INFORME sobre la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa
9.12.2005 - (2005/2123(INI))
Comisión de Industria, Investigación y Energía
Ponente: Dominique Vlasto
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa
El Parlamento Europeo,
– Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2005, sobre la revisión intermedia de la Estrategia de Lisboa[1],
– Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Lisboa de marzo de 2000,
– Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002,
– Visto el informe elaborado por el Grupo de Alto Nivel presidido por Wim Kok tras la reunión del Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002,
– Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas de marzo de 2005,
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Trabajando juntos por el crecimiento y el empleo – Relanzamiento de la estrategia de Lisboa» (COM(2005)0024),
– Visto el informe de la Comisión sobre la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa (COM(2005)0030),
– Vista la Carta Europea de la Pequeña Empresa adoptada por el Consejo Europeo de Santa Maria da Feira en junio de 2000,
– Vista su Resolución, de 9 de junio de 2005, titulada «Reforzar la competitividad europea: consecuencias de las transformaciones industriales en la política y en el papel de las PYME»[2],
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A6‑0405/2005),
A. Considerando que el Consejo Europeo ha aprobado la estrategia para hacer de Europa la economía basada en el conocimiento más competitiva del mundo,
B. Considerando que la Comisión ha iniciado una política de «think small first» («pensar primero a pequeña escala») y ha propuesto nuevos programas para las pequeñas y medianas empresas (PYME), en particular, un Plan de acción en favor del espíritu empresarial,
C. Considerando que la Comunicación de la Comisión Europea de febrero de 2005 sobre el relanzamiento de la estrategia de Lisboa ignora a las pequeñas empresas, pese a que el Consejo Europeo de Lisboa había declarado que estas pequeñas empresas eran la espina dorsal de la economía europea y de la creación de empleo,
D. Considerando que los Estados miembros de la Unión Europea, los Estados candidatos a la adhesión y los Estados asociados han adoptado la Carta Europea de la Pequeña Empresa, que también ha sido aprobada por la Comisión Europea, llevando a 35 el número de países donde se aplica; considerando que los mecanismos de aplicación de la Carta se basan en el método abierto de coordinación entre Estados,
E. Considerando que la Comisión ha esbozado las instrucciones clave para las reformas a nivel de la Unión Europea centrándose en ocho acciones principales acompañadas de alrededor de cien acciones de regulación, financiación y desarrollo de políticas que han de llevarse a cabo antes de 2008,
F. Considerando que el Consejo Europeo ha pedido una aplicación más rápida de la Carta,
G. Considerando que las organizaciones profesionales desempeñan un papel activo en la aplicación de la Carta y que desean aumentar su participación; considerando que la valoración del contenido de la Carta por las pequeñas empresas es positiva,
H. Considerando que continúa faltando información pertinente sobre las pequeñas empresas y las microempresas y que el conocimiento insuficiente de estas empresas constituye un freno al desarrollo de políticas empresariales eficaces,
I. Considerando que, a raíz de una recomendación del Consejo, este quinto informe de evaluación de la Carta se refiere a tres de sus diez líneas de actuación, a saber, la educación en el espíritu empresarial, la mejora de la reglamentación y el control de la penuria de mano de obra cualificada,
J. Considerando que las pequeñas empresas y las empresas artesanales son uno de los principales motores que permiten aumentar el empleo en Europa, que desempeñan un papel capital en la competitividad y la innovación así como en la formación profesional, y que son un elemento esencial de la cohesión social en el entorno urbano y rural,
K. Considerando que el Grupo de Alto Nivel, la Comisión y el Consejo Europeo han propuesto y establecido un relanzamiento del proceso de Lisboa,
Sobre la Carta Europea de la Pequeña Empresa
1. Celebra la aplicación de la Carta fuera de los Estados miembros de la Unión Europea; considera que la Carta desempeña un papel positivo en la preparación de los Estados candidatos; considera que en la estrategia de preadhesión debería impulsarse la aplicación de la Carta;
2. Destaca la responsabilidad de los Estados miembros y de los países socios de Euromed en lo que se refiere a una aplicación más exhaustiva de la Carta, y les insta a que aprendan de sus experiencias mutuas mediante el intercambio de buenas prácticas en este ámbito;
3. Resalta la importancia de las pequeñas empresas en la consecución de los objetivos de Lisboa con vistas a alcanzar un crecimiento más duradero y más y mejores puestos de trabajo;
4. Apoya el principio de la aplicación de la Carta en los Estados asociados; considera que la Carta representa un excelente vector de aproximación de las legislaciones entre estos Estados y la Unión Europea; desea que la Carta ocupe un lugar sólido en los proyectos de la Política Europea de Vecindad;
5. Considera que el método abierto de coordinación entre los Estados es pertinente, pero que no debe eximir a la Comisión de participar activamente en la aplicación de la Carta;
6. Desea que se refuercen las estructuras de las organizaciones profesionales de las pequeñas empresas, especialmente a nivel regional, y que se potencie su participación; considera que las conferencias anuales sobre la Carta deberían complementarse con otras reuniones periódicas para estructurar los intercambios y la difusión de las mejores prácticas; aboga por el fomento de los proyectos de cooperación y colaboración entre pequeñas empresas;
7. Recuerda que la Carta afecta a las pequeñas empresas y que esta especificidad le confiere todo su valor; considera, no obstante que, en el respeto de esta especificidad, conviene integrar las acciones «pequeñas empresas» de la Carta en la política global destinada a las PYME y completar estas acciones mediante la política global, gracias a una acción vinculante no sólo a nivel comunitario, sino también en los Estados miembros, en los que debería fomentarse de forma específica el intercambio de mejores prácticas; señala, en concreto, el décimo y último principio sobre la potenciación de la representación de los intereses de la pequeña empresa, en el que se afirma que se estudiará exhaustivamente cómo están representados los intereses de la pequeña empresa a escala nacional y de la Unión Europea, por ejemplo a través del diálogo social; destaca que lo expuesto constituye un requisito fundamental, dado que la estructura actual de la concertación social constituye un reflejo, principalmente, de las grandes empresas y sus empleados; observa, no obstante, que el informe de la Comisión sobre la aplicación actual se centra sobre todo en otros tres ámbitos prioritarios de la Carta, y pide que esta revisión de la Carta se complete y publique lo antes posible y que, mientras tanto, los representantes de los empresarios defiendan los intereses de las pequeñas empresas en sus actividades, en su calidad de interlocutores sociales;
8. Recuerda que el concepto mismo de «pequeña empresa» agrupa a empresas de dimensiones, naturaleza y actividades diferentes, con situaciones y necesidades diferentes; desea que la Comisión utilice los mecanismos de la Carta y coopere con las organizaciones profesionales de las pequeñas empresas para paliar la falta de información y de datos disponibles sobre estas empresas, sus necesidades y potencialidades; reitera su solicitud, habida cuenta de la especificidad de las empresas del sector artesanal, de proceder a análisis económicos y estadísticos detallados y precisos sobre estas empresas, así como de reanudar los trabajos sobre la empresa de carácter artesanal;
Sobre el contenido del informe de la Comisión
9. Constata que el informe no aporta una visión consecuente de la situación en todos los Estados miembros; pide a la Comisión que, en los futuros informes, no sólo analice los diferentes países, sino que además proceda a una valoración crítica, global y concisa de todos los Estados miembros y de los Estados asociados, con el fin de poder establecer comparaciones concretas;
10. Expresa su asombro ante la presentación algo compleja del informe, que, según versiones, es más o menos denso; habría apreciado una evaluación más sistemática y más crítica;
