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Procedimiento : 2012/2257(INI)
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Ciclo relativo al documento : A7-0024/2013

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A7-0024/2013

Debates :

PV 05/02/2013 - 11
CRE 05/02/2013 - 11

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PV 07/02/2013 - 5.3
CRE 07/02/2013 - 5.3
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Textos aprobados :

P7_TA(2013)0053

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Jueves 7 de febrero de 2013 - Estrasburgo
Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas: aspectos sociales y relativos al empleo del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013
P7_TA(2013)0053A7-0024/2013
Resolución
 Anexo

Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de febrero de 2013, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas: empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 (2012/2257(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

–  Vistos los artículos 9, 151 y 153 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vistos los artículos 145, 148 y 152, y el artículo 153, apartado 5, del TFUE,

–  Visto el artículo 28 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de noviembre de 2012, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013» (COM(2012)0750) y el borrador de Informe conjunto sobre el empleo anejo a la misma,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de noviembre de 2011, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012» (COM(2011)0815) y el borrador de Informe conjunto sobre el empleo anejo a la misma,

–  Vista su Resolución, de 26 de octubre de 2012, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas: aplicación de las prioridades para 2012(1),

–  Vista su Resolución, de 1 diciembre 2011, sobre el semestre europeo para la coordinación de las políticas económicas(2),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020. Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

–  Vista su Posición, de 8 de septiembre de 2010, sobre la propuesta de Decisión del Consejo sobre directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros: Parte II de las Directrices Integradas Europa 2020(3),

–  Vista la Decisión 2010/707/UE del Consejo, de 21 de octubre de 2010, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros(4),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de abril de 2012, titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo» (COM(2012)0173),

–  Vistas la pregunta con solicitud de respuesta oral O-000120/2012 a la Comisión y la resolución conexa, de 14 de junio de 2012, titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo»(5),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de noviembre de 2010, titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo» (COM(2010)0682)(6),

–  Vista su Resolución, de 26 de octubre de 2011, sobre la «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos»(7),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de diciembre de 2010, titulada «La Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial» (COM(2010)0758),

–  Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2011, sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social(8),

–  Vista la Recomendación 2008/867/CE de la Comisión, de 3 de octubre de 2008, sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral(9),

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud» (COM(2011)0933),

–  Vistas la pregunta con solicitud de respuesta oral B7-0113/2012 a la Comisión y la consiguiente Resolución, de 24 de mayo de 2012, sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud(10),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de septiembre de 2010, titulada «Juventud en Movimiento: Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea» (COM(2010)0477),

–  Vista su Resolución, de 12 de mayo de 2011, sobre Juventud en Movimiento - Un marco para la mejora de los sistemas de educación y formación en Europa(11),

–  Vista su Resolución, de 6 de julio de 2010, sobre el fomento del acceso de los jóvenes al mercado de trabajo y el refuerzo del estatuto del becario, del período de prácticas y del aprendiz(12),

–  Vista su Resolución, de 7 de septiembre de 2010, sobre el desarrollo del potencial de creación de empleo de una nueva economía sostenible(13),

–  Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación(14),

–  Vista su Resolución, de 20 de noviembre de 2012, sobre el Pacto de inversión social en respuesta a la crisis(15),

–  Visto el Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020), aprobado por el Consejo el 7 de marzo de 2011,

–  Vista la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada(16),

–  Vista la Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES(17),

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y la opinión de la Comisión de Desarrollo Regional (A7-0024/2013),

A.  Considerando que las consecuencias laborales y sociales de la crisis son trascendentales y que ahora se ven agravadas por los efectos de la consolidación presupuestaria establecida en determinados países en respuesta a la crisis de la deuda soberana y por la política monetaria restrictiva de la zona del euro, que contrasta con la que aplican otras grandes regiones económicas y es incapaz de dar una respuesta eficaz a la crisis de la deuda soberana y fomentar el crecimiento; considerando que la crisis está repercutiendo negativamente en la calidad y cantidad de las inversiones en Europa; considerando que la zona del euro está en recesión y que la UE es en la actualidad la única gran región del mundo en la que sigue aumentando el desempleo;

B.  Considerando que en 2012 la situación laboral ha empeorado y las previsiones para 2013 son pesimistas; que la segmentación del mercado laboral ha seguido aumentando, el desempleo de larga duración ha alcanzado niveles alarmantes, la pobreza activa sigue siendo un problema muy importante, los ingresos medios de los hogares se están reduciendo en muchos Estados miembros y los indicadores apuntan a una tendencia de mayores niveles y formas más profundas de pobreza y exclusión social, con un incremento de la pobreza entre la población ocupada y con una polarización social en numerosos Estados miembros;

C.  Considerando que el desempleo ha aumentado considerablemente desde 2008 y ha alcanzado la cifra de 25 millones de desempleados en la UE, el equivalente al 10,5 % de la población activa; que solo en los doce últimos meses el número de desempleados ha aumentado en dos millones, y que la disminución del empleo ha sido más pronunciada en los países que están llevando a cabo una consolidación presupuestaria más sustancial;

D.  Considerando que la situación del mercado laboral es particularmente grave para los jóvenes, con independencia de su nivel de educación, lo que conlleva, con frecuencia, contratos de empleo precario y prácticas no remuneradas; considerando que la difícil situación de los jóvenes se debe en parte a los desajustes entre las capacidades adquiridas y la demanda del mercado laboral, la limitada movilidad geográfica, el abandono escolar prematuro sin cualificaciones, la falta de capacidades y experiencia laboral pertinentes, las condiciones precarias de empleo, las limitadas oportunidades de formación y la ineficacia de las políticas activas del mercado laboral;

E.  Considerando que, en toda la UE, más de uno de cada cinco jóvenes está desempleado (22,8 %), y que el desempleo juvenil supera el 50 % en algunos Estados miembros; considerando que más de siete millones de europeos menores de 25 años no trabajan, ni estudian, ni reciben formación alguna («los NiNi»), y que estas cifras siguen aumentando y existe un riesgo de generación perdida; que se calcula que el coste de la inacción en lo que respecta a «los NiNi» asciende a 153 000 millones de euros en toda la UE

F.  Considerando que tras la reunión del Consejo Europeo de 30 de enero de 2012, la Comisión pidió a los Estados miembros, que como parte de su «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud», diseñaran y aplicaran iniciativas integrales de empleo, educación y capacitación para los jóvenes y que elaboraran planes de empleo dirigidos a los jóvenes en el marco de sus programas nacionales de reforma; considerando, sin embargo, que en la mayoría de Estados miembros aún deben emprenderse estas iniciativas;

G.  Considerando que las personas que se acercan a la edad de jubilación, los desempleados de larga duración, los nacionales de terceros países y los trabajadores poco cualificados se encuentran entre los más afectados por la crisis;

H.  Considerando que deben llevarse a cabo las reformas necesarias para garantizar la sostenibilidad de los sistemas de pensiones; considerando, en este contexto, que es posible aumentar la edad de jubilación real sin aumentar la edad de jubilación obligatoria mediante la reducción del número de personas que abandonan anticipadamente el mercado laboral; que, para aumentar con éxito la edad de jubilación real, las reformas de los sistemas de pensiones deben ir acompañadas de políticas que desarrollen oportunidades de empleo para que los trabajadores de más edad accedan al aprendizaje permanente, e introducir políticas de ventajas fiscales que ofrezcan incentivos para permanecer más tiempo en el trabajo y apoyar el envejecimiento activo saludable;

I.  Considerando que el desempleo de larga duración alcanzó niveles alarmantes en el segundo trimestre de 2012, cuando las cifras revelaron que 11,1 millones de europeos desempleados, el 4,6 % de la población activa, se hallaban sin empleo desde hacía más de doce meses; considerando que la probabilidad de que los desempleados encuentren un trabajo se ha reducido en la mayoría de los Estados miembros, en especial los que están sujetos a medidas de consolidación presupuestaria considerables;

J.  Considerando que aproximadamente 120 millones de personas se ven amenazadas por la exclusión social en la UE-27, ya que afrontan un riesgo agravado de pobreza, sufren graves carencias materiales o viven en hogares con una participación laboral muy baja;

K.  Considerando que ha disminuido el gasto en protección social en casi todos los Estados miembros y que el Comité de Protección Social (CPS) advierte sobre el aumento del número de personas en situación de riesgo por renta inferior al umbral de la pobreza, pobreza infantil, graves carencias materiales y exclusión social debido a los efectos de las medidas de consolidación presupuestaria;

L.  Considerando que es necesario estimular el crecimiento y lograr un alto nivel de empleo para la recuperación de la economía, la consolidación presupuestaria y la sostenibilidad del estado de bienestar y las finanzas públicas a largo plazo;

M.  Considerando que las inversiones selectivas en el ámbito social deben constituir una parte importante de la respuesta de los Estados miembros a la crisis, habida cuenta de que resultan fundamentales para alcanzar los objetivos en materia social, de empleo y educación de la Estrategia Europa 2020;

