INFORME sobre la ejecución de una estrategia forestal para la Unión Europea
31.1.2006 - (2005/2054(INI))
Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
Ponente: Heinz Kindermann
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la ejecución de una estrategia forestal para la Unión Europea
El Parlamento Europeo,
– Vista su Resolución, de 30 de enero de 1997, sobre la estrategia forestal de la Unión Europea[1],
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de noviembre de 1998, sobre una estrategia de la UE para el sector forestal (COM(1998)0649),
– Vista la Resolución del Consejo, de 15 de diciembre de 1998, sobre una estrategia forestal para la Unión Europea[2],
– Visto el Informe especial nº 14/2000 del Tribunal de Cuentas sobre la Ecologización de la PAC[3],
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la UE» (COM(2005)0084) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto a la comunicación sobre las acciones e iniciativas ejecutadas en el contexto de la estrategia forestal de la UE en el período 1999–2004,
– Visto el Informe especial nº 9/2004 del Tribunal de Cuentas sobre las medidas forestales en el marco de la política de desarrollo rural[4],
– Vistas las Conclusiones del Consejo de Ministros de Agricultura y Pesca, reunido en Bruselas el 30 de mayo de 2005, sobre un plan de acción de la UE para el sector forestal,
– Visto el estudio de 21 de junio de 2005 elaborado por su comisión competente y por el Office National des Forêts (ONF) de Francia sobre las perspectivas para la estrategia forestal europea,
– Visto el proyecto de dictamen del Comité de las Regiones, de 12 de septiembre de 2005, titulado «Informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la Unión Europea»,
– Visto el anteproyecto de dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 4 de agosto de 2005, sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la UE»,
– Visto el artículo 45 del Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6‑0015/2006),
Aspectos generales
A. Considerando que los principios fundamentales de la estrategia forestal de la UE, es decir, la explotación forestal sostenible y el mantenimiento y refuerzo del papel plurifuncional de los bosques, también en relación con la biodiversidad, y de su fauna, sobre la base del principio de subsidiariedad no resultan cuestionados por la elaboración del plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques propuesto por la Comisión; que la estrategia forestal de la UE consiste en un proceso dinámico y que está abierto a la integración de nuevos elementos; que el plan de acción de la UE debe considerarse un instrumento complementario que permitirá llegar a una mejor armonización de los objetivos y las medidas en los diferentes ámbitos de actuación,
B. Recuerda que, cuando el crecimiento económico se combina con importantes valores medioambientales, tales como el mantenimiento sostenible de las funciones protectoras y la biodiversidad de los bosques, y con el desarrollo de la agricultura, la industria forestal aporta una contribución excepcional para lograr los objetivos de Lisboa y de Gotemburgo;
C. Considerando que, aunque ni el Tratado de la Unión Europea ni el proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución ofrecen un fundamento jurídico para una política forestal común, la influencia de las distintas políticas comunitarias sobre los bosques no ha dejado de aumentar,
D. Considerando que en ocasiones los Estados miembros definen de formas muy diversas lo que entienden por «bosque», por lo que la evaluación de las medidas comunitarias relevantes para el bosque es necesariamente incompleta,
E. Subraya que el punto de partida para todas las decisiones que afecten a los bosques europeos debe ser la diversidad que éstos presentan y los diferentes retos medioambientales a los que se enfrentan;
Elemento estratégico 1: Participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal
F. Considerando que los Estados miembros, con su participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal, han atendido a la demanda del Consejo de una estrategia forestal europea,
G. Subraya la importancia que reviste la conservación de unos ecosistemas forestales intactos para proteger la biodiversidad de conformidad con los acuerdos internacionales, en particular mediante acciones como el Convenio de Río de 1992 sobre la Diversidad Biológica o la iniciativa destinada a frenar la desaparición de especies para 2010, adoptada en el Consejo Europeo de Gotemburgo en 2001 y en Johannesburgo en 2002; subraya que, con el fin de seguir avanzando en este sentido, es esencial definir suficientes zonas de reservas naturales y adaptar en mayor grado los métodos de gestión forestal a las exigencias biológicas en el marco de la ordenación del territorio,
Elemento estratégico 2: Cumplimiento de las obligaciones internacionales a través de programas forestales nacionales
H. Considerando que los programas forestales nacionales y subnacionales (PFN) constituyen el elemento central de la realización de los objetivos de la estrategia forestal de la UE y deben garantizar la armonización y la coherencia entre los requisitos políticos nacionales y los compromisos internacionales,
Elemento estratégico 3: Mejora de la coordinación, comunicación y cooperación en todos los ámbitos de actuación política relacionados con el sector forestal
J. Considerando que no ha cambiado nada en cuanto a la necesidad fundamental, ya destacada en 1998, de mejorar la coordinación, la comunicación y la cooperación en todos los ámbitos políticos comunitarios relacionados con el sector forestal (políticas agrícola, de medio ambiente, de energía, de investigación, industrial, del mercado interior, comercial y de ayuda para el desarrollo) entre la Comisión y los Estados miembros y entre los Estados miembros,
Elemento estratégico 4: Fomento de la gestión sostenible de los bosques en el marco de la política de conservación y desarrollo de las zonas rurales
K. Considerando que, a nivel comunitario, la política de desarrollo del espacio rural es el elemento principal para la ejecución de la estrategia forestal, lo que se traduce por el hecho de que entre 2000 y 2006 se dedicaron, en el marco de la política de desarrollo rural, 4 800 millones de euros a medidas forestales, de los cuales la mitad se destinó a la reforestación de tierras agrícolas y la otra mitad a otro tipo de medidas forestales,
Elemento estratégico 5: Protección de los bosques europeos
L. Considerando que el sector forestal debe organizarse de manera sostenible desde los puntos de vista económico, ecológico, social y cultural y que la protección de los bosques, el seguimiento de los daños a los bosques, el saneamiento de las masas forestales dañadas y la prestación de servicios medioambientales, en particular la regulación del ciclo hidrológico, forman parte integrante de la gestión forestal sostenible; considerando que un objetivo central en relación con los bosques es el mantenimiento de su viabilidad, protegiéndolos contra los incendios y contra la contaminación atmosférica, pero también contra la contaminación del suelo y el agua, y protegiéndolos de los daños causados por las enfermedades y los parásitos dañinos, así como por la erosión,
