INFORME que contiene las recomendaciones del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior relativas a las negociaciones sobre el Acuerdo de Asociación UE-Azerbaiyán

27.3.2012 - (2011/2316(INI))

Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Anneli Jäätteenmäki
PR_INI_art119-4


Procedimiento : 2011/2316(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0071/2012

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

que contiene las recomendaciones del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior relativas a las negociaciones sobre el Acuerdo de Asociación UE-Azerbaiyán

(2011/2316(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Vistas las negociaciones en curso entre la Unión Europea y Azerbaiyán sobre el Acuerdo de Asociación,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo sobre Azerbaiyán, de 10 de mayo de 2010, en las que se adoptaron las directrices de negociación,

–   Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre Azerbaiyán y la Unión Europea, que entró en vigor el 1 de julio de 1999,

–   Visto el Plan Acción de la Política Europea de Vecindad (PEV), adoptado el 14 de noviembre de 2006,

–   Vista la Declaración firmada por los Presidentes de Armenia, Azerbaiyán y la Federación de Rusia el 2 de noviembre de 2008 en Moscú,

–   Vista la Declaración conjunta firmada por los Presidentes de Armenia, Azerbaiyán y la Federación Rusa el 23 de enero de 2012 en Sochi,

–   Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de Praga de la Asociación Oriental, de 7 de mayo de 2009,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores celebrado el 25 de octubre de 2010 sobre la Asociación Oriental,

–   Vista la Declaración conjunta sobre el Corredor de Gas Meridional firmada por el Presidente de Azerbaiyán y el Presidente de la Comisión el 13 de enero de 2011,

–   Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de la Asociación Oriental, celebrada en Varsovia los días 29 y 30 de septiembre de 2011,

–   Visto el Acto constitutivo de la Asamblea Parlamentaria de la UE - Vecindad Oriental (EURONEST) de 3 de mayo de 2011,

–   Vistas las declaraciones de la Alta Representante Catherine Ashton sobre la situación de los derechos humanos en Azerbaiyán de 20 de mayo, 27 de mayo y 12 de octubre de 2011,

–   Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Azerbaiyán y, en particular, la de 12 de mayo de 2011[1],

–   Visto el informe final de la OSCE/OIDDH sobre las elecciones parlamentarias celebradas del 7 de noviembre de 2010,

–   Visto el dictamen relativo a la compatibilidad de la legislación en materia de organizaciones no gubernamentales de la República de Azerbaiyán con las normas de derechos humanos, aprobado por la Comisión de Venecia del Consejo de Europa el 14 y 15 de octubre de 2011,

–   Visto el dictamen relativo al proyecto de ley sobre las enmiendas a la ley de partidos políticos de la República de Azerbaiyán, aprobado por la Comisión de Venecia del Consejo de Europa el 16 y 17 de diciembre de 2011,

–   Vista su Resolución, de 20 de mayo de 2010, sobre la necesidad de una estrategia de la UE para el Cáucaso Meridional[2],

–   Vistas sus Resoluciones de 20 de enero de 2011 sobre una estrategia de la UE para la región del Mar Negro[3], y de 17 de enero de 2008 sobre un planteamiento de política regional para el Mar Negro[4],

–   Vista la Comunicación conjunta «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante», de 25 de mayo de 2011,

–   Vistas sus Resoluciones, sobre la revisión de la Política Europea de Vecindad, de 7 de abril de 2011[5] (Dimensión Oriental) y de 14 de diciembre de 2011[6],

–   Visto el Informe intermedio de la Comisión Europea sobre Azerbaiyán, adoptado el 25 de mayo de 2011,

–   Vista la Decisión del Consejo 201/518/CFSP, de 15 de agosto de 2011, por la que se nombra al Representante Especial de la Unión Europea para el Caúcaso Meridional y la crisis en Georgia,

–   Visto el Informe Especial nº 13/2010 del Tribunal de Cuentas Europeo sobre los resultados del Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA) en el Cáucaso Meridional,

