INFORME sobre el futuro de Kosovo y el papel de la UE

15.3.2007 - (2006/2267(INI))

Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Joost Lagendijk

Procedimiento : 2006/2267(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0067/2007
Textos presentados :
A6-0067/2007
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el futuro de Kosovo y el papel de la UE

(2006/2267(INI))

El Parlamento Europeo,

–    Vista la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 10 de junio de 1999,

–    Visto el informe del Enviado del Secretario General de las Naciones Unidas para la Revisión de Normas sobre una revisión exhaustiva de las normas de aplicación, presentado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 7 de octubre de 2005,

–    Vista la decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 24 de octubre de 2005 de respaldar la propuesta del Secretario General para iniciar las conversaciones sobre el estatuto de Kosovo,

–    Visto el nombramiento, el 14 de noviembre de 2005, de Martti Ahtisaari como Enviado Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para el proceso del futuro estatuto de Kosovo,

–    Vistas las conclusiones del Grupo de Contacto, de 31 de enero de 2006, en las que se subraya la naturaleza específica del problema de Kosovo —configurado, según dichas conclusiones, por la desintegración de Yugoslavia y los conflictos consiguientes, la limpieza étnica y los acontecimientos de 1999, y por el extenso período de administración internacional en virtud de la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad— y se pide, como la mejor vía a seguir, una pronta solución negociada de la cuestión,

–    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 14 y 15 de diciembre de 2006, en las que se apoyan plenamente los esfuerzos de Martti Ahtisaari para una solución de la cuestión del estatuto y se reafirma la disposición de la Unión a desempeñar un papel significativo en la aplicación de la futura solución,

–    Vistos el informe final/las recomendaciones del Enviado Especial...,

–    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–    Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Comercio Internacional (A6‑0067/2007),

A.  Considerando que las orientaciones para una solución del estatuto de Kosovo, aprobadas por el Grupo de Contacto el 7 de octubre de 2005, subrayan que una solución negociada debería ser una prioridad internacional y que, una vez comenzado, el proceso de negociación no puede ser bloqueado y debe llegarse a una conclusión; que estas orientaciones estipulan claramente que no se puede volver a una situación anterior a marzo de 1999, ni se puede proceder a una división de Kosovo ni a una unión de Kosovo con otro país o parte de otro país,

B.   Considerando que en los años noventa la población de Kosovo fue víctima de actos sistemáticos de represión y de violencia que en 1999 culminaron en una deportación masiva de la población civil, lo que llevó al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a intervenir a raíz de la intervención de la OTAN y a situar el territorio bajo control civil y de seguridad internacional; que esto creó una situación sin precedentes en el Derecho internacional,

C.  Considerando que los acontecimientos de marzo de 2004, que deben ser condenados, prueban las tensiones persistentes entre las comunidades albanesa y serbia y la necesidad de encontrar una solución que garantice los derechos de ambos grupos étnicos y de otros grupos étnicos, de acuerdo con las publicaciones de la OSCE, el Consejo de Europa y otras organizaciones con competencias en el ámbito de la protección de las minorías,

D.  Considerando que la elección del futuro estatuto de Kosovo contribuirá al desarrollo económico, a la emergencia de una clase política madura y al desarrollo de una sociedad tolerante y no segregada en esta provincia,

E.   Considerando que, a pesar de numerosas rondas de conversaciones, desgraciadamente no se ha podido alcanzar una solución negociada aceptable para ambas partes; constatando, asimismo, que el Enviado Especial de las Naciones Unidas presentó al Grupo de Contacto las propuestas para el acuerdo, y considerando que estas medidas deberían ir seguidas de un nuevo período de consultas entre las partes,

F.   Considerando que la solución definitiva no puede ser dictada por amenazas de una radicalización en Kosovo o en Serbia, sino que debe ser el resultado de una solución que tenga en cuenta los intereses de todas las partes implicadas,

G.  Considerando que un mayor retraso en la definición del estatuto de Kosovo podría tener un impacto negativo en una situación ya frágil y tensa,

H.  Considerando que los acontecimientos de 1999, la larga administración internacional provisional y la gradual consolidación de las Instituciones Provisionales de Autogobierno de Kosovo han creado una situación excepcional que hace poco realista la reintegración de Kosovo a Serbia,

