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Procedimiento : 2006/2128(INI)
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Ciclo relativo al documento : A6-0210/2007

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A6-0210/2007

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PV 20/06/2007 - 11
CRE 20/06/2007 - 11

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PV 21/06/2007 - 8.1
CRE 21/06/2007 - 8.1
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P6_TA(2007)0277

Textos aprobados
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Jueves 21 de junio de 2007 - Estrasburgo
MEDA y la ayuda financiera a Palestina - evaluación, ejecución y control
P6_TA(2007)0277A6-0210/2007

Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de junio de 2007, sobre MEDA y la ayuda financiera a Palestina - evaluación, ejecución y control (2006/2128(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Declaración de Barcelona adoptada durante la Conferencia Euromediterránea, el 28 de noviembre de 1995, que dio origen a la Asociación Euromediterránea(1),

–  Visto el Reglamento del Consejo (CE) n° 1488/96 de 23 de julio de 1996 relativo a las medidas de acompañamiento financieras y técnicas (MEDA) de las reformas de las estructuras económicas y sociales en el marco de la colaboración euromediterránea(2) (Reglamento MEDA),

–  Visto el Reglamento (CE) nº 2698/2000 del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 1488/96(3) (Reglamento MEDA II),

–  Vista su Resolución de 1 de febrero de 2001 sobre la comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo para preparar la cuarta reunión de Ministros de Asuntos Exteriores Euromediterráneos: un nuevo impulso para el Proceso de Barcelona(4),

–  Vista su Resolución de 3 de junio de 2003 sobre el Informe anual del programa MEDA 2000(5),

–  Vista su Resolución de 20 de noviembre de 2003 sobre Euromed(6),

–  Vistas sus Resoluciones de 12 de febrero de 2004 sobre un nuevo impulso a las iniciativas de la UE en el ámbito de los derechos humanos y la democratización, en colaboración con los socios mediterráneos(7), y de 27 de octubre de 2005 sobre el proceso de Barcelona renovado(8),

–  Vistas las prioridades políticas de la Presidencia europea de la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea, formuladas el 21 de abril de 2005(9),

–  Vista su Resolución de 19 de enero de 2006 sobre la Política Europea de Vecindad(10),

–  Vista su Resolución legislativa de 6 de julio de 2006 sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación(11),

–  Visto el Reglamento (CE) n° 1638/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación(12),

–  Vista la Comunicación de 4 de diciembre de 2006 de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el refuerzo de la Política Europea de Vecindad (COM(2006)0726),

–  Visto el informe de 18 de julio de 2005 que contiene la evaluación intermedia del Programa MEDA II(13),

–  Visto el Informe anual 2006 sobre la política de desarrollo de la Comunidad Europea y la ejecución de la ayuda exterior en 2005(14),

–  Visto el Informe especial n° 5/2006 del Tribunal de Cuentas Europeo sobre el programa MEDA(15),

–  Visto el Informe anual 2005 sobre el Mecanismo Euromediterráneo de Inversión y Cooperación (FEMIP), de 26 de junio de 2006(16),

–  Vista la Comunicación de 17 de octubre de 2006 de la Comisión al Consejo sobre la evaluación del Mecanismo Euromediterráneo de Inversión y Cooperación (FEMIP) y opciones para el futuro (COM(2006)0592),

–  Vista la asociación estratégica para el Mediterráneo y el Oriente Próximo adoptada por el Consejo Europeo de diciembre de 2006(17),

–  Vista la Decisión del Consejo 2002/817/CE, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la celebración del Convenio entre la Comunidad Europea y el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (UNRWA) en relación con la ayuda a los refugiados en los países del Cercano Oriente (2002-2005)(18),

–  Vista su Resolución de 23 de octubre de 2003 sobre Paz y Dignidad en el Oriente Próximo(19),

–  Visto el Reglamento (CE) n° 669/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1734/94 del Consejo, relativo a la cooperación financiera y técnica con Cisjordania y la Franja de Gaza(20),

–  Vista su Resolución de 2 de febrero de 2006 sobre los resultados de las elecciones palestinas y la situación en Jerusalén Este(21),

–  Vistas las declaraciones de 30 de enero de 2006(22) y 9 de mayo de 2006(23) del Cuartero para el Oriente Próximo, compuesto por representantes de la Unión Europea, las Naciones Unidas, los Estados Unidos y Rusia, en las que manifiestan su profunda preocupación por el deterioro de la situación en los territorios palestinos y su intención de apoyar la creación de un mecanismo provisional de ayuda directa al pueblo palestino,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores, de 15 de mayo de 2006(24), sobre el proceso de paz en el Oriente Próximo en las que expresa su honda preocupación por el deterioro de la situación humanitaria, económica y financiera en Cisjordania y Gaza y manifiesta su satisfacción por la voluntad del Cuarteto de dar su apoyo a la creación de un mecanismo internacional provisional cuyo objetivo es la entrega directa y la supervisión de la ayuda destinada al pueblo palestino,

