INFORME sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre readmisión
5.10.2007 - (COM(2007)0197 – C6‑0188/2007 – 2007/0071(CNS)) - *
Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Barbara Kudrycka
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre readmisión
(COM(2007)0197 – C6‑0188/2007 – 2007/0071(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2007)0197,
– Vistos la letra b) del apartado 3 del artículo 63 y la primera frase del primer párrafo del apartado 2 del artículo 300 del Tratado CE,
– Visto el primer párrafo del apartado 3 del artículo 300 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0188/2007),
– Vistos el artículo 51 y el apartado 7 del artículo 83 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0364/2007),
1. Aprueba la celebración del acuerdo;
2. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Ucrania.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (LIBE) aprueba la celebración de dos acuerdos paralelos, que se condicionan mutuamente, con Ucrania sobre la readmisión y la facilitación de la expedición de visados de corta duración. La comisión LIBE se felicita por estos acuerdos, que junto como el futuro Código sobre Visados, la aplicación del Sistema de Información de Visados (VIS) y una mayor cooperación en el ámbito de los asuntos de Justicia e Interior servirán para ampliar el espacio de libertad y seguridad más allá de la UE hasta un país de inmediata vecindad y gran importancia.
La comisión considera que, con un espíritu común de compromiso y responsabilidad, la UE y Ucrania pueden luchar de forma eficaz contra la inmigración ilegal y contribuir al desarrollo de la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y la sociedad civil, al facilitar a las personas de las dos partes contratantes establecer contactos y realizar desplazamientos. En este contexto, la comisión se felicita por la decisión previa de las autoridades ucranianas de suprimir el requisito de visado para los ciudadanos de la UE y opina que la Unión Europea ha de buscar todavía una respuesta adecuada a esa decisión.
El Parlamento, en su reciente Resolución sobre el mandato de negociación para un nuevo acuerdo reforzado entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra [P6_TA-PROV(2007)0355 ] recomendaba, entre otras cosas, «garantizar una aplicación efectiva de los acuerdos de facilitación de visados y de readmisión» y «perseguir la introducción de un régimen de viajes sin visado y los pasos necesarios para llevarlo a cabo». La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior suscribe plenamente las recomendaciones relativas a la necesidad de que la CE, y la Comisión Europea en especial, proporcionen la ayuda técnica y económica adecuada a Ucrania para logar un elevado nivel de aplicación del acuerdo de readmisión. En segundo lugar, hace hincapié en el hecho de que la recomendación previamente mencionada coincide con la declaración incluida en el preámbulo del Acuerdo sobre la facilitación de visado en la que se afirma que el objetivo a largo plazo es un régimen de viaje sin visados entre la CE y Ucrania.
Hay también margen para que la Comisión Europea mejore el acuerdo mediante la puesta en marcha de una campaña de información y encontrando la forma de que toda la información necesaria sea fácilmente accesible a todos los viajeros, habida cuenta los acuerdos celebrados en el marco de la política de vecindad. Hasta ahora, ni siquiera el sitio Internet de la Comisión incluye una información sistemática y transparente sobre este asunto.
Se recomienda enérgicamente que el comité que supervisa la aplicación de estos acuerdos así como la propia Comisión Europea determinen la existencia de cualquier obstáculo asimétrico que haga que los procedimientos recíprocos no constituyan un impedimento para los viajeros ni en los consulados ni en los puestos fronterizos. En especial, debe llevarse a cabo un estudio para saber si la externalización parcial de los servicios consulares de visado puede tener un impacto en el acceso a los mismos, si puede producir un aumento indeseado de precios para la expedición de visados o contribuir al fenómeno de búsqueda de la autoridad más favorable para la obtención del visado.
Finalmente, la Comisión LIBE espera que la Comisión Europea informe al Parlamento sobre los resultados de la aplicación de los acuerdos.
OPINIÓN de la Comisión de Asuntos Exteriores (13.9.2007)
para la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre readmisión
(COM(2007)0197 – C6‑0188/2007 – 2007/0071(CNS))
Ponente de opinión: Inese Vaidere
BREVE JUSTIFICACIÓN
La Comisión de Asuntos Exteriores acoge con satisfacción la firma del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre readmisión, que constituye un paso hacia el cumplimiento de las prioridades esbozadas en el plan de acción en el marco de la política europea de vecindad, adoptado conjuntamente por Ucrania y la UE el 21 de febrero de 2005.
El Acuerdo permitirá a ambas partes reforzar su cooperación en materia de gestión de las migraciones y de lucha contra la inmigración ilegal, al crear unas normas jurídicamente vinculantes en una serie de ámbitos que requieren serios esfuerzos, tanto por parte de Ucrania como de la UE.
