– Vistas sus Resoluciones de 27 de abril de 2006 sobre una Asociación reforzada entre la Unión Europea y América Latina(1), de 15 de noviembre de 2001, sobre una Asociación global y una Estrategia Común para las relaciones entre la Unión Europea y América Latina(2) y de 26 de septiembre de 2002sobre Mercosur(3);
– Vistas las Declaraciones de las cuatro Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y del Caribe y de la Unión Europea celebradas hasta la fecha en Río de Janeiro (28 y 29 de junio de 1999), Madrid (17 y 18 de mayo de 2002), Guadalajara (28 y 29 de mayo de 2004) y Viena (11 al 13 de mayo de 2006),
– Vista la Declaración de Luxemburgo aprobada con ocasión de la XII Reunión Ministerial entre el Grupo de Río y la Unión Europea, celebrada en Luxemburgo el día 27 de mayo de 2005,
– Vista la Comunicación estratégica de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el refuerzo de la Asociación entre la Unión Europea y América Latina (COM(2005)0636), presentada con miras a la IV Cumbre UE-ALC celebrada en Viena los días 12 y 13 de mayo de 2006,
– Vista la Declaración de Viena aprobada con ocasión de la IV Cumbre UE-ALC celebrada en Viena los días 12 y 13 de mayo de 2006,
– Vista el Acta Final de la XVII Conferencia Interparlamentaria Unión Europea - América Latina celebrada en Lima, del 14 al 16 de junio de 2005,
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Comercio Internacional y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A6-0302/2006),
A. Considerando la preocupación por la falta de progresos que rodea tanto al actual proceso de negociación de un Acuerdo de Asociación con Mercosur como a las negociaciones en el marco de la ronda de Doha de la OMC,
B. Considerando que la UE y Mercosur comparten el firme convencimiento de que la integración regional es la piedra angular del desarrollo económico y social de sus pueblos, así como un instrumento fundamental para la consolidación de la democracia, la reducción de la pobreza y de la desigualdad y para el fortalecimiento del peso de ambas regiones en el escenario mundial,
C. Considerando que la UE y Mercosur apoyan con firmeza un sistema multilateral de comercio libre y justo que fomente el comercio y contribuya al desarrollo sostenible y a la gestión eficaz de la globalización en beneficio de todos,
D. Considerando que la UE y Mercosur son actores centrales en la ronda de Doha de la OMC y que ambos han suscrito el compromiso adoptado en la Conferencia Ministerial de la OMC en Hong Kong de concluir exitosamente en 2006 las negociaciones lanzadas en Doha sobre la base de un resultado ambicioso y equilibrado en todas las áreas de la negociación,
E. Considerando que el pasado 10 de julio de 2006 el Grupo de Negociación sobre las Normas aprobó un nuevo Mecanismo de Transparencia de la OMC para todos los acuerdos comerciales regionales a fin de que éstos se conviertan en pilares de construcción del comercio mundial,
F. Considerando que la conclusión de un Acuerdo de Asociación UE-Mercosur es un elemento clave para avanzar, sobre la base de vínculos culturales e históricos especiales, en el compromiso común de promover y reforzar valores comunes como el respeto por los derechos humanos, la democracia, la cohesión económica y social, la paz y la estabilidada través de una Asociación estratégica birregional UE-América Latina,
G. Considerando que el incremento y la mejora de las relaciones económicas y comerciales entre la UE y Mercosur a través de un Acuerdo de Asociación conforme a los principios de la agenda multilateral de la OMC pueden dar lugar al refuerzo mutuo de dos procesos complementarios,
H. Considerando que la conclusión exitosa de la Ronda de Doha y de la zona de libre comercio (ZLC) UE-Mercosur es necesaria para generar una apertura real del mercado, mejorar las normas multilaterales y estimular así el crecimiento económico, el desarrollo y el empleo en todo el mundo, contribuyendo eficazmente a la integración de los países en desarrollo en la economía mundial,
I. Considerando que la conclusión y exitosa implementación de los Acuerdos de Asociación entre la UE y México, así como entre la UE y Chile ilustran la importancia estratégica y el interés económico, político y social de una relación birregional UE-América Latina asentada en Acuerdos de Asociación que incluyan zonas de libre comercio,
J. Considerando que la creación de una Zona de Libre Comercio (ZLC) con Mercosur constituye un objetivo de la máxima prioridad en un contexto marcado por la aparición de nuevos intereses comerciales, especialmente en el continente asiático,
K. Considerando que, a diferencia de las negociaciones para la creación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), la UE y Mercosur se proponen formar una Asociación estratégica global que va más allá de los aspectos estrictamente comerciales,
L. Considerando que la futura adhesión de Venezuela a Mercosur implicará un cambio sustancial en el futuro Acuerdo de Asociación, particularmente en lo que concierne al mercado de la energía,
M. Considerando que la conclusión con éxito del Acuerdo de Asociación UE- Mercosur debe contribuir al crecimiento económico y a la reducción de la pobreza en aras de la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, especialmente los que se refieren a la reducción de la pobreza, la redistribución justa y equitativa de la riqueza, la creación de un empleo estable y de calidad y a la inclusión social de los grupos excluidos,
N. Considerando que la UE es el principal socio inversor y comercial de Mercosur y que, desde 2000, el comercio entre ambas regiones ha pasado progresivamente de una situación de equilibrio a un superávit de Mercosur de alrededor de 10 000 millones de euros en 2004,
O. Considerando que Mercosur se acoge en la actualidad al régimen del Sistema de Preferencias Generalizadas que la UE concede a los países con menores niveles de renta,
P. Considerando que la Unión Europea y Mercosur, en el marco de su Asociación así como en el marco más amplio de la gobernanza mundial, deberían comprometerse a promover normas internacionales y multilaterales en materia comercial, social y medioambiental,
Q. Considerando que la inclusión de todos los Estados miembros de la OMC, especialmente del G-20, en el que participan los miembros de Mercosur, y del G-90, en el proceso de toma de decisiones de la OMC es positiva y necesaria;
1. Insiste en que la conclusión de un Acuerdo de Asociación con Mercosur que establecería la mayor zona de libre comercio entre regiones del mundo es un objetivo estratégico prioritario para las relaciones exteriores de la UE en un contexto internacional marcado por una mayor interdependencia, el crecimiento económicoy la emergencia de nuevas potencias económicas, así como por un número creciente de desafíos globales que trascienden las fronteras nacionales como son la seguridad, la gobernanza económica mundial, el medio ambiente y la reducción de la pobreza;