–  Vista su Resolución de 1 de junio de 2006 sobre la crisis humanitaria en los territorios palestinos y el papel de la Unión Europea(25),

–  Vista su Resolución de 7 de septiembre de 2006 sobre la situación en el Oriente Próximo(26),

–  Visto el informe de su Delegación ad hoc para Israel y los Territorios Palestinos de 20 y 21 de diciembre de 2006,

–  Visto el informe de 31 de enero de 2007 de la Comisión de Desarrollo Internacional de la Cámara de los Comunes del Reino Unido sobre la ayuda al desarrollo y los Territorios Ocupados palestinos(27),

–  Visto el informe de febrero de 2007 del Banco Mundial sobre Cisjordania y la Franja de Gaza, titulado "West Bank and Gaza - Public Expenditure review - From Crisis to Greater Fiscal Independence"(28),

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0210/2007),

A.  Considerando que el programa MEDA es el principal instrumento financiero de la Unión Europea para la aplicación de las medidas de apoyo y de acompañamiento de la Asociación Euromediterránea para la reforma de las estructuras económicas y sociales en los países socios mediterráneos con el fin de reducir la brecha entre ambas orillas de la cuenca mediterránea,

B.  Considerando que los principales ámbitos de intervención del programa MEDA se derivan directamente de los objetivos de la Declaración de Barcelona de 1995, reafirmados en numerosas ocasiones:

   asociación política y de seguridad: entablar un diálogo político tanto bilateral como regional, adoptar medidas para consolidar la asociación y acordar una Carta para la Paz y la Estabilidad; el objetivo general es crear un área de paz y estabilidad sobre la base de los principios de los derechos humanos y la democracia;
   asociación económica y financiera: crear una zona de libre comercio en la región euromediterránea (Norte-Sur, Sur-Sur), prestar apoyo financiero de la UE a la transición económica y un apoyo más general para los desafíos económicos y sociales, incrementar los flujos de inversión hacia los socios mediterráneos gracias al libre comercio, con el objetivo general de crear un área compartida de prosperidad y desarrollo;
   asociación social, cultural y humana: crear intercambios, desarrollar los recursos humanos, apoyar a la sociedad civil y el desarrollo social, con el objetivo general de desarrollar una sociedad civil libre y próspera y promover la comprensión mutua,

C.  Considerando que la media anual de los compromisos MEDA I y MEDA II es similar, con 613 millones y 618 millones de euros respectivamente, y que, según las indicaciones para el período 2005-2006, dichos compromisos aumentarán a unos 660 millones de euros,

D.  Considerando que durante el período 2000-2006 se había previsto que el programa MEDA II asignara una dotación de 5 350 millones de euros para la Asociación Euromediterránea,

E.  Considerando que los compromisos anuales del programa MEDA II variaron de los 569 millones de euros en 2000 a los 817 millones en 2006, y que, de MEDA I a MEDA II, los compromisos aumentaron para Argelia, Territorios Palestinos, Jordania, Marruecos, Siria y Túnez y las actividades regionales, y disminuyeron para Egipto y Líbano,

Compromisos por país, en millones de euros

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

Total

MEDA I

Total

MEDA II

Argelia

0

0

41

95

29

30

60

50

42

51

40

66

165

339

Egipto

0

75

203

397

11

13

0

78

104

159

110

129

685

593

Jordania

7

100

10

8

129

15

20

92

43

35

58

69

254

332

Líbano

0

10

86

0

86

0

0

12

44

18

27

32

182

133

Marruecos

30

0

236

219

176

141

120

122

143

152

135

168

660

980

Siria

0

13

42

0

46

38

8

36

1

53

22

22

101

180

Túnez

20

120

138

19

132

76

90

92

49

22

118

71

428

517

Cisjordania/Gaza

3

20

41

5

42

97

0

100

81

73

80

92

111

522

Total

bilateral

60

337

797

743

650

409

298

582

505

562

590

649

2 587

3 596

Regional

113

33

114

66

145

160

305

29

110

135

145

168

471

740

Total

173

369

912

809

802

569

603

612

615

698

735

817

3 057

4 336

Fuente: Oficina Europe-Aid

F.  Considerando que en el programa MEDA II figuran nuevos ámbitos que incluyen la justicia y la policía, la sociedad civil, los derechos humanos y la migración; que entre los otros ámbitos que recibieron un incremento significativo de financiación figuran la educación, la formación y el apoyo económico institucional, pero que otros sectores como la agricultura, el desarrollo local y las reformas privadas recibieron menos recursos en MEDA II que en MEDA I,

