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Procedimiento : 2015/2272(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0069/2016

Textos presentados :

A8-0069/2016

Debates :

PV 12/04/2016 - 17
CRE 12/04/2016 - 17

Votaciones :

PV 13/04/2016 - 11.10
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2016)0120

Textos aprobados
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Miércoles 13 de abril de 2016 - Estrasburgo
La Unión en un entorno mundial en mutación: un mundo más conectado, disputado y complejo
P8_TA(2016)0120A8-0069/2016

Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de abril de 2016, sobre la Unión en un entorno mundial en mutación: un mundo más conectado, disputado y complejo (2015/2272(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos el artículo 3, apartados 1, 2 y 5, el artículo 21, en particular sus apartados 1, 2, letra h), y el apartado 3, párrafo segundo del mismo, los artículos 8, 22, 24, 25 y 26, el artículo 42, en particular su apartado 7, y el artículo 46 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

–  Visto el artículo 222 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistos la Estrategia Europea de Seguridad (EES) de 2003 y el informe sobre la aplicación de la EES de 2008,

–  Visto el informe de la Vicepresidenta / Alta Representante (VP/AR) titulado «The European Union in a changing global environment – a more connected, contested and complex world» (La Unión Europea en un entorno mundial en mutación: un mundo más conectado, disputado y complejo),

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la Alta Representante titulada «El enfoque integral adoptado por la UE en relación con los conflictos y las crisis exteriores» (JOIN(2013)0030),

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Agenda Europea de Seguridad» (COM(2015)0185),

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la Alta Representante titulada «Revisión de la Política Europea de Vecindad» (JOIN(2015)0050),

–  Vista su Resolución, de 21 de mayo de 2015, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa (en base al Informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre la política exterior y de seguridad común)(1),

–  Vista su Resolución, de 21 de enero de 2016, sobre la cláusula de defensa mutua (artículo 42, apartado 7, del TUE)(2),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 19 y 20 de diciembre de 2013 (EUCO 217/13) y de los días 25 y 26 de junio de 2015 (EUCO 22/15), así como las Conclusiones del Consejo sobre la PCSD de 18 de mayo de 2015 (8971/15),

–  Vista la Decisión (PESC) 2015/1835 del Consejo, de 12 de octubre de 2015, por la que se determinan el estatuto, la sede y la forma de funcionamiento de la Agencia Europea de Defensa(3),

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la Alta Representante titulada «Estrategia de ciberseguridad de la Unión Europea: Un ciberespacio abierto, protegido y seguro» (JOIN(2013)0001),

–  Vista la Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea, adoptada por el Consejo de la Unión Europea el 24 de junio de 2014,

–  Visto el Concepto Estratégico de la OTAN de 2010, así como la Declaración de la Cumbre de Gales de la OTAN de 2014,

–  Vista su Resolución, de 17 de diciembre de 2015, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2014) y la política de la Unión Europea al respecto(4),

–  Vistos el Marco estratégico y el Plan de acción de la UE sobre derechos humanos y democracia, adoptados por el Consejo de Asuntos Exteriores el 25 de junio de 2012,

–  Vista su Resolución, de 17 de diciembre de 2015, sobre las exportaciones de armamento: aplicación de la Posición Común 2008/944/PESC(5),

–  Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015, y el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático,

–  Vista la carta de la Comisión de Comercio Internacional,

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A8-0069/2016),

A.  Considerando que muchos de los retos y amenazas presentes y futuros para la Unión son complejos y están interrelacionados, tienen su origen en agentes estatales y no estatales y proceden tanto del interior como del exterior de las fronteras comunes; que es necesario conectar los contextos local, regional y mundial; que, a fin de responder de forma proactiva, colectiva y eficaz a estos retos, salvaguardar los valores y el modelo de sociedad de la Unión y transformar la Unión en un agente eficaz y más estratégico que contribuya a la seguridad mundial, son necesarios una firme voluntad política y un liderazgo para una acción común decidida por parte de la Unión y sus Estados miembros; y que la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad debe allanar el camino en esta dirección mediante la definición de un nivel político de ambición de la Unión en la escena internacional;

B.  Considerando que la Unión debe ser plenamente consciente de la degradación de su entorno estratégico inmediato y de las consecuencias de dicha degradación a largo plazo; que, en vista de la multiplicación y simultaneidad de las crisis, con consecuencias cada vez más directas en el territorio de la Unión, ningún Estado miembro puede responder de forma aislada y los europeos deben ejercer sus responsabilidades conjuntamente para poder garantizar su seguridad;

