INFORME sobre la Comunicación de la Comisión sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo de Ministros ACP/CE en cuanto a la liquidación de los préstamos especiales concedidos a los países pobres muy endeudados (HIPC) y menos desarrollados (PMD) de la región ACP que subsistan después de la aplicación de todos los mecanismos de alivio de la deuda de la iniciativa HIPC
(COM(2001) 210 – C5‑0394/2001 – 2001/2158(COS))

28 de febrero de 2002

Comisión de Desarrollo y Cooperación
Ponente: Mario Mantovani

Procedimiento : 2001/2158(COS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A5-0075/2002
Textos presentados :
A5-0075/2002
Debates :
Votaciones :
Textos aprobados :

PÁGINA REGLAMENTARIA

Mediante carta de 25 de abril de 2001, la Comisión transmitió al Parlamento su Comunicación sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo de Ministros ACP/CE en cuanto a la liquidación de los préstamos especiales concedidos a los países pobres muy endeudados (HIPC) y menos desarrollados (PMD) de la región ACP que subsistan después de la aplicación de todos los mecanismos de alivio de la deuda de la iniciativa HIPC (COM(2001) 210 – 2001/2158(COS)).

En la sesión del 3 de septiembre de 2001, la Presidenta del Parlamento anunció que había remitido dicha propuesta, para examen del fondo, a la Comisión de Desarrollo y Cooperación y, para opinión, a la Comisión de Presupuestos (C5‑0394/2001).

En la reunión del 26 de junio de 2001, la Comisión de Desarrollo y Cooperación había designado ponente a Mario Mantovani.

En las reuniones de los días 13 de septiembre y 10 de octubre de 2001 y 22 y 23 de enero y 21 de febrero de 2002, la comisión examinó la propuesta del Consejo y el proyecto de informe.

En la última de estas reuniones, aprobó la propuesta de resolución por unanimidad con 3 abstenciones.

Estuvieron presentes en la votación los diputados: Joaquim Miranda (presidente), Margrietus J. van den Berg (vicepresidente), Marieke Sanders-ten Holte (vicepresidenta), Anders Wijkman (vicepresidente), Mario Mantovani (ponente), Yasmine Boudjenah, Marie-Arlette Carlotti, Maria Carrilho, John Alexander Corrie, Nirj Deva, Enrico Ferri (suplente de Fernando Fernández Martín), Michael Gahler (suplente de Jürgen Zimmerling), Vitaliano Gemelli, Karin Junker, Glenys Kinnock, Bashir Khanbhai (suplente de Luigi Cesaro), Karsten Knolle, Paul A.A.J.G. Lannoye, Nelly Maes (suplente de Didier Rod), Miguel Ángel Martínez Martínez, Hans Modrow, Luisa Morgantini, Tokia Saïfi y Francisca Sauquillo Pérez del Arco.

El 1 de octubre de 2001, la Comisión de Presupuestos decidió no emitir opinión.

El informe se presentó el 28 de febrero de 2002.

El plazo de presentación de enmiendas a este informe figurará en el proyecto de orden del día del período parcial de sesiones en que se examine.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Resolución del Parlamento Europeo sobre la Comunicación de la Comisión sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo de Ministros ACP/CE en cuanto a la liquidación de los préstamos especiales concedidos a los países pobres muy endeudados (HIPC) y menos desarrollados (PMD) de la región ACP que subsistan después de la aplicación de todos los mecanismos de alivio de la deuda de la iniciativa HIPC (COM(2001) 210 – C5‑0394/2001 – 2001/2158(COS))

El Parlamento Europeo,

–   Vista la Comunicación de la Comisión (COM(2001) 210 – C5‑0394/2001[1]),

–   Visto el Acuerdo de Asociación ACP-UE, en particular su artículo 66,

–   Vista la campaña "Jubilo 2000", en particular la solicitud presentada por la Santa Sede,

–   Vista la Declaración de El Cairo y el Plan de Acción adoptados en la Cumbre África-Europa de los días 3 y 4 de abril de 2000,

–   Vista la Declaración de la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas (6-8 de septiembre de 2000),

–   Vistos la Declaración de Bruselas y el Plan de Acción adoptados por la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Desarrollados (20 de mayo de 2001),

–   Vistas las Declaraciones del G8, en particular las de Colonia (junio de 1999) y Génova (julio de 2001),