–   Visto el nuevo Programa Nacional de Acción sobre el aumento de la eficacia de la protección de los derechos humanos y las libertades en la República de Azerbaiyán, aprobado por el Presidente del país el 27 de diciembre de 2011,

–   Visto el Decreto de indulto firmado por el Presidente de Azerbaiyán el 26 de diciembre de 2011,

–   Vistos el artículo 90, apartado 4, y el artículo 48 de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A7-0071/2012),

A. Considerando que Azerbaiyán desempeña un importante papel en el contexto de la Asociación Oriental de la Unión Europea, y considerando que el nivel de crecimiento económico que ha experimentado Azerbaiyán en los últimos años ha sido notable;

B.  Considerando que la Asociación Oriental fortalece las relaciones multilaterales entre los países implicados, contribuye al intercambio de información y experiencia en materia de transformación, reforma y modernización, y proporciona a la Unión Europea instrumentos adicionales para apoyar estos procesos;

C. Considerando que la Asociación Oriental facilita el marco político para el fortalecimiento de las relaciones bilaterales por medio de nuevos Acuerdos de Asociación, y tiene en cuenta la situación, ventajas mutuas y objetivos específicos de la UE y del país asociado y el interés estratégico de la UE en la estabilidad y el desarrollo democrático de la región;

D. Considerando que la cooperación parlamentaria, en el marco de la Asociación Oriental europea y de forma bilateral, es un elemento fundamental para desarrollar una cooperación política avanzada entre la UE y Azerbaiyán;

E.  Considerando que Azerbaiyán se ha convertido en un importante proveedor energético para la UE, así como en un país de tránsito relevante para los recursos energéticos procedentes en particular de Asia Central, y que la UE es un mercado energético muy importante para Azerbaiyán; considerando que se han logrado avances significativos en el ámbito de la cooperación energética, incluido el apoyo de Azerbaiyán al Corredor Gasístico Meridional;

F.  Considerando que Azerbaiyán desempeña un papel positivo en el marco de la PEV y contribuye a la solución de los problemas de seguridad energética de la UE;

G. Considerando que los Acuerdos de Asociación constituyen el marco adecuado para intensificar las relaciones, mejorando la asociación política, la integración económica y la aproximación con la UE en el ámbito jurídico, así como desarrollando las relaciones culturales, por lo que tienen una importante repercusión en el proceso de democratización;

H. Considerando, en este sentido, que la dimensión multilateral de la Asociación Oriental es complementaria e inseparable de la bilateral y que debe desarrollarse simultáneamente con las actuales negociaciones de los acuerdos de asociación, con el fin de allanar el camino a su plena aplicación y sentar las bases para una auténtica cooperación regional, tal y como prevén los principios subyacentes de la Política Europea de Vecindad;

I.   Considerando que el Acuerdo de Asociación debería aportar beneficios y oportunidades tangibles al pueblo de Azerbaiyán y a la Unión Europea;

J.   Considerando que para la Unión Europea los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho son un aspecto crucial de la PEV;

K. Considerando que el compromiso activo de Azerbaiyán con los valores y principios comunes, incluida la democracia, el Estado de Derecho, la buena gobernanza y el respeto por los derechos humanos, resulta fundamental para dar impulso al proceso y para que las negociaciones y posterior aplicación del Acuerdo de Asociación sean significativas pero que, actualmente, existen preocupaciones acerca del respeto del Estado de derecho y la libertad de expresión de los opositores políticos de la administración actual;

L.  Considerando que Azerbaiyán ha progresado rápidamente en el ámbito de las TIC, en particular con respecto a la administración electrónica, que aumenta la transparencia de la administración pública y ayuda a luchar contra la corrupción, y que la mayor facilidad de acceso a los servicios públicos y la información supone un impulso adicional de la democratización en Azerbaiyán;

M. Considerando que la Asamblea Parlamentaria Euronest celebrará su segunda sesión plenaria en Bakú en abril de 2012, ofreciendo un foro significativo para debatir la cuestiones de democracia, política, energía, seguridad y asuntos sociales;

