INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2371/2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común
28.3.2007 - (COM(2006)0587 – C6‑0402/2006 – 2006/0190(CNS)) - *
Comisión de Pesca
Ponente: Ioannis Gklavakis
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2371/2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común
(COM(2006)0587 – C6‑0402/2006 – 2006/0190(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2006)0587)[1],
– Visto el artículo 37 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6‑0402/2006),
– Visto el artículo 51 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Pesca (A6‑0085/2007),
1. Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;
2. Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;
3. Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;
4. Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;
5. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.
Texto de la Comisión | Enmiendas del Parlamento |
Enmienda 1 ARTÍCULO 1, PUNTO 1 Artículo 11, apartado 6, guiones 1 y 2 (Reglamento (CE) nº 2371/2002/CEE) | |
– el 4 % del tonelaje medio anual retirado con ayudas públicas entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2006, en el caso de los Estados miembros que pertenecían a la Comunidad el 1 de enero de 2003, y el 4 % del tonelaje medio anual retirado con ayudas públicas entre el 1 de mayo de 2004 y el 31 de diciembre de 2006, en el caso de los Estados miembros que se adhirieron a la Comunidad el 1 de mayo de 2004; y |
– el 10 % del tonelaje medio anual retirado con ayudas públicas entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2006, en el caso de los Estados miembros que pertenecían a la Comunidad el 1 de enero de 2003, y el 10 % del tonelaje medio anual retirado con ayudas públicas entre el 1 de mayo de 2004 y el 31 de diciembre de 2006, en el caso de los Estados miembros que se adhirieron a la Comunidad el 1 de mayo de 2004; y |
– el 4 % del tonelaje retirado de la flota con ayudas públicas a partir del 1 de enero de 2007. |
– el 10 % del tonelaje retirado de la flota con ayudas públicas a partir del 1 de enero de 2007. |
Justificación | |
La propuesta de reasignación del 4 % del tonelaje retirado con ayudas públicas es extremadamente pequeña en relación con el conjunto de las flotas de pesca costera, y no basta para mejorar la seguridad, la higiene, las condiciones de trabajo ni la calidad de los productos a bordo. | |
Enmienda 2 ARTICULO 1, PUNTO 2 | |
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No obstante, esta reducción de la potencia en ningún caso podrá disminuir la seguridad o la habitabilidad del buque ni la eficacia de los sistemas de tratamiento del pescado. |
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Asimismo, y puesto que el objetivo de reducción es que no aumente la capacidad pesquera del buque, no se tendrá en cuenta lo dispuesto en el primer párrafo si la sustitución del motor se efectúa con objeto de ahorrar energía y/o de mejorar las prestaciones del buque distintas de la capacidad de pesca, o si se ha optado por sistemas de pesca más selectivos por lo que respecta a la utilización del buque. |
- [1] Pendiente de publicación en el DO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La propuesta de la Comisión
En junio de 2006, tras el acuerdo político alcanzado en el Consejo sobre el Fondo Europeo de Pesca, se decidió modificar dos disposiciones del Reglamento de base de la política pesquera revisada (Reglamento 2371/2002) que se aplican a la gestión de la capacidad pesquera de la flota. El objetivo de las modificaciones es permitir algunas adaptaciones de la flota para mejorar la seguridad, las condiciones de trabajo, la higiene y la calidad de los productos a bordo, así como la eficiencia energética.
En concreto, se propone modificar dos artículos del capítulo III del Reglamento (CE) nº 2371/2002: el artículo, 11 relativo al ajuste de la capacidad pesquera, y el artículo 13, relativo al régimen de entradas y salidas y reducción de la capacidad total.
a) En el nuevo artículo 11 se ofrece la posibilidad de reasignar el 4 % de la capacidad retirada o de la capacidad que se vaya a retirar con ayuda pública, con el fin de cubrir los gastos de modernización de los buques de pesca, en el marco de los requisitos de seguridad e higiene, así como de mejora de las condiciones de trabajo de los pescadores a bordo.
b) En el nuevo artículo 13, con el fin de mantener la actual política de reducción de la capacidad pesquera, se dispone que no se podrá compensar la reducción de capacidad cuando los motores se hayan sustituido con ayuda pública.