11. Constata que los progresos son bastante dispares en lo que se refiere al espíritu empresarial y que, en un gran número de casos, resultan poco eficaces en lo relativo a las repercusiones concretas para las empresas; considera necesaria una mejor coordinación con el Plan de Acción para promover el espíritu empresarial; recuerda que la implicación de las empresas en estas acciones es una condición esencial de su éxito; subraya, en particular, la necesidad de aumentar las posibilidades para que las pequeñas empresas y las microempresas puedan recurrir a los programas europeos, a la vista de las dificultades que experimentan a la hora de acceder a los mismos;
12. Opina que el representante de las PYME desempeña una función de gran utilidad como contacto externo entre las pequeñas empresas y el entorno comunitario; pide, por lo tanto, a la Comisión que favorezca la coordinación entre el representante y las organizaciones representativas de las pequeñas empresas y de las empresas artesanales sobre todas las cuestiones comunitarias; considera que dicho papel podría desempeñarse de un modo más eficaz si el portavoz pudiera hacerse oír y participara en las deliberaciones de las comisiones del Parlamento sobre las propuestas legislativas, de manera que las necesidades de las PYME se pudieran examinar oportunamente y de un modo más exhaustivo;
13. Destaca el importantísimo papel que puede desempeñar la cooperación internacional entre las cámaras de comercio a la hora de mejorar la competitividad de las pequeñas empresas, sobre todo teniendo en cuenta que, a causa de la mundialización, son cada vez más las empresas, concentraciones y consorcios que tienen carácter internacional;
14. Acoge con satisfacción la voluntad de la Comisión de mejorar el acceso de las PYME a los programas de la Unión Europea, subraya que es importante facilitar su acceso a los Fondos estructurales y fomentar otro tipo de iniciativas que permitan mejorar el acceso a los flujos de capital en favor de las pequeñas empresas, previendo en particular facilidades de microfinanciación de carácter flexible para las empresas creadas por mujeres o empresas de tipo familiar, contribuyendo a cofinanciar los proyectos y facilitando información pertinente y accesible desde el punto de vista financiero, en especial a través de los Centros Europeos de Información Empresarial y de los Centros de Enlace para la Innovación;
15. Destaca que la mayoría de las empresas regionales o situadas en las zonas rurales son pequeñas empresas; subraya, por consiguiente, la necesidad de aprobar acciones específicas y programas de inversión para reforzar su financiación y hacer extensiva la acción de las redes de innovación a las pequeñas empresas regionales, para las que el acceso a la innovación es de importancia vital; recomienda la aplicación de procedimientos simplificados para la creación de fondos regionales y locales de capital de riesgo en cooperación con instituciones que se ocupen del desarrollo tecnológico y la innovación, tales como centros de fundación tecnológicos, centros de alta tecnología, parques tecnológicos, etc.;
16. Subraya que el informe tiene por objeto consolidar la dimensión de las PYME en la política comunitaria mediante el establecimiento de buenas prácticas y la racionalización de los instrumentos políticos existentes; dado que las pequeñas empresas se consideran agentes fundamentales de la creación y del crecimiento del empleo y de la innovación en Europa así como del fomento del desarrollo social y regional, es esencial que la función y las necesidades de las PYME se tengan en cuenta de un modo general durante el desarrollo de cualquier propuesta legislativa, y no únicamente en el caso de las que se refieran de manera específica a dichas empresas;
17. Recuerda que las pequeñas empresas y las empresas del sector artesanal constituyen una fuente irreemplazable de innovaciones tecnológicas; pide que los programas PIC e Investigación/Innovación así como la política regional faciliten el desarrollo de las innovaciones y apoyen las iniciativas de estas empresas; destaca que la innovación no debe ser sólo de carácter tecnológico, sino que también ha de englobar la modernización de las actividades y los servicios de las pequeñas empresas y las empresas del sector artesanal, incluida su modernización con fines sociales y de creación de empleo;
18. Reconoce que los Estados miembros son los mejor situados para supervisar la legislación sobre quiebras; no obstante, considera que no basta un intercambio de buenas prácticas y, en consecuencia, pide a la Unión Europea que aliente el desarrollo ulterior a escala regional y local de redes de apoyo a las empresas que ayuden a las pequeñas empresas a reanudar sus actividades;
19. Celebra los progresos registrados en los Estados en materia de legislación sobre quiebras; recuerda que numerosos obstáculos financieros siguen obstaculizando el desarrollo de las pequeñas empresas y las microempresas, en particular, su acceso a los créditos, y que, por lo tanto, las medidas al respecto deberían adoptarse a escala comunitaria; reitera que deberían utilizarse mejor el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones para sostener el crecimiento de estas empresas, especialmente de las que desarrollan su labor en el ámbito de la innovación y del desarrollo tecnológico; considera que, si se facilita la transferencia de empresas, se potenciará significativamente la viabilidad de las pequeñas empresas; pide que toman iniciativas europeas comunes de mayor alcance para fomentar la creación de pequeñas empresas y un mejor aprovechamiento de su potencial de inversión; opina que las medidas de la Unión Europea deberían complementar y apoyar -en el respeto del principio de subsidiariedad- las políticas nacionales;
20. Pide a la Comisión y al Consejo que refuercen los instrumentos financieros en favor de las pequeñas empresas y las empresas del sector artesanal, en particular, los sistemas de garantía mutua;
21. Destaca de nuevo los obstáculos fiscales persistentes, en particular, en materia de inversión; considera que este ámbito de actuación debería ser prioritario, facilitando el acceso de las PYME al capital; propone, por ejemplo, que las subvenciones europeas concedidas a las pequeñas empresas estén excluidas del impuesto de sociedades;
22. Opina que los sistemas fiscales y administrativos relacionados con la creación y desarrollo de pequeñas empresas deben simplificarse; que deben eliminarse las barreras fiscales para toda forma de actividad económica transfronteriza, por ejemplo, mediante un sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y que debe seguir combatiéndose la ayuda estatal ilícita en forma de una competencia fiscal perjudicial; apoya, en particular, la propuesta de la Comisión relativa al Proyecto piloto de tributación de las pequeñas empresas según las normas del Estado de origen, por el que se ofrece una solución a corto plazo para las pequeñas empresas y que constituye una medida complementaria de la medida principal consistente en una base imponible común y consolidada para el impuesto de sociedades (BICC); insta a los Estados miembros a que reformen y simplifiquen sus sistemas fiscales relacionados con la creación y desarrollo de las pequeñas empresas, con objeto de ofrecer incentivos para las empresas innovadoras y suprimir las desventajas creadas por los sistemas fiscales en materia de financiación de los fondos propios;
23. Pide, sobre todo en la fase de puesta en marcha, no sólo una desgravación fiscal de las pequeñas empresas, sino también la supresión de obstáculos burocráticos;
24. Considera que los Estados y la Comisión no han valorado con precisión la envergadura del reto considerable al que se va a enfrentar la Unión Europea en los diez próximos años a raíz del cese de actividad de millones de pequeñas empresas y empresas del sector artesanal debido a la jubilación de los empresarios, y con el consiguiente riesgo de desaparición de varios millones de empleos; considera que la transmisión y la adquisición de estas empresas es un objetivo de primer orden y prioritario de la Unión; pide a la Comisión y al Consejo que definan una estrategia para favorecer y facilitar la transmisión y la adquisición de las pequeñas empresas y de las empresas del sector artesanal;
25. Constata que los progresos de los Estados en materia de evaluaciones de impacto siguen siendo limitados; continúa esperando que la Comisión elabore un método definitivo para la realización de las evaluaciones de impacto; pide a la Comisión y a los Estados que determinen objetivos precisos de simplificación del marco regulador vigente, sector por sector; pide además a la Comisión y a los Estados miembros que utilicen los resultados de las evaluaciones de impacto y que los integren en las correspondientes propuestas legislativas;