G.  Considerando que el Reglamento MEDA II especifica que las operaciones gestionadas por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) podrán recibir financiación comunitaria con cargo al presupuesto MEDA para proyectos medioambientales y para operaciones de capital de riesgo en los países socios mediterráneos; que el volumen total de operaciones del BEI en el marco del programa MEDA II es similar al del programa MEDA I, aunque su composición ha cambiado, con una disminución significativa de los programas de subvención de riesgo y el incremento de las operaciones de capital de riesgo,

BEI: mandato de préstamo en el marco del FEMIP

1995-1999

4 808 millones

de euros

2000-2007

6 400 millones

Fuente: DG RELEX

H.  Considerando que, desde octubre de 2002, las operaciones del BEI en los países socios mediterráneos se han reunido en el Mecanismo Euromediterráneo de Inversión y Cooperación (FEMIP);

I.  Considerando que el Reglamento MEDA expiró en 2006 y que el nuevo Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación entró en vigor en 2007,

J.  Considerando que entre 1994 y 2006 la Comisión ha proporcionado cerca de 2 300 millones de euros al pueblo palestino, incluidas la ayuda a los refugiados a través del UNRWA, la ayuda humanitaria a través de la Oficina de Ayuda Humanitaria (ECHO), la seguridad alimentaria, las acciones del Proceso de Paz para el Oriente Próximo y la ayuda en los ámbitos de la salud, la educación y el desarrollo institucional,

K.  Considerando que los pagos a los territorios palestinos han permanecido bastante estables, entre los 233 y los 266 millones de euros anuales de 2002 a 2005 y que las variaciones de los porcentajes de compromisos reflejan las dificultades que entraña el Proceso de Paz, aunque la relación pagos/compromisos aumentó de menos del 45 % en 2000 a más del 90 % en 2005,

AYUDA A LA ADMINISTRACIÓN PALESTINA FINANCIADA CON CARGO AL PRESUPUESTO GENERAL 2000-2006

Compromisos (millones de euros)

Geogr./Temát.

Programa

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

Total

Programas

geográficos

MEDA

119

0

105

93

74

92

102 

483

UNRWA

40

57

55

58

61

64

64 

335

Acuerdo de paz

Israel/OLP

20

43

88

47

51

51

56 

300

Total geográfico

179

100

248

198

186

207

222 

1 118

Programas

temáticos

Ayuda alimentaria

16

17

35

24

24

29

26 

145

Derechos Humanos

2

1

3

0,5

2,5

4

13

ONG

2,5

1

1,5

4

5

0

14

ECHO

18

26

35

38

37

36

84 

190

Otros

7

4

5

0

1

1

18

Total temático

45,5

49

79,5

66,5

69,5

70

113 

380

Total

224,5

149

327,5

264,5

255,5

277

335 

1 832

Total compromisos CE 2000-2006 = 1 832 millones de euros (excluidas acciones PESC, aprox. 10 millones de euros en 2006)

Fuente: DG Presupuestos, DG AidCo.

Pagos (millones de euros)

Geogr./Temát.

Programa

2000

2001

2002

2003

2004

2005

Total

Programas

geográficos

MEDA

31

62

81

59

93

94

420

UNRWA

40

54

57

58

60

60

329

Acuerdo de paz

Israel/OLP

13

48

80

66

58

50

315

Total geográfico

84

164

218

183

211

204

1 064

Programas

temáticos

Ayuda alimentaria

0

2

7

15

17

32

73

Derechos humanos

2

0

1

0

3

4

10

ONG

0

2

2

2

1

3

10

ECHO

6

9

14

33

31

14

107

Otros

5

1

4

0

0

3

13

Total temático

13

14

28

50

52

56

213

Total

97

178

246

233

263

260

1 277

Fuente: DG Presupuestos

L.  Considerando que la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) concluyó en marzo de 2005 su investigación sobre la ayuda directa de la Comisión al presupuesto de la Autoridad Palestina y que, según la información de que se dispone hasta ahora a través del comunicado de prensa de la OLAF, de 17 de marzo de 2005, no se ha probado la existencia de acciones armadas o actividades ilícitas financiadas con las contribuciones de la Comisión a la Autoridad Palestina; que, no obstante, según el comunicado de prensa de la OLAF, existen serios indicios que apoyan la hipótesis según la cual no se puede excluir que parte de los fondos de la Autoridad Palestina hayan sido utilizados por algunas personas para fines distintos de los previstos,

M.  Considerando que el Grupo de Desarrollo Económico y Social del Banco Mundial para la Región de Oriente Próximo y el Norte de África ha analizado pormenorizadamente las finanzas públicas de la Autoridad Palestina y ha formulado sus conclusiones y recomendaciones en febrero de 2007,