N.  Considerando que el Consejo Europeo declaró el 30 de enero de 2012 que «sólo se reanudarán el crecimiento y el empleo si seguimos un planteamiento coherente y con características comunes, que combine una consolidación presupuestaria acertada, preservando la inversión en crecimiento futuro, unas políticas macroeconómicas saneadas y una estrategia de empleo activa que preserve la cohesión social»;

O.  Considerando que la consolidación presupuestaria debe proseguir en vista de los altos niveles de deuda y los problemas a largo plazo para las finanzas públicas, pero que debe tenerse debidamente en cuenta que debe ser un objetivo a medio o largo plazo; que la consolidación presupuestaria puede tener efectos negativos para el crecimiento y el empleo a corto plazo, en especial en los países que se encuentran en recesión o presentan índices de crecimiento limitado, lo que compromete el crecimiento y la posible creación de empleo futuros; que, por consiguiente, la consolidación presupuestaria debe gestionarse cuidando el crecimiento de manera que no perjudique el potencial de crecimiento y de creación de empleo de la economía o su tejido social;

P.  Considerando que las tensiones de los mercados financieros siguen siendo elevadas y que prevalecen los desequilibrios entre los Estados miembros en el acceso a la financiación; que las primas de riesgo elevadas incrementan indebidamente las cargas de las deudas soberanas, lo que exige una consolidación presupuestaria más severa que, a su vez, agrava la crisis y, por tanto, obstaculiza el crecimiento y la creación de empleo;

Q.  Considerando que, a pesar de la urgencia de la situación, la Unión Europea está incumpliendo la mayoría de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, y que los avances en la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020 en los Estados miembros han sido decepcionantes; considerando que los compromisos previstos en los programas nacionales de reforma de 2012 son insuficientes para alcanzar la mayoría de las metas a escala de la UE;

R.  Considerando que la inversión en educación y formación, investigación e innovación ‐ámbitos esenciales para el crecimiento económico y la creación de empleo‐ sigue siendo menor en la UE que en sus principales socios y competidores económicos del mundo; que las inversiones productivas en estos ámbitos resultan fundamentales tanto para una salida sostenible de la crisis como para consolidar la economía de la UE en una senda de competitividad y productividad;

S.  Considerando que la dimensión de género es esencial para cumplir los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020, ya que las mujeres conforman la mayor reserva de mano de obra hasta ahora inutilizada; considerando que las mujeres representan la mayoría de personas que viven en la pobreza en la UE, que los recortes de servicios públicos como la atención infantil y la atención a otras personas dependientes afectarán negativamente a las mujeres y, por consiguiente, a su capacidad de participar en el mercado laboral; que, por tanto, debe prestarse una atención específica tanto a la integración de la perspectiva de género como a las políticas dirigidas a las mujeres en todo el proceso del Semestre Europeo; que es necesario armonizar la edad legal de jubilación de las mujeres con la de los hombres;

T.  Considerando que es necesario velar por una mayor interacción entre las políticas de empleo, social y económica en el contexto del Semestre Europeo, según establecen el artículo 121 y el artículo 148 del TFUE;

U.  Considerando que es esencial fomentar la responsabilidad democrática, la apropiación y la legitimidad de todos los actores participantes en el Semestre Europeo, y que una parte esencial de ello es la plena participación del Parlamento Europeo;

V.  Considerando que los Parlamentos nacionales son los representantes y los garantes de los derechos adquiridos y delegados por los ciudadanos, y que la introducción del Semestre Europeo debe respetar plenamente las prerrogativas de los Parlamentos nacionales;

Mensajes clave de cara al Consejo Europeo de primavera

1.  Insta al Consejo Europeo a que vele por que los siguientes mensajes formen parte de su orientación política para el Semestre Europeo 2013 y encarga a su Presidente que defienda la presente posición durante el Consejo Europeo de primavera de los días 14 y 15 de marzo de 2013; remite, en particular, a las recomendaciones específicas que debe adoptar el Consejo Europeo en su orientación política, adjuntas a la presente Resolución;

2.  Lamenta que las prioridades definidas durante el ciclo del Semestre Europeo del año pasado, en particular las relacionadas con la creación de empleo, la calidad del empleo y la lucha contra la pobreza y la exclusión social, no hayan generado los resultados esperados;

3.  Señala que la situación económica y las consecuencias sociales de la crisis se han deteriorado aún más durante el año pasado, y por lo tanto hace hincapié en la importancia de reforzar el compromiso de los Estados miembros con la siguiente orientación política para 2013, en particular en el ámbito de la política de empleo y social;

I.  Objetivos de Europa 2020

4.  Pide al Consejo Europeo que vele por que la orientación política anual prevista con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento se centre plenamente en cumplir todos los objetivos de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador; lamenta que no se haya incluido ningún informe de situación relativo a la Estrategia Europa 2020 en el Estudio Prospectivo Anual 2013, pide a la Comisión que presente este informe con tiempo para la reunión del Consejo Europeo de primavera;

5.  Lamenta que la orientación política para 2012 y su aplicación no hayan sido lo suficientemente eficaces en lo que respecta al logro de los objetivos políticos contemplados en la Estrategia Europa 2020, y que algunos Estados miembros se alejen cada vez más de estos objetivos;

6.  Lamenta que los compromisos previstos en los programas nacionales de reforma de 2012 sean insuficientes para alcanzar la mayoría de las metas a escala de la UE; destaca su preocupación por el hecho de que los actuales objetivos nacionales no sean suficientes para alcanzar los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020 en materia de empleo, educación y reducción de la pobreza;

7.  Pide a los Estados miembros que en los programas nacionales de reforma de 2013 asuman los compromisos necesarios para cumplir los objetivos de Europa 2020;

8.  Pide al Consejo Europeo que garantice, en sus orientaciones políticas, que se destine un nivel suficiente de fondos de la UE al cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Europa 2020; insta a los Estados miembros a asignar fondos de manera más eficaz para alcanzar los objetivos de la Estrategia;

II.  Creación de empleo a través de reformas estructurales e inversiones orientadas al crecimiento

9.  Considera lamentable que el año pasado la mayoría de los Estados miembros no cumpliesen su compromiso de presentar un plan nacional de empleo (PNE) en el marco de los programas nacionales de reforma de 2012; pide a los Estados miembros que cumplan este compromiso en 2013; hace hincapié en que los PNE deben incluir medidas integrales para la creación de empleo y el empleo ecológico, un vínculo entre las políticas de empleo y los instrumentos financieros, reformas del mercado laboral, un calendario claro para la puesta en práctica de la agenda de reforma plurianual en los próximos doce meses y una indicación tanto de los ámbitos como de las regiones en que hay escasez y excedentes de especialización;

10.  Lamenta que la Comisión no haya impuesto la obligatoriedad de los PNE y le pide que supervise su elaboración durante el ciclo del Semestre Europeo cada año;

11.  Pide a los Estados miembros que adopten medidas favorables a la creación de empleo, como reformas de la fiscalidad laboral que incentiven el empleo, promuevan y apoyen el empleo por cuenta propia y las empresas de nueva creación, mejoren el marco de la actividad empresarial y faciliten el acceso de las PYME a la financiación, regularicen el trabajo informal y no declarado, reformen los mercados laborales, cuando sea necesario, para hacerlos más flexibles, dinámicos e inclusivos a la vez que garantizan una seguridad adecuada para los empleados, faciliten a empleadores y empleados capacidades e instrumentos que les permitan adaptarse a las necesidades cambiantes del mercado laboral, modernicen los sistemas de fijación de salarios ‐en el marco del diálogo social y con la participación activa de los interlocutores sociales, respetando la diversidad de los modelos nacionales de relaciones laborales‐ para ajustar los salarios a la evolución de la productividad dentro de los límites de unos salarios que permitan vivir dignamente, y exploten el elevado potencial de empleo de sectores como la economía ecológica, la atención sanitaria y social y las TIC para crear puestos de trabajo sostenibles y de calidad;

III.  Empleo juvenil

12.  Pide al Consejo Europeo que dé prioridad al desempleo juvenil en la orientación política para 2013;

13.  Pide a los Estados miembros que adopten medidas enérgicas para luchar contra el desempleo juvenil, entre ellas medidas activas de mercado laboral específicas y medidas que corrijan los desajustes de capacidades en el mercado laboral, en particular previniendo el abandono prematuro de la escuela o de los programas de aprendizaje y garantizando que los sistemas educativos y formativos doten a los jóvenes de capacidades pertinentes de una forma eficiente, y que promuevan la iniciativa empresarial y un apoyo eficaz al desarrollo empresarial para los jóvenes y marcos que aseguren la transición de la educación al empleo,

14.  Apoya decididamente la propuesta de la Comisión sobre sistemas de garantía juvenil; pide que se apliquen con rapidez y que se les asigne una financiación suficiente; considera que el FSE debe desempeñar un papel clave en la financiación de los sistemas de garantía juvenil y que debe hallarse un equilibrio adecuado entre la financiación de la UE y de los Estados miembros;

