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Procedimiento : 2010/2174(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0133/2011

Textos presentados :

A7-0133/2011

Debates :

PV 10/05/2011 - 4
CRE 10/05/2011 - 4

Votaciones :

PV 10/05/2011 - 9.22
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Textos aprobados :

P7_TA(2011)0181

Textos aprobados
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Martes 10 de mayo de 2011 - Estrasburgo
Aprobación de la gestión 2009: Eurojust
P7_TA(2011)0181A7-0133/2011
Decisión
 Decisión
 Resolución

1.Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2009 (C7-0234/2010 – 2010/2174(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2009,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de Eurojust(1),

–  Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),

–  Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(2), y, en particular, su artículo 185,

–  Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia(3), y, en particular, su artículo 36,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 2343/2002 de la Comisión(4), de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002, y, en particular, su artículo 94,

–  Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0133/2011),

1.  Aprueba la gestión del Director de Eurojust en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2009;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director de Eurojust, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO C 338 de 14.12.2010, p. 144.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
(4) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.


2.Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, sobre el cierre de las cuentas de Eurojust para el ejercicio 2009 (C7-0234/2010 – 2010/2174(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2009,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de Eurojust(1),

–  Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),

–  Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(2), y, en particular, su artículo 185,

–  Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia(3), y, en particular, su artículo 36,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 2343/2002 de la Comisión(4), de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002, y, en particular, su artículo 94,

–  Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0133/2011),

1.  Aprueba el cierre de las cuentas de Eurojust para el ejercicio 2009;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Director de Eurojust, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO C 338 de 14.12.2010, p. 144.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
(4) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.


3.Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2009 (C7-0234/2010 – 2010/2174(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2009,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de Eurojust(1),

–  Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),

–  Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(2), y, en particular, su artículo 185,

–  Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia(3), y, en particular, su artículo 36,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 2343/2002 de la Comisión(4), de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002, y, en particular, su artículo 94,

–  Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0133/2011),

A.  Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares,

B.  Considerando que el 5 de mayo de 2010 el Parlamento aprobó la gestión del Director administrativo de Eurojust por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2008(5), y que, en su Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

   se congratula de la conclusión, el 24 de septiembre de 2008, del Acuerdo Práctico relativo al Régimen de Cooperación entre la Agencia y la OLAF;
   toma nota de la constatación del Tribunal de Cuentas según la cual, en 2008, la Agencia siguió teniendo un problema de prórroga de créditos, si bien no tan acentuado como en el ejercicio anterior (el 13 % de los créditos presupuestarios definitivos, frente al 25 % de los créditos prorrogados en 2007);
   lamenta que el Tribunal de Cuentas haya seguido encontrando deficiencias en los procedimientos de contratación pública, como en los tres ejercicios anteriores,

C.  Considerando que el presupuesto de la Agencia ascendió a 26 400 000 EUR en 2009, un 6,4 % más que en 2008,

Resultados

1.  Celebra la iniciativa de la Agencia de incluir indicadores clave de resultados (ICR) en sus planes por unidad para 2010; pide, no obstante, a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre esos indicadores clave y su relación con los objetivos, el presupuesto y el programa de trabajo de la Agencia; considera, en efecto, que la aplicación de indicadores a los objetivos, presupuesto y programa de trabajo de la Agencia permitirá a las partes interesadas evaluar mejor el rendimiento de esta;

2.  Se congratula de la iniciativa de la Agencia, que ha presentado en un cuadro anexo al informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a 2009 una comparación de las actividades llevadas a cabo en 2008 y 2009 para que la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria pueda evaluar mejor la evolución de su rendimiento de un año a otro;

Prórroga de créditos

3.  Observa con satisfacción que el Tribunal de Cuentas no hace comentarios sobre el nivel de las prórrogas y anulaciones de créditos para 2009;

4.  Observa asimismo que la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia debería basarse en mayor medida en su funcionamiento durante la totalidad del ejercicio;