I.    Considerando que las relaciones de Kosovo y Serbia, dados los estrechos vínculos culturales, religiosos y económicos, deben desarrollarse aún más en un espíritu de cooperación y buena vecindad en interés de toda la población de Kosovo y de Serbia,

J.    Considerando que la falta de confianza entre los diferentes grupos étnicos, la situación aún volátil y la necesidad de seguir desarrollando y consolidando instituciones democráticas y multiétnicas en Kosovo exigen una presencia internacional permanente en el futuro inmediato,

K.  Considerando que la comunidad internacional debe continuar invirtiendo en educación, especialmente teniendo en cuenta los desafíos importantes a que se enfrenta la generación más joven de Kosovo,

L.  Considerando que, dada la posición estratégica de Kosovo, la Unión Europea debe desempeñar un papel central para controlar, garantizar y facilitar la aplicación de la solución sobre el estatuto y para ayudar en el establecimiento y consolidación de instituciones democráticas en Kosovo, ejerciendo el Parlamento Europeo sus responsabilidades en materia de control,

M.  Considerando, no obstante, que la contribución de la UE debe estar condicionada al cumplimiento, en la solución sobre el estatuto, de determinados requisitos mínimos,

N.  Considerando que la solución definitiva sobre el estatuto debe ser compatible con la UE, es decir, prever un marco constitucional compatible con las perspectivas europeas de Kosovo y permitir que la Unión despliegue toda la serie de instrumentos de los que dispone,

1.   Apoya el proceso iniciado por las Naciones Unidas para determinar el estatuto definitivo de Kosovo y los esfuerzos para establecer un marco viable que garantice la estabilidad y la protección para todas las comunidades de Kosovo, así como, a largo plazo, un desarrollo económico y social autónomo; acoge favorablemente las propuestas para la solución del estatuto de Kosovo presentadas por el Enviado Especial de las Naciones Unidas, Martti Ahtisaari, y espera que, sobre esta base, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adopte rápidamente una nueva resolución que sustituya a la Resolución 1244;

2.   Considera que la única solución aceptable para Kosovo es la que:

–    proporciona a Kosovo el acceso a los organismos financieros internacionales, lo que le permitirá iniciar su recuperación económica y crear las condiciones para la generación de empleo;

–    prevé una presencia internacional para mantener el carácter multiétnico de Kosovo y salvaguardar los intereses y seguridad de la población serbia y romaní y de otras minorías étnicas;

–    ofrece apoyo internacional para asegurar el desarrollo de unas instituciones eficaces y autónomas para toda la población de Kosovo, que funcionen conforme al Estado de Derecho y a las normas básicas de la democracia;

–    permite que Kosovo haga realidad su deseo de integración europea, lo que dará origen a unas relaciones de interdependencia con sus vecinos;

3.   Opina que cualquier solución sobre el futuro estatuto de Kosovo debe ser acorde con el Derecho internacional;

4.   Expresa la esperanza de que pronto pueda formarse en Serbia un gobierno sólido y de clara orientación europea que se comprometa con seriedad y espíritu positivo a buscar una solución para la cuestión del estatuto de Kosovo; subraya que tal gobierno también es necesario para lograr la plena cooperación con el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia, lo cual permitirá, con estas condiciones, reanudar las negociaciones con vistas a la celebración de un acuerdo de estabilización y asociación entre Serbia y la Unión Europea;

5.  Considera que la solución definitiva debe cubrir, entre otros, los aspectos siguientes:

–    una definición clara del papel y el mandato de la presencia civil y de seguridad internacional;

–    disposiciones claras sobre la descentralización que concedan una autonomía sustancial en ámbitos clave como la educación, la salud y la seguridad local y, en el caso de los municipios serbios, que permitan vínculos directos y transparentes con Belgrado; dichas disposiciones deberán ser financieramente sostenibles y no deberán afectar a las prerrogativas presupuestarias, ejecutivas y legislativas de Kosovo como entidad unitaria;

–    el pleno respeto de los derechos humanos, incluida la obligación de prever garantías constitucionales para los intereses vitales de las minorías y de los refugiados y mecanismos adecuados para salvaguardar dichos intereses;

–    la protección de todos los lugares culturales y religiosos;