C.  Considerando que las amenazas señaladas en la Estrategia Europea de Seguridad de 2003 —el terrorismo, las armas de destrucción masiva, los conflictos regionales, la descomposición de los Estados y la delincuencia organizada— siguen existiendo en su mayor parte; que la Unión se enfrenta en la actualidad a una serie de desafíos adicionales, graves e imprevistos, como las tentativas por parte de potencias revisionistas de redefinir por la fuerza las fronteras violando el Derecho internacional y de cuestionar el orden mundial basado en normas, así como el cambio climático, el lento crecimiento económico, unos importantes flujos migratorios y de refugiados y la mayor crisis de refugiados desde la Segunda Guerra Mundial, además de los avances tecnológicos en los ámbitos espacial y cibernético, la delincuencia financiera, la proliferación nuclear y la carrera de armamentos, y la guerra y las amenazas híbridas y asimétricas;

D.  Considerando que la estructura de seguridad de Europa se ha basado en la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE); que la Unión desempeña un papel clave en la OSCE;

E.  Considerando que, en vista del deterioro de la seguridad regional, la Unión debe priorizar la estabilización de su vecindad inmediata, pero sin renunciar a sus compromisos mundiales; que las crisis de seguridad a las puertas de la Unión se ven agravadas e influidas por tendencias mundiales y, a la inversa, la gestión eficaz de la seguridad regional es un requisito indispensable para garantizar la capacidad de actuación de la Unión en la escena internacional;

F.  Considerando que, el 26 de junio de 2015, el Consejo Europeo encomendó a la Alta Representante que, en estrecha cooperación con los Estados miembros, continuara el proceso de reflexión estratégica con miras a la preparación de una estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad, que habrá de presentarse al Consejo Europeo a más tardar en junio de 2016;

G.  Considerando que una respuesta rápida y eficaz por parte de la Unión a las amenazas exige una solidaridad inquebrantable entre Estados miembros, así como que se superen los obstáculos y se eliminen las «mentalidades de silo» en las instituciones y en las representaciones en el extranjero del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y los Estados miembros, y se asignen recursos presupuestarios suficientes y flexibles en apoyo de la consecución de los intereses de la Unión; que una estrategia europea eficaz requiere ante todo una firme voluntad política y la conciencia de un propósito común compartido por los Estados miembros para crear y usar instrumentos realmente europeos;

H.  Considerando que las amenazas de distinta índole contra Estados miembros concretos deben considerarse amenazas al conjunto de la Unión que exigen una firme unidad y solidaridad entre los Estados miembros y una política exterior y de seguridad común coherente;

I.  Considerando que el enfoque global y el uso coherente y coordinado de los instrumentos de política exterior e interior de la Unión deben ser una parte esencial de la nueva estrategia; que no puede entenderse que las exportaciones de armas de la Unión favorezcan los intereses directos de la Unión en materia de seguridad, y que la Posición Común 2008/944/PESC debe tenerse en cuenta a la hora de elaborar una estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad; que la principal finalidad de la Unión es fomentar sus valores y contribuir así a la paz, la seguridad y el desarrollo sostenible del planeta, así como a la solidaridad y el respeto recíproco de los pueblos; que estos objetivos fundamentales no deben descuidarse cuando la Unión emprende acciones encaminadas a aplicar sus políticas interiores y exteriores; que, incluso cuando la Unión actúa en aras de sus intereses comerciales, siempre debe esforzarse por garantizar la coherencia de sus acciones con el logro de los objetivos de mantenimiento de la paz y protección de los derechos humanos;

J.  Considerando que la Unión, en un contexto internacional tan volátil e incierto, debe disponer de una autonomía estratégica que le permita garantizar su seguridad y promover sus intereses y valores;

K.  Considerando que la seguridad humana debe ser el elemento central de la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad, y que debe tenerse plenamente en cuenta la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad, así como la Resolución 1325 de las Naciones Unidas;

L.  Considerando que, desde la adopción de la Estrategia Europea de Seguridad de 2003, la Unión se ha fijado como objetivo lograr un orden internacional basado en un multilateralismo eficaz y en las normas de Derecho internacional;

M.  Considerando que la nueva estrategia debe estar en consonancia con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;

N.  Considerando que la futura estrategia debe ser objeto de seguimiento mediante informes anuales de aplicación e incluir los siguientes objetivos, que han de describirse con mayor detalle en «subestrategias» que establezcan disposiciones específicas para los distintos ámbitos de acción;

La defensa de los pueblos de la Unión Europea

1.  Señala que la Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos, garantizando al mismo tiempo la seguridad de sus ciudadanos y de su territorio; destaca que la acción exterior de la Unión se rige por los principios consagrados en el artículo 21 del TUE; hace hincapié en que la Unión debe, en consecuencia, garantizar su resiliencia tanto interior como exterior y su capacidad de prever, anticipar y resolver desafíos y amenazas previsibles, y estar preparada para actuar con rapidez ante crisis imprevisibles, así como su capacidad de recuperarse de ataques de distinta índole, al tiempo que preserva la seguridad del abastecimiento de energía y materias primas, teniendo en cuenta los efectos del cambio climático, que deben abordarse sin demora, para lo que la Unión ha de asumir un papel de liderazgo en la acción mundial relacionada con el clima y en la promoción de un desarrollo sostenible;

