INFORME sobre el informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC, incluidas sus implicaciones financieras para el presupuesto general de las Comunidades Europeas – 2003

21.3.2005 - (8412/2004 – 2004/2172(INI))

Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Elmar Brok


Procedimiento : 2004/2172(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0062/2005
Textos presentados :
A6-0062/2005
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC, incluidas sus implicaciones financieras para el presupuesto general de las Comunidades Europeas - 2003

(8412/2004 – 2004/2172(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Visto el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, firmado en Roma el 29 de octubre de 2004,

–   Vista la Estrategia Europea de Seguridad adoptada por el Consejo Europeo el 12 de diciembre de 2003,

–   Visto el informe anual del Consejo correspondiente a 2003 (8412/2004),

–   Visto el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario[1] y, en particular, el apartado 40 de su punto H,

–   Visto el artículo 21 del Tratado UE,

–   Vista su Resolución de 12 de enero de 2005 sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa[2],

–   Vista su Resolución de 23 de octubre de 2003 sobre los avances realizados en la realización de la Política Exterior y de Seguridad Común[3],

–   Vista su Resolución de 29 de febrero de 2004 sobre las relaciones entre la Unión Europea y las Naciones Unidas[4],

–   Vista su Resolución de 20 de noviembre de 2003 sobre "Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa"[5],

–   Vista su Resolución de 10 de abril de 2003 sobre la nueva arquitectura europea de seguridad y defensa - prioridades y lagunas[6],

–   Vista su Recomendación de 26 de febrero de 2004 al Consejo sobre las relaciones entre la Unión Europea y Rusia[7],

–   Vistas sus Resoluciones de 22 de abril de 2004, sobre el estado de la Asociación Transatlántica en vísperas de la cumbre Unión Europea-Estados Unidos en Dublín los días 25 y 26 de junio de 2004[8], y de 13 de enero de 2005, sobre las relaciones transatlánticas[9],

–   Vista su Resolución de 23 de octubre de 2003 sobre Paz y Dignidad en Oriente Próximo[10],

–   Vista su Recomendación de 24 de septiembre de 2003 al Consejo sobre la situación en el Iraq[11],

–   Vista su Resolución de 12 de febrero de 2004 sobre el Afganistán: desafíos y perspectivas de cara al futuro[12],

–   Vista su Resolución de 15 de noviembre de 2001 sobre una Asociación global y una Estrategia Común para las relaciones entre la Unión Europea y América Latina[13],

–   Vista su Resolución de 13 de enero de 2005 sobre la reciente catástrofe causada por el tsunami en el Océano Índico[14],

–   Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas de los días 16 y 17 de diciembre de 2004 y, en particular, las decisiones sobre terrorismo y asuntos exteriores,

–   Visto el apartado 1 del artículo 112 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A6‑0062/2005),

A. Considerando que el Parlamento no opina que se le haya consultado adecuadamente en la forma prevista por el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea, ya que la actual práctica del Consejo consiste sencillamente en transmitir una lista descriptiva de las acciones del año precedente en lugar de consultar al Parlamento sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales para el año siguiente,

B.  Considerando, por lo tanto, que debe cesar la práctica actual y sustituirse por otra que contemple una consulta efectiva del Parlamento conforme a lo expuesto, dando lugar a una mayor participación de este último,

C. Considerando que el espíritu y el contenido del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, firmado en Roma el 29 de octubre de 2004, aun estando pendiente de ratificación, debería tener ya consecuencias en lo relativo a la aplicación de la PESC de la UE para 2005 y años sucesivos,

D. Considerando que el Parlamento ha expresado en reiteradas ocasiones su punto de vista sobre el modo en que deben organizarse las relaciones con determinadas regiones y países y sobre cómo proporcionarles un mejor equilibrio con el fin de potenciar el carácter global de la acción exterior de la Unión,

E.  Considerando que la actual financiación de la PESC y de la PESD resulta absolutamente insuficiente, tanto en términos cuantitativos como cualitativos por lo que respecta a su control democrático,

1.  Declara que, si bien está satisfecho del modo en que el Alto Representante/Secretario General del Consejo ha mantenido al Parlamento plenamente informado de los progresos de los asuntos de la PESC, rechaza enérgicamente el enfoque a posteriori seguido hasta ahora por el Consejo y consistente en la mera entrega de una relación descriptiva de las actividades desarrolladas el año precedente y considera que esta práctica infringe con claridad el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea y el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 por lo que se refiere a la consulta previa al Parlamento Europeo;

2.  Pide, por consiguiente, al Consejo que ponga fin a su práctica actual y que la sustituya por un enfoque a priori que suponga la consulta al Parlamento a principios de cada año sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales considerados por el Consejo para el año correspondiente, sobre cuestiones tanto globales como horizontales, así como sobre las prioridades previstas para las diferentes zonas geográficas; pide además al Consejo que informe posteriormente sobre si se ha tenido en cuenta la contribución del Parlamento Europeo y, en su caso, que indique de qué modo;

3.  Pretende contribuir a los esfuerzos por aumentar la responsabilidad democrática en lo que se refiere a las cuestiones de la PESC mediante la celebración periódica de debates con los Parlamentos nacionales en el marco del intercambio trimestral de puntos de vista con el Alto Representante/Secretario General del Consejo y la Comisaria de Relaciones Exteriores, incluido el debate sobre las enmiendas propuestas por los Parlamentos nacionales al informe anual del Parlamento sobre la PESC;