–    disposiciones relativas a la creación de una fuerza de seguridad kosovar interna multiétnica, equipada con armas ligeras, con alcance, capacidades y funciones limitados, bajo la estricta supervisión de la KFOR liderada por la OTAN;

–    garantías internacionales para la integridad territorial de todos los Estados de la región;

6.   Subraya que la solución que se adopte en Kosovo no sentará precedentes en el Derecho internacional, ya que desde 1999 Kosovo se encuentra bajo control de las Naciones Unidas y la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad ya contenía disposiciones sobre la necesidad de resolver la cuestión del estatuto definitivo; concluye, por lo tanto, que la situación de Kosovo no es en absoluto comparable a la de otras regiones en las que existen conflictos y que no se encuentran bajo el control de las Naciones Unidas;

7.   Subraya que un acuerdo sobre el futuro de Kosovo debe también incluir modalidades institucionales específicas para Mitrovica que garanticen plenamente los derechos y la seguridad de la comunidad serbia sin afectar a la unidad de Kosovo; considera que estas modalidades deben ser supervisadas directamente por la comunidad internacional, en consulta con Belgrado; recuerda a Serbia, no obstante, que dicha participación en Kosovo está vinculada a la cooperación de Serbia en la aplicación de la solución definitiva sobre el estatuto;

8.   Se congratula, por tanto, de que la propuesta Ahtisaari perfile una amplia autonomía para la comunidad serbia y para otras minorías, incluido un alto grado de autonomía municipal de conformidad con los principios europeos de subsidiariedad y autogobierno;

9.  Considera que la comunidad internacional debe diseñar su presencia, en la medida de lo posible, con vistas a ayudar a las autoridades locales en:

–   la aplicación de los términos de la solución;

–   el desarrollo de una capacidad institucional, administrativa, judicial y policial autónoma y étnicamente equilibrada;

–   el progreso en el respeto de las normas de las Naciones Unidas y de los valores de referencia de la UE en cuanto a estabilización y asociación;

10. Considera, por consiguiente, que aunque debe contar con el personal adecuado para desempeñar sus funciones, la presencia internacional en Kosovo no debe resultar en el establecimiento de una administración paralela ni repetir la administración actual dirigida por las Naciones Unidas;

11. Subraya que la comunidad internacional debe tener poderes directamente correctivos y, en casos limitados, sustitutivos en ámbitos cruciales tales como:

–    la salvaguardia de los intereses vitales de las minorías:

–    la protección de lugares sensibles;

–    la seguridad;

–    el poder judicial y, en un sentido más amplio, el Estado de derecho, particularmente en la lucha contra la delincuencia organizada;

12. Subraya la necesidad de ulteriores esfuerzos para apoyar el retorno de los refugiados y desplazados en todo Kosovo; subraya que la clave del retorno sostenible radica en las oportunidades de trabajo y que el desarrollo económico sostenible debe convertirse en prioritario; subraya que los refugiados que no pertenecen a las comunidades serbia ni albana, como los romaníes y los ashkali, requieren atención especial, en particular los desplazados de etnia romaní que viven en los campos de Kosovska Mitrovica;

13. Se manifiesta a favor de un sistema educativo justo e incluyente que prevea que los alumnos romaníes y ashkali reciban parte de la enseñanza en lengua romaní, con objeto de fomentar la identidad y la cultura de estas comunidades minoritarias;

14. Subraya que la decisión definitiva sobre el futuro estatuto de Kosovo corresponde únicamente al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; insta a la Unión Europea y a sus Estados miembros, y en particular a aquellos Estados miembros que también son miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a que apoyen plena y activamente una solución viable para el futuro estatuto de Kosovo;

15. Considera que la adopción de una nueva resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas también es esencial para la futura implicación de la Unión Europea en Kosovo, y que no debería preverse intensificar la participación de la UE en ausencia de dicha resolución;

16. Está convencido de que, a la vista de su papel central en la aplicación de la solución, la Unión Europea debe poder influir decisivamente en los términos definitivos de la solución;

17. Considera que los Estados miembros deberían intentar llegar a una misma posición sobre la cuestión de Kosovo y, por consiguiente, pide al Consejo de Ministros que procure adoptar una posición común sobre la cuestión del estatuto en el que se indiquen los requisitos mínimos de una solución para Kosovo sostenible y compatible con la UE;