M. Considerando deseable garantizar la biodiversidad en las zonas forestales y prever la regulación y el uso duradero de la fauna silvestre que coloniza de forma natural dichos espacios con miras a la permanencia de estas especies, respetando el equilibrio forestal y cinegético,
N. Considerando, no obstante, que las medidas de prevención de incendios previstas en la política de desarrollo rural están resultando insuficientes para hacer frente al fenómeno de los incendios forestales, que es la principal causa de deterioro de los bosques en la Unión Europea y una de las razones de la desertización acelerada que experimentan muchas regiones europeas; lamentando igualmente la falta de coordinación entre los programas realizados a nivel regional o nacional, coordinación que debería reforzarse mediante el establecimiento de líneas estratégicas comunitarias, con el fin de alcanzar una mayor sintonía en las medidas de prevención aplicadas por las distintas administraciones nacionales y locales; considerando que la Comisión debería recomendar a cada región que elabore una estrategia global para la lucha contra los incendios y que coordine sus acciones con los Estados miembros; considerando que esta estrategia de prevención debe tener en cuenta la relación entre la agricultura y el medio ambiente forestal, los riesgos en la zona y las medidas preventivas para enfrentarse a ellos,
O. Señalando que existen regiones que resultan afectadas regularmente por grandes incendios forestales y expresando su solidaridad hacia ellas; considerando, no obstante, que es importante subrayar que tanto el problema de los incendios forestales como las condiciones generales para poder combatirlos difieren enormemente de un Estado miembro a otro; recordando que la experiencia demuestra que la prevención eficaz de los incendios forestales, así como su extinción, requiere el compromiso de agentes locales y el arraigo en la realidad local, así como la modificación de las prácticas forestales, en particular el abandono del monocultivo de especies propensas al fuego, como el eucalipto,
P. Subrayando que el nuevo instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE +) es fundamental para proteger todos los bosques europeos mediante medidas de seguimiento y de prevención de los factores que contribuyen a su deterioro, incluidos los incendios,
Elemento estratégico 6: Protección de los bosques tropicales
Q. Considerando que la tala ilegal de árboles tropicales causa graves daños ecológicos, económicos y sociales no sólo en los países de origen, sino también en países de latitudes templadas, ya que produce considerables distorsiones del mercado de los productos de la madera,
R. Acogiendo con satisfacción el plan de acción FLEGT (Plan de acción de la Unión Europea sobre la aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales) que la Comisión ha introducido para combatir el problema de la tala ilegal de árboles; considerando que ésta crea por un lado graves problemas medioambientales y sociales, y, por otro, un desequilibrio en el comercio con productos fabricados con madera y pérdidas económicas para la industria maderera; recordando que, para avanzar en la lucha contra la venta ilegal de madera, es sumamente importante eliminar los factores subyacentes al problema, a saber, la incertidumbre en cuanto a la propiedad, la corrupción y la pobreza; considerando que también es importante prever sanciones y penas reales para las personas y las empresas que comercien con madera de procedencia ilegal,
S. Constatando que una gran parte de la madera importada a la Unión Europea llega en forma de productos transformados, algunos de los cuales han sido fabricados a base de madera obtenida ilegalmente; considerando que, para facilitar la prohibición de tales importaciones de origen ilegal, la Comisión debería examinar la posibilidad de modificar el Código Aduanero de la UE y las normas no preferenciales de origen aplicables a la madera, de modo que el último país en el que tiene lugar el procesamiento de productos derivados de recursos naturales extractivos esté obligado a probar el origen legal de las materias primas,
Elemento estratégico 7: Mitigación del cambio climático y contribución a un suministro de energía sostenible
T. Considerando, en relación con el hecho de que el carbono esté almacenado en la biomasa y el suelo, que los bosques desempeñan una importante función como sumideros de carbono en el ciclo del carbono de la tierra; que la garantía de su regeneración, la conservación de su productividad y el mayor uso de productos forestales neutros respecto del carbono garantizan y amplían el ciclo del carbono; que los bosques proporcionan una energía renovable y neutra respecto del carbono y contribuyen a la combinación de energías sosteniblels en la UE, por lo que los bosques y sus productos contribuyen a ralentizar el calentamiento global y el efecto invernadero, así como al cumplimiento de los objetivos ambientales de la Unión (por ejemplo, el Protocolo de Kyoto),
U. Considerando que la utilización efectiva de las energías renovables basadas en los productos forestales contribuirá asimismo a paliar el déficit energético de la Unión Europea y a potenciar la producción de cultivos energéticos como elemento sustitutivo en las zonas excedentarias o afectadas por determinadas reformas de OCM,
Elemento estratégico 8: Fomento de la competitividad, el empleo y la renta del sector forestal
V. Considerando que en la política económica comunitaria no se ha dado suficiente importancia al sector forestal y la silvicultura, que sigue estando considerado como un ámbito secundario, pese a ser un sector que crea numerosos puestos de trabajo, produce un volumen de negocios considerable y tiene repercusiones sumamente positivas para la viabilidad del mundo rural,
W. Considerando que los bosques son proveedores de servicios ambientales de primera magnitud para la calidad de vida, así como de productos agroforestales de gran importancia económica,
X. Constatando que la Comisión reconoce el papel multifuncional de los bosques, pero considerando que, en la mayoría de las ocasiones, dicho papel no se refleja, en la medida del potencial que ofrece, en la economía de las zonas interesadas ni en los ingresos de sus habitantes,
Y. Considerando que la concretización de varios objetivos ambientales de la Unión requiere, por consiguiente, que la silvicultura se dote de los medios necesarios y adquiera una conciencia sólida de los diversos objetivos que persigue simultáneamente la gestión forestal,
Elemento estratégico 9: Fomento de las actividades de investigación y desarrollo en el ámbito forestal
Z. Considerando que el sector forestal solamente podrá estar a la altura de las exigencias que se le plantean en términos de competitividad y desarrollo sostenible si logra elaborar para sus actividades conceptos y tecnologías nuevos e innovadores y si no está sujeto a imposiciones desproporcionadas, derivadas de las obligaciones generales del propietario frente a la sociedad, que obstaculicen su rentabilidad económica,
AA. Subrayando la importancia de una investigación diversificada en el sector de la madera para la consecución de los objetivos de la Unión Europea en materia de competitividad y medio ambiente; observando que la madera, como materia prima, tiene numerosas propiedades, en particular químicas, que aún no se han explotado, y que se deben habilitar recursos suficientes para la investigación y el desarrollo de sus aplicaciones comerciales; constatando que el aumento del uso de la madera, por ejemplo, en la construcción, la fabricación de papel, el material de embalaje y la producción de energía, puede contribuir a sustituir la utilización de recursos naturales no renovables;