4.  Alienta al Consejo y al Alto Representante/Secretario General del Consejo a que organicen un debate anual sobre la Estrategia Europea de Seguridad en el Parlamento Europeo y en los Parlamentos nacionales;

5.  Anima al Consejo y a los Estados miembros a que continúen incrementando el control parlamentario de la PESD, a nivel nacional, potenciando la función desempeñada por los Parlamentos nacionales en la autorización de las operaciones de la PESD y, a nivel europeo, otorgando al Parlamento un papel destacado en el control de todo el presupuesto de la PESC;

6.  Insta al Consejo a que garantice que sus instrumentos políticos, como la política de sanciones, se aplican con un rigor y un compromiso político mayores;

Principales aspectos y opciones fundamentales de la PESC para 2005 tras la firma del Tratado constitucional

7.  Expresa su parecer de que el espíritu (y el contenido) de las disposiciones del nuevo Tratado referentes a la PESC deben aplicarse ya, como se ha hecho con el establecimiento de la Agencia Europea de Defensa, el concepto de "grupos de combate", la instauración de la política evolucionada de vecindad de la UE y la aplicación de la cláusula de solidaridad para prevenir amenazas o ataques terroristas, cuyas consecuencias deben abordarse mediante la coordinación efectiva de las acciones pertinentes, incluidos los medios actuales y futuros de protección civil, así como la obligación de solidaridad mutua de proporcionar ayuda y asistencia en caso de agresión armada contra cualquier Estado miembro de la Unión Europea;

8.  Pide, por consiguiente, que se le informe en pie de igualdad con el Consejo y se le involucre más en relación con cualquier propuesta futura que presente el Vicepresidente de la Comisión/Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión con respecto a la preparación de la Política Exterior y de Seguridad Común para 2005;

9.  Expresa el deseo de que el futuro Servicio Europeo de Acción Exterior tenga un papel clave en el terreno de la acción exterior, prestando su asistencia al Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión/Vicepresidente de la Comisión; en cualquier caso, recuerda la necesidad de preservar las competencias del Parlamento y de que el nuevo Servicio en su conjunto rinda cuentas ante el Parlamento, en particular, por lo que respecta a las unidades de la Comisión que se integran en el nuevo Servicio (DG Relex, Delegaciones de la Comisión, etc.); pide una perspectiva de las novedades referentes a los elementos intergubernamentales (que deberán aportar, en particular, los Estados miembros), de modo que el futuro Servicio pueda seguir un modelo comunitario integrado como parte de la Comisión y, a la vez, mantenerse incondicionalmente leal al Consejo en cuestiones intergubernamentales;

10. Pide al Consejo que no escatime esfuerzos por aportar contenido real a la cláusula de solidaridad en materia de defensa del Tratado constitucional tan pronto como el Tratado entre en vigor;

11. Considera necesario, ahora que se ha firmado el Tratado constitucional, que la Comisaria de Relaciones Exteriores y el Alto Representante para la PESC apliquen nuevos estándares informando plenamente, consultando e involucrando más al Parlamento Europeo en relación con todos los asuntos de la PESC y de la PESD; subraya la necesidad de garantizar, en particular, el control democrático y la transparencia de todas las acciones que emprenda la Agencia Europea de Defensa;

12. Se congratula de la creación de la Agencia Europea de Defensa y de la acción preparatoria de la Comisión en materia de investigación en el ámbito de la seguridad; considera necesario que se prevea, en la planificación financiera a medio plazo, un importe anual adecuado para la investigación en el ámbito de la seguridad;

13. Pide al Consejo que también consulte al Parlamento sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESD y que le mantenga informado sobre el desarrollo de la misma conforme al apartado 8 del artículo I-41 del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa; dicha consulta debería realizarse de la misma forma requerida para la PESC, tal como se ha expuesto arriba;

Propuestas específicas sobre asuntos globales y horizontales para 2005

14. Acoge con satisfacción la Estrategia Europea de Seguridad adoptada por el Consejo Europeo el 12 de diciembre de 2003; se adhiere plenamente a su enfoque holístico civil-militar y a sus conceptos cruciales de acción preventiva y multilateralismo eficaz, que deben caracterizar tanto a la PESC como a la PESD, y remite al informe que está elaborando actualmente su Comisión de Asuntos Exteriores sobre la Estrategia; insiste en la necesidad de desarrollar capacidades de respuesta rápida para casos de desastres humanitarios y catástrofes;

15. Subraya en este sentido, tal como se enuncia en la Estrategia de Seguridad, la necesidad de desarrollar la correspondiente cultura de seguridad, y apoya en consecuencia los trabajos ya iniciados con miras a la puesta en práctica del concepto comunitario de la formación en el ámbito de la PESD; opina que el establecimiento y el desarrollo de un Colegio Europeo de Seguridad y de Defensa deberán garantizar en el futuro a las instituciones de la Unión Europea y a los Estados miembros un personal bien formado, capaz de trabajar eficazmente en el ámbito de la PESD; opina que, para ello, el Colegio debe asentarse en un fundamento organizativo sólido y contar con una dotación financiera adecuada;