–   Vista la Decisión del Consejo de 6 de julio de 1998 relativa a una ayuda excepcional en favor de los países ACP altamente endeudados (98/453/CE),

–   Vistas las Resoluciones de la Asamblea Paritaria ACP-UE sobre la carga de la deuda en los países ACP (aprobadas el 24 de septiembre de 1998 en Bruselas),

–   Vistas sus anteriores resoluciones sobre la deuda externa de los países pobres, en particular las Resoluciones de 16 de enero de 1998[2] y de 18 de mayo de 2000[3],

–   Visto el apartado 1 del artículo 47 de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A5-0075/2002),

A.   Teniendo en cuenta que, en muchos casos, el volumen de ayuda al desarrollo recibido por algunos de los países afectados por la crisis de la deuda es inferior al volumen desembolsado para satisfacer el servicio de la deuda,

B.   Teniendo en cuenta que la mayoría de los países considerados por el FMI y el Banco Mundial países pobres muy endeudados (HIPC) son países ACP, y que la carga de la deuda en estos países constituye un importante obstáculo al desarrollo económico y social,

C.   Considerando la caída de los precios de las materias primas durante los últimos años y el hecho de que, según el Banco Mundial, la relación deuda-exportaciones pasó del 50,5% en 1975 al 236,9% en 1996,

D.   Considerando que la deuda de los HIPC ha pasado así de 147 000 millones de dólares en 1989 a 214 000 millones de dólares en 2001, lo que representa para ellos una carga insoportable,

E.   Considerando que la iniciativa HIPC es muy insuficiente para resolver este problema y que en realidad no disminuye la deuda nominal de los HIPC; constatando que sólo 23 del total de 42 países HIPC entran en consideración para este programa,

F.   Considerando que es posible que en muchos países en desarrollo aumente la pobreza, dado que los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001 han aumentado el retraso económico global preexistente y que, precisamente, las condiciones de extrema pobreza pueden provocar una vez más la desesperación,

G.   Considerando que para romper la espiral de pobreza en la que están atrapados los HIPC es esencial combatir las causas que están en el origen de los conflictos con vistas a asegurar una paz duradera y a adoptar una primera medida hacia la paz que permita utilizar de modo eficaz los recursos liberados con el alivio de la deuda, que es evidente que en situaciones de guerra o en conflictos de violencia extrema (como ocurre en Angola, Colombia, Sierra Leona y Palestina, entre otros) los planes de desarrollo se ven condenados al fracaso,

H.   Considerando que los esfuerzos realizados para aliviar más la deuda deberían incluirse en el marco de los esfuerzos globales destinados a reforzar los recursos puestos al servicio de los objetivos del desarrollo social y humano,

I.   Considerando que en la Declaración de Gotemburgo y en las Conclusiones de Laeken el Consejo reafirmó el compromiso de la UE de alcanzar el objetivo oficial de las Naciones Unidas de asignar el 0,7% del PNB a ayuda al desarrollo, y que, con miras a la celebración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la financiación al servicio del desarrollo, prevista para marzo de 2002, y la Cumbre de la Tierra (septiembre de 2002, Johannesburgo), se debería establecer un calendario preciso acompañado de las medidas necesarias para alcanzar ese objetivo,

J.   Considerando que los países del G8 destinan más de 500 000 millones al año a armamento,

K.   Considerando que el desarrollo humano es esencial como medio para que se respeten los derechos humanos, y que los derechos básicos, fundamentales y también socioeconómicos, como el derecho a la vida, el acceso universal a la educación, la salud, el empleo y el bienestar, son a su vez la base del desarrollo humano,

L.   Considerando que aunque, lamentablemente, el Parlamento no tiene competencias sobre el FED, recibe anualmente información financiera sobre el mismo y sigue siendo competente para aprobar anualmente la gestión de la Comisión en la ejecución del FED,

1.   Señala que en los últimos años se han concedido muchos préstamos a los países ACP con objeto de garantizar la financiación de la deuda y de los intereses de los préstamos existentes y no para efectuar nuevas inversiones, y que es imprescindible romper este círculo vicioso que favorece la pobreza;

2.   Acoge con satisfacción la propuesta presentada por la Comisión, que representa un complemento a las acciones emprendidas en favor de los países menos desarrollados en la línea preconizada por el Parlamento y que permitirá a los países ACP más pobres progresar en la lucha contra la pobreza;