N. Considerando que la UE respeta los principios de soberanía e integridad territorial en sus relaciones con Armenia y Azerbaiyán, y que, en su planteamiento de resolución de los conflictos regionales, apoya los principios básicos del Acta Final de Helsinki: Considerando que el conflicto sin resolver de Nagorno-Karabaj está socavando la estabilidad y el desarrollo de la región del Cáucaso Meridional y obstaculizando el pleno desarrollo de la Política Europea de Vecindad; considerando que, en su Comunicación conjunta titulada «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante», la UE afirma su objetivo de participar de una manera más proactiva en la resolución del conflicto del Cáucaso Meridional y de mejorar su apoyo a la consolidación de la confianza, así como su disposición a implicarse más en los formatos en los que no aún no está representada, por ejemplo el Grupo de Minsk de la OSCE;

O. considerando que el Representante Especial de la UE para el Cáucaso Meridional tiene un importante papel en la contribución a la resolución pacífica del conflicto en la región;

P.  Considerando que Azerbaiyán muestra un firme compromiso con la cooperación parlamentaria multilateral dentro de la Asamblea Parlamentaria Euronest y que es el primer país de la Asociación Oriental en que la Asamblea celebrará su sesión plenaria (en Bakú entre el 2 y el 4 de abril de 2012);

Q. Considerando que la elección de Azerbaiyán como lugar de celebración del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para el periodo 2012-2013 ofrece una buena oportunidad para la realización de nuevas consultas y el alineamiento de las políticas del país con las declaraciones de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) de la UE, con el fin de fomentar la paz y la estabilidad internacional;

1.  Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior: Deben:

a)  asegurar que el Acuerdo de Asociación constituya un marco global y con miras de futuro para el futuro desarrollo de las relaciones con Azerbaiyán, un marco que mejore la convergencia económica, la asociación política y la aproximación jurídica y que refleje la relación que, tanto la Unión Europea como Azerbaiyán, han decidido desarrollar;

b)  garantizar que la celebración del Acuerdo de Asociación UE-Azerbaiyán, en consonancia con las demandas formuladas en el Informe del Parlamento, de 20 de mayo de 2010, sobre la necesidad de una estrategia de la UE para el Cáucaso Meridional, y con los principios básicos del Grupo de Minsk de la OSCE consagrados en la declaración conjunta de L'Aquila de 19 de julio de 2009, esté relacionada con un avance sustancial hacia la resolución del conflicto de Nagorno-Karabaj, que incluya medidas de fomento de la confianza, como la desmilitarización, la retirada de los francotiradores de la línea de contacto, la retirada completa de las fuerzas armenias de los territorios ocupados que rodean Nagorno-Karabaj, así como un mecanismo de prevención activa de incidentes y la investigación de las violaciones del alto el fuego a lo largo de la línea de contacto, el derecho de todos los desplazados internos y los refugiados a volver a sus asentamientos y territorios de origen, así como unas garantías internacionales de seguridad que integren una auténtica operación multilateral de mantenimiento de la paz a fin de crear las condiciones adecuadas para una futura expresión de voluntad, libre y jurídicamente vinculante, sobre el estatuto definitivo de Nagorno-Karabaj;;

c)  incorporar al Acuerdo de Asociación cláusulas y referencias a la protección y promoción de los derechos humanos, especialmente con respecto a la libertad de medios de comunicación y los derechos a la libertad de expresión, de asociación y de reunión, que reflejen los principios y derechos consagrados en la Constitución de Azerbaiyán, así como los más elevados estándares europeos e internacionales, inspirándose lo máximo posible en los marcos del Consejo de Europa y de la OSCE con los que se ha comprometido Azerbaiyán; pide al Gobierno de Azerbaiyán que cumpla estos compromisos y garantice que las negociaciones tengan plenamente en cuenta la necesidad de salvaguardar los derechos y medios de vida de los desplazados internos y los refugiados;

