INFORME con una propuesta de recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo sobre la prevención, preparación y respuesta a los ataques terroristas
26.5.2005 - (2005/2043(INI))
Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Jaime Mayor Oreja
PROPUESTA DE RECOMENDACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO DESTINADA AL CONSEJO
sobre la prevención, preparación y respuesta a los ataques terroristas
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de recomendación destinada al Consejo presentada por Alexander Nuno Alvaro en nombre del Grupo ALDE sobre un enfoque integrado a nivel de la UE con vistas a prevenir los atentados terroristas de todo tipo, prepararse, responder a los mismos y hacer frente a sus consecuencias (B6‑0081/2005),
– Visto el Título V del Tratado UE,
– Visto el Título VI del Tratado UE, y en particular sus artículos 29, 30, 31, 32, 34, 39 y 42,
– Visto el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, y en particular sus artículos I-43 y III-284,
– Vistas las doce Convenciones de las Naciones Unidas para combatir el Terrorismo,
– Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas,
– Visto el Plan de Acción para combatir el terrorismo, adoptado por el Consejo Europeo extraordinario de Bruselas de 21 de septiembre de 2001,
– Vistas las declaraciones de la reunión informal de Jefes de Estado o de Gobierno celebrada en Gante el 19 de octubre de 2001,
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Laeken de 14 y 15 de diciembre de 2001,
– Vista la Decisión del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia[1],
– Vista la Decisión marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros[2],
– Vista la Decisión marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo[3],
– Vista la Decisión marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la creación de equipos conjuntos de investigación, criminal entre dos o más Estados miembros[4],
– Vista la Decisión marco 2003/577/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la ejecución en la Unión Europea de las resoluciones de embargo preventivo de bienes y de aseguramiento de pruebas[5],
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de 25 y 26 de marzo de 2004,
– Vista la Declaración del Consejo Europeo de 25 de marzo de 2004 sobre la lucha contra el terrorismo,
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de 17 y 18 de junio de 2004,
– Visto el Plan de Acción/Plan de trabajo revisado de la Unión Europea para combatir el terrorismo adoptado por el Consejo Europeo en su reunión de los días 17 y 18 de junio de 2004,
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de 4 y 5 de noviembre de 2004,
– Visto el Programa de La Haya: consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea [6], adoptado por el Consejo Europeo de Bruselas de 4 y 5 de noviembre de 2004,
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de 16 y 17 de diciembre de 2004,
– Vistas las Comunicaciones de la Comisión sobre "La prevención y la lucha contra la financiación del terrorismo a través de medidas para mejorar el intercambio de información, aumentar la transparencia y mejorar la trazabilidad de las transacciones financieras" (COM(2004)0700), "Lucha contra el terrorismo. Preparación y gestión de las consecuencias (COM(2004)0701), y "Protección de las infraestructuras críticas en la lucha contra el terrorismo" (COM(2004)0702),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo relativa a determinadas acciones que deben emprenderse en el ámbito de la lucha contra el terrorismo y otras formas graves de delincuencia, en particular, con el fin de mejorar los intercambios de información (COM(2004)0221),
– Visto el proyecto de Decisión marco del Consejo sobre la simplificación del intercambio de información e inteligencia entre los cuerpos de seguridad de los Estados miembros de la Unión Europea, en particular en relación con delitos graves, incluidos los actos de terrorismo (10215/04),
– Vistos el apartado 3 del artículo 114 y el artículo 94 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6‑0016/2005),
A. Considerando que la prioridad principal de la Unión Europea respecto a la preparación de los atentados terroristas y a la respuesta a los mismos reside en la capacidad de las Instituciones comunitarias y de los Estados miembros para prevenir dichos atentados,
B. Considerando que, desde el punto de vista político, el principal riesgo que corren las instituciones de la Unión frente al terrorismo es que la ciudadanía europea tenga la sensación de indefensión ante los actos terroristas, especialmente en el momento en el que se produce un atentado,