15.  Insta a los Estados miembros a elaborar estrategias integrales para las personas que no trabajan, ni estudian, ni se forman; insta también a los Estados miembros a que, al desarrollar estas estrategias, den muestra de solidaridad financiera con los Estados miembros con un margen presupuestario escaso;

IV.  Mercados laborales más flexibles, dinámicos e inclusivos y empleo de mejor calidad

16.  Lamenta que el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 no se ocupe de la calidad del empleo y preste poca atención a la creación de las condiciones previas necesarias para aumentar la participación en el mercado laboral, en concreto de las mujeres, los trabajadores de más de 45 años de edad, las personas con discapacidad y los más desfavorecidos;

17.  Recuerda que están aumentando los desequilibrios entre los Estados miembros, especialmente en los indicadores de empleo y sociales; señala que los Estados miembros con mercados laborales relativamente poco segmentados, sistemas sólidos de bienestar social y capacidad para ajustar temporalmente la jornada laboral, el tiempo de trabajo y otras disposiciones de flexibilidad laboral (flexibilidad interna) y con modelos eficientes de negociación colectiva han demostrado ser más resilientes ante las consecuencias laborales y sociales de la crisis;

18.  Pide que los mercados laborales sean más adaptables y dinámicos, capaces de adaptarse a las perturbaciones de la situación económica sin causar despidos, y más inclusivos, favoreciendo una mayor participación laboral, en especial de las personas vulnerables y desfavorecidas;

19.  Advierte de que las medidas de austeridad no deben comprometer la calidad del empleo ni las normas de protección social, salud y seguridad; anima a los Estados miembros a promover la identificación de las empresas y las PYME que se esfuercen por mostrar un afán social que vaya más allá de cumplir las obligaciones jurídicas mínimas;

V.  Invertir en educación y formación

20.  Señala el papel fundamental que desempeñan la educación y la formación en la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y

21.  Subraya la importancia de reducir la tasa de abandono prematuro de la escolarización con el fin de reducir el grupo de los «NiNi»;

22.  Pide a los Estados miembros que, a la vez que persiguen una consolidación presupuestaria sostenible, favorable al crecimiento y diferenciada, garanticen inversiones eficientes y suficientes en educación, formación y aprendizaje permanente a fin de cumplir todos los compromisos asumidos en el marco de la Estrategia Europa 2020;

23.  Pide a los Estados miembros que incorporen los mecanismos de los programas de intercambio europeos de educación, formación, juventud y deporte a las medidas adoptadas en el marco del Semestre Europeo;

VI.  Garantizar la calidad de los servicios públicos y luchar contra la pobreza y la exclusión social

24.  Está profundamente preocupado por el aumento de la pobreza y el desempleo en todos los grupos de edad desde el último Semestre Europeo de 2012;

25.  Celebra que el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 aborde la pobreza, la exclusión social y las consecuencias sociales de la crisis; pide a la Comisión que destaque estas medidas en las recomendaciones específicas por países, y en particular que luche contra la pobreza de la población ocupada, la pobreza entre las personas con vínculos limitados o nulos con el mercado laboral y la pobreza entre las personas de edad; pide al Consejo Europeo que apruebe esta orientación como prioridad;

26.  Pide que la aplicación de estrategias integradas de inclusión activa sea un elemento central de los programas de política social nacionales y de la UE;

VII.  Consolidación presupuestaria proporcionada y diferenciada favorable al desarrollo, unida a una garantía de recuperación económica y de creación de empleo

27.  Reconoce la necesidad de aplicar una consolidación presupuestaria favorable al crecimiento, proporcional y diferenciada para evitar efectos negativos sobre el crecimiento y el empleo a corto, medio y largo plazo, garantizando a la vez la sostenibilidad de las finanzas públicas; destaca que la repercusión de los programas de consolidación presupuestaria debe evaluarse de manera crítica en relación con sus repercusiones sobre el crecimiento y efectos en el empleo a corto plazo, en especial en los países que se encuentran en recesión o que presentan índices marginales de crecimiento; pide a la Comisión y al Consejo Europeo que hagan uso de la flexibilidad en tiempos de recesión económica según prevén el Reglamento (UE) nº 1175/2011 y el Reglamento (UE) nº 1177/2011 del Consejo;

28.  Subraya que la Comisión debe tener más en cuenta las tendencias locales, regionales y nacionales específicas, así como los posibles errores en sus previsiones, las cuales representan la base del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento;

29.  Considera que la consolidación presupuestaria debe seguir aplicándose de una forma proporcionada y favorable al crecimiento y que el ritmo de la consolidación debe diferenciarse entre los países en función de su flexibilidad fiscal y la del conjunto de la economía europea con el fin de evitar efectos negativos en el crecimiento y el empleo y los riesgos para la sostenibilidad de la deuda;

30.  Pide a la Comisión Europea que reajuste sus modelos sobre el impacto del efecto multiplicador de los recortes presupuestarios sobre el crecimiento y el empleo en los presupuestos de los Estados miembros en consonancia con las recientes revisiones del FMI;

31.  Pide al Consejo Europeo que vele por la coherencia entre las diferentes prioridades de su orientación política, de forma que no comprometa el potencial de crecimiento sostenible y de creación de empleo, no aumente la pobreza ni la exclusión social y no impida el acceso universal a la prestación de servicios públicos de calidad; cree que la principal prioridad debe ser el establecimiento de medidas integradas de reforma e inversiones que fomenten el crecimiento y la creación de empleo y garanticen al mismo tiempo la sostenibilidad de las finanzas públicas;

32.  Pide al Consejo Europeo que, si respalda la primera prioridad del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, a saber, la «consolidación presupuestaria diferenciada favorable al desarrollo», explique concretamente cómo puede llevarse a la práctica esta prioridad respetando íntegramente el objetivo de incrementar la cohesión social y de luchar contra la pobreza, tal y como dispone su cuarta prioridad, a saber, «respuesta al desempleo y a las consecuencias sociales de la crisis»;

33.  Hace hincapié en la necesidad de llegar a una coherencia plena entre la consolidación presupuestaria y las medidas económicas, por un lado, y la política social y las medidas de crecimiento y empleo por otro;

34.  Destaca que, en tiempos de grandes restricciones presupuestarias y de capacidad de préstamo reducida en el sector privado, los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión, por su volumen financiero y los objetivos que persiguen, constituyen una palanca esencial a la disposición de los Estados miembros para estimular la economía y contribuir a la consecución de los objetivos de crecimiento y empleo consagrados en la Estrategia Europa 2020; destaca también, en este sentido, que, habida cuenta del papel fundamental que desempeña la política de cohesión en el desarrollo de programas nacionales dentro del marco del Semestre Europeo, esta política debe constituir una centro de interés primordial en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento y contribuir al debate anual sobre crecimiento y empleo en la UE;

VIII.  Legitimidad democrática y participación de la sociedad civil

35.  Expresa su preocupación por el hecho de que el Parlamento Europeo, los Parlamentos nacionales, los interlocutores sociales y la sociedad civil sigan desempeñando un cometido limitado en el Semestre Europeo; hace hincapié en que la orientación política del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento propuesta por la Comisión y que debe aprobar el Consejo Europeo carece de participación parlamentaria y ciudadana y, por consiguiente, de legitimidad democrática;

36.  Sostiene que el Parlamento Europeo tiene un papel esencial que desempeñar para sentar la necesaria legitimidad democrática; considera que, a falta de un fundamento jurídico para el procedimiento legislativo ordinario aplicable al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, el Consejo Europeo debería tener presentes las observaciones del Parlamento a la hora de respaldar la orientación política para garantizar la legitimidad democrática;

37.  Pide a la Comisión que exija a los Estados miembros que garanticen la máxima transparencia en la elaboración de programas nacionales de reforma (PNR) así como una amplia participación en este proceso de parlamentos nacionales e interlocutores sociales;

Esfuerzos adicionales que deben desplegarse en los ámbitos del empleo y los asuntos sociales
Creación de empleo a través de reformas estructurales e inversiones orientadas al crecimiento

38.  Recuerda que reforzar el crecimiento que genera empleo exige políticas laborales que propicien unas condiciones favorables para la creación de empleo, faciliten transiciones positivas de un puesto de trabajo a otro y del desempleo al empleo, aumenten la oferta de mano de obra y mejoren la concordancia entre situación geográfica y capacidades y las necesidades del mercado laboral.

