El poder legislativo 

¿Cómo funciona el proceso legislativo?

El Parlamento Europeo desempeña un papel esencial en la toma de decisiones de la UE como uno de los dos colegisladores de la UE junto con el Consejo.

La gran mayoría de las leyes europeas son adoptadas conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, a propuesta de la Comisión Europea. El procedimiento se conoce como procedimiento legislativo ordinario o codecisión.

En algunos casos, los Tratados europeos prevén procedimientos legislativos especiales, como la consulta y la aprobación, en los que el Parlamento no está en condiciones de igualdad con el Consejo, al contrario de lo que sucede en el procedimiento legislativo ordinario.

El trabajo del Parlamento sobre un texto legislativo comienza cuando recibe una propuesta de la Comisión Europea, que es la institución que inicia la legislación. La propuesta se remite a una comisión y se asigna a un miembro del Parlamento Europeo para que elabore un informe. Este diputado o diputada recibe el nombre de ponente. Cuando la legislación aborda temas amplios, pueden nombrarse coponentes de distintas comisiones.

Tras los debates entre los representantes de los grupos políticos y las consultas en busca de un compromiso, la comisión parlamentaria vota el proyecto de informe y, probablemente, lo modifica. Cuando el texto ha sido revisado y aprobado en sesión plenaria, el Parlamento ha adoptado su posición.

El procedimiento legislativo ordinario 

El procedimiento legislativo ordinario otorga los mismos poderes legislativos al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea en ámbitos muy diversos (por ejemplo, gobernanza económica, inmigración, energía, transporte, medio ambiente y protección de los consumidores).

El procedimiento se introdujo con el término de codecisión en el Tratado de Maastricht (1992), y se amplió y se hizo más eficaz con el Tratado de Ámsterdam (1999).

Con el Tratado de Lisboa (2009), este procedimiento, que pasa a llamarse procedimiento legislativo ordinario, se convirtió en el principal procedimiento legislativo del sistema decisorio de la UE.

De acuerdo al procedimiento legislativo ordinario, un texto legislativo puede someterse a un máximo de tres lecturas en el Parlamento, y sólo puede entrar en vigor si el Parlamento y el Consejo llegan a un acuerdo sobre la redacción final.

Este procedimiento garantiza que los diputados al Parlamento Europeo, como representantes directamente elegidos por los europeos, tengan el poder de configurar las normas y dirigir las políticas de la UE en consonancia con las expectativas de sus votantes.

Procedimientos legislativos especiales

Al principio, el Tratado de Roma de 1957 otorgaba al Parlamento Europeo un papel consultivo en el proceso legislativo; la Comisión proponía y el Consejo adoptaba la legislación.

La introducción de la codecisión y la progresiva ampliación de las prerrogativas del Parlamento con las posteriores modificaciones de los Tratados hicieron que algunos de los procedimientos legislativos que se utilizaban ampliamente en el pasado se apliquen ahora a un número limitado de casos.

Consulta

En el marco de la consulta, el Parlamento Europeo puede aprobar o rechazar una propuesta legislativa o proponer enmiendas a la misma.

El Consejo no está obligado jurídicamente a seguir el dictamen emitido por el Parlamento, pero, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, no debe tomar una decisión si no dispone de dicho dictamen.

En la actualidad, este procedimiento se aplica a ámbitos legislativos como las exenciones del mercado interior y la legislación sobre competencia.

Aprobación

En algunos casos, el Tratado de la Unión Europea o el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea estipulan que el Parlamento Europeo tiene que dar su aprobación para la conclusión de un procedimiento.

Esto significa que el Parlamento puede aprobar o rechazar un acto propuesto, pero no puede modificarlo. Si el Parlamento no da su aprobación, el acto no puede ser adoptado por el Consejo.

La aprobación del Parlamento es necesaria cuando se adopta un nuevo acto legislativo en materia de lucha contra la discriminación.