Comentarios del ponente
El ponente acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de modificar el Reglamento de base de la política pesquera común en los puntos relacionados con la gestión de la capacidad pesquera de la flota. Esta modificación ofrecerá a los Estados miembros la posibilidad de aumentar de forma limitada la capacidad de sus buques si esto repercute en la mejora de la seguridad, las condiciones de trabajo, la higiene y la calidad de los productos a bordo, así como la eficiencia energética.
En lo que se refiere a la modificación del artículo 11, el ponente considera claras y positivas las posibilidades de reasignar el 4 % de la capacidad retirada o de la capacidad que se vaya a retirar con ayudas públicas con el fin de financiar los trabajos de modernización de los buques pesqueros por razones de seguridad e higiene.
Está de acuerdo en que este porcentaje se debe asignar de forma prioritaria a los buques de la pesca costera artesanal, es decir, los buques de eslora total inferior a los 12 metros cuando este sector haya sufrido de forma importante debido al cambio en las condiciones de pesca y esté en peligro su supervivencia.
Sin embargo, opina que la posibilidad de reasignación del 4 % de la capacidad retirada con ayuda pública no ofrecerá un apoyo sustancial a este sector, que representa más del 80 % de la flota pesquera. Se trata, pues, de un porcentaje muy pequeño que debe repartirse entre un gran número de buques.
De acuerdo con el Registro comunitario de la flota pesquera, en 2003, 2004 y 2005 se retiraron con ayuda pública alrededor de 132 000 TRB. En concreto, se retiraron 112 000 TRB en los antiguos Estados miembros (6,27 %) y a partir de mayo de 2004, otras 20 000 TRB en los nuevos Estados miembros (18,48 %). El porcentaje de 4 % es extremadamente bajo si se tiene en cuenta que debe distribuirse entre las flotas pesqueras de los Estados miembros. En particular, en el caso de los Estados miembros que han dado prioridad a la modernización de la pesca costera, esta posibilidad supone una cantidad ínfima. Cabe señalar que la reducción de la capacidad se ha conseguido sobre todo aplicando un régimen determinado de suspensión de las actividades de pesca.
El ponente cree que, a partir del momento en que esta modificación no aumente la capacidad pesquera del buque, un aumento limitado del porcentaje propuesto, es decir, en total el 10 % de la capacidad retirada con ayudas públicas, podría mejorar las condiciones de trabajo e higiene a bordo. Lo que es aún más importante, mejoraría la competitividad de la pesca costera, con importantes repercusiones socioeconómicas en las comunidades costeras.
Además, la propuesta del ponente no supone cargas administrativas ni económicas, y está dentro del espíritu del acuerdo político. Es decir, la aplicación de las nuevas normas a la gestión de la flota puede asegurarse con los recursos humanos y presupuestarios existentes.
En lo que se refiere a la modificación de la letra c) del apartado 1 del artículo 13, se trata de una nueva disposición que prevé que la reducción de potencia debida a la sustitución del motor con ayuda pública no puede compensarse. Esta disposición se introduce en aras de la compatibilidad del nuevo Reglamento con el objetivo de reducción de la capacidad pesquera de la flota que prevé el Fondo Europeo de Pesca.
En concreto, se hace referencia al apartado 3 del artículo 25 del Reglamento (CE) nº 1198/2006, que ofrece la posibilidad, a partir del 1 de enero de 2003, de cambiar la potencia motriz de los buques de pesca con ayuda económica, en función de la categoría de buque. De este modo, cuando los buques formen parte de la flota costera, es decir, si su eslora es de hasta 12 metros, el nuevo motor debe tener la misma potencia que el antiguo, mientras que en los buques de mayor tamaño se prevé una reducción del 20 % de la potencia del motor.
