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Procedimiento : 2010/2964(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclos relativos a los documentos :

Textos presentados :

RC-B7-0629/2010

Debates :

PV 25/11/2010 - 12.1
CRE 25/11/2010 - 12.1

Votaciones :

PV 25/11/2010 - 13.1
CRE 25/11/2010 - 13.1

Textos aprobados :

P7_TA(2010)0448

Textos aprobados
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Jueves 25 de noviembre de 2010 - Estrasburgo
Iraq, y en particular la pena de muerte (incluido el caso de Tariq Aziz) y los ataques contra comunidades cristianas
P7_TA(2010)0448RC-B7-0629/2010

Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de noviembre de 2010, sobre Iraq: la pena de muerte (en particular el caso de Tarek Aziz) y los ataques contra comunidades cristianas

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Iraq,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre la abolición de la pena de muerte, y en particular la aprobada el 26 de abril de 2007 sobre una moratoria universal de la pena de muerte(1),

–  Vistas la Resolución 62/149, de 18 de diciembre de 2007, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se pide una moratoria de la aplicación de la pena de muerte, así como la Resolución 63/168, de 18 de diciembre de 2008, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se pide la aplicación de la anterior Resolución 62/149,

–  Vista la declaración sobre la política de derechos humanos pronunciada en la sesión plenaria del 16 de junio de 2010 por la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, en la que recordó que la abolición de la pena de muerte en todo el mundo constituye una prioridad para la Unión Europea,

–  Vista la Declaración final del IV Congreso mundial contra la pena de muerte, celebrado en Ginebra del 24 al 26 de febrero de 2010, en la que se pide la abolición de la pena de muerte en todo el mundo,

–  Visto el artículo 2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vistas las conclusiones del Consejo sobre libertad de religión o creencias, adoptadas el 16 de noviembre de 2009, en las que se subraya la importancia estratégica de dicha libertad y de la lucha contra la intolerancia religiosa,

–  Vista la Declaración de 1981 de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones,

–  Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, sobre Iraq, en particular la de 1 de noviembre de 2010, tras el ataque a los fieles de la Catedral de Nuestra Señora del Socorro en Bagdad, Iraq,

–  Vistos sus informes anuales sobre la situación de los derechos humanos en el mundo y sus anteriores resoluciones sobre las minorías religiosas en el mundo,

–  Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

Sobre la pena de muerte (incluido el caso de Tarek Aziz)

A.  Considerando que el 26 de octubre de 2010 el Tribunal Supremo iraquí condenó a muerte al antiguo Viceprimer Ministro Tarek Aziz, de 74 años de edad, junto con Sadoun Shakir, antiguo Ministro del Interior, y Abed Hamoud, antiguo secretario privado de Sadam Hussein; considerando que si se rechaza el recurso contra la sentencia, es probable que la ejecución tenga lugar en el plazo de 30 días,

B.  Considerando que en el juicio anterior Tarek Aziz fue condenado a 22 años de cárcel en régimen de incomunicación, condena equiparable a la cadena perpetua a la vista del frágil estado de salud de Tarek Aziz, que durante su estancia en prisión ha sufrido varios ataques cerebrales y problemas pulmonares, y que fue operado a causa de un coágulo en el cerebro,

C.  Considerando que el Presidente de Iraq, Jalal Talabani, ha declarado que no firmará la orden de ejecución de Tarek Aziz; que, de acuerdo con la Constitución iraquí, el Presidente debe ratificar las sentencias de muerte pero que existen mecanismos para que la ejecución pueda realizarse mediante trámites parlamentarios,

D.  Considerando que la condena a muerte de Tarek Aziz no contribuirá en absoluto a mejorar el ambiente de violencia en Iraq, y que Iraq necesita urgentemente proceder a la reconciliación nacional,

E.  Considerando que la Unión Europea está firmemente decidida a contribuir a la abolición de la pena de muerte en todo el mundo y se esfuerza por lograr la aceptación universal de este principio,

F.  Considerando que la pena de muerte constituye el castigo cruel, inhumano y degradante por excelencia, que viola el derecho a la vida consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y es un acto de tortura inaceptable para los Estados que respetan los derechos humanos,

Sobre los ataques contra comunidades cristianas

G.  Considerando que el 22 de noviembre de 2010 dos cristianos iraquíes fueron asesinados en Mosul; que el 10 de noviembre de 2010 diversos ataques con bombas y fuego de mortero contra zonas cristianas tuvieron como resultado la muerte de al menos cinco personas en Bagdad, capital de Iraq; que estos ataques son la respuesta a la detención el 31 de octubre de 2010 de militantes islamistas con ocasión del ataque a la catedral católica siriaca de Bagdad, en el que murieron más de 50 fieles,

H.  Considerando que el grupo islamista «Estado Islámico de Iraq», que al parecer forma parte del movimiento internacional de Al Qaeda, ha reivindicado esta matanza y amenazado con nuevos ataques contra los cristianos,