Lo mismo ocurre cuando el Consejo adopta medidas en ámbitos en los que no se han otorgado explícitamente competencias a la UE, pero que son necesarias para alcanzar los objetivos fijados en los Tratados europeos; es lo que se conoce como cláusula de flexibilidad en virtud del artículo 352 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El procedimiento de aprobación, conocido anteriormente como procedimiento de dictamen conforme, se aplica también para otros fines además de la adopción de legislación. El Parlamento Europeo da su aprobación a los acuerdos internacionales negociados por la Unión Europea, los acuerdos relativos a la adhesión o la retirada de un país de la UE.

Además, el Parlamento debe dar su aprobación a las decisiones del Consejo en virtud del artículo 7 del Tratado de la Unión Europea que puedan determinar que un país de la UE corre el riesgo de vulnerar gravemente los valores de la UE o ya los está vulnerando de forma grave y persistente.

Actos de ejecución y actos delegados

Cuando el Parlamento Europeo y el Consejo adoptan un acto legislativo, pueden otorgar a la Comisión poderes para adoptar actos no legislativos relacionados con el mismo.

Existen dos tipos de actos no legislativos:

  • actos de ejecución: cuando la Comisión pretende crear las condiciones uniformes de aplicación del acto legislativo en todos los países de la UE.
  • actos delegados: cuando la Comisión está autorizada a completar o modificar algunos elementos no esenciales del acto legislativo.

Actos de ejecución

Los actos de ejecución se presentan a comités de expertos de los países de la UE y se transmiten, para información o control, al Parlamento Europeo. A propuesta de su comisión parlamentaria competente en la materia, el Parlamento puede oponerse, al declarar que el proyecto de medida de ejecución excede las competencias establecidas en el acto jurídico del que se trate, o no es coherente con la legislación de la UE en otros aspectos. El Parlamento puede pedir a la Comisión que retire o modifique las medidas o que presente una nueva propuesta con arreglo al procedimiento legislativo adecuado.

Actos delegados

Los actos delegados suelen utilizarse cuando algunos elementos del acto legislativo deben adaptarse periódicamente para que tengan en cuenta el progreso técnico o científico. En la práctica, el Parlamento y el Consejo delegan algunas de sus competencias como colegisladores, con el fin de que las decisiones se adopten de forma rápida y eficaz.

De conformidad con lo dispuesto en el acto legislativo, el Parlamento o el Consejo pueden decidir formular objeciones a un acto delegado en un plazo determinado (generalmente dos meses) a partir de la recepción de la notificación.
notificación. En tal caso, el acto delegado no podrá entrar en vigor.

El Parlamento Europeo o el Consejo también pueden decidir revocar la delegación de poderes a la Comisión.

¿Tiene el Parlamento Europeo derecho de iniciativa legislativa?

El derecho de iniciar legislación a nivel de la UE está reservado casi en su totalidad a la Comisión Europea.. Sin embargo, el artículo 225 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea otorga al Parlamento el derecho de invitar a la Comisión a presentar una propuesta legislativa sobre un tema determinado.

En virtud de un acuerdo alcanzado por el Parlamento y la Comisión, ésta se ha comprometido a responder a dicha solicitud en un plazo de tres meses. Si la Comisión decide no proponer legislación tras la solicitud del Parlamento, debe justificar su posición ante éste.

En el Parlamento, la invitación a proponer nueva legislación puede ser presentada por la comisión competente en la materia o por uno o varios diputados. La comisión de Presupuestos puede emitir una opinión sobre las implicaciones financieras de la propuesta.

Programación anual y plurianual

Según el artículo 17 del Tratado de la Unión Europea, la Comisión inicia la programación anual y plurianual de la UE. Para alcanzar este objetivo, la Comisión elabora su programa de trabajo.

El Parlamento Europeo coopera con la Comisión en el proceso de elaboración del programa de trabajo de la Comisión y ésta debe tener en cuenta las prioridades formuladas por el Parlamento en esa fase. Tras la adopción del programa por la Comisión, el Parlamento, el Consejo y la Comisión mantienen conversaciones y acuerdan una declaración conjunta que establece los objetivos y prioridades de la UE.

La cooperación detallada entre el Parlamento y la Comisión en relación con el programa de trabajo de la Comisión se establece en el Acuerdo Marco sobre las relaciones entre las dos instituciones.