26. Opina que, para asegurar la igualdad de condiciones a las PYME, la Comisión debe garantizar una aplicación equitativa de la legislación en todos los Estados miembros y la rápida aplicación de procedimientos de infracción en caso de incumplimiento;
27. Pide a los Estados miembros que se lleve a efecto la posibilidad de eximir a las pequeñas empresas de algunas obligaciones reglamentarias, como propone la Carta; destaca que la simplificación de la legislación en general y la exención de las PYME de determinadas obligaciones reglamentarias, como propone la Carta, representan medidas útiles para aligerar la carga de los gastos y los procedimientos administrativos que soportan las PYME;
28. Toma nota de las diferencias en materia de formación empresarial y de fomento del espíritu empresarial en los centros de enseñanza; reconoce que el desarrollo de las aptitudes empresariales debería ser uno de los objetivos de los programas nacionales de enseñanza secundaria en todos los Estados miembros; reconoce la importancia del primer punto de la Carta, relativo a la educación y formación en el espíritu empresarial; subraya la necesidad de respaldar la innovación empresarial y la formación de los trabajadores, de desarrollar el espíritu empresarial de los jóvenes a través de cursos y programas de formación sobre la actividad empresarial en la enseñanza secundaria, universitaria y tecnológica, de fomentar una estrecha colaboración con los centros de investigación, así como las ayudas públicas a jóvenes empresarios, y de crear una asociación formal entre los diferentes sectores de la administración pública; considera que la formación de «clusters» empresariales que agrupen a pequeñas empresas puede ser una de las respuestas eficaces a las necesidades de creación de empleo;
29. Considera que, en materia de formación, los resultados presentados siguen distantes de las necesidades formuladas; reitera su deseo de que se preste especial atención a los grupos de pequeñas empresas en el marco del Programa de intercambio de aprendices Leonardo da Vinci; confía en que los Estados miembros desarrollen y fomenten toda una gama de ofertas de formación centradas en los resultados; recuerda la petición de que se ponga en práctica un programa de intercambios de trabajadores, empezando por los aprendices, con el fin de permitir que estos últimos sigan un período de formación profesional en el extranjero y fomentar así su movilidad;
30. Propone que se refuerce la colaboración entre los Centros Europeos de Información Empresarial, la Comisión y las oficinas de información de la Unión Europea, y que se integre a estructuras empresariales asociadas, facilitándose con ello el acceso de las PYME a la información;
31. Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que inicien el proceso de modernización de la Carta y que relancen el proceso de aplicación teniendo en cuenta las prioridades de la Agenda de Lisboa; opina que la revisión de la Carta debería ser el punto central de la próxima conferencia anual sobre la Carta; apoya la práctica seguida hasta la fecha de celebrar reuniones sobre la Carta, que se han concretizado, hasta la fecha, en Dublín (2004) y Luxemburgo (2005); alienta la celebración de reuniones nacionales a este respecto y aboga en favor de que el mecanismo de presentación de informes sobre la Carta se vincule a los informes sobre los progresos del Plan de Acción en favor del espíritu empresarial;
32. Opina que en la Carta deberían introducirse prioridades adicionales, tales como el fomento del espíritu empresarial como auténtico valor de la sociedad, una reducción considerable del estigma que conllevan las quiebras de empresas, mayor cooperación entre pequeñas empresas, centros de enseñanza e investigación, el apoyo a la cooperación intensiva entre los agentes mencionados, las instituciones financieras y los mercados de capitales;
Sobre la evaluación de la aplicación de la Carta
33. Pide que se mencione los Estados que no han llevado a la práctica las líneas de actuación y que se haga referencia a todos los Estados respecto de cada línea de actuación, con el fin de disponer de un panorama completo de los progresos realizados;
34. Subraya que si la Carta tuviese fuerza jurídica y valor vinculante, como el Parlamento ha pedido regularmente, la implicación de los Estados sería más fuerte y permitiría efectuar un análisis más completo y profundo; manifiesta su preocupación por la excesiva libertad concedida a los Estados de implicarse o no en la aplicación de la Carta; lamenta que algunos Estados no apliquen suficientemente todas las líneas de acción de la Carta y renuncien a emprender reformas estructurales necesarias para las pequeñas empresas; pide al Consejo de trate esta cuestión y participe en mayor medida en el seguimiento de la aplicación de la Carta;
35. Expresa el deseo de que se pongan de relieve las mejores prácticas para poder presentar experiencias modelo respecto de cada línea de actuación; constata que los proyectos «Best» funcionan bien y estima que convendría favorecer su difusión;
36. Aboga por que el quinto punto de la Carta, relativo a la mejora del acceso en línea, se considere de manera más explícita, especialmente el papel de las autoridades públicas a fin de aumentar su comunicación electrónica con el sector de las pequeñas empresas;
37. Resalta la necesidad de conceder mayor atención y mayor garantía de acceso a ayudas comunitarias específicas para las microempresas, así como para las pequeñas y medianas empresas, insistiendo en la urgencia de poner fin a la burocratización de los procedimientos de concesión de los fondos comunitarios;
38. Manifiesta su preocupación por la falta de datos relativos a las pequeñas empresas a escala nacional y europea; recuerda que una información estadística más completa y más fiable es una herramienta esencial a la hora de abordar los problemas y las necesidades de las pequeñas empresas;
39. Pide a las organizaciones profesionales de las pequeñas empresas que se pronuncien sobre la aplicación de la Carta a nivel tanto nacional como europeo; desea que participen en mayor medida en la elaboración de todas las políticas y decisiones tomadas a escala comunitaria en beneficio de las pequeñas empresas, mediante el establecimiento de grupos de trabajo permanentes sobre esta cuestión; pide a los Estados y a la Comisión que garanticen la participación plena e independiente de las organizaciones representativas de todas estas empresas en el marco del diálogo social europeo; recuerda que, por medio de la Carta, la Comisión podría, en cooperación con los Estados miembros, recopilar datos sobre las pequeñas empresas y las microempresas y mencionándose en particular las necesidades de las pequeñas empresas, incluidos datos sobre la productividad y la rentabilidad de las microempresas en comparación con las medianas empresas, para que la legislación comunitaria sea más receptiva ante sus exigencias y para adaptar mejor sus acciones, programas y políticas, inclusive a través de la identificación de indicadores para evaluar el impacto sobre la actividad empresarial;
40. Pide que se mejore la recogida de datos estadísticos sobre la situación de las pequeñas empresas en la Unión Europea para poder garantizar una mejor comparabilidad cuantitativa y aplicar métodos más específicos, basados en las mejores prácticas;
41. Pide que se establezcan para las pequeñas empresas unas condiciones marco justas en lo que concierne a la movilización de fondos, en especial en el contexto del Acuerdo «Basilea II», para que puedan conseguir más fondos para inversiones en investigación y desarrollo y asegurar su competitividad;
42. Considera que, para vigorizar la innovación y la competitividad, es necesario reforzar el papel que desempeñan las redes transeuropeas en la propagación de tecnología y nuevas ideas entre las pequeñas empresas, así como alentar la movilidad del potencial humano entre las pequeñas empresas y las instituciones de enseñanza superior e investigación; considera igualmente necesario que se desarrollen programas de investigación más específicos centrados en la aplicación comercial del conocimiento y la tecnología por parte de las pequeñas empresas;
43. Expresa su decepción por el bloqueo que registran las negociaciones del Consejo sobre una patente comunitaria; insta a la Comisión a que, en el marco de la difusión de tecnología entre las pequeñas empresas así como de todas las entidades de otro tipo que operan dentro del mercado interior, proceda a crear el marco jurídico adecuado para la protección de los derechos sobre patentes y de la propiedad intelectual; destaca que el coste de las patentes debe adaptarse a las posibilidades económicas de las pequeñas empresas;
44. Acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de retirar un tercio de las propuestas legislativas en examen para asegurar que el marco normativo en el que operan las empresas sea simple y de elevada calidad; pide a los Estados miembros que respalden este proyecto de la Comisión con medidas equivalentes a escala nacional; acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión según la cual debe analizarse toda normativa nueva, a nivel tanto nacional como comunitario, para evaluar su repercusión tanto positiva como negativa en las pequeñas empresas y en los pequeños empresarios; solicita una consideración más rigurosa del principio de subsidiariedad y un uso más sistemático de las evaluaciones de impacto y la consulta pública a la hora de desarrollar nuevas propuestas de medidas; pide para ello a la Comisión que los análisis de impacto de la legislación comunitaria se amplíen de forma clara y neta a las pequeñas empresas; cree que dicha propuesta de la Comisión sobre las nuevas normativas debería ampliarse formalmente con el fin de englobar a la normativa vigente y revocarse o abrigarse en aquellos casos en los que la legislación se considere innecesaria a nivel de la UE; insta a la Comisión a que elabore un calendario y un plan de acción claros con el fin de lograr tal objetivo;
45. Subraya la necesidad de acelerar la realización de reformas estructurales de gran alcance en cada Estado miembro con el fin de fortalecer la competitividad de las pequeñas empresas, crear unas condiciones favorables para las empresas, especialmente para las pequeñas empresas, y completar la creación de un mercado interior plenamente operativo;
46. Pide en consecuencia políticas y acciones concretas encaminadas a reforzar las inversiones a escala nacional; pide urgentemente que se concedan a las pequeñas empresas incentivos apropiados a las inversiones, tales como procedimientos simplificados para el apoyo de las pequeñas inversiones mediante fondos de desarrollo públicos, fondos de capital riesgo (en especial, fondos de capital de lanzamiento), financiación por parte de inversores privados, inversiones de particulares (microinversores privados) y fondos de microcréditos que operen sobre la base de una asociación entre el sector público y el sector privado; apoya la utilización conjunta de los recursos y la información sobre la ejecución en común de proyectos, una mayor participación en los proyectos realizados por Estados miembros y la transparencia de la fiscalidad relativa a las políticas destinadas a atraer capital extranjero;
47. Reconoce la necesidad de conceder una ayuda especial a la PYME para la aplicación de la legislación medioambiental y social;
48. Considera necesario que todas las medidas de estímulo al espíritu empresarial contenidas en la Carta se apliquen de igual modo a los autónomos, haciendo especial referencia a los aspectos de interés para ellos, como son los sistemas de seguridad social, la prevención en materia de riesgos laborales o el seguro de desempleo;
Sobre el futuro de la Carta
49. Toma nota de la propuesta de que se vinculen los informes sobre los progresos del Plan de acción en favor del espíritu empresarial a los mecanismos de seguimiento de la Carta y de que se revisen el contenido y las prioridades del Plan de acción cuando proceda;
50. Pide, en la perspectiva de una posible revisión de la Carta, que se reconozca a las empresas de carácter artesanal en el texto de la misma; espera, a tal fin, de la cuarta Conferencia europea del sector artesanal y las pequeñas empresas que tenga como primera ambición contribuir a definir convergencias entre los sectores artesanales europeos, y que disponga de los medios correspondientes (técnicos, humanos, financieros y políticos), con el fin de hacer posible la elaboración de una estrategia más adaptada a las especificidades, necesidades y expectativas de las empresas de carácter artesanal;
51. Felicita a los nuevos Estados miembros por aprender activamente de los demás y por haber obtenido ya resultados en la aplicación de la Carta, si bien han de seguir progresando; destaca que el papel de las PYME es particularmente importante en los nuevos Estados miembros, sobre todo en aquellos en los que se están produciendo cambios reales en el plano institucional y económico;
52. Lamenta la supresión del informe anual sobre la Carta, ya que dicho informe se integrará a partir de ahora en el informe sobre el proceso de Lisboa; considera que se trata, sin lugar a dudas, de un retroceso en lo que se refiere a la importancia que se concederá en el futuro a las PYME; lamenta asimismo que el procedimiento de elaboración del informe sobre la Carta, que conllevaba debates anuales bilaterales con representantes de las organizaciones empresariales, se suprima ahora y no se disponga en el futuro de la aportación directa de las PYME; opina que conviene reconsiderar esta decisión;
53. Considera que, aunque ello permitiría racionalizar el seguimiento de los dos instrumentos, no sería aceptable que la aplicación de la Carta se convierta en un mero epígrafe del Plan de acción;
54. Considera que se ha de prestar atención a la situación particular en que se encuentran las PYME sin fines de lucro;
55. Considera, pues, que esta solución sólo sería aceptable con las siguientes condiciones:
– la conservación de la dimensión de la Carta exclusiva para las pequeñas empresas y las microempresas, con acciones específicas para ellas;
– la instauración de un mecanismo de control y evaluación específico para los Estados candidatos y los Estados asociados que no participan en el Plan de acción;
– la consideración de la participación de las organizaciones profesionales, que tienen un papel más importante en la ejecución de la Carta que en el Plan de acción;
– el mantenimiento de la difusión de las mejores prácticas y de los intercambios entre los Estados signatarios de la Carta;
56. Destaca que la integración del seguimiento de la aplicación de la Carta en la estrategia de Lisboa no debe ser un fin en sí mismo, y que una posible simplificación de este seguimiento no debe ir en detrimento del contenido y la sustancia de los informes anuales presentados por los Estados para el seguimiento de la Carta; solicita pues que estos informes nacionales sigan basándose en el establecimiento de buenas prácticas, la experimentación y la presentación de medidas legislativas concretas y de compromisos políticos precisos, para las pequeñas empresas y las microempresas;
57. Acoge favorablemente la intención de la Comisión de evaluar la aplicación de la Carta en el marco contextual del proceso de Lisboa;
58. Pide a la Comisión que asocie a todos los representantes de las pequeñas empresas y las empresas artesanales a todo planteamiento de revisión y que tenga en cuenta estas condiciones cuando presente al Parlamento una propuesta de revisión de la Carta y de mejora de su seguimiento;
59. Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que garanticen que el informe anual sobre la Carta Europea de la Pequeña Empresa sigue siendo el instrumento clave para supervisar el desarrollo del espíritu empresarial;
º
º º
60. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros.
- [1] Textos aprobados de esa fecha, P6_TA(2005)0069.
- [2] Textos aprobados de esa fecha, P6_TA(2005)0230.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las pequeñas empresas ocupan a 50 personas o menos. En Europa, son alrededor de 25 millones de empresas y dan trabajo a cerca de 95 millones de personas. Representan así un 99 % del conjunto de las empresas y proporcionan un 55 % de los empleos totales en el sector privado.
1. La Carta Europea de la Pequeña Empresa
El Consejo Europeo de Feira del 19 y 20 de junio de 2000 adoptó la Carta Europea de la Pequeña Empresa, consagrando su importancia esencial y el compromiso de los poderes públicos de actuar para sostenerlas.
La Carta incluye diez líneas de actuación:
1. Educación y formación en el espíritu empresarial
2. Puesta en marcha menos costosa y más rápida
3. Mejorar la legislación y la reglamentación
4. Disponibilidad de habilidades
5. Mejorar el acceso en línea
6. Sacar más provecho del Mercado Único
7. Fiscalidad y cuestiones financieras
8. Promoción de la capacidad tecnológica de las pequeñas empresas
9. Modelos de empresa electrónica próspera y apoyo de alto nivel a la pequeña empresa
10. Potenciar y hacer más eficaz la representación de los intereses de la pequeña empresa a escala nacional y de la Unión
La aplicación de la Carta se basa en el método abierto de coordinación entre Estados. Este método deja a los Estados una gran libertad de experimentación y elección políticas sobre la manera de progresar en la realización de las diez líneas de actuación de la Carta. Este enfoque flexible permite comparar experiencias, con el fin de poner de manifiesto las mejores prácticas y fomentar así los intercambios y la cooperación entre Estados.