3.   Lamenta sin embargo no haber sido consultado formalmente sobre la misma;

4.   Considera que la iniciativa HIPC reforzada, si bien reconoce el fracaso de los programas anteriores basados en estrategias puramente macroeconómicas y pretende establecer un vínculo entre el alivio de la deuda y la reducción de la pobreza (condicionamiento basado en los Documentos estratégicos relativos a la reducción de la pobreza) haciendo más flexibles los criterios de elegibilidad, es todavía insuficiente en el contexto actual de globalización de la economía;

5.   Aboga por que se apoyen esfuerzos alternativos para revisar desde la perspectiva del desarrollo humano los umbrales de sostenibilidad de la deuda;

6.   Considera que se debería acelerar el proceso de alivio de la deuda pública y profundizar en el mismo, a condición de que los gobiernos beneficiarios de los países afectados respeten los derechos humanos y los principios de buen gobierno y concedan prioridad a la erradicación de la pobreza;

7.   Hace hincapié en que la sostenibilidad a largo plazo de la deuda dependerá del mantenimiento de unas políticas económicas acertadas, de una gestión más estricta de la deuda y de la puesta a disposición de una financiación adecuada; en este sentido, y en el contexto de las diferentes iniciativas de apoyo a medio y largo plazo, los vínculos privilegiados de determinados Estados miembros, en general los países más industrializados, con algunos HIPC, podrían desempeñar un papel determinante en el seguimiento de la fase de ajuste y transición económica tras la cancelación de la deuda con miras a la progresiva integración de dichos países en la economía mundial;

8.   Opina que la mejora en la eficacia del gasto público constituye una de las formas más adecuadas para garantizar que los recursos obtenidos a través del alivio de la deuda, junto con los demás recursos y la ayuda exterior, contribuyan efectivamente a la reducción de la pobreza;

9.   Considera que los fondos adicionales que los gobiernos obtengan del alivio de la deuda deberán asignarse a proyectos sociales a través de planes concertados con los donantes y la sociedad civil contribuyendo a incrementar el gasto social en ámbitos como la educación y la atención sanitaria primaria, el problema del sida y otras medidas de reducción de la pobreza;

10.   Recomienda que la elaboración, junto con los países afectados, de los Documentos estratégicos relativos a la reducción de la pobreza constituya un proceso participativo y transparente en el que la sociedad civil esté involucrada en la determinación de las prioridades del desarrollo;

11.   Observa que los Documentos estratégicos relativos a la reducción de la pobreza proporcionan un medio para estructurar las asociaciones con los donantes, así como un marco para las intervenciones de los donantes y de otros socios, que aseguran que el apoyo exterior está adecuadamente integrado en los programas nacionales;

12.   Solicita a la Comisión y a los Estados miembros que ofrezcan asistencia técnica a los países ACP para poner a punto sistemas de gestión de la deuda, incluida la deuda interna, así como establecer mecanismos que aseguren que los dividendos procedentes del alivio de la deuda se invierten en programas de desarrollo humano a tenor del modelo creado por el PNUD (los dispositivos de cooperación nacional), sistemas que podrían servir de base para la coordinación entre los donantes y las IFM (Instituciones Financieras Multilaterales) con miras a un control del empleo de los recursos liberados;

13.   Señala que el éxito de la iniciativa en favor de los HIPC requiere la coordinación entre los diferentes donantes y los países beneficiarios y que, en la puesta en práctica de los planes de alivio de la deuda, es imprescindible el reparto equitativo de la carga de tal operación;

14.   Insta a los bancos y a las entidades financieras de los países industrializados a que proporcionen la ayuda de forma más eficaz, a que eliminen los obstáculos burocráticos y a que armonicen los procedimientos, a fin de reducir al mínimo los retrasos y los costes de transacción;

15.   Destaca que un control riguroso del funcionamiento de los mecanismos HIPC y de las demás medidas propuestas para el alivio de la deuda es fundamental para luchar contra la corrupción y el abuso de recursos, así como necesario para asegurar un alivio de la deuda justo, eficaz y viable;

16.   Considera que, dado que no todos los Estados miembros de la UE están representados en el G8, la UE debería coordinar las propuestas comunitarias en el seno de ese grupo, del Banco Mundial y del FMI para ofrecer un apoyo financiero importante al alivio de la deuda, coherente con su papel de mayor donante del mundo;