2. Reitera que la UE debe concluir cuanto antes un Acuerdo de Asociación con Mercosur completo, ambicioso y equilibrado sobre la base de tres pilares: un capítulo político e institucional que refuerce el diálogo democrático y la concertación política, un capítulo de cooperación que promueva el desarrollo económico y social sostenible y un capítulo comercial que instaure una ZLC avanzada que abarque una agenda amplia que, además de la liberalización recíproca del comercio de bienes y servicios, incluya los aspectos relativos a las inversiones, las compras públicas, la protección de los derechos de propiedad intelectual, la cooperación en materia de competencia así como los instrumentos de defensa comercial, la facilitación del comercio y un mecanismo vinculante para la solución de diferencias;
3. Lamenta que en la Cumbre de Viena no se haya conseguido un mandato ambicioso para el relanzamiento y conclusión de las negociaciones UE-Mercosur; hace hincapié, por tanto, en la necesidad de fomentar un proceso de negociación incluyente, eficaz y transparente y pide un mayor compromiso e impulso político al más alto nivel y el establecimiento de un calendario definitivo que permita concluir las negociaciones en el plazo más breve posible;
4. Estima que la conclusión del Acuerdo de Asociación UE-Mercosur supondría un impulso significativo hacia la creación, a medio plazo, de la Zona Euro-Latinoamericana de Asociación Global Interregional propuesta por el Parlamento en su mencionada Resolución de 27 de abril de 2006;
5. Subraya que el comercio y la negociación de una ZLC avanzada que abarque una agenda amplia es, además de un vehículo efectivo para el crecimiento económico, un medio eficaz para lograr una mayor interdependencia y una cooperación más estrecha a todos los niveles;
6. Se congratula de que la Comisión, en su mencionada Comunicación sobre el refuerzo de la Asociación entre la Unión Europea y América Latina, mantenga la integración regional como un eje prioritario de apoyo al desarrollo en América Latina; pide, con el fin de no socavar el vigor de los procesos de integración regional, que los mecanismos modulados de diálogo no perjudiquen la visión de conjunto que implica la integración regional, muy especialmente en el caso del Mercosur;
Intereses de la UE en una Zona de Libre Comercio con Mercosur
7.Recuerda que Mercosur es un área con gran potencial de crecimiento y apertura comercial que integra al 45% de la población de América Latina y representa su mercado más importante con el 45% del PIB; subraya, por tanto, que una zona de libre comercio (ZLC) UE-Mercosur, la mayor zona de libre cambio entre regiones del mundo, generaría importantes oportunidades de negocio y crecimiento económico y mejoraría la competitividad internacional de ambos mercados;
8. Insiste en que una ZLC UE-Mercosur es clave para reforzar el liderazgo de la UE como principal socio inversor y comercial de Mercosur, y para reforzar la integración intercontinental, por lo que urge culminarla ante la opción de integración continental propuesta en el ALCA; recuerda que la iniciativa ALCA de liberalización comercial en el continente americano y la expansión y apertura de Mercosur hacia los mercados asiáticos, sudafricanos o del Consejo de Cooperación del Golfo constituyen un interés geopolítico común para ambos continentes;
9. Recuerda que, al contrario de lo que ocurre en el conjunto de América Latina, donde las importaciones procedentes de EE.UU. son tres veces superiores a las procedentes de la UE, en Mercosur la cuota de la UE se sitúa en torno al 25 % frente al 20 % de los Estados Unidos;
10. Considera importante, además, la contribución decisiva que se derivaría de una ZLC UE-Mercosur para la consolidación de Mercosur como mercado común, unión aduanera, proceso de integración global y modelo para otros procesos de integración en América Latina;
Coste del no Acuerdo
11. Subraya que de acuerdo con los estudios sobre el impacto de la creación de una ZLC UE-Mercosur realizados por la Cátedra Mercosur del Instituto de Estudios Políticos de París para el MEBF (“Mercosur-EU Business Forum”), el “coste del no Acuerdo” se estima en al menos unos 3 700 millones de euros anuales en comercio de bienes y en más de 5 000 millones de euros si se incluye la inversión y los servicios;
La negociación de Zona de Libre Comercio con Mercosur
Principios, alcance y vinculación con la ronda de Doha
12. Reitera la necesidad de llegar a un acuerdo comercial, único e indivisible, que vaya más allá de las obligaciones respectivas en el seno de la OMC y que, sin excluir ningún sector, tenga en cuenta de la manera menos restrictiva posible, la sensibilidad específica de ciertos productos;
13. Lamenta, a pesar de sus recomendaciones a favor de la disociación entre la negociación del acuerdo con Mercosur y la ronda de Doha en la OMC, que el retraso en las negociaciones con Mercosur haya conducido, de hecho, a una subordinación temporal de las mismas al desarrollo y culminación de la ronda de Doha; estima, en este sentido, que ambos procesos no son excluyentes sino complementarios;
14. Insiste en que la ZLC con Mercosur, al igual que la conclusión de la Ronda de Doha de la OMC, no debe subordinarse exclusivamente a la conclusión de las negociaciones sobre las cuestiones agrícolas y que todos los ámbitos han de negociarse y progresar en paralelo y con un alto nivel de ambición, incluyendo el comercio de bienes, servicios así como las inversiones, compras públicas, y otras barreras que obstaculizan el comercio;
15. Considera que la UE y Mercosur, como socios privilegiados, deben cooperar más estrechamente en las negociaciones comerciales multilaterales, en particular en el marco de la OMC, donde con frecuencia poseen intereses comunes con respecto a la ulterior liberalización del comercio mundial;
Tratamiento especial y diferenciado
16. Estima que las negociaciones sólo podrán progresar sobre la base de un criterio razonablemente compartido sobre el valor de las respectivas concesiones y subraya, por tanto, que es preciso reconocer de forma efectiva los principios de «reciprocidad casi plena» y de «tratamiento especial y diferenciado» en función de los niveles de desarrollo y de competitividad sectorial de ambas regiones y no en términos globales o absolutos que se alejen de la realidad específica de cada mercado;
Agricultura
17. Subraya que la Comisión ha señalado que la oferta hecha a Mercosur en materia de agricultura es la más ambiciosa jamás realizada en una negociación bilateral y que la UE es el mayor importador de productos agrícolas de Mercosur, que supusieron un 48% del total de las importaciones de esa región en 2005; considera que, en este contexto, la Unión Europea tiene derecho a esperar de su socio, Mercosur, una oferta igualmente ambiciosa;