AB. Considerando que se deben llevar a cabo nuevas acciones de investigación y desarrollo en el ámbito de la prevención y la extinción de incendios, vía satélite y a través de los sistemas tecnológicos más modernos, que sean aplicadas no sólo a los bosques sino también a la protección civil de los ciudadanos,
Elemento estratégico 10: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de programas de formación y perfeccionamiento profesional
AC. Considerando que, hasta ahora, el sector forestal apenas se ha tenido presente en los programas europeos de formación y perfeccionamiento profesional,
Elemento estratégico 11: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de estrategias de información y comunicación
AD. Considerando que en la precedente estrategia forestal de la UE apenas se han utilizado las posibilidades de que dispone la Unión Europea para apoyar la gestión forestal sostenible mediante estrategias de información y comunicación,
Aspectos generales
1. Apoya el enfoque de la Comisión de que el desarrollo de las políticas comunitarias implica una integración más profunda de la estrategia forestal europea en el contexto global de la política europea y la cooperación entre los Estados miembros en este ámbito mediante las decisiones de las Cumbres de Lisboa (2000) y Gotemburgo (2001) y mediante el 6º Programa comunitario de acción en materia de medio ambiente (2002) y la reforma de la PAC (2003), así como la ampliación (2004); apoya, por consiguiente, la iniciativa de la Comisión de elaborar un plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques, que debería aplicarse durante un periodo de cinco años; subraya que este plan de acción debería desarrollarse en estrecha coordinación con los Estados miembros y las regiones y previa consulta a las organizaciones de las partes interesadas; considera que la estrategia forestal europea ha creado un marco de referencia para las políticas, iniciativas y medidas relativas a los bosques y ha influido en la manera de examinar actualmente los temas forestales; considera que las modificaciones mencionadas del marco político exigen una implicación más coherente y activa en la gestión de los recursos forestales comunitarios;
2. Opina que, habida cuenta de las numerosas repercusiones de las políticas comunitarias sectoriales en los bosques y de las estrategias de Lisboa y de Gotemburgo, la Comisión y el Consejo deben examinar objetivamente las posibilidades de crear un fundamento jurídico específico para los bosques en los Tratados de la Unión Europea o en un futuro proyecto de Constitución; propone que, mientras la Unión Europea carezca de un fundamento jurídico específico para los bosques, se tenga en cuenta de algún modo el principio de subsidiariedad para todo acto jurídico relativo a los bosques;
3. Pide que los Estados miembros y la Comisión traten de llegar a una interpretación unitarias del concepto de «bosque», para que en lo sucesivo sea posible evaluar mejor las medidas comunitarias relativas a los bosques;
Elemento estratégico 1: Participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal
4. Celebra que los Estados miembros y la Comisión hayan desarrollado, en un diálogo dinámico en el marco de la Conferencia ministerial sobre la protección de los bosques en Europa (CMPBE), una visión común de la gestión forestal sostenible, y les anima a que la tengan más presente en el proceso de toma de decisiones políticas;
5. Celebra la participación activa de los Estados miembros en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal, y recuerda que en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo en 2002 se insistió en que el desarrollo sostenible de los bosques constituye un instrumento que permitiría realizar los otros Objetivos de Desarrollo del Milenio; subraya además que los gobiernos de los países participantes se comprometieron a definir un plan de acción vinculante con numerosas decisiones en materia forestal;
6. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, con ocasión de la Sexta reunión del Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques (FNUB), que se celebrará en febrero de 2006, apliquen las conclusiones del Consejo de 26 de abril en 2005, según las cuales el mejor medio para garantizar una gestión sostenible de los bosques, en su dimensión ecológica y social, sería un instrumento jurídicamente vinculante;
7. Subraya que, en la política medioambiental aplicada a escala tanto internacional como comunitaria, la Unión Europea debería prever un mecanismo idóneo y coordinado que tenga en cuenta y respete el papel plurifuncional de los bosques, lo que implicaría una amplia participación de los interesados y la aplicación de una política de información transparente;
Elemento estratégico 2: Cumplimiento de las obligaciones internacionales a través de programas forestales nacionales
8. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apliquen el proyecto elaborado en la CMPBE como instrumento unitario para los programas forestales nacionales y que lo doten de criterios de apreciación para permitir la evaluación de los resultados;
Elemento estratégico 3: Mejora de la coordinación, comunicación y cooperación en todos los ámbitos de actuación política relacionados con el sector forestal
9. Considera que, pese a los progresos alcanzados mediante el establecimiento de un Grupo de trabajo interservicios de la Comisión sobre los bosques, es imprescindible establecer una mayor coordinación entre las diversas direcciones generales competentes para cuestiones forestales; propone que, además de la integración horizontal de los servicios de la Comisión competentes para cuestiones forestales practicada hasta ahora, se examine una integración vertical que englobe todos los ámbitos de actividad de los servicios de la Comisión, con inserción en la Secretaría General; propone, a tal fin, que en la Secretaría General de la Comisión se designe una unidad administrativa que se ocuparía de la coordinación de las políticas que incidan en las cuestiones forestales;
10. Propone el refuerzo del Comité Forestal Permanente mediante la extensión y concretización de sus competencias, por ejemplo en el marco de la elaboración y evaluación de los planes de acción y de la evaluación de los programas forestales nacionales;
Elemento estratégico 4: Fomento de la gestión sostenible de los bosques en el marco de la política de conservación y desarrollo de las zonas rurales
11. Opina además que deberían crearse unos sistemas de control eficaces para las medidas forestales cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayor de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural, siguiendo al mismo tiempo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución de la estrategia forestal;
12. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta en mayor medida los objetivos y las medidas de la estrategia forestal de la Unión Europea y del plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques cuando elaboren los programas de desarrollo rural correspondientes;