d)  considerar que la presencia de la UE en el Grupo de Minsk de la OSCE constituirá un incremento de la implicación de la UE en la resolución del conflicto entre Armenia y Azerbaiyán;

e)  destacar en el Acuerdo de Asociación que es importante garantizar el disfrute de las libertades fundamentales, incluido el derecho de reunión, y asociación, así como a la propiedad privada, el desarrollo de la sociedad civil, el Estado de Derecho, la lucha permanente contra la corrupción, el pluralismo político y la independencia de los medios de comunicación y del poder judicial;

f)   señalar en el Acuerdo de Asociación la importancia de que la República de Azerbaiyán cumpla plenamente las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos;

g)  hacer hincapié en el Acuerdo de Asociación en la importancia crucial de la libertad de expresión de los opositores políticos y destacar que la profundización de las relaciones con la UE se basa en la adhesión de las autoridades azerbaiyanas al Estado de Derecho, la garantía de juicios justos para todos los prisioneros y la liberación incondicional de todos los presos políticos;

h)  prestar asistencia técnica y financiera al Parlamento de Azerbaiyán para que desarrolle plenamente sus funciones constitucionales, órganos y servicios, incluida una mejora de la interacción con la sociedad civil;

i)   apoyar los programas de ayuda al desarrollo destinados a mejorar las condiciones de vida de los refugiados y los desplazados en Azerbaiyán;

j)   incorporar al Acuerdo cláusulas sobre la protección de los defensores de los derechos humanos, en consonancia con las Directrices de la UE sobre los defensores de los derechos humanos;

k)  conceder el visado al Relator Especial de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre presos políticos para permitirle realizar una visita al país en cumplimiento de su mandato;

l)   expresar su preocupación por el aumento del número de detenciones de activistas jóvenes y de derechos humanos, las dificultades encontradas en relación con el registro de ONG y partidos políticos, así como la intimidación y las restricciones de la libertad de expresión y de reunión y a la libertad en Internet y establecer criterios de referencia en estos ámbitos que incluyan la suspensión del acuerdo en el caso de que no se cumplan;

m) instar a las autoridades azerbaiyanas a adoptar una legislación contra la discriminación que prohíba la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en cualquier ámbito;

n)  armonizar los objetivos del Acuerdo de Asociación con la Comunicación Conjunta «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante», para que de ese modo las organizaciones de la sociedad civil de Azerbaiyán puedan controlar internamente sus reformas y compromisos, y garantizar que el gobierno se responsabilice más de sus resultados;

o)  garantizar la coherencia del Acuerdo de Asociación con los principios del Derecho internacional —en particular aquellos definidos en la Carta de las Naciones Unidas y en el Acta Final de Helsinki y en la OSCE, sobre todo respecto a desistir del uso de la fuerza, a la libre determinación y a la integridad territorial, y que, una vez concluido, el Acuerdo se aplique a todo el territorio de Azerbaiyán;

p)  reforzar la capacitad de resolución de conflictos y de mediación de la Unión Europea y adoptar un papel más activo con vistas a incrementar la confianza entre las partes enfrentadas, entre otras cosas ayudándoles mediante proyectos de consolidación de la confianza financiados por la UE dirigidos a aumentar el apoyo popular a las concesiones mutuas y a una resolución pacífica; subraya la necesidad del acceso incondicional de los representantes de la UE a Nagorno-Karabaj y las regiones ocupadas circundantes insiste en que la UE debe desempeñar un mayor papel en la resolución de conflicto de Nagorno-Karabaj apoyando la aplicación de medidas de fomento de la confianza que reúnan a las comunidades armenias y azerbaiyanas y difundan las ideas de paz, reconciliación y confianza entre todas las partes implicadas;