C. Considerando que no es suficiente un listado interminable y genérico de propuestas de acción para hacer frente al terrorismo,
D. Considerando que la lucha contra el terrorismo, independientemente de que se lleve a cabo o no como respuesta a ataques terroristas, debe tener en cuenta siempre la protección de los derechos humanos y la observancia de las libertades fundamentales como elemento esencial y símbolo de identidad de nuestras Instituciones, subraya que las medidas legislativas de emergencia deben aplicarse de manera acorde con el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales y los criterios relativos a la protección de datos,
E. Considerando que la lucha contra el terrorismo requiere estrategias específicas frente a cada una de las organizaciones terroristas, para lo que se debe tener en cuenta su estructura social y su estrategia a la hora de definir los nuevos instrumentos,
F. Considerando que el carácter difuso e impredecible de las organizaciones terroristas constituye una ventaja para su desarrollo, puesto que no se sabe a ciencia cierta el ámbito preciso de sus actividades o el grado de apoyo de que disponen, es esencial, para luchar contra el terrorismo eficazmente, comprender estas organizaciones y el contexto social que las fomentan y apoyan,
G. Considerando que la actuación de estas organizaciones no está limitada por fronteras ni se restringe a regiones geográficas determinadas; que dichas organizaciones se camuflan a menudo en la falta de transparencia de los Estados desestructurados o en proceso de desestructuración, y que tienen capacidad para provocar acciones devastadoras en diferentes países de forma simultánea,
H. Considerando que en una evaluación de amenazas para la Unión, el terrorismo en todas sus manifestaciones constituye un fenómeno emergente y, por ello, poco conocido en su estructura operativa, en su sentido del tiempo y cadencia de sus atentados,
I. Considerando que no es contradictorio respetar el Islam y dejar claro que el terrorismo practicado por grupos fundamentalistas islamistas constituye la amenaza más grave para la estabilidad de las Instituciones europeas durante los años venideros, subraya la necesidad de asegurar que los musulmanes no sean objeto de discriminación a causa de su fe, y corrobora que en ningún caso debe asimilarse el Islam al terrorismo;
J. Considerando que una posición decidida a favor del pluralismo, la diversidad, los derechos humanos y el diálogo pacífico constituye la mejor prevención y el remedio más adecuado contra el radicalismo y la polarización social negativa, que son a menudo un componente y una consecuencia del fenómeno terrorista,
K. Considerando que la prevención debe basarse en información, en un debate político permanente sobre la amenaza terrorista, en el rechazo colectivo del terrorismo como estrategia política, en un análisis de las razones invocadas por algunos para justificar su negativa a rechazar el terrorismo, teniendo en cuenta que es siempre necesario tratar de evitar toda alarma innecesaria y no engañarse sobre la verdadera naturaleza del terrorismo;
L. Considerando que el Parlamento es el principal foro europeo de encuentro con la sociedad y entre las diferentes instituciones de la Unión Europea, y que, por tanto, debería poder compartir información sobre las organizaciones terroristas y su modus operandi, así como sobre los esfuerzos de la Unión para combatirlas,
M. Considerando que la prevención exige lograr anticipar la gravedad del riesgo, de modo que la opinión pública tenga la percepción de que se han realizado todos los esfuerzos, humana y políticamente posibles, para evitar los atentados, y que la prevención tenaz y perseverante debe evitar, en el caso de que no se pudiese evitar un atentado, que se sufra una crisis de confianza en el proyecto político de las Instituciones Europeas, derivada de la impresión de que no son eficaces,
N. Considerando que, para hacer frente a esta modalidad concreta de terrorismo, la UE debería definir y aplicar un proyecto político europeo que los ciudadanos europeos puedan percibir fácilmente y que fomente la seguridad interior y exterior y no sea un mero catálogo de medidas generales,
O. Considerando que sólo puede hablarse de una respuesta política si hay prevención, ya que de lo contrario la reacción en el ámbito europeo será siempre insuficiente y desordenada,
P. Considerando que las políticas interiores y exteriores de la UE deberían ser coherentes, y que dicha coherencia debería reflejarse en el funcionamiento de las Instituciones,
1. Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo:
A) Por lo que se refiere a la prevención, pide al Consejo:
a) reconvertir el actual listado de iniciativas exhaustivas y genéricas frente al terrorismo en un proyecto político europeo global y coherente destinado a luchar contra sus raíces, tanto en el interior como en el exterior de la Unión,
b) respaldar plenamente los actuales esfuerzos y, si procede y se considera necesario, crear nuevos instrumentos y plataformas que permitan y fomenten el diagnóstico y el intercambio de información entre policías y entre servicios de inteligencia respecto a las organizaciones terroristas y su modus operandi, respetando los principios de la protección de datos,
c) supervisar el cometido de las entidades financieras en las transferencias de dinero, con el fin de evitar que flujos financieros sospechosos sean destinados a la financiación de actividades terroristas,
d) desarrollar todos los instrumentos necesarios para el intercambio de información con terceros países y con los organismos internacionales sobre las personas sospechosas de terrorismo y las organizaciones a las que pertenecen, preservando el derecho a la intimidad de las personas y los principios de protección de datos,
e) crear un foro de intercambio de información entre todas las instituciones europeas, celebrándose reuniones semestrales en las que se vaya dando impulso al intercambio de información que, en este caso, no se refiera a la información operativa, sino que se centre en el conocimiento de la estrategia, el modus operandi de estas organizaciones terroristas y el esfuerzo de la Unión en la lucha contra las mismas,
f) llevar a cabo una acción preventiva de amplio alcance basada en el diálogo entre culturas y religiones, con el fin de fomentar el conocimiento y la comprensión mutuos y limitar cualquier tipo de propaganda fundamentalista dirigida al reclutamiento de terroristas,
g) respaldar expresamente el proyecto piloto presentado en el Parlamento Europeo, con la finalidad de favorecer el intercambio de información entre cuerpos policiales, teniendo en cuenta la legislación comunitaria sobre protección de datos,
h) impulsar la especialización creciente de EUROPOL y EUROJUST en la lucha contra esta modalidad de terrorismo, fortaleciendo su papel en el diagnóstico y en la activación de los mecanismos europeos para el intercambio de información entre las autoridades policiales de la Unión y de los Estados miembros, y fomentar la confianza mutua de las autoridades policiales y de los Estados miembros de la Unión Europea en los mecanismos para el intercambio de información,
i) orientar la formación y la especialización de la Academia de Policía, CEPOL, hacia todas las formas de terrorismo, que afecta tan singularmente al futuro de la Unión Europea,
j) incluir representantes del Parlamento Europeo, para que participen de la información no operativa , en las reuniones semestrales entre directores de SCIFA, CATS, Comisarios de EUROPOL, EUROJUST, EBA, CPTF y SitCen,
k) promover una normativa europea que controle, con el máximo de garantías, el desvío y almacenamiento de precursores químicos que pueden ser utilizados para la fabricación de explosivos,
B) Por lo que se refiere a la respuesta, pide al Consejo:
a) impulsar los protocolos y las medidas a aplicar de manera automática tras la comisión de un atentado,
b) dotar a la Oficina del Coordinador Europeo de la Lucha contra el Terrorismo de los medios necesarios para diseñar y coordinar la respuesta ante un atentado terrorista, garantizando así que ésta sea lo más unitaria y eficaz posible,
la respuesta habrá de contemplar la sensibilización y la promoción de la movilización social en todos y cada uno de los países de la Unión, y no sólo en aquel en el que se haya producido el atentado,
asimismo, tendrá en cuenta la atención primordial a las víctimas y sus familias,
c) apoyar las siguientes medidas en relación con las víctimas del terrorismo:
– la creación de una Oficina Europea de Ayuda a Víctimas del Terrorismo en la Comisión Europea, como punto de referencia y de contacto con las instituciones europeas,
– la elaboración de un proyecto de Convenio de las Naciones Unidas sobre derechos de las víctimas del terrorismo,
– apoyar la iniciativa de la Comisión encaminada a posibilitar la aplicación del Fondo de Solidaridad en el caso de atentados terroristas, y que sirva como instrumento para la indemnización,
– consolidar el proyecto piloto de ayuda a las víctimas del terrorismo mediante la creación de una línea presupuestaria permanente,
– apoyar la armonización de la definición del delito de amenazas contra individuos, incluidas las víctimas del terrorismo, y las penas correspondientes,
d) apoyar programas comunitarios que ofrezcan protección para las víctimas que sean testigos de actos terroristas.