Elemento estratégico 5: Protección de los bosques europeos
13. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que prevean en el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques medidas eficaces para la prevención de riesgos y la lucha contra las catástrofes (incendios, tempestades, insectos y sequía); recuerda a los Estados miembros que deben transponer a los programas de desarrollo rural las medidas previstas en materia de prevención de incendios forestales;
14. Subraya que el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques, dada la plurifuncionalidad de los mismos, debe tener en cuenta en mayor medida la protección de los suelos, de las aguas y de la atmósfera, así como la protección de la biodiversidad y los paisajes forestales típicos;
15. Opina que en las zonas montañosas debe tenderse a fomentar la separación entre bosques y pastos y, por motivos de seguridad en general, a establecer caminos obligatorios, dado que la ausencia de separación entre bosques y pastos y su frecuentación excesiva incrementan considerablemente la erosión del terreno;
16. Pide que se elabore una recomendación a los Estados miembros destinada a sugerir un enfoque integrado de la protección de los bosques contra los incendios con medidas como la recogida y el aprovechamiento de la biomasa forestal residual, la prohibición temporal de cambio en el uso del suelo quemado para evitar la especulación tras los incendios, o la creación de fiscalías especiales para delitos ambientales;
17. Pide que, de cara al próximo periodo de programación financiera, los Estados miembros y las regiones europeas revisen sus acciones de lucha contra incendios y de su prevención con el fin de actualizar y dinamizar las medidas en vigor, cuya gestión está resultando en muchos casos deficiente;
18. Subraya que la repoblación forestal es un instrumento fundamental en la lucha contra la desertización; destaca que la reforestación con especies autóctonas ha contribuido al mantenimiento de la biodiversidad y reducido el peligro de incendios y puede contribuir a la protección de las zonas limítrofes de los parajes de la Red Natura 2000 y a la vinculación entre éstos, permitiendo así el flujo de la biodiversidad;
Elemento estratégico 6: Protección de los bosques tropicales
19. Apoya las iniciativas en curso adoptadas en el marco del plan de acción FLEGT ya mencionado para luchar contra las talas ilegales y garantizar la observancia de los acuerdos internacionales;
Elemento estratégico 7: Mitigación del cambio climático y contribución a un suministro de energía sostenible
20. Considera fundamental que se reconozca la importancia de los bosques y los productos forestales en la mitigación del cambio climático y que la Unión Europea dé prioridad a las actividades de investigación, de promoción de la imagen de la madera y de intercambio de información en este ámbito; pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en el marco de la estrategia forestal de la UE, definan conceptos que permitan optimizar la contribución del sector forestal a la lucha contra el cambio climático, sin detrimento de su competitividad;
21. Insta a la Unión Europea a promover el uso de la madera como recurso renovable, así como el uso de productos forestales respetuosos del medio ambiente;
22. Pide que la biomasa, especialmente la procedente de la madera, se incluya plenamente en las medidas políticas para el desarrollo de energías renovables (cogeneración, biocombustibles); pide a los Estados miembros que estudien las posibilidades existentes para favorecer fiscalmente el uso de la madera a efectos de calefacción;
Elemento estratégico 8: Fomento de la competitividad, el empleo y la renta del sector forestal
23. Destaca las conclusiones del análisis de la Comisión sobre la competitividad del sector forestal de la Unión Europea, según las cuales debe fomentarse la coordinación de la política en materia de gestión forestal y de toda la cadena de creación de valor añadido de la madera y el papel; celebra que, tanto a nivel nacional como comunitario, se hayan establecido incentivos para fomentar las concentraciones voluntarias entre las pequeñas explotaciones forestales; subraya la conveniencia de ayudar en particular a los propietarios privados de bosques en la fase de desarrollo de su propia explotación forestal sostenible, a fin de reforzar las organizaciones del sector forestal privado;
24. Pide a la Comisión que apoye los esfuerzos de los Estados miembros para movilizar los recursos madereros en los bosques y para superar las desventajas estructurales de las explotaciones forestales más pequeñas en el aprovechamiento y la comercialización de sus productos forestales, de manera que se asegure a largo plazo la autosuficiencia de la Comunidad en madera y productos derivados de la madera; considera que, a este fin, debería tenerse en cuenta en especial la supresión de determinados obstáculos para el uso de madera, así como las disposiciones relativas a la investigación y desarrollo en materia de aplicaciones innovadoras de la madera y medidas para la elevación de su perfil cualitativo; subraya las fuentes de ingresos, utilizadas hasta el momento sólo parcialmente, que representan los productos no madereros de la silvicultura tales como el corcho, las setas y las bayas o el suministro de servicios tales como el turismo rural y la caza, teniendo en cuenta que la caza, en el sentido del artículo 33, guiones 4, 5, 7, 9, 10 y 11, del Reglamento (CE) nº 1257/1999 tiene en algunos Estados miembros un papel considerable en el marco de la diversificación de actividades;
25. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que prevean en el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques medidas eficaces para la prevención de riesgos y la lucha contra las catástrofes (incendios, tempestades, insectos); recuerda a los Estados miembros que deben aplicar las medidas de prevención de incendios forestales previstas en los programas de desarrollo rural, y considera vital que el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques abarque todo el ciclo de valorización que va del bosque a la madera y a los productos forestales;
26. Pide a la Comisión que considere el potencial económico de las especies autóctonas de cada región para la reforestación, así como el potencial de los bosques naturales y de todos los productos y servicios ambientales que éstos facilitan a las zonas rurales; considera que, para ello, deberán estudiarse medidas necesarias de apoyo a los productores;
27. Pide a la Comisión que elabore los estudios necesarios sobre las medidas fiscales que pueden adoptar los distintos Estados miembros para llevar a cabo una diferenciación positiva en el ámbito fiscal con respecto a aquellos productores cuya actividad ejerza menos impacto negativo en el medio ambiente; considera que la adopción de medidas de prevención de incendios y de lucha contra la desertificación, la reforestación con especies autóctonas, el fomento de la biodiversidad, la gestión sostenible de los bosques naturales y el fomento de los servicios medioambientales, como la protección del sistema hidrológico y la lucha contra la erosión, constituyen servicios positivos que estos productores prestan a la sociedad, y deben ser compensados en consecuencia;
