INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

8.5.2006 - (COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD)) - ***I

Comisión de Cultura y Educación
Ponente: Erna Hennicot-Schoepges

Procedimiento : 2005/0203(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0168/2006

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

(COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005)0467)[1],

–   Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el primer guión del apartado 5 del artículo 151 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6‑0311/2005),

–   Visto el artículo 51 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6‑0168/2006),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Considera que la dotación financiera indicada en la propuesta legislativa debe ser compatible con el límite máximo de la rúbrica 3b del nuevo marco financiero plurianual y señala que el importe anual se decidirá en el marco del procedimiento presupuestario anual de conformidad con las disposiciones del apartado 37 del AII de xxx.

3.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

4.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Texto de la ComisiónEnmiendas del Parlamento

Enmienda 1

Considerando 3

(3) Por eso, los ciudadanos europeos y todos los que viven en la Unión de forma temporal o permanente deben poder adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitirán desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y encauzar las posibles dificultades aprovechando las bazas que les ofrece una sociedad variada y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

(3) Por eso, los ciudadanos europeos y todos los que viven en la Unión de forma temporal o permanente deben poder adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes para desarrollar plenamente sus posibilidades en una sociedad variada, pluralista, solidaria y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

Enmienda 2

Considerando 4

(4) En el corazón del proyecto europeo, el diálogo intercultural destaca como instrumento privilegiado para hacer posible que los ciudadanos gestionen la compleja realidad de nuestras sociedades con más dinamismo.

(4) En el corazón del proyecto europeo, la cultura y el diálogo intercultural son los instrumentos ideales para que los ciudadanos aprendan a vivir juntos en armonía y puedan contribuir a mejorar las relaciones de la Unión Europea con el exterior.

Enmienda 3

Considerando 5, guión 1

– respeta y promueve la diversidad cultural de Europa, y crea una ciudadanía europea activa basada en los valores comunes de la Unión Europea;

– respeta y promueve la diversidad cultural de Europa, mejora la cohabitación y fomenta una ciudadanía europea activa basada en los valores comunes de la Unión Europea;

Enmienda 4

Considerando 5, guión 1 bis (nuevo)

 

informa sobre los derechos y deberes en materia de igualdad que resultan de una estancia en la Unión Europea;

Justificación

Los migrantes —tanto hombres como mujeres— no están a menudo suficientemente informados sobre las repercusiones que tiene, por ejemplo, la legislación de la UE y de los Estados miembros en materia de igualdad. El diálogo intercultural puede contribuir a informar de sus derechos, en particular, a las migrantes para que puedan defenderse mejor contra las violaciones del Derecho.

Enmienda 5

Considerando 5, guión 2

incluye la estrategia de Lisboa renovada, según la cual la economía del conocimiento está necesitada de personas capaces de adaptarse a los cambios y de aprovechar todas las fuentes de innovación posibles para aumentar la prosperidad;

acentúa la dimensión cultural y educativa incluida en la estrategia de Lisboa renovada y de esta manera estimula la economía cultural y creativa, generadora de crecimiento y empleo, en la Unión Europea;

Enmienda 6

Considerando 5, guión 3

– apoya el compromiso de la Unión por la solidaridad, la justicia social y el refuerzo de la cohesión, respetando los valores comunes de la Unión Europea;

– apoya el compromiso de la Unión por la solidaridad, la justicia social, el desarrollo de la economía social de mercado, la cooperación y el refuerzo de la cohesión, respetando los valores comunes de la Unión Europea, esenciales para tender puentes de diálogo con las diferentes culturas del mundo y consolidar así su papel de líder en la esfera internacional, en particular para la defensa y la promoción de la democracia y los derechos humanos;

Enmienda 7

Considerando 5, guión 4

– permite que Europa haga oír su voz con más fuerza en el mundo y establezca lazos eficaces con los países vecinos para así lograr que la estabilidad y la democracia rebasen las fronteras de la Unión y queden asegurados el bienestar y la seguridad de los ciudadanos europeos y de todos los que viven en la Unión Europea.

– permite que la Unión Europea haga oír su voz con más fuerza en el mundo y establezca lazos eficaces con los países vecinos para así lograr que la estabilidad, la democracia y la prosperidad común aumenten el bienestar y la seguridad de los ciudadanos europeos y de todos los que viven en la Unión Europea.

Enmienda 8

Considerando 6

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política de asilo e integración de los inmigrantes, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV)

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, la igualdad entre los sexos, los derechos de las mujeres y la igualdad de géneros, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la lucha contra la trata de seres humanos, la política de asilo e integración de los inmigrantes, los derechos humanos y el desarrollo sostenible, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos y en vías de adhesión, los países de los Balcanes Occidentales, los países candidatos a los acuerdos de asociación con la UE y los países socios de la política europea de vecindad (PEV) y otros terceros países, en particular los países en desarrollo.

Enmienda 9

Considerando 7

Enm. 3 ad.611882

(7) Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural.

 

 

Enm. 3 ad.611882

(7) Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano, sea hombre o mujer, en pie de igualdad, y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural, en particular mediante la cooperación estructurada descrita en el artículo 2 bis de la presente Decisión. Esta acción complementa las medidas destinadas a crear una identidad europea, cuyo contenido puede enriquecerse con el principio de inclusión sin asimilación. La inclusión de las diferencias demuestra la variedad de aspectos de la pertenencia a una comunidad. El fomento del aprendizaje de un «civismo intercultural» debe contribuir a ello. El «civismo intercultural» constituye el complemento y la condición necesarios para poner en práctica una auténtica igualdad de oportunidades para todos.

 

Justificación

Es importante incluir el concepto de diálogo intercultural en el marco de las prioridades y acciones comunitarias existentes.

Basándose en los métodos y las herramientas surgidos en la comunicación intercultural, el desarrollo de un civismo intercultural parece condición para un diálogo intercultural. Mantener este tipo de diálogo de forma fructífera es imposible si los ciudadanos pertenecientes a diversas culturas no comparten un cierto número de códigos básicos que favorecen el respeto y el aprendizaje mutuos. El desarrollo de un civismo intercultural en la UE constituye un reto de primer orden para su competitividad al igual que para el ciudadano es una competencia fundamental que ha de adquirir para lograr una auténtica igualdad de oportunidades para todos.

Enmienda 10

Considerando 10

(10) Es importante procurar una complementariedad con el conjunto de las actuaciones comunitarias, nacionales, regionales y locales que tienen una marcada dimensión de diálogo intercultural. El Año europeo del diálogo intercultural debe servir para aumentar su visibilidad y coherencia, contribuyendo al mismo tiempo a la innovación y a la dimensión horizontal e intersectorial de los enfoques encaminados a promover el diálogo intercultural.

(10) Es esencial procurar una complementariedad y un planteamiento horizontal del conjunto de las actuaciones comunitarias, nacionales, regionales y locales que tienen una marcada dimensión de diálogo intercultural, ya que el Año europeo del diálogo intercultural contribuirá a aumentar su visibilidad y coherencia.

Enmienda 11

Considerando 10 bis (nuevo)

(10 bis) La experiencia y los conocimientos especializados de las organizaciones internacionales como el Consejo de Europa deben poder contribuir a enriquecer la estrategia de la Unión Europea en favor del diálogo intercultural.

Enmienda 12

Considerando 11 bis (nuevo)

 

(11 bis) En la preparación del Año europeo del diálogo intercultural conviene desarrollar iniciativas relativas a este diálogo basadas en proyectos concretos y duraderos, en particular en el marco de las cooperaciones existentes con los países terceros. Estas iniciativas deberán valorizarse en el marco de las acciones informativas y de sensibilización previstas para el Año europeo del diálogo intercultural 2008.

Enmienda 13

Considerando 13 bis (nuevo)

 

(13 bis) Teniendo en cuenta el número de acciones previstas a escala nacional y comunitaria en todos los Estados miembros, puede considerarse que el importe de referencia constituye el umbral por debajo del cual sería imposible alcanzar los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural.

Justificación

Si la financiación del Año europeo del diálogo intercultural se situara, por cualquier motivo, por debajo del importe de referencia indicado en la propuesta de la Comisión, en la práctica sería imposible llevar a cabo la actividad correspondiente.

Enmienda 14

Artículo 1, párrafo 1 bis (nuevo)

(1 bis) Para los fines de la presente Decisión, la expresión «diálogo intercultural» describe un proceso sostenido que tendrá su expresión más visible en 2008 y que abarca acciones que continuarán después de ese año;

Enmienda 15

Artículo 2, apartado 1, guión 1

– Enm. 40

Promover el diálogo intercultural como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos y a todas las personas que residen en la Unión de forma permanente o temporal a adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitirán desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y encauzar las posibles dificultades aprovechando las bazas que les ofrece una sociedad variada y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

 

– Enm. 40

Promover el diálogo intercultural mediante proyectos específicos de diálogo intercultural en diversos sectores, como instrumento que ayuda a todas las personas que residen en la Unión a aprender a convivir en armonía y a superar las diferencias inherentes a su diversidad cultural, religiosa y lingüística, no sólo entre las culturas de los distintos Estados miembros sino también entre las diferentes culturas y grupos religiosos que existen en los Estados miembros.

Enmienda 16

Artículo 2, apartado 1, guión 2

– Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea de respeto a la dignidad humana, libertad, igualdad, no discriminación y solidaridad, en los principios de democracia y Estado de Derecho y en el respeto a los derechos humanos, incluidos los de las personas que pertenecen a minorías.

– Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea tal como éstos se definen en el artículo 6 del Tratado UE y en la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea.

Enmienda 17

Artículo 2, apartado 1, guión 2 bis (nuevo)

– Poner de relieve la aportación de las distintas culturas y expresiones de la diversidad cultural a la herencia y a los modos de vida de los Estados miembros de la Unión Europea.

Enmienda 18

Artículo 2, apartado 1, guión 2 bis (nuevo)

 

– Exportar los valores comunes de la Unión Europea, mencionados anteriormente, en sus relaciones con el resto del mundo, fortaleciendo así su papel de líder en la promoción y la defensa de los derechos humanos y la democracia.

Justificación

La Unión Europea deberá mantener la coherencia en la promoción y la defensa de los valores comunes tanto en el interior de su territorio y su ciudadanía, como en su actuación en el exterior.

Enmienda 19

Artículo 2, apartado 1, guión 2 bis (nuevo)

 

– Hacer de la educación un vector central de aprendizaje de la diversidad, de la comprensión de otras culturas, promover la movilidad, el intercambio y la valorización de los conocimientos, las competencias y las mejores prácticas sociales, hacer de los medios de comunicación un instrumento privilegiado del principio de igualdad y de comprensión recíproca.

Justificación

Sería conveniente tener en cuenta el informe del grupo de sabios creado por el Presidente de la Comisión Europea de aquella época, el Sr. Prodi, y aprobado en noviembre 2003, que proponía medidas de acción para el diálogo entre los pueblos y las culturas en el espacio euromediterráneo.

Enmienda 20

Artículo 2, apartado 2, guión -1 (nuevo)

– Integrar el diálogo intercultural como prioridad horizontal y transversal en las políticas, las acciones y los programas comunitarios, e identificar y poner en común las mejores prácticas de fomento del mismo.