La Carta se aplica en los Estados miembros de la Unión Europea y también en los Estados candidatos, que la adoptaron en 2002. En 2003, adoptaron la Carta los países de los Balcanes occidentales, seguidos por Moldavia, en 2004, llevando así a 35 el número de Estados en los cuales es de aplicación. Por último, desde octubre de 2004, con la «Declaración de Caserta» sobre la «Carta euromediterránea de las empresas», se asociaron a este proceso los países mediterráneos, dando así prueba de su dinamismo.
La ponente se felicita de esta extensión geográfica del ámbito de aplicación de la Carta y desea apoyar este movimiento. Por esta la razón propone:
– que la aplicación de la Carta pueda beneficiarse de la estrategia de preadhesión en los Estados adherentes, es decir, Rumanía y Bulgaria; que sus líneas de actuación se tengan en cuenta en las negociaciones con los países candidatos, Croacia y Turquía;
– que las líneas de actuación de la Carta sirvan también para la elaboración de proyectos de cooperación en el marco de la Política europea de vecindad y puedan beneficiarse de su apoyo.
La ponente destaca también el papel activo de las organizaciones profesionales en la aplicación de la Carta y desearía que se reforzara su participación. Estas organizaciones son enlaces de comunicación y fuentes de información que deberían explotarse en mayor medida.
2. El quinto informe sobre la aplicación de la Carta europea de las pequeñas empresas
Corresponde a la Comisión Europea presentar un informe anual sobre la aplicación de la Carta. A raíz de una recomendación del Consejo, este informe se concentra cada año en el desarrollo de la aplicación de tres de las diez líneas de actuación.
La presentación de este quinto informe sobre la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa es algo curiosa y, a fin de cuentas, inútilmente compleja. El documento COM oficialmente transmitido al Parlamento Europeo sólo adquiere sentido si se completa con la lectura de los documentos de la Comisión Europea que detallan, caso por caso, la aplicación por los Estados miembros, por los Estados candidatos, por los Estados asociados y, finalmente, por la propia Comisión Europea.
La síntesis general podría ser más consecuente y el análisis más dinámico. La ponente lamenta, en particular, que las mejores prácticas no estén mejor valorizadas y que no haya información sobre la intensidad de la cooperación entre los Estados.
El análisis apenas es crítico y debería ofrecer un panorama completo de los progresos realizados o no por todos los Estados. El método abierto de coordinación parece aquí incitar a cierta complacencia: si el tono positivo del informe se debe a progresos verdaderos e iniciativas adecuadas, no es menos cierto algunos países no parecen implicarse mucho en la aplicación de la Carta y que algunas líneas de actuación sólo experimentan tímidos avances.
Por lo que se refiere más específicamente a las tres líneas de actuación, se constatan progresos irregulares o dispares. El informe destaca algunas acciones nacionales, sin precisar, no obstante, su impacto para las pequeñas empresas ni su interés para otros Estados. Se trata, por tanto, de una presentación bastante estática y es de lamentar que no venga acompañada de recomendaciones para el futuro.
La ponente formula, por otra parte, algunas propuestas, a menudo ya formuladas por nuestra Asamblea, que podrían llevarse a la práctica por medio de los mecanismos de la Carta.
3. El futuro de la Carta Europea de la Pequeña Empresa
Este quinto informe recoge algunas sugerencias para el futuro de la Carta y su seguimiento, como la vinculación de los informes de desarrollo del Plan de acción en favor del espíritu empresarial a los mecanismos de seguimiento de la Carta.
Si bien la ponente considera que con este planteamiento podría efectivamente garantizarse un seguimiento más consecuente de la aplicación de la Carta, desea recordar, no obstante, que la Carta tiene sus especificidades propias, que será necesario conservar:
– la Carta se refiere las pequeñas y las micro empresas y esta singularidad le confiere su fuerza y su valor. Es necesario sacar provecho de esta dimensión particular y no diluirla en políticas más generales destinadas a las PYME;
– el amplio ámbito geográfico de aplicación de la Carta es un activo para la UE en sus relaciones con sus países vecinos; es indispensable que la Carta siga siendo un instrumento de cooperación e intercambio con estos países, incluso para el seguimiento de su aplicación;
– no solamente deben mantenerse el papel y la participación de las organizaciones profesionales, sino que, sobre todo, deben fomentarse en el futuro;
– finalmente, la prioridad debe seguir siendo la difusión de las mejores prácticas y el estímulo de los Estados con el fin de crear un mejor entorno para las pequeñas empresas.
En cualquier caso, es indispensable que la Unión Europea conserve un instrumento de intervención dirigido a las pequeñas empresas. No es posible soslayar este tejido económico y social, que constituye la base del modelo social europeo y del crecimiento de nuestras economías.
La Carta cuenta con el aprecio de las organizaciones profesionales y su aplicación encuentra un eco favorable entre los empresarios. La Unión Europea no sufre hoy de un exceso de confianza y sería una lástima privarse de un instrumento cuyo potencial aún no se ha aprovechado plenamente.
OPINIÓN de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (22.11.2005)
para la Comisión de Industria, Investigación y Energía
sobre la aplicación de la Carta Europea de Pequeñas Empresas
(2005/2123(INI))
Ponente de opinión: Katerina Batzeli
BREVE JUSTIFICACIÓN
La Carta Europea de Pequeñas Empresas constituye la base de la política destinada a las PYME en la Europa ampliada. Un debate pormenorizado que tenga por objeto evaluar mejor la Carta Europea reforzará la aplicación de las políticas en favor de las pequeñas empresas y apoyará los esfuerzos desplegados para alcanzar los objetivos de Lisboa.
Las PYME y la estrategia de Lisboa
En el marco de la estrategia de Lisboa, que tiene por objeto aumentar la competitividad en la UE, se ha hecho mucho hincapié en la función de las PYME. Estas empresas tienen bajos costes de funcionamiento y mucha flexibilidad, pero, por otra parte, son muy sensibles a los cambios en su entorno, a las cargas administrativas y a la fragmentación de los mercados de capitales. Por estos motivos, son necesarias intervenciones puntuales para crear un entorno más favorable a las PYME.
El Quinto Informe Anual sobre la Carta de las Pequeñas Empresas
La ponente lamenta que en el informe no se tengan en cuenta aspectos fundamentales del entorno de las PYME, en particular, en el momento en que la Comisión pone en marcha una consulta sobre las ayudas estatales, centrada en las PYME y la innovación, y el Plan de acción de servicios financieros está llegando a su fin. Una intervención de la Comisión sobre las necesidades específicas de las PYME hubiera sido muy útil.
Metodología
La ponente considera sumamente importante crear un entorno más favorable para las pequeñas empresas con objeto de responder mejor a los objetivos de la estrategia de Lisboa. Ello exige una acción tanto a escala comunitaria como nacional. La acción a escala comunitaria consiste en detectar y eliminar los problemas comunes, mientras que la acción a escala nacional supone la identificación de los problemas similares en cada país.
Uno de los problemas importantes es la necesidad de determinar la amplitud de la intervención necesaria a escala europea. Ello implica analizar todos los problemas comunes de las pequeñas empresas en todos los Estados miembros, dejando de lado los problemas específicos que surgen en cada país debido al entorno nacional.