16. Apoya plenamente los actuales esfuerzos comunes para aplicar la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva, teniendo en cuenta la revisión del Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares que tendrá lugar en 2005 y el papel activo que la UE deberá desempeñar en este contexto y en la aplicación de la Resolución 1540 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (2004); hace referencia a sus posiciones anteriores sobre las armas ligeras y a su Resolución de 22 de abril de 2004 sobre los preparativos de la Unión Europea para la Conferencia de Examen de la Convención de Ottawa sobre minas antipersonal; reitera su apoyo al refuerzo del Código de Conducta de la UE sobre las exportaciones de armas y a la acción de la UE en favor de un tratado internacional sobre el tráfico de armas;

17. Subraya su firme convencimiento de que la actividad de desarme nuclear contribuirá de manera significativa a la seguridad internacional y a la estabilidad estratégica y reducirá el riesgo de proliferación nuclear; pide a aquellos Estados miembros que disponen de un arsenal de armas nucleares que cumplan con las obligaciones que han contraído en virtud del artículo 6 del Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares; insta a los Estados miembros a que, durante la próxima Conferencia de revisión del Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares apoyen la nueva iniciativa a escala internacional propuesta por Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas, sobre nuevos peligros nucleares, y por Mohammed El Baradei, Director de la AIEA, sobre desarme nuclear y la revitalización de la Conferencia sobre Desarme de las Naciones Unidas;

18. Coincide con el Consejo Europeo en que la lucha contra el terrorismo seguirá siendo una prioridad de la Unión y un elemento clave de su política de relaciones exteriores, subrayando al mismo tiempo una vez más que no cabe alcanzar este objetivo a expensas de los derechos humanos y las libertades civiles, y propone una mayor coherencia y decisión en la política contra el terrorismo de la Unión respecto a terceros países mediante:

      a) el fortalecimiento del diálogo político sobre el terrorismo con terceros países,

      b) el fortalecimiento de la cooperación con organizaciones internacionales y regionales (en particular con la Comisión contra el terrorismo de las Naciones Unidas y con la OTAN) y, en particular, el restablecimiento de la autoridad del sistema de las Naciones Unidas,

      c) la aplicación de la Declaración UE-EE.UU. de 2004 sobre la lucha contra el terrorismo,

      d) el apoyo a la estrategia de asistencia dirigida de la Comisión que ya se lleva a cabo en programas como CARDS, TACIS, MEDA, etc. y que se caracteriza a partir de ahora por un enfoque de colaboración que cubre las áreas de prioridad de la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de la ONU,

      e) el fortalecimiento del uso del Mecanismo de Reacción Rápida Civil y Militar,

      f)  la estricta aplicación de la cláusula contra el terrorismo incluida en los acuerdos con terceros países en los que hay indicios de amenazas terroristas o actividades terroristas concretas, como el reclutamiento, el entrenamiento o la financiación, o con cualquier otro país que represente una amenaza potencial para la Unión; para ello, debería concederse atención a la propuesta realizada en 2002 por el Parlamento de un Código de Conducta interinstitucional para la política de relaciones exteriores de la Unión,

      g) el pleno uso, cuando resulte necesario, de operaciones específicas de la PESD,

      h) el respeto del Derecho humanitario internacional y la legislación relativa a los derechos humanos con respecto a todas las medidas adoptadas,

      i)  la contribución enérgica de la Unión Europea a una solución pacífica y justa de los viejos conflictos regionales, respetando las decisiones de las Naciones Unidas y su papel de legitimación internacional, así como a la gestión de problemas sociales críticos (pobreza, exclusión social) que alimentan la violencia y el terrorismo;

19. Otorga la mayor importancia a su propia contribución a la lucha contra el terrorismo; insta, por lo tanto, a la Comisión de Asuntos Exteriores y a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento a que encuentren el procedimiento adecuado para preparar recomendaciones en esta materia destinadas tanto al Consejo como a la Comisión; pide, en este sentido, al Consejo que informe plenamente y consulte a la Comisión de Asuntos Exteriores y a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior acerca de la lista de la UE de organizaciones terroristas; se congratula en este sentido de la reacción positiva de la Presidencia luxemburguesa;

20. Considera necesario que, en caso de catástrofes naturales, se recurra a las capacidades desarrolladas por el Consejo y la Comisión en el ámbito civil-militar, entre ellas la célula de planificación civil-militar y las aplicaciones como GALILEO y GMES;

Prioridades del Parlamento Europeo en las diferentes zonas geográficas para 2005

21. Pide al Consejo que tome medidas inmediatas para corregir el desequilibrio existente, en términos geográficos, entre los actos de la PESC adoptados en los últimos diez años, de modo que pueda realizarse un equilibrio más justo entre las diferentes regiones conforme a la ambición global de la Unión; pide al Consejo, en particular, que establezca un equilibrio geográfico entre los esfuerzos hechos hasta ahora en dirección este debido a la ampliación y los esfuerzos renovados hacia el sur del Mediterráneo; subraya, no obstante, que debería evitar cualquier gesto de indiferencia que pudiera apuntar a una disminución del interés de la UE hacia los avances logrados en los Balcanes Occidentales, Ucrania y Georgia, como mínimo;