18. Recuerda que, con motivo de la reforma de la política agrícola común (PAC) en 2003, la UE ha reducido sustancialmente las subvenciones nacionales que distorsionaban el comercio, y ha pedido compromisos concretos en ese sentido por parte de otros socios comerciales en el marco de la ronda de Doha;
19. Hace hincapié, como elemento de gran interés para Mercosur, en la importante oferta propuesta por la Unión Europea en el marco de la Ronda de Doha de suprimir su sistema de restituciones a la exportación antes de 2013, e insiste en que es necesario que otros miembros de la OMC hagan lo mismo en los ámbitos de los créditos a la exportación, de las empresas estatales de comercio y de la ayuda alimentaria; subraya, no obstante, que aún deben lograrse progresos comparables en los ámbitos de ayuda interna y acceso al mercado;
20. Opina que la flexibilidad de la UE a la hora de responder a las peticiones de Mercosur en materia de acceso al mercado para sus productos agrícolas ha de condicionarse a los avances en otros sectores como el acceso al mercado para los productos no-agrícolas (NAMA) y Servicios así como en otras cuestiones agrícolas como el acuerdo sobre vinos y licores, la protección efectiva de las indicaciones geográficas y la eliminación de medidas injustificadas en materia de defensa comercial y en la aplicación de normas sanitarias, fitosanitarias y relativas a la salud de los animales;
21. Pide a la Comisión que se muestre vigilante con respecto a las solicitudes de acceso preferencial del bioetanol al mercado comunitario presentadas por nuestros socios de Mercosur en el marco de las negociaciones birregionales de la UE con esta zona;
22. Apoya la intención de la Comisión de aplicar un enfoque equilibrado en las negociaciones comerciales con países productores de etanol y de mantener las condiciones de entrada de biocarburantes en la Unión para conjugar los intereses de la industria europea y de los socios comerciales de la Unión, así como los objetivos de las políticas comunitarias, en particular la reducción de la dependencia energética exterior;
NAMA
23. Pide resultados ambiciosos y equilibrados en las negociaciones sobre NAMA que garanticen nuevas oportunidades reales de acceso al mercado sobre el conjunto de los intercambios comerciales de acuerdo con las flexibilidades apropiadas en el calendario de desmantelamiento arancelario, ello incluirá asegurar el mantenimiento y ampliación de las actividades relacionadas con la pesca;
24. Recuerda, en este contexto, la importancia que tiene para la UE el sector pesquero y sus productos transformados, como las conservas de atún;
Servicios
25. Destaca que tanto para Mercosur como para la UE, donde el sector servicios genera la mayor parte del PIB, se derivarían importantes beneficios de un acuerdo ambicioso y de amplio alcance que incida tanto en los compromisos de liberalización sectorial, incluido el modo 4, como en los niveles de seguridad jurídica y previsibilidad en la prestación de servicios;
26. Considera que el potencial de crecimiento de las relaciones comerciales mutuas es especialmente elevado en el sector de servicios, donde los miembros de Mercosur se están recuperando lentamente de una profunda crisis económica que podrá evitarse en el futuro mediante una cooperación económica sostenible entre los dos bloques comerciales;
27. Subraya, en particular, la importancia de conseguir mejoras reales sobre los compromisos de liberalización adquiridos y aplicados hasta la fecha y la necesidad de marcos reglamentarios claros y estables en materia de libre circulación de capitales, y en particular deservicios financieros, así como en la actividad relacionada con lastelecomunicaciones y el transporte marítimo y aéreo;
28. Destaca la potencialidad, cada vez más creciente, del sector del turismo en la economía de los países de Mercosur y subraya la importancia de fomentar el turismo entre ambas regiones;
Inversiones
29. Subraya que la inversión europea se ha dirigido a servicios fundamentales para el desarrollo económico de Mercosur y a sectores productivos con vocación de permanencia, como fuente generadora de empleo y riqueza;
30. Hace hincapié en la importancia de negociar un capítulo de inversiones que garantice un marco reglamentario claro y estable para la promoción y protección de la inversión extranjera, sin discriminaciones por razón de nacionalidad y con la debida seguridad jurídica en el cumplimiento de los acuerdos de inversión;
31. Subraya la necesidad de que las inversiones vayan acompañadas de infraestructuras, elementos motor del desarrollo económico;
32. Subraya que la progresiva consolidación y profundización de Mercosur, a través principalmente de la finalización de la Unión Aduanera y del desarrollo del mercado común, incluido el establecimiento de una política comercial exterior común y de la libre circulación efectiva de productos importados, es fundamental para reducir las barreras para los operadores económicos e impulsar los intercambios comerciales y de inversión entre ambas regiones;
33. Pone de manifiesto la necesidad de profundizar decididamente en la armonización de las normas contables y de auditoría para incrementar los intercambios;
34. Destaca que la cuestión de la deuda y los préstamos continúa siendo una de las trabas más importantes para el saneamiento de la administración pública y el progreso económico de Mercosur y que debería constituir un capítulo esencial en la cooperación entre ambas regiones;
35. Constata que la debilidad monetaria, derivada de la diversidad y la debilidad de las distintas monedas sudamericanas y, en particular, de su fuerte dependencia del dólar, constituye frecuentemente un obstáculo a las inversiones europeas; solicita, por consiguiente, que se aumente la aceptación del euro y su utilización en los pagos de las importaciones y exportaciones mutuas;
Compras públicas
36. Subraya, dado que ninguno de los miembros de Mercosur es miembro del Acuerdo Plurilateral de Contratación Pública de la OMC, que un acuerdo en materia de compras públicas es esencial para la creación de un entorno mucho más seguro, previsible, transparente y sin discriminaciones para los operadores económicos;
Propiedad intelectual
37. Pide que el acuerdo comercial entre la UE y Mercosur vaya más allá del Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC (Acuerdo ADPIC+); declara, sin embargo, que los acuerdos ADPIC+ no deben excluir las salvaguardias relativas a la salud pública permitidas a los miembros de la OMC en el marco de los acuerdos ADPIC, pues de otro modo quedaría restringido el acceso a medicamentos a precios asequibles en los países en desarrollo;
