Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de julio de 2007, sobre Derechos humanos en Vietnam
El Parlamento Europeo
,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Vietnam,
– Vista la Declaración de la Presidencia en nombre de la Unión Europea sobre la condena de defensores de los derechos humanos en Vietnam, de 15 de mayo de 2007,
– Visto el Acuerdo de Cooperación de 1995 entre la Unión Europea y la República Socialista de Vietnam,
– Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Vietnam ratificó en 1982,
– Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,
A. Considerando que más de 15 disidentes han sido condenados a largas penas de prisión y arresto domiciliario desde marzo de 2007,
B. Considerando que esta represión tiene lugar un año después de la apertura política de Vietnam en 2006,y que fue testigo de la eclosión de partidos independientes y democráticos; considerando que muchos vietnamitas (intelectuales, abogados, periodistas, artistas, religiosos y ciudadanos) manifiestan interés por la causa democrática, y que se han producido numerosos llamamientos a favor de la democracia,
C. Considerando que la petición de más democracia lanzada por el weblog prodemocrático y reformador 8406 y firmada por 118 activistas marca el principio de un verdadero movimiento democrático a través de Internet,
D. Considerando que la tolerancia del régimen vietnamita hacia este avance de la disidencia democrática suscitó grandes esperanzas, permitió el ingreso de la República Socialista de Vietnam en la Organización Mundial de Comercio, su retirada de la lista estadounidense de países que conculcan la libertad religiosa (lista de países especialmente preocupantes, o lista CPC), y el restablecimiento de relaciones comerciales normales y permanentes (PNTR) autorizado por el Congreso de los Estados Unidos,
E. Considerando que, a pesar de los constantes y reiterados llamamientos de la comunidad internacional, el Patriarca de la Iglesia Budista Unificada de Vietnam, Thich Huyen Quang (de 87 años de edad) y el segundo dignatario de esta Iglesia, Thich Quang Do (de 79 años), galardonado con el Premio Rafto en 2006 por su defensa de los derechos humanos, se encuentran detenidos en su monasterio desde 1982, sin proceso judicial alguno, simplemente por su firme defensa de la libertad religiosa, los derechos humanos y la democracia; considerando por su mera pertenencia a la Iglesia Budista Unificada de Vietnam, los miembros de los comités provinciales que esta iglesia ha creado en 20 provincias pobres para asistir a los más necesitados son víctimas de acosos, interrogatorios, intimidaciones y amenazas continuos,
F. Considerando que el reconocimiento de los movimientos religiosos mediante su registro sigue siendo mínimo y desigual, con el resultado, por ejemplo, del reconocimiento de 50 iglesias locales (house churches
) protestantes de las 4 000 que han presentado la solicitud, y que hay que renovar anualmente el registro de estas congregaciones,
G. Considerando que, en febrero de 2007, una manifestación de 200 jefes budistas jemeres krom a favor de la libertad religiosa fue reprimida por la fuerza en la provincia de Soc Trang; considerando que cinco de ellos fueron condenados a penas de 2 a 4 años de cárcel por "alteración del orden público" el 10 de mayo de 2007 y que a la persecución religiosa que sufren los jemeres krom se añade su asimilación forzosa,
H. Considerando que las minorías étnicas de las mesetas del norte y de centro del país siguen sufriendo discriminación, la confiscación de sus tierras y la violación de su libertad religiosa y que sólo se han reconocido 38 grupos religiosos en el noroeste; considerando que ni las ONG independientes ni los periodistas han tenido libre acceso a las altas mesetas para conocer la situación real de los Montagnards
repatriados de Camboya;
I. Considerando que todos los disidentes detenidos desde marzo de 2007 lo han sido por infringir la legislación sobre "seguridad nacional", por "propaganda contra la República Socialista de Vietnam" (artículo 88 del Código Penal) o por intento de "derrocar al Gobierno" (artículo 79); considerando que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Relator Especial sobre la intolerancia religiosa y el Grupo de trabajo sobre las detenciones arbitrarias han consideradas incompatibles con el Derecho internacional estos cargos basados en la "seguridad nacional", y todos ellos han pedido su retirada o revisión;
J. Considerando que Vietnam recibe ayuda financiera de la Unión Europea y sus Estados miembros en virtud de la "Estrategia de desarrollo del ordenamiento jurídico" y de la "Estrategia de reforma judicial",