22. Recomienda, por tanto, que el Consejo tome las medidas necesarias para que la UE pueda aprovechar sus relaciones privilegiadas con ciertas zonas geográficas (basadas en acuerdos birregionales, multilaterales o bilaterales de asociación, etc.), a fin de reforzar su poder multilateral al tratar con otras regiones y países emergentes con los cuales no se ha establecido dicha relación privilegiada; subraya, además, que ha de evitarse conceder una prioridad mayor a los países vecinos de la UE en detrimento de las relaciones cruciales y de la solidaridad existente entre la UE y los países en desarrollo en el mundo;

23. Concede sin embargo la mayor importancia, en primer lugar, a las sucesivas ampliaciones de la Unión decididas en el Consejo Europeo de los días 16 y 17 de diciembre de 2004 y, en segundo lugar, al desarrollo de la Política Europea de Vecindad como las mayores prioridades de la Unión en la agenda política para 2005, entre las que se cuenta un Espacio Económico Europeo para países europeos; insiste en la crucial importancia de hacer todos los esfuerzos para lograr una solución mediante la paz y la dignidad en el conflicto de Oriente Próximo, sobre la base de la Hoja de Ruta del Cuarteto y la realización de la Asociación Estratégica con los países del Mediterráneo y de Oriente Próximo decidida por el Consejo Europeo en junio de 2004; acoge con satisfacción, en este sentido, la reciente cumbre que reunió en Sharm el-Sheik, a Ariel Sharon y Abu Mazen; insiste asimismo en que se hagan todos los esfuerzos por contribuir a solucionar otros conflictos y crisis actuales o previsibles, como los de Kosovo, Darfur, Somalia, la Región de los Grandes Lagos, Irán y Corea del Norte, así como por perseguir el progreso social en el mundo en consonancia con los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas;

24. Otorga asimismo la mayor importancia a la continuación y desarrollo de la estrategia europea para los Balcanes Occidentales, a la paulatina incorporación de los países de la región en las instituciones europeas, en particular de cara a la adopción de decisiones críticas durante el segundo semestre de 2005 sobre el estatuto definitivo de Kosovo;

25. Se declara dispuesto a trabajar, conjuntamente con el Consejo y la Comisión, en pro de una reorganización estratégica a largo plazo de Serbia y Montenegro, incluido Kosovo, con miras a brindar a todos los habitantes de la zona la perspectiva de un futuro común en paz en el seno de la Unión Europea;

26. Confía en una estrecha cooperación con el Consejo y la Comisión, a fin de afianzar desde el punto de vista político y económico el proceso de paz iniciado en Oriente Próximo;

27. Considera importante que la UE y los EE.UU. mantengan una relación constructiva y que la OTAN vuelva a adquirir una condición creciente de foro de debate político en condiciones de igualdad, en el que deberá establecerse un equilibrio razonable entre los instrumentos de prevención, gestión de crisis y capacidad militar; considera esencial la adopción de posiciones comunes (PE-Congreso estadounidense) sobre determinados asuntos generales de interés común (lucha contra el terrorismo, conflictos regionales, proliferación de armas de destrucción masiva, cooperación en materia de energía, cambio climático, etc.) y considera que, especialmente en este año 2005, cuando se cumplen diez años de la Declaración de Madrid, debe conferirse un nuevo impulso a las relaciones transatlánticas, con la realización del mercado transatlántico de aquí a 2015 y la actualización de la nueva agenda transatlántica mediante un Acuerdo de Asociación Transatlántico que entrará en vigor a la mayor brevedad y, en cualquier caso, de aquí a dos años;

28. Subraya la necesidad de una estrecha cooperación entre la UE y los EE.UU. a la hora de abordar problemas mundiales de índole económica, política y de seguridad; pide que se elabore un nuevo programa transatlántico encaminado a estructurar el diálogo sobre cuestiones mundiales;

29. Pide al Consejo que examine con el Parlamento Europeo el concepto de "asociaciones estratégicas" con terceros países, que han de basarse en el hecho de compartir y fomentar valores comunes; pide, a este respecto, una evaluación general de las asociaciones estratégicas con la Federación de Rusia y China;

30. Pide al Consejo y a la Comisión que no escatimen esfuerzos para garantizar una relación estrecha con Rusia, que refleje nuestros intereses y valores comunes sobre la base del pleno respeto de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia;

31. Apoya, en este sentido, la propuesta del Consejo orientada a una gestión de crisis conjunta por parte de Rusia y la UE de los conflictos en Transdniéster y el Cáucaso Meridional; subraya que la guerra en Chechenia complica el desarrollo de una auténtica asociación y reitera su llamamiento en favor de una solución política del conflicto con la participación de todos los componentes democráticos de la sociedad chechena;

32. Deplora que las relaciones con China sólo hayan avanzado en los ámbitos comercial y económico, sin lograr ningún avance notorio en el ámbito de los derechos humanos y la democracia; pide, en este sentido, al Consejo que renuncie a levantar el embargo sobre las armas y que busque cauces para favorecer el diálogo, relajar la tensión y fomentar el desarme en el marco de las relaciones entre las dos márgenes del estrecho;

33. Expresa su máxima preocupación ante el gran número de misiles desplegados en el sur de China que apuntan hacia el otro lado del estrecho de Taiwán y ante la intención de la República Popular China de adoptar una "ley antisecesión", que agrava injustificadamente la situación a ambos lados del estrecho; pide a la República Popular China y a las autoridades de la República de China en Taiwán que reanuden las conversaciones políticas sobre la base de un entendimiento y un reconocimiento mutuos a fin de fomentar la estabilidad, la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en Asia Oriental;