Medidas sanitarias y fitosanitarias
38. Estima que la inclusión en el acuerdo de un capítulo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias contribuiría a evitar que éstas fueran empleadas como instrumentos encubiertos de protección y mejoraría así el acceso a los mercados respectivos;
Otros obstáculos al comercio
39. Subraya que la aproximación de los sistemas normativos y de certificación entre ambas regiones conducirá a un mejor acceso recíproco a los mercados, especialmente en el intercambio comercial de productos industriales;
40. Recomienda una mayor y más estrecha colaboración entre los respectivos organismos de normalización, acreditación, certificación y metrología así como asistencia técnica específica por parte de la UE para mejorar las capacidades de Mercosur en esta materia e incentivar, en la medida de lo posible, la armonización de estos aspectos técnicos entre los diferentes países de Mercosur;
Solución de diferencias
41. Señala que el acuerdo debe incluir un instrumento institucionalizado de solución de diferencias que sea vinculante para resolver los conflictos que se puedan plantear en cualquiera de las áreas cubiertas por la ZLC;
Cooperación entre la UE y Mercosur
42. Recuerda que la UE es, con mucha diferencia, el principal donante de ayuda al desarrollo de Mercosur y el único que ha establecido una estrategia de cooperación orientada al fortalecimiento de la integración regional;
43. Recuerda que, además de la cooperación regional, los países miembros de Mercosur se benefician de la cooperación bilateral con la UE y son beneficiarios principales de los préstamos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) y de los programas de cooperación horizontales para América Latina: @LIS, ALBAN, AL-INVEST, URB-AL, ALURE y ALFA;
44. Subraya que la estrategia de cooperación entre la UE y Mercosur se asienta en valores compartidos de defensa de la democracia, respeto del Estado de Derecho, salvaguardia de los derechos y libertades fundamentales y la solidaridad entre ambas regiones; insiste en que la importancia geoestratégica de la asociación económica entre ambas regiones contribuirá a difundir estos valores comunes al resto del mundo fomentando el multilateralismo como única manera de hacer frente a los desafíos de seguridad, estabilidad política y crecimiento económico a los que se enfrenta la comunidad internacional;
45. Considera que, en el actual acuerdo de cooperación, el diálogo político se refuerza con mecanismos más detallados y se subraya la necesidad de respetar los derechos humanos y la buena gobernanza, pero insiste en que todavía es necesario garantizar que el capítulo de cooperación sea eficiente para erradicar la pobreza y coherente con los demás instrumentos de política de desarrollo de la UE en América Latina; hace hincapié en la necesidad de mantener el equilibrio entre comercio y desarrollo en el acuerdo final, sin que los capítulos dedicados al comercio contradigan a los dedicados al desarrollo;
46. Hace hincapié en que la buena gobernanza, los derechos humanos y la democracia son parte fundamental de la Declaración conjunta del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea titulada «El consenso europeo sobre desarrollo»(4) y que son necesarios esfuerzos adicionales para hacer frente a la mala gobernanza en los servicios comerciales y públicos;
47. Subraya la necesidad de garantizar que la cláusula estándar sobre derechos humanos forme parte del acuerdo;
48. Pide a la Comisión que la nueva estrategia de cooperación regional con Mercosur 2007-2013 cuente con mayores recursos financieros para afrontar con garantías la institucionalización y profundización de Mercosur, la implementación rápida y completa del futuro acuerdo de Asociación, atendiendo en particular a la finalización de la unión aduanera y del mercado común, y el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil, mejorando el conocimiento mutuo y la visibilidad de la cooperación;
49. Recuerda, tal y como se recoge en el «Consenso Europeo sobre el Desarrollo», que la UE, aprovechando su propia experiencia y su competencia exclusiva en materia comercial, aporta una ventaja comparativa al facilitar ayuda a los países socios para que integren el comercio en sus estrategias nacionales de desarrollo y apoyen la cooperación regional;
50. Pide a la Comisión que se establezcan medidas operativas de acompañamiento en beneficio de las empresas, sus empleados y sus representantes en ambas regiones, en particular de las pequeñas y medianas empresas, para las relaciones económicas y sociales entre la UE y Mercosur;
51. Considera imprescindible que Mercosur se beneficie de una cooperación y ayuda al desarrollo centrada en la lucha contra la pobreza y la desigualdad que tenga en cuenta al mismo tiempo la función primordial de la cooperación económica para alcanzar los objetivos de desarrollo y una distribución más justa de la riqueza,y contribuir para que los países de Mercosur desarrollen economías competitivas y se integren de manera efectiva en el sistema multilateral de comercio;
52. Subraya que tanto el capítulo de cooperación del Acuerdo de Asociación con Mercosur como el nuevoInstrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollodeben, en este contexto, impulsar y facilitar la cooperación con los países de Mercosur a través de medidas ambiciosas orientadas a la facilitación y promoción del comercio y la inversión, el apoyo al sector privado y a las PYME, la mejora del potencial científico y tecnológico y del marco institucional y económico, la defensa del medio ambiente así como las medidas para el establecimiento de contactos entre empresas y organizaciones no gubernamentales;
Medio Ambiente
53. Destaca que la cooperación con Mercosur debe promover la aplicación de los principales acuerdos internacionales en materia de medio ambiente, particularmente la Convención sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y la Convención sobre la Diversidad Biológica;
54. Aboga firmemente, por tanto, para que la cooperación y los instrumentos económicos se utilicen también para garantizar la preservación del medio ambiente en los países de Mercosur, con una especial dedicación a la selva amazónica; subraya que el desarrollo de la agricultura sostenible en los países de Mercosur debería también ser de interés para la cooperación europea y que deben fomentarse el comercio justo y la producción ecológica, por ejemplo, negociando un arancel comunitario específico para los productos de comercio justo y/o ecológicos;
Energía
55. Considera que el capítulo de cooperación del acuerdo de Asociación con Mercosur debería impulsar una colaboración regional más estrecha en el sector energético, particularmente de cara a la futura adhesión de Venezuela, con el fin de promover la seguridad y eficacia energética y aumentar el uso de fuentes de energía renovables;