Enmienda 21

Artículo 2, apartado 2, guión 1

– Aumentar la visibilidad y la coherencia de todos los programas y acciones de la Comunidad que contribuyan al diálogo intercultural.

– Aumentar la visibilidad y la coherencia de todos los programas y acciones de la Comunidad que contribuyan al diálogo intercultural; fomentarlo, en particular, con acciones y medidas emblemáticas; y asegurar su continuidad en el tiempo.

Enmienda 22

Artículo 2, apartado 2, guión 2

Poner de relieve la aportación de las diferentes culturas a nuestro patrimonio y nuestros modos de vida; sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea, en particular, a los jóvenes, ante la importancia de buscar medios para, a través del diálogo intercultural, alcanzar una ciudadanía activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea.

Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea, en particular, a los jóvenes, ante la importancia del diálogo intercultural e interreligioso en la vida de cada día.

Enmienda 23

Artículo 2, apartado 2, guión 2 bis (nuevo)

– Hacer conocer las diferentes culturas y valores de los países de la Unión Europea en los países terceros socios de la Unión, entre otras cosas por medio de las delegaciones de la Comisión Europea en estos países terceros, en particular para sensibilizar a los candidatos a la inmigración con vistas a una mejor integración en las sociedades de acogida;

Enmienda 24

Artículo 2, apartado 2, guión 3

– Contribuir a la innovación y a la dimensión horizontal e intersectorial de los enfoques encaminados a promover el diálogo intercultural, en particular, entre los jóvenes.

suprimido

Enmienda 25

Artículo 2, apartado 2, guión 3 bis (nuevo)

 

– estudiar las posibilidades inherentes a este año temático; preparar y adoptar una estrategia coherente adaptada a las situaciones específicas de los Estados miembros y que preste atención a la educación con el fin de promover la tolerancia; aceptar la diversidad y coexistir con ella, y concienciar sobre el valor de las personas que contribuyen a la diversidad lingüística, étnica y religiosa de Europa.

Justificación

En el marco de la definición del Año europeo del diálogo intercultural, se debe hacer especial hincapié en la afirmación del principio de sostenibilidad. Los Estados miembros deberán aplicar correctamente esta estrategia, en la que la educación desempeña una función primordial.

Enmienda 26

Artículo 2 bis (nuevo)

Artículo 2 bis

 

Participación en la acción

 

Para lograr los objetivos enumerados en artículo 2, la acción instituida en virtud de la presente Decisión deberá desarrollarse con prioridad a través de una cooperación estructurada con los actores de la sociedad civil, como por ejemplo las organizaciones gubernamentales activas en el ámbito del diálogo intercultural, las organizaciones del diálogo y religioso y laico, las asociaciones socioculturales y los medios de comunicación.

 

La acción será realizada en cooperación con las Instituciones europeas, las autoridades nacionales y regionales y organizaciones internacionales como el Consejo de Europa y la UNESCO.

Enmienda 27

Artículo 3, letras a), b) y c)

a) campañas de información y promoción a nivel comunitario y nacional, en cooperación con los medios de comunicación, para difundir los mensajes clave relativos a los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

a) manifestaciones e iniciativas de envergadura europea con objeto de promover el diálogo intercultural, poniendo de relieve las realizaciones y experiencias sobre el tema del Año europeo del diálogo intercultural;

b) actos e iniciativas de envergadura europea con objeto de promover el diálogo intercultural, poniendo de relieve las realizaciones y experiencias sobre el tema del Año europeo del diálogo intercultural;

b) actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional con la finalidad de promover los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural y en los que se dedique particular atención a las acciones relacionadas con la educación cívica y el conocimiento del otro y de lo que le hace diferente;

c) actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional con la finalidad de promover los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

c) Campañas de información y sensibilización;

(Las letras a, b y c del texto de la Comisión pasan a ser, respectivamente, las letras c, a y b del texto del Parlamento; en la letra a, que pasa a ser c, y en la letra c, que pasa a ser b, se introducen, además, algunas modificaciones.)

Enmienda 28

Artículo 3, letra d)

d) encuestas y estudios de ámbito comunitario o nacional para evaluar y documentar la preparación, la eficacia, la repercusión y el seguimiento a largo plazo del Año europeo del diálogo intercultural.

d) consulta con las redes transnacionales y los interlocutores de la sociedad civil (a través de, por ejemplo, reuniones a pequeña escala, debates, encuestas y estudios) para evaluar y documentar la eficacia y la repercusión del Año europeo del diálogo intercultural y crear las bases necesarias para darle un seguimiento a largo plazo.

Or. en

Enmienda 29

Artículo 3, párrafo 2 bis (nuevo)

 

En la medida en que el diálogo intercultural incluye luchar contra la discriminación y promover la integración, las actividades iniciadas en 2008 deben continuar y complementar las realizadas en el marco del Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos (2007). Las acciones previstas, tanto a nivel comunitario como nacional, deben tener en cuenta la experiencia de las acciones como las realizadas con motivo del Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos (2007).

Enmienda 30

Artículo 5

Cada Estado miembro designará un organismo nacional de coordinación, o un organismo administrativo equivalente, encargado de organizar la participación de ese Estado en el Año europeo del diálogo intercultural. Cada Estado miembro velará por que ese organismo haga participar adecuadamente a los distintos protagonistas del diálogo intercultural a escala nacional. Este organismo coordinará a nivel nacional las acciones relativas al Año europeo del diálogo intercultural.

Cada Estado miembro designará un organismo nacional de coordinación, o un organismo administrativo equivalente, encargado de organizar la participación de ese Estado en el Año europeo del diálogo intercultural. Cada Estado miembro velará por que ese organismo haga participar adecuadamente a los distintos protagonistas del diálogo intercultural a escala nacional, regional y local. Este organismo coordinará a nivel nacional las acciones relativas al Año europeo del diálogo intercultural.

Or. es

Justificación

Los niveles regional y local deben ser socios en la promoción del diálogo intercultural, por su mayor proximidad con la ciudadanía.

Enmienda 31

Artículo 6, apartado 1

1. La Comisión estará asistida por un comité.

1. La Comisión estará asistida por un comité compuesto por un representante de cada Estado miembro y presidido por la propia Comisión. Los representantes nacionales serán designados preferiblemente por el organismo nacional de coordinación al que se hace referencia en el artículo 5.

Enmienda 32

Artículo 6, apartado 2

2. Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8 de la misma.

2. Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8 de la misma. Sin perjuicio del procedimiento mencionado, dos representantes del Parlamento Europeo asistirán, en calidad de observadores, a las reuniones del Comité.

Justificación

Considerando la naturaleza de las decisiones relativas a la ciudadanía europea, dos representantes del Parlamento Europeo con estatuto de observador asistirán a las reuniones del Comité.

Enmienda 33

Artículo 7, apartado 3

3. Las medidas de alcance comunitario que se prevén en la parte C del anexo podrán ser subvencionadas, hasta un máximo del 50 % de su coste total, con cargo al presupuesto general de la Unión Europea y con arreglo al procedimiento que se establece en el artículo 8.

3. Las medidas de alcance comunitario que se prevén en la parte C del anexo podrán ser subvencionadas, hasta un máximo del 80 % de su coste total, con cargo al presupuesto general de la Unión Europea y con arreglo al procedimiento que se establece en el artículo 8.

Justificación

El incremento de la subvención comunitaria del 50 % al 80 % facilitará la realización de proyectos por parte de los operadores culturales.

Enmienda 34

Artículo 9

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales apropiadas.

 

 

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión cooperará con las organizaciones internacionales apropiadas, en particular con el CE y la UNESCO, velando seriamente por la transparencia de las relaciones de cooperación y la visibilidad de la participación de la UE.

Enmienda 35

Artículo 11, apartado 1

1. La dotación financiera para la ejecución de la presente Decisión durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 ascenderá a 10 millones de euros.

1. La dotación financiera para la ejecución de la presente Decisión durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 ascenderá a 10 millones de euros. Las acciones preparatorias no superarán el 30 % del presupuesto total.

Justificación

Debe quedar claro que la mayor parte del presupuesto total debe gastarse en actos culturales durante el año 2008, que será el Año del diálogo intercultural.

Enmienda 36

Artículo 14

A más tardar el 31 de diciembre de 2009, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones un informe sobre la puesta en práctica, los resultados y la evaluación general de las medidas previstas en el artículo 3 de la presente Decisión.

A más tardar el 31 de diciembre de 2009, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones un informe sobre la puesta en práctica, los resultados y la evaluación general de las medidas previstas en el artículo 3 de la presente Decisión, con el fin de que sirva de base para futuras políticas, medidas y acciones de la Unión en este ámbito.

Enmienda 37

Anexo, parte A, punto 1), párrafo 1 bis (nuevo)

 

Los recursos financieros dedicados a las campañas de información y promoción no superarán el 20 % del presupuesto total.

Justificación

El desglose presupuestario propuesto no parece correcto. Los actos culturales específicos tales como espectáculos, exposiciones y conciertos son por sí mismos una promoción del Año europeo del diálogo intercultural. Por tanto, las campañas de información y promoción (en los medios de comunicación) sólo deberían ser medidas de apoyo.

Enmienda 38

Anexo, parte A, apartado 1, letra c)

c) la cooperación con el sector privado, los organismos de radiodifusión y otros medios de comunicación para difundir la información sobre el Año europeo del diálogo intercultural;

c) la cooperación con el sector privado, los organismos de radiodifusión y otros medios de comunicación para difundir la información sobre el Año europeo del diálogo intercultural, en particular en el marco de grandes manifestaciones deportivas previstas en 2008, concretamente las Eurocopas de fútbol y los Juegos Olímpicos de Beijing, luchando al mismo tiempo contra la trata de seres humanos y la prostitución forzada de mujeres en dichas manifestaciones;

Enmienda 39

Anexo, parte A, punto 1), letra f)

f) iniciativas adecuadas de los centros educativos y del público en general para difundir información sobre el Año europeo del diálogo intercultural;

f) la difusión de materiales e instrumentos pedagógicos destinados con prioridad a los centros educativos, favoreciendo el desarrollo de debates abiertos sobre las distintas culturas del mundo, en el pleno respeto del principio de subsidiariedad;

Enmienda 40

Anexo, parte A, punto 1), letra g)

g) la creación de un sitio Internet de información, en el servidor Europa, que incluya un portal para los responsables de proyectos relativos al diálogo intercultural, con el fin de orientarlos a través de los distintos programas y acciones pertinentes de la Comunidad.

g) la creación de un portal en Internet para hacer accesible al gran público el conjunto de las acciones desarrolladas en el ámbito del diálogo intercultural y para guiar a los responsables de proyectos relativos al diálogo intercultural a través de los distintos programas y acciones pertinentes de la Comunidad.

Enmienda 41

Anexo, parte A, punto 2, letra a) (nueva)

 

PR

Enm. 25

a) Creación de un premio para el diálogo intercultural que recompense un proyecto destinado a los jóvenes y enmarcado en programas comunitarios como Sócrates, Juventud o Cultura, según lo contemplado en el artículo 2, apartado 2, primer guión.