39.  Destaca la necesidad de reformar el mercado laboral para aumentar la productividad y eficiencia de la mano de obra a fin de mejorar la competitividad de la economía de la UE y garantizar el crecimiento sostenible y la creación de empleo a la vez que se respetan estrictamente tanto la letra como el espíritu del acervo social europeo y sus principios; cree que las reformas en los mercados laborales deben acometerse de forma que se fomente la calidad del empleo;

40.  Sugiere que los Estados miembros reduzcan la fiscalidad sobre el trabajo cuando las condiciones fiscales lo permitan, en especial en relación con los trabajadores poco cualificados y con salarios bajos y los grupos vulnerables; considera que las reducciones temporales específicas de las cotizaciones a la seguridad social o las medidas de empleo subvencionado para las nuevas contrataciones, en especial de desempleados de larga duración con una cualificación baja, son incentivos muy eficaces para crear empleo;

41.  Observa que el cambio demográfico afecta claramente al establecimiento de infraestructuras sociales, lo que supone un grave desafío para todas las generaciones en toda la UE; destaca, a este respecto, que en el estudio de la Comisión se debe tener más en cuenta el papel que desempeñan las políticas de cohesión a la hora de afrontar los desafíos demográficos;

42.  Hace hincapié en la necesidad de llevar a cabo reformas para garantizar la sostenibilidad de los sistemas de pensiones; cree que la edad de jubilación podría evaluarse en función de la evolución de la esperanza de vida con buena salud, pero recuerda que es posible aumentar la edad de jubilación real sin aumentar la edad de jubilación obligatoria reduciendo el número de personas que salen anticipadamente del mercado laboral; considera que, para aumentar con éxito la edad de jubilación efectiva, las reformas de los sistemas de pensiones deben ir acompañadas de políticas que limiten el acceso de los trabajadores a planes de prejubilación y otras vías de salida anticipada, desarrollen oportunidades de empleo para los trabajadores de más edad, garanticen el acceso al aprendizaje permanente, introduzcan medidas de ventajas fiscales que ofrezcan incentivos para trabajar durante más tiempo y apoyen el envejecimiento activo saludable;

43.  Pide a la Comisión que trabaje con los Estados miembros para garantizar que los programas de austeridad no entorpezcan las medidas de creación de empleo y las políticas de fomento del crecimiento y no comprometan la protección social; insta a los Estados miembros a que den prioridad al gasto favorable al crecimiento, por ejemplo en educación, aprendizaje permanente, investigación, innovación y eficiencia energética, y a que velen al mismo tiempo por la eficiencia de este gasto;

44.  Coincide con la Comisión en que instrumentos financieros innovadores de la UE pueden actuar como catalizadores de inversiones específicas, lograr un efecto multiplicador del presupuesto de la UE y aumentar su potencial de crecimiento; insta, por consiguiente, a la Comisión a que proporcione información detallada y siga prestando ayuda y orientación a los Estados miembros y a las regiones en lo que respecta a una aplicación mejorada de los instrumentos financieros en el marco de la política de cohesión en 2013 y en el futuro período de programación (2014-2020); pide a los Estados miembros que secunden a la Comisión y también indiquen claramente en sus respectivos programas nacionales de reforma cómo piensan utilizar las asignaciones de los Fondos Estructurales en apoyo de las prioridades de refuerzo del crecimiento y del empleo mediante el uso de instrumentos financieros;

45.  Acoge favorablemente la atención prestada en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 a la explotación del potencial de creación de empleo de sectores fundamentales como las industrias innovadoras, los servicios, la economía ecológica, la atención sanitaria y social (el denominado «sector blanco») y las TIC; pide a la Comisión y a los Estados miembros que respalden las iniciativas que facilitan el desarrollo de estos sectores con un gran potencial de empleo;

46.  Recuerda que la plena explotación del potencial de creación de empleo de estos nuevos sectores exigirá una adaptación, en especial entre los trabajadores poco cualificados y de más edad, y nuevas capacidades; pide a la Comisión y a los Estados miembros que anticipen las necesidades de capacidades en estos sectores y garanticen las inversiones necesarias en educación y formación para proporcionarlas;

47.  Lamenta que en las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 no se mencionen en absoluto medidas para integrar la perspectiva de género; considera que es fundamental aumentar de forma significativa la participación de las mujeres en el mercado laboral para cumplir el objetivo principal de Europa 2020 referente a la tasa de empleo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten las medidas necesarias para fomentar una mayor tasa de empleo femenino como, por ejemplo, unos servicios asequibles de asistencia y cuidado infantil, regímenes de baja por maternidad y paternidad y permiso parental adecuados y flexibilidad en el horario y el lugar de trabajo;

48.  Pide a los Estados miembros que mejoren el entorno para las empresas, en especial las PYME, y pide a la Comisión y al Consejo Europeo que intensifiquen sus esfuerzos para mejorar el mercado único, fomenten la economía digital y se centren en la regulación inteligente para reducir la burocracia innecesaria; acoge favorablemente el Acta del Mercado Único II y pide su aplicación rápida y plena;

49.  Pide a la Comisión que haga de la gobernanza del mercado único una prioridad clave, habida cuenta de que contribuye significativamente al logro de los objetivos del Semestre Europeo, a saber, el crecimiento económico sostenible y el empleo; considera que las recomendaciones específicas de la Comisión por países deben ofrecer al mismo tiempo a los Estados miembros soluciones más prácticas para mejorar el funcionamiento del mercado único, con objeto de suscitar un respaldo público y un compromiso político más sólidos para impulsar la realización del mercado único;

50.  Acoge con satisfacción el reconocimiento de la importancia del acceso de las PYME a la financiación, ya que son la piedra angular del empleo y la creación de empleo en la UE y presentan un gran potencial para atajar el desempleo juvenil y el desequilibrio de género; insta a los Estados miembros a que el acceso a la financiación para las PYME se convierta en una prioridad absoluta en sus planes nacionales de crecimiento; insta a los Estados miembros a que faciliten el acceso a los Fondos Europeos dedicados a tal fin;

51.  Reconoce la importancia del aumento de la capacidad de préstamo del BEI, y recomienda que esta se adecue a las prioridades de la UE que se centran en eliminar las divergencias regionales; pide a la Comisión que solicite a los Estados miembros que utilicen parte de las asignaciones que reciben de los Fondos Estructurales para compartir el riesgo derivado de los préstamos del BEI y facilitar garantías de préstamo a las PYME y a las microempresas, imprimiendo de este modo un fuerte impulso a la actividad económica en todos los sectores y regiones, garantizando nuevas oportunidades de empleo y superando la falta de acceso al crédito que actualmente supone un obstáculo para las PYME;

52.  Pide a los Estados miembros que promuevan y apoyen la iniciativa empresarial, incluido el emprendimiento social, y las empresas de nueva creación, en particular a través de programas de desarrollo empresarial y acceso a la financiación;

53.  Pide a la Comisión Europea que vele por un apoyo decidido al emprendimiento social en el Marco Financiero Plurianual 2014-2020, habida cuenta de que este sector posee manifiestamente un gran potencial de creación de puestos de trabajo y crecimiento innovador;

54.  Insta a la Comisión a movilizar plenamente los instrumentos y la ayuda financiera de la UE para cumplir los objetivos de la Estrategia Europa 2020; pide a los Estados miembros que hagan pleno uso de los Fondos Estructurales con el fin de aumentar la empleabilidad y combatir el desempleo estructural, de larga duración y juvenil de forma eficaz;

55.  Observa que la política de cohesión, como instrumento de inversión fundamental de la UE que desempeña un importante papel en la Estrategia Europa 2020 y aborda con precisión las necesidades de inversión locales, regionales y nacionales, contribuye no solo a la reducción de las disparidades entre las regiones, sino también a la recuperación económica de los Estados miembros y a la consecución efectiva de crecimiento sostenible y creación de empleo en los Estados miembros y en el conjunto de la Unión; observa que ello convierte a la política de cohesión en uno de los mejores instrumentos disponibles para lograr que la recuperación genere muchos puestos de trabajo, tal como prevé la Comisión Europea en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013; opina, a este respecto, que cualesquiera recortes en el presupuesto de la política de cohesión tendrían grandes consecuencias negativas para los objetivos de la Estrategia Europa 2020, e insiste, en consecuencia, en que en el nuevo periodo de programación se asigne a la política de cohesión un nivel adecuado de recursos, equivalente al menos al acordado para el actual periodo de programación 2007-2013, y que siga abarcando todas las regiones de la UE;

56.  Celebra que la Comisión haya reconocido en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 que es necesario aumentar la capacidad administrativa a fin de garantizar una distribución más rápida de los recursos de los Fondos Estructurales no utilizados todavía; señala que tales esfuerzos deben concentrarse en las autoridades a escala nacional, regional y local; hace hincapié en que la aceleración del desembolso de los recursos de los Fondos Estructurales no utilizados todavía puede contribuir a reforzar la liquidez del mercado;

57.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que la política regional continuará desempeñando un papel importante en el desarrollo de los programas nacionales dentro del Semestre Europeo y representará una herramienta fundamental para alcanzar los objetivos fijados en relación con las políticas sociales y el empleo a medio y largo plazo;