17.   Considera que, habida cuenta de los recientes acontecimientos, si se produce un cambio importante en las condiciones económicas de un país debido a circunstancias externas excepcionales, la iniciativa HIPC debe proporcionar ayuda adicional a nivel de la ejecución;

18.   Considera que el comercio es una importante fuente de crecimiento y de reducción de la pobreza y que un mayor acceso a los mercados proporcionará un importante impulso al desarrollo;

19.   Hace un llamamiento a las IFM, a la OMC y a otras organizaciones multilaterales que participan en la iniciativa marco integrada para que intensifiquen la asistencia técnica vinculada al comercio con los países menos desarrollados a fin de ayudarles a superar los obstáculos internos a la integración comercial;

20.   Pide la revisión de las normas de la OMC con vistas a realizar los objetivos de desarrollo sostenible establecidos en Río en 1992, y considera que dichos objetivos han de servir para definir las nuevas normas de los mecanismos directores de la economía mundial para luchar con eficacia contra la pobreza;

21.   Recuerda que la iniciativa HIPC, y más en general las medidas de condonación o de reducción de la deuda, no han de servir de pretexto para una reducción de la ayuda al desarrollo;

22.   Reconoce que para la mayoría de los países con bajos ingresos la posibilidad de disponer de ayuda oficial al desarrollo sigue siendo un complemento indispensable para la movilización de los recursos nacionales y la inversión extranjera si se quieren alcanzar los objetivos de crecimiento y de reducción de la pobreza (objetivos 2015);

23.   Recuerda en este contexto el compromiso de alcanzar lo antes posible el objetivo de las Naciones Unidas de conceder una ayuda oficial al desarrollo equivalente al del PNB, contraído por la UE y sus Estados miembros, tal como se expresó en el Consejo Europeo de Gotemburgo y se confirmó en el Consejo de Desarrollo de Bruselas el 8 de noviembre de 2001; opina que una propuesta concreta para alcanzar el objetivo del 0,7% y un calendario preciso por parte de los países más industrializados (G8) representaría un mensaje contundente con miras a involucrar a la comunidad internacional en el éxito de la Conferencia de Monterrey y en el propio futuro de la cooperación al desarrollo;

24.   Exige una vez más que el FED se integre en el presupuesto global de desarrollo de la UE, ya que con ello aumentaría considerablemente la transparencia, la visibilidad y la coherencia de la acción exterior de la UE; pide a la Presidencia española que, en el contexto de la Convención sobre el Futuro de la Unión Europea y de los preparativos generales para la próxima CIG, presente propuestas concretas para incluir el FED en el presupuesto de la UE;

25.   Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo ACP‑UE, a las Naciones Unidas, al FMI y al Banco Mundial.

  • [1] Pendiente de publicación en el DO.
  • [2] DO C 141 de 6.5.1998, p. 21.
  • [3] DO C 59 de 23.2.2001, p. 239.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Introducción

El problema de la deuda exterior y la capacidad de servir los intereses de la misma continúan siendo uno de los parámetros fundamentales del desarrollo económico de los Estados ACP. Los países altamente endeudados, la mayoría de los cuales se encuentran en Africa, destinan por término medio el 40% de sus recursos anuales al servicio de la deuda, lo cual reduce su capacidad de ofrecer servicios sociales básicos, como la sanidad y la educación, a sus poblaciones. Paradójicamente, la ayuda al desarrollo que proporcionan la UE y sus Estados miembros a los países más pobres del mundo en ocasiones ni siquiera es suficiente para financiar el servicio de su deuda exterior.

Este factor ha hecho que, tanto en el seno de la Asamblea Paritaria como del Parlamento Europeo, se haya pedido insistentemente la revisión de las diferentes opciones políticas para abordar y resolver el problema, fomentando al mismo tiempo el crecimiento económico y la mejora del nivel de vida de las poblaciones afectadas. El PE ha pedido que la UE y sus Estados miembros tomen la iniciativa y fomenten una estrategia más ambiciosa en las instituciones financieras internacionales a fin de garantizar una reducción o condonación más rápida, consecuente y amplia a los países en desarrollo más pobres (véanse, en particular, las Resoluciones A4-0382/97, B5-0417, 0420 y 0428/2000)

Diferentes iniciativas

Las principales categorías de deuda exterior son las deudas de los sectores público o privado, las deudas bilaterales o multilaterales y las deudas a corto y largo plazo. Se pueden clasificar como préstamos en condiciones preferenciales (p. ej. el 0,7 %) con objetivos de desarrollo o bien concedidos en forma de créditos no bancarios a la exportación, p. ej. para exportaciones garantizadas.

