INFORME sobre una nueva estrategia para las zonas de montaña

16 de octubre de 1998

Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
Ponente: Giacomo Santini

Mediante carta de 4 de febrero de 1998, la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural solicitó autorización para presentar un informe sobre una nueva estrategia para las zonas de montaña.

En la sesión de 13 de marzo de 1998 el Presidente del Parlamento Europeo comunicó que la Conferencia de Presidentes había autorizado a la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural la elaboración de un informe sobre este tema y que se había consultado para opinión a la Comisión de Política Regional.

En la reunión del 22 de enero de 1998, la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural había designado ponente al Sr. Giacomo Santini.

En las reuniones de los días 22/23 y 28/29 de septiembre de 1998, la comisión examinó el proyecto de informe.

En la última de estas reuniones, la comisión aprobó la propuesta de resolución por unanimidad.

Participaron en la votación los diputados: Colino Salamanca, presidente; Santini, ponente; Anttila, Cabezón Alonso (suplente de Campos), Chesa, Filippi, Garot, Goepel, Iversen, Jové Peres, Kofoed, Philippe-Armand Martin, Mulder, Otila (suplente de Trakatellis), Poisson (suplente de Hyland), Redondo Jiménez, Rosado Fernandes, Sonneveld y Virgin (suplente de Sturdy).

La Comisión de Política Regional decidió no emitir opinión.

El informe se presentó el 16 de octubre de 1998.

El plazo de presentación de enmiendas a este informe se comunicará en el Pleno.

A. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Resolución sobre una nueva estrategia para las zonas de montaña

El Parlamento Europeo,

- Visto el artículo 148 de su Reglamento,

- Visto el estudio elaborado por encargo de la Dirección General de Estudios sobre "Regiones de montaña en la UE: problemas, repercusión de las medidas y adaptaciones necesarias",

- Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A4-0368/98),

A. Considerando que las zonas de montaña representan aproximadamente el 20% de la superficie agrícola útil de la Unión Europea,

B. Considerando que en dichas zonas la actividad agrícola se ve en gran parte limitada por numerosos factores como la altitud, la inclinación de los terrenos, la escasa fertilidad del suelo, la baja densidad de población y la fragmentación de la estructura de la propiedad,

C. Considerando que se plantea un problema similar en las zonas áridas y semiáridas, por la pluviometría escasa e irregular, y en las zonas árticas, por la corta duración del período vegetativo y por su clima extremado,

D. Considerando que, a causa de los obstáculos geomorfológicos, se ven muy dificultados las comunicaciones y los transportes, con el agravante de la distancia de los centros habitados y de los mercados,

E. Considerando el riesgo de despoblación progresiva, a causa del envejecimiento de la población de la montaña y del escaso atractivo para los jóvenes que quisieran instalarse en ella, ven desilusionados por las duras condiciones de vida, por el aislamiento y por las insuficientes perspectivas de ingresos,

F. Considerando que las zonas de montaña y las zonas áridas y semiáridas constituyen un patrimonio insustituible de recursos vitales para toda la Unión al tiempo que garantizan la salvaguardia de las aguas, de los bosques, de especies y hábitats raros, de espacios de quietud y de actividades para el tiempo libre,

G. Considerando, por lo tanto, que dichas zonas, por su especificidad e importancia ambiental y social, no pueden asimilarse a las demás zonas rurales, sino que exigen una estrategia de intervención especial, adecuada a sus necesidades; considerando que, en este sentido, es necesario estructurar de manera flexible el conjunto de medidas para las zonas desfavorecidas,

H. Considerando que, en el contexto de los acuerdos sobre transporte transfronterizo, para las zonas de montaña y particularmente para los valles alpinos se examinó la posibilidad de introducir una cláusula específica para el reconocimiento de su condición de zonas "sensibles" desde el punto de vista medioambiental,

I. Considerando que los servicios prestados a la colectividad por las comunidades de montaña y, en particular, por la población agrícola, no se ven compensados de forma adecuada,