58.  Opina que es esencial que la política de cohesión contribuya a reducir las diferencias de competitividad internas y los desequilibrios estructurales gracias a su adaptabilidad a las condiciones y necesidades específicas determinadas a escala local, regional y nacional; celebra, a este respecto, la iniciativa de la Comisión de reprogramar, siempre que sea posible, los recursos de los Fondos Estructurales no utilizados todavía en favor de la eficiencia energética, el empleo juvenil y las PYME, ya que esos ámbitos desempeñarán un importante papel en la consecución de los objetivos de Europa 2020; pide que se le mantenga debidamente informado sobre la ejecución de esta iniciativa a escala nacional;

Empleo juvenil

59.  Pide a los Estados miembros que adopten medidas para facilitar la transición de los jóvenes de la educación y la formación al mercado laboral; señala, en este sentido, el éxito de la «formación profesional dual» en algunos Estados miembros, que ha generado la mayor tasa de empleo juvenil de la Unión Europea;

60.  Considera fundamental ayudar a los jóvenes a adquirir capacidades de manera más eficaz, lo que exige una mayor cooperación y comunicación entre empresas, gobiernos y proveedores de educación;

61.  Acoge con satisfacción el anuncio de la Comisión sobre la próxima presentación de un paquete de empleo juvenil; pide a los Estados miembros que promuevan y desarrollen una garantía juvenil, en estrecha colaboración con los interlocutores sociales, con el objetivo de ofrecer a todos los jóvenes de la UE un puesto de trabajo, un puesto de aprendizaje, formación adicional o una combinación de trabajo y formación tras un período máximo de desempleo de cuatro meses; considera que la financiación por la Unión debe desempeñar un papel clave en la cofinanciación de los sistemas de garantía juvenil; pide a la Comisión que preste asistencia técnica a los Estados miembros y a las regiones para que apliquen estos sistemas y hagan buen uso del FSE con el fin de desarrollarlos; hace hincapié en que los interlocutores sectoriales de ámbito nacional, en estrecha cooperación con las autoridades locales y regionales, deben desempeñar un papel clave en la aplicación de los sistemas de garantía juvenil;

62.  Señala que los sistemas de garantía juvenil deben ir acompañados de un marco de calidad con el fin de velar por la calidad de estos sistemas y por que la educación, la formación y los puestos de trabajo ofrecidos incluyan unas condiciones de trabajo adecuadas y cumplan las normas de salud y seguridad; considera que, en este marco, todos los jóvenes deben recibir una evaluación personalizada de sus necesidades y beneficiarse de servicios a medida y personalizados;

63.  Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de establecer una vigilancia multilateral de la aplicación de los sistemas de garantía juvenil a través del «Comité de Empleo» y pide que sea asociado a la misma el Parlamento Europeo;

64.  Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de proponer una Recomendación del Consejo sobre los sistemas de garantía juvenil; pide a los Estados miembros y a las regiones que promuevan la iniciativa empresarial y el empleo por cuenta propia entre los jóvenes, y que apliquen programas específicos de apoyo al desarrollo empresarial para los jóvenes;

65.  Subraya que el Consejo Europeo propuso en enero de 2012 una acción piloto para ayudar a los ocho Estados miembros con las tasas de desempleo juvenil más elevadas a reasignar parte de su dotación de los Fondos Estructurales de la UE para luchar contra el desempleo juvenil; lamenta que en mayo de 2012 la Comisión redujera significativamente las estimaciones sobre los fondos disponibles para reasignación de 82 000 millones de euros a 29 800 millones de euros, disminuyendo con ello el alcance de las acciones piloto; deplora que, hasta el momento, solamente se haya reasignado una pequeña parte de estos fondos a ayudar a jóvenes a encontrar empleo;

66.  Acoge favorablemente la propuesta de recurrir en mayor medida al Fondo Social Europeo para las medidas de empleo juvenil durante el período de programación 2014-2020; pide que el recurso a los fondos del FSE para las medidas relacionadas con los jóvenes se centre especialmente en los períodos de prácticas o aprendizaje y en la iniciativa empresarial; acoge con satisfacción la reutilización de los Fondos Estructurales no utilizados durante el período financiero 2007-2013 de la UE para hacer frente a la elevada tasa de desempleo juvenil y fomentar las pequeñas y medianas empresas;

Invertir en educación y formación

67.  Hace hincapié en la importancia de mejorar la supervisión de las capacidades en sectores y/o regiones específicos y corregir estos desajustes de capacidades lo antes posible; pide a la Comisión y a los Estados miembros que colaboren en la elaboración del Panorama de cualificaciones de la UE con el fin de presentar una sinopsis global de las necesidades de capacidades de la UE;

68.  Pide a la UE y a los Estados miembros que fomenten la cooperación y las sinergias entre el sector educativo-formativo y las empresas a fin de anticipar las necesidades de capacidades y adaptar los sistemas de educación y formación a las necesidades del mercado laboral con el objetivo de dotar a la fuerza de trabajo de las capacidades necesarias en función de los entornos laborales cambiantes y las necesidades individuales de una mano de obra que envejece, y que faciliten la transición de la educación y la formación al trabajo;

69.  Pide a los Estados miembros que prevean como prioridad inversiones en educación, formación, promoción de las competencias empresariales y aprendizaje permanente para todos los grupos de edad, no solo a través del aprendizaje formal, sino también a través del desarrollo del aprendizaje no formal e informal; advierte sobre los costes económicos y sociales a largo plazo de los recortes en los presupuestos de educación y formación, pues obstaculizan la salida de la crisis y reducen la competitividad de las economías de los Estados miembros;

70.  Señala que el aprovechamiento de las nuevas oportunidades de aprendizaje y de los conocimientos, aptitudes y capacidades adquiridos fuera de la educación formal puede desempeñar un importante papel en la mejora de la empleabilidad; subraya la importancia de la validación no formal e informal; acoge favorablemente la propuesta de Recomendación del Consejo presentada por la Comisión en la que se invita a los Estados miembros a establecer antes de 2015 sistemas de validación, vinculados al Marco Europeo de Cualificaciones, que incluyan la posibilidad de obtener una cualificación total o parcial sobre la base del aprendizaje no formal e informal;

71.  Alienta a que se aplique de manera efectiva el Marco Nacional de Cualificaciones como instrumento para fomentar el desarrollo del aprendizaje permanente; reitera su petición a la Comisión para que haga del Pasaporte Europeo de Capacidades una realidad, con el fin de garantizar la transparencia y fomentar la movilidad transfronteriza de los trabajadores;

72.  Hace hincapié en la necesidad de mejorar la calidad, la competencia y el estatuto de los profesores como condición sine qua non para lograr un sistema educativo y formativo europeo de alto rendimiento; pide a la Comisión y a los Estados miembros que dediquen los esfuerzos y los recursos necesarios a este objetivo;

Mercados laborales más flexibles, dinámicos e inclusivos y empleo de mejor calidad

73.  Cree que el objetivo de las reformas del mercado laboral debe ser aumentar la productividad y la competitividad y, al mismo tiempo, salvaguardar la calidad del empleo; pide al Consejo Europeo que preste atención a la calidad del empleo en su orientación política para 2013, en particular en relación con el acceso de los trabajadores a un conjunto básico de derechos laborales contemplados en los Tratados, y sin perjuicio de la legislación de los Estados miembros;

74.  Cree que las reformas estructurales del mercado laboral deben introducir la flexibilidad interna para mantener el empleo en épocas de perturbación económica, garantizar la calidad del empleo y la seguridad en las transiciones de empleo, establecer regímenes de prestaciones por desempleo, basados en requisitos de activación y vinculados con medidas de reinserción, que mantengan los incentivos laborales a la vez que garantizan ingresos suficientes, establecer acuerdos contractuales para luchar contra la segmentación del mercado laboral, anticipar la reestructuración económica y garantizar el acceso al aprendizaje permanente;

75.  Pide a los Estados miembros que luchen contra la existencia y la proliferación de las condiciones de trabajo precarias y el falso empleo por cuenta propia y que garanticen que las personas con contratos temporales, a tiempo parcial o autónomas disfruten de una protección social adecuada y de acceso a la formación;

76.  Pide a los Estados miembros que mejoren la legislación laboral cuando proceda y con miras a promover unas relaciones laborales estables, que respalden y creen condiciones para ofrecer una organización más flexible del trabajo junto con una cobertura de seguridad social adecuada, en especial a favor de los trabajadores de más edad y de los jóvenes, y que fomenten la movilidad voluntaria de los trabajadores mediante programas de apoyo a la movilidad;

77.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan frente a la baja participación en el mercado laboral por parte de grupos desfavorecidos, incluidas las personas pertenecientes a minorías (por ejemplo, los romaníes) y de las personas con discapacidad, y que respeten en todo momento unos salarios que permitan vivir dignamente;