Tecnologías de la información y de la comunicación
56. Recomienda, en concordancia con lo propuesto por la Dirección General de la Comisión «Sociedad de la Información y Medios de Comunicación», que se refuerce la cooperación con los países de Mercosur en el área de las tecnologías de la información y comunicación, un sector con un gran potencial para mejorar la competitividad y cohesión social de ambas regiones;
Otros elementos de la Cooperación
57. Hace hincapié en la importancia de normas laborales básicas y de puestos de trabajo dignos para el desarrollo de Mercosur; afirma, por lo tanto, que el Acuerdo debe incluir una agenda específica sobre el trabajo digno, hecha a la medida de los Estados miembros de Mercosur, así como el compromiso de la UE de ofrecer toda la ayuda necesaria para la consecución de dicha agenda;
58. Considera que, además de en el aspecto represivo relacionado con la lucha contra las drogas, el acuerdo debería hacer hincapié en que se ofrezca ayuda a los agricultores para que puedan poner en marcha una producción alternativa nueva;
59. Entiende, en lo que se refiere a la inmigración ilegal, que no sólo deberían preverse acuerdos de readmisión, sino que también es importante tener en cuenta las reflexiones actuales de la comunidad internacional;
60. Considera que, una vez que el acuerdo haya entrado en vigor, debería fomentarse también la cooperación triangular y birregional –sobre todo, con el Caribe– y alentarse la política de acuerdos Sur-Sur de Mercosur;
61. Recuerda que ha venido solicitando la creación de un Fondo de Solidaridad Birregional desde su mencionada Resolución de 15 de noviembre de 2001, y que ha reiterado numerosas veces esta solicitud, por última vez en su Resolución de 27 de abril de 2006;
62. Opina que este fondosería un instrumento útil para la cooperación birregional que podría resultar también beneficioso para la relación UE-Mercosur; que podría constituir una traducción concreta del compromiso de la UE de incrementar y gestionar mejor su ayuda a la cooperación exterior y concebirse como un instrumento para luchar contra la pobreza; y que podría centrar la cooperación de la UE en cuestiones fundamentales como la cohesión social y la integración regional.
El papel del Parlamento
63. Anima a Mercosur a que finalice con éxito los preparativos para la creación del futuro Parlamento de Mercosur, con representantes de los distintos Parlamentos nacionales; opina que la creación de una delegación interparlamentaria formada por miembros del Parlamento de Mercosur y miembros del Parlamento Europeo podría contribuir a lograr una mayor participación del Parlamento Europeo en el impulso de estas negociaciones; señala, además, que de este modo se intensificaría el contacto entre la UE y Mercosur y se impulsaría el proceso de integración con la necesaria participación de la sociedad civil a través, entre otros, de los interlocutores sociales, los operadores económicos y los actores sociales de ambas regiones, lo que daría una mayor legitimidad al proceso;
64. Estima necesaria la estrecha colaboración de todas las instituciones europeas a fin de obtener resultados satisfactorios en las negociaciones con Mercosur y, por consiguiente, pide al Consejo y a la Comisión que le consulten e informen adecuada y puntualmente sobre la estrategia de la UE en las negociaciones con Mercosur; pide a la Comisión que al término de cada ronda o encuentro negociador significativo envíe un documento explicativo sobre los resultados del mismo al Parlamento de conformidad con las reglas de confidencialidad en vigor;
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65. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a la Presidencia Protempore de Mercosur.
Impulsar la conclusión de las negociaciones de un Acuerdo de Asociación con Mercosur que incluya la mayor zona de libre comercio entre regiones del mundo es, tras años de negociación y largos meses de estancamiento, el objetivo principal del presente informe, que se estructura en 4 partes.
La primera analiza la razón de ser del acuerdo de asociación, prestando una atención particular a los intereses de la UE en una Zona de Libre Comercio (ZLC) con Mercosur así como al estado actual de la negociación y su vinculación con la ronda de Doha. La segunda parte examina, de manera específica, los principales componentes de la negociación comercial, mientras que la tercera sección dirige su atención al capítulo de cooperación del futuro acuerdo y más específicamente al apartado de la cooperación económica. Aunque el capítulo de la cooperación del futuro Acuerdo de Asociación está prácticamente cerrado, la cooperación sigue siendo un tema muy sensible ahora que los nuevos instrumentos financieros de cooperación están en plena negociación y la Comisión está finalizando los nuevos documentos de estrategia para la cooperación con países terceros en el periodo 2007-2013. La cuarta sección incide, por último, en el papel del Parlamento en el proceso de negociación del Acuerdo.
Antecedentes de la negociación de un Acuerdo de Asociación y elementos de contexto
La valoración de las negociaciones en curso con Mercosur ha de iniciarse, mas allá de los aspectos estrictamente comerciales, subrayando, en primer lugar, el valor estratégico de la asociación con Mercosur para las relaciones exteriores de la UE en un contexto internacional marcado por una creciente interdependencia, la emergencia de nuevos potencias económicas y un número creciente de desafíos globales que trascienden las fronteras nacionales como son la seguridad, la gobernanza económica mundial, el medio ambiente y la reducción de la pobreza.
La UE y Mercosur comparten, además de estos desafíos comunes, el firme convencimiento de que la integración regional es la piedra angular del desarrollo económico y social de sus pueblos, así como un instrumento fundamental para la consolidación de la democracia, la reducción de la pobreza y de la desigualdad y para el fortalecimiento del peso de ambas regiones en el escenario mundial.
Fueron precisamente los hondos vínculos culturales e históricos así como el potencial estratégico de la relación los que dieron vida a la idea de negociar un Acuerdo de Asociación global UE-Mercosur que incluya una ZLC durante la I Cumbre entre Jefes de Estado y de Gobierno de la UE y MERCOSUR celebrada en Río de Janeiro en junio de 1999. Un Acuerdo de Asociación UE-Mercosur constituiría además un pilar fundamental para avanzar en el compromiso común de reforzar la Asociación estratégica birregional UE-América Latina promovida por el Parlamento y acordada y refrendada en las diferentes cumbres UE-América Latina.