Enmienda 42

Anexo, parte A, punto 2)

Encuestas y estudios de ámbito comunitario para evaluar y documentar la preparación, la eficacia, la repercusión y el seguimiento a largo plazo del Año europeo del diálogo intercultural.

Consulta con las redes transnacionales y los interlocutores de la sociedad civil (a través de, por ejemplo, reuniones a pequeña escala, debates, encuestas y estudios) para evaluar y documentar la eficacia y la repercusión del Año europeo del diálogo intercultural y crear las bases necesarias para darle un seguimiento a largo plazo.

Or. en

Enmienda 43

Anexo, Parte B, párrafo 1

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea centradas en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes, ante los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural puede optar a una ayuda comunitaria de hasta el 80 % de su coste total.

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea centradas en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes y las mujeres, ante los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural puede optar a una ayuda comunitaria de hasta el 80 % de su coste total.

Justificación

La ayuda comunitaria de hasta el 80 % deberá centrarse también en las mujeres, aparte de en los jóvenes, con el fin de alentar y facilitar su participación, que, como es sabido, es deficiente en todos los países por múltiples y diversos motivos. El acceso a la operación del diálogo intercultural debe garantizarse para aquellos grupos que no se movilizan de forma marcada y sistemática, los jóvenes y las mujeres.

Enmienda 44

Anexo, parte B, párrafo 2

Estas acciones pueden incluir actos, entre los que se incluyen los actos comunitarios de apertura y clausura del Año europeo del diálogo intercultural, en cooperación con las presidencias de turno en 2008.

Estas acciones pueden incluir actos, entre los que se incluyen los actos comunitarios de apertura y clausura del Año europeo del diálogo intercultural, en cooperación con las presidencias de turno en 2008. Esto podría traducirse en particular en una participación señalada a nivel europeo en la celebración del 8 de marzo y del 21 de mayo, proclamados por la Asamblea General de las Naciones Unidas «Día internacional de la mujer» y «Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo», respectivamente.

Enmienda 45

Anexo, parte B, párrafos 1 bis y 2 ter (nuevos)

2 bis. El Año europeo del diálogo intercultural se clausurará en el Parlamento Europeo con un Foro intercultural que reunirá a representantes de la sociedad civil y del mundo político y religioso.

2 ter. Deberá organizarse asimismo un encuentro interreligioso entres iglesias y comunidades religiosas reconocidas por los Estados miembros.

Enmienda 46

Anexo, parte C, párrafo 1

Algunas acciones a escala nacional con una marcada dimensión europea pueden cumplir las condiciones requeridas para acogerse a una ayuda comunitaria, que podrá llegar al 50 % de su coste total.

Algunas acciones a escala nacional, regional y local con una marcada dimensión europea pueden cumplir las condiciones requeridas para acogerse a una ayuda comunitaria, que podrá llegar al 80 % de su coste total.

Or. es

Justificación

Los niveles regional y local deben ser socios en la promoción del diálogo intercultural, por su mayor proximidad con la ciudadanía.

  • [1]  DO C ... de ... , p. ... .

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1) Resumen de la propuesta de la Comisión

La propuesta de la Comisión se inscribe en el marco de los años europeos temáticos, como 2006, Año europeo de la movilidad de los trabajadores, o 2007, Año europeo de la igualdad de oportunidades.

El objetivo principal de este Año es favorecer el diálogo entre todas las culturas y todas las personas que viven en el territorio de la Unión Europea, con el fin de darles los instrumentos que les permitan vivir juntos en armonía. Su fundamento jurídico es el artículo 151 del Tratado constitutivo de la Unión Europea.

Para lograr los objetivos del Año, la propuesta, para la que se prevé un presupuesto de 10 millones de euros, contempla los cuatro tipos de actividades siguientes:

1)        Campañas de información y de promoción, coordinadas al nivel comunitario y ejecutadas al nivel nacional, para difundir los mensajes clave y el logotipo del Año europeo del diálogo intercultural entre todos los ciudadanos y todas las personas que residen en la Unión. La Comisión financia estas campañas con un total de 4,5 millones de euros (45 % del presupuesto total).

2)        Actos e iniciativas de ámbito europeo con objeto de promover el diálogo intercultural y sensibilizar a todos los europeos, en particular a los jóvenes. Estas acciones emblemáticas, limitadas a un máximo de 8, podrán ser cofinanciadas en un 80 % por la Comisión, sobre un total de 2,4 millones de euros (28 % del presupuesto total).

3)        Actos e iniciativas de ámbito nacional; aquellos que ofrezcan un valor añadido europeo podrán beneficiarse de una cofinanciación de 50 % por la Comisión, sobre un total de 2,5 millones de euros (25 % del presupuesto total).

4)       Encuestas y estudios de ámbito europeo o nacional para garantizar la preparación y la permanencia de los resultados de la acción. Estas encuestas serán financiadas por la Comisión; el presupuesto previsto asciende a 600 000 euros (6 % del presupuesto total).

Para desarrollar la acción deberán respetarse plenamente los principios de subsidiariedad y proporcionalidad.

2) Motivación y contenido de las enmiendas

· Las propuestas de la Comisión contienen gran número de ideas e iniciativas acertadas, pero adolece de falta de claridad. Es difícil hablar de diálogo intercultural sobre la base de un documento que a veces resulta incomprensible. Es necesario simplificar, definir y clarificar su contenido.

· En líneas generales, se trata de iniciar y sostener un proceso en el marco del diálogo intercultural. Este proceso llegará a su apogeo en 2008, pero de hecho ya se ha iniciado y se prolongará más allá de aquel año. Hay que garantizar la permanencia de los resultados de las acciones. También hay que garantizar la coherencia de este Año con los otros años europeos, en particular con 2007, Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos.

· También es necesaria una reflexión más profunda sobre la propia definición del concepto de diálogo cultural. Actualmente la propuesta de la Comisión no contiene ninguna definición de este término, por lo que es necesario incluir una.

· Es importante reflexionar sobre la mención expresa del diálogo interreligioso y laico y sobre las formas que podría adoptar este diálogo. La identidad religiosa constituye una parte esencial de la identidad de todos nosotros, incluso de la de nuestros conciudadanos laicos. Es impensable no integrarla en un proyecto como el Año europeo del diálogo intercultural, que aspira a abarcar todos los aspectos del diálogo.

· Conviene revalorizar el papel de la cultura propiamente dicha. A través de la cultura dialogan las culturas. El 20 de octubre de 2005, la aprobación de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales por la Conferencia general de la UNESCO, con el apoyo expreso de los 25 Estados miembros de la Unión Europea, significó el reconocimiento de que la cultura y la diversidad cultural están en la base de nuestro modelo de sociedad. En consecuencia, el papel del diálogo intercultural debe consistir en hacer posible que todas las personas aprendan y vivan esta diversidad.

· Teniendo en cuenta que conviene reflexionar sobre la posibilidad de utilizar los programas existentes, hay que subrayar en primer lugar la contribución y las posibilidades del programa Cultura 2007‑2013 para establecer las prioridades con mayor precisión.

· Para lograr los objetivos del Año del diálogo intercultural, la acción debe conducirse con preferencia a través de una cooperación estructurada con quienes desarrollan actividad sobre el terreno. Así, debe integrarse activamente en la preparación del diálogo y en su mantenimiento a numerosos socios pertenecientes a la sociedad civil: por ejemplo, las ONG activas en el ámbito del diálogo intercultural, las organizaciones del diálogo interreligioso y laico, las asociaciones socioculturales, los centros de investigación, las universidades y los medios de comunicación.

· La acción también debe desarrollarse en estrecha cooperación con las instituciones europeas y las autoridades nacionales y regionales, así como con organizaciones internacionales como el Consejo de Europa y la UNESCO, que poseen un caudal de experiencia y conocimientos prácticos que no tiene parangón en el ámbito del diálogo intercultural.

· La ponente acepta la propuesta de la Comisión de que se tomen como base las mejores prácticas existentes en todos los niveles, pero hay que explicar de manera más concreta cómo hacerlo.

· Por último, resultaría útil incluir propuestas de manifestaciones y acciones concretas y emblemáticas de contenido simbólico a escala europea. Ello permitiría dar mayor visibilidad a la acción y ajustar con mayor exactitud, de buen principio, el presupuesto del Año, además de asegurar la coherencia de éste con todas las acciones existentes.

o Estas manifestaciones podrían incluir la creación de un premio al diálogo intercultural. Convendría precisar primero si se debería tratarse de un premio de carácter parecido al Premio Sájarov, que distinguiera a un campeón del diálogo intercultural, o más bien de un premio que recompensara, por ejemplo, el mejor proyecto presentado en el marco del Año.

o Con arreglo a la propuesta de la Comisión de celebrar un acto de apertura o de clausura, la idea que se impone es la de organizar un gran Foro al final del Año (y, si procede, también al principio del mismo). Este acontecimiento podría tener lugar en los edificios del Parlamento Europeo, que de esta manera participaría de manera más activa en la iniciativa.

o En el contexto de las campañas información, sería útil ampliar la propuesta de crear un sitio Internet: debería crearse un auténtico portal en Internet para

§ centralizar toda la información sobre todas las acciones desarrolladas en el ámbito del diálogo intercultural;

§ formar redes con los actores de la sociedad civil (los profesionales que trabajan sobre el terreno) y los actores de otros ámbitos;

§ poner en marcha el intercambio de mejores prácticas;

§ como indica la Comisión, guiar a los responsables de proyectos relativos al diálogo intercultural a través de los distintos programas y acciones pertinentes de la Comunidad, para hacer más fácil, además, responder a las convocatorias de propuestas.

· Por último, debe clarificarse el papel del Parlamento Europeo y, si procede, reclamar una participación más activa de éste: el Parlamento tiene la obligación de cultivar el diálogo intercultural y declararse dispuesto a velar por la continuidad de la acción y a hacer lo necesario para que el respeto del diálogo intercultural sea un criterio de apreciación para todos los trabajos de la Unión.

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES (21.4.2006)

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)
(COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD))

Ponente de opinión: Patrick Gaubert

BREVE JUSTIFICACIÓN

El diálogo intercultural está presente y es necesario en el contexto europeo e internacional ahora más que nunca. Representa una garantía de paz y de cohesión social, puesto que invita a la comprensión mutua entre los pueblos mediante un verdadero conocimiento de las culturas y los valores respectivos de cada uno. Éste es un concepto central de la construcción europea.

Ese diálogo intercultural debe hacerse en un doble sentido. Por una parte, los europeos deben abrirse cada vez más a un mundo pluralista y multipolar y, por lo tanto, a las diferentes culturas de los otros países europeos, así como de los países terceros, en particular los países de su entorno. Por otra parte, se trata de sensibilizar a los países y regiones terceros sobre las culturas y los valores comunes en la Unión Europea, en particular en el marco del proceso de ampliación y de las asociaciones regionales.