2.  Está convencido de que, para hacer frente a un entorno mundial en mutación, la estrategia de la Unión debe articularse en torno a:

   a) la detección y la jerarquización de las amenazas y los desafíos;
   b) la definición de las respuestas que deben darse;
   c) la determinación de los recursos necesarios;

3.  Destaca que las fronteras de cada Estado miembro son las fronteras de la Unión y deben defenderse como tales;

4.  Considera que la Unión, como agente global, debe desempeñar un papel clave en la defensa de los principios consagrados en el Derecho internacional en materia de derechos humanos, en particular los principios de universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos; opina, por consiguiente, que los derechos humanos deben integrarse debidamente en la nueva estrategia global, para la plena aplicación del Marco Estratégico de la Unión, las Directrices de la Unión en materia de derechos humanos y el Plan de acción sobre derechos humanos y democracia; destaca en este sentido la necesidad de consultar siempre a la sociedad civil de la Unión, los Estados miembros y los países terceros para conseguir que la experiencia y los conocimientos de los profesionales y los defensores de los derechos humanos sirvan para conformar y modelar la política exterior y de seguridad común de la Unión; pide a la Unión y a los Estados miembros que garanticen que la política exterior de la Unión adopta un enfoque estratégico sobre los derechos humanos, poniendo de relieve acciones y resultados concretos y demostrando coherencia en el compromiso de la Unión en materia de derechos humanos en diferentes países y regiones, con independencia de la seguridad, la política exterior, el comercio, la energía, las ayudas u otras cuestiones;

5.  Considera esencial determinar los intereses que, en materia de política exterior, realmente comparten los veintiocho Estados miembros de la Unión en cada región del mundo y en cada ámbito político pertinente; destaca, además, que el hecho de dar visibilidad a estos intereses comunes fortalecería por sí solo y de manera significativa la actuación de la Unión en la escena internacional; pide a la VP/AR que confíe al SEAE la tarea de clasificar estos intereses específicos y de contribuir a la definición de objetivos estratégicos y operativos que puedan generar directamente resultados concretos;

6.  Considera que los Estados Unidos son el principal socio estratégico de la Unión; señala que la Unión y sus Estados miembros deben estar más unidos y preparados para asumir una mayor responsabilidad por lo que respecta a su seguridad colectiva y a la defensa de su territorio, dependiendo menos de los Estados Unidos, especialmente en los países vecinos de Europa; hace hincapié en que la alianza transatlántica debe seguir siendo un pilar esencial del sistema mundial basado en normas; pide, en consecuencia, a la Unión y a los Estados miembros que refuercen sus capacidades de defensa, de manera que estén listos para responder al amplio espectro de amenazas y riesgos civiles, militares e híbridos, en sinergia con la OTAN, y para hacer pleno uso de las disposiciones del Tratado de Lisboa relativas a la política común de seguridad y defensa (PCSD);

7.  Insta, en consecuencia, a la Unión a que intensifique la cooperación coherente y estructurada en relación con la investigación en el ámbito de la defensa, el tejido industrial y la ciberdefensa mediante la puesta en común y el uso compartido de los recursos, así como a través de otros proyectos cooperativos, en aras de un uso más eficaz de los presupuestos nacionales de defensa, del logro del objetivo colectivo de atribución del 2 % de los gastos de defensa a la investigación y de la puesta en marcha, en el próximo marco financiero plurianual (MFP), de un programa de investigación y tecnología en materia de defensa financiado por la Unión; considera que debe reforzarse el papel de la Agencia Europea de Defensa (AED) y que es necesario dotarla de más recursos para que pueda actuar de manera más eficaz; considera asimismo que los Estados miembros deben asumir una mayor responsabilidad en el desarrollo de las capacidades europeas que se necesitan con urgencia y a la hora de contribuir a la autonomía estratégica de la Unión, así como aumentar el gasto en investigación militar a través de la AED y reforzar la base industrial y tecnológica de la defensa europea (BITDE) y el mercado europeo de la defensa; pide que los Estados miembros utilicen de manera más transparente y responsable los presupuestos de seguridad y defensa; pide asimismo a los Estados miembros que velen por que se suministren los recursos necesarios para la realización de las tareas a que se refiere el artículo 43 del TUE, también para las misiones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas que corresponda; considera, además, que debe mejorarse el intercambio de información entre los servicios europeos de inteligencia, así como desarrollarse una verdadera capacidad europea en materia de inteligencia y previsión, que cuente con mecanismos de supervisión adecuados;