18. Recuerda que, de conformidad con el artículo 19 del Tratado de la Unión Europea, se espera de los Estados miembros representados en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que apoyen la posición común y que mantengan regularmente informado al Consejo de Ministros de la UE acerca de las negociaciones; pide asimismo que se mantenga regularmente informado al Parlamento Europeo;

19. Pide a los Estados miembros de la UE que son miembros del Grupo de Contacto que compartan la información de que disponen con el Consejo de Ministros de la UE y con todos los demás Estados miembros, y que mejoren la coordinación y la cooperación con ellos, pues es la UE en su conjunto quien asumirá la responsabilidad internacional y la carga financiera de la solución definitiva;

20. Insta a los Estados miembros representados en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en particular a los miembros permanentes, a que desempeñen un papel constructivo, a que se esfuercen en que las dos partes implicadas actúen de forma flexible y a que adopten una solución para Kosovo inequívoca y sostenible, siguiendo las líneas establecidas en las propuestas presentadas por el Enviado Especial y, en la medida de lo posible, con el acuerdo de las dos partes;

21. Está dispuesto a poner a disposición los recursos adicionales necesarios para financiar la futura participación de la UE en Kosovo con vistas a la aplicación de la solución sobre el estatuto y a apoyar las perspectivas comunitarias de Kosovo, siempre que:

–    la solución sobre el estatuto respaldada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tenga debidamente en cuenta la posición común de la Unión;

–    se proceda a una consulta con suficiente antelación sobre el alcance, los objetivos, los medios y las modalidades de esta misión, de manera que se garantice al Parlamento que los recursos son proporcionales a las tareas;

–    los recursos financieros adicionales se hagan disponibles de conformidad con los términos del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera de 14 de junio de 2006[1]; y

–    se convoque, en su debido momento, una conferencia de donantes;

22. Recuerda el compromiso asumido por la Presidencia finlandesa, en nombre del Consejo y en relación con la aprobación del presupuesto para 2007, de facilitar al Parlamento información detallada sobre el alcance, los objetivos y las repercusiones financieras probables de posibles operaciones futuras a medida que se vaya planificando la misión;

23. Expresa su preocupación por la manera en que se gestionará la transición desde la Misión de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) a la nueva Oficina Civil Internacional; recuerda a la UNMIK que debe permanecer comprometida en Kosovo hasta que la nueva Oficina se haya organizado y sea plenamente operativa; pide a las Naciones Unidas y a la UE que prevean medios para impedir nuevas pérdidas de expertos internacionales en ámbitos cruciales de la administración habida cuenta, en particular, de que las Instituciones Provisionales de Autogobierno de Kosovo necesitarán tiempo y ayuda para asumir determinados poderes legislativos y ejecutivos de la UNMIK;

24. Insta a la OSCE a que continúe desempeñando un papel de importancia en Kosovo después de la solución del estatuto, en particular para el control y la verificación de los procesos electorales; pide, en este respecto, al Consejo y a la OSCE que refuercen su cooperación en el terreno del Estado de Derecho, con una clara división de cometidos en lo que se refiere a la misión de la PESD;

25. Comparte el énfasis que pone la UE en el poder judicial y el Estado de Derecho en la fase posterior a la resolución, e insiste en que será necesario transferir las responsabilidades de manera fluida; pide que se establezca un reparto claro y transparente de tareas y responsabilidades entre los tribunales y autoridades judiciales internas de Kosovo y la misión de la UE prevista en materia de orden público y justicia; pide que se asuma la responsabilidad plena y se respete totalmente el Estado de Derecho en relación con las detenciones y otras acciones ejecutadas por la KFOR;

26. Advierte a las autoridades de Kosovo que la comunidad internacional espera de ellas que:

–    centren sus esfuerzos en el desarrollo de la capacidad institucional y administrativa necesaria para finalmente asumir las responsabilidades hasta ahora asumidas por la UNMIK;

–    elaboren un concepto kosovar de ciudadanía que parta expresamente del carácter multilingüe y multiétnico de la región y contemple plenamente las diferentes comunidades étnicas que constituyen la población de Kosovo;

–    trabajen de una manera seria y constructiva en el establecimiento de una sociedad y un país multiétnicos, multiculturales, multirreligiosos y tolerantes en los que se respeten los derechos de todos los grupos étnicos;

