palestinos ha desempeñado un papel importante para evitar una catástrofe humanitaria en la Franja de Gaza y en Cisjordania; considerando que la Unión Europea sigue proporcionando, también a través de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos, ayuda humanitaria a la población y subvenciones directas a los empleados de la Autoridad Palestina en la Franja de Gaza, a través del mecanismo de financiación de la UE PEGASE, y otra ayuda internacional para los Territorios Palestinos,

1.  Expresa su más profunda indignación por la violencia en la Franja de Gaza, las consecuencias del uso desproporcionado de la fuerza por el ejército israelí y la permanente escalada militar que está causando centenares de víctimas, la mayoría de ellas civiles, incluidos muchos niños; expresa sus condolencias a la población civil afectada por la violencia en Gaza y en el sur de Israel; lamenta profundamente que civiles y objetivos de las Naciones Unidas hayan sido objeto de ataques;

2.  Pide un alto el fuego inmediato e incondicional que incluya la retirada del territorio nuevamente ocupado en los últimos días por el ejército israelí, y una tregua negociada que debe ser garantizada por un mecanismo establecido por la comunidad internacional, que prevea el envío de una fuerza multinacional que incluya a países árabes y musulmanes;

3.  Pide a Israel que respete las obligaciones que le incumben en virtud el Derecho internacional y del Derecho humanitario internacional; pide a Hamás que ponga fin al lanzamiento de misiles y que asuma sus propias responsabilidades, comprometiéndose a participar en un proceso político orientado a restablecer el diálogo intrapalestino y a contribuir al proceso de negociación actual;

4.  Celebra la adopción de la Resolución 1860 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 8 de enero de 2009, y, a pesar de la falta de un compromiso para su ejecución por ambos lados, pide a todas las partes interesadas que respeten plenamente sus disposiciones, y pide al Consejo y a los Estados miembros que intensifiquen su presión para detener la violencia actual;

5.  Está de acuerdo en que es necesario proporcionar con urgencia, tal y como exige la Resolución 1860 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, dispositivos y garantías en Gaza para lograr un alto el fuego sostenible y duradero, incluida la reapertura segura y sostenible de los pasos fronterizos y la prohibición del tráfico ilícito de armas y municiones;

6.  Pide en los más enérgicos términos a las autoridades israelíes que permitan la entrega de alimentos, ayuda médica urgente y combustible en la Franja de Gaza mediante la apertura del paso fronterizo y el levantamiento del bloqueo, y que garanticen un flujo continuo y suficiente de ayuda a través del corredor humanitario de Rafah; insta a las autoridades israelíes a que permitan que la prensa internacional dé cobertura a los acontecimientos sobre el terreno;

7.  Considera que deben garantizarse sin restricciones la inmediata reanudación del Acuerdo sobre circulación y acceso y la aplicación de los principios acordados para el paso de Rafah, a los que llegaron Israel y la Autoridad Palestina en septiembre de 2005 tras la retirada unilateral de Israel de la Franja de Gaza;

8.  Pide al Consejo, a la Comisión y a otros donantes internacionales que, en cooperación con las Naciones Unidas y las ONG, proporcionen la ayuda adecuada en vista de las crecientes necesidades y pidan a Israel que no socave este esfuerzo humanitario fundamental; señala que esta ayuda debe contribuir a la reanudación gradual de la recuperación económica básica en la Franja y al restablecimiento de unas condiciones de vida dignas para los palestinos, en particular para los jóvenes;

9.  Reitera que no existe una solución militar para el conflicto israelo-palestino, y considera que ha llegado el momento de alcanzar un acuerdo de paz duradero y exhaustivo basado en las negociaciones celebradas hasta la fecha por ambas partes;

10.  Solicita la organización de una conferencia internacional, promovida por el Cuarteto y en la que participen todos los actores regionales, basada en el acuerdo precedente alcanzado entre israelíes y palestinos y en la iniciativa de la Liga Árabe;

11.  Destaca la gran importancia de renovar los esfuerzos en favor de la reconciliación entre los palestinos; subraya, en este contexto, la necesidad de un contacto geográfico permanente y de la reunificación política pacífica y duradera de la Franja de Gaza y Cisjordania;

12.  Subraya una vez más que toda mejora de las relaciones políticas entre la UE e Israel debe estar firmemente vinculada al respeto del Derecho internacional humanitario, a un verdadero compromiso sobre un acuerdo general de paz, al final de la crisis humanitaria en Gaza y en los Territorios Palestinos Ocupados y al respeto de la aplicación plena del Acuerdo de Asociación interino CE−OLP; declara que mientras la situación siga siendo tan crítica mantendrá su posición negativa sobre la votación del dictamen conforme para una mayor participación de Israel en los programas de la CE;

13.  Manifiesta su preocupación por la grave repercusión que el resurgimiento del conflicto tendrá en las perspectivas políticas de la región y para las esperanzas de una paz duradera en todo el Oriente Próximo; subraya que se corre el riesgo de que el impacto de estas graves tensiones sea perjudicial para la comprensión y el diálogo mutuos entre todas las comunidades en Europa;

14.  Solicita un papel político más enérgico y unido por parte de la Unión Europea, y pide al Consejo que aproveche la oportunidad para cooperar con el nuevo Gobierno estadounidense con objeto de poner fin al conflicto con un acuerdo basado en la solución que prevé dos Estados, ofreciendo a los israelíes y a los palestinos la posibilidad de coexistir pacíficamente dentro de unas fronteras seguras y reconocidas a nivel internacional, con el fin de establecer una nueva estructura de seguridad regional pacífica en Oriente Próximo;

15.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Enviado Especial del Cuarteto a Oriente Próximo, al Presidente de la Autoridad Nacional Palestina, al Consejo Legislativo Palestino, al Gobierno de Israel y a la Knesset, así como al Gobierno y al Parlamento de Egipto.