8.  Pide a la VP/AR que corrija la falta de claridad de la cláusula de defensa mutua recogida en el artículo 42, apartado 7, del TUE, y que defina las directrices y modalidades de aplicación de dicha cláusula para que los Estados miembros puedan responder de forma eficaz cuando se invoque;

9.  Critica enérgicamente a la Comisión por no completar a tiempo las tareas que le encomendó el Consejo Europeo en 2013 en relación con una hoja de ruta prevista para un régimen global de seguridad del abastecimiento a escala de la Unión y un libro verde previsto sobre el control de las capacidades industriales de seguridad y defensa con carácter sensible, así como con el seguimiento de los contratos públicos de defensa y de seguridad y del comercio entre gobiernos en el sector de la defensa;

10.  Toma nota de la Decisión (PESC) 2015/1835 del Consejo, de 12 de octubre de 2015; pide al director de la AED y a la VP/AR que informen al Parlamento Europeo sobre cómo refleja esta Decisión del Consejo la petición reiterada del Parlamento de reforzar la AED financiando la dotación de personal y los gastos corrientes de la Agencia con cargo al presupuesto de la Unión;

11.  Considera que uno de los objetivos principales debe ser avanzar hacia unidades militares plurinacionales permanentemente agrupadas, fuerzas de defensa conjuntas y la definición de una política común de defensa, lo que, en última instancia, debe desembocar en una unión europea de defensa; solicita, a este respecto, el establecimiento de un cuartel general militar permanente de la Unión para mejorar la capacidad de gestión de crisis militares y asegurar la planificación para casos de emergencia y la interoperabilidad de los medios humanos y materiales; pide a los Estados miembros que refuercen la cooperación en materia de defensa de manera colectiva y bilateral, así como en agrupaciones regionales; apoya la adopción de un libro blanco sobre la defensa de la Unión Europea, basado en la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad;

12.  Considera que la actual activación del artículo 42, apartado 7, del TUE debe servir de catalizador para liberar el potencial de todas las disposiciones del Tratado relacionadas con la seguridad y la defensa;

13.  Destaca la importancia trascendental del fortalecimiento de la cooperación entre la Unión Europea y la OTAN, que debe garantizar la coordinación operativa, y apoya la creación de capacidades militares europeas que sirvan de refuerzo a la OTAN en la defensa territorial y sean capaces de llevar a cabo de forma autónoma operaciones de intervención más allá de las fronteras de la Unión; subraya que la PCSD ha de reforzar el pilar europeo de la OTAN y garantizar que los miembros europeos de la OTAN cumplen realmente los compromisos contraídos con esta organización; propone combinar los conceptos de agrupaciones tácticas de la Unión y fuerzas de respuesta de la OTAN; recuerda que el apoyo militar debe basarse en el principio de solidaridad entre los Estados miembros de la Unión;

14.  Subraya que el control de las exportaciones de armas forma parte integrante de la política exterior y de seguridad de la Unión y ha de regirse por los principios consagrados en el artículo 21 del TUE, especialmente la promoción de la democracia y del Estado de Derecho, el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el refuerzo de la seguridad internacional; recuerda que resulta crucial garantizar la coherencia entre las exportaciones de armas y la credibilidad de la Unión como defensor mundial de los derechos humanos; está profundamente convencido de que una aplicación más eficaz de los ocho criterios de la Posición Común contribuiría en gran medida al desarrollo de la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad;

15.  Pide a los Estados miembros que respeten la Posición Común sobre las exportaciones de armas y que suspendan el comercio de armas con los terceros países que no cumplen los criterios enumerados;

16.  Apoya una mayor profundización de la buena gobernanza en ámbitos comunes globales, tales como el mar, el aire, el espacio y el ciberespacio;

17.  Señala que la tecnología tiene cada vez mayor peso en nuestras sociedades y que la política de la Unión debe responder a los rápidos cambios que se operan en el desarrollo tecnológico; destaca, en este sentido, el papel empoderador fundamental que internet y las tecnologías pueden desempeñar en el desarrollo, la democratización y la emancipación de los ciudadanos de todo el planeta y subraya, por lo tanto, la importancia de que la Unión trabaje para promover y salvaguardar una internet libre y abierta y proteger los derechos digitales;

18.  Destaca que el impacto de las tecnologías también debe reflejarse en la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad y en las iniciativas de ciberseguridad, mientras que la mejora de los derechos humanos debe formar parte de todas las políticas y programas de la Unión e integrarse de forma transversal en estos, si procede, para favorecer la protección de los derechos humanos, la promoción de la democracia, el Estado de Derecho y la buena gobernanza, así como la resolución pacífica de conflictos;