27. Subraya en este contexto que la presencia internacional seguirá en Kosovo hasta que se alcancen y queden verdaderamente arraigados estos objetivos;

28. Expresa su profunda preocupación por las manifestaciones violentas registradas recientemente en Kosovo, que hacen peligrar gravemente el desarrollo fluido del proceso de búsqueda de una solución pacífica para el futuro estatuto de Kosovo; pide a ambas partes que adopten una actitud sumamente comedida y faciliten la conclusión pacífica del proceso del estatuto;

29. Recuerda además a las autoridades de Kosovo que, una vez que resuelta la cuestión del estatuto, el pueblo de Kosovo querrá que su Gobierno aborde los problemas que afectan a su vida cotidiana, tales como los problemas relacionados con la seguridad, el desarrollo económico, la corrupción y la delincuencia organizada, el empleo, unos servicios públicos adecuados y la igualdad de todos ante la ley;

30. Pide a la UE y a las autoridades de Kosovo que colaboren para crear las condiciones necesarias para lograr un mayor crecimiento económico en beneficio de todas las comunidades étnicas de Kosovo; reitera que es necesario establecer un plan de desarrollo económico a largo plazo que sea global y realista, así como respetar plenamente los principios fundamentales del Estado de Derecho y elaborar una estrategia pormenorizada y dotada de recursos suficientes para luchar contra la corrupción;

31. Hace hincapié en la necesidad de prestar un mayor apoyo al desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (PYME) sobre la base de la Carta Europea de las Pequeñas Empresas refrendada por Kosovo; pide a la Comisión que asegure el acceso a los Fondos Estructurales de la UE, proporcione una mejor financiación a los proyectos relacionados con las PYME y establezca un marco institucional que refuerce la cooperación entre la Comunidad y el sector privado en Kosovo;

32. Insta a los líderes de la comunidad serbia de Kosovo a que reconozcan que sus intereses se satisfacen mejor en un Kosovo democrático, descentralizado y viable desde el punto de vista económico, y a que participen en la fase posterior a la solución del estatuto con el fin de asegurar que se aplican plenamente las disposiciones del acuerdo que les afectan directamente;

33. Pide al Gobierno de Serbia que reconozca que el futuro consiste en el desarrollo de vínculos estrechos y transparentes con Kosovo, en el contexto de una profunda integración regional y de la perspectiva compartida de una futura adhesión a la UE;

34. Destaca que, para la estabilidad y el posterior desarrollo del conjunto de la región, es de suma importancia encontrar una solución para la cuestión del futuro estatuto de Kosovo, tomando como punto de partida las propuestas finales de Martti Ahtisaari; pide, en este contexto, a los Gobiernos de todos los países vecinos que contribuyan positivamente a este proceso y respeten las actuales fronteras estatales; comparte la idea de que, a largo plazo, la solución sobre el futuro estatuto de Kosovo funcionará si tanto Serbia como Kosovo, junto con sus vecinos, se convierten en miembros de la UE, puesto que el futuro de los Balcanes Occidentales está en la Unión Europea;

35. Reitera que un firme anclaje de Kosovo en el Proceso de Estabilización y Asociación (PEA) reforzará, entre otras cosas, las relaciones económicas de Kosovo con los Estados miembros y sus vecinos de los Balcanes Occidentales y facilitará el proceso de estabilización de la región;

36. Acoge con satisfacción la firma de acuerdos de libre comercio con Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina y Croacia; insta a las autoridades provisionales de Kosovo a que apliquen plenamente dichos acuerdos y garanticen la continuación del libre comercio con Serbia y Montenegro;

37. Pide a las autoridades serbias y kosovares que cooperen plenamente entre sí y con el Tribunal Internacional para la Antigua Yugoslavia, y entreguen a los presuntos criminales de guerra;

38. Considera que la publicación del informe de Martti Ahtisaari debe ir acompañada de una campaña de sensibilización destinada a explicar clara y objetivamente a los pueblos afectados, incluidos los ciudadanos serbios, los términos de la solución propuesta; considera asimismo que la Unión Europea ha de transmitir, en relación con Kosovo, un mensaje claro en favor de la coexistencia pacífica; opina que, si Kosovo reconoce los derechos de la mayoría y de la minoría, será estable y próspero;

39.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, al Gobierno de Serbia y a las Instituciones Provisionales de Autogobierno de Kosovo, a la UNMIK, a los miembros del Grupo de Contacto, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y al Enviado Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para el proceso del futuro estatuto de Kosovo.