J. Considerando los riesgos que corren las pequeñas explotaciones agrícolas, que con sus propias fuerzas difícilmente pueden hacer frente a la mundialización de los mercados,

K. Considerando que estas zonas necesitan infraestructuras básicas (escuelas, carreteras, servicios sociales) para evitar la desertificación, fenómeno irreversible por la degradación inevitable de dichas zonas si quedan abandonadas y por las dificultades que entraña poner remedio a esta situación y sus costes,

L. Considerando que incluso la agricultura de las zonas de montaña y de las zonas áridas y semiáridas, por las desventajas naturales que acabamos de mencionar, ya no puede competir de manera absoluta con la agricultura de llanura,

M. Considerando que las medidas que adopten las instancias nacionales y comunitarias deberán, en el terreno económico, fomentar las iniciativas locales encaminadas a promover un desarrollo endógeno, mediante la creación y la diversificación de actividades, con producciones lo más vinculadas posible al territorio,

N. Considerando que dichas medidas deberán tender, en el sector del medio ambiente, a difundir los conocimientos necesarios y las competencias de todos los interesados hacia una gestión racional de los recursos naturales y un ordenamiento del territorio equilibrado,

O. Considerando que las indemnizaciones de compensación creadas por la Unión Europea mediante la Directiva 268/75 han tenido un efecto positivo para frenar el éxodo de la población agrícola de las zonas de montaña y las zonas áridas y semiáridas, pero que reviste carácter urgente continuar la delimitación de las zonas de montaña sobre la base de criterios comunitarios, debiendo procederse en los Estados miembros a la diferenciación interna de estas zonas en función del grado correspondiente de desfavorecimiento,

P. Considerando que en el marco de los Fondos estructurales, de las iniciativas comunitarias como LEADER y de la nueva estrategia para el desarrollo rural, es necesario prever medidas específicas para las zonas de montaña,

Q. Considerando que el examen que se está llevando actualmente a cabo mediante la Agenda 2000 puede permitir un debate fructífero, incluso sobre la problemática de las zonas de montaña, que deben encontrar una repercusión adecuada a su importancia social, económica y ecológica,

1. Pide a la Comisión Europea, en colaboración con las regiones y gobiernos interesados, que refuerce las medidas existentes en favor de las zonas de montaña y, con las adaptaciones necesarias, de las zonas áridas y semiáridas y de las zonas árticas, especialmente en los siguientes sectores:

1.1. Recabar y actualizar toda la información disponible, publicar periódicamente informes y presentar una Comunicación al Consejo y al Parlamento sobre las zonas de montaña de la Unión Europea;

1.2. Presentar un "Plan de acción comunitario" en favor de dichas zonas;

1.3. En el marco de las nuevas medidas para el desarrollo rural, prever un programa específico para las zonas de montaña, así como en el ámbito de las iniciativas para la cooperación transfronteriza;

1.4. Por lo que se refiere a la reforma de los Fondos estructurales, en especial el nuevo objetivo 2, reforzar los procedimientos de evaluación y control, delimitar exactamente, a nivel municipal o intermunicipal, las zonas beneficiarias mediante criterios de admisibilidad basados en los datos más recientes; facilitar la realización de las infraestructuras de transporte y comunicación necesarias; mejorar la intervención de la Unión a modo de compensación por los servicios ambientales que prestan a la colectividad las poblaciones de las zonas de montaña y las zonas áridas y semiáridas;

1.5 Para las empresas que operan en zonas de alto valor desde el punto de vista de la naturaleza, como los parques nacionales ubicados en zonas de montaña, prever una excepción a la normativa de la UE relativa a las ayudas estatales;

1.6. Para las zonas de montaña que no quedaran encuadradas en el futuro objetivo 2, estimular las políticas nacionales y regionales de compensación, con el apoyo de la Unión mediante acuerdos de asociación;

1.7. Por lo que se refiere a las indemnizaciones de compensación existentes en la actualidad, mantener y aumentar las mismas para mejorar su repercusión en la renta agrícola, y también para contrarrestar de manera más eficaz la tendencia a la despoblación.