Uno de los objetivos de este Año europeo podría situarse en el marco de la integración social de los inmigrantes recién llegados. La sensibilización de estos ciudadanos recién llegados sobre las culturas y valores de sus sociedades de acogida es indispensable para permitirles una mejor integración social. Esta comunicación podría situarse antes de la salida, en los países terceros de origen, con el fin de informar a los candidatos. Inversamente, el diálogo basado en el respeto mutuo debe animar a los ciudadanos europeos a abrirse a las culturas «extraeuropeas» con el fin de integrar a estos ciudadanos no europeos.

Es importante velar por la complementariedad y la coherencia de las acciones del Año europeo 2008 con las llevadas a cabo en 2007 con motivo del Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos. En efecto, el diálogo intercultural se refiere también a la lucha contra las discriminaciones y por la integración de los migrantes. Para ello, los actores movilizados en 2007 e involucrados en las acciones de diálogo intercultural deberían poder participar asimismo en el Año europeo 2008.

Este Año europeo sólo podrá tener éxito en el marco de cooperaciones e intercambios con una serie de actores e interlocutores que podrán ayudar a las instituciones europeas y nacionales a alcanzar plenamente sus objetivos. Asimismo, la participación de organizaciones internacionales como el Consejo de Europa y la UNESCO, que cuentan con una gran experiencia y conocimientos especializados en materia de diálogo intercultural, podrá ser muy útil. Del mismo modo, será necesario que puedan ponerse de acuerdo sobre la celebración de este Año europeo la sociedad civil, en particular las ONG activas en este ámbito, y cualquier otra organización con vocación intercultural, como la Fundación Euromediterránea Anna Lindh para el Diálogo entre las Culturas y Civilizaciones.

ENMIENDAS

La Comisión de Asuntos Exteriores pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:

Texto de la Comisión[1]Enmiendas del Parlamento

Enmienda 1

Considerando 4

(4) En el corazón del proyecto europeo, el diálogo intercultural destaca como instrumento privilegiado para hacer posible que los ciudadanos gestionen la compleja realidad de nuestras sociedades con más dinamismo.

(4) En el corazón del proyecto europeo, el diálogo intercultural destaca como instrumento privilegiado para hacer posible que los ciudadanos gestionen la compleja realidad de nuestras sociedades con más dinamismo, y puede contribuir enormemente a mejorar las relaciones de la Unión Europea con el exterior, en el contexto de un mundo globalizado.

Justificación

La diversidad cultural y lingüística contribuye a la riqueza cultural de la Unión Europea y puede facilitar el diálogo con el conjunto de culturas del mundo y, por ende, la convivencia en el seno de la Unión.

Enmienda 2

Considerando 5, guión 1

– respeta y promueve la diversidad cultural de Europa, y crea una ciudadanía europea activa basada en los valores comunes de la Unión Europea;

– respeta y promueve la diversidad cultural de Europa, y promueve una ciudadanía europea activa basada en los valores comunes de la Unión Europea y fomenta la integración ciudadana mediante el conocimiento de estos valores basados en la Alianza de Civilizaciones;

Enmienda 3

Considerando 5, guión 3

– apoya el compromiso de la Unión por la solidaridad, la justicia social y el refuerzo de la cohesión, respetando los valores comunes de la Unión Europea;

– apoya el compromiso de la Unión por la solidaridad, la justicia social, la cooperación y el refuerzo de la cohesión, respetando los valores comunes de la Unión Europea, esenciales para tender puentes de diálogo con las diferentes culturas del mundo y consolidar así su papel de líder en la esfera internacional en la defensa y la promoción de la democracia y los derechos humanos;

Justificación

La diversidad cultural y lingüística contribuye a la riqueza cultural de la Unión Europea y puede facilitar el diálogo con el conjunto de culturas del mundo y, por ende, la convivencia en el seno de la Unión. De manera que puede entenderse como un fundamento de la gobernanza mundial, en la que también hay que valorar el marco de las Naciones Unidas.

Enmienda 4

Considerando 5, guión 4

– permite que Europa haga oír su voz con más fuerza en el mundo y establezca lazos eficaces con los países vecinos para así lograr que la estabilidad y la democracia rebasen las fronteras de la Unión y queden asegurados el bienestar y la seguridad de los ciudadanos europeos y de todos los que viven en la Unión Europea.

– permite que Europa haga oír su voz con más fuerza en el mundo, se conozcan y comprendan mejor las culturas de las otras regiones y continentes para establecer lazos eficaces con los países vecinos, se amplíe la zona de estabilidad, paz y democracia más allá de las fronteras de la Unión, estimulando una comprensión mutua de las culturas entre los pueblos, para conseguir de este modo el bienestar, la seguridad y el respeto recíproco de los ciudadanos europeos y no europeos y de todos los que viven dentro y fuera de la Unión Europea.

Enmienda 5

Considerando 6

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política de asilo e integración de los inmigrantes, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, la igualdad entre los sexos, los derechos de las mujeres y la igualdad de géneros, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la lucha contra la trata de seres humanos, la política de asilo e integración de los inmigrantes, los derechos humanos y el desarrollo sostenible, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos y en vías de adhesión, los países de los Balcanes Occidentales, los países candidatos a los acuerdos de asociación con la UE y los países socios de la política europea de vecindad (PEV) y otros terceros países, en particular los países en desarrollo.

Enmienda 6

Considerando 10 bis (nuevo)

(10 bis) La experiencia y los conocimientos especializados de las organizaciones internacionales como el Consejo de Europa deben poder contribuir a enriquecer la estrategia de la Unión Europea en favor del diálogo intercultural.

Enmienda 7

Considerando 11 bis (nuevo)

 

(11 bis) En la preparación del Año europeo del diálogo intercultural conviene desarrollar iniciativas relativas a este diálogo basadas en proyectos concretos y duraderos, en particular en el marco de las cooperaciones existentes con los países terceros. Estas iniciativas deberán valorizarse en el marco de las acciones informativas y de sensibilización previstas para el Año europeo del diálogo intercultural 2008.

Enmienda 8

Artículo 2, apartado 1, guión 1

– Promover el diálogo intercultural como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos y a todas las personas que residen en la Unión de forma permanente o temporal a adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitirán desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y encauzar las posibles dificultades aprovechando las bazas que les ofrece una sociedad variada y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

– Promover el diálogo intercultural como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos y a todas las personas que residen en la Unión de forma permanente o temporal a vivir juntos mejor, respetando mutuamente las diferencias culturales, y a permitir una mejor integración de las poblaciones de inmigrantes, mejorando el conocimiento y, por consiguiente, la percepción de las culturas y valores respectivos de cada uno, tal como se viven en los Estados miembros.

Enmienda 9

Artículo 2, apartado 1, guión 2 bis (nuevo)

 

– Exportar los valores comunes de la Unión Europea, mencionados anteriormente, en sus relaciones con el resto del mundo, fortaleciendo así su papel de líder en la promoción y la defensa de los derechos humanos y la democracia.

Justificación

La Unión Europea deberá mantener la coherencia en la promoción y la defensa de los valores comunes tanto en el interior de su territorio y su ciudadanía, como en su actuación en el exterior.

Enmienda 10

Artículo 2, apartado 1, guión 2 bis (nuevo)

 

– Hacer de la educación un vector central de aprendizaje de la diversidad, de la comprensión de otras culturas, promover la movilidad, el intercambio y la valorización de los conocimientos, las competencias y las mejores prácticas sociales, hacer de los medios de comunicación un instrumento privilegiado del principio de igualdad y de comprensión recíproca.

Justificación

Sería conveniente tener en cuenta el informe del grupo de sabios creado por el Presidente de la Comisión Europea de aquella época, el Sr. Prodi, y aprobado en noviembre 2003, que proponía medidas de acción para el diálogo entre los pueblos y las culturas en el espacio euromediterráneo.

Enmienda 11

Artículo 2, apartado 2, guión 2 bis (nuevo)

– Hacer conocer las diferentes culturas y valores de los países de la Unión Europea en los países terceros socios de la Unión, entre otras cosas por medio de las delegaciones de la Comisión Europea en estos países terceros, en particular para sensibilizar a los candidatos a la inmigración con vistas a una mejor integración en las sociedades de acogida;

Enmienda 12

Artículo 3, párrafo 2 bis (nuevo)

 

En la medida en que el diálogo intercultural incluye luchar contra la discriminación y promover la integración, las actividades iniciadas en 2008 deben continuar y complementar las realizadas en el marco del Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos (2007). Las acciones previstas, tanto a nivel comunitario como nacional, deben tener en cuenta la experiencia de las acciones realizadas con motivo del Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos (2007).

Enmienda 13

Artículo 3, párrafo 2 ter (nuevo)

 

Las medidas encaminadas a alcanzar los objetivos del Año europeo que se definen en el artículo 3 deben ser objeto de una acción concertada con agentes de la sociedad civil como las organizaciones no gubernamentales activas en el ámbito del diálogo intercultural, así como con cualquier otra organización con vocación intercultural como la Fundación Anna Lindh, en la medida en que están especialmente interesadas en la concepción, la aplicación y el seguimiento del Año europeo.

Enmienda 14

Artículo 6, apartado 2

2. Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8 de la misma.

2. Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8 de la misma. Sin perjuicio del procedimiento mencionado, dos representantes del Parlamento Europeo asistirán, en calidad de observadores, a las reuniones del Comité.

Justificación

Considerando la naturaleza de las decisiones relativas a la ciudadanía europea, dos representantes del Parlamento Europeo con estatuto de observador asistirán a las reuniones del Comité.

Enmienda 15

Artículo 9

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales apropiadas.

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales apropiadas y, en particular, con las Naciones Unidas y su Grupo de Alto Nivel de la Alianza de Civilizaciones.

Justificación

El Año europeo del diálogo intercultural 2008 debe tener presente los objetivos de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas.

Enmienda 16

Artículo 10, apartado 2

2. La Comisión procurará implicar a los países candidatos en la celebración del Año europeo del diálogo intercultural apoyando su participación en numerosos programas comunitarios que tengan una dimensión de diálogo intercultural y desarrollando iniciativas específicas en los marcos pertinentes y, en particular, en el contexto del diálogo entre las sociedades civiles de la Unión Europea y los países candidatos.

2. La Comisión procurará implicar a los países en vías de adhesión y candidatos a ella que se benefician de una estrategia de preadhesión que incluyera a los países candidatos a los acuerdos de asociación con la Unión Europea, los países del ámbito MEDA y los países asociados de EUROMED en la celebración del Año europeo del diálogo intercultural apoyando su participación en numerosos programas comunitarios que tengan una dimensión de diálogo intercultural y desarrollando iniciativas específicas en los marcos pertinentes y, en particular, en el contexto del diálogo entre las sociedades civiles de la Unión Europea y los países candidatos.

Enmienda 17

Artículo 10, apartado 3

3. La Comisión buscará la complementariedad entre las medidas que se adopten para alcanzar los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural y las iniciativas que puedan desarrollarse en los marcos de cooperación y diálogo pertinentes con los países de la AELC miembros del Acuerdo EEE, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

 

3. La Comisión buscará la complementariedad entre las medidas que se adopten para alcanzar los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural y las iniciativas que puedan desarrollarse en los marcos de cooperación y diálogo pertinentes, poniendo especial énfasis en el fortalecimiento de la democracia y el respeto de los derechos humanos y las libertades civiles, así como en la participación paritaria de las mujeres en el diálogo con los países de la AELC miembros del Acuerdo EEE, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

Justificación

La Unión Europea deberá mantener la coherencia en la promoción y la defensa de los valores comunes tanto en el interior de su territorio y su ciudadanía, como en su actuación en el exterior. Además, el Año europeo del diálogo intercultural 2008 debe tener presente los objetivos de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas.