La estabilización de la vecindad de Europa entendida en sentido amplio

19.  Considera que, para que la Unión sea más eficaz y creíble en la escena internacional, debe asumir una mayor responsabilidad y centrarse en colmar el vacío de seguridad existente tanto en los países vecinos más próximos como en los más alejados, así como en crear condiciones de estabilidad y prosperidad sobre la base del Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, lo que implica necesariamente abordar las causas profundas de las guerras y conflictos actuales, los flujos migratorios y la crisis de los refugiados;

20.  Está convencido de que la Unión debe emplear más la diplomacia pacificadora, especialmente en la vecindad meridional; considera que la nueva estrategia debe indicar de qué modo podría basarse la Unión en el reciente pacto nuclear con Irán y fomentar una mayor confianza, así como otros acuerdos regionales en materia de seguridad, que también podrían basarse en la propia experiencia de Europa con mecanismos regionales de seguridad, como la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE), y acuerdos, como el Acta final de Helsinki;

21.  Opina que, en aras de la paz y la estabilidad y para promover la seguridad humana, el Estado de Derecho, el respeto de los derechos humanos y la democratización, la Unión debe cumplir sus compromisos en materia de ampliación e integración, basándose en políticas que impulsen el crecimiento económico y favorezcan las sociedades integradoras, así como proseguir la cooperación con los países con los que mantiene un estrecho vínculo en el contexto de la política europea de vecindad (PEV) recientemente revisada; recuerda que, de conformidad con el artículo 49 del TUE, cualquier Estado europeo puede solicitar su ingreso como miembro de la Unión, siempre que cumpla los criterios de Copenhague, que son fijos y no negociables, y los principios de democracia y respeto de las libertades fundamentales y de los derechos humanos y de las minorías, y garantice el Estado de Derecho; considera que la Unión debe mantener en todo momento un compromiso coherente y consecuente con su vecindad oriental y meridional;

22.  Cree que la actual crisis de los refugiados exige un enfoque europeo holístico y una respuesta urgente concertada, que recurra a instrumentos tanto externos como internos; pide una estrategia a largo plazo y una gestión sostenible de las políticas de asilo, migración y readmisión, sobre la base de unos principios comunes y de la solidaridad y con el debido respeto de los derechos humanos y la seguridad humana; pide que se refuercen el sistema Schengen, la Guardia Europea de Fronteras y Costas y Frontex; solicita, a este respecto, a la Comisión que proponga soluciones eficaces y sostenibles; considera que, para ello, la Unión debe promover un enfoque más práctico y exhaustivo con respecto a la ayuda a África, Oriente Próximo y los países y regiones frágiles y proclives a la guerra;

23.  Cree que una diplomacia multilateral inclusiva bajo la coordinación y el liderazgo de la VP/AR es crucial para la resolución de conflictos y la gestión de crisis tanto en los países vecinos como a escala mundial; subraya que es preciso reforzar la orientación estratégica, la coherencia y las sinergias positivas entre las políticas de acción exterior y las políticas internas, cada vez más interrelacionadas, a escala de la Unión, dentro de los Estados miembros y entre el SEAE y la Comisión;

El fortalecimiento de la gobernanza mundial multilateral

24.  Considera que la Unión debe ser un agente global constructivo y resiliente con un enfoque regional, estar equipada con los medios civiles y militares necesarios y aspirar a ser un organismo normativo, contribuyendo a una gobernanza mundial multilateral eficiente y reforzándola con vistas a fortalecer la democracia, la buena gobernanza, el Estado de Derecho y los derechos humanos; resalta que la PCSD es un elemento clave de la prevención y resolución de crisis;

25.  Pide a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que promuevan el enfoque integral, coordinado y exhaustivo en su acción exterior, y que tomen en consideración el inextricable vínculo existente entre la seguridad interior y la exterior; pide, a este respecto, a la Unión que desarrolle sinergias entre la seguridad, el desarrollo, el comercio, los derechos humanos, las actividades de fomento de la democracia y la acción exterior de la Unión, y que inscriba las políticas de esos ámbitos en su estrategia global; reitera la necesidad de garantizar que las acciones de la Unión en el ámbito comercial también contribuyen al logro de los objetivos de no proliferación, fomento de la paz y salvaguardia de los derechos humanos;

26.  Remarca la función importante y creciente que la seguridad energética desempeñará en el desarrollo interno de la Unión y en sus relaciones con sus socios locales, regionales e internacionales; pide una rápida y plena aplicación de los cinco pilares de la Unión de la Energía; cree que es de interés estratégico para la Unión dotar a la Comisión de una prerrogativa para conegociar y cofirmar todos los contratos de suministro de energía procedente de terceros países y de producción en terceros países;