Las relaciones institucionales entre la UE y MERCOSUR se rigen hasta la fecha por el Acuerdo Marco Interregional de Cooperación, suscrito en diciembre de 1995. En este Acuerdo se sugiere la “liberalización progresiva y recíproca de todo el comercio”, lo cual llevó a las partes a plantearse la creación de una zona de libre comercio (ZLC) inscrita en el marco de un Acuerdo de Asociación.
Tras la aprobación en Junio de 1999 del correspondiente mandato de negociación, se han celebrado hasta la fecha dieciséis rondas negociadoras. Tras varios años de negociaciones, cuando todo indicaba que las negociaciones podían concluir en septiembre de 2004, las partes no llegaron a un acuerdo y las negociaciones quedaron bloqueadas "a nivel técnico".
Más recientemente, durante el Foro Económico Mundial de Davos (enero 2005), el Presidente de Brasil y el Presidente de la Comisión Europea mostraron un interés compartido en concluir las negociaciones del Acuerdo de Asociación antes de la finalización de Doha. La realidad, sin embargo, no ha confirmado tales propósitos. La reunión de ministros UE-Mercosur celebrada durante la Cumbre UE/ALC en Viena, el 12-13 de Mayo de 2006, parece haber confirmado la supeditación temporal de las negociaciones comerciales con Mercosur a la finalización de la ronda de Doha. Ante la demora en las negociaciones, el ponente ha querido insistir, dada la urgencia dealcanzar parámetros válidos y compartidos en los temas sensibles del acuerdo, en la necesidad de un mayor compromiso e impulso político al más alto nivel y el establecimiento de un calendario definitivo que permita concluir las negociaciones en el plazo más breve posible.
Intereses de la UE en una Zona de Libre Comercio con Mercosur
Antes de examinar el estado actual de la negociación comercial del Acuerdo con Mercosur, el ponente ha querido subrayar, más allá de los elementos estratégicos de política exterior, los principales intereses de la UE en una ZLC así como los principios que deberían regir la negociación.
Una ZLC con Mercosur, el mercado más importante de América Latina con el 45% del PIB, crearía la mayor zona de libre cambio entre regiones del mundo y generaría importantes oportunidades de negocio y crecimiento económico para ambas partes, mejorando al mismo tiempo la competitividad internacional de ambos mercados. Una ZLC reforzaría además el liderazgo de la UE como principal socio inversor y comercial de Mercosur, teniendo en cuenta además la iniciativa ALCA de liberalización comercial en el continente americano y las posibilidades de que Mercosur amplíe su expansión y apertura hacia los mercados asiáticos. Al contrario de lo que ocurre en el conjunto de América Latina, donde las importaciones procedentes de EE.UU son tres veces superiores a las procedentes de la UE, en MERCOSUR la cuota de la UE, que es necesario consolidar y ampliar, se sitúa en torno al 25% frente al 20% de los EEUU. Así, en virtud de la experiencia de los Acuerdos de Asociación con Méjico y Chile, el ponente destaca que una ZLC es fundamental para mejorar la presencia europea y evitar una reorientación de MERCOSUR hacia otros mercados.
En términos más concretos, los estudios sobre el impacto de la creación de una zona de libre comercio UE-Mercosur realizados por la Cátedra Mercosur del Instituto de Estudios Políticos de París para el MEBF estiman el “coste del no Acuerdo” en al menos unos 3.700 millones de euros anuales en comercio de bienes y en más de 5.000 millones si se incluye la inversión y los servicios.
La negociación de una Zona de Libre Comercio con Mercosur
El acuerdo comercial con Mercosur, ambicioso y de amplio alcance, debe ir más allá de las obligaciones respectivas en el seno de la OMC y, sin excluir ningún sector, ha de tener en cuenta de la manera menos restrictiva posible, la sensibilidad específica de ciertos productos.
A pesar de las recomendaciones del Parlamento a favor de la disociación entre la negociación del acuerdo con Mercosur y la ronda de Doha en la OMC, el retraso en las negociaciones con Mercosur ha conducido, de hecho, a una subordinación temporal de las mismas al desarrollo y culminación de la ronda de Doha. Es importante destacar, no obstante, que la negociación de una ZLC UE-Mercosur y la ronda de Doha no son procesos excluyentes sino complementarios.
El ponente subraya que para reanudar o proseguir con éxito las negociaciones es preciso retomarlas en el punto más alto en el que quedaron en 2004, incluyendo las mejoras orales posteriores a las ofertas de mayo de 2004 y no en virtud de las decepcionantes ofertas de septiembre de ese mismo año. Al mismo tiempo, para llegar a buen puerto, las negociaciones con Mercosur no deben centrarse únicamente en las cuestiones agrícolas pues todos los ámbitos han de negociarse y progresar en paralelo.
Una vez aclarados los principios, alcance y vinculación del Acuerdo UE-Mercosur con la ronda de Doha, el ponente incide de manera concreta en los capítulos principales de la negociación, aportando recomendaciones específicas para alcanzar un acuerdo de gran calado en las siguientes áreas: Tratamiento Especial y Diferenciado; Agricultura; NAMA; Servicios; Inversiones; Compras públicas; Propiedad intelectual; Medidas sanitarias y fitosanitarias; Otros obstáculos al comercio y Mecanismo de Solución de diferencias.
En el apartado agrícola, clave para el éxito de las negociaciones dado el interés de Mercosur en mejorar su acceso al mercado europeo, el ponente ha considerado necesario, dada su relevancia, recordar los compromisos que ha adoptado la UE en el marco de su reforma de la PAC y en el curso de las negociaciones de la ronda de Doha. Sobre la base de lo acordado en la OMC, el ponente propone que la UE responda a las solicitudes de Mercosur en materia de liberalización del comercio de productos agrícolas de forma que se asegure al mismo tiempo un incremento significativo real y efectivo en el acceso de los productos agrícolas de Mercosur al mercado europeo y el avance en otros capítulos como como NAMA y Servicios así como en otras cuestiones agrícolas como el acuerdo sobre vinos y licores y la protección efectiva de las indicaciones geográficas.