Tradicionalmente han sido el Club de París (deudas públicas bilaterales) y el Club de Londres (deudas privadas) las entidades encargadas de la condonación o de la renegociación de las deudas. El Club de París ha proporcionado una reducción de hasta el 67%.

En 1996 se hizo patente que estas iniciativas no eran suficientes para resolver la crisis de la deuda y que, en algunos casos, seguía existiendo una deuda insostenible. Se lanzó entonces la iniciativa HIPC para ampliar el campo de aplicación de las iniciativas anteriores, llegando hasta el 80%; incluye por primera vez el alivio de las deudas contraídas con el Banco Mundial, el FMI y otras deudas multilaterales.

La novedad de esta iniciativa es la voluntad de tender a una condonación internacional y coordenada de la deuda, incluida la deuda multilateral, cuando las iniciativas anteriores abordaban esencialmente el problema de las deudas públicas bilaterales en el marco del Club de París; asimismo la inclusión del criterio de deuda "insostenible", definida sobre la base de la relación entre la deuda acumulada y las exportaciones.

En la cumbre del G7 que tuvo lugar en Colonia en junio de 1999 se decidió que la iniciativa acordada en 1996 debía reforzarse con el fin de conseguir acelerar, profundizar y ampliar el alcance de la iniciativa. En este contexto, en diciembre de 1999 la Comunidad y los Estados ACP decidieron aportar la cantidad de 1000 millones de euros con cargo al presupuesto del FED en favor de la iniciativa HIPC reforzada.

Deuda, pobreza y desarrollo

El incremento del servicio de la deuda, asociado al descenso continuado del precio de los productos de base, ha atrapado a muchos países en desarrollo en la llamada "trampa de la deuda" y las consecuencias que ello acarrea son numerosas: aparte del disfuncionamiento de los mercados financieros y la amenaza para la estabilidad financiera de los participantes, afecta evidentemente a los países deudores y sus poblaciones, sobre las que recae el peso de la deuda, ya que se ven privadas de los medios de satisfacer sus necesidades básicas, alimentación, salud y educación. La salida de las divisas necesarias para satisfacer el servicio de la deuda restringe el margen de autonomía financiera necesaria para el desarrollo. El endeudamiento elevado produce un efecto disuasor sobre los inversionistas y favorece la evasión de capitales. La presión de la deuda impone en muchos casos los monocultivos de exportación en detrimento de las producciones tradicionales para el abastecimiento del país, con el consecuente agravamiento de la pobreza.

Es decir, el endeudamiento acarrea una espiral de pobreza y frena el desarrollo en los países afectados. Sin embargo, hasta la fecha, el problema de la deuda del Tercer Mundo no se ha enfocado suficientemente bajo la óptica del impacto sobre el desarrollo y la pobreza.

La iniciativa adoptada en Colonia con ocasión de la reunión del G7 en 1999 debía inscribirse dentro de un marco reforzado en favor de la reducción de la pobreza. Con todo se habla de un nivel "sostenible" de la deuda tomando como referencia un porcentaje de las exportaciones sin tener en cuenta las necesidades reales de cada país para llevar a cabo sus estrategias de reducción de la pobreza (salud, educación), fomentando con ello incentivos macroeconómicos que no benefician necesariamente a los más pobres.

Por esta razón la sostenibilidad de la deuda se debería definir con relación a la situación de pobreza de cada país. Para ello se debe partir de que los recursos de que dispone el presupuesto de cada Estado afectado por la crisis de la deuda deberían destinarse ante todo a la reducción de la pobreza y al desarrollo humano. El presupuesto mínimo necesario para satisfacer este objetivo básico (salud y educación básicas, lucha contra el sida, etc.) debería bloquearse a tal fin y sólo una parte de los recursos restantes debería considerarse disponible para saldar la deuda externa. Es decir, el criterio de sostenibilidad de la deuda se debería definir con relación al desarrollo humano y no con relación a factores de sostenibilidad macroeconómica.