27.  Pone de relieve la necesidad de una voluntad política en los Estados miembros para que demuestren más flexibilidad en las cuestiones relacionadas con la PCSD, con el fin de generar un auténtico impulso en ese ámbito; apoya el establecimiento del formato de un Consejo de ministros de Defensa, así como la celebración por el Consejo Europeo de reuniones periódicas sobre defensa; insta a los Estados miembros que lo deseen a que establezcan una cooperación estructurada y permanente en el ámbito de la defensa; destaca, en este sentido, la necesidad de superar las limitaciones estructurales relacionadas, en particular, con la evaluación de necesidades, las capacidades (civiles y militares) y la financiación común; considera que el recurso a la cooperación estructurada y permanente en el ámbito de la defensa y al artículo 44 del TUE constituyen las vías institucionales más adecuadas para lograr un avance realista de esta política común;

28.  Respalda el principio de que los Estados miembros de la Unión deben comprometerse a dedicar como mínimo el 2 % de su PIB a gastos de defensa para 2024, a fin de alcanzar la capacidad civil y militar necesaria y adecuada para cumplir los objetivos de la PESC y la PCSD, mejorando a la vez las economías de escala a través de la cooperación y el codesarrollo, y reduciendo las disparidades entre los Estados miembros;

29.  Hace hincapié en que, para lograr un orden mundial basado en normas, es necesario mejorar la cooperación con los agentes regionales y mundiales en lo que respecta a las amenazas y los retos globales; considera que el hecho de asociarse con los agentes regionales interesados con respecto a cuestiones sectoriales específicas permite compartir los valores europeos y contribuye al crecimiento y al desarrollo; remarca que las amenazas globales a menudo tienen causas locales y que, como consecuencia de ello, su solución requiere la participación de los agentes locales; señala que también es crucial establecer relaciones más estrechas con los agentes no estatales, los gobiernos locales y regionales y la sociedad civil para garantizar un enfoque integral ante los desafíos globales como el cambio climático y el terrorismo, y que debe revisarse el modo en que la Unión desarrolla y define las asociaciones a fin de reforzar el sentimiento de apropiación de los socios y de consolidar la inclusión de un enfoque multilateral;

30.  Opina que el compromiso con los agentes regionales y mundiales clave —Estados, organizaciones e instituciones— se debe basar en los principios fundamentales y los objetivos estratégicos de la Unión, el respeto del Derecho internacional y los intereses y objetivos comunes fijados, teniendo en cuenta su peso estratégico y su posible contribución para afrontar las amenazas y los desafíos globales; opina asimismo que los proyectos estratégicos de conectividad pueden desempeñar un papel vital en el establecimiento de unas relaciones sólidas y estables con los socios clave de Europa;

31.  Pide que se afiance el compromiso con las estructuras y autoridades regionales en busca de sinergias sostenibles en lo que se refiere a la paz, la prevención de conflictos y la gestión de crisis, y que se refuerce el apoyo a los países sometidos a fuertes presiones a causa de crisis regionales, incluyendo el compromiso en favor de la creación de instituciones resilientes y estables, así como de una sociedad integradora para aprovechar los acuerdos comerciales y sectoriales con vistas al fomento de la seguridad, la estabilidad y la prosperidad, y de la aplicación de estrategias regionales globales;

32.  Lamenta que, cada vez con mayor frecuencia, los regímenes autocráticos y represivos consigan socavar o malograr los derechos humanos, el desarrollo, la democracia y el desarrollo de una sociedad civil activa; insta a la VP/AR a que aborde esta tendencia negativa mundial en el contexto de la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad;

33.  Observa que la prosperidad de la Unión viene determinada por su capacidad para seguir siendo innovadora y competitiva y beneficiarse de una economía mundial muy dinámica; estima que la Unión debe utilizar todos los instrumentos de sus políticas de manera coherente a fin de crear unas condiciones externas favorables para el crecimiento sostenible de la economía europea; considera que la Unión debe ser un agente activo y comprometido que promueva el comercio libre y justo y las inversiones, unos canales comerciales seguros y un mayor acceso al mercado en todo el mundo, y salvaguarde la estabilidad del sistema financiero mundial fomentando unos elevados estándares en materia de reglamentación y gobernanza;

