Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 17 de junio de 2008, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas (versión refundida) (COM(2007)0610 – C6-0348/2007 – 2007/0219(COD))
(Procedimiento de codecisión – refundición)
El Parlamento Europeo
,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0610),
– Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 80, apartado 2, del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0348/2007),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos(1)
,
– Vista la carta dirigida por la Comisión de Asuntos Jurídicos a la Comisión de Transportes y Turismo el 24 de enero de 2008, de conformidad con el artículo 80 bis, apartado 3, del Reglamento,
– Vistos los artículos 80 bis y 51 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0178/2008),
A. Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, la citada propuesta no incluye más modificaciones de contenido que las que se identifican como tales en la misma, y considerando que, por lo que se refiere a la codificación de las disposiciones sin modificar de los actos anteriores junto con las modificaciones mencionadas, la propuesta contiene una pura y simple codificación de los textos existentes sin ningún cambio en su contenido,
1. Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada y adaptada a las recomendaciones del Grupo Consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;
3. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.
Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 17 de junio de 2008 con vistas a la adopción de la Directiva 2008/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas (versión refundida)
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento en la primera lectura coincide con el acto legislativo final, la Directiva 2008/106/CE.)