N.  Considerando que, desde la victoria de Hamas en las elecciones al Consejo Legislativo Palestino de enero de 2006, Israel ha retenido ingresos fiscales y aduaneros palestinos por valor de unos 50 millones de euros mensuales, que representan aproximadamente las dos terceras partes de los ingresos públicos,

O.  Considerando que el 9 de mayo de 2006 el Cuarteto examinó la situación humanitaria en los territorios palestinos y, a la vista del desastre y de los enormes problemas del pueblo palestino, pidió a la Unión Europea la creación de un mecanismo internacional provisional (MIP), de funcionamiento y duración limitados, plenamente transparente y responsable, para garantizar la entrega directa de la ayuda al pueblo palestino,

P.  Considerando que la Unión Europea (presupuesto de la UE y de los Estados miembros) destinó cerca de 700 millones de euros a Palestina en 2006, importe superior al de años anteriores,

Q.  Considerando el subsiguiente desarrollo del MIP por la Comisión, respaldado por el Consejo Europeo el 16 de junio de 2006,

R.  Considerando que la Comisión asignó un total de 107,5 millones de euros a los tres capítulos del MIP en 2006:

   10 millones de euros para suministro de artículos de primera necesidad y para cubrir los gastos corrientes de hospitales y centros sanitarios, a través del Programa de ayuda de emergencia a los servicios (ESSP) del Banco Mundial (Capítulo I),
   40 millones de euros para la prestación ininterrumpida de servicios de abastecimiento energético, incluido el combustible, a través de la Contribución provisional de auxilio de emergencia (IERC) de la CE (Capítulo II),
   54,5 millones de euros para ayudar a los grupos de población más vulnerables, mediante subsidios sociales a los grupos más pobres de la población y a los trabajadores que prestan servicios públicos básicos (Capítulo III),
   además del MIP, la Comisión asignó 12 millones de euros, con cargo a la línea presupuestaria MEDA 19 08 02 01, al Gabinete del Presidente de la Autoridad Palestina para asistencia técnica y desarrollo de capacidades,

Coste y financiación del MIP en 2006 en millones de euros

Presup CE

+ donantes

MIP - Capítulo 2 Contribución provisional de auxilio de emergencia (IERC) Fase II)

40

Total línea 19 08 02 01 (MEDA)

40

MIP - Capítulo 1 (Programa de ayuda de emergencia a los servicios (ESSP) del Banco Mundial)

10

+ 46,6

MIP - Capítulo 3 (pago de subsidios sociales)

57,5

+ 61,9

Total línea 19 08 03 (Proceso de paz)

67,5

Total de las dos líneas

107,5

Fuente: DG AIDCO

S.  Considerando que, debido a los enfrentamientos entre partidarios de Hamas y de Fatah a principios de 2007, las actividades del MIP resultaron extremadamente difíciles,

1.  Confirma la convicción manifestada en su Resolución de 27 de octubre de 2005 sobre el proceso de Barcelona renovado que, aunque la Asociación Euromediterránea todavía no ha dado los beneficios esperados y no ha contribuido a aliviar las tensiones en la región todo lo que cabía esperar, aún se pueden realizar mejoras y, por consiguiente, el proceso de Barcelona continúa siendo el marco adecuado para la política mediterránea, que necesitará modificaciones y voluntad política para lograr mejores resultados;

2.  Observa que, desde un punto de vista estratégico global, la pertinencia del Programa MEDA como instrumento de asistencia comunitaria que respalda el proceso de Barcelona y los acuerdos de asociación bilaterales se ha juzgado satisfactoria, según la "conclusión general" de la evaluación intermedia del programa MEDA II que, también, constata mejoras en el paso de MEDA I a MEDA II y considera que puede haber otras mejoras en los próximos años;

3.  Subraya que la eficacia y eficiencia de los sistemas de gestión de MEDA y de los acuerdos relativos a su aplicación han mejorado, pero que todavía no son totalmente satisfactorias;

4.  Observa que, en términos de eficiencia financiera, el desembolso de fondos ha sido más rápido en MEDA II que en MEDA I: en un período de tiempo similar, con MEDA I se necesitaba una media de tres años para alcanzar un nivel de pagos del 30 %, mientras que con MEDA II el plazo se ha reducido a dos años;

COMPROMISOS/DESEMBOLSOS MEDA 1995-2006

en millones de euros

1995 - 1999

2000 - 2006

1995 - 2006

Compromisos

Desembolsos

Compromisos

Desembolsos

Compromisos

Desembolsos

Bilateral

Argelia

164

30

339

142

504

172

Egipto

686

157

592

695

1279

852

Jordania

254

108

331

345

585

454

Líbano

182

1

133

182

315

183

Marruecos

660

128

980

917

1 640

1 045

Siria

101

0

180

91

281

91

Túnez

428

168

518

489

946

657

Cisjordania/Gaza

111

59

522

486

633

546

Total bilateral

2 586

651

3 595

3 349

6 182

4 000

Regional

471

223

1 052

712

1 483

934

Total

3 057

874

4 647

4 060

7 705

4 934

El total de fondos disponibles de MEDA I + II = 3 424 + 5 350 = 8 774 millones de euros. De este total, alrededor de 852 millones de euros se comprometieron para Turquía durante el período 1996-2002 (diferencias de escasa relevancia debidas al redondeo).

