relativo a la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 de la Unión Europea para el ejercicio 2012, Sección III – Comisión
relativa a la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 de la Unión Europea para el ejercicio 2012, Sección III – Comisión
– Vistos el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(1), y, en particular, sus artículos 37 y 38,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, aprobado definitivamente el 1 de diciembre de 2011(2),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(3),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 de la Unión Europea para el ejercicio 2012, presentado por la Comisión el 16 de marzo de 2012 (COM(2012)0125),
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 adoptada por el Consejo el 15 de mayo de 2012 (09916/2012 – C7-0123/2012),
– Vistos los artículos 75 ter y 75 sexies de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0181/2012),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 de la Unión Europea tiene por objeto movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) por valor de 18 061 682 euros en créditos de compromiso y de pago para mitigar los efectos de las inundaciones que se produjeron en Italia (Liguria y Toscana) en octubre de 2011;
B. Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 es introducir formalmente este ajuste presupuestario en el presupuesto 2012;
C. Considerando que en el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 presentado por la Comisión se proponía un aumento en el nivel de los créditos de pago al no haber otra fuente para la posible reasignación de los créditos de pago necesarios en esta fase temprana del ejercicio;
D. Considerando que el Consejo modificó la propuesta de la Comisión después de que esta última constatara la existencia de posibles fuentes para la reasignación del importe necesario, presentado en su propuesta de transferencia DEC 9/2012;
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012 presentado por la Comisión, así como de la posición del Consejo al respecto;
2. Considera sumamente importante que se libere rápidamente asistencia financiera a través del Fondo de Solidaridad de la UE para las personas que han sido víctimas de catástrofes naturales, y lamenta, por lo tanto, profundamente que, en el caso específico que se aborda en el proyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2012, la otra rama de la Autoridad Presupuestaria esperara ocho semanas para adoptar su posición, ateniéndose a su interpretación del Protocolo 1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (plazo para la información de los parlamentos nacionales);
3. Pide a todas las partes implicadas en los Estados miembros, tanto a nivel local como a nivel regional, así como a las autoridades nacionales, que valoren mejor las necesidades y se coordinen mejor por lo que respecta a las posibles futuras solicitudes al Fondo, con vistas a agilizar lo más posible la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea;
4. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 2/2012;
5. Encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo n° 2/2012 ha quedado definitivamente aprobado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.
El proyecto de presupuesto rectificativo (PPR) nº 2/2012 de la Unión Europea tiene por objeto movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) por valor de 18 061 682 euros en créditos de compromiso y de pago para mitigar los efectos de las inundaciones que se produjeron en Italia (Liguria y Toscana) en octubre de 2011.
De conformidad con el Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, simultáneamente a la presentación de su propuesta para recurrir al Fondo (véase el expediente), la Comisión iniciará un procedimiento de diálogo a tres bandas con el fin de obtener el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de recurrir al Fondo y sobre el importe requerido. El presupuesto anual total disponible para el Fondo de Solidaridad asciende a 1 000 millones de euros.
Se propone la concesión de los siguientes importes de ayuda:
(EUR)
Daños directos aceptados
Umbral
Cantidad basada en el 2.5 %
Cantidad basada en el 6 %
Cantidad total de la ayuda propuesta
Inundaciones 2011 (IT)
722 467 millones
3 536 millones
18 061 682
-
18 061 682
Total
18 061 682
Pese al llamamiento hecho por el Parlamento durante el diálogo presupuestario a tres bandas celebrado el 26 de marzo de 2011, el Consejo consideró que no había ninguna urgencia que justificara una excepción de la interpretación hecha por él del Protocolo 1 del TFUE y, por consiguiente, respetó el plazo de ocho semanas para la información de los parlamentos nacionales. Este es el motivo por el que el Parlamento no pudo aprobar su posición, ni el presupuesto rectificativo adoptado, antes del Pleno del mes de junio.
En su propuesta inicial, La Comisión consideró que no había ninguna fuente para la posible reasignación de los créditos de pago necesarios en esta fase del ejercicio y teniendo en cuenta las previsiones de la ejecución. Por el contrario, todos los indicadores apuntaban hacia un posible déficit de créditos de pago en una fase posterior del ejercicio, por lo que la Comisión propuso el consiguiente incremento en el nivel de los créditos de pago que se habían de asignar en el marco de la rúbrica 3b del marco financiero.
Esta propuesta de nuevos fondos estaba en consonancia con la declaración conjunta sobre los créditos de pago adoptada en noviembre de 2011: «El Consejo y Parlamento Europeo adoptarán su posición sobre cualquier proyecto de presupuesto rectificativo lo antes posible a fin de evitar posibles insuficiencias en los créditos de pago.».
Sin embargo, en su solicitud de transferencia DEC 9/2012 la Comisión proponía la financiación de este PPR gracias a la infrautilización imprevista del Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE);
El Consejo siguió este enfoque en su posición sobre el PPR nº 2/2012, y la ponente propone que se siga para no retrasar más la movilización del Fondo.
La ponente desearía, no obstante, destacar que se trató de una solución única y que, por otra parte, es muy posible que se necesiten pagos adicionales ya en 2012 para hacer frente a compromisos anteriores y a futuras solicitudes de pagos, así como al ritmo cada vez más rápido en la aplicación de los programas. La reasignación en una fase posterior del ejercicio podría no ser posible, por no hablar de la posible utilización de la reserva negativa prevista en el artículo 44 del Reglamento financiero, que no haría más que retrasar el problema y estaría en contradicción con la declaración conjunta sobre los créditos de pago mencionada anteriormente.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación
31.5.2012
Resultado de la votación final
+:
–:
0:
34
2
0
Miembros presentes en la votación final
Marta Andreasen, Richard Ashworth, Francesca Balzani, Zuzana Brzobohatá, Jean-Luc Dehaene, James Elles, Göran Färm, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazábal Rubial, Salvador Garriga Polledo, Jens Geier, Ivars Godmanis, Lucas Hartong, Sidonia Elżbieta Jędrzejewska, Anne E. Jensen, Ivailo Kalfin, Sergej Kozlík, Jan Kozłowski, Alain Lamassoure, Giovanni La Via, Claudio Morganti, Juan Andrés Naranjo Escobar, Nadezhda Neynsky, Dominique Riquet, Alda Sousa, László Surján, Jacek Włosowicz
Suplente(s) presente(s) en la votación final
François Alfonsi, Alexander Alvaro, Charles Goerens, Edit Herczog, Jürgen Klute, Jan Olbrycht, Paul Rübig, Peter Šťastný, Gianluca Susta