34.  Señala que, para alcanzar los objetivos mencionados más arriba, la Unión ha de intensificar su cooperación con unas Naciones Unidas reformadas, colocarse en una posición que le permita ejercer su influencia orientando las acciones en los foros mundiales sobre la gobernanza de los ámbitos relacionados con los intereses estratégicos y la seguridad de la Unión, desarrollar sus asociaciones con otros agentes globales y regionales, y revitalizar sus asociaciones estratégicas transformándolas en unos instrumentos políticos eficaces, incluidas sus asociaciones con agentes no estatales; estima que la Unión también debe reforzar la diplomacia europea, mejorar sus capacidades operativas para prevenir conflictos, apoyar la democracia y la paz, gestionar crisis y establecer alianzas a través de la mediación y el diálogo, así como fomentar y capacitar a la sociedad civil; anima a intensificar la cooperación entre la Unión y las Naciones Unidas y entre la Unión y la Unión Africana en las operaciones de apoyo a la paz; hace hincapié en que los enfoques en materia de resolución de conflictos deben integrarse todo lo posible en soluciones multilaterales acordadas, respetándose debidamente las múltiples dimensiones que tienen que cubrir esas intervenciones en los ámbitos de mantenimiento y cumplimiento de la paz, desarrollo sostenible, lucha contra la causas fundamentales de la migración y respeto de los derechos humanos;

35.  Destaca el papel esencial que desempeña la Unión en materia de ayuda al desarrollo, y pide a los Estados miembros que cumplan su compromiso de consagrar el 0,7 % del PIB a la ayuda pública al desarrollo; pide a la Unión que promueva un enfoque más pragmático en lo que respecta a la ayuda favoreciendo el recurso al apoyo presupuestario; pide a los Estados miembros que hagan todo lo que esté en su poder para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible;

36.  Hace hincapié en que el desarrollo no es posible sin seguridad y la seguridad no es posible sin desarrollo; señala que, en consecuencia, la política de desarrollo de la Unión debe ser una parte esencial de la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad;

37.  Acoge con satisfacción el objetivo de la nueva estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad de ser exhaustiva, potenciar la coherencia entre las políticas interiores y las exteriores y mejorar la coordinación entre las instituciones y con los Estados miembros; recuerda la obligación derivada del Tratado de respetar el principio de la coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD) y de evitar que surjan contradicciones entre las políticas de desarrollo y las políticas que no están relacionadas con el desarrollo que repercuten en los países en desarrollo; pide, por tanto, a los Estados miembros y a la Comisión que establezcan y consoliden sistemas de coordinación entre, respectivamente, sus propios ministerios y dentro del Colegio de comisarios, y que los Parlamentos nacionales participen en mayor medida en el programa sobre CPD; pide, asimismo, a la Unión que potencie un mecanismo de coordinación que permita determinar las posibles repercusiones de las políticas en los objetivos de desarrollo, integrar desde el principio aspectos sobre el desarrollo en las iniciativas políticas y valorar de forma más sistemática las repercusiones y los avances en relación con la CPD; pide a este respecto que se establezcan vías de recurso eficaces para las víctimas en aquellos casos en los que es evidente que con la jurisdicción nacional no se puede hacer frente a las políticas aplicadas por una entidad extranjera;

38.  Acoge con satisfacción el hecho de que el vínculo entre la paz y el desarrollo se haya reflejado debidamente en la nueva Agenda 2030 y, como consecuencia de ello, se haya introducido el objetivo de desarrollo sostenible (ODS) n.º 16 sobre la paz y la justicia; pide a la Unión y a los Estados miembros que den prioridad, entre otras cosas, a las actividades relacionadas con el cumplimiento del ODS n.º 16 (sobre derechos humanos, buena gobernanza, construcción de paz y democracia), y que garanticen que estas figuran entre los sectores principales de los Programas Indicativos Nacionales (PIN) dentro de la programación de la cooperación para el desarrollo;

39.  Pide que se revise el Consenso Europeo sobre Desarrollo, lo que constituirá una contribución importante con vistas a una estrategia global de la Unión coherente y actualizada; destaca que esta revisión debe tomar en consideración los nuevos desafíos mundiales, abordar la aplicación por parte de la Unión de los objetivos de desarrollo sostenible y reiterar los valores subyacentes, como el respeto de los derechos humanos, prestando especial atención a los derechos de grupos vulnerables como las niñas, las mujeres y las personas con discapacidad, la democracia y el Estado de Derecho, así como los principios fundamentales de eficacia del desarrollo, como la apropiación de las estrategias de desarrollo por parte de los países socios, una mejor rendición de cuentas por lo que respecta a los sistemas nacionales de los países socios y la diferenciación basada en necesidades, pero también criterios de rendimiento basados en objetivos de desarrollo sostenible; insiste en que la Unión debe hacer todo lo que esté en su mano para mejorar la complementariedad entre todos los agentes del desarrollo, a fin de explotar plenamente el potencial de la política europea de desarrollo y acelerar por ese medio la realización de la Agenda de Desarrollo Sostenible para 2030;

