El 8 de septiembre 2010 se presentó el Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de la Directiva 2005/85/CE, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado (COM (2010)0465).
El informe muestra claramente las diferencias entre los procedimientos de asilo de los Estados miembros, y esto en sí mismo confirma la necesidad urgente de una refundición de la Directiva de 2005 (2005/85/CE).
Al mismo tiempo, algunos Estados miembros han manifestado su preocupación en relación con un enfoque armonizado, y ello ha llevado a una congelación total de las discusiones y negociaciones sobre el informe, lo que socava el verdadero objetivo de establecer en 2012 un sistema común de asilo en la Unión Europea.
Con ocasión de las reuniones celebradas por los ponentes alternativos y la Comisión con el ponente, éste ha reconocido que falta información importante de un número significativo de Estados miembros que participan en la aplicación de la Directiva de 2005. Esto impide que la Comisión pueda asistir al Consejo en la resolución de cuestiones pendientes que bloquean las negociaciones.
¿Podría indicar el Consejo las cuestiones pendientes que impiden alcanzar una posición común sobre la Directiva de procedimientos, incluyendo los argumentos de los distintos Estados miembros, con el fin de relanzar las negociaciones sobre este aspecto crucial del paquete de asilo y respetar nuestra fecha límite?