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo Europeo, al Consejo y, para información, a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos nacionales de los Estados miembros, al Consejo de Europa, a la Organización de las Naciones Unidas y a sus agencias especializadas.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Prevención:
En la fecha de hoy, el mayor riesgo de la democracia y la convivencia europeas, lo constituye el fenómeno terrorista impulsado por grupo radicales islamistas.
La función de las Instituciones europeas en esta materia de la prevención puede resumirse en dos objetivos prioritarios para evitar atentados.
Los objetivos prioritarios de las Instituciones Europeas, en el ámbito de la prevención de este terrorismo deben ser:
A.- Tratar de evitar los atentados: Un proyecto europeo para dinamizar la información entre los diferentes cuerpos e instituciones policiales.
B.- Trasladar a la sociedad, el esfuerzo que se está desarrollando por parte de las instituciones europeas.
Si no se consigue evitar un atentado, es muy importante haber trasladado durante este tiempo, que estamos realizando todos los esfuerzos necesarios, porque solo así podremos evitar una crisis generalizada de confianza que produce un atentado.
Es necesario mantener la tensión política necesaria, desarrollando y dando a conocer periódicamente un diagnostico de las instituciones europeas, sobre este tipo de terrorismo, que sea regularmente objeto de debate en el Parlamento Europeo, en las instancias que se consideren oportuno.
Actualmente el documento sobre evaluación de la amenaza terrorista, realizado semestralmente por la Presidencia del Consejo, tiene carácter confidencial y sería conveniente que, en el grado que sea posible, sea explicado en el seno del Parlamento Europeo.
El mayor riesgo, en las actuales circunstancias, es que se traslade la sensación de parálisis, de inacción, de no saber qué hacer por parte de las Instituciones Europeas. Y que este sentimiento, de los europeos hacia las Instituciones de la Unión este especialmente presente en el momento en el que pueda producirse un atentado.
Porque no es suficiente con un listado interminable de acciones, muchas de ellas genéricas, para hacer frente a este fenómeno emergente.
Hay que saber priorizar medidas, concretar la organización u organizaciones a las que nos enfrentamos, y después saber comunicar nuestro esfuerzo.
Es preciso un doble esfuerzo de comunicación: Por un lado, en la reiteración de la gravedad de la amenaza, de forma sostenida, alejado de la histeria, pero no exenta de la gravedad necesaria. Por otro lado, hay que saber visualizar el esfuerzo, el proyecto político europeo, para contrarrestar este fenómeno terrorista.
Siempre hemos estado en la reacción y hoy, ya no es suficiente.
El 11 de septiembre de 2001, el terrible ataque en Nueva York provocó en la Unión Europea, una serie de iniciativas, de las que se destaca la Orden Europea de detención. y el 11 de Marzo de 2004, el trágico atentado en Madrid, provocó un plan de acción contra el terrorismo.
Hoy la Unión Europea, a la que cada día que pasa se le va a exigir más, tiene que ser capaz de actuar en el ámbito de la prevención.
