Propuesta de resolución - B8-0863/2016Propuesta de resolución
B8-0863/2016

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la decisión de Japón de reanudar la caza de ballenas durante la temporada 2015-2016

29.6.2016 - (2016/2600(RSP))

tras las preguntas con solicitud de respuesta oral B8-0702/2016 y B8-0703/2016
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento

Linnéa Engström, Benedek Jávor, Bart Staes en nombre del Grupo Verts/ALE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0853/2016

Procedimiento : 2016/2600(RSP)
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B8-0863/2016
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B8-0863/2016

Resolución del Parlamento Europeo sobre la decisión de Japón de reanudar la caza de ballenas durante la temporada 2015-2016

(2016/2600(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la moratoria internacional sobre la caza comercial de ballenas, declarada por la Comisión Ballenera Internacional,

–  Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2012, sobre las negociaciones comerciales de la UE con Japón[1],

–  Vista la Resolución 2014-5 sobre la caza de ballenas al amparo de permisos especiales (conocida como caza con fines científicos), aprobada por la Comisión Ballenera Internacional en su 65ª Reunión Anual, que tuvo lugar en Eslovenia en 2014,

–  Vista la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), de 31 de marzo de 2014, en la causa relativa a la caza de la ballena en el Antártico (Australia c. Japón; interviniente: Nueva Zelanda), en la que se declaraba que la caza de ballenas por parte de Japón no tenía fines científicos,

–  Visto el nuevo programa japonés de caza de ballenas en el océano Antártico (NEWREP-A),

–  Vistas las preguntas al Consejo y la Comisión sobre la decisión de Japón de reanudar la caza de ballenas en la temporada 2015-2016 (O-000058/2016 – B8-0702/2016 y O-000059/2016 – B8-0703/2016),

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que la Comisión Ballenera Internacional (CBI) prohibió la caza comercial de ballenas de todas las especies de grandes ballenas en 1982, prohibición que entró en vigor en 1986;

B.  Considerando que Japón, a pesar de esta prohibición internacional, ha seguido cazando ballenas con fines supuestamente científicos, matando a más de 17 000 ballenas[2] en el periodo comprendido entre 1986, cuando entró en vigor la prohibición, y 2008/2009;

C.  Considerando que la caza de ballenas por parte de Japón provoca un sufrimiento grave y prolongado a los animales y pone en peligro la conservación de las poblaciones de ballenas en su conjunto;

D.  Considerando que todas las especies de grandes ballenas figuran en el apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES),

E.  Considerando que, en su Sentencia de 31 de marzo de 2014, la Corte Internacional de Justicia rechazo el programa de caza científica de ballenas y consideró que los permisos especiales otorgados por Japón para matar, cazar y faenar ballenas de aleta, ballenas jorobadas y ballenas enanas no estaban comprendidos en las disposiciones del apartado 1 del artículo VIII del Convenio Internacional para la Regulación de la Pesca de la Ballena y su Anexo, ni tampoco eran conformes con sus obligaciones en virtud de varios apartados del anexo a dicho Convenio;

F.  Considerando que, a pesar de esta resolución de la CIJ, Japón, tras una pausa en 2014, reanudó sus actividades de caza de ballenas en 2015 al amparo de NEWREP-A;

G.  Considerando que Japón, durante muchos años, ha desarrollado actividades comerciales con carne y otros productos derivados de la ballena, a pesar de que este animal figura en el apéndice I del CITES;

H.  Considerando que, según el programa NEWREP-A, Japón tiene previsto cazar un total de 3 996 ballenas enanas a lo largo de un periodo de 12 años;

I.  Considerando que el Grupo de expertos científicos de la Comisión Ballenera Internacional que examinó y revisó el NEWREP-A llegó a la conclusión de que esta propuesta no demostraba la necesidad de utilizar muestreos letales para lograr los objetivos perseguidos;

J.  Considerando que la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo apoyan el mantenimiento de la moratoria general sobre la caza comercial de ballenas y la prohibición del comercio internacional de productos derivados de la ballena, aspiran a poner fin a la caza de ballenas por supuestas razones científicas y apoyan la designación de zonas extensas de océanos y mares como santuarios en los que se prohíba indefinidamente todo tipo de caza de ballenas;

K.  Considerando que la Unión y los Estados miembros han criticado a Japón por la reanudación de sus actividades y por no haber atendido suficientemente las directrices formuladas en la resolución de 2014 de la CIJ; que en diciembre de 2015 se adhirieron a una gestión diplomática de Nueva Zelanda ante el Gobierno de Japón;

L.  Considerando que las negociaciones del acuerdo de libre comercio entre la Unión y Japón se iniciaron oficialmente el 25 de marzo de 2013;

M.  Considerando que las políticas comerciales deberían servir, entre otros fines, para mejorar el respeto de los derechos humanos, el bienestar animal y la protección del medio ambiente, incluida la protección de los mamíferos marinos;

1.  Pide a Japón que respete la resolución del CIJ y ponga fin a todas sus actividades de caza de ballenas;

2.  Pide a la Comisión y al Consejo que, en el contexto de las negociaciones en curso sobre el acuerdo de libre comercio entre la Unión y Japón, insten a este país a que respete sus obligaciones jurídicas internacionales en materia de protección de los mamíferos marinos;

3.  Declara que la continuación de las actividades de caza de ballenas por parte de Japón constituye un impedimento para la celebración del acuerdo de libre comercio entre la Unión y Japón;

4.  Pide a la Comisión y al Consejo que planteen la cuestión de la inobservancia por parte de Japón de la resolución del CIJ en todas las reuniones con representantes del Gobierno japonés y que insten a Japón a reconsiderar su posición;

5.  Insta al Consejo y a la Comisión a que, al elaborar la posición común actualizada de la Unión sobre la caza de ballenas tras la 66ª Reunión Anual de la CBI, adopten un planteamiento que sea al menos tan cauteloso como el de la actual posición común (Propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en las cinco próximas reuniones de la Comisión Ballenera Internacional y en sus correspondientes reuniones entre las asambleas anuales con respecto a las propuestas de enmienda del Convenio Internacional para la Regulación de la Pesca de la Ballena y su Anexo (COM(2011)0495));

6.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, y al Gobierno y al Parlamento de Japón.