q)  acoger con satisfacción el trabajo realizado por los copresidentes del Grupo de Minsk de la OSCE y las partes para avanzar hacia un acuerdo sobre los principios básicos, y pedir que se mantenga el apoyo a este trabajo; hacer hincapié en que tanto Azerbaiyán como Armenia deben adoptar las medidas adecuadas para garantizar que cualquier decisión tomada en el seno del Grupo de Minsk con vistas al establecimiento y la consolidación de una resolución pacífica del conflicto de Nagorno-Karabaj se aplica de manera completa y oportuna; considerar una participación más directa y activa de la UE en el Grupo de Minsk;

r)   instar a los líderes de Armenia y Azerbaiyán a actuar con responsabilidad, aminorar el tono de las declaraciones y evitar declaraciones incendiarias, con el fin de allanar el camino hacia un verdadero diálogo a todos los niveles de la sociedad de forma que el público acepte y entienda plenamente los beneficios de una solución global, facilitando así la eficacia de las medidas de confianza;

s)  expresar su preocupación por la escalada militar en la región y en particular por los elevados gastos militares de Azerbaiyán, y pedir a los Estados miembros, en este sentido, que frenen el suministro de armas y municiones tanto a Azerbaiyán como a Armenia en cumplimiento de la solicitud de la OSCE de febrero de 1992, en tanto que las dos partes no acuerden y firmen una resolución integral;

t)   hacer hincapié en que es necesario seguir haciendo todo lo posible dentro del marco de la Asociación Oriental para provocar un acercamiento político y económico entre Armenia y Azerbaiyán y establecer firmemente una resolución regional del conflicto como componente integral de esta;

u)  hacer hincapié en que cientos de miles de refugiados y desplazados internos, que huyeron de sus hogares durante o por motivo de la guerra Nagorno-Karabaj, siguen estando desplazados y viéndose privados de sus derechos, incluido el derecho a regresar, los derechos de propiedad y el derecho a la seguridad persona - esos derechos deben respetarse incondicionalmente y sin dilación; pedir a la Comisión y a los Estados miembros que sigan prestando y amplíen la asistencia y la ayuda financiera a Azerbaiyán para abordar la situación de los desplazados;

v)  hacer hincapié en la necesidad de utilizar el Acuerdo de Asociación como plataforma para promover las sinergias y la cooperación, así como en el fortalecimiento mutuo de los vínculos entre el desarrollo democrático pluralista y la resolución del conflicto, y garantizar que el Acuerdo de Asociación contiene disposiciones para fomentar la facilitación de visados para todas las personas de los países del Cáucaso Meridional;

w) aclarar cómo se va a explotar el grado sustancial de complementariedad entre las diversas iniciativas de la UE en la región, a saber, la Asociación Oriental y la Sinergia del Mar Negro;

x)  pedir a Turquía que desempeñe un papel constructivo en la resolución del conflicto de Nagorno-Karabaj y en el cumplimiento de su responsabilidad en la región;

y)  garantizar que el componente comercial del Acuerdo de Asociación pueda convertirse en una Zona de libre comercio absoluta y completa tan pronto como Azerbaiyán cumpla todas las condiciones necesarias, incluida su incorporación a la OMC y el cumplimiento de sus compromisos relativos a los derechos humanos, y, con miras a ese objetivo, facilitar la ayuda técnica necesaria a fin de preparar a Azerbaiyán para las negociaciones y alentar la adopción de las reformas necesarias;

z)  instar a Azerbaiyán a firmar y ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional;

aa) asegurar que las negociaciones sobre los acuerdos de facilitación de visados y readmisión sean rápidas, a fin de promover los contactos interpersonales y conceder prioridad a la movilidad de jóvenes y académicos; contribuir a la lucha contra la inmigración ilegal y garantizar que las disposiciones relativas al asilo respeten plenamente las obligaciones y compromisos internacionales, así como las normas de la UE, especialmente en materia de derechos humanos;

ab) señalar la importancia de construir y desarrollar un sector juvenil sólido y acoger favorablemente en este sentido los diversos programas estatales que ofrecen becas para estudiar en el extranjero;

ac) instar a Azerbaiyán a no dificultar los trámites de visado para los nacionales de terceros países de origen armenio que deseen entrar en Azerbaiyán y levantar la prohibición sobre las llamadas de teléfono internacionales a Armenia;