Cada vez que transcurre mas tiempo, desde la fecha del último y trágico atentado de Madrid, se percibe una perdida creciente de tensión política ante este fenómeno y ello constituye un grave error.
La mejor prevención, es la visualización de un proyecto político europeo, en el que participen el Consejo, la Comisión y el Parlamento.
La visualización de una plataforma europea de intercambio de información y conocimientos de un fenómeno emergente y por ello, especialmente difuso y desconocido, como es el protagonizado por estos grupos radicales islamistas.
No conocemos suficientemente sus formas y cadencias de actuación. Por ello es fundamental, en estos momentos, invertir en su diagnostico y en información.
Existe un problema de falta de concienciación sobre la amenaza terrorista especialmente en algunos Estados miembros de la U.E., que afortunadamente para ellos, no han sufrido sus consecuencias. Por ello apoyamos las iniciativas del Secretario General de Naciones Unidas, Kofi Annan de realizar una campaña mundial de concienciación contra el terrorismo. La Unión Europea debe protagonizar, en su seno, una campaña de concienciación de la gravedad del problema.
En la actualidad la tarea de evitar la comisión de atentados terroristas corresponde a las fuerzas de seguridad de los Estados miembros. Esta situación no va a cambiar en la próxima década. No obstante tanto EUROPOL como EUROJUST, pueden desempeñar un papel relevante en esta lucha.
Ambas organizaciones, pueden incidir de modo muy especial en:
A. Profundizar en el diagnóstico de las organizaciones terroristas, a las que nos enfrentamos.
B. Dinamizar los intercambios de información entre las policías nacionales, así como entre las organismos de inteligencia de los Estados miembros, en este ámbito.
Una vez más, resulta esencial que cuanto más concretemos la acción y las plataformas
Europeas de intercambio de información, más eficaces serán.
Igualmente es fundamental dar impulso a todas las medidas que faciliten un mayor intercambio de información entre la UE y los EEUU.
Para favorecer el intercambio de información, resulta indispensable señalar y delimitar el tipo de organización que se combate, única manera de incentivar este flujo indispensable de información.
En un fenómeno emergente, como el que previsiblemente vivimos con los grupos radicales islamistas, la tarea primordial es la conocimiento de su entramado, el diagnostico y la prevención de sus acciones, en definitiva es más que nunca el momento decisivo de la información.
En materia de prevención, es relevante, además:
A. Fomentar el diálogo entre los sectores privado y público en materia de seguridad, con representantes de asociaciones europeas nacionales y sectoriales. Potenciando las innovaciones tecnológicas, la participación del sector privado en la elaboración de normas, prácticas y procedimientos para la mejora de la seguridad de los bienes y servicios, la utilidad de un plan de seguridad en las infraestructuras básicas de la Unión, exigen este diálogo y esfuerzo común.
B. Potenciar un mayor control sobre armas y explosivos.
El Parlamento Europeo apoya decididamente todos los trabajos que en esta materia impulse la Comisión, a instancias del Consejo e insta a la Comisión y al Consejo, para que sean presentadas propuestas en ese sentido, bajo el criterio de la máxima exigencia y control en este apartado.
Preparación y Respuesta:
En el momento de producirse el atentado son muy importantes todas aquellas medidas que permitan visualizar la solidaridad europea.
Un ataque terrorista contra un País de la Unión debe ser sentido como un ataque contra toda la Unión y así también ser escenificado.
En este sentido, resulta muy oportuna la propuesta de la Comisión Europea para la creación de un nuevo instrumento de preparación y respuesta rápida ante situaciones de crisis graves, incluyendo los ataques terroristas.
Por otra parte, desconocemos los criterios de selección del País en el que los terroristas deciden actuar, pero tenemos la certeza que siempre utilizarán el instrumento del "divide y vencerás".