28. Considera que el apoyo ofrecido, especialmente el relativo a la mejora del medio ambiente y las regiones rurales, no debe establecer diferencias en función de la forma de propiedad de los bosques, y que todos los bosques deben recibir el mismo trato legal;
Elemento estratégico 9: Fomento de las actividades de investigación y desarrollo en el ámbito forestal
29. Pide que se incremente el fomento de las actividades de investigación y desarrollo relacionadas con el sector forestal, así como la función múltiple del mismo, en particular para el desarrollo sostenible de la biodiversidad, mediante la inclusión de proyectos de investigación decisivos para el sector forestal en el Séptimo Programa marco de investigación de la Unión Europea o en los correspondientes programas de los Estados miembros, así como apoyando la plataforma tecnológica bosque-madera-papel ya iniciada;
Elemento estratégico 10: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de programas de formación y perfeccionamiento profesional
30. Pide especialmente a los Estados miembros que velen por que los programas ofrecidos por la Unión Europea en materia de perfeccionamiento profesional (Leonardo, Erasmus, etc.) se utilicen en mayor medida que hasta ahora en el sector forestal;
31. Subraya que el apoyo a los propietarios de bosques en términos de educación, creación de capacidades, actividades informativas y servicios de asesoramiento debe ser una condición previa para el uso sostenible de los bosques en el contexto del desarrollo rural;
Elemento estratégico 11: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de estrategias de información y comunicación
32. Celebra los esfuerzos de las explotaciones del sector forestal europeo por ofrecer al consumidor la certeza de una gestión forestal sostenible que tiene en cuenta la función múltiple del bosque, concretamente mediante la certificación de los productos de la madera; considera que los sistemas de certificación del FSC y del PEFC son igualmente adecuados para este fin; pide que se fomente el reconocimiento mutuo de ambos enfoques de certificación;
33. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 10 de marzo de 2005, la Comisión presentó al Consejo y al Parlamento Europeo un informe sobre la ejecución de la estrategia forestal europea durante el periodo 1999-2004. Con ello respondía a la petición formulada por el Consejo[1] en su Resolución de 15 de diciembre de 1998. En el informe mencionado, la Comisión propone la elaboración de un Plan de acción para la gestión sostenible de los bosques. Con el presente informe de iniciativa, el Parlamento Europeo pretende proseguir el proceso iniciado en 1997 y profundizar en él.
Desde el comienzo de este siglo, la Unión Europea se ha fijado ambiciosos objetivos. Con las cumbres de Gotemburgo y de Lisboa, la Comunidad situó muy alto el listón del desarrollo de su economía. ¿En qué medida pueden contribuir los bosques europeos, las personas ligadas a ellos y la industria forestal a la mejora de la competitividad y al dinamismo de la sociedad del conocimiento o al desarrollo sostenible? ¿Qué sentido tiene que la Comisión Europea presente todavía una estrategia y un plan de acción? Tanto más en un ámbito político en el que, con arreglo a los Tratados, no hay nada que intentar, porque no existe ni jamás ha existido una política forestal común europea. Por supuesto, junto a medidas concretas para la protección de los bosques existen otras muchas relevantes para éstos, aparte de las concebidas a lo largo de varias décadas en los más diversos ámbitos políticos comunitarios que afectan a los terrenos forestales y sus propietarios. Pero no existe una política forestal común semejante a la política agrícola común. Así pues, ¿para qué una estrategia de la UE para el sector forestal? o ¿para qué un plan de acción para la gestión sostenible de los bosques?
Para dar respuesta a preguntas tan oportunas se expone a continuación, con toda la brevedad que corresponde, la importancia que reviste el sector forestal desde el punto de vista territorial, ecológico, económico y del empleo. Las iniciativas políticas, máxime en la Unión Europea, sólo pueden comprenderse si se conoce su contexto histórico. En ese sentido, la segunda parte de esta exposición esboza las etapas más importantes de la política forestal de la Unión Europea. En la tercera parte se presenta una clasificación de los elementos que se desprenden de la estrategia de la UE para el sector forestal y que conforman la estructura de la Resolución sobre la que versa el presente informe.
Importancia del sector forestal en la UE
La Unión actual tiene una superficie forestal de 148 millones de hectáreas, de las cuales se explota un 85 %. A diferencia de lo que sucede en determinadas regiones tropicales del planeta, la superficie forestal europea aumenta en unas 450 000 hectáreas al año. Los bosques de la Unión Europea se caracterizan por una gran variedad ecológica. Europa cuenta con una amplia tradición en materia de gestión sostenible de los bosques; de hecho, el concepto de sostenibilidad, introducido en el discurso político general en el informe Brundtland de 1987, tiene su origen en la gestión de los bosques europea. La silvicultura contribuye en gran medida a la protección de la biodiversidad de Europa.
Aproximadamente el 60 % de los bosques de la UE forma parte de terrenos pertenecientes a unos quince millones de propietarios privados. Se trata de explotaciones con una superficie media de 13 hectáreas, aunque la mayor parte de ellas tienen menos de 3 hectáreas. La reciente ampliación de la UE ha supuesto un notable aumento de la proporción de terreno forestal de titularidad estatal. En total, la cadena de valor bosque-madera-papel (sector forestal) emplea a unos 3,5 millones de personas, lo que representa un 4,3 % de los trabajadores del sector primario y un 3,7 % de los pertenecientes al sector secundario. De tal modo, este sector contribuye de manera fundamental a la cohesión social y a la mejora de la calidad de vida, sobre todo en el medio rural.
Antecedentes históricos
Fundamento jurídico
Tras la creación de la Comunidad Económica Europea (CEE) en el año 1957, se entabló un intenso debate sobre la conveniencia de incluir la madera en la denominada «lista del anexo II» del Tratado CEE. Ante la gran reticencia a la intervención de la administración pública manifestada entonces –y sostenida hasta la actualidad– por el sector forestal, no se incluyó la madera en la lista de productos sometidos a una ordenación del mercado. A día de hoy la política forestal común sigue sin contar con un fundamento jurídico originario. Todas las disposiciones comunitarias aplicadas al sector forestal europeo desde 1958 se basan, pues, en el fundamento jurídico de las políticas agrícola, medioambiental, regional o del comercio.
Etapas de la política forestal europea
Inicios asistemáticos (1964-1985)
Durante el periodo comprendido entre 1964 y 1978, la Comunidad adoptó una serie de medidas para el desarrollo del sector forestal. En la Comunicación de la Comisión relativa a la coordinación de la política forestal de los Estados miembros, de 1964, se proponía formular una política forestal común. En dicho documento, la Comisión distinguía por vez primera entre política forestal común y política forestal coordinada.