  • [1]  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

OPINIÓN de la Comisión de Comercio Internacional (25.1.2007)

para la Comisión de Asuntos Exteriores

sobre el futuro de Kosovo y el papel de la UE
(2006/2267(INI))

Ponente de opinión: Erika Mann

SUGERENCIAS

La Comisión de Comercio Internacional pide a la Comisión de Asuntos Exteriores, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.  Considera que una decisión a tiempo y mutuamente satisfactoria sobre el estatuto definitivo de Kosovo creará mejores condiciones económicas, reducirá el desempleo y atraerá una sustancial inversión extranjera directa (IED);

2.  Observa que cualquier decisión sobre el futuro de Kosovo debería adoptarse a la luz del contexto general que constituye la situación política reinante en Europa Sudoriental y que la UE y sus Estados miembros deberían dejar claro que ninguna decisión sobre el futuro de Kosovo debe considerarse un precedente por quienes desean alentar la secesión de otros Estados de la región, lo que podría resultar desestabilizador para la región en términos políticos y económicos;

3.  Subraya que un firme anclaje de Kosovo en el Proceso de Estabilización y Asociación (PEA) reforzará, entre otras cosas, las relaciones económicas de Kosovo con los Estados miembros y sus vecinos de los Balcanes Occidentales y facilitará el proceso de estabilización de la región;

4.  Recuerda que la conclusión con éxito del proceso de reforma que se está desarrollando actualmente restaurará el correcto funcionamiento del mercado, estimulará el crecimiento económico y contribuirá al mantenimiento de la estabilidad política en la región;

5.  Acoge con satisfacción la Declaración común aprobada el 6 de abril de 2006 por los países de los Balcanes Occidentales, en la que se insta a la modernización y profundización del Acuerdo Centroeuropeo de Libre Comercio (CEFTA) mediante la extensión de las concesiones comerciales bilaterales a todos los socios; acoge con satisfacción la inclusión en el Acuerdo de las normas de la competencia, la contratación pública, la protección de la propiedad intelectual, el comercio de servicios, un mecanismo de resolución de litigios regionales y una zona UE-Balcanes Occidentales de acumulación diagonal del origen, como un primer paso de la participación de dichos países en el sistema de acumulación diagonal del origen paneuropea-mediterránea;

6.  Acoge con satisfacción la firma de acuerdos de libre comercio con Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina y Croacia; insta a las autoridades provisionales de Kosovo a aplicar plenamente dichos acuerdos y garantizar la continuación del libre comercio con Serbia y Montenegro;

7.  Insta a la UE a apoyar el proceso de estabilización manteniendo su ayuda (tanto financiera como técnica) al comercio, a la inversión, a la lucha contra la delincuencia organizada, a la protección de las minorías y al desarrollo económico y social en Kosovo; pide a la UE y a las autoridades provisionales de Kosovo que trabajen conjuntamente a fin de crear las condiciones de un mayor crecimiento económico en beneficio de todas las comunidades étnicas de Kosovo; reitera que la ayuda financiera a Kosovo debería supeditarse al establecimiento de un plan de desarrollo económico a largo plazo global y realista así como a la aplicación de las condiciones mencionadas en la Resolución 1244/99 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; hace hincapié, en particular, en la necesidad de cumplir plenamente las normas internacionales en materia de democracia y derechos humanos, incluido el respeto de las minorías, y los principios fundamentales del Estado de Derecho, y adoptar una estrategia contra la corrupción pormenorizada y dotada de los recursos adecuados;

8.  Insta al Consejo a que vele por que la Comisión siga desempeñando un papel clave en el apoyo al futuro desarrollo económico y estructural de Kosovo; recomienda que las actividades y el personal del pilar comunitario de la Misión de administración provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (pilar IV de la UNMIK) se incluyan en cualquier nueva entidad institucional con responsabilidades en materia comercial y económica en Kosovo o relacionadas con Kosovo que pudiera crearse con miras a decidir o tras tomar una decisión sobre el estatuto definitivo de Kosovo;

9.  Hace hincapié en la necesidad de prestar un mayor apoyo al desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (PYME) sobre la base de la Carta Europea de las Pequeñas Empresas refrendada por Kosovo; pide a la Comisión que asegure el acceso a los Fondos Estructurales de la UE, proporcione una mejor financiación a los proyectos relacionados con PYME y establezca un marco institucional que refuerce la cooperación entre la Comunidad y el sector privado en Kosovo.