I.  Considerando que el artículo 10 de la Constitución iraquí obliga al Gobierno a asegurar y mantener la santidad de los altares consagrados y los lugares de culto; que el artículo 43 establece la libertad de todos los grupos religiosos para practicar sus ritos religiosos y administrar sus instituciones religiosas,

J.  Considerando que cientos de miles de cristianos han huido del país como consecuencia de los reiterados ataques contra sus comunidades y sus iglesias; que muchos de los asirios iraquíes que aún permanecen en el país (caldeos, siriacos y otras minorías cristianas) son en la actualidad personas desplazadas en su propio país, que se han visto obligadas a huir de la violencia extremista dirigida contra ellas,

K.  Considerando que los asirios (caldeos, siriacos y otras minorías cristianas) son poblaciones antiguas autóctonas, muy vulnerables a la persecución y la emigración forzosa, y que existe el peligro de que su cultura se extinga en Iraq,

L.  Considerando que las violaciones de los derechos humanos, en particular contra las minorías étnicas y religiosas, siguen teniendo una intensidad preocupante en Iraq; considerando que deben respetarse la seguridad y los derechos de todas las minorías, incluidos los grupos religiosos, en todas las sociedades,

M.  Considerando que la Unión Europea ha expresado en repetidas ocasiones su compromiso con la libertad de pensamiento, la libertad de conciencia y la libertad de religión, y ha destacado que todo gobierno tiene el deber de garantizar estas libertades,

Sobre la pena de muerte (incluido el caso de Tarek Aziz)

1.  Reitera su ya antigua oposición a la pena de muerte en todos los casos y en todas las circunstancias, incluidos los crímenes de guerra, contra la humanidad y el genocidio, y hace hincapié una vez más en que la abolición de la pena capital contribuye a la elevación de la dignidad de la persona y al desarrollo progresivo de los derechos humanos;

2.  Deplora, por tanto, la decisión del Tribunal Supremo iraquí de condenar a muerte a Tarek Aziz, Sadoun Shakir y Abed Hamoud; subraya, no obstante, la importancia de enjuiciar a quienes violan los derechos humanos, incluidos los (antiguos) gobernantes, en el contexto del Estado de Derecho y de un juicio justo;

3.  Insta a las autoridades iraquíes a que reconsideren su decisión y a que no ejecuten la sentencia de muerte pronunciada por el Tribunal Supremo; celebra que el Presidente Talabani haya anunciado que no firmará la orden de ejecución;

4.  Alienta al Gobierno iraquí a que firme y ratifique el Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en relación con la abolición de la pena de muerte en todos los casos, y pide una moratoria inmediata sobre las ejecuciones;

5.  Señala que la plena abolición de la pena de muerte sigue siendo uno de los principales objetivos de la política de derechos humanos de la Unión Europea,

Sobre los ataques contra comunidades cristianas

6.  Expresa su gran preocupación por los recientes ataques, que condena enérgicamente, contra comunidades cristianas y otras comunidades religiosas en Iraq, así como por la denigración de la religión por parte de los responsables de estos actos;

7.  Pide a las autoridades iraquíes que refuercen drásticamente sus medidas de protección de los cristianos y otras minorías vulnerables, que actúen con más energía contra la violencia interétnica y que hagan cuanto esté en su mano para llevar ante la justicia a los responsables de estos crímenes, de acuerdo con los principios del Estado de Derecho y las normas internacionales;

8.  Reafirma su pleno apoyo a la población de Iraq y pide a los órganos políticos iraquíes que cooperen contra la amenaza de la violencia y el terrorismo; insiste en que debe protegerse el derecho de todos los grupos religiosos a reunirse y practicar su culto libremente; deplora los ataques deliberados contra los lugares cívicos de reunión, incluidos los lugares de culto; condena enérgicamente todo acto de violencia contra las iglesias y los lugares de culto, e insta a la Unión Europea y a la comunidad internacional a que refuercen su lucha contra el terrorismo;

9.  Expresa su solidaridad a las familias de las víctimas, y su confianza en que el pueblo iraquí se mantendrá firme en su rechazo a los esfuerzos de los extremistas por desatar la tensión sectaria;

10.  Acoge favorablemente la declaración del Ministro iraquí de Asuntos Exteriores, de 2 de noviembre de 2010, en la que pide a las autoridades especializadas y a todas las fuerzas de seguridad que mantengan au actitud de firmeza frente a todo intento de dividir a los ciudadanos iraquíes de forma sectaria o racial y que protejan a los ciudadanos iraquíes y la libertad de culto;

11.  Pide al Consejo y a la Comisión, y en particular a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, con miras a la preparación del primer Acuerdo de colaboración y cooperación entre la UE e Iraq, que examinen como cuestión prioritaria el problema de la seguridad de los cristianos dentro de las fronteras iraquíes;

o
o   o

12.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión /Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas, a los Gobiernos de los Estados miembros de las Naciones Unidas y al Gobierno y al Parlamento de Iraq.

(1) DO C 74 E de 20.3.2008, p. 775.

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