78.  Pide a los Estados miembros que incrementen la cobertura y eficacia de las políticas activas del mercado laboral, en estrecha cooperación con los interlocutores sociales, apuntaladas mutuamente por incentivos de activación como, por ejemplo, programas de reinserción laboral y sistemas adecuados de prestaciones para mantener la empleabilidad, apoyar a la gente en su vuelta al empleo y preservar unas condiciones de vida dignas;

79.  Pide a los Estados miembros que anticipen los procesos de reestructuración con el objetivo de salvar puestos de trabajo, fomentar la movilidad interna y externa y minimizar los posibles efectos negativos de estos procesos; pide a los Estados miembros que apliquen de manera efectiva la legislación nacional y las directivas vigentes de la UE, como la Directiva relativa a los despidos colectivos, la Directiva relativa a los traspasos de empresas y la Directiva por la que se establece un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores, respetando debidamente el principio de subsidiariedad; considera que los fondos de la UE deberían desempeñar un importante papel para evitar, minimizar o paliar los posibles efectos negativos de los procesos de reestructuración;

80.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aseguren la aplicación eficaz de la Directiva 2000/78/CE relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación;

81.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, con el fin de profundizar en la integración del mercado laboral europeo, tomen medidas para mejorar la movilidad entre los mercados laborales y en su interior eliminando los obstáculos jurídicos y administrativos a la libertad de circulación de los trabajadores dentro de la UE, tales como las restricciones transitorias del mercado laboral impuestas a los trabajadores de Rumanía y Bulgaria, y mejorando los derechos de seguridad social y las condiciones laborales de los trabajadores que ejercen su derecho a la libre circulación; pide a los Estados miembros que aumenten su uso de EURES para que ofrecer puestos de trabajo a demandantes de empleo a través de las fronteras;

82.  Llama la atención sobre el aumento de la pobreza y el desempleo en todos los grupos de edad; pide, por consiguiente, a la Comisión y a los Estados miembros que asuman nuevos compromisos para remediar esta situación, en especial la pobreza entre quienes tienen trabajo, la pobreza entre las personas con vínculos limitados o nulos con el mercado laboral, incluidos los desempleados de larga duración de mayor edad, y la pobreza entre las personas de más edad;

83.  Pide a los Estados miembros que velen por que los efectos negativos de la consolidación fiscal en la igualdad de género, el empleo femenino y la pobreza se remedien mediante la integración de la perspectiva de género en los presupuestos nacionales, dirigiendo recomendaciones más firmes sobre el género a los Estados miembros y desglosando por género los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020 y los correspondientes objetivos nacionales;

Garantizar la calidad de los servicios públicos y luchar contra la pobreza y la exclusión social

84.  Pide a los Estados miembros que mejoren la adecuación y efectividad de los sistemas de protección social y que velen por que estos sigan actuando como amortiguadores de la pobreza y la exclusión social; señala al mismo tiempo que el modelo social europeo exige una modernización orientada a «activar estados de bienestar» que invierta en las personas y proporcione instrumentos e incentivos con miras a crear puestos de trabajo y crecimiento sostenibles, así como a evitar distorsiones sociales;

85.  Pide a los Estados miembros que apliquen estrategias de inclusión activas, presten servicios adecuados y asequibles de gran calidad y establezcan vías para un empleo de calidad a fin de prevenir la marginalización de los grupos vulnerables y de renta baja;

86.  Pide a los Estados miembros que especifiquen en sus programas nacionales de reforma cómo utilizarán los fondos de la UE en apoyo de los objetivos nacionales en materia de educación y empleo, pobreza y otros objetivos sociales que garanticen la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

87.  Pide a la UE y a los Estados miembros que velen por que todas las reformas de los sistemas de salud se centren en mejorar la calidad y garantizar la adecuación, la asequibilidad, el acceso universal y la sostenibilidad;

88.  Cree que las subvenciones a la contratación específicas para nuevas contrataciones entre los grupos desfavorecidos son una manera efectiva de aumentar su nivel de participación laboral;

89.  Pide a los Estados miembros y a la Comisión que velen por que la consolidación presupuestaria sea compatible con la dimensión social y de empleo de Europa 2020;

90.  Expresa su inquietud por la repercusión social de la crisis en la pobreza entre las mujeres; pide a la Comisión que evalúe también los efectos de la consolidación presupuestaria en la igualdad de género y el empleo femenino;

91.  Pide a los Estados miembros que desarrollen medidas para reducir la pobreza entre las personas con trabajo, por ejemplo fomentando unos niveles suficientes de participación en el mercado laboral en los hogares y facilitando el ascenso social de los trabajadores con empleos mal remunerados o precarios; pide a los Estados miembros que luchen contra la pobreza entre las personas con trabajo aplicando políticas de mercado laboral destinadas a garantizar salarios mínimos que permitan vivir a los trabajadores;

92.  Pide a la Comisión que comparezca ante las comisiones parlamentarias competentes para presentar el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento cada año a primeros de noviembre y por primera vez el 4 o el 5 de noviembre de 2013, a fin de dejar tiempo suficiente al Parlamento para que exponga su posición en los sucesivos semestres europeos;

Necesidad de redoblar los esfuerzos para mejorar la gobernanza, el compromiso y la legitimidad democrática

93.  Pide al Consejo Europeo y a los Estados miembros que velen por la participación plena de los Parlamentos nacionales y regionales, los agentes sociales, las autoridades públicas y la sociedad civil en el diseño, la aplicación y el seguimiento de la orientación política en el marco de la Estrategia Europa 2020 y el procedimiento de gobernanza económica para asegurar la apropiación;

94.  Pide al Consejo Europeo y a la Comisión que integren más eficazmente el seguimiento y la evaluación de los objetivos en materia de empleo, sociales y de educación de la Estrategia Europa 2020 en el Semestre Europeo 2013;

95.  Reitera su llamamiento a favor de una mayor legitimidad democrática para el Semestre Europeo; pide al Consejo Europeo que tenga en cuenta las preocupaciones y propuestas expresadas por el Parlamento Europeo a la hora de adoptar la orientación política para 2013;

96.  Pide la participación adecuada del Parlamento en el Semestre Europeo, a fin de representar los intereses de los ciudadanos e incrementar así la legitimidad de las políticas sociales que deben aplicar los Estados miembros;

97.  Desea que se refuerce la participación de los Parlamentos nacionales en el proceso de formulación de políticas económicas y sociales en el marco del Semestre Europeo, con el fin de aumentar la legitimidad de las decisiones adoptadas;

98.  Pide la participación de los interlocutores sociales y la sociedad civil para hacer más adecuadas y eficaces las políticas sociales;

o
o   o

99.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0408.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0542.
(3) DO C 308 E de 20.10.2011, p. 116.
(4) DO L 308 de 24.11.2010, p. 46.
(5) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0260.
(6) Véase la corrección de errores de 26 de noviembre de 2010.
(7) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0466.
(8) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0495.
(9) DO L 307 de 18.11.2008, p. 11.
(10) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0224.
(11) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0230.
(12) DO C 351 E de 2.12.2011, p. 29.
(13) DO C 308 E de 20.10.2011, p. 6.
(14) DO L 303 de 2.12.2000, p. 16.
(15) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0419.
(16) DO L 175 de 10.7.1999, p. 43.
(17) DO L 14 de 20.1.1998, p. 9.


ANEXO

RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS QUE DEBE ADOPTAR EL CONSEJO EUROPEO EN SU ORIENTACIÓN POLÍTICA

Objetivos de Europa 2020

Recomendación 1: Cumplimiento de los objetivos de Europa 2020

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Cumplir todos los objetivos de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

Los compromisos previstos en los programas nacionales de reforma de 2013 deben ser suficientes para alcanzar los objetivos de Europa 2020.

Los Estados miembros deberían asignar de manera más eficaz sus presupuestos nacionales para cumplir los objetivos de la Estrategia Europa 2020.

Garantizar que se destine un nivel suficiente de fondos de la UE al cumplimiento de los objetivos de Europa 2020.

Creación de empleo a través de reformas estructurales e inversiones orientadas al crecimiento

Recomendación 2.1: Planes naciones de empleo

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Los Estados miembros deberían presentar un Plan Nacional de Empleo (PNE) en el marco de sus Planes Nacionales de Reforma para 2013.

Los PNE deben incluir:

   medidas integrales para la creación de empleo y el empleo ecológico, especialmente en sectores con un potencial elevado de creación de empleo;
   un vínculo entre políticas de empleo e instrumentos financieros;
   reformas del mercado laboral, si procede;
   políticas activas de mercado laboral destinadas a jóvenes desempleados, desempleados de larga duración y otros grupos vulnerables;
   un calendario claro para la puesta en práctica de la agenda de reforma plurianual a lo largo de los próximos doce meses y una indicación de los ámbitos y las regiones que sufren carencias o excedentes de especialización.

Recomendación 2.2: Reformas de la fiscalidad laboral

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Los Estados miembros deberían llevar a cabo reformas de la fiscalidad laboral que incentiven el empleo.