34. Apoya los esfuerzos de Gran Bretaña, Francia, Alemania, el Consejo y la Comisión por alentar a Irán a convertirse en un interlocutor activo y bienintencionado en la región, dentro del pleno respeto de las cuestiones relacionadas con los derechos humanos, y velar por que no desarrolle armas nucleares; subraya que, caso de probarse que siguen fabricándose estas armas, esto entrañaría consecuencias gravísimas para las relaciones entre la UE e Irán;

35. Aboga por que se siga consolidando el compromiso europeo en Afganistán y se compromete en favor de una financiación sólida y planificable a medio plazo con este fin; se declara a favor de unos esfuerzos redoblados de reconstrucción por parte de la comunidad internacional; concede particular importancia, en este sentido, a la estructuración del sistema educativo, la mejora de la situación de mujeres, muchachas y niños, al desarme y a medidas de reintegración, así como al desarrollo y la aplicación de alternativas económicas al cultivo de opio;

36. Pide al Consejo que inicie cuanto antes un procedimiento orientado a adoptar una posición común en el marco de la PESC sobre Iraq;

37. Expresa, en este contexto, su profunda preocupación en relación con la declaración efectuada el 10 de febrero de 2005 por la República Popular Democrática de Corea, en la que ésta declaraba su intención de suspender por tiempo indefinido su participación en las conversaciones multilaterales sobre su programa nuclear;

38. Remite a sus numerosas resoluciones e informes sobre las diferentes zonas geográficas, que contienen valiosas contribuciones referentes a la forma en que debería evolucionar la política de la Unión respecto a estas zonas geográficas con vistas al equilibrio justo que se menciona arriba;

39. Subraya una vez más el papel activo que debe desempeñar la Unión en sus relaciones con terceros países para promover los derechos humanos y garantizar que se logran los Objetivos de Desarrollo del Milenio, como elementos importantes integrantes de la PESC y de la PESD;

40. Presenta el caso de la acción concertada de la UE durante las recientes elecciones de Ucrania como un buen ejemplo de la forma en que las diferentes Instituciones europeas, en actuación conjunta con los Estados miembros, deben reaccionar y asumir una función de liderazgo cuando están en juego los valores e intereses europeos comunes; se compromete a apoyar medidas ulteriores en lo que se refiere a Ucrania, ya que está claro que los acontecimientos recientes representan retos importantes también para la Unión;

41. Pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que consideren, al margen de las medidas previstas en el plan de acción adoptado en el marco de la Política Europea de Vecindad, la posibilidad de otras modalidades de asociación con Ucrania, a fin de brindar a este país una perspectiva europea clara y responder a las aspiraciones de una amplia mayoría del pueblo ucraniano y que, posiblemente, conduzca en última instancia a una adhesión del país a la Unión Europea;

Punto de vista del Parlamento Europeo sobre el papel de la Unión en algunas organizaciones multilaterales

42. A la espera de la entrada en vigor del nuevo proyecto de Tratado constitucional, que atribuye expresamente personalidad jurídica a la Unión, recomienda que se tomen las medidas necesarias para incrementar la representación de la Unión como un todo en las diferentes organizaciones internacionales multilaterales, incluidos en particular el marco de las Naciones Unidas, la Corte Penal Internacional, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el Consejo de Europa y todos los demás foros relevantes; pide al Consejo y a la Comisión que asocien, en su caso, a los diputados al Parlamento Europeo a la realización de este objetivo; insiste, en particular, en la necesidad de potenciar las relaciones de la UE con la OSCE y el Consejo de Europa, así como con las Naciones Unidas; pide que se atribuya al Parlamento una función acorde con el alto nivel de la diplomacia parlamentaria con la que contribuye al desarrollo de la PESC;

43. Expresa su opinión de que la Unión como un todo debería desempeñar un papel importante, en particular dentro del sistema de las Naciones Unidas, y debería apoyar la reforma de las Naciones Unidas en línea con las propuestas recogidas en el informe del Grupo de alto nivel sobre las amenazas, los desafíos y el cambio;

Punto de vista del Parlamento Europeo sobre la financiación de la PESC en 2005

44. Reitera que la respuesta frente a las cinco amenazas principales a la seguridad europea, tal como se exponen en la Estrategia Europea de Seguridad (terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva, conflictos regionales, descomposición de Estados, delincuencia organizada), requerirá un compromiso exterior a largo plazo que haga uso de todos los instrumentos disponibles, como una inversión consecuente en investigación sobre seguridad y prevención de conflictos, e implicará que se indiquen explícitamente compromisos presupuestarios concretos y sostenibles en las futuras perspectivas financieras para 2007-2013;

45. Insiste en que ya no es posible distinguir entre la financiación de gastos civiles o militares cuando se trata, en particular, de operaciones de la PESD y, más específicamente, de las emprendidas sólo por la Unión y planificadas y dirigidas a través de su Célula civil y militar;

46. Subraya una vez más, por lo tanto, que los costes conjuntos de las operaciones militares en el marco de la PESD deberían financiarse desde el presupuesto comunitario (como ya ocurre en el ámbito civil en el caso de las operaciones policiales) y no con un presupuesto subsidiario o un fondo de lanzamiento de los Estados miembros, tal como está previsto en el momento presente;