ad) alentar una amplia cooperación sectorial entre la UE y Azerbaiyán y explicar, en particular, su ventajas y promover la convergencia reglamentaria y ofrecer la asistencia técnica necesaria para ello;

ae) instar a las autoridades azerbaiyanas a reforzar la aplicación de las convenciones básicas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT);

af) Mejorar la transparencia de la gestión de las finanzas públicas y mejorar la legislación en materia de contratación pública a fin de contribuir de manera significativa a la buena gobernanza y a la transparencia en la toma de decisiones; acoger favorablemente, en este sentido, la participación de Azerbaiyán en la Iniciativa para la transparencia de la energía extractiva, destinada a aumentar la apertura de los ingresos petroleros y gasísticos y supervisar el cumplimiento por parte del Gobierno de Azerbaiyán de su obligación de publicar información sobre las finanzas públicas en virtud de la legislación sobre el derecho de acceso a la información;

ag) llevar a cabo las medidas necesarias a fin de incorporar al Acuerdo de Asociación disposiciones que permitan a Azerbaiyán participar en los programas y las agencias de la UE como herramienta fundamental para promover la integración europea a todos los niveles;

ah) acoger favorablemente las reformas acometidas por las autoridades azerbaiyanas en el poder judicial, con vistas a garantizar una mayor independencia de los jueces, mejorar los procedimientos de selección y nombramiento, eliminar la corrupción judicial y la susceptibilidad a la influencia del ejecutivo; reconocer que se ha adoptado la legislación relevante, incluida la ley sobre la abogacía; alentar a las autoridades encargadas a seguir aplicando la legislación para luchar contra la corrupción y centrarse en los casos de corrupción a alto nivel, así como mejorar de manera significativa la transparencia del gasto público y la financiación de los partidos políticos; hacer hincapié en la necesidad de mejorar la independencia, la eficacia y los recursos del poder judicial; reiterar la importancia de que el sistema judicial funcione sin interferencias políticas; hacer hincapié en la necesidad de crear un registro convincente de la contratación y el nombramiento de jueces y fiscales basado en la aplicación de criterios uniformes, transparentes y objetivos aplicables a nivel nacional y crear un historial de cumplimiento de enjuiciamientos y condenas con el que se puedan medir los avances; pedir que se unifique la jurisprudencia para garantizar un sistema judicial predecible y obtener la confianza de la opinión pública;

ai) establecer programas de hermanamiento con las regiones de la UE, las comunidades locales y las minorías nacionales que experimentan un alto grado de autonomía;

aj) hacer hincapié en la necesidad de favorecer una economía sostenible, que incluya la mejora de su diversificación; promover una mayor apertura y transparencia en el sector energético y asegurar que este desarrollo se lleva a cabo de conformidad con las normas medioambientales internacionales; apoyar el desarrollo del mercado de energías renovables; señalar la necesidad de adecuar la legislación medioambiental;

ak) hacer hincapié en la importancia fundamental de Azerbaiyán en la diversificación de los suministros energéticos y las rutas de abastecimiento a Europa ; recuerda a este respecto la Declaración Conjunta sobre el suministro de gas firmada por el Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, y el Presidente de Azerbaiyán, Ilham Aliyev, el 13 de enero de 2011 en Bakú, como paso importante en la realización del Corredor Gasístico Meridional y alabar los esfuerzos de Azerbaiyán en la promoción de proyectos pioneros como los gasoductos de Bakú-Tiflis-Ceyhan y de Bakú-Tiflis-Erzurum, así como el cumplimiento del proyecto AGRI;

al) destacar la importancia de la localización geográfica única de Azerbaiyán para permitir un tránsito directo y sin obstáculos entre la UE y los países de Asia Central; acoger favorablemente los esfuerzos para desarrollar la cooperación de tránsito transcaspiano con Kazajstán y explorar formar de establecer esta cooperación con Turkmenistán; acoger favorablemente el mandato del Consejo firmado el 12 de septiembre de 2011 para celebrar un acuerdo jurídicamente vinculante entre la UE, Azerbaiyán y Turkmenistán sobre el gasoducto transcaspiano;