SUGERENCIAS
La Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios pide a la Comisión de Industria, Investigación y Energía, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de retirar un tercio de las propuestas legislativas examinadas para asegurar que el marco normativo en el que operan las empresas sea simple y de elevada calidad; pide a los Estados miembros que respalden este proyecto de la Comisión con medidas equivalentes a escala nacional; solicita una consideración más rigurosa del principio de subsidiariedad y un uso más sistemático de las evaluaciones de impacto y la consulta pública a la hora de desarrollar nuevas propuestas de medidas;
2. Opina que los sistemas fiscales y administrativos relacionados con la creación y desarrollo de las PYME deben simplificarse; que deben eliminarse las barreras fiscales para toda forma de actividad económica transfronteriza, por ejemplo, mediante un sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y que debe seguir combatiéndose la ayuda estatal ilícita en forma de una competencia fiscal perjudicial; apoya, en particular, la propuesta de la Comisión relativa al Proyecto piloto de tributación de las PYME según las normas del Estado de origen, por el que se ofrece una solución a corto plazo para las PYME y que constituye una medida complementaria de la medida principal consistente en una base imponible común y consolidada para el impuesto de sociedades (BICC); insta a los Estados miembros a que reformen y simplifiquen sus sistemas fiscales relacionados con la creación y desarrollo de las PYME, ofrezcan incentivos para las empresas innovadoras y supriman las desventajas creadas por los sistemas fiscales para la inversión en capital social;
3. Pide a los Estados miembros que aplican un trato fiscal desventajoso en lo referente al patrimonio neto y los recursos propios y favorecen la financiación mediante endeudamiento, que emprendan acciones encaminadas a asegurar la neutralidad fiscal; subraya que debe prestarse una atención especial a una fiscalidad que favorezca el patrimonio neto para las PYME basadas en la investigación e innovadoras;
4. Pide, sobre todo en la fase de puesta en marcha, no sólo una desgravación fiscal de las pequeñas y medianas empresas, sino también la supresión de obstáculos burocráticos;
5. Hace hincapié en el problema de las deslocalizaciones de empresas que transfieren sus actividades a países con costes laborales más bajos y otras facilidades económicas y financieras; destaca, en particular, el impacto negativo de este fenómeno para las PYME en razón de las consecuencias negativas para la competitividad en el mercado interior y la eficacia de las inversiones y el capital; observa que las pequeñas empresas son menos proclives a la deslocalización que las empresas de mayores dimensiones y sufren, como subcontratistas, las graves consecuencias de la deslocalización de la parte ordenante;
6. Subraya la necesidad de acelerar la realización de reformas estructurales de gran alcance en cada Estado miembro con el fin de fortalecer la competitividad de las PYME, crear unas condiciones favorables para las empresas, especialmente para las PYME, y completar la creación de un mercado interior plenamente operativo;
7. Considera que los mercados abiertos ofrecen nuevas oportunidades de negocios a las pequeñas empresas; por tanto, destaca la necesidad de completar el mercado interior de servicios suprimiendo obstáculos y barreras en la prestación de servicios;
8. Pide en consecuencia políticas y acciones concretas encaminadas a reforzar las inversiones a escala nacional y regional; pide urgentemente que se concedan a las PYME incentivos apropiados a las inversiones, tales como procedimientos simplificados para el apoyo de las pequeñas inversiones mediante fondos de desarrollo públicos, fondos de capital riesgo (en especial, fondos de capital de lanzamiento), financiación por parte de inversores privados, inversiones de particulares (microinversores privados) y fondos de microcréditos que operen sobre la base de una asociación entre el sector público y el sector privado; apoya la utilización conjunta de los recursos y la información sobre la ejecución en común de proyectos, una mayor participación en los proyectos realizados por Estados miembros y la transparencia de la fiscalidad relativa a las políticas destinadas a atraer capital extranjero;
9. Pide medidas europeas comunes de mayor alcance para fomentar la creación de PYME y un mejor aprovechamiento de su potencial de inversión; opina que las medidas de la UE deberían complementar y apoyar -en el respeto del principio de subsidiariedad- las políticas nacionales;
10. Considera que, en el marco de la nueva reglamentación relativa a las ayudas estatales, se debe prestar una atención particular a la definición y a la elegibilidad de las ayudas estatales locales para las PYME, que contribuyen a su competitividad, así como al empleo y el desarrollo de regiones alejadas y desfavorecidas;
11. Destaca que la mayoría de las empresas de la periferia y las regiones agrícolas son pequeñas empresas; subraya, por consiguiente, la necesidad de aprobar acciones específicas y programas de inversión para reforzar su financiación y hacer extensiva la acción de las redes de innovación a las PYME de la periferia, para las que el acceso a la innovación es de importancia vital; recomienda la aplicación de procedimientos simplificados para la creación de fondos regionales y locales de capital de riesgo en cooperación con instituciones que se ocupen del desarrollo tecnológico y la innovación, tales como centros de fundación tecnológicos, centros de alta tecnología, parques tecnológicos, etc.;
12. Manifiesta su escepticismo en cuanto a los supuestos efectos del plan de acción sobre el capital de riesgo (COM(2002)0563) y del plan de acción sobre servicios financieros (COM(1999)0232); considera que buena parte de los textos aprobados sólo aspiran indirectamente a promover un entorno favorable para las PYME y que la mayoría de las medidas encaminadas a reducir los costes administrativos para las PYME han sido introducidas por el Parlamento Europeo; pide que la Comisión tenga en cuenta directamente a las PYME en los futuros proyectos de directiva en este ámbito;
13. Considera que, además de las medidas de la UE, los Estados miembros deben ampliar el capital de riesgo puesto a disposición de las PYME y asegurar márgenes de actuación coyunturales y empresariales mediante modalidades de reembolso a largo plazo;
14. Toma nota de la adopción del Estatuto de la Empresa Europea; señala, no obstante, que dicho estatuto es sumamente complejo, por lo que será de dudosa utilidad para las PYME; apoya una revisión del Estatuto de la Empresa Europea para que responda a las necesidades de las PYME;
15. Observa con preocupación la falta de participación de las PYME en los programas y políticas de innovación, investigación y desarrollo; apoya la adopción de nuevos instrumentos financieros para reforzar la financiación de las actividades de investigación y de innovación; señala que el limitado capital de las PYME reduce su acceso a las fuentes de financiación;
16. Pide que se establezcan para las PYME unas condiciones marco justas en lo que concierne a la movilización de fondos, en especial en el contexto del Acuerdo «Basilea II», para que puedan conseguir más fondos para inversiones en investigación y desarrollo y asegurar su competitividad;
17. Expresa su satisfacción por la instauración del programa marco relativo a la competitividad y la innovación (2007-2013) (COM(2005)0121) que se centra en las pequeñas y medianas empresas y resultará complementario del VII Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (COM(2005)0119); considera que los Estados miembros deben facilitar en la mayor medida posible el acceso de las PYME a dichos programas de modo que las mismas aprovechen todas las posibilidades que se les ofrecen para desarrollar acciones innovadoras en los ámbitos de la investigación y la tecnología;
18. Considera que, para vigorizar la innovación y la competitividad, es necesario reforzar el papel que desempeñan las redes transeuropeas en la propagación de tecnología y nuevas ideas entre las PYME, así como alentar la movilidad del potencial humano entre las PYME y las instituciones de enseñanza superior e investigación; considera igualmente necesario que se desarrollen programas de investigación más específicos centrados en la aplicación comercial del conocimiento y la tecnología por parte de las pequeñas empresas;
19. Expresa su decepción por el bloqueo que registran las negociaciones del Consejo sobre una patente comunitaria; insta a la Comisión a que, en el marco de la difusión de tecnología entre las PYME así como de todas las entidades de otro tipo que operan dentro del mercado interior, proceda a crear el marco jurídico adecuado para la protección de los derechos sobre patentes y de la propiedad intelectual; destaca que el coste de las patentes debe adaptarse a las posibilidades económicas de las PYME;