47. Recuerda, con este fin, las nuevas posibilidades que ofrece la financiación de futuras intervenciones por los proyectados "grupos de combate" con funciones humanitarias en casos de desastres naturales en los que sea necesaria una combinación de medios de ayuda militares y civiles, como ha ocurrido recientemente con el desastre del tsunami en Asia Meridional; pide, en este sentido, al Consejo y a la Comisión que elaboren una nueva propuesta teniendo en cuenta igualmente la propuesta del Parlamento Europeo referente a la creación de una fuerza civil de paz europea y de un Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria, tal como se prevé en el artículo III-321 de la Constitución;

48. Pide al Consejo que, en caso de cualquier futura operación de la PESD en la lucha contra el terrorismo, y en oposición a normas actuales tales como el principio de que "los costes se asumen donde recaen" o cualquier otro acuerdo ad hoc como el llamado "mecanismo de Atenas", considere la financiación de los costes conjuntos de dichas operaciones desde el presupuesto comunitario;

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49. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Secretario General de la OTAN y al Presidente del Consejo de Europa.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 30 de abril de 2004, el Consejo presentó al Parlamento Europeo su informe anual correspondiente a 2003 "sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC, incluidas sus implicaciones financieras para el presupuesto general de las Comunidades Europeas (punto H, apartado 40, del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999). Como indicaba claramente el Consejo, el alcance del informe sobre 2003 se limita a la descripción de las actividades de la PESC. De hecho, el informe ocupa apenas 10 páginas, mientras que las 118 restantes consisten en siete anexos en los que se recoge de modo descriptivo la relación de cuestiones globales y horizontales, las prioridades en las diferentes zonas geográficas, la situación por lo que se refiere a los foros multilaterales, algunas perspectivas de actuación futura, algunos actos jurídicos relacionados con cuestiones financieras y otros actos jurídicos. Aun admitiendo que esta presentación estructural responde a una petición anterior del Parlamento en cuanto a la estructura del informe anual, el hecho de importancia sigue siendo que la presentación a posteriori por el Consejo no satisface en modo alguno el derecho del Parlamento a ser consultado debidamente y no sólo informado de los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC. Por esta razón, la primera recomendación del ponente es que se rechace este enfoque a posteriori y se pida al Consejo que abandone esta práctica y la sustituya por un enfoque a priori que comprenda la consulta al Parlamento a principios de cada año sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales que prevea el Consejo para el año correspondiente, respecto de las cuestiones globales y horizontales y de las prioridades proyectadas para las diferentes zonas geográficas. Pide además al Consejo que informe posteriormente sobre si se ha tenido en cuenta la contribución del Parlamento Europeo y, en su caso, que indique de qué modo.

Como indica el Consejo en su informe, los principales acontecimientos políticos en 2003 fueron fundamentalmente la adopción de la nueva Estrategia Europea de Seguridad por el Consejo Europeo de 12 de diciembre de 2003, la adopción de la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva, el desarrollo de las capacidades militares necesarias para la actividad de gestión de crisis de la UE, incluida la declaración sobre las capacidades operativas de la Unión en el marco del objetivo principal de Helsinki (a pesar de que se reconocen varias deficiencias), la creación de la Agencia Europea de Defensa y el lanzamiento de dos operaciones civiles de la PESD y de las dos primeras operaciones militares (Concordia y Artemis). Además, se acordaron también dos marcos generales para las relaciones permanentes, entre la Unión Europea y las Naciones Unidas, por una parte, y la Unión Europea y la OTAN, por otra. Sin embargo, lo más significativo ocurrido antes de la presentación del informe en abril de 2004 fueron sin duda los trabajos preparatorios (la Convención Europea y la CIG subsiguiente) que dieron lugar a la firma del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa el 29 de octubre de 2004.

Algunas consecuencias previsibles de la firma del Tratado constitucional para los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC para 2005

Por esta razón y de acuerdo con lo expuesto en el párrafo anterior, el ponente, en lugar de examinar de nuevo los acontecimientos de 2003 contemplados en el informe del Consejo, prefiere dedicar la respuesta del Parlamento a insistir desde ahora en el enfoque a priori y presentar los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC para 2005 tras la firma del Tratado constitucional.

Como ya ha esbozado nuestra comisión, el Tratado constitucional contiene cierto número de mejoras en el ámbito de la PESC, en primer lugar, porque recoge nuevas definiciones de los principios y objetivos de la actuación exterior de la Unión, especialmente de los relativos a la observancia por la Política Exterior de Seguridad y de Defensa de la UE del Derecho internacional y de los principios de la Carta de las Naciones Unidas. En segundo lugar, porque agrupa todos los artículos pertinentes de los Tratados vigentes, que cubren los diversos aspectos de la acción exterior de la Unión, en el nuevo Título V de la Parte III. En tercer lugar, porque atribuye personalidad jurídica a la Unión. Sobre todo, porque crea el nuevo cargo de Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión, responsable ante el Parlamento y el Consejo Europeo. Y finalmente, porque crea el Servicio Europeo de Acción Exterior.

