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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2009/0141(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0167/2010

Textos presentados :

A7-0167/2010

Debates :

PV 06/07/2010 - 11
CRE 06/07/2010 - 11

Votaciones :

PV 07/07/2010 - 8.5
PV 07/07/2010 - 8.11
CRE 07/07/2010 - 8.5
CRE 07/07/2010 - 8.11
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto
PV 22/09/2010 - 5.11
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2010)0275
P7_TA(2010)0338

Textos aprobados
PDF 63kDOC 32k
Miércoles 22 de septiembre de 2010 - Estrasburgo Edición definitiva
Cometidos específicos del Banco Central Europeo en relación con el funcionamiento de la Junta Europea de Riesgo Sistémico *
P7_TA(2010)0338A7-0167/2010

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de septiembre de 2010, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se confía al Banco Central Europeo una serie de cometidos específicos en relación con el funcionamiento de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (05551/2010 – C7-0014/2010 – 2009/0141(CNS))

(Procedimiento legislativo especial – Consulta)

El Parlamento Europeo ,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2009)0500),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre «Consecuencias de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa sobre los procedimientos interinstitucionales de toma de decisiones en curso» (COM(2009)0665),

–  Vista la propuesta de Reglamento del Consejo (05551/2010),

–  Visto el artículo 127, apartado 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C7-0014/2010),

–  Visto el artículo 55 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A7-0167/2010),

1.  Aprueba la propuesta de Reglamento del Consejo, en su versión modificada el 7 de julio de 2010(1) ;

2.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el artículo 293, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

3.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente la propuesta;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2010)0275.

Última actualización: 7 de febrero de 2012Aviso jurídico