20. Acoge favorablemente los instrumentos de la Comisión en el ámbito de los microcréditos, la financiación intermedia, la financiación por parte de inversores privados y la titulización de la cartera de créditos de los bancos a las PYME y el capital de riesgo con el fin de facilitar el acceso de las pequeñas empresas a la financiación; pide que se desarrolle un sistema general de instrumentos de financiación de las PYME tales como unas condiciones más flexibles para los créditos, teniendo en cuenta la estructura y el sector de actividades de la empresa, condiciones que podrían ser aplicadas por intermediarios regionales y locales basados en la asociación entre el sector público y el sector privado; solicita que los servicios de apoyo a las empresas y la innovación conciencien y preparen a las pequeñas empresas para la nueva cultura de calificación y una cooperación más estrecha con el mercado de capitales y, en consecuencia, ofrezcan más apoyo para profesionalizar la gestión de las empresas;
21. Reconoce que los Estados miembros son los mejor situados para supervisar la legislación sobre quiebras; no obstante, considera que el intercambio de buenas prácticas es insuficiente y, en consecuencia, pide a la UE que aliente el desarrollo ulterior a escala regional y local de redes de apoyo a las empresas que ayuden a las PYME a reanudar sus actividades;
22. Apoya el punto de vista de la Comisión, que lamenta la falta de mentalidad de empresa en la UE y sugiere que las organizaciones de apoyo a las empresas, las administraciones respectivas, las organizaciones profesionales y los interlocutores sociales a escala local, regional y nacional tengan un mayor grado de participación en la aplicación y revisión de la Carta Europea de Pequeñas Empresas, en particular, en la etapa de planificación de políticas y acciones;
23. Considera que una Carta Europea de Pequeñas Empresas debería comprender disposiciones que garanticen que los directores de empresa y cónyuges colaboradores concluyan un seguro que cubra la asistencia sanitaria, la invalidez y las pensiones de jubilación; recuerda su Resolución de enero de 1997 en la que invitaba a la Comisión a proponer una modificación de la Directiva 86/613/CEE del Consejo de 11 de diciembre de 1986 relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que ejerzan una actividad autónoma, incluidas las actividades agrícolas, así como sobre la protección de la maternidad, para mejorar la suerte de los cónyuges de los trabajadores independientes en cuanto al reconocimiento de su trabajo y a una protección social adecuada;
24. Manifiesta su preocupación por la falta de datos relativos a las PYME a escala nacional y europea; recuerda que una información estadística más completa y más fiable es una herramienta esencial a la hora de abordar los problemas y las necesidades de las PYME;
25. Pide que se mejore la recogida de datos estadísticos sobre la situación de las PYME en la UE para poder garantizar una mejor comparabilidad cuantitativa y aplicar de forma más específica métodos de las mejores prácticas.
PROCEDIMIENTO
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Título |
Aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa | |||||
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Número de procedimiento |
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Comisión competente para el fondo |
ITRE | |||||
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Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno |
ECON | |||||
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Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno |
- | |||||
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Ponente de opinión |
Katerina Batzeli | |||||
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Ponente de opinión sustituido |
- | |||||
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Examen en comisión |
5.10.2005 |
10.10.2005 |
21.11.2005 |
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Fecha de aprobación |
22.11.2005 | |||||
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
37 0 0 | ||||
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Miembros presentes en la votación final |
Pervenche Berès, Pier Luigi Bersani, Sharon Margaret Bowles, Udo Bullmann, Ieke van den Burg, Jan Christian Ehler, Jonathan Evans, Elisa Ferreira, José Manuel García-Margallo y Marfil, Jean-Paul Gauzès, Gunnar Hökmark, Karsten Friedrich Hoppenstedt, Sophia in't Veld, Othmar Karas, Piia-Noora Kauppi, Christoph Konrad, Wolf Klinz, Guntars Krasts, Enrico Letta, Cristobal Montoro Romero, Joseph Muscat, John Purvis, Alexander Radwan, Karin Riis-Jørgensen, Dariusz Rosati, Eoin Ryan, Antolín Sánchez Presedo, Peter Skinner, Margarita Starkevičiūtė, Ivo Strejček y Lars Wohlin. | |||||
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Katerina Batzeli, Jorgo Chatzimarkakis, Catherine Guy-Quint, Ján Hudacký, Werner Langen y Thomas Mann. | |||||
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Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
- | |||||
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Observaciones (datos disponibles en una sola lengua) |
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OPINIÓN de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (24.11.2005)
para la Comisión de Industria, Investigación y Energía
sobre la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa
(2005/2123(INI))
Ponente de opinión: Philip Bushill-Matthews
SUGERENCIAS
La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Industria, Investigación y Energía, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión según la cual debe analizarse toda normativa nueva, a nivel tanto nacional como comunitario, para evaluar su repercusión tanto positiva como negativa en las pequeñas empresas y en los pequeños empresarios; pide para ello a la Comisión que los análisis de impacto de la legislación comunitaria se amplíen de forma clara y neta a las pequeñas empresas; cree que dicha propuesta debería ampliarse formalmente con el fin de englobar la normativa vigente, además de la nueva, y revocarse en aquellos casos en los que la legislación se considere innecesaria a nivel de la UE; insta a la Comisión a que elabore un calendario y un plan de acción claros con el fin de lograr tal objetivo;
2. Destaca que la simplificación de la legislación en general y la exención de las pequeñas y medianas empresas de determinadas obligaciones reglamentarias, como propone la Carta, representan medidas útiles para aligerar la carga de los gastos y los procedimientos administrativos que soportan las pequeñas y medianas empresas;
3. Dado que las pequeñas empresas se consideran agentes fundamentales de la creación y del crecimiento del empleo y de la innovación en Europa así como del fomento del desarrollo social y regional, es esencial que la función y las necesidades de las PYME se tengan en cuenta de un modo general durante el desarrollo de cualquier propuesta legislativa, y no únicamente en el caso de las que se refieran de manera específica a dichas empresas;
4. Destaca la necesidad de mejorar el acceso a los Fondos Estructurales y de fomentar otras iniciativas para mejorar el acceso a los flujos de capitales privados en beneficio de las pequeñas empresas, así como de crear posibles microfinanciaciones de carácter flexible para las empresas creadas por mujeres o de tipo familiar;
5. Exhorta a la Comisión Europea a que, teniendo en cuenta la diversidad de las barreras técnicas y burocráticas para la actividad de las pequeñas empresas, elabore un Libro Verde que permita escuchar a los interesados directos, de forma abierta y amplia, sobre las dificultades y necesidades concretas de las pequeñas empresas;
6. Reconoce la importancia del primer punto de la Carta, relativo a la educación y formación en el espíritu empresarial; subraya la necesidad de respaldar la innovación empresarial y la formación de los trabajadores, de desarrollar el espíritu empresarial de los jóvenes a través de cursos y programas de formación sobre la actividad empresarial en la enseñanza secundaria, universitaria y tecnológica, de fomentar una estrecha colaboración con los centros de investigación, así como las ayudas públicas a jóvenes empresarios, y de crear una asociación formal entre los diferentes sectores de la administración pública; considera que la formación de «clusters» empresariales que agrupen a pequeñas empresas puede ser una de las respuestas eficaces a las necesidades de creación de empleo;
7. Reconoce la necesidad de prestar una ayuda especial a la PYME en la aplicación de la legislación medioambiental y social;