Cabe señalar igualmente que el Tratado constitucional también contiene varias mejoras de importancia en el terreno de la PESD, como la actualización de las tareas de Petersberg, el establecimiento de fuerzas multinacionales por los Estados miembros a disposición de la PESD, el compromiso de mejorar progresivamente las capacidades militares y establecer una Agencia europea de armamento, investigación y desarrollo de capacidades militares, las decisiones europeas como nuevo instrumento para la realización de la PESC/PESD, la ejecución de tareas de la PESD en el marco de la Unión por un grupo de Estados miembros, la cooperación estructurada permanente en el marco de la Unión entre Estados miembros que cumplan criterios más elevados de capacidades militares para realizar las misiones más exigentes, la cláusula de solidaridad mutua que establece la obligación de ayuda y asistencia con todos los medios de que disponga cada Estado miembro a cualquier otro Estado miembro que sea objeto de una agresión armada en su territorio (sin perjuicio de la política de seguridad y de defensa de determinados Estados miembros ni de la función de la OTAN para otros Estados miembros) y la cláusula de solidaridad para prevenir amenazas terroristas o en caso de ataque terrorista o de catástrofe.

Desde el punto de vista del ponente, la mayoría de las mejoras enumeradas en los ámbitos de la PESC y de la PESD, si no todas, deberían tener efecto ya, al menos en términos políticos, sin esperar a la ratificación formal del Tratado constitucional. Este debería ser el caso específicamente de los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC para 2005.

Referencia a algunas cuestiones globales y horizontales para 2005

Además de las novedades institucionales mencionadas, desde el punto de vista del ponente debería dedicarse especial atención a las amenazas principales para la seguridad europea a las que se hace referencia en la Estrategia Europea de Seguridad, es decir, terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva, conflictos regionales, descomposición de Estados, delincuencia organizada. Habida cuenta de que esta cuestión ya es objeto de un importante informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, sería preferible dejar para este marco su tratamiento en profundidad. No obstante, las ideas de "acción preventiva" y "multilateralismo eficaz" deben considerarse como las más significativas contribuciones a la seguridad europea. En particular, al contrario de la opinión de quienes creen que la apuesta por el multilateralismo se deriva de la debilidad, frente a la tendencia unilateral de las potencias más fuertes, el punto de vista del ponente es que las aspiraciones multilaterales denotan más bien un nivel superior de organización política, aprendido de la experiencia europea de siglos de conflicto permanente, guerra y desastres humanitarios. Con esta estrategia se prosigue una búsqueda de una sociedad internacional más fuerte, de instituciones internacionales que funcionen bien y de un orden internacional basado en la ley, que es un objetivo claro que encaja perfectamente en este nivel superior de organización política. No obstante, una cuestión capital que no se ha abordado en la Estrategia Europea de Seguridad, probablemente por su carácter controvertido, es cuándo será necesario y legítimo recurrir a la fuerza. No podemos sino estar de acuerdo con la Estrategia Europea de Seguridad en que el marco fundamental para las relaciones internacionales debe estar constituido por la Carta de las Naciones Unidas y en que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tiene la responsabilidad primordial del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Sin embargo, sigue sin estar claro en qué circunstancias sería legítimo hacer uso de la fuerza como último recurso para las acciones de la UE.

No obstante, se hará alguna referencia a la acción concertada europea contra el terrorismo. Europa se ha convertido en objetivo y en base para el terrorismo y algunos países europeos ya han sufrido ataques. El Parlamento comparte la opinión de que la lucha contra el terrorismo difumina las distinciones tradicionales entre política de asuntos exteriores y de interior y está dispuesto a presentar propuestas sobre la integración plena de la lucha contra el terrorismo en la política de relaciones exteriores de la UE. La UE produce el 25 % del PIB mundial, proporciona más del 50 % de la OAD mundial y aporta el 40 % del presupuesto de las Naciones Unidas. Es uno de los agentes económicos mundiales más importantes y ha firmado acuerdos de diferentes tipos con más de 122 países. Por todo ello, la Unión está bien situada para tener una voz decisiva en la lucha contra el terrorismo haciendo un uso coherente de la inmensa fuerza e influencia derivadas de sus lazos económicos, comerciales y de concesión de ayudas. El presente informe incluye, por esta razón, algunas propuestas preliminares y la recomendación de que se establezca un grupo de trabajo conjunto integrado por las comisiones AFET y LIBE para dedicarse a este asunto.

Opinión del Parlamento Europeo sobre las zonas geográficas para 2005

La visión general de la distribución por zonas geográficas de las acciones de la PESC de 1993 a 2003 muestra la prioridad concedida en términos reales a las diferentes zonas. Cabe señalar que la zona de máxima prioridad han sido los Balcanes Occidentales y la Europa Oriental, con unos 120 actos de la PESC diferentes, seguida por el África Subsahariana, con unos 60, Asia, con 25, el Mediterráneo y Oriente Próximo, con menos de 20, y la Confederación de Estados Independientes (CEI), con unos 15; la región con menos actos es América Latina y el Caribe, con menos de media docena. Si examinamos la lista a la luz de las diversas cuestiones horizontales, el armamento, el desarme y la no proliferación ocupan la cabeza, con unos 40 actos, seguidos por la PESD, entonces naciente, con menos de 20 actos, lo que la sitúa muy por delante de la prevención de conflictos y la lucha contra el terrorismo, ambas con menos de media docena de actos. Por consiguiente, por lo que se refiere a la cuestión geográfica tiene la máxima importancia corregir el visible desequilibrio entre las diferentes zonas geográficas, de manera que la PESC se convierta en una auténtica política mundial de la Unión y no en una mera agrupación de ciertas zonas prioritarias. El Parlamento ha recomendado en numerosas resoluciones dedicadas a las diferentes zonas cómo debe desarrollarse la política de la Unión respecto de cada una y no es necesario repetir esa lista tan exhaustiva. Basta con insistir, como hace el presente informe, en la necesidad de establecer un equilibrio más justo entre las regiones, de manera que finalmente la Unión pueda aprovechar sus relaciones especiales con algunas zonas para sostener sus puntos de vista cuando llegue el momento de tratar con otras zonas y países emergentes con los que no tenga esta relación especial.