1.8. Hacer asimismo más flexible el régimen de estas indemnizaciones porque el sistema actual en función de la superficie y del número de cabezas de ganado no permite una compensación adecuada con respecto a las desventajas naturales que pretenden compensarse;

1.9. Introducir o mantener, en caso de que existan, tipos diferenciados más favorables para las ayudas comunitarias a la inversión, a la transformación y a la comercialización de productos agrícolas, así como para todas las medidas de intervención estructural;

1.10. Apoyar los sistemas sostenibles de producción tradicionales, así como las razas (por ejemplo, mediante la cría de vacas de alto valor genealógico no destinadas a la reproducción en la explotación, sino a la venta a productores de leche) y variedades locales;

1.11. Estudiar la posibilidad de dejar exentos a los pequeños productores de leche de las zonas de montaña del régimen de cuotas lecheras, habida cuenta de que este tipo de producción es casi siempre el único capaz de permitir su supervivencia y se destina a la transformación en productos locales (mantequilla, queso) de gran calidad; con ello, no obstante, no debe cuestionarse el mantenimiento del régimen de cuotas lecheras en general;

1.12. Prever en el marco de la PAC fondos específicos para apoyar la producción de leche, carne y vacas reproductoras, productos que tradicionalmente representan pilares fundamentales para la agricultura de montaña, donde a menudo son las únicas fuentes de renta;

1.13. Teniendo en cuenta que la agricultura y la silvicultura prestan una contribución irrenunciable a la estabilidad ecológica de las regiones y al mantenimiento de tipos de cultivo de la tierra integrados en el entorno natural, remunerar estos servicios en mayor medida a través de programas comunitarios medioambientales, en los que debe incluirse la silvicultura, ampliar las medidas agroambientales también a la silvicultura, hacer que los municipios y las organizaciones de productores forestales de las zonas de montaña y las zonas áridas y semiáridas se beneficien de las ayudas para la prevención de los incendios forestales y la lucha contra los mismos y para la repoblación forestal sobre la base de criterios de protección del medio ambiente, de la biodiversidad y del paisaje;

1.14. Con arreglo al principio de subsidiariedad, gestionar todos los tipos de ayuda y de intervención al nivel más descentralizado posible;

1.15. En el marco de la política de transportes, del programa plurianual para el turismo y del plan de acción para la sociedad de la información, dar prioridad a las zonas de montaña para los transportes de corta distancia, especialmente para hacer competitivos a los productores de zonas aisladas que soportan los costes del transporte de sus productos a los centros de elaboración y comercialización, la planificación de las diferentes zonas de turismo, la cooperación local y la potenciación de las culturas y tradiciones locales, así como las nuevas tecnologías de la información;

1.16. Aprovechar el potencial de energía renovable de las zonas de montaña tanto de origen agrícola como forestal o eólico, mediante incentivos financieros y/o desgravaciones fiscales;

1.17. Estimular la inversión para las pequeñas unidades de producción local y la artesanía tradicional apoyando a los jóvenes empresarios mediante incentivos financieros o desgravaciones fiscales para que puedan garantizar la continuidad de la producción tradicional, la comercialización directa de productos, la creación en las proximidades de almacenes de recogida y selección de dichos productos;

1.18. Favorecer la creación en la fase final de pequeñas unidades de secado o deshidratación del forraje;

1.19. Tener en cuenta los problemas de la montaña incluso cuando se negocien las adhesiones de los países PECO, especialmente como apoyo e intervención mediante el instrumento financiero de preadhesión;

2. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo y a la Comisión.

B. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

(La exposición de motivos del presente informe se ha redactado sobre la base de las conclusiones del estudio: "Vers une politique européenne des zones de montagne- problèmes, impact des mesures et adaptations nécessaires" que se encuentra actualmente en fase de publicación en la Dirección General de Estudios del Parlamento Europeo.)