La participación comunitaria y la postura del PE

Desde el principio la UE ha apoyado la iniciativa HIPC y ha participado plenamente en ella a través de créditos en favor de los países ACP beneficiarios. En su día se comprometió a conseguir una reducción de la deuda para todos los países ACP susceptibles de optar a la iniciativa HIPC de acuerdo con la Decisión de 6 de julio de 1998 (sobre la que el Parlamento se había pronunciado a través de la Resolución A4-382/97)

Tras la adopción de la iniciativa HIPC reforzada en 1999 y la consecuente reducción en el criterio de admisibilidad, la aplicación retroactiva de nuevos criterios, el incremento del número de países y la aceleración de la decisión, el coste de la iniciativa ha aumentado de modo que los reembolsos posibles de acuerdo con la Decisión del Consejo arriba citada se hacen insuficientes. Por esta razón es necesario conceder recursos suplementarios en favor de los países menos desarrollados de la zona ACP.

El PE ha insistido repetidamente en la necesidad de establecer un vínculo entre la realización de verdaderas reformas económicas y el alivio de la carga de la deuda, situando éste en el marco de la lucha contra la pobreza. En esta línea el Parlamento considera que los indicadores de desarrollo humano y social deberían constituir criterios para poder beneficiarse de las acciones en favor del alivio o de la cancelación de la deuda. Asimismo, el Parlamento considera importante que se ofrezca asistencia para la gestión de la deuda a los países afectados, de modo que se respeten los principios democráticos y de buen gobierno en la utilización de los recursos obtenidos a través del alivio de la deuda.

La presente propuesta

A fin de dar un nuevo impulso al consenso internacional en lo relativo a la reducción de la deuda y de responder a la inquietud creciente de la comunidad internacional ante el aumento de la marginalización de los países menos desarrollados dentro de la economía mundial, la Comunidad pretende ahora proponer la condonación total de los créditos vinculados al conjunto de los préstamos especiales concedidos y definidos en el marco de los tres primeros Convenios de Lomé en favor de los países ACP menos desarrollados que subsistan después de que se apliquen las medidas de alivio de la deuda en el marco de la iniciativa HIPC reforzada. Los préstamos especiales, que son préstamos a largo plazo en condiciones favorables, definidos y concedidos a los países ACP en el marco de Lomé I a III, no se utilizan ya desde Lomé IV.

Por esta razón la Comisión propone al Consejo una decisión (cuya propuesta es la contenida en el documento objeto del informe del PE) que deberá adoptar el Consejo ACP-UE.

La participación actual de la Comunidad en la iniciativa HIPC reforzada tiene en cuenta la deuda relativa a los préstamos especiales y al capital a riesgo, pero exige que los países HIPC utilicen en primer lugar los fondos asignados por la Comunidad en el marco de la iniciativa destinada a reembolsar la deuda vinculada a todos los préstamos especiales pendientes antes de empezar a reembolsar el capital a riesgo. En muchos países PMA de la región ACP este mecanismo normal de alivio de la deuda en el marco de la iniciativa HIPC es suficiente para cancelar todos los préstamos especiales, pero no es el caso en todos los países.

La decisión que la Comisión somete al Consejo permitiría a todos los países menos desarrollados de la región ACP que hubieran alcanzado su "punto de decisión"[1] en el marco de la aplicación del mecanismo normal HIPC beneficiarse inmediatamente de esa liquidación total del servicio de la deuda relacionada con los préstamos especiales.

Naturalmente, el ponente acoge con satisfacción la iniciativa, que representa un complemento a las demás acciones emprendidas en favor de los PMA y permitirá abordar de manera eficaz el problema del endeudamiento de los países más pobres. Ahora bien, no puede dejar de hacer determinados comentarios en lo que se refiere al procedimiento.

Dado que la propuesta de decisión no afecta a créditos del presupuesto comunitario sino a recursos puestos a disposición por los Estados miembros en el marco del Convenio de Lomé así como a recursos propios del BEI, no se consulta oficialmente al PE, que ha recibido el documento para información. De hecho el Consejo adoptó ya su posición en la reunión del 14 de mayo de 2001 (el documento fue transmitido al PE el 25 de abril de 2001) con miras a la celebración de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Avanzados (14-20 de mayo de 2001). Si bien el Parlamento Europeo no tiene competencias sobre el FED, sí recibe anualmente, a nivel presupuestario, información financiera sobre el mismo y el Parlamento es competente para aprobar anualmente la gestión de la Comisión en lo relativo a la ejecución del FED. Teniendo en cuenta la deseada inclusión del FED en el presupuesto comunitario y el precedente de que el Consejo, de modo facultativo, consultó al PE sobre el reglamento financiero aplicable a la financiación de las acciones de desarrollo en el marco del Convenio de Lomé, el ponente considera que el Consejo podría haber consultado al Parlamento en la tramitación de la presente propuesta.

