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Procedimiento : 2006/2041(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0267/2006

Textos presentados :

A6-0267/2006

Debates :

PV 25/09/2006 - 18
CRE 25/09/2006 - 18

Votaciones :

PV 26/09/2006 - 5.5
CRE 26/09/2006 - 5.5
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2006)0361

Textos aprobados
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Martes 26 de septiembre de 2006 - Estrasburgo Edición definitiva
La dimensión europea en los programas escolares nacionales
P6_TA(2006)0361A6-0267/2006

Resolución del Parlamento Europeo sobre iniciativas que complementen los programas escolares ofreciendo medidas adecuadas de apoyo para la inclusión de la dimensión europea (2006/2041(INI))

El Parlamento Europeo ,

–  Visto el artículo 149 del Tratado CE,

–  Vista la Resolución del Consejo y de los Ministros de Educación reunidos en Consejo sobre la dimensión europea en la enseñanza de 24 de mayo de 1988(1) ,

–  Visto el Libro Verde sobre la dimensión europea de la educación (COM(1993)0457),

–  Vista la Comunicación de la Comisión sobre "Una nueva estrategia marco para el multilingüismo" (COM(2005)0596),

–  Visto el Informe intermedio conjunto del Consejo y la Comisión sobre la ejecución del programa de trabajo detallado relativo al seguimiento de los objetivos de los sistemas de educación y formación en Europa "Educación y Formación 2010" – Urgen las reformas para coronar con éxito la estrategia de Lisboa(2) ,

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A6-0267/2006),

A.  Considerando que en las últimas décadas la dimensión europea ha adquirido mayor importancia como aspecto de la educación, en particular en los programas escolares nacionales,

B.  Considerando que el Parlamento Europeo ya ha intervenido en este ámbito, en particular con la audiencia "La dimensión europea en las clases de historia" de 7 de abril de 2004,

C.  Considerando que las autoridades nacionales ya han adoptado iniciativas en Estados miembros como Austria, Alemania, Portugal, Países Bajos, Reino Unido, Eslovenia y España, y que también se cuenta con numerosas iniciativas de organizaciones no gubernamentales en este ámbito,

D.  Considerando que la vertiente lingüística parece ser fundamental para reforzar la dimensión europea, que la competencia en lenguas extranjeras forma parte del bagaje básico del típico ciudadano europeo que vive, estudia, trabaja y se desplaza habitualmente por la Unión Europea,

E.  Considerando la existencia de disparidades entre los Estados miembros y en su propio seno, en lo que se refiere a la inclusión de la dimensión europea en la educación,

F.  Considerando que conviene presente la importancia de los programas COMENIUS y LINGUA a tal respecto,

G.  Considerando que la información sobre Europa que se ofrece a los escolares, profesores y estudiantes difiere en gran medida de uno a otro país, y que se debe trabajar para consensuar una comprensión común de la historia y una definición de los valores europeos,

H.  Considerando que entre los principales obstáculos se encuentran la aún escasa proliferación de iniciativas y programas de carácter transfronterizo, la falta de coordinación entre las iniciativas, la falta de visibilidad y accesibilidad y el empleo de instrumentos inadecuados o improcedentes para la realización de esas tareas,

I.  Considerando que en la actualidad los profesores encuentran muchos obstáculos para integrar la dimensión europea en sus clases, como la falta de material informativo y educativo actualizado y de gran calidad sobre la Unión Europea en todas sus lenguas, y que la Unión Europea debería ayudarles en este sentido,

1.  Indica que todos los sistemas educativos deberían velar por que los alumnos posean al final de la enseñanza media los conocimientos y las competencias necesarias, con arreglo a lo establecido por sus autoridades nacionales, para asumir su cometido como ciudadanos y como miembros de la Unión Europa;

2.  Subraya la importancia de encontrar para todos los Estados miembros una definición más clara y uniforme del significado, contenido y alcance de la "dimensión europea";

3.  Insta encarecidamente al Consejo Europeo y a los ministros de Educación a que actualicen la citada Resolución, teniendo en cuenta, en particular, las ampliaciones de la UE acaecidas desde entonces;

4.  Insta encarecidamente al Consejo a que reconozca las dos diferentes vertientes de la dimensión europea: por una parte, el acceso a la información sobre la UE, sus instituciones, métodos, prácticas e iniciativas y, por otra parte, el conocimiento de la historia común y del patrimonio cultural europeo, el aprendizaje de idiomas y la comprensión de los actuales acontecimientos europeos, pudiendo complementar ambas vertientes los programas escolares;

5.  Subraya la importancia del uso de recursos educativos multimedia y a través de Internet, como medios modernos de educación para introducir la dimensión europea en los programas escolares; recomienda, por ejemplo, a tal fin, el establecimiento de un servicio Internet multilingüe en que se expongan las mejores prácticas, se ofrezca asistencia educativa y sirva de plataforma para el intercambio de experiencias;

6.  Insiste en la necesidad de mejorar constantemente la enseñanza de idiomas, por ejemplo en la sección COMENIUS del programa de aprendizaje permanente; reconoce igualmente que en algunos Estados miembros, en particular aquéllos de habla inglesa, resulta difícil mantener el interés y la motivación suficientes por dominar otras lenguas europeas, con lo que se apuntalaría el nivel de comprensión racional y emocional mutua en Europa; considera, a este respecto, que el aprendizaje de las lenguas de los pueblos vecinos reviste especial importancia;

7.  Insta a los Estados miembros a que fomenten la difusión del multilingüismo promoviendo el aprendizaje de una gama más amplia de idiomas de los que se enseñan en la actualidad y a que establezcan la enseñanza de al menos dos lenguas extranjeras desde una edad temprana en sus programas escolares;

8.  Propone analizar por qué la Agenda de Lisboa no ha permitido alcanzar todavía los objetivos previstos en la materia y confeccionar una lista de las medidas que los Gobiernos de los Estados miembros consideren fundamental aplicar para lograr las mejoras económicas acordadas;

9.  Recomienda proceder a un intercambio de mejores prácticas entre todos los Estados miembros en materia de enseñanza de idiomas y de inclusión del contenido europeo en la educación, para velar por la diseminación en todos los Estados miembros de la UE de las actuales iniciativas, incluidas las aprobadas antes de 2004;

10.  Apunta que un importante aspecto para velar por el éxito de la última ampliación de la UE es que los diez nuevos Estados miembros y los quince Estados miembros más veteranos prevean intercambios de información, proyectos, estudiantes y profesores;

11.  Pide al Consejo que examine si los instrumentos útiles y relevantes en materia de enseñanza como la "Red de Escuelas Europeas", la cooperación y las innovaciones didácticas y herramientas como "Europa en la Escuela" pueden precisar recursos adicionales y si los profesores saben cómo acceder a la información pertinente, a fin de mejorar la dimensión europea en la educación;

12.  Propone fomentar los cursos de formación del profesorado en que se ofrezca a los asistentes la necesaria comprensión de las cuestiones europeas, de tal manera que puedan complementar con la dimensión europea su docencia de los temas nacionales y locales;

13.  Subraya que la dimensión europea complementa los contenidos nacionales, pero que no los reemplaza ni sustituye;

14.  Destaca la necesidad de actualizar los documentos existentes, en particular la bibliografía temática no exhaustiva de Eurídice de 1996;

15.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO C 177 de 6.7.1988, p. 5.
(2) DO C 104 de 30.4.2004, p. 1.

Última actualización: 13 de septiembre de 2007Aviso jurídico