Movilización del Instrumento de Flexibilidad para el Programa de Formación Permanente, para el Programa de Competitividad e Innovación y para Palestina
Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2010, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad (COM(2010)0760 – C7-0398/2010 – 2010/2293(BUD))
El Parlamento Europeo
,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2010)0760 – C7-0398/2010),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(1)
(Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006), y en particular su apartado 27,
– Vista su Posición en primera lectura, de 20 de octubre de 2010, sobre el proyecto de presupuesto general para 2011(2)
,
– Vistos los resultados de la reunión de concertación del 15 de noviembre de 2010,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0367/2010),
A. Considerando que los límites máximos del Marco Financiero Plurianual, especialmente los de la subrúbrica 1a y la rúbrica 4, no permiten financiar las prioridades de la UE sin poner en peligro los instrumentos y las políticas existentes,
B. Considerando que las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria acordaron en concertación recurrir al Instrumento de Flexibilidad para compensar los refuerzos de las prioridades establecidas en esas dos rúbricas, siempre que se pueda alcanzar un acuerdo sobre todos los asuntos pendientes,
1. Observa que, pese a los incrementos contenidos de los créditos de compromiso sobre un número limitado de líneas presupuestarias, los límites máximos de la subrúbrica 1a y de la rúbrica 4 no permiten la financiación adecuada de las prioridades seleccionadas por el Parlamento y el Consejo;
2. Acoge con satisfacción, por consiguiente, el acuerdo alcanzado en concertación sobre el recurso al Instrumento de Flexibilidad para la financiación del Programa de Formación Permanente y del Programa de Competitividad e Innovación, con cargo a la subrúbrica 1a, y para la financiación de la ayuda financiera a Palestina, al proceso de paz y al OOPS, con cargo a la rúbrica 4, por un total de 105 millones de euros;
3. Recuerda que estos programas son fundamentales para el futuro de la Unión, ya que dan un claro impulso a la actividad económica y al papel de la UE como interlocutor mundial;
4. Reitera que el recurso a este instrumento, previsto en el apartado 27 del AI de 17 de mayo de 2006, subraya una vez más la necesidad crucial de que el presupuesto de la UE sea cada vez más flexible;
5. Aprueba la Decisión aneja a la presente Resolución;
6. Encarga a su Presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el Presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea
;
7. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.
relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(1)
, y en particular su apartado 27, párrafo quinto,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando que, tras haber examinado todas las posibilidades de reasignación de los créditos en la subrúbrica 1a y la rúbrica 4, las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria aceptaron recurrir en la reunión de concertación de 11 de noviembre de 2010 al Instrumento de Flexibilidad para complementar la financiación en el presupuesto de 2011 por encima de los techos de la subrúbrica 1a y la rúbrica 4, por un valor de:
–
18 millones EUR para el Programa de Formación Permanente con cargo a la subrúbrica 1a;
–
16 millones EUR para el Programa de Competitividad e Innovación con cargo a la subrúbrica 1a;
–
71 millones EUR para Palestina con cargo a la rúbrica 4.
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011, el Instrumento de Flexibilidad se movilizará para habilitar la suma de 34 millones EUR en créditos de compromiso en la subrúbrica 1a y 71 millones EUR en créditos de compromiso en la rúbrica 4.
Dicha cantidad se utilizará para complementar la financiación de:
–
18 millones EUR para el Programa de Formación Permanente con cargo a la subrúbrica 1a;
–
16 millones EUR para el Programa de Competitividad e Innovación con cargo a la subrúbrica 1a;
–
71 millones EUR para Palestina con cargo a la rúbrica 4.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea
.