En este sentido, tratarán de que exista siempre la interpretación de que se produce un ataque en un determinado País en función de lo que éste haya podido hacer, en un momento determinado, y así conseguir que los demás no se sientan directamente amenazados.
Si ello es así la respuesta a los atentados terroristas debe cumplir las siguientes tres condiciones.
A. La respuesta debe ser la más conjunta y unitaria posible, con un especial protagonismo de las Instituciones de la Unión.
B. La movilización social, debe ser la más conjunta y unitaria posible, produciéndose convocatorias de respuesta cívica, en todos los países de la Unión y no sólo en el País donde se haya producido la tragedia.
C. El protagonismo de las víctimas y de sus familias, debe ser primordial, porque ellos tienen la principal fortaleza moral en la respuesta.
Por todo ello es fundamental que la Unión Europea se dote de una serie de protocolos y medidas a aplicar de manera automática, de manera que evitemos la imagen de improvisación en función de los acontecimientos.
La experiencia de atentados últimos como los de Madrid, el 11 de Marzo de 2004, o el de Australia antes de las elecciones, o la divulgación de videos de Bin Laden a dos días de las elecciones presidenciales en Estados Unidos, nos obliga a la Unión y a los Países europeos a una reflexión respecto a la toma de una posición si esta situación volviera a repetirse.
En el seno de las instituciones de la Unión, debería arbitrarse una reflexión sobre la respuesta, que en estos casos pudiera darse.
Frente a quienes afirmamos, que el análisis previo de estas posibles iniciativas crea alarma e incluso que favorecen el ataque terrorista, debemos estar convencidos que la mayor alarma social se producirá cuando tengamos que improvisar sobre la marcha respuestas y acciones.
Tanto en el ámbito de la prevención como en la respuesta merecen un apartado especial.
1. Víctimas del terrorismo
Como bien dice la Comisión, el 11 de marzo, día europeo de las víctimas del terrorismo en recuerdo de las 192 víctimas del 11 de marzo de 2004 en Madrid, debe convertirse en el día del debate cívico y democrático sobre los medios para garantizar la libertad.
Debe constituirse ya la Oficina Europea de Ayuda a Víctimas del Terrorismo que solicitó el Parlamento Europeo en la recomendación A6-0010/2004. Consistiría en una unidad administrativa en la Comisión Europea, sin grandes pretensiones en cuanto a instalaciones y personal, porque simplemente ha de servir de punto de información y de referencia a nivel administrativo para los que las víctimas del terrorismo tengan conocimiento de sus derechos, de a dónde pueden acudir si necesitan ayuda y de las asociaciones de víctimas existentes en los diversos Estados miembros.
Para salvaguardar el respeto debido a las víctimas, se propone la armonización de la tipificación y penas del delito de amenazas a las víctimas del terrorismo.
2 Medios de comunicación
La respuesta de los medios de comunicación resulta esencial en el momento en que se produzca un atentado
Cuando se produce un atentado, no cabe el dirigismo de los Gobiernos. Sólo cabe esperar la madurez y las convicciones sólidas y democráticas de los medios de comunicación. Pero, en la medida en que los responsables de los medios de comunicación hayan participado y compartido con los responsables políticos reflexiones y encuentros referidos al terrorismo su respuesta será más inequívoca y positiva.
En definitiva, ni el dirigismo gubernamental, ni el control, ni mucho menos una ley mordaza constituyen la solución.
Para aunar criterios en la respuesta necesaria y primordial que deben de protagonizar los medios de comunicación resulta indispensable la organización de encuentros y seminarios en el que políticos y periodistas intercambien puntos de vista al respecto.
Un proyecto político europeo
- Un proyecto político no puede ser un exhaustivo listado de medidas a aplicar.
- Un proyecto político exige una síntesis, un esfuerzo de prioridad, una dirección.
- Hoy un proyecto político europeo para afrontar las respuestas a los grupos radicales islamistas, fenómeno emergente, exige poner el acento en la información.