Puntos de vista del Parlamento Europeo sobre la financiación de la PESC para 2005

El Parlamento Europeo ha manifestado reiteradamente su posición de que la responsabilidad que tiene la Unión de hacer honor a sus compromisos en diversas cuestiones cruciales, como la lucha mundial contra la pobreza, la promoción de los derechos humanos y la democracia y los lazos con los países pobres del mundo, requiere unos medios financieros suficientes. Además, es cada vez más evidente que ya no puede sostenerse la distinción artificial entre gastos militares y civiles, especialmente a la vista de la filosofía conjunta civil y militar que inspira en la Unión la prevención de conflictos y la política de gestión de crisis, así como las novedades en el ámbito de la PESD, en particular, a la hora de ejecutar operaciones autónomas de la UE proyectadas y ejecutadas exclusivamente por medios europeos.

Este es un elemento clave del punto de vista del Parlamento Europeo, que está en franco desacuerdo con la fórmula actual de reservar fondos para operaciones de la PESD, que presenta al menos dos fallos principales: en primer lugar, está el hecho bien conocido de que estos fondos se sustraen al control democrático de los Parlamentos nacionales y del Parlamento Europeo; en segundo lugar, lo que probablemente sea aún peor, está la evidencia de que estos fondos se financian normalmente a través de distintos mecanismos, con el resultado final de que la mayor tensión financiera recae en los Estados miembros que aportan el mayor número de tropas, con el efecto consiguiente de que estos Estados miembros se muestran cada vez más renuentes a intervenir de manera significativa en operaciones futuras. Ha llegado el momento de poner fin a este círculo vicioso, razón por la que el presente informe recoge algunas propuestas con este propósito.

PROCEDIMIENTO

Título

Informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre los principales aspectos y las opciones fundamentales de la PESC, incluidas sus implicaciones financieras para el presupuesto general de las Comunidades Europeas – 2003

Referencias

2004/2172(INI)

Fundamento reglamentario

art. 112, apdo.1

Comisión competente para el fondo
  Fecha del anuncio en el Pleno

AFET
28.10.2004

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión
  Fecha del anuncio en el Pleno

 

 

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)
  Fecha de la decisión

 

 

 

 

 

Cooperación reforzada
  Fecha del anuncio en el Pleno

 

 

 

 

 

Propuesta(s) de resolución incluida(s) en el informe

 

 

 

Ponente(s)
  Fecha de designación

Elmar Brok
13.9.2004

 

Ponente(s) sustituido(s)

 

 

Examen en comisión

18.1.2005

15.3.2005

 

 

 

Fecha de aprobación

16.3.2005

Resultado de la votación final

a favor:

en contra:

abstenciones:

47

13

0

Miembros presentes en la votación final

Bastiaan Belder, Monika Beňová, André Brie, Elmar Brok, Philip Claeys, Simon Coveney, Véronique De Keyser, Giorgos Dimitrakopoulos, Anna Elzbieta Fotyga, Maciej Marian Giertych, Ana Maria Gomes, Alfred Gomolka, Anna Ibrisagic, Toomas Hendrik Ilves, Ioannis Kasoulides, Bogdan Klich, Helmut Kuhne, Joost Lagendijk, Vytautas Landsbergis, Armin Laschet, Willy Meyer Pleite, Francisco José Millán Mon, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Raimon Obiols i Germà, Vural Öger, Justas Vincas Paleckis, Mirosław Mariusz Piotrowski, Tobias Pflüger, Bernd Posselt, Michel Rocard, Raül Romeva i Rueda, Libor Rouček, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, György Schöpflin, Gitte Seeberg, Ursula Stenzel, István Szent-Iványi, Charles Tannock, Inese Vaidere, Geoffrey Van Orden, Ari Vatanen, Paavo Väyrynen, Karl von Wogau, Jan Marinus Wiersma, Luis Yañez-Barnuevo García, Josef Zieleniec

Suplentes presentes en la votación final

Laima Liucija Andrikienė, Alexandra Dobolyi, Árpád Duka-Zólyomi, Michl Ebner, Milan Horáček, Jaromír Kohlíček, Jaime Mayor Oreja, Erik Meijer, Pasqualina Napoletano, Janusz Onyszkiewicz, Doris Pack, Józef Pinior, Aloyzas Sakalas, Inger Segelström

Suplentes (art. 178, apdo. 2) presentes en la votación final

 

Fecha de presentación – A6

21.3.2005

A6-0062/2005

Observaciones

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