Fuente: EuropeAid

5.  Toma nota de que, según el Informe especial n° 5/2006 del Tribunal de Cuentas, la gestión por la Comisión del programa MEDA ha mejorado claramente desde los primeros años y puede considerarse satisfactoria, habida cuenta de los condicionamientos procedimentales y externos, y los esfuerzos de programación han permitido una asignación de recursos más equilibrada a lo largo del tiempo; los períodos de preparación se han reducido, y los desembolsos han alcanzado un nivel mucho más elevado;

6.  Subraya que las conclusiones de la evaluación intermedia del Programa MEDA II y del Tribunal de Cuentas sobre la eficacia y eficiencia de los sistemas de ejecución y gestión "están mejorando, pero no son todavía plenamente satisfactorias" no pueden explicar por sí solas los diferentes resultados de MEDA en distintos países y programas; observa que es evidente que los factores externos (reglamentación financiera, gobernanza, factores culturales) pueden explicar las diferencias observadas en la rapidez de cambio y en los modos de desembolso; pide a la Comisión que tenga en cuenta estos factores en la programación, ejecución, seguimiento y evaluación;

7.  Pide a la Comisión y al Consejo que otorguen la mayor prioridad al Proceso de Barcelona, como fuerza motriz para la elaboración de políticas en el marco del Instrumento Europeo de Vecindad (2007-2013) con políticas más eficientes y medidas que tengan en cuenta los desafíos y problemas específicos de los países socios mediterráneos;

8.  Recuerda que, con arreglo al artículo 15 del Reglamento MEDA II, la Comisión, junto con el BEI, efectuarán un informe de evaluación global de la asistencia ya prestada a los socios mediterráneos, incluida la eficacia de los programas, evaluarán ex post sus respectivos proyectos y sectores principales de intervención y examinarán los progresos de la ejecución, y presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe anual antes del 30 de junio del año siguiente; respecto de esta obligación, pide a la Comisión que le informe sobre la fase de elaboración de dichas evaluaciones finales por proyectos y sectores y que los transmita, junto con los últimos informes anuales, al Parlamento y al Consejo;

9.  Insta a la Comisión a que tome en consideración los factores susceptibles de mejorar la gestión en el futuro:

   a) un incremento del número de proyectos y programas, en paralelo con la evaluación de su contenido, su efecto y su valor cualitativo;
   b) una mayor proporción de apoyo presupuestario a la totalidad del programa;
   c) el efecto positivo general de la desconcentración por la Comisión de las responsabilidades de los servicios centrales a sus delegaciones sobre el terreno para la preparación y ejecución de los proyectos (efectos de la descentralización);
   d) la cooperación y participación efectiva de las autoridades locales;
   e) una mejor cooperación entre los países socios mediterráneos (Sur-Sur) para lograr el objetivo de la dimensión regional;

10.  Considera que entre otras mejoras figuran una evaluación y un seguimiento más sistemáticos y una coordinación y un diálogo más intensos con los interlocutores locales y otros donantes; pide a la Comisión que establezca mecanismos de seguimiento sistemático adaptados a cada tipo de proyecto;

11.  Está de acuerdo con el Tribunal de Cuentas en la necesidad de que la Comisión:

   a) garantice una transición rápida y fluida a los nuevos programas nacionales, con el fin de evitar consecuencias negativas para la futura ejecución;
   b) defina con mayor claridad en los nuevos documentos de programación nacional sus objetivos estratégicos y establezca indicadores apropiados para permitir un mejor seguimiento y evaluación de su impacto,
   c) continúe focalizando su apoyo en un número limitado de ámbitos de intervención para garantizar su coherencia y la viabilidad de gestión de los programas,
   d) prosiga la búsqueda de las mejores prácticas en la gestión de los proyectos para evitar retrasos;

12.  Apoya las 19 recomendaciones que figuran en la evaluación intermedia del programa MEDA II relativas a la pertinencia, eficacia y eficiencia de la gestión del programa MEDA;

13.  Pide a la Comisión que mantenga un equilibrio entre la eficacia de la asistencia en términos de desarrollo institucional sostenible y la eficiencia de la asistencia en términos de capacidad de absorción y ritmo de los desembolsos, transparencia y control de la gestión presupuestaria;