En 1974, la Comisión Europea propuso una Directiva sobre silvicultura que preveía la creación de un Comité Forestal Permanente. En contra de las expectativas de la Comisión, el Consejo de Ministros no logró una mayoría suficiente al respecto. En 1983 se presentó otra propuesta de Resolución relativa a los objetivos y las directrices de la política comunitaria en relación con el sector forestal, que también fue rechazada.
Entre las actividades legislativas relativas al ámbito forestal emprendidas por la Comisión durante este periodo cabe citar, por ejemplo, las medidas relativas a la armonización de las disposiciones jurídicas estatales (1966), el intento de normalización de la madera en bruto (1971) y el fortalecimiento de la protección de las plantas (1977).
Cauta unión de fuerzas (1986-1992)
El Memorándum sobre silvicultura presentado en el año 1986 representó un punto de inflexión hacia una política forestal comunitaria sistemática y orientada hacia la consecución de objetivos. La Comisión fijó los objetivos y los principios de la política forestal europea y, en lo sucesivo, limitó sus propuestas de actividades de escala comunitaria al ámbito de la coordinación. Como medida concreta se adoptó el Reglamento relativo a la protección de los bosques en la Comunidad contra la contaminación atmosférica.
El Programa de acción forestal comunitaria adoptado por el Consejo en 1989 supuso un nuevo paso en la intensificación del compromiso de la Comunidad en este ámbito. Pese a que la mayoría de sus elementos estaban ligados a la agricultura, algunos de ellos contenían medidas referidas exclusivamente al ámbito forestal. Entre sus componentes más importantes cabe citar la creación de un Comité Forestal Permanente, el fomento de la forestación de las superficies agrícolas, el Programa sobre el corcho, el Programa para la protección de los bosques contra la contaminación atmosférica y el Sistema Europeo de Información y Comunicación Forestal. Este primer Programa de acción forestal se completó con la adopción en el año 1992 de un Reglamento relativo a la protección de los bosques comunitarios contra los incendios y, en 1994, de un Reglamento relativo a los recursos genéticos de los bosques. Asimismo, se adoptaron otras medidas de acompañamiento de la reforma de la PAC (1992) con el fin de fomentar las actividades forestales de las explotaciones agrícolas.
Origen de la estrategia de la UE para el sector forestal (1992-1998)
Al Parlamento Europeo se debe el impulso definitivo para la profundización y reorientación de las actividades de política forestal. En 1992 publicó un manual sobre la política forestal común y en 1993 encargó la realización de un exhaustivo estudio sobre el sector forestal europeo y mundial, que se denominó «Eurofor». El ponente del primer informe de iniciativa de la historia del Parlamento Europeo, David Thomas, solicitó en 1997 el reforzamiento estratégico de la política forestal de la Unión. La Comunicación presentada por la Comisión[2] como resultado y la Resolución del Consejo publicada a finales de 1998[3] depararon la elaboración de la estrategia de la UE para el sector forestal que se valora aquí.
Ejecución de la estrategia de la UE para el sector forestal (1999-2005)
La Comunicación de la Comisión de 10 marzo de 2005 refleja los procesos y las experiencias relativos a la primera fase de ejecución de dicha estrategia de la UE para el sector forestal. Es complicado efectuar una valoración definitiva del éxito alcanzado. Es consustancial a las estrategias el que se presenten sin una formulación de objetivos concreta a la que corresponda un paquete de medidas, por lo que resultan difíciles de evaluar. Por ello, es tanto más importante garantizar la coherencia de la propuesta de la Comisión a través de un diálogo estructurado con los Estados miembros y con los interesados.
Elementos estratégicos de un Plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques
El 30 de mayo de 2005, el Consejo de Ministros de Agricultura pidió la Comisión que participara, en estrecha cooperación, en la elaboración un Plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques. Éste debería presentarse a más tardar a mediados de 2006. Tanto la nueva orientación general de las políticas comunitarias que se deriva de las resoluciones adoptadas en Lisboa, en el año 2000, y en Gotemburgo, en 2001, como la reforma de las políticas comunitarias que afectan al sector forestal (el Sexto Programa de acción en materia de medio ambiente y la reforma de la PAC) y la ampliación de la Unión Europea recomiendan la adopción de un procedimiento coherente y guiado por un objetivo específico para la realización de la estrategia de la UE para el sector forestal. Por ello, el ponente respalda la propuesta de la Comisión de elaborar un Plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques. Con el fin de apoyar el proceso de trabajo en curso, el Parlamento Europeo presenta a continuación sus recomendaciones, ajustadas al siguiente esquema de clasificación:
Elemento estratégico nº 1 Participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal
Elemento estratégico nº 2 Cumplimiento de las obligaciones internacionales a través de programas forestales nacionales
Elemento estratégico nº 3 Mejora de la coordinación, comunicación y cooperación en todos los ámbitos de actuación política relacionados con el sector forestal
Elemento estratégico nº 4 Fomento de la gestión sostenible de los bosques en el marco de la política de conservación y desarrollo de las zonas rurales
Elemento estratégico nº 5 Protección de los bosques europeos
Elemento estratégico nº 6 Protección de los bosques tropicales
Elemento estratégico nº 7 Mitigación del cambio climático y contribución a un suministro de energía sostenible
Elemento estratégico nº 8 Fomento de la competitividad, el empleo y la renta del sector forestal
Elemento estratégico nº 9 Fomento de las actividades de investigación y desarrollo en el ámbito forestal
Elemento estratégico nº 10 Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de programas de formación y perfeccionamiento profesional
Elemento estratégico nº 11 Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de estrategias de información y comunicación
Conclusiones
¿Qué contribución puede prestar el sector forestal a los procesos de Lisboa y Gotemburgo? El potencial del sector forestal es alto, dado que en la actualidad sólo se usa un 60 % de la superficie en que aumentan anualmente los bosques europeos. La industria maderera europea compite con éxito en el mercado mundial y la cadena de valor bosque-madera-papel representa un importante pilar para el empleo en el medio rural.