Dada la amplitud de las implicaciones de la problemática de las capacidades de gestión de las migraciones y de las fronteras de que dispone Ucrania, que aún no están plenamente equipadas para asumir los compromisos contraídos, la Comisión de Asuntos Exteriores alienta a las autoridades ucranianas a adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con las obligaciones pertinentes durante el período transitorio de dos años previsto para la entrada en vigor de las disposiciones del Acuerdo que abordan la cuestión de la readmisión de nacionales de terceros países y personas apátridas. Debe hacerse hincapié en las mejoras en materia de controles fronterizos, de gestión de las migraciones, de respeto de los derechos y obligaciones internacionales vinculados a los derechos humanos, y de protección de los demandantes de asilo y de los refugiados. Sería muy deseable que las autoridades ucranianas examinaran la posibilidad de reducir el período transitorio.
Se alienta a la Comisión a que apoye los esfuerzos realizados por las autoridades ucranianas con miras a la mejora de las capacidades de gestión de las migraciones, recurriendo a todos los medios y medidas que estén a su alcance.
La Comisión de Asuntos Exteriores insta a la UE y a sus Estados miembros a que presten todo tipo de ayuda pericial y técnica para garantizar que Ucrania cumpla con las obligaciones derivadas del Acuerdo. También se pide a la Comisión que ponga sus conocimientos técnicos a disposición de Ucrania, en el contexto de las negociaciones que este país lleva a cabo con terceros países con miras a la firma de acuerdos de readmisión.
Dado que el Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre readmisión y el Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre la facilitación de la expedición de visados de corta duración se han negociado conjuntamente, la Comisión de Asuntos Exteriores recomienda encarecidamente que Ucrania extienda las mismas condiciones de entrada a todos los Estados miembros de la Unión Europea, incluyendo a Bulgaria y Rumanía, antes de la conclusión del proceso de ratificación.
Por último, la Comisión de Asuntos Exteriores apreciaría que la Comisión informara al Parlamento Europeo acerca de la aplicación del Acuerdo.
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La Comisión de Asuntos Exteriores pide a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, competente para el fondo, que proponga la aprobación de la propuesta de la Comisión.
PROCEDIMIENTO
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Título |
Acuerdo entre la CE y Ucrania sobre readmisión |
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Referencias |
COM(2007)0197 - C6-0188/2007 - 2007/0071(CNS) |
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Comisión competente para el fondo |
LIBE |
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Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno |
AFET 21.6.2007 |
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Ponente de opinión Fecha de designación |
Inese Vaidere 5.6.2007 |
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Examen en comisión |
12.9.2007 |
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Fecha de aprobación |
12.9.2007 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
36 1 2 |
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Miembros presentes en la votación final |
Christopher Beazley, Monika Beňová, Cristian Silviu Buşoi, Véronique De Keyser, Alfred Gomolka, Klaus Hänsch, Anna Ibrisagic, Jelko Kacin, Ioannis Kasoulides, Helmut Kuhne, Vytautas Landsbergis, Francisco José Millán Mon, Raimon Obiols i Germà, Vural Öger, Justas Vincas Paleckis, Ioan Mircea Paşcu, Alojz Peterle, João de Deus Pinheiro, Hubert Pirker, Samuli Pohjamo, Michel Rocard, Libor Rouček, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Jacek Saryusz-Wolski, György Schöpflin, István Szent-Iványi, Antonio Tajani, Charles Tannock, Inese Vaidere, Geoffrey Van Orden, Josef Zieleniec |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Milan Horáček, Gisela Kallenbach, Tunne Kelam, Jaromír Kohlíček, Doris Pack, Aloyzas Sakalas, Adrian Severin, Csaba Sándor Tabajdi |
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PROCEDIMIENTO
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Título |
Acuerdo entre la CE y Ucrania sobre readmisión |
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Referencias |
COM(2007)0197 - C6-0188/2007 - 2007/0071(CNS) |
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Fecha de la consulta al PE |
19.6.2007 |
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Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno |
LIBE 21.6.2007 |
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Comisión(es) competente(s) para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno |
AFET 21.6.2007 |
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Ponente(s) Fecha de designación |
Barbara Kudrycka 21.5.2007 |
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Examen en comisión |
17.7.2007 |
10.9.2007 |
3.10.2007 |
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Fecha de aprobación |
3.10.2007 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
26 3 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Alexander Alvaro, Philip Bradbourn, Michael Cashman, Jean-Marie Cavada, Carlos Coelho, Fausto Correia, Esther De Lange, Panayiotis Demetriou, Kinga Gál, Roland Gewalt, Jeanine Hennis-Plasschaert, Lívia Járóka, Magda Kósáné Kovács, Barbara Kudrycka, Henrik Lax, Kartika Tamara Liotard, Sarah Ludford, Viktória Mohácsi, Martine Roure, Søren Bo Søndergaard, Vladimir Urutchev, Adina-Ioana Vălean, Ioannis Varvitsiotis |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Inés Ayala Sender, Edit Bauer, Maria da Assunção Esteves, Ona Juknevičienė, Antonio Masip Hidalgo, Siiri Oviir, Eva-Britt Svensson |
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Fecha de presentación |
8.10.2007 |
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