INFORME sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Antigua República Yugoslava de Macedonia sobre la facilitación de la expedición de visados de corta duración

12.10.2007 - (COM(2007)0421 – C6‑0294/2007 – 2007/0159(CNS)) - *

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Adina-Ioana Vălean

Procedimiento : 2007/0159(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0383/2007
Textos presentados :
A6-0383/2007
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Antigua República Yugoslava de Macedonia sobre la facilitación de la expedición de visados de corta duración

(COM(2007)0421 – C6‑0294/2007 – 2007/0159(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2007)0421)[1],

–   Vistos el artículo 62, apartado 2, letra b), incisos i) y ii), y el artículo 300, apartado 2, primer párrafo, primera frase, del Tratado CE,

–   Visto el artículo 300, apartado 3, primer párrafo, del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6‑0294/2007),

–   Vistos el artículo 51 y el artículo 83, apartado 7, de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6‑0383/2007),

1.  Aprueba la celebración del acuerdo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y de la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

  • [1]  Pendiente de publicación en el DO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Se consulta al Parlamento Europeo sobre la celebración de dos acuerdos paralelos e interdependientes con los Balcanes Occidentales, a saber, los acuerdos de readmisión con la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Montenegro, y los acuerdos con la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Montenegro y Albania, sobre la facilitación de la expedición de visados de corta duración (Albania ya celebró un acuerdo de readmisión en 2005).

La cumbre UE-Balcanes Occidentales que se celebró en Salónica el 21 de junio de 2003 reafirmó la importancia para los países de los Balcanes Occidentales de la celebración de acuerdos destinados a facilitar la expedición de visados, así como de acuerdos de readmisión, con el objeto de abordar los problemas que plantea la migración ilegal.

El ponente se congratula de la celebración de estos acuerdos, al tiempo que destaca su importancia para los Balcanes Occidentales. Considera que deben percibirse como un conjunto de medidas que benefician a ambas partes, tanto a la UE como a esta región que tiene una importancia estratégica para la Unión y que incluye países para los que se abre una perspectiva de adhesión a la UE (Croacia y la Antigua República Yugoslava de Macedonia han obtenido ya el estatuto de países candidatos).

La celebración de estos acuerdos destinados a facilitar la expedición de visados debe considerarse un importante aliciente para que los países de los Balcanes Occidentales introduzcan reformas y para reforzar la cooperación regional y con la UE en ámbitos como la consolidación del Estado de Derecho, la lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción, así como el refuerzo de la capacidad administrativa en materia de controles fronterizos y seguridad de los documentos, mediante la introducción de documentos de identidad biométricos.

El correcto funcionamiento del sistema de inmigración exige acuerdos de readmisión, de forma que no debería celebrarse ningún acuerdo para facilitar la expedición de visados si no existe un acuerdo de readmisión. Ahora bien, la UE debe tener en cuenta también el recurso a otros instrumentos para garantizar la celebración y la aplicación de un determinado acuerdo de readmisión, especialmente los instrumentos políticos, económicos, comerciales y de política de desarrollo.

El ponente se felicita de que la Comunidad Europea tenga en cuenta los aspectos relacionados con la justicia y los asuntos de interior a la hora de decidir la apertura de negociaciones destinadas a facilitar la expedición de visados con terceros países, como la gestión de las fronteras, la seguridad de los documentos, la migración y el asilo, la lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada y la corrupción. Albania, Montenegro, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Serbia, y Bosnia y Herzegovina han de afrontar en estos ámbitos dificultades específicas que requieren enfoques distintos.

No obstante, el ponente critica con rigor el papel muy limitado que se reserva al Parlamento Europeo en la celebración de estos acuerdos —un hecho deplorable que ahonda el déficit democrático entre las instituciones de la UE y sus ciudadanos—. En efecto, se trata de una serie de cuestiones que tienen implicaciones directas para los ciudadanos, y cabe lamentar que no se informe al Parlamento sobre la apertura de las negociaciones, el desarrollo de las mismas y la incidencia de los acuerdos de readmisión y en materia de visados, así como sobre las implicaciones de dichos acuerdos en lo que se refiere a los derechos humanos y al derecho de asilo.

Los objetivos y el marco formal de estos acuerdos comunitarios de readmisión justifican que se dé cuenta al PE de las consecuencias de su aplicación en los Estados miembros. Es necesario contar con información sobre el número de emigrantes devueltos a sus países, la nacionalidad de los mismos, su estatuto, el tiempo medio de espera que transcurre entre la detención, la readmisión y la transferencia, etc., con el fin de elaborar un informe anual que debería someterse al Parlamento para su debate.

Los acuerdos destinados a facilitar la expedición de visados deberían dotarse de un mecanismo de control y de una cláusula de suspensión que permita a la UE suspender en cualquier momento la aplicación de un acuerdo en caso de dificultades en su aplicación o de evoluciones políticas inesperadas.