1) MARCO GENERAL

Las zonas de montaña se han revelado como un recurso para el futuro de Europa. Sin embargo, para poder aprovechar plenamente el potencial de las zonas de montaña europeas en beneficio de todo el continente, es necesario mejorar el marco de las políticas de la Unión Europea existentes en la actualidad.

Uno de los objetivos más importantes es conseguir la definición de una estrategia más clara, coherente y eficaz con el fin de fomentar un desarrollo sostenible de las zonas de montaña de la Unión Europea.

Los motivos que justifican la definición a nivel comunitario de un enfoque integrado con respecto al futuro de las zonas de montaña son los siguientes:

- el patrimonio natural y cultural común, el flujo de intercambios en los sectores del turismo y de los transportes, las infraestructuras y proyectos para los que es necesaria una cooperación transfronteriza, la migración de las zonas de montaña desfavorecidas hacia las regiones y zonas urbanas más desarrolladas exigen una acción concertada entre los Estados miembros de la Unión Europea;

- el problema de la emigración y de la despoblación sigue sin solucionarse, registrándose de hecho un agravamiento en algunas regiones de montaña de los países del Norte y del Sur de Europa, problema que tenderá a agudizarse aún más con la adhesión de nuevos Estados miembros de la Europa Central y Oriental si en dichos países no se aplica una estrategia adecuada en colaboración con la Unión Europea, lo que constituye una grave amenaza para la cohesión de la futura Unión Europea ampliada;

- las políticas europeas ya experimentan una importante repercusión en el desarrollo de las zonas de montaña (política agrícola, política ambiental, cohesión económica y social, transportes), pero son necesarias una mayor integración y coherencia, así como una mejor adaptación a la situación específica de algunas zonas de montaña, a sus necesidades y oportunidades;

- debe evaluarse mejor el potencial real de las zonas de montaña para un desarrollo sostenible, con objeto de elaborar respuestas adecuadas a los dos retos principales que se plantearán en el futuro a la Unión Europea, es decir, el medio ambiente y el empleo, y ello en el interés mutuo de las zonas urbanas y de las zonas de montaña.

La Unión Europea ha elaborado una política en favor de las zonas desfavorecidas y, en líneas generales, considera que las regiones rurales son un sector prioritario en el que deberán concentrarse en el futuro sus iniciativas. Se trata de orientaciones decisivas para el futuro de las zonas de montaña.

No obstante, las regiones de montaña deben ser objeto de una atención muy especial y de una estrategia específica a escala de la Unión Europea por motivos sociales, económicos y ambientales. No se trata en este caso de contraponer las zonas de montaña a otras categorías de regiones sensibles desde el punto de vista económico, como las zonas rurales o las zonas desfavorecidas, o desde el punto de vista ambiental, como las zonas húmedas, zonas costeras y las zonas árticas. Todas estas zonas justifican la necesidad de llevar a cabo una evaluación exhaustiva de las repercusiones de las políticas comunitarias y una adaptación de las medidas con objeto de desarrollar su potencial, proteger el medio ambiente y salvaguardar la cohesión a nivel de la Unión.

Más concretamente, no se trata de elaborar una nueva política estructural específica o una nueva política de cohesión que aplique los mismos criterios a todas las zonas de montaña, sino, más bien, adecuar los instrumentos existentes a los contextos locales con miras a la realización de la cohesión económica y social.

Los objetivos principales de una estrategia comunitaria para las zonas de montaña deberían ser los de asegurar una forma justa de compensación por los servicios ecológicos que prestan a la sociedad y de desarrollar no tanto un sistema de ayuda permanente como la capacidad de la población y de las comunidades de estas regiones de practicar ellas mismas un desarrollo sostenible, haciendo hincapié en el potencial existente para el futuro -y no sólo en las desventajas- dentro de un contexto de mayor cohesión y competitividad a nivel europeo.

Las nuevas orientaciones de la política agrícola común y de la política estructural, así como la próxima ampliación de la Unión tal y como figuran en el marco de la Agenda 2000 dejan entrever desarrollos interesantes.