14.  Pide a la Comisión que mejore aún más la calidad de la programación estratégica e indicativa mediante la inversión en un centro de conocimientos MEDA para la comprensión profunda de las condiciones de ejecución y del ritmo de los cambios institucionales en los países MEDA, como se sugiere en la evaluación intermedia con vistas a la revisión del Reglamento (IEVA);

15.  Opina que los aspectos económicos de la asociación tienen que reorientarse hacia la cohesión social y el desarrollo económico sostenible, pero también considera que el logro de todos los objetivos del proceso de Barcelona es importante para toda la región; por lo tanto pide a la Comisión que preste toda la atención debida al desarrollo institucional, el Estado de Derecho, la libertad de prensa, los derechos humanos y la igualdad de género;

16.  Pide a la Comisión que motive y logre el compromiso de sus interlocutores de los países MEDA para perseguir también los objetivos no económicos del programa y utilizar sistemáticamente indicadores para el seguimiento de estos objetivos;

17.  Considera que, vista la situación económica de los países socios mediterráneos, es necesario un considerable apoyo para proyectos de infraestructura, en particular en los sectores del transporte, la sanidad, la vivienda y el abastecimiento de agua potable;

18.  Recomienda que la Comisión aumente su capacidad para gestionar proyectos a pequeña escala basados en iniciativas de la sociedad civil y recomienda que se adopten medidas para promocionar el crecimiento económico y la cohesión, en particular a través de facilidades crediticias y de microcréditos a las pequeñas y medianas empresas de los países socios;

19.  Subraya que el respeto del principio de igualdad de género es una cuestión de respeto de los derechos humanos y de la democracia, y pide que la transversalidad de la dimensión de género quede incorporada explícita y horizontalmente en el proceso de Barcelona y en los tres pilares de la asociación;

20.  Subraya que las mujeres desempeñan un importante papel en el desarrollo económico y social de los países socios y pide a la Comisión que informe sobre el cumplimiento y la ejecución efectiva de los compromisos financieros previstos en el programa MEDA para apoyar la participación activa de las mujeres en la vida económica y social (educación, formación, empleo);

21.  Recuerda la importancia de mejorar la complementariedad y coherencia entre el programa MEDA, las otras acciones exteriores de la Unión Europea y las actividades del BEI;

22.  Considera que la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea (APEM) podría desempeñar, a través del diálogo interparlamentario, un papel significativo para mejorar la Asociación Euromediterránea al desarrollar unas relaciones interparlamentarias estables, dar orientaciones políticas a través de sus declaraciones y resoluciones y fomentar el control político sistemático y la evaluación de la ejecución del programa MEDA;

23.  Se congratula por la creación en 2002 del FEMIP en el marco del BEI, pero pide que los Estados miembros de la UE y los socios euromediterráneos continúen el debate al respecto con el fin de convertir esta iniciativa en un verdadero instrumento de cooperación financiera que responda a las nuevas necesidades y retos del sector público y privado;

24.  Recuerda que el reparto de cometidos entre la DG Relex y EuropeAid es de carácter funcional en el sentido de que la dimensión política del programa está separada de la formulación de asistencia profesional de la función de ejecución y que, en todo caso, hay margen para mejorar la eficiencia y la eficacia;

25.  Reconoce los progresos de la Comisión para garantizar un perfil más alto de la cooperación exterior comunitaria e insta a que continúe los actuales esfuerzos; lamenta, no obstante, que la opinión pública ignore que la Unión Europea participa muy de cerca en muchos proyectos y programas; pide a la Comisión que intervenga ante las organizaciones internacionales y las ONG con el fin de que:

   a) se den a conocer a la opinión pública la contribución y la participación de la Unión Europea,
   b) se adopten las medidas que permitan llevar a cabo las actividades de evaluación, auditoría y control de los proyectos y programas ejecutados con o a través de las organizaciones internacionales o de las ONG;

26.  Recuerda su Resolución, de 1 de junio de 2006, sobre la crisis humanitaria en los territorios palestinos y el papel de la Unión Europea, en la que pide a la Comisión y al Consejo la creación de un mecanismo internacional provisional (MIP) para evitar una grave crisis humanitaria en dichos territorios; recuerda que ha acogido favorablemente, tras las recomendaciones hechas por el Consejo Europeo y por el Cuarteto en junio de 2006, la creación por la UE del Mecanismo Internacional Temporal para la Autoridad Palestina (MIP) y las prórrogas del mismo que se han sucedido desde entonces;

27.  Señala que este paliativo financiero ha permitido limitar, con toda transparencia y en cooperación con el Presidente de la Autoridad Palestina, los desastres humanitarios más escandalosos sobrevenidos a consecuencia de la congelación de la ayuda financiera europea e internacional, de la retención parcial de los ingresos tributarios aduaneros palestinos por Israel y, en general, de la imposibilidad de desarrollar una economía viable en la situación de ocupación actual;