El ponente expresa su satisfacción por que los interesados puedan sustituir el motor de su buque con ayuda pública. Sin embargo, piensa que la vinculación de la ayuda para la sustitución de los motores de los buques de eslora superior a los 12 metros a la reducción obligatoria de su potencia en el 20 % podría influir en la seguridad del buque y de su tripulación. Además, algunos métodos de pesca serían imposibles en la práctica, lo que tendría repercusiones sociales y económicas.
El ponente subraya que la política pesquera común ha aplicado suficientes medidas para la reducción del exceso de capacidad pesquera, lo que demuestran también los datos del Registro comunitario de la flota pesquera. En 2003, 2004 y 2005 se retiraron con ayuda pública 427 000 kW. De esta retirada de capacidad pesquera, la aplastante mayoría de 373 000 kW corresponde a los Estados miembros de la UE de 15. La capacidad pesquera retirada de los nuevos Estados miembros con ayuda pública a partir del 2 de mayo de 2004 se elevó a 54 000 kW.
El ponente está de acuerdo con la Comisión en que la capacidad pesquera de la flota sigue siendo elevada en relación con las reservas de pescado. Insiste, sin embargo, en que la reducción de la capacidad pesquera no debe hacerse a costa de la seguridad del buque y la tripulación. Es necesario que los medios comunitarios de financiación se adapten a las nuevas necesidades del sector de la pesca y aseguren tanto la explotación sostenible de los recursos pesqueros como el mantenimiento a largo plazo de las actividades de pesca.
Conclusiones
El ponente acoge favorablemente la posición de la Comisión de ofrecer posibilidades excepcionales y limitadas para la modernización de los buques pesqueros en el contexto de las necesidades de seguridad e higiene, así como de mejora de las condiciones de trabajo a bordo. Considera, sin embargo, que es necesario modificar el porcentaje para que ofrezca posibilidades sustanciales de modernización a la flota de pesca costera. En lo que se refiere a la modificación del artículo 13, expresa su oposición a la reducción obligatoria del 20 % de la potencia para los buques de eslora superior a los 12 metros, pues es algo que pone en peligro la seguridad del buque y a la tripulación y además convierte en prácticamente imposibles algunos métodos de pesca, lo que tendrá repercusiones económicas y sociales en el sector.
PROCEDIMIENTO
Título |
Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2371/2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común |
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Referencias |
COM(2006)0587 - C6-0402/2006 - 2006/0190(CNS) |
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Fecha de la consulta al PE |
9.11.2006 |
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Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno |
PECH 29.11.2006 |
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Comisión(es) competente(s) para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno |
ENVI 29.11.2006 |
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Opinión(es) no emitida(s) Fecha de la decisión |
ENVI 28.11.2006 |
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Ponente(s) Fecha de designación |
Ioannis Gklavakis 13.12.2006 |
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Examen en comisión |
25.1.2007 |
27.2.2007 |
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Fecha de aprobación |
22.3.2007 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
25 1 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Alfonso Andria, Stavros Arnaoutakis, Elspeth Attwooll, Marie-Hélène Aubert, Iles Braghetto, Luis Manuel Capoulas Santos, Paulo Casaca, Zdzisław Kazimierz Chmielewski, Emanuel Jardim Fernandes, Carmen Fraga Estévez, Duarte Freitas, Ioannis Gklavakis, Pedro Guerreiro, Ian Hudghton, Heinz Kindermann, Rosa Miguélez Ramos, Marianne Mikko, Philippe Morillon, Seán Ó Neachtain, Willi Piecyk, Struan Stevenson, Catherine Stihler, Daniel Varela Suanzes-Carpegna |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Vincenzo Aita, Ole Christensen, Jan Mulder, Thomas Wise |
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Fecha de presentación |
28.3.2007 |
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