Como conclusión, cabe hacer hincapié en que los problemas de las zonas de montaña se encuentran en la encrucijada de dos cuestiones fundamentales para el futuro de la UE después del año 2000, en este caso específico, el medio ambiente y el empleo. Es precisamente en torno a estas dos cuestiones que debería vertebrarse la nueva estrategia de la Unión Europea con respecto a un desarrollo sostenible de las zonas de montaña.

2) FUNDAMENTOS DE UN NUEVO ENFOQUE DE LA UNIÓN CON RESPECTO A LAS ZONAS DE MONTAÑA - LA COHESIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

Las zonas de montaña constituyen un patrimonio ambiental único para toda Europa, tanto desde el punto de vista natural como cultural. Este patrimonio ofrece recursos vitales para el bienestar socioeconómico de la Unión, recursos que deben salvaguardarse y gestionarse.

Para salvaguardar este patrimonio único, mantener los equilibrios hidrológicos y paisajísticos, la función protectora de los bosques, la biodiversidad, los espacios abiertos y la capacidad de acoger visitantes en busca de reposo, relax y ocio, resulta imprescindible mantener una población permanente autosuficiente.

Para poder conseguir medios de subsistencia suficientes en las condiciones del mundo moderno y de la mundialización, ésta debe conservar y reinventar las bases de un desarrollo sostenible. Para resultar sostenible, este desarrollo no puede sino basarse en una gestión sana de los recursos locales, naturales y humanos, y debe ser endógeno, basado en una economía respetuosa con las identidades locales que obtenga su fuerza del sentimiento de pertenencia de los individuos a una comunidad, a su historia y a su futuro y que resulte viable ofreciendo en el mercado bienes y servicios que respondan a la creciente demanda de autenticidad, calidad y belleza por parte de los consumidores. La mayor parte de la población de montaña ya se dedica al desarrollo de productos agrícolas y turísticos de calidad.

Por todo ello, será necesario compensar los servicios ecológicos prestados a la sociedad asegurando servicios básicos a la población de montaña.

Es necesario que, en reconocimiento a los servicios prestados a toda la sociedad, la población de montaña perciba una forma de compensación no aleatoria pero de carácter fijo, destinada a mantener su presencia, principalmente mediante infraestructuras y servicios básicos.

Existen medidas de compensación en favor de la agricultura de montaña, definidas en su origen para tener en cuenta las desventajas específicas de dichas zonas, hoy en día cada vez más justificadas por el reconocimiento del papel fundamental que desarrollan los agricultores en la gestión del paisaje y de los ecosistemas de montaña.

Es imprescindible el mantenimiento de una actividad agrícola, silvícola y de pastoreo y debe seguir siendo uno de los pilares de la acción comunitaria con respecto a estas zonas. Sin embargo, el problema que se plantea hoy en día es más agudo. ¿Para qué serviría mantener una actividad agrícola si ya no se puede garantizar para el resto de la población la existencia de condiciones de vida favorables a una presencia permanente?

La política de compensación, necesaria, va mucho más allá de la política agrícola y del desarrollo rural y, por principio, es lícito que implique una cooperación regional, nacional y comunitaria teniendo en cuenta el hecho de que toda la Unión puede sacar provecho de los recursos de montaña.

Por este motivo, los fundamentos de esta política comunitaria de compensación son de carácter ambiental, al margen de las consideraciones de cohesión económica y social. Se trata de la cohesión ambiental, un objetivo nuevo que debe tenerse presente a medio y largo plazo en la visión de la cohesión comunitaria. Habida cuenta de que la Unión Europea no dispone de instrumentos que respondan a este objetivo, en el futuro la solución consistirá en proponer las adaptaciones necesarias de los mecanismos existentes, sobre todo los relativos a los Fondos estructurales.

En cualquier caso, es necesario que la Unión Europea desarrolle un enfoque global, integrado y coherente con respecto a las zonas de montaña para comprender mejor la gran diversidad de éstas sin menoscabar la cohesión comunitaria, sino más bien reforzándola, a través de la cooperación y de la solidaridad entre las zonas de montaña.