De todos modos la aplicación de la medida propuesta requiere la autorización de la parte ACP, ya que hay fondos FED implicados (60 millones), y, por las discusiones que tuvieron lugar durante el Consejo de Ministros ACP del 6 de diciembre, se intuye que la Comisión ya ha procedido a implementar la decisión sin esperar la decisión conjunta; adicionalmente, el Consejo de Ministros ACP ha expresado su preocupación por lo que empieza a ser una costumbre por parte de la Comisión, a saber la adjudicación de fondos FED no asignados sin consultar al Grupo ACP ni tener en cuenta las reglas del proceso de toma de decisiones.

Es importante que en este tipo de tramitaciones se respeten todas las reglas aplicables en el proceso de adopción de decisiones.

La gestión futura de la deuda

Dado el importante impacto de un alto grado de endeudamiento sobre el desarrollo de los países afectados, la asistencia en la gestión de la deuda debería constituir parte de los programas de alivio de la misma, en interés de los propios acreedores y de los mercados financieros.

De cara al futuro es importante que, mediante una financiación adecuada de los programas y proyectos venideros, no se repita el problema del endeudamiento. Continuar la concesión de créditos cuando las posibilidades de reembolso son inciertas no tiene mucho sentido. Particular atención deberían merecer los países afectados por catástrofes naturales o que salen de una guerra.

La iniciativa HIPC se limita a los casos más graves pero no resuelve el problema de la deuda; hay países considerados de renta media que en el futuro podrían encontrarse en una situación comparable, y necesitarán ayuda. Por lo tanto sería recomendable una asistencia para que los países puedan gestionar más eficazmente sus deudas tanto internas como externas.

Cabe recordar que tanto el Convenio de Lomé (art. 241) como el Acuerdo de Cotonú (art. 66) prevén una asistencia técnica a los Estados ACP para la gestión de la deuda, incluida la deuda interna, los problemas vinculados al servicio de la deuda y los problemas de la balanza de pagos, de forma que puedan ejercer un control más efectivo sobre los préstamos exteriores del sector público y supervisar los préstamos del sector privado.

En esta línea, la Comisión y los Estados miembros deberían institucionalizar un sistema en el que se podrían aprovechar, por ejemplo, las relaciones privilegiadas de un Estado miembro con alguno de los países ACP más pobres para, de forma bilateral, llevar a cabo un seguimiento directo de su gestión de la deuda velando por garantizar los principios del buen gobierno y empleo de los beneficios derivados de la reducción del servicio de la deuda en inversiones destinadas a reducir la pobreza; el sistema debería incluir un control sobre el terreno. Sería importante llevar un control de los esfuerzos de reducción de la pobreza con el fin de garantizar que las asignaciones presupuestarias, el alivio de la deuda, las ayudas y los nuevos créditos tengan las repercusiones previstas; el mecanismo de las cooperaciones nacionales lanzado por PNUD es una buena iniciativa en esa dirección. Los parlamentos y la sociedad civil organizada de los países afectados pueden desempeñar un papel importante en la inspección de los nuevos créditos

Además, es importante que el problema del alivio de la deuda no constituya un pretexto para disminuir la ayuda al desarrollo. De hecho, una eficaz ayuda al desarrollo es el mejor remedio para el problema de la deuda.

  • [1] Los países deben adoptar programas de ajuste y reforma apoyados por el FMI y el Banco Mundial y aplicarlos durante tres años. Al final de esta primera fase, la elegibilidad del país para el alivio de la deuda se evaluará mediante un análisis de sostenibilidad de la deuda que determinará la situación actual de la deuda externa. Si el país presenta un balance satisfactorio en materia de reformas y de buenas políticas, habrá alcanzado el "punto de decisión" en que el FMI y el Banco Mundial decidirán formalmente, basándose en datos reales, sobre la elegibilidad del país, el importe y las condiciones de la asistencia.