Enmienda 18

Artículo 10, apartado 4

4. La Comisión deberá velar por la complementariedad con cualquier otra iniciativa de cooperación con terceros países, en particular, con países en desarrollo, que resulte pertinente con relación a los objetivos de diálogo intercultural de este Año europeo.

 

4. La Comisión deberá velar por la complementariedad con los trabajos del Grupo de Alto Nivel de la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas, y con cualquier otra iniciativa de cooperación con terceros países, en particular, con países en desarrollo, que resulte pertinente con relación a los objetivos de diálogo intercultural de este Año europeo.

Justificación

La Unión Europea deberá mantener la coherencia en la promoción y la defensa de los valores comunes tanto en el interior de su territorio y su ciudadanía, como en su actuación en el exterior. Además, el Año europeo del diálogo intercultural 2008 debe tener presente los objetivos de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas.

Enmienda 19

Anexo, parte A, apartado 1, letra c)

c) la cooperación con el sector privado, los organismos de radiodifusión y otros medios de comunicación para difundir la información sobre el Año europeo del diálogo intercultural;

c) la cooperación con el sector privado, los organismos de radiodifusión y otros medios de comunicación para difundir la información sobre el Año europeo del diálogo intercultural, en particular en el marco de grandes manifestaciones deportivas previstas en 2008, concretamente la Eurocopa de fútbol y los Juegos Olímpicos de Beijing, luchando al mismo tiempo contra la trata de seres humanos y la prostitución forzada de mujeres en dichas manifestaciones;

Enmienda 20

Anexo, parte B, párrafo 2

Estas acciones pueden incluir actos, entre los que se incluyen los actos comunitarios de apertura y clausura del Año europeo del diálogo intercultural, en cooperación con las presidencias de turno en 2008.

Estas acciones pueden incluir actos, entre los que se incluyen los actos comunitarios de apertura y clausura del Año europeo del diálogo intercultural, en cooperación con las presidencias de turno en 2008. Esto podría traducirse en particular en una participación señalada a nivel europeo en la celebración del 8 de marzo y del 21 de mayo, proclamados por la Asamblea General de las Naciones Unidas «Día internacional de la mujer» y «Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo».

Enmienda 21

Ficha de financiación legislativa, parte 5, apartado 5.2, párrafo 3

La Comisión velará por que las actividades financiadas por el Año europeo sean complementarias de las demás intervenciones comunitarias en ámbitos como los Fondos Estructurales, la educación, la cultura, la juventud, la ciudadanía, el empleo, los asuntos sociales, la igualdad de oportunidades, la inmigración, la promoción de los derechos fundamentales y la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política audiovisual y la investigación. La complementariedad con el Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos será de especial importancia para que estas dos celebraciones se apoyen recíprocamente en sus objetivos y actuaciones.

La Comisión velará por que las actividades financiadas por el Año europeo sean complementarias de las demás intervenciones comunitarias en ámbitos como los Fondos Estructurales, la educación, la cultura, la juventud, la ciudadanía, el empleo, los asuntos sociales, la igualdad de oportunidades, la inmigración, la promoción de los derechos fundamentales y la lucha contra el racismo y la xenofobia, la promoción de los derechos de la mujer y de la igualdad de género, la lucha contra la prostitución forzada, la política audiovisual y la investigación. La complementariedad con el Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos será de especial importancia para que estas dos celebraciones se apoyen recíprocamente en sus objetivos y actuaciones. Las acciones previstas, tanto a nivel comunitario como nacional, deben tener en cuenta la experiencia de las acciones realizadas con motivo del Año europeo de la igualdad de oportunidades para todos (2007), contemplando, por ejemplo, una continuación de la colaboración con una serie de agentes de la sociedad civil, tanto en el ámbito público como en el privado, movilizados en 2007.

Enmienda 22

Ficha de financiación legislativa, parte 8, apartado 8.2, párrafo 5 (Acción B)

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea se centrarán en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes, ante los objetivos del Año europeo. Entre estas se incluyen los actos de apertura y clausura del Año europeo, que se organizarán con la cooperación de los Estados miembros que ejerzan la presidencia de la Unión Europea en 2008.

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea se centrarán en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes, ante los objetivos del Año europeo. Entre estas se incluyen los actos de apertura y clausura del Año europeo, que se organizarán con la cooperación de los Estados miembros que ejerzan la presidencia de la Unión Europea en 2008. Esto podría traducirse en particular en una participación señalada a nivel europeo en el Día 21 de mayo, proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas «Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo».

PROCEDIMIENTO

Título

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

Referencias

COM(2005)0467 – C6-0311/2005 – 2005/0203(COD)

Comisión competente para el fondo

CULT

Opinión emitida por

        Fecha del anuncio en el Pleno

AFET
15.11.2005

Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno

 

Ponente de opinión
  Fecha de designación

Patrick Gaubert
19.10.2005

Ponente de opinión sustituido

 

Examen en comisión

21.3.2006

 

 

 

 

Fecha de aprobación

20.4.2006

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

52

3

0

Miembros presentes en la votación final

Angelika Beer, Panagiotis Beglitis, Bastiaan Belder, Monika Beňová, Emma Bonino, André Brie, Elmar Brok, Paul Marie Coûteaux, Véronique De Keyser, Giorgos Dimitrakopoulos, Camiel Eurlings, Ana Maria Gomes, Richard Howitt, Jana Hybášková, Toomas Hendrik Ilves, Vytautas Landsbergis, Edward McMillan-Scott, Cecilia Malmström, Francisco José Millán Mon, Philippe Morillon, Pasqualina Napoletano, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Baroness Nicholson of Winterbourne, Raimon Obiols i Germà, Alojz Peterle, Tobias Pflüger, João de Deus Pinheiro, Paweł Bartłomiej Piskorski, Michel Rocard, Raül Romeva i Rueda, Libor Rouček, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Jacek Emil Saryusz-Wolski, György Schöpflin, Gitte Seeberg, István Szent-Iványi, Konrad Szymański, Antonio Tajani, Paavo Väyrynen, Karl von Wogau, Luis Yañez-Barnuevo García, Josef Zieleniec

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Laima Liucija Andrikienė, Irena Belohorská, Carlos Carnero González, Alexandra Dobolyi, Hélène Flautre, Michael Gahler, Kinga Gál, Milan Horáček, Tunne Kelam, Ģirts Valdis Kristovskis, Miguel Angel Martínez Martínez, Athanasios Pafilis, Inger Segelström

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

 

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

...

  • [1]  DO C … de …, p. ….

           OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTOS (26.4.2006)

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)
(COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD))

Ponente de opinión: Lidia Joanna Geringer de Oedenberg

BREVE JUSTIFICACIÓN

1.        Principales elementos de la propuesta de la Comisión

Los objetivos de la propuesta de la Comisión relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008) son los siguientes:

–    promover el diálogo intercultural como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos, y a todas las personas que residen en la Unión de forma permanente o temporal, a adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitirán desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y encauzar las posibles dificultades aprovechando las bazas que les ofrece una sociedad variada y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo;

–    sensibilizar a los ciudadanos europeos, y a todos los que viven en la Unión Europea, ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa;

–    aumentar la visibilidad y la coherencia de todos los programas y acciones de la Comunidad que contribuyan al diálogo intercultural;

–    poner de relieve la aportación de las diferentes culturas a nuestro patrimonio y nuestros modos de vida; sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea, en particular, a los jóvenes;

–    contribuir a la innovación.

El Año europeo girará en torno a tres tipos de acciones:

•     acciones a escala comunitaria: campaña de información y promoción de los objetivos del Año europeo, encuestas y estudios de ámbito comunitario para evaluar la repercusión del Año europeo del diálogo intercultural;

•     subvención de acciones a escala comunitaria, sobre todo de los jóvenes, que pueden optar a una ayuda comunitaria de hasta el 80 % de su coste total;

•     cofinanciación de acciones a escala nacional con una marcada dimensión europea: algunas acciones a nivel nacional pueden cumplir las condiciones requeridas para acogerse a una ayuda comunitaria, que podrá llegar al 50 % de su coste total.

La propuesta incluye un marco financiero. Se sugiere un importe total de 10 millones de euros para 2007 y 2008 (excluidos los gastos administrativos).

El gasto se desglosa del modo siguiente:

A: Medidas a escala comunitaria:

- campaña de información y comunicación: 4 500 000 euros

- encuestas y estudios: 600 000 euros

B: Medidas cofinanciadas a nivel comunitario

- acciones emblemáticas, incluidos los actos de apertura y clausura: 2 400 000 euros

C: Cofinanciación de actividades a escala nacional

- iniciativas nacionales: 2 500 000 euros.

2.        Enmiendas propuestas por la ponente de opinión:

La ponente de opinión celebra la propuesta de la Comisión como un paso importante para la construcción de Europa. El Año europeo del diálogo intercultural constituye una herramienta de concienciación única para llevar a la práctica toda una serie de prioridades estratégicas de la Unión Europea.

La ponente de opinión ha planteado los puntos siguientes:

–    la enmienda 1 relativa a la resolución legislativa: se trata de una enmienda estándar indicando que los créditos dependen de la decisión sobre el próximo marco financiero plurianual;

–    hincapié en proyectos concretos: la ponente de opinión considera que, dada la limitación de los recursos financieros, que deben repartirse entre los 25 Estados miembros, sólo debe dedicarse a las campañas de información y comunicación una pequeña parte del presupuesto global (enmiendas 3, 4 y 8);

–    el aumento de la parte cofinanciada por la UE facilitará la realización de proyectos por parte de los operadores culturales (enmiendas 5 y 9);

–    para asegurar la notoriedad del Año europeo del diálogo intercultural, debe quedar claro que la mayor parte del presupuesto global debería gastarse en proyectos que tengan lugar en 2008. Las acciones preparatorias durante 2007 deben limitarse a lo absolutamente necesario (enmienda 7).

ENMIENDAS

La Comisión de Presupuestos pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:

Proyecto de resolución legislativa

Enmienda 1

Apartado 1 bis (nuevo)

1 bis.  Considera que la dotación financiera indicada en la propuesta legislativa debe ser compatible con el límite máximo de la rúbrica 3b del nuevo marco financiero plurianual y señala que el importe anual se decidirá en el marco del procedimiento presupuestario anual de conformidad con las disposiciones del apartado 37 del AII de xxx.

Propuesta de decisión

Texto de la Comisión[1]Enmiendas del Parlamento

Enmienda 2

Considerando 13 bis (nuevo)

 

(13 bis) Teniendo en cuenta el número de acciones previstas a escala nacional y comunitaria en todos los Estados miembros, puede considerarse que el importe de referencia constituye el umbral por debajo del cual sería imposible alcanzar los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural.