- Constituye un diagnostico, una evidencia, un mejor conocimiento.
- El Parlamento Europeo, debe saber encontrar su papel en este proyecto político europeo.
El Papel del Parlamento Europeo
El Parlamento no puede limitarse a dar recomendaciones al Consejo y a la Comisión Europea.
El Parlamento Europeo es la Institución más próxima y representativa de los europeos. Sus miembros han sido elegidos directamente por los ciudadanos europeos y ello le obliga a una especial cercanía con ellos. Como todo Parlamento tiene la obligación de crear opinión pública, en este caso opinión pública europea, es decir, una opinión común y compartida por todas las sociedades europeas.
La primera tarea, debe ser la concienciación de la gravedad de esta amenaza.
Su tarea no es tanto la adopción de medidas de carácter técnico y policial, sino que su acción debe concentrarse en el ámbito estrictamente político, comenzando con la concienciación.
El otro acento, del Parlamento Europeo es su capacidad de constituirse en foro de encuentro con la sociedad. Un lugar de reunión no sólo para los parlamentarios a la hora de abordar este fenómeno. El Parlamento Europeo, tiene la principal responsabilidad, de que ser capaz de trasladar a la opinión pública los trabajos y los esfuerzos, que no solo desarrollan los parlamentarios, sino que desarrollan las instituciones europeas.
Es el foro de encuentro, por excelencia:
A.- A la hora de dar a conocer las iniciativas del Consejo y de la Comisión.
B.- A la hora de intercambiar puntos de vista con los sectores sociales interesados y con los responsables de medios de comunicación.
PROPUESTA DE RECOMENDACIÓN B6-0081/2005 (21.1.2005)
presentada de conformidad con el apartado 1 del artículo 114 del Reglamento
por Alexander Nuno Alvaro, en nombre del Grupo ALDE
sobre un enfoque integrado a nivel de la UE con vistas a prevenir los atentados terroristas de todo tipo, prepararse, responder a los mismos y hacer frente a sus consecuencias
El Parlamento Europeo,
– Vista la Declaración sobre la lucha contra el terrorismo adoptada durante la reunión del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2004,
– Visto el Plan de Acción revisado contra el terrorismo de la Unión Europea, adoptado en la reunión del Consejo de los días 17 y 18 de junio de 2004,
– Visto el paquete de medidas para la prevención y la represión del terrorismo previsto por el Programa de La Haya, adoptado con ocasión de la reunión del Consejo Europeo de los días 4 y 5 de noviembre de 2004, completado con las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 16 y 17 de diciembre de 2004, en particular las relativas al terrorismo,
– Visto el apartado 1 del artículo 114 de su Reglamento,
A. Considerando que deberían ponerse en marcha rápidamente las medidas del Programa de La Haya que presentan un interés para la lucha contra el terrorismo, con el fin de consolidar la libertad, la seguridad y la justicia en la UE,
B. Considerando que, para prevenir y combatir eficazmente los atentados terroristas dentro del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, los Estados miembros no pueden limitar sus actividades al mantenimiento de su propia seguridad, sino que también deben centrar estas actividades en la seguridad de la UE en su conjunto,
C. Considerando que, para luchar contra la persistente amenaza terrorista, ha quedado demostrado que uno de los elementos esenciales de la política de la Unión Europea consiste en mejorar la cooperación leal entre sus instituciones,
D. Considerando que es importante aprovechar la ocasión para alentar el refuerzo y el desarrollo de las capacidades de la UE en lo referente a la prevención, la preparación y la capacidad de respuesta en caso de atentados terroristas,
1. Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo:
a) que luche contra la amenaza terrorista reforzando la cooperación tanto en el plano interior como a nivel internacional,
b) que ponga en marcha sin dilación las medidas incluidas en el Programa de La Haya: consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea, y en particular las que presentan un interés para la lucha contra el terrorismo, dentro del pleno respeto de los derechos fundamentales,
c) que exija a los Estados miembros que pongan en común las informaciones de sus servicios de inteligencia y seguridad, no solo para hacer frente a las amenazas contra su propia seguridad, sino también, según los casos, para proteger la seguridad interior de los demás Estados miembros,
d) que adopte a la mayor brevedad todas las medidas legislativas necesarias para establecer a nivel de la UE un marco coherente y eficaz, tanto para prevenir los atentados terroristas de todo tipo como para hacer frente a sus consecuencias, incluidas las medidas para garantizar la cooperación sin brechas de las fuerzas y órganos de seguridad y la cooperación exterior, y para garantizar el control democrático y la protección de los derechos fundamentales,
e) que asegure una protección y ayuda adecuada a las víctimas del terrorismo y a sus familias, asignando los créditos necesarios en los presupuestos anuales de la Unión Europea;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo y, para información, al Consejo Europeo y a la Comisión.