En el resto de componentes del capítulo comercial, el ponente insiste en la necesidad de un acuerdo ambicioso y amplio que vaya más allá de las obligaciones en el marco de la OMC y que pueda satisfacer los principales intereses de ambas partes (principalmente agricultura y "modo 4" para Mercosur; NAMA, inversiones y servicios financieros, telecomunicaciones y transporte marítimo para la UE), aportando las flexibilidades necesarias, por ejemplo, en términos de calendarios no recíprocos de aplicación.
El ponente considera, además, que los aspectos relativos a la propiedad intelectual y a las compras públicas otorgarían un gran valor añadido a un acuerdo, pues se trata de dos campos en los que la liberalización y cooperación bilateral puede contribuir a superar las limitaciones propias del terreno multilateral.
Más allá de los aspectos propios de la negociación a dos bandas, es importante subrayar que la progresiva consolidación y profundización de Mercosur, a través principalmente de la finalización de la Unión Aduanera y del desarrollo del mercado común, incluida la libre circulación efectiva de productos importados, es fundamental en si misma para disminuir las barreras e impulsar los intercambios comerciales y de inversión entre ambas regiones.
La ZLC EU-Mercosur debería ser coronada por un mecanismo de solución de diferencias que evite el recurso innecesario a la OMC y que garantice la seguridad jurídica en la aplicación del acuerdo en todas sus áreas.
Cooperación entre la UE y Mercosur
En la sección dedicada al capítulo de la cooperación UE-Mercosur, el ponente pide a la Comisión que la nueva estrategia de cooperación regional con Mercosur 2007-2013 cuente con mayores recursos financieros para afrontar con garantías la magnitud de los desafíos que se avecinan, sobre todo en el campo de la institucionalización y profundización de Mercosur y de la implementación rápida y completa del futuro acuerdo de Asociación, atendiendo en particular a la finalización de la unión aduanera y del mercado común.
En un contexto marcado por cierta incertidumbre y confusión ante la reforma de los instrumentos financieros de cooperación de la UE para el periodo 2007-2013, el ponente ha considerado muy pertinente aclarar que la estrategia de cooperación con los países de Mercosur ha de centrarse en la lucha contra la pobreza y la desigualdad teniendo en cuenta al mismo tiempo la función primordial de la cooperación económica para alcanzar los objetivos de desarrollo y contribuir a que los países de Mercosur desarrollen economías competitivas y se integren de manera efectiva en el sistema multilateral de comercio.
El ponente insiste además que tanto el capítulo de cooperación del acuerdo de Asociación con Mercosur como el nuevoInstrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollodeben, en este contexto, impulsar y facilitar la cooperación con Mercosur a través de medidas ambiciosas en el campo de la cooperación económica, la energía, la investigación y la tecnología.
El papel del Parlamento
La última sección recuerda el papel fundamental que han de ejercer los parlamentarios democráticamente elegidos en el transcurso de las negociaciones comerciales en general y con Mercosur, en particular. Más concretamente se pide al Consejo y a la Comisión que le consulten e informen adecuada y puntualmente, incluyendo la petición de que al término de cada ronda o encuentro negociador significativo se envíe un documento explicativo sobre los resultados del mismo al Parlamento de conformidad con las reglas de confidencialidad en vigor.
OPINIÓN de la Comisión de Desarrollo (31.5.2006)
para la Comisión de Comercio Internacional
sobre las relaciones económicas y comerciales entre la UE y Mercosur de cara a la conclusión de un Acuerdo de Asociación Interregional
La Comisión de Desarrollo pide a la Comisión de Comercio Internacional, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Acoge con satisfacción la disociación de las negociaciones del acuerdo de asociación UE-Mercosur de las negociaciones de la OMC de Doha, tal como solicitó el Parlamento en su Recomendación de 1 de marzo de 2001(1) sobre el mandato de negociación de un Acuerdo de Asociación interregional con Mercosur y fue acordado por el Presidente Barroso y el Presidente Lula en Davos en enero de 2005;
2. Considera que, en el actual acuerdo de cooperación, el diálogo político se refuerza con mecanismos más detallados y se subraya la necesidad de respetar los derechos humanos y la buena gobernanza, pero insiste en que todavía es necesario garantizar que el capítulo de cooperación sea eficiente para erradicar la pobreza y coherente con los demás instrumentos de política de desarrollo de la UE en América Latina; hace hincapié en la necesidad de mantener el equilibrio entre comercio y desarrollo en el acuerdo final, sin que los capítulos dedicados al comercio contradigan a los dedicados al desarrollo;
3. Señala que, mediante un acuerdo de asociación, se implica a los Parlamentos en el marco institucional y pide, en consecuencia, la creación de una comisión parlamentaria de asociación compuesta por diputados al Parlamento Europeo y diputados de Mercosur;
4. Señala que, si bien desde un perspectiva de desarrollo, Mercosur logró un éxito inicial al estimular el crecimiento intrarregional, en otros ámbitos de desarrollo se ha revelado menos exitoso: las economías de los países de Mercosur ya están relativamente abiertas y liberalizadas, en línea con el «consenso de Washington» que han seguido estrictamente; toma nota de que el objetivo de Mercosur era acelerar el desarrollo económico acompañado de justicia social, con un aumento de la liberalización para generar un crecimiento económico orientado a la exportación que, a cambio, contribuiría a reducir la pobreza, pero se han producido algunos fallos en cuanto a la lucha contra la pobreza;
5. Hace hincapié en que la buena gobernanza, los derechos humanos y la democracia son parte fundamental de la Declaración conjunta del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea titulada «El consenso europeo sobre desarrollo»(2) y que son necesarios esfuerzos adicionales para hacer frente a la mala gobernanza en los servicios comerciales y públicos (principalmente la corrupción y la ineficiencia), y pide, por lo tanto, a la UE que se resuelva el déficit institucional y jurídico;
6. Subraya la necesidad de garantizar que la cláusula estándar sobre derechos humanos forme parte del acuerdo;