Or. en

Justificación

Si la financiación del Año europeo del diálogo intercultural se situara, por cualquier motivo, por debajo del importe de referencia indicado en la propuesta de la Comisión, en la práctica sería imposible llevar a cabo la actividad correspondiente.

Enmienda 3

Artículo 2, apartado 1, guión 1

– Promover el diálogo intercultural como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos y a todas las personas que residen en la Unión de forma permanente o temporal a adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitirán desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y encauzar las posibles dificultades aprovechando las bazas que les ofrece una sociedad variada y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

– Promover el diálogo intercultural, mediante proyectos específicos sobre el diálogo intercultural en una serie de sectores, como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos y a todas las personas que residen en la Unión de forma permanente o temporal a adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitirán desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y encauzar las posibles dificultades aprovechando las bazas que les ofrece una sociedad variada y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

Justificación

Los objetivos del diálogo intercultural deben lograrse fundamentalmente mediante la realización de proyectos e iniciativas culturales concretas tanto a nivel nacional como comunitario.

Enmienda 4

Artículo 3, párrafo 2, letras (a), (b) y (c)

(a) campañas de información y promoción a nivel comunitario y nacional, en cooperación con los medios de comunicación, para difundir los mensajes clave relativos a los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

(a) actos e iniciativas de envergadura europea con objeto de promover el diálogo intercultural, poniendo de relieve las realizaciones y experiencias sobre el tema del Año europeo del diálogo intercultural;

(b) actos e iniciativas de envergadura europea con objeto de promover el diálogo intercultural, poniendo de relieve las realizaciones y experiencias sobre el tema del Año europeo del diálogo intercultural;

(b) actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional con la finalidad de promover los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

(c) actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional con la finalidad de promover los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

(c) campañas de información y promoción a nivel comunitario y nacional, en cooperación con los medios de comunicación, para difundir los mensajes clave relativos a los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

Justificación

Los objetivos del diálogo intercultural deben lograrse fundamentalmente mediante la realización de proyectos e iniciativas culturales concretas tanto a nivel nacional como comunitario, con el apoyo de campañas de información y promoción sobre los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural.

Enmienda 5

Artículo 7, apartado 3

3. Las medidas de alcance comunitario que se prevén en la parte C del anexo podrán ser subvencionadas, hasta un máximo del 50 % de su coste total, con cargo al presupuesto general de la Unión Europea y con arreglo al procedimiento que se establece en el artículo 8.

3. Las medidas de alcance comunitario que se prevén en la parte C del anexo podrán ser subvencionadas, hasta un máximo del 80 % de su coste total, con cargo al presupuesto general de la Unión Europea y con arreglo al procedimiento que se establece en el artículo 8.

Justificación

El incremento de la subvención comunitaria del 50 % al 80 % facilitará la realización de proyectos por parte de los operadores culturales.

Enmienda 6

Artículo 9

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales apropiadas.

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión cooperará con las organizaciones internacionales apropiadas.

Justificación

En un texto legislativo, deben establecerse claramente los derechos y las obligaciones.

Enmienda 7

Artículo 11, apartado 1

1. La dotación financiera para la ejecución de la presente Decisión durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 ascenderá a 10 millones de euros.

1. La dotación financiera para la ejecución de la presente Decisión durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 ascenderá a 10 millones de euros. Las acciones preparatorias no superarán el 30 % del presupuesto total.

Justificación

Debe quedar claro que la mayor parte del presupuesto total debe gastarse en actos culturales durante el año 2008, que será el Año del diálogo intercultural.

Enmienda 8

Anexo, parte A, punto 1), párrafo 1 bis (nuevo)

 

Los recursos financieros dedicados a las campañas de información y promoción no superarán el 20 % del presupuesto total.

Justificación

El desglose presupuestario propuesto no parece correcto. Los actos culturales específicos tales como espectáculos, exposiciones y conciertos son por sí mismos una promoción del Año europeo del diálogo intercultural. Por tanto, las campañas de información y promoción (en los medios de comunicación) sólo deberían ser medidas de apoyo.

Enmienda 9

Anexo, parte C, párrafo 1

Algunas acciones a escala nacional con una marcada dimensión europea pueden cumplir las condiciones requeridas para acogerse a una ayuda comunitaria, que podrá llegar al 50 % de su coste total.

Algunas acciones a escala nacional con una marcada dimensión europea pueden cumplir las condiciones requeridas para acogerse a una ayuda comunitaria, que podrá llegar al 80 % de su coste total.

Justificación

El incremento de la subvención comunitaria del 50 % al 80 % facilitará la realización de proyectos por parte de los operadores culturales.

PROCEDIMIENTO

Título

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

Referencias

(COM(2005)0467 – C6 0311/2005 – 2005/0203(COD)

Comisión competente para el fondo

CULT

Opinión emitida por

        Fecha del anuncio en el Pleno

BUDG
15.11.2005

Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno

0.0.0000

Ponente de opinión
  Fecha de designación

Lidia Joanna Geringer de Oedenberg
22.11.2005

Ponente de opinión sustituido

 

Examen en comisión

23.3.2006

25.4.2006

 

 

 

Fecha de aprobación

25.4.2006

Resultado de la votación final

+:

−:

0:

31

0

0

Miembros presentes en la votación final

Richard James Ashworth, Simon Busuttil, James Elles, Markus Ferber, Salvador Garriga Polledo, Ingeborg Gräßle, Ville Itälä, Alain Lamassoure, Janusz Lewandowski, Mario Mauro, Antonis Samaras, Nina Škottová, László Surján, Paulo Casaca, Bárbara Dührkop Dührkop, Neena Gill, Louis Grech, Catherine Guy-Quint, Jutta D. Haug, Wiesław Stefan Kuc, Vladimír Maňka, Yannick Vaugrenard, Ralf Walter, Gérard Deprez, Kyösti Virrankoski, Gérard Onesta, Esko Seppänen, Zbigniew Krzysztof Kuźmiuk y Wojciech Roszkowski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Peter Šťastný y Lidia Joanna Geringer de Oedenberg

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

 

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

  • [1]  DO C 49 de 28.2.2006, p. 44.

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE LIBERTADES CIVILES, JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR (20.4.2006)

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)
(COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD))

Ponente de opinión: Kinga Gál

BREVE JUSTIFICACIÓN

La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior desea señalar a la atención las siguientes resoluciones del Parlamento Europeo y documentos de la Comisión, que constituyen el marco de las enmiendas que presenta en esta opinión:

-       Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de la población romaní en la Unión Europea, aprobada el 28 de abril de 2005;

-       Resolución del Parlamento Europeo sobre el fomento y la protección de los derechos fundamentales: el papel de las instituciones nacionales y europeas, incluida la Agencia de Derechos Fundamentales (2005/2007(INI)), aprobada el 26 de mayo de 2005;

-       Resolución del Parlamento Europeo sobre la protección de las minorías y las políticas de lucha contra la discriminación en la Unión Europea ampliada (2005/2008(INI)), aprobada el 8 de junio de 2005;

-       Propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece el Fondo europeo para la integración de los nacionales de terceros países para el período 2007-2013 como parte del Programa general de solidaridad y gestión de los flujos (2005/0048(CNS)COM(2005)0123);

-       Propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece para el período 2007-2013 el Programa específico de derechos fundamentales y ciudadanía en el marco del Programa general de derechos fundamentales y justicia (2005/0038(CNS)COM(2005)0122);

-       Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se crea la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2005/0124(CNS));

-       Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la captación de terroristas: afrontar los factores que contribuyen a la radicalización violenta (COM(2005)0313);

-       Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Estrategia marco contra la discriminación y por la igualdad de oportunidades para todos» (COM(2005)0224).

ENMIENDAS

La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior pide a la Comisión de Cultura y Educación competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:

Texto de la Comisión[1]Enmiendas del Parlamento

Enmienda 1

Considerando 4

(4) En el corazón del proyecto europeo, el diálogo intercultural destaca como instrumento privilegiado para hacer posible que los ciudadanos gestionen la compleja realidad de nuestras sociedades con más dinamismo.

(4) En el corazón del proyecto europeo, el diálogo intercultural destaca como instrumento privilegiado para hacer posible que los ciudadanos gestionen la compleja realidad de nuestras sociedades con más dinamismo.

 

Esta realidad incluye al mismo tiempo el impacto de la globalización y el proceso de ampliación de un proyecto cada vez más político detrás de los aspectos económicos de la integración europea. Con el fin de responder a este desafío multiforme, los ciudadanos europeos y los residentes en la Unión Europea deben prepararse para una coexistencia eficaz, pacífica y próspera, mostrarse tolerantes y aceptar la diversidad.

Justificación

Cuando nos referimos a la compleja realidad de la sociedad, deben mencionarse los efectos de la globalización y las prioridades políticas de la UE, en particular, la promoción de la ciudadanía europea con el fin de reforzar su legitimidad. Un espíritu dispuesto a aprender de otras culturas es una condición previa para poner en marcha el diálogo intercultural.

Enmienda 2

Considerando 6

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política de asilo e integración de los inmigrantes, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política de asilo e integración de los inmigrantes, la política audiovisual o la investigación. Las nuevas políticas comunitarias que se vayan a elaborar para proteger y promover las identidades específicas de las minorías étnicas, lingüísticas y nacionales tradicionales deberán tener muy en cuenta el diálogo intercultural, con el fin de responder mejor a las necesidades específicas de la nueva Unión ampliada. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

Justificación

La cultura está reconocida universalmente como un componente fundamental de la identidad. En particular, para las minorías étnicas, lingüísticas y nacionales tradicionales es muy importante preservar y promover sus características culturales particulares, en aras de preservar su propia identidad. El primer paso para alcanzar dicho objetivo es elaborar programas comunitarios específicos, que habrán de adaptarse a las necesidades específicas de estas comunidades, diferentes de las de los inmigrantes y otros grupos que sufren discriminación.

Enmienda 3

Considerando 7

(7) Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural.

(7) Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural. Esta acción complementa las medidas destinadas a crear una identidad europea, cuyo contenido puede enriquecerse con el principio de inclusión sin asimilación. La inclusión de las diferencias demuestra la variedad de aspectos de la pertenencia a una comunidad. El fomento del aprendizaje de un «civismo intercultural» debe contribuir a ello. El «civismo intercultural» constituye el complemento y la condición necesarios para poner en práctica una auténtica igualdad de oportunidades para todos.

Justificación

Es importante incluir el concepto de diálogo intercultural en el marco de las prioridades y acciones comunitarias existentes.

Basándose en los métodos y las herramientas surgidos en la comunicación intercultural, el desarrollo de un civismo intercultural parece condición para un diálogo intercultural. Mantener este tipo de diálogo de forma fructífera es imposible si los ciudadanos pertenecientes a diversas culturas no comparten un cierto número de códigos básicos que favorecen el respeto y el aprendizaje mutuos. El desarrollo de un civismo intercultural en la UE constituye un reto de primer orden para su competitividad al igual que para el ciudadano es una competencia fundamental que ha de adquirir para lograr una auténtica igualdad de oportunidades para todos.