3) ORIENTACIONES PRIORITARIAS

Para la elaboración de un nuevo enfoque de la Unión con respecto a las zonas de montaña, se proponen las siguientes orientaciones prioritarias:

- hacer que el territorio de las zonas de montaña sea autónomo y resulte atractivo para la población local y para las actividades económicas mediante un enfoque comunitario de compensación de los mayores costes a nivel de comunidades locales;

- proteger y potenciar el patrimonio de las zonas de montaña bajo todos sus aspectos, tanto naturales como culturales; apoyar y fomentar las bases estructurales del desarrollo sostenible de las comunidades de montaña;

- desarrollar el intercambio y la cooperación entre comunidades de montaña a nivel europeo, prioritariamente entre países de la Unión y países candidatos a la adhesión.

Para la definición de este enfoque debería procederse en tres etapas. La primera corresponde a la fase de negociación de las propuestas de la Comisión en el marco de la Agenda 2000. El objetivo es adaptar los reglamentos a las regiones de montaña, con una mejor definición de sus necesidades y de sus posibilidades, especialmente en las nuevas propuestas legislativas de la Comisión (Fondos estructurales, reforma de la PAC, instrumentos de preadhesión). Esta definición debe acompañarse de principios de modulación adecuados a cada contexto.

La segunda etapa debe ser inmediatamente posterior a esta fase para conseguir la elaboración de un documento en el que la Comisión exprese su posición sobre la realidad de las zonas de montaña. Este documento podría materializarse en forma de "Comunicación de la Comisión al Consejo sobre las zonas de montaña de la Unión", en la perspectiva de la ampliación de la propia Unión.

La tercera etapa debería conducir, sobre la base de esta comunicación, a la aprobación de un "plan de acción" transversal que plasme en términos operativos el nuevo enfoque comunitario con respecto a las zonas de montaña.

Este plan de acción se basaría en instrumentos, reglamentos y medidas destinados exclusivamente a las zonas de montaña; programas -o partes de programas que tengan en cuenta de manera específica a las zonas de montaña en el marco de las nuevas iniciativas comunitarias- especialmente cooperación transfronteriza, internacional e interregional y desarrollo rural -y de las nuevas acciones innovadoras y de asistencia técnica previstas en los Fondos estructurales para algunos sectores neurálgicos para el futuro de las zonas de montaña (turismo, telecomunicaciones, transportes, educación, formación e investigación, igualdad de oportunidades).

Las tres etapas en que se vertebra el procedimiento de definición deberían basarse en una visión global y coherente, al tiempo que pormenorizada y precisa, de los objetivos que deben conseguirse. La definición de orientaciones prioritarias -como se propone- servirá para mantener la coherencia de los principios y propuestas que podrán presentarse sobre una base más sectorial.

4) PROPUESTAS SECTORIALES

1. Información, comunicación, control y evaluación de las políticas comunitarias con respecto a las zonas de montaña

Habida cuenta de la falta de transparencia y de visibilidad de las acciones de la UE con respecto a las zonas de montaña, la falta de informaciones fácilmente disponibles para evaluar las necesidades de estas zonas, así como las repercusiones de las políticas existentes y la necesidad de reforzar el control y la evaluación de todas las políticas de la UE, se propone: recabar y elaborar la información disponible de manera que pueda disponerse de una documentación fácilmente accesible y puesta al día con regularidad; publicar en un único volumen los principales reglamentos que tienen una repercusión significativa en las zonas de montaña ("códice montaña de la UE").