8. Señala que la Carta europea de la pequeña empresa constituye una espléndida declaración de intenciones, si bien subraya la necesidad de que estas intenciones se traduzcan en acciones vinculantes no sólo a nivel comunitario sino también en los Estados miembros, en los que debería fomentarse de forma específica el intercambio de mejores prácticas; señala, en concreto, el décimo y último principio sobre la potenciación de la representación de los intereses de la pequeña empresa, en el que se afirma que se estudiará exhaustivamente cómo están representados los intereses de la pequeña empresa a escala nacional y de la UE, por ejemplo a través del diálogo social; destaca que el expuesto constituye un requisito fundamental, dado que la estructura actual de la concertación social constituye un reflejo, principalmente, de las grandes empresas y sus empleados; observa, no obstante, que el presente informe de aplicación de la Comisión se centra en otros tres ámbitos prioritarios esenciales de la Carta, y pide que esta revisión se complete y publique lo antes posible y que, mientras tanto, los representantes de los empresarios representen los intereses de las pequeñas empresas en sus actividades como interlocutores sociales;
9. Cree necesario que todas las medidas de estímulo a la iniciativa empresarial contenidas en la Carta deban poder ser aplicadas de igual modo a los autónomos, haciendo especial referencia a los aspectos de interés para ellos, como son los sistemas de seguridad social, la prevención en materia de riesgos laborales o el seguro de desempleo;
10. Aboga por que el quinto punto de la Carta, relativo a la mejora del acceso en línea, se considere de manera más explícita, especialmente el papel de las autoridades públicas a fin de aumentar su comunicación electrónica con el sector de las pequeñas empresas;
11. Considera que se ha de prestar atención a la situación particular en que se encuentran las PYME sin fines de lucro;
12. Destaca que el papel de las PYME es particularmente importante en los nuevos Estados miembros, sobre todo en aquellos en los que se están produciendo cambios reales en el plano institucional y político;
13. Opina que, para asegurar la igualdad de condiciones a las PYME, la Comisión debe garantizar una aplicación equitativa de la legislación en todos los Estados miembros y la rápida aplicación de procedimientos de infracción en caso de incumplimiento;
14. Opina que el representante de la Comisión para las PYME desempeñará una función de gran utilidad a la hora de entablar un contacto externo entre las pequeñas empresas y el ámbito comunitario; pide, por lo tanto, a la Comisión que favorezca la coordinación entre el representante y las organizaciones representativas de las pequeñas empresas y de las empresas artesanales sobre todas las cuestiones comunitarias; considera que dicho papel podría desempeñarse de un modo más eficaz si se incrementaran las funciones de portavocía interna del representante, invitándolo a participar y a contribuir en los debates de las comisiones del Parlamento Europeo relativos a las propuestas legislativas, de manera que las necesidades de las PYME se estudien oportunamente y de un modo más exhaustivo;
15. Destaca el papel importantísimo que puede tener la cooperación internacional entre las cámaras de comercio a la hora de mejorar la competitividad de las pequeñas empresas, sobre todo teniendo en cuenta que, a causa de la mundialización, son cada vez más las empresas, concentraciones y consorcios que tienen carácter internacional;
16. Se felicita de la práctica seguida hasta la fecha de celebrar reuniones sobre la Carta, que se han concretizado en Dublín (2004) y Luxemburgo (2005); alienta la celebración de reuniones nacionales a este respecto y aboga en favor de que el mecanismo de presentación de informes sobre la Carta se vincule a los informes sobre los progresos del Plan de Acción en favor del espíritu empresarial;
17. Destaca la responsabilidad de los Estados miembros y de los países socios de Euromed en lo que se refiere a una aplicación más exhaustiva de la Carta, y les insta a que aprendan de sus experiencias mutuas mediante el intercambio de buenas prácticas en este ámbito;
18. Resalta la necesidad de conceder mayor atención y mayor garantía de acceso a ayudas comunitarias específicas para microempresarios, así como para pequeños y medianos empresarios, insistiendo en la urgencia de poner fin a la burocratización de los procedimientos de concesión de los fondos comunitarios;
19. Deplora el hecho de que en el futuro no se elaborarán más informes anuales sobre la Carta, ya que está información será absorbida a partir de ahora por la información sobre Lisboa; opina que se trata, sin lugar a dudas, de un retroceso en lo que se refiere a la importancia que se concederá en el futuro a las PYME; lamenta asimismo que el procedimiento de información sobre la Carta, que conllevaba debates anuales bilaterales con representantes de las organizaciones empresariales, se suprima ahora y no se disponga en el futuro de la aportación directa de las PYME; opina que debe reconsiderarse esta decisión.
PROCEDIMIENTO
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Título |
Aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa | |||||
|
Número de procedimiento |
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Comisión competente para el fondo |
ITRE | |||||
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Opinión emitida por |
EMPL | |||||
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Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno |
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Ponente de opinión |
Philip Bushill-Matthews | |||||
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Ponente de opinión sustituido |
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Examen en comisión |
15.9.2005 |
5.10.2005 |
22.11.2005 |
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| |
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Fecha de aprobación |
23.11.2005 | |||||
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Resultado de la votación final |
+: |
24 0 3 | ||||
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Miembros presentes en la votación final |
Jan Andersson, Jean-Luc Bennahmias, Emine Bozkurt, Iles Braghetto, Alejandro Cercas, Ole Christensen, Derek Roland Clark, Jean Louis Cottigny, Harald Ettl, Richard Falbr, Carlo Fatuzzo, Ilda Figueiredo, Joel Hasse Ferreira, Stephen Hughes, Ona Juknevičienė, Sepp Kusstatscher, Jean Lambert, Elizabeth Lynne, Thomas Mann, Ana Mato Adrover, Maria Matsouka, Ria Oomen-Ruijten, Csaba Őry, Kathy Sinnott y Gabriele Zimmer | |||||
|
Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Edit Bauer, Patrizia Toia y Anja Weisgerber | |||||
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Observador |
Alexandru Athanasiu | |||||
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Observaciones (datos disponibles en una sola lengua) |
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PROCEDIMIENTO
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Título |
Aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa | ||||||||||||
|
Número de procedimiento |
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Fundamento reglamentario |
art. 45 | ||||||||||||
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Comisión competente para el fondo |
ITRE | ||||||||||||
|
Comisión(es) competente(s) para emitir opinión |
ECON |
EMPL |
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|
Opinión(es) no emitida(s) |
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| ||||||||
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Cooperación reforzada |
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| ||||||||
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Otra(s) propuesta(s) de recomendación incluida(s) en el informe |
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Ponente(s) |
Dominique Vlasto |
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Ponente(s) sustituido(s) |
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Examen en comisión |
30.8.05 |
11.10.05 |
29.11.05 |
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| ||||||||
|
Fecha de aprobación |
29.11.2005 | ||||||||||||
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Resultado de la votación final |
a favor: en contra: abstenciones: |
41 0 0 | |||||||||||
|
Miembros presentes en la votación final |
Ivo Belet, Šarūnas Birutis, Jan Březina, Philippe Busquin, Jerzy Buzek, Jorgo Chatzimarkakis, Giles Chichester, Den Dover, Lena Ek, Adam Gierek, Norbert Glante, Umberto Guidoni, András Gyürk, Fiona Hall, Rebecca Harms, Ján Hudacký, Romana Jordan Cizelj, Vincenzo Lavarra, Pia Elda Locatelli, Angelika Niebler, Reino Paasilinna, Miloslav Ransdorf, Vladimír Remek, Herbert Reul, Teresa Riera Madurell, Paul Rübig, Andres Tarand, Britta Thomsen, Patrizia Toia, Catherine Trautmann, Claude Turmes, Nikolaos Vakalis, Alejo Vidal-Quadras Roca y Dominique Vlasto | ||||||||||||
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Suplentes presentes en la votación final |
Daniel Caspary, Françoise Grossetête, Erna Hennicot-Schoepges, Edit Herczog, Peter Liese, Lambert van Nistelrooij y Vittorio Prodi | ||||||||||||
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Suplentes (art. 178, apdo. 2) presentes en la votación final |
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Fecha de presentación – A6 |
9.12.2005 |
A6‑0405/2005 | |||||||||||