Enmienda 4

Considerando 11

(11) Asimismo, es importante velar por la complementariedad entre el Año europeo del diálogo intercultural y todos los capítulos exteriores de las iniciativas de fomento del diálogo intercultural desarrolladas en los marcos pertinentes con los países de la AELC miembros del Acuerdo EEE, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV). La Comisión debe velar por la complementariedad con cualquier otra iniciativa de cooperación con terceros países, en particular, con países en desarrollo, que resulte pertinente con relación a los objetivos de diálogo intercultural de este Año europeo.

(11) Asimismo, es importante velar por la complementariedad entre el Año europeo del diálogo intercultural y todos los capítulos exteriores de las iniciativas de fomento del diálogo intercultural desarrolladas en los marcos pertinentes con los países de la AELC miembros del Acuerdo EEE, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV). Se deberá prestar especial atención a los países de la adhesión y a los países candidatos, para poder atajar mejor las debilidades encontradas en el marco del procedimiento de control del cumplimiento de los criterios relativos a los derechos humanos durante el período de preadhesión. La Comisión debe velar por la complementariedad con cualquier otra iniciativa de cooperación con terceros países, en particular, con países en desarrollo, que resulte pertinente con relación a los objetivos de diálogo intercultural de este Año europeo.

Justificación

Aprovechando la experiencia de los diez nuevos Estados miembros que adhirieron a la Unión en 2004, es necesario que exista un nexo de continuidad entre los criterios de adhesión y el respeto de la legislación y las políticas de la Comunidad.

Enmienda 5

Artículo 2, apartado 2, guión 3 bis (nuevo)

 

– estudiar las posibilidades inherentes a este año temático; preparar y adoptar una estrategia coherente adaptada a las situaciones específicas de los Estados miembros y prestar atención a la educación con el fin de promover la tolerancia. aceptar la diversidad y coexistir con ella, y concienciar sobre el valor de las personas que contribuyen a la diversidad lingüística, étnica y religiosa de Europa.

Justificación

En el marco de la definición del Año europeo del diálogo intercultural, se debe hacer especial hincapié en la afirmación del principio de sostenibilidad. Los Estados miembros deberán aplicar correctamente esta estrategia, en la que la educación desempeña una función primordial.

PROCEDIMIENTO

Título

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

Referencias

COM(2005)0467 – C6-0311/2005 – 2005/0203(COD)

Comisión competente para el fondo

CULT

Opinión emitida por

        Fecha del anuncio en el Pleno

LIBE
15.11.2005

Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno

 

Ponente de opinión
  Fecha de designación

Kinga Gál
23.1.2006

Ponente de opinión sustituido

 

Examen en comisión

20.3.2006

19.4.2006

 

 

 

Fecha de aprobación

19.4.2006

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

33

1

0

Miembros presentes en la votación final

Alexander Nuno Alvaro, Roberta Angelilli, Edit Bauer, Mihael Brejc, Kathalijne Maria Buitenweg, Giusto Catania, Jean-Marie Cavada, Carlos Coelho, Fausto Correia, Patrick Gaubert, Timothy Kirkhope, Ewa Klamt, Magda Kósáné Kovács, Barbara Kudrycka, Stavros Lambrinidis, Romano Maria La Russa, Henrik Lax, Hartmut Nassauer, Athanasios Pafilis, Lapo Pistelli, Martine Roure, Inger Segelström, Manfred Weber, Stefano Zappalà, Tatjana Ždanoka

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Panayiotis Demetriou, Gérard Deprez, Lutz Goepel, Jeanine Hennis-Plasschaert, Sophia in 't Veld, Bill Newton Dunn, Hubert Pirker, Marie-Line Reynaud

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

María del Pilar Ayuso González, María Esther Herranz García, Luisa Fernanda Rudi Ubeda, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

...

  • [1]  Pendiente de publicación en el DO.

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO (22.3.2006)

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)
(COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD))

Ponente de opinión: Rodi Kratsa-Tsagaropoulou

BREVE JUSTIFICACIÓN

Es una importante iniciativa de la UE proclamar 2008 Año europeo del diálogo intercultural, pues responde por entero a los desafíos interiores y exteriores de la Unión y de sus ciudadanos por muchos motivos:

La Unión es, por su naturaleza y en virtud de los Tratados, multicultural. El artículo 151 del Tratado CE atribuye a la Unión Europea la responsabilidad de crear una unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa y contribuir al desarrollo de las culturas de los Estados miembros, promoviendo el patrimonio cultural común, siempre en el respeto de la diversidad nacional y regional.

La cultura, además de un valor connatural de los pueblos de Europa y un elemento determinante de la integración europea, es al mismo tiempo un factor económico y un componente del desarrollo y la cohesión de las sociedades europeas. La estrategia de Lisboa se basa precisamente en la capacidad de los ciudadanos europeos para conocerse mejor, compartir experiencias y oportunidades, colaborar aprovechando las ventajas comparativas. Asimismo, una sociedad abierta al diálogo basada en el enriquecimiento mutuo y en la búsqueda de valores comunes es necesaria para la integración social de los inmigrantes, hombres y mujeres que, con el paso del tiempo, procederán de un número creciente de países y culturas.

Además, la política de vecindad de la UE y los preparativos para nuevas ampliaciones exige de la UE y sus ciudadanos un diálogo constructivo con sus vecinos a todos los niveles y sobre todos los temas. El papel internacional de la UE y su cooperación con las grandes potencias y todos los pueblos con miras a reforzar la posición que ocupa, promover los valores que le son propios y lograr la paz en el mundo exigen un diálogo en profundidad con respeto y entendimiento mutuos en circunstancias rápidamente cambiantes.

Los ciudadanos europeos, hombres y mujeres, deben aprovechar de forma sustancial todas las oportunidades que se les ofrecen en el entorno globalizado para adaptarse con rapidez y eficacia y ser competitivos en todos los ámbitos. La conciencia internacional debe coexistir de forma armónica y constructiva con la ciudadanía europea y la identidad nacional.

La UE afronta todos estos desafíos del diálogo intercultural mediante diversas políticas, desde la lucha contra la discriminación, los intercambios y colaboraciones culturales y el refuerzo de la estrategia de Lisboa hasta la acción exterior y humanitaria.

Sin embargo, es importante que el diálogo intercultural de 2008 persiga constituir un plan estructurado y reforzado que proporcione valor añadido a las acciones de la UE y ocasiones propicias para una participación creativa de todos los ciudadanos.

En la propuesta de la Comisión se reconoce que 2008, como Año europeo del diálogo intercultural, debe utilizarse para eliminar todo tipo de discriminación. Al mismo tiempo, uno de los objetivos generales del Año europeo consiste en sensibilizar a los ciudadanos europeos acerca de la importancia que reviste desarrollar la ciudadanía europea, activa y abierta al mundo, basada en valores comunes, entre los que se incluye la igualdad. Estos dos componentes afectan de manera especial a la población femenina de la UE, por lo que la dimensión de la igualdad entre hombres y mujeres debe integrarse en todas las acciones del diálogo intercultural.

Debe destacarse que, si bien las mujeres constituyen la mayoría de la población, tanto en los países de la UE como en los países vecinos, su sensibilización y participación en iniciativas comunitarias semejantes sigue siendo relativamente escasa, al igual que en todas las manifestaciones de la política europea y en las actividades productivas. A resultas de lo anterior no se ponen de manifiesto las opiniones y demandas que afectan de forma directa e indirecta a la población femenina, no se tienen en cuenta los problemas específicos que afrontan las mujeres y no se informa a estas de las oportunidades y los desafíos específicos que les afectan.

Por este motivo, debe promoverse la participación equilibrada de hombres y mujeres en todos los órganos que se creen en el contexto del Año europeo del diálogo intercultural a escala europea y nacional, en los Estados miembros y otros países asociados. La participación de las mujeres enriquecerá las iniciativas del año 2008 con nuevas ideas y nuevos aspectos de la realidad, tanto para los ciudadanos europeos como para quienes viven en la UE o se preparan para convertirse en el futuro en ciudadanos de la misma.

El diálogo intercultural puede utilizarse como instrumento útil para resaltar las cuestiones de discriminación de las mujeres y sensibilizar a los ciudadanos europeos con respecto a las mismas, que se deben con frecuencia a diferentes tradiciones culturales y exclusiones sociales. En particular, las mujeres pertenecientes a minorías o comunidades de inmigrantes que viven en la UE sufren múltiples discriminaciones en el seno de sus comunidades y en el seno de la sociedad europea. El cultivo de un diálogo intercultural debe conllevar la aceptación de los valores y principios fundamentales que sostienen la cohesión económica y social y garantizan la igualdad, la participación y la solidaridad.

Para lograr una mayor sensibilización de la opinión pública, la mayor participación y éxito posibles del Año europeo del diálogo intercultural, la ponente propone asimismo la promoción sistemática de acciones y sinergias a escala regional.

ENMIENDAS

La Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:

Texto de la Comisión[1]Enmiendas del Parlamento

Enmienda 1

Considerando 5, guión 1 bis (nuevo)

 

– informa sobre los derechos y deberes en materia de igualdad que resultan de una estancia en la Unión Europea.

Justificación

Los migrantes —tanto hombres como mujeres— no están a menudo suficientemente informados sobre las repercusiones que tiene, por ejemplo, la legislación de la UE y de los Estados miembros en materia de igualdad. El diálogo intercultural puede contribuir a informar de sus derechos, en particular, a las migrantes para que puedan defenderse mejor contra las violaciones del Derecho.

Enmienda 2

Considerando 6

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política de asilo e integración de los inmigrantes, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

(6) El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra todo tipo de discriminación y de exclusión social, el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la política de asilo e integración de los inmigrantes, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la política europea de vecindad (PEV).

Justificación

La lucha contra todo tipo de discriminación y el fomento de la igualdad entre los sexos debe mencionarse de forma explícita entre las políticas comunitarias de las que el diálogo intercultural constituye una dimensión importante. El diálogo intercultural está llamado a contribuir de forma esencial a materializar estos objetivos, ya que estos constituyen valores fundamentales de la UE.

Enmienda 3

Considerando 7

(7) Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural.

(7) Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano, hombre o mujer por igual, y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural.

Justificación

El acceso a la operación del diálogo intercultural debe garantizarse por igual a todos los ciudadanos, hombres y mujeres. Aunque las mujeres constituyen la mayoría de la población, se observa de forma marcada su ausencia en los contextos del diálogo (foros, conferencias, cooperación institucional de la UE con terceros países, etc.) en los que se forman e intercambian opiniones acerca de los valores y objetivos comunes.

Enmienda 4

Artículo 2, apartado 1, guión 2

- Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea de respeto a la dignidad humana, libertad, igualdad, no discriminación y solidaridad, en los principios de democracia y Estado de Derecho y en el respeto a los derechos humanos, incluidos los de las personas que pertenecen a minorías.

- Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea de respeto a la dignidad humana, libertad, igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación y solidaridad, en los principios de democracia y Estado de Derecho y en el respeto a los derechos humanos, incluidos los de las personas que pertenecen a minorías.

Justificación

La actividad de la Unión Europea en los marcos del diálogo intercultural debe referirse de forma explícita a la igualdad entre hombres y mujeres, contemplada en el contexto de la misión y la acción de la Comunidad (artículos 2 y 3 del Tratado CE) y considerada de forma explícita como valor en la Constitución europea propuesta (artículo I-2).