2. Enfoque integrado y territorial con respecto a las zonas de montaña

Vista la experiencia adquirida en materia de desarrollo rural mediante el programa LEADER y las enseñanzas que pueden extraerse de los proyectos piloto sobre la ordenación del territorio aplicados en el marco del programa TERRA, se propone definir una estrategia encaminada a mejorar el enfoque integrado y territorial con respecto a las zonas de montaña, teniendo en cuenta las interacciones entre los diferentes niveles de toma de decisiones (integración vertical) y, en particular, organizar un seminario sobre "las zonas de montaña y la ordenación del territorio"; elaborar una "Comunicación de la Comisión al Consejo sobre las zonas de montaña de la UE", ampliando y adaptando a las zonas de montaña el método aplicado a las zonas costeras, como se presenta en la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la ordenación integrada de las zonas costeras"; definir y someter a la aprobación del Consejo, sobre la base de la Comunicación mencionada anteriormente, un "Plan de acción comunitario para las zonas de montaña", que agrupe de manera transversal un conjunto de acciones que podría conducir la Unión mediante varios reglamentos, programas e iniciativas comunitarios. Por último, sería necesario poner a punto, en el marco de la nueva iniciativa sobre el desarrollo rural, como se prevé en la Agenda 2000, un subprograma específico para las zonas de montaña, con el objetivo de aplicar el "acervo" metodológico de LEADER a todas las zonas de montaña de la UE, haciendo hincapié en cuestiones clave en materia de desarrollo sostenible de las zonas de que se trata.

3. Intercambio y cooperación de las comunidades de montaña a nivel de la Unión Europea

Vista la necesidad de que la población y las comunidades de montaña sean más activas y de permitir que puedan beneficiarse de manera más directa de las medidas en su favor, así como de tener más en cuenta las repercusiones positivas de las medidas "blandas" con respecto a las infraestructuras y a las estructuras productivas y sabiendo, por último, que es fundamental para el futuro de las zonas de montaña europeas un mayor conocimiento tecnológico mediante el intercambio de experiencias entre regiones, se propone elaborar, en el marco de la nueva iniciativa sobre la "cooperación transfronteriza, internacional e interregional", como figura en la Agenda 2000, un "subprograma" específico para las zonas de montaña, destinando, por ejemplo, en los programas futuros un porcentaje conveniente del presupuesto en favor de dichas zonas, para difundir la información y garantizar una competencia equitativa para las regiones de montaña aisladas.

4. Necesidades y potencial específico de las zonas de montaña en el marco de la política de cohesión económica y social de la UE

Habida cuenta del carácter prioritario del objetivo número 1, de la definición de un nuevo objetivo número 2 y del mantenimiento de los Fondos estructurales, se propone potenciar los procedimientos de evaluación, control, información y comunicación en la utilización de dichos fondos, con objeto de garantizar que se tenga debidamente en cuenta a las zonas de montaña, que la población de estas regiones sea consciente de las posibilidades existentes y de los resultados de las medidas aplicadas y que no se olvide la vulnerabilidad de dichas regiones en el ámbito ambiental; efectuar, en el marco del programa único aprobado para cada región, con especial referencia al objetivo número 1, una evaluación comparativa pormenorizada (ex-ante y ex-post) de las medidas aprobadas y de sus repercusiones en las zonas de montaña en el contexto regional.

5. Mejorar las formas de compensación por los servicios prestados a toda la Unión Europea por las comunidades de montaña mediante la gestión y la conservación de los recursos naturales y de los servicios locales

Con la perspectiva de proporcionar las infraestructuras y los servicios necesarios para el mantenimiento de una población suficiente, y en especial de una población joven, así como para la acogida de temporada de visitantes, lo que confiere un carácter prioritario a los servicios de transportes locales, a la educación, a la sanidad, a la información y a la comunicación, se propone reforzar a corto plazo el efecto compensador de los Fondos estructurales y del Fondo de Cohesión en las zonas admisibles.