7. Acoge con satisfacción el reconocimiento de la solidaridad mundial como principio rector de las diferentes políticas de la UE y se congratula asimismo por el hecho de que esta solidaridad mundial inspire la acción de la UE en el ámbito del desarrollo y la ayuda humanitaria; considera que situar la solidaridad en un plano mundial contribuye a garantizar la paz y la estabilidad mundiales;
8. Señala que, en el marco del acuerdo actual, la cooperación de la UE respalda la institucionalización de Mercosur y considera que ésta debería alentarse y reforzarse;
9. Acoge con satisfacción la utilización del diálogo político como instrumento para resolver disputas entre miembros de Mercosur;
10. Señala que la cooperación de la UE debe incrementar su apoyo al desarrollo social de los miembros de Mercosur (en particular, mediante la educación) y de esa forma garantizar la reducción de las desigualdades: los cuatro países miembros de Mercosur están mejorando en términos económicos, pero su desarrollo social debería intensificarse ya que sus logros económicos no han ido seguidos de una reducción significativa de las desigualdades y la pobreza sigue siendo un problema pendiente de resolución, pues la distribución de la renta de la región figura todavía entre las más desiguales del mundo y, además, se han recortado los gastos educativos y sociales;
11. Considera que la cooperación de la UE debería apoyar a los pequeños productores y a las pequeñas y medianas empresas en general, y anima a que se realicen inversiones en pequeñas empresas, ya que la apertura de los mercados europeos beneficiará fundamentalmente a los productores más grandes, capaces de cumplir las normas sanitarias y fitosanitarias europeas (SPS);
12. Subraya la necesidad de que las inversiones vayan acompañadas de infraestructuras, elementos motor del desarrollo económico;
13. Aboga firmemente por que la cooperación y los instrumentos económicos se utilicen también para garantizar la preservación del medio ambiente en los países de Mercosur, con una especial dedicación a la selva amazónica; subraya que el desarrollo de la agricultura sostenible en los países de Mercosur debería también ser de interés para la cooperación europea y que deben fomentarse el comercio justo y la producción ecológica, por ejemplo, negociando un arancel comunitario específico para los productos de comercio justo y/o ecológicos;
14. Subraya que el turismo es la primera actividad mundial y constituye una palanca para el crecimiento económico; pide a la Comisión que preste una atención importante a los proyectos de desarrollo del turismo sostenible en los países de Mercosur que, por su difusión, alcancen al máximo de población;
15. Considera que, además de en el aspecto represivo relacionado con la lucha contra las drogas, el acuerdo debería hacer hincapié en que se ofrezca ayuda a los agricultores para que puedan poner en marcha una producción alternativa nueva;
16. Entiende, en lo que se refiere a la inmigración ilegal, que no sólo deberían preverse acuerdos de readmisión, sino que también es importante tener en cuenta las reflexiones actuales de la comunidad internacional sobre el vínculo entre migración y desarrollo;
17. Considera que, una vez que el acuerdo haya entrado en vigor, debería fomentarse también la cooperación triangular y birregional –sobre todo, con el Caribe– y alentarse la política de acuerdos Sur-Sur de Mercosur;
18. Recuerda que el Parlamento ha venido solicitando la creación de un Fondo de Solidaridad Birregional desde su Resolución sobre una Asociación global y una Estrategia Común para las relaciones entre la Unión Europea y América Latina, de 15 de noviembre de 2001(3), y que ha reiterado numerosas veces esta solicitud, por última vez en el informe sobre una cooperación reforzada entre la Unión Europea y América Latina, aprobado por la Comisión de Asuntos Exteriores el 13 de marzo de 2006(4);
19. Opina que este fondo:
- sería un instrumento útil para la cooperación birregional que podría resultar también beneficioso para la relación UE-Mercosur;
- podría constituir una traducción concreta del compromiso de la UE de incrementar y gestionar mejor su ayuda a la cooperación exterior y concebirse como un instrumento para luchar contra la pobreza;
- podría centrar la cooperación de la UE en cuestiones fundamentales como la cohesión social y la integración regional.
PROCEDIMIENTO
Título
Las relaciones económicas y comerciales entre la UE y Mercosur de cara a la conclusión de un Acuerdo de Asociación Interregional
Comisión competente para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno
DEVE
16.2.2006
Cooperación reforzada Fecha del anuncio en el Pleno
Ponente Fecha de designación
Filip Andrzej Kaczmarek 25.1.2006
Ponente(s) sustituido(s)
Examen en comisión
24.4.2006
Fecha de aprobación
30.5.2006
Resultado de la votación final
+:
–:
0:
18
1
0
Miembros presentes en la votación final
Margrietus van den Berg, Danutė Budreikaitė, Michael Gahler, Hélène Goudin, Filip Andrzej Kaczmarek, Glenys Kinnock, Ģirts Valdis Kristovskis, Maria Martens, José Javier Pomés Ruiz, Horst Posdorf, Frithjof Schmidt y Mauro Zani.
Suplente(s) presente(s) en la votación final
Marie-Hélène Aubert, John Bowis, Manolis Mavrommatis y Zbigniew Zaleski.
Suplentes (art. 178, apdo. 2) presentes en la votación final
Sajjad Karim, Francisco José Millán Mon y Ralf Walter.
Observaciones (datos disponibles en una única lengua)
Comisión competente para el fondoFecha del anuncio de la autorización en el Pleno
INTA
16.2.2006
Comisión(es) competentes(s) para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno
DEVE 16.2.2006
Opinión(es) no emitida(s) Fecha de la decisión
Cooperación reforzada Fecha del anuncio en el Pleno
Ponente(s) Fecha de designación
Daniel Varela Suanzes-Carpegna 25.1.2006
Ponente(s) sustituido(s)
Examen en comisión
21.3.2006
11.7.2006
Fecha de aprobación
12.9.2006
Resultado de la votación final
+:
−:
0:
23
4
1
Miembros presentes en la votación final
Kader Arif, Jean-Pierre Audy, Jean-Louis Bourlanges, Daniel Caspary, Françoise Castex, Béla Glattfelder, Luis de Grandes Pascual, Jacky Henin, Luis Herrero-Tejedor, Filip Andrzej Kaczmarek, Alain Lipietz, Caroline Lucas, Erika Mann, Helmuth Markov, Georgios Papastamkos, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Bogusław Rogalski, Tokia Saïfi, Peter Šťastný, Johan Van Hecke, Daniel Varela Suanzes-Carpegna, Zbigniew Zaleski
Suplente(s) presente(s) en la votación final
Panagiotis Beglitis, Margrietus van den Berg, Danutė Budreikaitė, Eugenijus Maldeikis, Antolín Sánchez Presedo, Mauro Zani
Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final
Fecha de presentación
21.9.2006
Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)