Los Estados miembros deberían considerar la reducción de la fiscalidad sobre el trabajo, en especial reducciones temporales específicas de las cotizaciones a la seguridad social o medidas de empleo subvencionado para nuevas contrataciones, sobre todo de trabajadores poco cualificados y con salarios bajos, desempleados de larga duración y otros grupos vulnerables, velando al mismo tiempo por la sostenibilidad a largo plazo de los sistemas públicos de pensiones.

Recomendación 2.3: Lucha contra el trabajo no declarado

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Regularizar el trabajo informal y no declarado, entre otras medidas, mediante el aumento de la capacidad de las inspecciones de trabajo.

Recomendación 2.4: Sistemas de fijación de salarios

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Modernizar los sistemas de fijación de salarios ‐en el marco del diálogo social y con la participación activa de los interlocutores sociales, respetando la diversidad de los modelos nacionales de relaciones laborales‐ para ajustar los salarios a la evolución de la productividad dentro de los límites de unos salarios que permitan vivir dignamente.

Recomendación 2.5: Reformas para garantizar la sostenibilidad de los sistemas de pensiones

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Llevar a cabo las reformas necesarias para garantizar la sostenibilidad de los sistemas de pensiones basándose en lo siguiente:

-  La edad de jubilación podría evaluarse en función de la evolución de la esperanza de vida con buena salud.

-  Aumento de la edad de jubilación efectiva mediante la mejora de las condiciones laborales, la reducción de la salida anticipada del mercado laboral (por ejemplo estableciendo medidas de ventajas fiscales que ofrezcan incentivos para trabajar durante más tiempo) y permitiendo a los trabajadores realizar transiciones flexibles del trabajo a la jubilación.

-  Las políticas que aumenten las oportunidades de empleo para los trabajadores de edad, faciliten el acceso al aprendizaje permanente y el envejecimiento activo saludable deben constituir el núcleo de las reformas de los sistemas de pensiones, con el fin de evitar periodos más largos de desempleo para los trabajadores de más edad.

Recomendación 2.6: Inversiones orientadas al crecimiento

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Los programas de austeridad no deben entorpecer las medidas de creación de empleo ni las políticas de estimulación del crecimiento, ni comprometer la protección social.

Los Estados miembros deberían dar prioridad a las inversiones en educación, aprendizaje permanente, investigación e innovación y eficiencia energética orientadas al crecimiento.

Recomendación 2.7: Explotación del potencial de creación de empleo de sectores fundamentales como la economía ecológica, la atención sanitaria y social y las TIC

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

La Comisión y los Estados miembros deben respaldar las iniciativas e inversiones que faciliten el desarrollo de los sectores con un gran potencial de creación de empleo, como las industrias innovadoras, los servicios, la atención sanitaria y social y las TIC.

La Comisión y los Estados miembros deberían anticipar las necesidades de capacidades en estos sectores y las inversiones en educación y formación para proporcionar estas capacidades y favorecer la adaptación de los trabajadores, en especial los trabajadores poco cualificados y de edad.

Recomendación 2.8: Reformas estructurales para fomentar la creación de empleo entre las mujeres

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Aplicar la integración de la perspectiva de género en la orientación política que debe aprobar el Consejo Europeo.

Adoptar medidas necesarias para fomentar una mayor tasa de empleo femenino como, por ejemplo, unos servicios asequibles de asistencia y cuidado infantil, regímenes de baja por maternidad y paternidad y permiso parental adecuados y flexibilidad en el horario y el lugar de trabajo.

Recomendación 2.9: Plena realización del mercado único

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

La Comisión y el Consejo Europeo deberían intensificar sus esfuerzos para mejorar el mercado único, fomentar la economía digital y centrarse en la regulación inteligente para reducir la burocracia innecesaria. El Acta del Mercado Único II debe aplicarse sin demora.

Las recomendaciones específicas de la Comisión para cada país deben ofrecer a los Estados miembros también soluciones más prácticas para mejorar el funcionamiento del mercado único, con objeto de suscitar un respaldo público y un compromiso político más sólidos para impulsar la realización del mercado único.

Recomendación 2.10: Mejora del entorno para las empresas, en especial las PYME

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Los Estados miembros deberían adoptar las medidas legislativas y administrativas necesarias para mejorar el marco de actividad empresarial, en especial de las PYME.

La Comisión y los Estados miembros deberían dar absoluta prioridad al acceso de las PYME a la financiación en sus programas políticos.

Los Estados miembros deberían promover y apoyar la iniciativa empresarial, incluido el emprendimiento social, y las empresas de nueva creación, en particular a través de programas de desarrollo empresarial y acceso a la financiación.

Recomendación 2.11: Movilización plena de los fondos de la UE

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Los Estados miembros deberían hacer pleno uso de los Fondos Estructurales con el fin de aumentar la empleabilidad, combatir el desempleo estructural y de larga duración de forma eficaz y cumplir los objetivos de Europa 2020.

Pide a la Comisión que estudie formas de incrementar el porcentaje de cofinanciación de los Fondos Estructurales en el caso de aquellos Estados miembros que registran las mayores tasas de desempleo, para ayudarles a compensar el limitado margen de maniobra de que disponen sus políticas nacionales y a financiar políticas activas del mercado laboral. Solicita asimismo a la Comisión que valore la posibilidad de buscar fondos adicionales para dicho fin en otras fuentes de financiación.

Pide que se destine como mínimo el 25 % de los fondos de cohesión al FSE para el periodo de programación 2014-2020.

Empleo juvenil

Recomendación 3.1: El empleo juvenil como prioridad

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

El Consejo Europeo debe dar prioridad al desempleo juvenil en su orientación política para 2013. Los Estados miembros deben presentar planes de empleo juvenil en el marco de los programas nacionales de empleo, y la Comisión Europea debe supervisar los objetivos políticos de dichos planes.

Entre las medidas de lucha contra el desempleo juvenil deberían incluirse:

   - Medidas activas de mercado de trabajo específicas.

-  Los Estados miembros y las regiones deberían implantar sistemas de garantía juvenil, en estrecha colaboración con los interlocutores sociales, con el objetivo de que todos los jóvenes de la UE menores de 25 años reciban una oferta de empleo o de formación continua de buena calidad, una oferta para un puesto de aprendizaje o un periodo de prácticas en un plazo de cuatro meses tras quedarse sin empleo o tras haber terminado la educación formal. La financiación de la Unión, especialmente el FSE, debe desempeñar un papel clave en la financiación de estos sistemas.

   - Medidas que remedien los desajustes de capacidades en el mercado laboral, en particular evitando el abandono prematuro de la escuela o de los programas de aprendizaje y garantizando que los sistemas educativos y formativos doten a los jóvenes de capacidades pertinentes de una forma eficiente.
   - Marcos que aseguren la transición de la educación y la formación al trabajo.
   - Promoción del emprendimiento y el empleo por cuenta propia y aplicación de programas específicos de apoyo al desarrollo empresarial para jóvenes.

Recomendación 3.2: Jóvenes que no trabajan, ni estudian ni se forman

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Los Estados miembros, con la ayuda de las instituciones europeas, deberían elaborar estrategias integrales para los jóvenes que no trabajan, ni estudian, ni reciben formación alguna.

Los Estados miembros y las regiones deberían promover y desarrollar una garantía juvenil, en estrecha colaboración con los interlocutores sociales, con el objetivo de ofrecer a todos los jóvenes de la UE menores de 25 años un puesto de trabajo, un puesto de aprendizaje, formación adicional o una combinación de trabajo y formación tras un período máximo de desempleo de cuatro meses.

La Comisión debería prestar asistencia técnica a los Estados miembros y las regiones para que hagan un buen uso del FSE en la elaboración de los programas de garantía juvenil.

Recomendación 3.3: mayor uso de los fondos de la UE para luchar contra el desempleo juvenil

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Hacer un mayor uso del Fondo Social Europeo para las medidas de empleo juvenil durante el período de programación 2014-2020.

Centrar el uso de los fondos del FSE en las medidas relacionadas con los jóvenes, especialmente en los períodos de prácticas o aprendizaje y en la iniciativa empresarial.

Invertir en educación y formación

Recomendación 4.1: Corregir los desajustes de capacidades

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Observar mejor las necesidades de capacidades en sectores y/o regiones específicos y corregir rápidamente los desajustes de capacidades.

La Comisión y a los Estados miembros deberían colaborar en la elaboración del Panorama de Cualificaciones de la UE, con el fin de presentar una sinopsis global de las necesidades de capacidades de la UE.

Fomentar la cooperación y las sinergias entre el sector educativo y formativo y las empresas a fin de anticipar las necesidades de capacidades y adaptar los sistemas de educación y formación a las necesidades del mercado laboral, con el objetivo de dotar a la fuerza de trabajo de las capacidades necesarias y facilitar la transición de la educación y la formación al trabajo.

Promover el acceso de todos los grupos de edad al aprendizaje permanente, no solo a través del aprendizaje formal, sino también a través del desarrollo del aprendizaje no formal e informal.