28.  Congratula a la Comisión por haber ideado y aplicado el MIP en circunstancias difíciles; considera que el coste administrativo del mecanismo, con un 5 % para los Capítulos II y III(29), es modesto y el método de pago directo a los hogares beneficiarios a través de los bancos comerciales es el adecuado; subraya, por otra parte, que por lo que respecta al Capítulo III, el banco internacional que opera in situ (HSBC) cobra 8 euros por transferencia (3 % del total asignado);

29.  Subraya que los pagos efectuados en concepto del MIP no se han efectuado en beneficio del Gabinete del Presidente de la Autoridad Palestina, ni del Ministerio de Finanzas, ni han transitado por dichos órganos, sino que han servido para el pago directo de facturas o pagos en efectivo a beneficiarios particulares; observa que las ayudas no se han destinado a sufragar costes de personal de seguridad o apoyo a políticos;

30.  No obstante, lamenta que esta ayuda financiera no haya compensado la trágica situación en Palestina, donde las condiciones económicas, sociales y humanas han empeorado(30) en los últimos meses,

31.  Manifiesta su satisfacción al constatar que, gracias al MIP y sin la intervención del Gobierno dirigidos por Hamas, más de 140 000 hogares desfavorecidos, que equivalen a más de 800 000 personas, han recibido directamente unos modestos, aunque útiles, subsidios con arreglo al Capítulo III del MIP y que se ha podido evitar la paralización total de hospitales y de otros servicios básicos gracias a la ayuda del MIP a la prestación ininterrumpida de servicios esenciales, con arreglo al Capítulo II;

32.  Lamenta, no obstante, la lenta ejecución del Capítulo I del MIP que prevé el suministro de artículos de primera necesidad y la financiación de los gastos corrientes de hospitales y centros sanitarios, a través del Programa de ayuda de emergencia a los servicios (ESSP) del Banco Mundial; observa que la primera entrega de medicamentos del ESSP a los hospitales de Gaza se efectuó el 24 de enero de 2007; pide a la Comisión que analice los motivos de estos retrasos y sugiera métodos alternativos para garantizar la rápida ejecución de los objetivos del Capítulo I del MIP;

33.  Subraya que los mecanismos de control y de auditoría interna establecidos por la Autoridad Palestina desde 2003 constituyen una garantía sólida contra el fraude y la corrupción;

34.  Reitera su llamamiento a Israel para que reanude la transferencia de los ingresos fiscales y aduaneros palestinos retenidos; pide a Israel que, si se niega, por lo menos considere la posibilidad de transferir estos fondos al MIP con el fin de que la población palestina pueda cubrir sus necesidades básicas; pide a Israel que contribuya a crear la economía viable y autónoma que necesita el pueblo palestino y que deje de poner obstáculos injustificados;

35.  Toma nota de la correcta labor de análisis que se refleja en el examen realizado por el Banco Mundial acerca del gasto público en Cisjordania y Gaza; se congratula de que de dicho examen se desprende que la Autoridad Palestina ha logrado avances, sobre todo en los ámbitos de la educación y la sanidad, en comparación con otros países de Oriente Próximo y del Norte de África, así como en materia de gobernanza y gestión de las finanzas públicas, ámbitos en los que la Autoridad Palestina ha llevado a cabo numerosas reformas entre 2002 y 2004, que han permitido reducir la corrupción y mejorar la transparencia; pide a todas las partes implicadas que reactiven el proceso de reformas y que, en este contexto, tengan seriamente en cuenta las recomendaciones detalladas del informe del Banco Mundial, en especial aquellas que se refieren a la reforma de la Administración y la gestión de las finanzas públicas, incluido el control financiero y la auditoría;

36.  Se congratula de que entre los objetivos y compromisos contraídos por el Ministerio de Finanzas (por ejemplo, el reciente acuerdo con una empresa internacional de auditoría) figuren la reforma de las finanzas públicas y la plena transparencia y fiabilidad, incluido el cumplimiento de las normas contables internacionales;

37.  Pide a todas las partes de la región palestina que hagan todo lo posible por solucionar sus conflictos por la vía pacífica, que formen y mantengan un gobierno estable y eficaz, capaz de cooperar con la comunidad internacional, y que utilicen con eficacia los fondos proporcionados por la Unión Europea y otros donantes;

38.  Acoge con satisfacción la Decisión del Consejo de 18 de junio de 2007 en la que se pide a la UE que normalice inmediatamente sus relaciones con la Autoridad Palestina y que, a este fin, establezca las condiciones necesarias para una asistencia urgente de orden práctico y financiero, incluido un apoyo financiero directo al nuevo Gobierno, y que garantice asimismo que se presta una ayuda humanitaria y de emergencia a la población de Gaza (en especial, por medio del MIP);