am) garantizar que la UE sigue prestando una atención focalizada al desarrollo de la cooperación energética con Azerbaiyán, así como un apoyo sostenible; prestar asistencia técnica a la agencia estatal azerbaiyana de fuentes de energía alternativa y renovable para ayudar a Azerbaiyán a diversificar sus fuentes energéticas, promover la eficiencia energética y acercar el país a los objetivos de la UE en materia de cambio climático;

an) encontrar formas de promover el diálogo y la cooperación regional apoyando a organizaciones como el Centro Regional de Medio Ambiente (REC) a través de proyectos conjuntos transfronterizos que involucren a ONG, comunidades locales y partes interesadas de Armenia, Azerbaiyán y Georgia;

ao) integrar en el Acuerdo de Asociación una fuerte dimensión parlamentaria que prevea la plena participación del Milli Mejlis y del Parlamento Europeo y mejorar el trabajo de la Asamblea Parlamentaria Euronest;

ap) involucrar plenamente al Parlamento Europeo en la aplicación y supervisión del Acuerdo de Asociación; establecer parámetros claros para la aplicación del Acuerdo de Asociación y establecer mecanismos de control, incluida la presentación de informes periódicos al Parlamento Europeo;

aq) proporcionar a Azerbaiyán una asistencia financiera y técnica más concreta a fin de contribuir a garantizar que dicho país pueda cumplir los compromisos derivados de las negociaciones sobre el Acuerdo de Asociación y de su plena aplicación, así como continuar proponiéndole programas globales en materia de desarrollo institucional;

ar) animar al equipo negociador de la UE a mantener la buena cooperación con el Parlamento Europeo, facilitando ininterrumpidamente información documentada sobre los avances de las negociaciones, de conformidad con el artículo 218, apartado 10, del TFUE, que dispone que se informará cumplida e inmediatamente al Parlamento Europeo en todas las fases del procedimiento;

as) seguir fomentando un profundo nivel de cooperación con la Asociación Oriental y dentro de ella, así como informar regularmente al Parlamento Europeo sobre su progreso;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución con las recomendaciones del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior, así como a Azerbaiyán.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

22.3.2012

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

59

0

2

Miembros presentes en la votación final

Pino Arlacchi, Frieda Brepoels, Tarja Cronberg, Mário David, Michael Gahler, Ana Gomes, Andrzej Grzyb, Takis Hadjigeorgiou, Richard Howitt, Anna Ibrisagic, Liisa Jaakonsaari, Anneli Jäätteenmäki, Ioannis Kasoulides, Tunne Kelam, Nicole Kiil-Nielsen, Evgeni Kirilov, Maria Eleni Koppa, Andrey Kovatchev, Paweł Robert Kowal, Eduard Kukan, Vytautas Landsbergis, Krzysztof Lisek, Mario Mauro, Kyriakos Mavronikolas, Francisco José Millán Mon, María Muñiz De Urquiza, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Norica Nicolai, Raimon Obiols, Ria Oomen-Ruijten, Ioan Mircea Paşcu, Alojz Peterle, Bernd Posselt, Fiorello Provera, Libor Rouček, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Nikolaos Salavrakos, Jacek Saryusz-Wolski, György Schöpflin, Werner Schulz, Marek Siwiec, Charles Tannock, Inese Vaidere, Geoffrey Van Orden, Boris Zala

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Laima Liucija Andrikienė, Nikolaos Chountis, Corina Creţu, Andrew Duff, Knut Fleckenstein, Kinga Gál, Emilio Menéndez del Valle, Nadezhda Neynsky, Marietje Schaake, Alf Svensson, Traian Ungureanu, Ivo Vajgl, Janusz Władysław Zemke

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Marije Cornelissen, Leonidas Donskis, Jörg Leichtfried