6. Ayuda a la agricultura y a la silvicultura de montaña

Considerando los memorándum remitidos a la Comisión Europea por Austria, Francia e Italia sobre la agricultura y la silvicultura alpina, el dictamen elaborado por el Comité de las Regiones "sobre una política para la agricultura de montaña en Europa", así como el amplio consenso con respecto a estas actividades tradicionales, consideradas como los pilares de cualquier desarrollo sostenible en las zonas de montaña, se propone consolidar el apoyo a la renta de las explotaciones agrícolas con indemnizaciones de compensación; mantener (reintroducir) en el reglamento para el desarrollo rural el principio del tipo diferenciado en zonas de montaña para las ayudas a la inversión, a la industria, a la mejora técnica, a la transformación y comercialización de los productos (actividades agrícolas, de pastoreo, silvícolas y otras actividades básicas).

Asimismo sería necesario conceder una atención especial al apoyo a determinados sistemas de producción que no son objeto de medidas adecuadas, en particular, la cría de pequeños rumiantes para leche, y a los basados en razas y/o variedades locales autóctonas, desde una perspectiva de sostenibilidad; ampliar las medidas agroambientales a prácticas agrícolas, silvícolas y de pastoreo compatibles con el medio ambiente, teniendo en cuenta los elementos clave de un desarrollo sostenible para la agricultura y la silvicultura en las zonas de montaña; pasar (de manera progresiva pero rápida) a medidas incentivadoras positivas para la gestión del territorio, las producciones de calidad y los sistemas de cultivo con bajos consumos intermedios, agrupando los fondos concedidos actualmente en concepto de indemnización de compensación, por un lado, y las medidas de acompañamiento, por otro, en un único procedimiento de pago, el nuevo régimen de compensación, con suficiente transparencia y con garantías para el futuro.

Por último, debería supeditarse la ayuda al reembolso de los terrenos agrícolas a los principios de cautela y compatibilidad con el equilibrio, la apertura y mantenimiento de la calidad de los paisajes, con la protección del medio ambiente y de la biodiversidad e incluir claramente a los municipios y a las colectividades de montaña locales en la lista de beneficiarios de las ayudas previstas para las operaciones de mantenimiento de la estabilidad ecológica de los bosques, de protección y de creación de condiciones de prevención de la propagación de incendios mediante las actividades agrícolas y de pastoreo.

7. Comercialización y etiquetado de los productos y servicios de calidad en las zonas de montaña

Habida cuenta de que la comercialización de bienes y servicios claramente identificados, por ofrecer una garantía de autenticidad, constituye un medio para obtener un valor añadido aceptable en el mercado y para fomentar la confianza de la población local en su potencial de desarrollo y de exportación, reduciendo de este modo, en el futuro, la dependencia de las economías de las zonas de montaña con respecto a las políticas de cohesión, podría crearse una marca "montañas de la UE" que complete las medidas existentes de manera coherente, para fomentar la competitividad y la cooperación entre las zonas de montaña europeas para la exportación de sus productos -bienes y servicios- al mercado mundial, así como mantener normas de calidad elevadas, pero adecuadas a la realidad del contexto de producción, aplicando especialmente normas menos restrictivas a los productos de las explotaciones agrícolas.

8. Estimular el acceso a las nuevas tecnologías, a las telecomunicaciones y a los transportes para incentivar a la población, y en especial a las capas más jóvenes de la población, a permanecer in situ, a desarrollar formas de turismo respetuosas con el medio ambiente, así como a concebir, crear y atraer nuevos tipos de actividades y nuevas fuentes de ingresos.

9. Las zonas de montaña en el marco de la ampliación de la Unión

Habida cuenta de la necesidad de deber evaluar asimismo la perspectiva de la ampliación de la Unión en la aplicación del nuevo enfoque con respecto a las zonas de montaña y de la existencia de pasos adelante significativos al tener en cuenta las especificidades de las zonas de montaña en la mayor parte de los países candidatos a la adhesión, se propone definir en el marco del programa PHARE el apoyo a acciones piloto para el desarrollo sostenible e integrado en las zonas de montaña.

Por último, desde las primeras fases de las negociaciones debería definirse como prioridad el apoyo a la agricultura, a la silvicultura y al desarrollo rural en las zonas de montaña en el marco del instrumento de preadhesión agrícola, concediendo una especial atención a los servicios básicos para la población y el turismo sostenible.