39.  Considera importante que, para mantener el orden público, las fuerzas de seguridad, comprometidas con la paz y la tolerancia, reciban formación y equipamiento, incluido el armamento policial; considera que la financiación de la formación y del equipamiento se deberá tratar con las adecuadas garantías, bajo la autoridad del Presidente de la Autoridad Palestina, Mahmoud Abbas, con el fin de evitar que estos fondos se utilicen para otros fines o para actividades ilegales; subraya que el hecho de no pagar el sueldo de los funcionarios, incluidas las fuerzas de seguridad, contribuye al deterioro de la situación política, social y económica en los Territorios Palestinos;

40.  Subraya los peligros que plantea el actual colapso de las autoridades administrativas palestinas; subraya la necesidad de que la Unión Europea y la comunidad internacional vayan más allá de su compromiso humanitario e inviertan una vez más en la creación de capacidades y la seguridad para no poner en peligro las condiciones de vida de los palestinos a muy largo plazo;

41.  Pide a la Comisión que examine estrategias, sobre la base del MIP u otro mecanismo de carácter permanente, en cooperación con otros instrumentos financieros, que en el futuro podrían cubrir no solamente los problemas más urgentes sino un mayor número de necesidades de una porción más amplia de la población palestina; en todo caso, trata de contribuir al desarrollo político y económico de forma que se reduzca gradualmente la dependencia de la Autoridad Palestina de la ayuda internacional;

42.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Cuentas, al Banco Europeo de Inversiones, a los Parlamentos de los Estados miembros y a los Gobiernos y Parlamentos de los socios mediterráneos.

(1) http://ec.europa.eu/comm/external_relations/euromed/bd.htm.
(2) DO L 189 de 30.7.1996, p. 1. Derogado por el Reglamento (CE) n° 1638/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (DO L 310 de 9.11.2006, p. 1).
(3) DO L 311 de 12.12.2000, p. 1.
(4) DO C 267 de 21.9.2001, p. 68.
(5) DO C 68 E de 18.3.2004, p.134.
(6) DO C 87 E de 7.4.2004, p. 500.
(7) DO C 97 E de 22.4.2004, p. 656.
(8) DO C 272 E de 9.11.2006, p. 570.
(9) http://www.europarl.europa.eu/intcoop/empa/home/politicalpriorities_en.pdf.
(10) DO C 287 E de 24.11.2006, p. 312.
(11) Textos aprobados, P6_TA(2006)0306.
(12) DO L 310 de 9.11. 2006, p.1.
(13) http://ec.europa.eu/europeaid/reports/meda-evaluation-midterm-report-2005_en.pdf.
(14) http://ec.europa.eu/europeaid/reports/europeaid_annual_report_2006_full_version_en.pdf.
(15) DO C 200 de 24.8.2006, p. 1. http://eca.europa.eu/audit_reports/special_reports/docs/2006/rs05_06en.pdf.
(16) http://www.eib.org/publications/publication.asp?publ=257.
(17) Conclusiones de la Presidencia, Consejo Europeo de Bruselas, 14 y 15 de diciembre de 2006, documento del Consejo 16879/06.
(18) DO L 281 de 19.10.2002, p. 10.
(19) DO C 82E de 1.4.2004, p .610.
(20) DO L 105 de 14.4.2004, p. 1.
(21) DO C 288E de 25.11.2006, p. 79.
(22) http://www.un.org/news/dh/infocus/middle_east/quartet-30jan2006.htm.
(23) http://www.un.org/news/dh/infocus/middle_east/quartet-9may2006.htm.
(24) Documento del Consejo 9397/06, http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/06/st09/st09397.en06.pdf.
(25) Textos aprobados P6_TA(2006)0237.
(26) Textos aprobados P6_TA(2006)0348.
(27) http://www.publications.parliament.uk/pa/cm200607/cmselect/cmintdev/114/114i.pdf.
(28) Informe nº 38207-WBG, Volumen 1 y 2.
(29) Fuente: Comunicación de 4 de junio de 2007 de la DG AidCo - Unidad de Gestión MIP, DG Finanzas, Contratos y Auditoría: Coste de ejecución de los Capítulos II y III del MIP - Resumen de ayudas y comisiones bancarias P.Z.
(30) Informe de la Delegación para las relaciones con el Consejo Legislativo Palestino sobre su misión a Jerusalén Este, Ramallah y Gaza de 29 de abril al 3 de mayo de 2007; West Bank and Gaza Public Expenditure Review: From Crisis to Greater Fiscal Independence, Documento del Banco Mundial, febrero de 2007.

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