Enmienda 5

Artículo 2, apartado 1 bis (nuevo)

 

1 bis. El respeto de las diferencias culturales termina, sin embargo, en caso de prohibición de la participación de las muchachas en los cursos de deporte, natación y escolares, de apoyo directo e indirecto a la poligamia así como de graves violaciones de los derechos humanos como los asesinatos por honor, los matrimonios forzados y las mutilaciones genitales. Estas violaciones no están justificadas por ninguna cultura o religión y no pueden ser toleradas.

Justificación

Los asesinatos por honor, los matrimonios forzados y las mutilaciones genitales suceden también en la UE. Con demasiada frecuencia se excusan invocando las tradiciones culturales. La UE tiene que actuar de manera activa en favor de los derechos humanos de las mujeres.

Enmienda 6

Artículo 2, apartado 2, guión 2

– Poner de relieve la aportación de las diferentes culturas a nuestro patrimonio y nuestros modos de vida; sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea, en particular, a los jóvenes, ante la importancia de buscar medios para, a través del diálogo intercultural, alcanzar una ciudadanía activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea.

– Poner de relieve la aportación de las diferentes culturas a nuestro patrimonio y nuestros modos de vida; sensibilizar a todos los ciudadanos europeos, tanto hombres como mujeres, y a todos los que viven en la Unión Europea, en particular, a los jóvenes y a las mujeres, ante la importancia de buscar medios para, a través del diálogo intercultural, alcanzar una ciudadanía activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea.

Justificación

Es imprescindible garantizar a todos los ciudadanos (tanto hombres como mujeres) un acceso equitativo al diálogo intercultural.

El acceso a la operación del diálogo intercultural debe garantizarse en la mayor medida posible para aquellos grupos que o bien no se movilizan de forma marcada y sistemática o tienen dificultades objetivas de participación, como son las mujeres.

Enmienda 7

Artículo 2, apartado 2, guión 3

– Contribuir a la innovación y a la dimensión horizontal e intersectorial de los enfoques encaminados a promover el diálogo intercultural, en particular, entre los jóvenes.

– Contribuir a la innovación y a la dimensión horizontal e intersectorial de los enfoques encaminados a promover el diálogo intercultural, en particular, entre los jóvenes y las mujeres.

Justificación

Entre los objetivos específicos debe incluirse también la política de fomento del diálogo intercultural entre las mujeres, ya que, si bien estas constituyen la mayoría de la población, se observa de forma marcada su ausencia en los contextos del diálogo (foros, conferencias, cooperación institucional de la UE con terceros países, etc.) en los que se forman e intercambian opiniones acerca de los valores y objetivos comunes y los instrumentos.

Enmienda 8

Artículo 3, letra a)

(a) campañas de información y promoción a nivel comunitario y nacional, en cooperación con los medios de comunicación, para difundir los mensajes clave relativos a los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

(a) campañas de información y promoción a nivel comunitario, nacional y regional, en cooperación con los medios de comunicación, para difundir los mensajes clave relativos a los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

Justificación

Para lograr la mejor proyección, información y promoción posible del diálogo intercultural, se considera necesario incluir acciones a nivel regional con el objetivo de movilizar y sensibilizar a todos los ciudadanos. «Europa» debe acercarse lo más posible a los ciudadanos.

Enmienda 9

Artículo 3, letra c)

(c) actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional con la finalidad de promover los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural;

(c) actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional y regional con la finalidad de promover los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural con la participación equilibrada de todos los grupos de población y de ambos sexos;

Justificación

Los actos e iniciativas con una marcada dimensión europea deben tener lugar, no sólo a nivel nacional, sino también regional, con el objetivo de un acercamiento más eficaz a los ciudadanos. Asimismo, deberá garantizarse la participación de todos los grupos de población y de ambos sexos.

Enmienda 10

Artículo 5

Cada Estado miembro designará un organismo nacional de coordinación, o un organismo administrativo equivalente, encargado de organizar la participación de ese Estado en el Año europeo del diálogo intercultural. Cada Estado miembro velará por que ese organismo haga participar adecuadamente a los distintos protagonistas del diálogo intercultural a escala nacional. Este organismo coordinará a nivel nacional las acciones relativas al Año europeo del diálogo intercultural.

Cada Estado miembro designará un organismo nacional de coordinación, o un organismo administrativo equivalente, encargado de organizar la participación de ese Estado en el Año europeo del diálogo intercultural. Cada Estado miembro velará por que ese organismo se constituya con una representación equilibrada de ambos sexos y haga participar adecuadamente a los distintos protagonistas de ambos sexos del diálogo intercultural a escala nacional. Este organismo coordinará a nivel nacional las acciones relativas al Año europeo del diálogo intercultural.

Justificación

La representación y participación equilibrada de las mujeres en el organismo de coordinación u organismo administrativo nacional proporcionará a éste legitimidad democrática y garantizará que las cuestiones principales referentes a las mujeres serán objeto de debate y diálogo en el marco de este proceso institucional.

Enmienda 11

Artículo 6, apartado 1

1. La Comisión estará asistida por un comité.

1. La Comisión estará asistida por un comité en el que estarán representados ambos sexos de forma equilibrada.

Justificación

La representación y participación equilibrada de las mujeres en el comité que asiste a la Comisión garantizará que las cuestiones principales referentes a las mujeres serán objeto de debate y diálogo en el marco de este proceso institucional.

Enmienda 12

Artículo 8, apartado 3 bis (nuevo)

 

3 bis. La concesión de subvenciones en el marco del programa debe tener en cuenta la necesidad de promover el valor de la igualdad entre mujeres y hombres y de garantizar la participación femenina en las acciones e iniciativas del presente programa.

Justificación

La concesión de subvenciones en el marco de las acciones resultantes del presente programa deberá tener en cuenta la necesidad de promover la igualdad entre mujeres y hombres en tanto que valor europeo así como objetivo de la política europea.

Enmienda 13

Artículo 9

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales apropiadas.

Para perseguir los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural, la Comisión podrá cooperar con las organizaciones internacionales apropiadas, velando seriamente por la transparencia de las relaciones de cooperación y la visibilidad de la participación de la UE.

Justificación

Deberá prestarse especial atención como referencia a la visibilidad de la ayuda y la participación de la UE en la ejecución de las acciones del presente programa, para que tanto el ciudadano europeo como los ciudadanos de los otros países participantes conozcan la magnitud y el valor de la aportación europea. Deberá evitarse que no sean reconocibles la acción y la contribución europeas, como ocurre en el contexto de otros programas e iniciativas comunitarias a escala europea e internacional.

Enmienda 14

Anexo, Parte A, punto 1, letra g bis) (nueva)

 

g bis) las iniciativas adecuadas para difundir información relativa al Año europeo del diálogo intercultural entre los jóvenes y las mujeres con miras a su sensibilización y participación en la materialización y promoción de dicho diálogo.

Justificación

En el marco de las campañas de información y promoción del diálogo, debe sensibilizarse y movilizarse a los jóvenes y las mujeres a través de iniciativas y medidas concretas, dado que se observa un interés escaso y, en términos generales, una participación reducida por su parte en iniciativas comunitarias semejantes.

Enmienda 15

Anexo, Parte B, párrafo 1

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea centradas en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes, ante los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural puede optar a una ayuda comunitaria de hasta el 80 % de su coste total.

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea centradas en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes y las mujeres, ante los objetivos del Año europeo del diálogo intercultural puede optar a una ayuda comunitaria de hasta el 80 % de su coste total.

Justificación

La ayuda comunitaria de hasta el 80 % deberá centrarse también en las mujeres, aparte de en los jóvenes, con el fin de alentar y facilitar su participación, que, como es sabido, es deficiente en todos los países por múltiples y diversos motivos. El acceso a la operación del diálogo intercultural debe garantizarse para aquellos grupos que no se movilizan de forma marcada y sistemática, los jóvenes y las mujeres.

PROCEDIMIENTO

Título

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

Referencias

(COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD))

Comisión competente para el fondo

CULT

Opinión emitida por

        Fecha del anuncio en el Pleno

FEMM
15.11.2005

Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno

0.0.0000

Ponente de opinión
  Fecha de designación

Rodi Kratsa-Tsagaropoulou
24.11.2005

Ponente de opinión sustituido

 

Examen en comisión

21.2.2006

21.3.2006

 

 

 

Fecha de aprobación

21.3.2006

Resultado de la votación final

+:

−:

0:

15

0

0

Miembros presentes en la votación final

Edite Estrela, Ilda Figueiredo, Věra Flasarová, Lissy Gröner, Zita Gurmai, María Esther Herranz García, Rodi Kratsa-Tsagaropoulou, Angelika Niebler, Siiri Oviir, Teresa Riera Madurell, Amalia Sartori, Britta Thomsen, Corien Wortmann-Kool y Anna Záborská

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Lidia Joanna Geringer de Oedenberg

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

 

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

  • [1]  DO C ... de ..., p. ....

PROCEDIMIENTO

Título

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)

Referencias

COM(2005)0467 – C6‑0311/2005 – 2005/0203(COD)

Fecha de la presentación al PE

5.10.2005

Comisión competente para el fondo

        Fecha del anuncio en el Pleno

CULT
15.11.2005

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión

        Fecha del anuncio en el Pleno

 

AFET

15.11.2005

 

BUDG

15.11.2005

 

LIBE

15.11.2005

 

FEMM

15.11.2005

 

Opinión(es) no emitida(s)

        Fecha de la decisión

EMPL

27.10.2005

DEVE
1.12.2005

 

 

 

Cooperación reforzada

        Fecha del anuncio en el Pleno

 

 

 

 

 

Ponente(s)

        Fecha de designación

Erna Hennicot-Schoepges

23.11.2005

Ponente(s) sustituido(s)

 

Procedimiento simplificado − fecha de la decisión

 

Impugnación del fundamento jurídico

        Fecha de la opinión JURI

 

/

 

Modificación de la dotación financiera

        Fecha de la opinión BUDG

 

/

 

Consulta al Comité Económico y Social Europeo − fecha de la decisión en el Pleno

 

 

 

 

 

Consulta al Comité de las Regiones − fecha de la decisión en el Pleno

 

 

 

 

 

Examen en comisión

23.2.2006

20.3.2006

27.4.2006

 

 

Fecha de aprobación

27.4.2006

Resultado de la votación final

+:

−:

0:

23

1

0

Miembros presentes en la votación final

Ivo Belet, Guy Bono, Marie-Hélène Descamps, Jolanta Dičkutė, Milan Gaľa, Lissy Gröner, Luis Herrero-Tejedor, Ruth Hieronymi, Manolis Mavrommatis, Ljudmila Novak, Doris Pack, Zdzisław Zbigniew Podkański, Karin Resetarits, Nikolaos Sifunakis, Hannu Takkula, Helga Trüpel, Henri Weber, Thomas Wise, Tomáš Zatloukal

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Gyula Hegyi, Erna Hennicot-Schoepges, Mary Honeyball,, Nina Škottová

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Antonio López-Istúriz White

Fecha de presentación

8.5.2006

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

...