tras una declaración de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
sobre la situación en Ucrania (2012/2658(RSP))
Charles Tannock, Ryszard Antoni Legutko, Tomasz Piotr Poręba, Ryszard Czarnecki, Janusz Wojciechowski, Konrad Szymański
en nombre del Grupo ECR
Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Ucrania(2012/2658(RSP))
B7‑0247/2012
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre Ucrania, en particular las de 9 de junio de 2011(1) y 27 de octubre de 2011(2),
– Visto el Informe del Parlamento Europeo que contiene las recomendaciones del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior sobre las negociaciones del Acuerdo de Asociación UE-Ucrania, aprobado el 1 de diciembre de 2011(3),
– Vista la rúbrica del Acuerdo de Asociación UE-Ucrania el 30 de marzo de 2012,
– Vista la declaración de su Presidente sobre la sentencia dictada contra la ex Primera Ministra ucraniana Yulia Timoshenko el 11 de octubre de 2011,
– Vistas las declaraciones pronunciadas por la Alta Representante de la UE, Catherine Ashton, el 11 de octubre de 2011 y el 26 de abril de 2012 en nombre de la Unión Europea sobre la sentencia en la causa contra Yulia Timoshenko,
– Vista la decisión del Tribunal de Apelación de 16 de mayo de 2012 por la que se confirma la sentencia a cuatro años de prisión dictada contra Yuriy Lutsenko,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que Ucrania es un país europeo de importancia estratégica para la UE; que por sus dimensiones, recursos, población y situación geográfica, Ucrania ocupa una posición particular en Europa y es un interlocutor regional determinante;
B. Considerando que las autoridades ucranianas han insistido reiteradamente en las aspiraciones europeas de Ucrania;
C. Considerando que la ratificación del Acuerdo de Asociación entre la UE y Ucrania ha sido aplazada por el Consejo por motivos de preocupación en cuanto al respeto de los derechos humanos y del Estado de Derecho;
D. Considerando que desde las elecciones presidenciales celebradas en enero de 2010, hay señales cada vez más preocupantes de deterioro de la democracia y el pluralismo, como muestra, en particular, el trato de que son objeto militantes de partidos de la oposición, como la ex Primera Ministra Yulia Timoshenko y otros antiguos representantes del Gobierno;
E. Considerando que Ucrania es miembro del Consejo de Europa y signatario del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos;
F. Considerando que el Comité Helsinki para los Derechos Humanos de Dinamarca ha incluido una relación de violaciones graves del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos en sus informes sobre los juicios contra miembros de anteriores Gobiernos;
G. Considerando que la UE sigue insistiendo en la necesidad de que se respete el Estado de Derecho, lo que incluye la celebración de juicios justos, imparciales e independientes, evitando al mismo tiempo el riesgo de dar la impresión de que las medidas judiciales se utilizan de manera selectiva; considerando que, en la opinión de la UE, estos principios revisten especial importancia en un país que aspira a una relación contractual más profunda basada en una asociación política,
H. Considerando que Ucrania es país coorganizador del campeonato EURO 2012;
I. Considerando que el Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, algunos miembros de la Comisión Europea y los líderes de algunos países europeos han anunciado su intención de boicotear la parte ucraniana de la EURO 2012 en protesta contra el trato inhumano dado a la ex Primera Ministra ucraniana Yulia Timoshenko;
J. Considerando que la resolución dictada por el Tribunal Constitucional de Ucrania el 1 de octubre de 2010 restablece el sistema presidencialista en el país; que debe seguir siendo prioritario establecer un sistema democrático, efectivo y duradero de contrapoderes institucionales, y que el proceso para lograrlo debe ser abierto, incluyente y accesible para todas las instancias y partidos políticos de Ucrania,
K. Considerando que en Ucrania siguen estando generalizados la corrupción y el abuso de poder, que deben recibir de las autoridades una respuesta inequívoca consistente en el enjuiciamiento de los responsables; considerando que las acciones judiciales y las investigaciones han de ser imparciales e independientes y no deben utilizarse para fines políticos;
L. Considerando que la Asociación Oriental puede ofrecer a Ucrania nuevos medios para integrarse en la Unión Europea, pero que solo puede tener éxito si se basa en proyectos prácticos y creíbles y en el Estado de Derecho;
1. Destaca que Ucrania, conforme al artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, puede solicitar su adhesión a la UE como cualquier Estado europeo que suscriba los principios de libertad, democracia y respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y del Estado de Derecho;
2. Subraya que Ucrania mantiene fuertes vínculos históricos, culturales y económicos con la Unión Europea y que es uno de sus socios estratégicos en Europa Oriental, pues ejerce una notable influencia en la seguridad, la estabilidad y la prosperidad de toda la región,
3. Expresa su preocupación ante el incremento de las acciones judiciales selectivas contra figuras de la oposición política en Ucrania y ante la desproporción de las medidas aplicadas, especialmente en los casos de la Sra. Timoshenko y el Sr. Lutsenko;
4. Pide a las autoridades ucranianas que respeten los derechos de Yulia Timoshenko y otros antiguos miembros del Gobierno, en particular el derecho a un proceso de apelación limpio, justo, independiente y transparente; expresa su preocupación ante la violencia del trato dado a la ex Primera Ministra Yulia Timoshenko, según informaciones del Comisario para los Derechos Humanos del Parlamento ucraniano;
5. Acoge con satisfacción la decisión de permitir que los doctores alemanes den tratamiento médico a Yulia Timoshenko, pero destaca que deben garantizarse unas condiciones favorables para que dé resultado;
6. Toma nota de las declaraciones de los líderes de la Unión Europea y de algunos países europeos sobre el boicot político de la parte ucraniana de la EURO 2012; expresa su opinión de que el boicot enviaría un mensaje firme a las autoridades ucranianas y podría dar lugar a un cambio de actitud para con las figuras de la oposición encarceladas por motivos políticos;
7. Destaca el hecho de que el refuerzo del Estado de Derecho y una lucha creíble contra la corrupción resultan esenciales no solo para la celebración del Acuerdo de Asociación y la intensificación de las relaciones UE-Ucrania en general, sino también para la consolidación de la democracia en Ucrania;
8. Insta a las autoridades ucranianas a que intensifiquen el proceso de aplicación de las reformas estructurales importantes y a que respeten las prioridades de la Agenda de Asociación, especialmente las relativas al respeto del Estado de Derecho y los valores democráticos;
9. Destaca que el pleno respeto de la legislación en materia de derechos humanos y de normas fundamentales de la OSCE fortalecería la credibilidad de la Presidencia de la OSCE que debe desempeñar Ucrania en 2013;
10. Subraya que las elecciones de octubre a la Verjovna Rada serán una prueba crucial para la democracia ucraniana y determinarán el futuro geopolítico de Europa;
11. Celebra la aprobación de la nueva ley de asociaciones públicas en marzo de 2012; expresa su preocupación, no obstante, ante el creciente número de resoluciones judiciales que prohíben reuniones públicas;
12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de Ucrania y a las Asambleas Parlamentarias del Consejo de Europa y de la OSCE.