PROCEDIMIENTO

Título

El futuro de Kosovo y el papel de la UE

Número de procedimiento

2006/2267(INI)

Comisión competente para el fondo

AFET

Opinión emitida por
  Fecha del anuncio en el Pleno

INTA
29.11.2006

Cooperación reforzada − fecha del anuncio en el Pleno

 

Ponente de opinión
  Fecha de designación

Erika Mann
18.10.2006

Ponente de opinión sustituido

 

Examen en comisión

18.12.2006

 

 

 

 

Fecha de aprobación

24.1.2007

Resultado de la votación final

+: 26

–:

0:

 

Miembros presentes en la votación final

Francisco Assis, Jean-Pierre Audy, Enrique Barón Crespo, Daniel Caspary, Christofer Fjellner, Béla Glattfelder, Jacky Henin, Syed Kamall, Sajjad Karim, Erika Mann, David Martin, Javier Moreno Sánchez, Caroline Lucas, Georgios Papastamkos, Peter Šťastný, Robert Sturdy, Gianluca Susta, Johan Van Hecke, Zbigniew Zaleski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Panagiotis Beglitis, Małgorzata Handzlik, Jens Holm, Jörg Leichtfried, Eugenijus Maldeikis

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Ignasi Guardans Cambó, Pia Elda Locatelli

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

 

PROCEDIMIENTO

Título

El futuro de Kosovo y el papel de la UE

Número de procedimiento

2006/2267(INI)

Comisión competente para el fondo
  Fecha del anuncio de la autorización en el Pleno

AFET

29.11.2006

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión
  Fecha del anuncio en el Pleno

INTA


29.11.2006

 

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)
  Fecha de la decisión

 

 

 

 

 

 

Ponente(s)
  Fecha de designación

Joost Lagendijk

13.9.2006

 

Examen en comisión

19.12.2006

30.1.2007

12.3.2007

 

 

Fecha de aprobación

12.3.2007

Resultado de la votación final

+

-

0

56

7

3

Miembros presentes en la votación final

Roberta Alma Anastase, Christopher Beazley, Angelika Beer, Panagiotis Beglitis, Bastiaan Belder, André Brie, Véronique De Keyser, Giorgos Dimitrakopoulos, Hélène Flautre, Hanna Foltyn-Kubicka, Michael Gahler, Jas Gawronski, Bronisław Geremek, Maciej Marian Giertych, Ana Maria Gomes, Klaus Hänsch, Jelko Kacin, Ioannis Kasoulides, Bogdan Klich, Joost Lagendijk, Vytautas Landsbergis, Emilio Menéndez del Valle, Willy Meyer Pleite, Francisco José Millán Mon, Pasqualina Napoletano, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Raimon Obiols i Germà, Cem Özdemir, Janusz Onyszkiewicz, Justas Vincas Paleckis, Alojz Peterle, Tobias Pflüger, Bernd Posselt, Raül Romeva i Rueda, Libor Rouček, Katrin Saks, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Jacek Saryusz-Wolski, György Schöpflin, István Szent-Iványi, Antonio Tajani, Charles Tannock y Josef Zieleniec

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Laima Liucija Andrikienė, Maria Badia I Cutchet, Giulietto Chiesa, Ryszard Czarnecki, Alexandra Dobolyi, Árpád Duka-Zólyomi, Glyn Ford, Lilli Gruber, Tunne Kelam, Evgeni Kirilov, Jaromír Kohlíček, Antonio López-Istúriz White, Sarah Ludford, Erik Meijer, Doris Pack, Antonyia Parvanova, Lapo Pistelli, Frédérique Ries, Aloyzas Sakalas, Anders Samuelsen, Adrian Severin y Csaba Sándor Tabajdi

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Miloš Koterec

Fecha de presentación

15.3.2007