40.  Observa con preocupación el aumento de la insostenibilidad de la deuda tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo; pide a la Comisión que mejore el principio de responsabilidad común de los prestatarios y prestamistas, y que realice un seguimiento y promueva de manera efectiva los principios de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) sobre empréstitos y préstamos responsables en todas sus políticas; pide, en este sentido, que la Unión y sus Estados miembros se comprometan de manera constructiva con la labor de las Naciones Unidas en favor de un mecanismo internacional de renegociación de la deuda soberana;

41.  Considera deplorable que siga sin existir un marco normativo sobre el respeto por parte de las empresas de los derechos humanos y las obligaciones referentes a las normativas sociales y medioambientales, circunstancia que permite a determinados Estados y empresas eludirlos con impunidad; pide a la Unión y a los Estados miembros que se impliquen activamente en la labor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en favor de un tratado internacional por el que se responsabilice a las empresas transnacionales de las violaciones de los derechos humanos y de las normas medioambientales;

42.  Apoya la idea de redefinir la relación de la Unión con los países de África, el Caribe y el Pacífico potenciando una política de igualdad de los socios, respetando el espacio político democrático de los gobiernos de los países soberanos para tomar decisiones políticas en beneficio de sus ciudadanos, mejorando el principio de buena gobernanza y los derechos humanos como elementos esenciales del acuerdo posterior a Cotonú, y potenciando eficazmente los vínculos entre los objetivos de desarrollo de la Unión para las políticas de comercio, seguridad, cambio climático y migración con vistas a su refuerzo mutuo; pide que se definan competencias de control formales en relación con el Fondo Europeo de Desarrollo, por ejemplo, a través de un acuerdo interinstitucional vinculante en virtud del artículo 295 del Tratado de Lisboa; pide una asociación UE-ACP posterior a 2020 que sea justa y ambiciosa, esté basada en los principios de apropiación y respeto mutuo entre socios iguales en derechos y deberes, se centre en mayor medida en los retos e intereses comunes y esté mejor adaptada para generar un verdadero cambio con arreglo a los deseos de ambas partes y los retos a los que se enfrentan; pide a la Unión que promueva instrumentos para el comercio exterior con los países ACP, en particular acuerdos de asociación económica (AAE), para provocar un verdadero cambio en la seguridad y la prosperidad de ambas partes;

43.  Hace hincapié en que la Unión debe proseguir e intensificar sus esfuerzos para promover el desarrollo económico y la resiliencia en su zona de vecindad y en las regiones que son vitales para sus intereses; recuerda que las pequeñas y medianas empresas son los principales creadores de puestos de trabajo y que, por consiguiente, facilitar su labor es crucial para impulsar el desarrollo económico;

44.  Pide a la VP/AR, a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan un vínculo claro entre la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad y la estructura y las prioridades del presupuesto de la Unión, incluidos unos recursos propios reforzados, asignen los recursos necesarios para su ejecución y den el mejor uso posible a los presupuestos existentes gracias a una mejor cooperación y una acción coordinada en los ámbitos de la diplomacia, el desarrollo, el comercio, la energía y la defensa;

La participación de la Unión, los Parlamentos nacionales y los ciudadanos europeos

45.  Subraya que la estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad debe revisarse cada cinco años, en sincronía con el nuevo Parlamento Europeo y la nueva Comisión, lo cual permitiría verificar si sus objetivos y prioridades se siguen correspondiendo con las amenazas y el entorno de seguridad, y también daría al nuevo VP/AR la ocasión de iniciar la revisión;

46.  Hace hincapié en que la actuación de la Unión está sujeta a la supervisión del Parlamento Europeo y de los Parlamentos nacionales y en que el Parlamento Europeo desempeña un papel clave en el seguimiento periódico y pormenorizado de las actuaciones exteriores de las instituciones de la Unión, y considera que los Parlamentos nacionales podrían participar más estrechamente en dicho seguimiento; recuerda que el Parlamento Europeo es un socio clave de la VP/AR a la hora de configurar las relaciones exteriores de la Unión y abordar los retos actuales, también mediante un seguimiento de la actuación de la Unión en política exterior; pide que se presenten al Parlamento Europeo informes anuales de ejecución de la estrategia;

47.  Opina que el Parlamento debe desempeñar plenamente el papel que le corresponde en la labor de prevención de conflictos de la Unión;

48.  Subraya la importancia de una participación activa de los Parlamentos nacionales en ese proceso a través de un control más exhaustivo y en conjunción con el Parlamento Europeo durante las sesiones de la Conferencia interparlamentaria sobre la PESC y la PCSD;

49.  Insta a los responsables políticos europeos a que entablen un diálogo con los ciudadanos, la sociedad civil, el sector industrial y los entes locales y regionales sobre la necesidad y las ventajas de establecer un marco más sólido para la seguridad de Europa;

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50.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior.

(1) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0213.
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0019.
(3) DO L 266 de 13.10.2015, p. 55.
(4) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0470.
(5) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0472.

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