Los interesados en la ulterior concreción y aplicación de la estrategia de la UE para el sector forestal y del Plan de acción de la UE en materia forestal estarán en situación de lograr avances en cuanto sean conscientes de que la aplicación a escala comunitaria de cualquier medida sólo podrá efectuarse en caso de que conlleve un valor añadido evidente. El temor a que la Unión aplique una política forestal carente del correspondiente fundamento jurídico es infundado. El ponente considera que, en virtud de la estructura abierta y dinámica de las medidas descritas, los interesados dispondrán, más bien, de la oportunidad de contribuir a la formulación de la política europea. Sin lugar a dudas, el sector forestal está en disposición de contribuir al desarrollo de los procesos de Lisboa y Gotemburgo.
- [1] Resolución del Consejo de 15 de diciembre de 1998, DO C 56 de 26.2.1999, p. 1.
- [2] Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre una estrategia de la UE para el sector forestal, COM(1998)0649, de 18.11.1998.
- [3] Resolución del Consejo de 15 de diciembre de 1998, DO C 56, de 26.2.1999, p. 1.
OPINIÓN de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (24.11.2005)
para la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
sobre la ejecución de una estrategia forestal para la Unión Europea
(2005/2054(INI))
Ponente de opinión: Christofer Fjellner
SUGERENCIAS
La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria pide a la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Toma nota de la propuesta de la Comisión de introducir un plan de acción para la gestión sostenible de los bosques y subraya que la responsabilidad de la UE en el ámbito de la política forestal es y deberá seguir siendo muy limitada; subraya que el punto de partida para todas las decisiones que afecten a los bosques europeos debe ser la diversidad que éstos presentan y los diferentes retos medioambientales que plantean; considera, por consiguiente, que el plan de acción de la UE para una gestión sostenible de los bosques deberá ser coherente con los compromisos internacionales de la UE y sus Estados miembros, elaborarse haciendo hincapié en el principio de subsidiariedad y basarse en los programas forestales nacionales; considera que el sector forestal no debe contribuir a la pérdida y la fragmentación de los hábitats naturales ni comprometer el logro del objetivo de la UE de detener la pérdida de la biodiversidad de aquí al año 2010.
2. Subraya que la UE no debe desarrollar una política forestal común.
3. Subraya el papel multifactorial de los bosques; toma nota de que cuando el crecimiento económico se combina con importantes valores medioambientales, tales como el mantenimiento de las funciones protectoras y la biodiversidad de los bosques, y con el desarrollo de la agricultura, la industria forestal hace una contribución excepcional para lograr muchos de los objetivos tanto de Lisboa como de Gotemburgo; considera, por consiguiente, que unas buenas condiciones para la industria forestal y una fuerte conciencia de los diversos objetivos que persigue simultáneamente la gestión forestal son importantes para que la UE pueda lograr muchos de sus objetivos medioambientales.
4. Toma nota de que la UE ya adopta en la actualidad muchas decisiones políticas que, de forma directa o indirecta, afectan a los bosques y la silvicultura europeos, pero que la coordinación por la Comisión entre los diversos ámbitos políticos que conciernen a los bosques presenta bastantes deficiencias; considera que esta situación ha perjudicado la coherencia entre los diversos objetivos medioambientales y las condiciones para la silvicultura; considera, por consiguiente, que la tarea más importante de la Comisión debería consistir en coordinar la política existente relativa a los bosques y, en el futuro, proceder a evaluaciones previas que permitan tener en cuenta, ya en una fase temprana, el modo en que las diferentes decisiones políticas afectarán a los bosques y a la silvicultura de Europa; considera, por lo tanto, que será necesario reforzar el Comité Forestal Permanente y confiarle la responsabilidad de ejecución en el plan de acción propuesto; toma nota de que Natura 2000, la red de la UE que vela por la biodiversidad y la conservación de las especies, es un elemento importante de la infraestructura verde de la Unión.
5. Acoge con satisfacción el plan de acción FLEGT que la Comisión ha introducido para combatir el problema de la madera explotada ilegalmente; considera que ésta crea por un lado graves problemas medioambientales y sociales, y, por otro, un desequilibrio en el comercio con productos fabricados con madera y pérdidas económicas para la industria maderera; que, para avanzar en la lucha contra el comercio con madera explotada ilegalmente, es sumamente importante eliminar los factores subyacentes al problema, como por ejemplo, la falta de claridad respecto de los derechos de propiedad, la corrupción y la pobreza; considera, además, que es importante prever sanciones y penas rigurosas para las personas y las empresas que comercien con madera de procedencia ilegal.
6. Subraya la importancia que revisten los ecosistemas forestales intactos para conservar la biodiversidad de conformidad con los acuerdos internacionales; toma nota, como ejemplos de este tipo de compromisos, del Convenio sobre la Diversidad Biológica (Río 1992) y el objetivo de frenar la desaparición de especies a más tardar para 2010 (Cumbre de la UE de Gotemburgo 2001 y Johannesburgo 2002); subraya que, con el fin de cumplir con éxito esos compromisos, es de la mayor importancia convertir suficientes zonas en reservas naturales y adaptar en mayor grado los métodos de gestión forestal, en combinación con la ordenación paisajística, a las condiciones biológicas.
7. Toma nota de que la mayor parte de la madera importada a la UE llega en forma de productos transformados, algunos de los cuales han sido fabricados a base de madera obtenida ilegalmente; pide a la Comisión que, para facilitar la prohibición de tales importaciones de origen ilegal, examine la posibilidad de modificar el Código Aduanero de la UE y las normas no preferenciales de origen aplicables a la madera, de modo que el último país en el que tiene lugar el procesamiento de productos derivados de recursos naturales extractivos esté obligado a probar el origen y la legalidad de las materias primas.
8. Subraya que la madera como materia prima tiene propiedades únicas que la convierten en un recurso natural realmente renovable y reciclable; constata que el aumento del uso de la madera, por ejemplo, en la construcción, la fabricación de papel, de material de embalaje y la producción de energía, puede contribuir a sustituir la utilización de recursos naturales no renovables y a alargar el ciclo de vida del carbón; considera, por consiguiente, que la utilización sostenible de la madera con el debido respeto por la biodiversidad y la igualdad social puede contribuir a que la UE cumpla los compromisos por ella asumidos en relación con la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de Kyoto.
9. Subraya la importancia de una investigación diversificada en el sector de la madera para la consecución de los objetivos de la Unión Europea en materia de competitividad y medio ambiente; observa que la madera, como materia prima, contiene numerosas propiedades, como sustancias químicas, que aún no se han explotado, y que se deben habilitar recursos suficientes para la investigación y el desarrollo de las aplicaciones de dichas sustancias en el mercado.