K. Considerando que Vietnam continúa celebrando juicios sin respetar la presunción de inocencia, los derechos del inculpado o la independencia de los jueces, como se ha demostrado en los procesos del sacerdote católico Nguyen Van Ly (30 de marzo de 2007), y de los abogados Nguyen Van Dai y Le Thi Cong Nhan (11 de mayo de 2007),
L. Considerando que la derogación del Decreto 31/CP de 1997 sobre la "detención administrativa" no puede hacer olvidar que se continúa aplicando la Ordenanza 44/2002/PL-UBTVQH10, sobre infracciones administrativas, que amplía la potestad de detención sin juicio de los disidentes y que reanuda la vieja y siniestra práctica del internamiento de los disidentes en hospitales psiquiátricos; una víctima de estas prácticas es el abogado Bui Thi Kim Thanh, retenido desde noviembre de 2006 por haber ayudado a defender sus derechos a campesinos víctimas de injusticias,
M. Considerando que la Unión Europea es el socio comercial más importante de Vietnam, que ya se beneficia del sistema de preferencias generalizadas (SPG) de la Unión,
N. Considerando que la Comisión Europea decidió aumentar en un 30 % la ayuda a Vietnam para el periodo 2007-2013 (304 millones de euros) en marzo de 2007, ayuda destinada en gran parte a acciones en materia de gobernanza y de derechos humanos,
1. Expresa su profunda inquietud por la nueva ola de persecución de los disidentes en Vietnam;
2. Exige, por tanto, la liberación inmediata e incondicional de todas las personas detenidas únicamente por el ejercicio pacífico y legítimo de sus derechos a la libertad de opinión, de expresión, de prensa y de religión, entre quienes se encuentran el sacerdote católico Nguyen Van Ly (8 años de cárcel), Nguyen Phong (6 años), Nguyen Binh Thanh (5 años), el abogado Nguyen Van Dai (5 años) (todos ellos miembros del blog pro-democrático y reformador 8406), el abogado Le Thi Cong Nhan, portavoz del Partido del Progreso (4 años), Tran Quoc Hien, representante de la Organización unificada de los trabajadores agrarios (5 años), el presidente del Partido Democrático del Pueblo (PDP) Le Nguyen Sang (5 años), Nguyen Bac Truyen (4 años), Huynh Nguyen Dao (3 años), los budistas Hoa Hao Duong Thi Tron (6 años), Le Van Soc (6 años) y Nguyen Van Thuy (5 años), Nguyen Van Tho (4 años), el Patriarca de la Iglesia Budista Unificada de Vietnam Thich Quang Do, Bui y Thi Kim Thanh;
3. Pide al Gobierno de Vietnam que ponga fin a toda forma de represión contra quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión, a la libertad de pensamiento y a la libertad de reunión, de acuerdo con el Derecho internacional en materia de derechos humanos; reitera su petición a las autoridades de que reformen con carácter de urgencia las disposiciones relativas a la seguridad nacional bien derogándolas, bien ajustándolas al Derecho internacional;
4. Pide a Vietnam que emprenda verdaderas reformas políticas e institucionales con el fin de instaurar una democracia y un Estado de Derecho verdaderos, empezando por establecer el pluripartidismo, una prensa libre y sindicatos libres;
5. Pide al Gobierno vietnamita que respete la libertad religiosa y restablezca el estatuto legal de todas las comunidades religiosas, en particular de la Iglesia Budista Unificada de Vietnam;
6. Pide al Gobierno de Vietnam que ponga fin a la discriminación contra la comunidad de los Montagnards
;
7. Acoge favorablemente la derogación del Decreto 31/CP como una primera etapa de la reforma judicial y pide al Gobierno vietnamita que elimine todas las formas de detención sin salvaguardia judicial, en particular la Ordenanza 44 de 2002;
8. Pide a las autoridades vietnamitas que apliquen las recomendaciones de las Naciones Unidas, en particular las del Comité de Derechos Humanos en sus conclusiones de 2002, deroguen la legislación contraria a los derechos humanos y garanticen realmente los derechos fundamentales de los ciudadanos vietnamitas en el sentido del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
9. Recuerda que el diálogo entre la Unión Europea y Vietnam sobre derechos humanos debe tener como resultado mejoras tangibles en Vietnam; pide al Consejo y a la Comisión que evalúen de nuevo la política de cooperación con Vietnam teniendo en cuenta el artículo 1 del Acuerdo de Cooperación de 1995, que basa esta cooperación en el respeto de los principios democráticos y los derechos fundamentales;
10. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros de la ASEAN, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y al Gobierno y al Parlamento de Vietnam.