5.  Pide a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las medidas adoptadas para evitar la prórroga de créditos, pues esta ha sido una cuestión recurrente durante los anteriores procedimientos de aprobación de la gestión;

Mejora de los procedimientos de contratación pública

6.  Felicita a la Agencia por el establecimiento de medidas de evaluación del valor de mercado de los productos o servicios pertinentes antes de incoar un procedimiento de contratación pública; considera que tal iniciativa es una práctica importante que deberían hacer suya otras agencias; se congratula asimismo del plan anual de contratación pública de la Agencia para 2009, pues ha sido de gran ayuda para las unidades y servicios de la Agencia en la gestión de sus respectivas licitaciones; considera que con esas iniciativas se mejora la función de orientación y control del ordenador;

Recursos humanos

7.  Manifiesta su preocupación por el hecho de que el Tribunal de Cuentas haya constatado nuevamente insuficiencias en la planificación y ejecución de los procedimientos de contratación; indica, en particular, que el nivel de puestos vacantes (24 %) sigue siendo muy elevado, si bien es menor que en 2008 (26 %) y en 2007 (33 %); insta, por consiguiente, a la Agencia a que establezca un amplio plan de contratación de personal para reducir considerablemente el porcentaje de puestos vacantes y a que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria a tal respecto; se congratula, por otra parte, de la intención de la Agencia de alcanzar un porcentaje de puestos vacantes inferior al 8 % antes de finales de 2011;

8.  Celebra que en 2009 la Agencia haya conseguido reducir el número de agentes temporales «en funciones» de 31 a 10 a finales de ese año; pide, no obstante, a la Agencia que siga reduciendo ese número, según recomienda el servicio de auditoría interna (SAI);

9.  Toma nota de que la Agencia ha lanzado un nuevo procedimiento de selección de personal en 2009 y ha previsto que los miembros del comité de selección solo inviten a la entrevista a los candidatos que hayan alcanzado una puntuación mínima del 75 % en la evaluación previa y solo inscriban en las listas de reserva a los que hayan obtenido una puntuación mínima del 75 % en la entrevista de evaluación y en las pruebas escritas;

10.  Expresa su preocupación por el hecho de que el Tribunal de Cuentas haya indicado que tres de los seis puestos de dirección intermedia (jefe de unidad) han sido cubiertos temporalmente por agentes «en funciones»; destaca que esta situación denota la existencia de dificultades para atraer y conservar al personal adecuado; se congratula, no obstante, de la intención de la Agencia de adoptar una decisión en que se prevea que la evaluación definitiva de los candidatos se base en la combinación de la puntuación concedida en virtud de la información contenida en el impreso de candidatura con la del resultado de las entrevistas y pruebas escritas; considera que este enfoque supone una mejora de los procedimientos de selección de personal de la Agencia, pues así se tienen en cuenta de manera efectiva los méritos de cada candidato;

Auditoría interna

11.  Toma nota de que tan solo se han puesto en práctica 4 de las 26 recomendaciones (dos de ellas se consideraron «críticas») formuladas por el SAI el 31 de diciembre de 2008; indica asimismo que el SAI formuló una recomendación adicional en diciembre de 2009 y que 15 de las 23 recomendaciones restantes presentan una demora de más de 12 meses en su aplicación; pide, por consiguiente, a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las causas de tal demora y que adopte inmediatamente medidas para mejorar el procedimiento de selección de personal, reducir el número de agentes temporales, reestructurar la unidad de recursos humanos, desarrollar un plan de gestión de recursos humanos, reforzar la supervisión de las actividades en el ámbito de los recursos humanos y revisar el contenido del registro de excepciones;

12.  Celebra la iniciativa de la Agencia de facilitar a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria el informe anual de auditoría interna de la Agencia elaborado por el SAI; considera que se trata de una muestra de transparencia y un ejemplo de buena práctica que deberían seguir las demás agencias;

o
o   o

13.  Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011(6) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.

(1) DO C 338 de 14.12.2010, p. 144.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
(4) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
(5) DO L 252 de 25.9.2010, p. 202.
(6) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0163.

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