10. Desea atraer la atención sobre las regiones frecuentemente afectadas por grandes incendios forestales y expresar su solidaridad hacia ellas; considera que, no obstante, es importante tomar nota de que tanto el problema de los incendios forestales como las condiciones para poder combatirlos difieren enormemente de un Estado miembro a otro; subraya que la experiencia demuestra que el compromiso y el arraigo a escala local son decisivos para prevenir y combatir de forma eficaz los incendios forestales y abandonar las prácticas forestales de cultivos propensos al fuego, en particular de eucaliptos.
11. Destaca que, en la actualidad, el grueso de las ayudas otorgadas por la UE para la prevención de incendios procede de la política de desarrollo rural; lamenta la falta de coordinación entre los programas realizados a nivel regional o nacional; considera que es necesario reforzar esta coordinación mediante el establecimiento de líneas estratégicas comunitarias, con el fin de alcanzar una mayor sintonía en las medidas de prevención aplicadas por las distintas administraciones nacionales y/o locales.
12. Solicita a la Comisión que recomiende a cada región que elabore una estrategia global para la lucha contra los incendios y que coordine sus acciones con los Estados miembros; considera que esta estrategia debe incluir la relación entre la agricultura y el medio forestal, los riesgos en la zona y las medidas preventivas para enfrentarse a ellos.
13. Solicita que se desarrolle y se investigue sobre las nuevas tecnologías aplicadas a la prevención y a la extinción de incendios vía satélite y a través de los sistemas tecnológicos más modernos para aplicarlo no sólo a los bosques sino también a la protección civil de los ciudadanos.
14. Subraya el importante papel que desempeña el programa Natura 2000, la red de la UE que vela por la biodiversidad y la conservación de especies; considera que el éxito del programa Natura 2000 y de otras acciones en favor de la biodiversidad depende del compromiso de los propietarios de los bosques de tener en cuenta las necesidades de conservación de sus bosques.
15. Subraya la necesidad de mejorar el equilibrio entre los aspectos económicos, sociales y medioambientales de las funciones forestales y constata que una mala gobernanza en el sector forestal ha ocasionado conflictos sociales con las poblaciones que dependen de los bosques, en particular, con la comunidad sami; subraya, por consiguiente, la necesidad de implicar en la gestión forestal a todos los agentes, incluida la población local; considera, además, que son necesarias otras medidas urgentes para proteger los derechos consuetudinarios sobre la tierra y el modo de vida de las poblaciones europeas que dependen de los bosques.
16. Constata que el nuevo instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE +) es fundamental para proteger todos los bosques europeos mediante medidas de seguimiento y de prevención de los factores que contribuyen a su deterioro, incluidos los incendios.
PROCEDIMIENTO
Título |
Ejecución de una estrategia forestal para la UE | |||||
Referencias |
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Comisión competente para el fondo |
AGRI | |||||
Opinión emitida por |
ENVI | |||||
Ponente de opinión Fecha de designación |
Christofer Fjellner | |||||
Examen en comisión |
3.10.2005 |
22.11.2005 |
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| |
Fecha de aprobación |
22.11.2005 | |||||
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
39 0 1 | ||||
Miembros presentes en la votación final |
Adamos Adamou, Georgs Andrejevs, Hiltrud Breyer, Dorette Corbey, Chris Davies, Avril Doyle, Mojca Drčar Murko, Edite Estrela, Matthias Groote, Françoise Grossetête, Cristina Gutiérrez-Cortines, Satu Hassi, Mary Honeyball, Dan Jørgensen, Christa Klaß, Eija-Riitta Korhola, Urszula Krupa, Peter Liese, Roberto Musacchio, Riitta Myller, Péter Olajos, Vittorio Prodi, Frédérique Ries, Guido Sacconi, Carl Schlyter, Richard Seeber, Jonas Sjöstedt, Bogusław Sonik, María Sornosa Martínez, Thomas Ulmer, Anja Weisgerber y Åsa Westlund. | |||||
Suplentes presentes en la votación final |
David Casa, Christofer Fjellner, Milan Gaľa, Dariusz Maciej Grabowski, Karsten Friedrich Hoppenstedt, Anne Laperrouze, Robert Sturdy y Andres Tarand. | |||||
PROCEDIMIENTO
Título |
Ejecución de una estrategia forestal para la UE | ||||||||||||
Número de procedimiento |
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Fundamento reglamentario |
art. 45 | ||||||||||||
Comisión competente para el fondo |
AGRI 12.5.2005 | ||||||||||||
Comisión(es) competentes(s) para emitir opinión |
ENVI |
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Opinión(es) no emitida(s) |
-- |
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Cooperación reforzada |
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Propuesta(s) de resolución incluida(s) en el informe |
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Ponente(s) |
Heinz Kindermann |
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Ponente(s) sustituido(s) |
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| |||||||||||
Examen en comisión |
15.6.2005 |
13.7.2005 |
22.11.2005 |
|
| ||||||||
Fecha de aprobación |
26.1.2006 | ||||||||||||
Resultado de la votación final |
+: ‑: 0: |
29 4 0 | |||||||||||
Miembros presentes en la votación final |
Peter Baco, Thijs Berman, Giuseppe Castiglione, Albert Deß, Gintaras Didžiokas, Michl Ebner, Carmen Fraga Estévez, Duarte Freitas, Jean-Claude Fruteau, Ioannis Gklavakis, Bogdan Golik, Friedrich-Wilhelm Graefe zu Baringdorf, María Esther Herranz García, Elisabeth Jeggle, Heinz Kindermann, Stéphane Le Foll, Jean-Claude Martinez, Mairead McGuinness, Neil Parish, María Isabel Salinas García, Agnes Schierhuber, Willem Schuth, Czesław Adam Siekierski, Marc Tarabella, Witold Tomczak, Kyösti Virrankoski, Bernard Piotr Wojciechowski y Andrzej Tomasz Zapałowski | ||||||||||||
Suplentes presentes en la votación final |
Wiesław Stefan Kuc, Véronique Mathieu, Markus Pieper, Zdzisław Zbigniew Podkański y Karin Resetarits | ||||||||||||
Suplentes (art. 178, apdo. 2) presentes en la votación final |
-- | ||||||||||||
Fecha de presentación – A[6] |
31.1.2006 |
A6‑0015/2006 | |||||||||||