PROCEDIMIENTO
Título |
Propuesta de recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo sobre la prevención, preparación y respuesta a los ataques terroristas | |||||||||||
Número de procedimiento |
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Propuesta de recomendación de base |
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Fundamento reglamentario |
art. 114, apdo. 3, y art. 94 | |||||||||||
Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno |
LIBE | |||||||||||
Fecha de la decisión de elaborar un informe |
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Comisión competente para emitir opinión |
AFET 28.4.2005 |
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Opinión no emitida |
AFET |
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Cooperación reforzada |
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Otras propuesta de recomendación incluida en el informe |
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Ponente |
Jaime Mayor Oreja |
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Ponente(s) sustituido(s) |
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Examen en comisión |
12.4.2005 |
28.4.2005 |
24.5.2005 |
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Fecha de aprobación |
24.5.2005 | |||||||||||
Resultado de la votación final |
a favor: en contra: abstenciones: |
41 1 3 | ||||||||||
Miembros presentes en la votación final |
Edit Bauer, Mihael Brejc, Giusto Catania, Michael Cashman,Charlotte Cederschiöld, Carlos Coelho, Fausto Correia, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Rosa Díez González, Antoine Duquesne, Kinga Gál, Lívia Járóka, Magda Kósáné Kovács, Wolfgang Kreissl-Dörfler, Barbara Kudrycka, Henrik Lax, Edith Mastenbroek, Jaime Mayor Oreja, Claude Moraes, Martine Roure, Inger Segelström, Ioannis Varvitsiotis, Stefano Zappalà, Tatjana Ždanoka | |||||||||||
Suplentes presentes en la votación final |
Frederika Brepoels, Gérard Deprez, Ignasi Guardans Cambó, Luis Francisco Herrero-Tejedor, Carlos José Iturgaiz Angulo, Sylvia-Yvonne Kaufmann, Jeanine Hennis-Plasschaert, Jean Lambert, Mary Lou McDonald, Antonio Masip Hidalgo, Javier Moreno Sánchez, Bill Newton Dunn, Cem Özdemir, Siiri Oviir, Marie-Line Reynaud, Antonio Tajani | |||||||||||
Suplentes (art. 178, apdo. 2) presentes en la votación final |
María del Pilar Ayuso González, Cristina Gutiérrez-Cortines, María Esther Herranz García, Antonio López-Istúriz White, Antolín Sánchez Presedo. | |||||||||||
Fecha de presentación – A6 |
26.5.2005 |
A6‑0166/2005 | ||||||||||
Observaciones |
... | |||||||||||
PROPUESTA DE RECOMENDACIÓN DE BASE
Número de B6 Autor Título
Comisión competente para el fondo Comisión competente para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno |
Alexander Nuno Alvaro, en nombre del Grupo ALDE Sobre un enfoque integrado a nivel de la UE con vistas a prevenir los atentados terroristas de todo tipo, prepararse, responder a los mismos y hacer frente a sus consecuencias LIBE AFET
26.1.2005 |