Establecer antes de 2015 un sistema de validación del aprendizaje no formal e informal vinculado al Marco Europeo de Cualificaciones.

Aplicar de manera efectiva el Marco Nacional de Cualificaciones y hacer del Pasaporte Europeo de Capacidades una realidad.

Recomendación 4.2: Invertir en educación y formación

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Garantizar una inversión eficiente en educación y formación mientras continúa la consolidación de las finanzas públicas.

Adoptar medidas y recursos para mejorar la calidad, la competencia y el estatuto de los profesores.

Mercados más flexibles, dinámicos e inclusivos y empleo de mayor calidad

Recomendación 5.1: Reformas de la fiscalidad laboral

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Promover reformas estructurales del mercado laboral para aumentar la productividad y eficiencia de la mano de obra con el fin de mejorar la competitividad de la economía de la UE y garantizar el crecimiento sostenible y la creación de empleo.

Las reformas del mercado laboral deberían basarse en:

   - La introducción de flexibilidad interna, junto con el nivel adecuado de seguridad social, con el objetivo de mantener el empleo en épocas de dificultades económicas.
   - La creación de las condiciones necesarias para combinar el trabajo y las responsabilidades de asistencia a personas dependientes.
   - La facilitación de transiciones positivas y seguras de un puesto de trabajo a otro y del desempleo al empleo.
   - Regímenes de prestaciones por desempleo basados en estrictos requisitos de activación y vinculados a políticas laborales activas y eficaces que mantengan los incentivos laborales y garanticen al mismo tiempo ingresos suficientes.
   - Estricto respecto de los derechos laborales y sociales de los trabajadores.
   - Combatir la segmentación del mercado laboral y el trabajo precario.
   - Reforzar la coordinación del diálogo social al nivel de la UE.
   - Anticipación de la reestructuración económica.
   - Garantía de acceso al aprendizaje permanente.
   - Remedio del bajo nivel de participación laboral de grupos desfavorecidos, como las personas pertenecientes a minorías (por ejemplo, la comunidad romaní) y las personas con discapacidad.
   - Aumento de la oferta de mano de obra mejorando la concordancia de la situación geográfica y las capacidades con las necesidades del mercado laboral.
   - Incremento de la cobertura y la eficacia de las políticas activas del mercado laboral, en estrecha cooperación con los interlocutores sociales, apuntaladas mutuamente por políticas activas del mercado laboral como programas de reinserción laboral y sistemas adecuados de prestaciones para mantener la empleabilidad, apoyar a quienes vuelven al empleo y preservar unas condiciones de vida dignas.
   - Mejora de la legislación laboral y apoyo y creación de las condiciones para una organización más flexible del trabajo, en especial para los trabajadores de más edad y los jóvenes.

Recomendación 5.2: Fomento de la movilidad de los trabajadores

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Adoptar políticas y medidas para fomentar la movilidad entre y dentro de los mercados laborales, por ejemplos mediante programas de apoyo a la movilidad.

Eliminar los obstáculos jurídicos y administrativos y mejorar las condiciones laborales y la seguridad social para apoyar la libertad de circulación de los trabajadores dentro de la UE con el fin de profundizar la integración del mercado laboral europeo.

Los Estados miembros deberían aumentar el uso de EURES para mejorar la correspondencia entre los puestos de trabajo y los demandantes de empleo a través de las fronteras.

Recomendación 5.3: Calidad del empleo

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

El Consejo Europeo debería prestar atención a la calidad del empleo en su orientación política para 2013, en particular en relación con el acceso de los trabajadores a un conjunto básico de derechos laborales contemplados en los Tratados, y sin perjuicio de la legislación de los Estados miembros.

Garantizar que las reformas en los mercados laborales se lleven a cabo de forma que se fomente la calidad del empleo.

Luchar contra la existencia y la proliferación de las condiciones de trabajo precarias y el falso empleo por cuenta propia falsa y garantizar que las personas con contratos temporales, a tiempo parcial o autónomas disfruten de una protección social adecuada y de acceso a la formación.

Garantizar la aplicación eficaz de la Directiva 2000/78/CE relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.

Garantizar la calidad de los servicios públicos y luchar contra la pobreza y la exclusión social

Recomendación 6.1: Garantizar la calidad de los servicios públicos

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Garantizar que la consolidación presupuestaria es compatible con la dimensión social y de empleo de Europa 2020 y no dificulta la prestación de servicios públicos de alta calidad.

Las reformas de los sistemas de salud deberían centrarse en mejorar la calidad y garantizar la adecuación, la asequibilidad, el acceso universal y la sostenibilidad.

Recomendación 6.2: Luchar contra la pobreza y fomentar la inclusión social

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

El Consejo Europeo debería convertir en una prioridad de su orientación política la lucha contra la pobreza y el desempleo entre todos los grupos de edad, en especial la pobreza de la población ocupada, la pobreza entre las personas con vínculos limitados o nulos con el mercado laboral y la pobreza entre las personas de edad.

Mejorar la adecuación y efectividad de los sistemas de protección social y velar por que estos sigan actuando como amortiguadores de la pobreza y la exclusión social.

Aplicar estrategias de inclusión social activa, servicios asequibles de gran calidad y vías para un empleo de calidad a fin de prevenir la marginalización de los grupos vulnerables y de renta baja.

La Comisión debería evaluar los efectos de la consolidación presupuestaria en la igualdad de género y el empleo femenino.

Garantizar que los efectos negativos de la consolidación fiscal sobre la igualdad de género, el empleo femenino y la pobreza se contrarrestan mediante la adopción de un enfoque de integración de la perspectiva de género en los presupuestos nacionales, dirigiendo a los Estados miembros recomendaciones más sólidas relativas al género, y separando por géneros los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020 y los correspondientes objetivos nacionales.

Elaborar políticas y medidas destinadas a reducir la pobreza de la población ocupada, por ejemplo fomentando niveles de participación laboral suficientes en los hogares y facilitando el ascenso de aquellos que desempeñan trabajos precarios o mal remunerados.

Los Estados miembros deberían luchar contra la pobreza de la población ocupada aplicando políticas del mercado laboral destinadas a garantizar salarios mínimos que permitan vivir a los trabajadores.

Los Estados miembros deberían considerar la introducción de subvenciones a la contratación específicas para las nuevas contrataciones entre los grupos desfavorecidos.

Los Estados miembros deberían especificar en sus programas nacionales de reforma cómo utilizarán los fondos de la UE en apoyo de los objetivos nacionales en materia de educación y empleo, pobreza y otros objetivos sociales que garanticen la consecución de los objetivos en el marco de la Estrategia Europa 2020.

Consolidación presupuestaria proporcionada y diferenciada favorable al desarrollo, unida a una garantía de recuperación económica y de creación de empleo

Recomendación 7: Consolidación presupuestaria proporcionada y diferenciada favorable al desarrollo, unida a una garantía de recuperación económica y de creación de empleo

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Aplicar programas de consolidación presupuestaria para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, de una manera proporcionada, favorable al crecimiento y diferenciada, permitiendo la inversión para lograr los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y haciendo pleno uso de la flexibilidad que prevé el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Revisar sus multiplicadores fiscales para evitar que se subestime sistemáticamente el efecto de la consolidación fiscal sobre el crecimiento y la creación de empleo en un contexto de recesión económica.

Revisar el ritmo de la consolidación con el fin de diferenciar entre los países en función de su margen presupuestario, con el fin de evitar posibles efectos negativos en el crecimiento y el empleo y garantizar la sostenibilidad de la deuda.

Velar por la coherencia entre las diferentes prioridades de su orientación política, de forma que la consolidación presupuestaria no comprometa el potencial de crecimiento sostenible y creación de empleo, aumente la pobreza y la exclusión social o impida prestar servicios públicos de calidad.

Alcanzar una plena coherencia entre la consolidación presupuestaria y las medidas propuestas de reforma económica, por un lado, y la reducción de la pobreza y el aumento de la tasa de empleo por otro.

Necesidad de redoblar los esfuerzos para mejorar la gobernanza, el compromiso y la legitimidad democrática

Recomendación 8: Aumentar la legitimidad democrática del Semestre Europeo

El Parlamento Europeo considera que la orientación política anual que debe adoptar el Consejo de la Unión Europea con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento debería tener como objetivo lo siguiente:

Velar por que los Parlamentos nacionales y regionales, los agentes sociales, las autoridades públicas y la sociedad civil participen a fondo en el diseño, la aplicación y el seguimiento de la orientación política en el marco de la Estrategia Europa 2020 y el procedimiento de gobernanza económica para asegurar la identificación con ella.

El Parlamento Europeo debería participar de forma conveniente en el Semestre Europeo.

El Consejo Europeo debería tener en cuenta las preocupaciones y propuestas expresadas por el Parlamento Europeo a la hora de adoptar la orientación política para 2013.

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