OPINIÓN de la Comisión de Asuntos Exteriores (4.10.2007)

para la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior

sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Antigua República Yugoslava de Macedonia sobre la facilitación de la expedición de visados de corta duración
(COM(2007)0421 – C6‑0294/2007 – 2007/0159(CNS))

Ponente de opinión: Erik Meijer

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BREVE JUSTIFICACIÓN

En reiteradas ocasiones, el Parlamento Europeo ha pedido que se suavice el régimen draconiano de visados impuesto a los países pertenecientes a la antigua Yugoslavia. Este régimen, que contrasta fuertemente con las condiciones que se aplicaban antes de la guerra a los ciudadanos yugoslavos, ha sido especialmente perjudicial para el desarrollo social y económico de la Europa Sudoriental.

En lugar de cumplir su objetivo inicial que consistía en impedir que las redes locales de la delincuencia extendieran sus actividades fuera de la región, ha impedido que honrados ciudadanos, estudiantes, académicos, investigadores y hombres de negocios desarrollen estrechos contactos con sus homólogos de los países de la Unión Europea. Se ha ido creando, especialmente entre los más jóvenes, un sentimiento de aislamiento, de discriminación inmerecida y de segregación que ha fragilizado su identidad europea. Europa es una sociedad próspera a la que desearían pertenecer, pero de la que se sienten rechazados.

Entretanto, a pesar de las restricciones de visado vigentes, la delincuencia ha ampliado sus redes, ha establecido alianzas con organizaciones similares en los Estados miembros de la Unión Europea y ha exportado sus actividades al territorio de la Unión.

Por lo tanto, es legítima la duda en cuanto a los verdaderos motivos de la política de visados que la Unión Europea ha aplicado hasta ahora a los países de la Europa Sudoriental. Se debería poner mayor énfasis en la cooperación regional para la lucha contra la delincuencia organizada y el tráfico, con más fondos y programas para mejorar las instalaciones, la formación y la remuneración del personal, así como para promover tecnologías más sofisticadas. Todo esto cuesta dinero y aquí es donde la Unión Europea debería mostrarse solidaria. Es interés de estos países, pero también de la Unión Europea, que su administración pública, sus fuerzas policiales y de control de las fronteras sean eficaces, fiables y estén libres de corrupción. Por lo tanto, se debería incrementar la asistencia en virtud del instrumento de preadhesión, con la dotación de los fondos adicionales necesarios.

Al facilitarles esta asistencia financiera y técnica, la Unión permitirá que estos países cumplan los requisitos para la etapa siguiente que es la liberalización de los visados. El Parlamento Europeo y su Comisión de Asuntos Exteriores en particular abogan con firmeza por que se eliminen las condiciones de visado para los ciudadanos de la región tan pronto como sea técnicamente posible. En opinión del ponente, esta medida será una prueba tangible de que dichos países pertenecen a Europa y los alentará a emprender con determinación las reformas que, en su caso, podrían llevarles a la adhesión plena a la Unión Europea.

******

La Comisión de Asuntos Exteriores pide a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, competente para el fondo, que proponga la aprobación de la propuesta de la Comisión.

PROCEDIMIENTO

Título

Visados de corta duración entre la CE y la Antigua República Yugoslava de Macedonia

Referencias

COM(2007)0421 - C6-0294/2007 - 2007/0159(CNS)

Comisión competente para el fondo

LIBE

Opinión emitida por

Fecha del anuncio en el Pleno

AFET

24.9.2007

 

 

 

Ponente de opinión

Fecha de designación

Erik Meijer

12.9.2007

 

 

Examen en comisión

3.10.2007

 

 

 

Fecha de aprobación

3.10.2007

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

23

0

0

Miembros presentes en la votación final

Vittorio Agnoletto, Christopher Beazley, Monika Beňová, Michael Gahler, Jas Gawronski, Alfred Gomolka, Richard Howitt, Anna Ibrisagic, Vytautas Landsbergis, Willy Meyer Pleite, Samuli Pohjamo, Libor Rouček, Katrin Saks, Jacek Saryusz-Wolski, Gitte Seeberg, Ari Vatanen, Josef Zieleniec

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Árpád Duka-Zólyomi, Gisela Kallenbach, Erik Meijer, Rihards Pīks, Csaba Sándor Tabajdi, Marcello Vernola

PROCEDIMIENTO

Título

Visados de corta duración entre la CE y la Antigua República Yugoslava de Macedonia

Referencias

COM(2007)0421 - C6-0294/2007 - 2007/0159(CNS)

Fecha de la consulta al PE

18.9.2007

Comisión competente para el fondo

Fecha del anuncio en el Pleno

LIBE

24.9.2007

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión

Fecha del anuncio en el Pleno

AFET

24.9.2007

 

 

 

Ponente(s)

Fecha de designación

Adina-Ioana Vălean

10.9.2007

 

 

Examen en comisión

10.9.2007

2.10.2007

 

 

Fecha de aprobación

9.10.2007

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

24

3

0

Miembros presentes en la votación final

Alexander Alvaro, Philip Bradbourn, Mihael Brejc, Kathalijne Maria Buitenweg, Michael Cashman, Giuseppe Castiglione, Giusto Catania, Jean-Marie Cavada, Elly de Groen-Kouwenhoven, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Kinga Gál, Patrick Gaubert, Roland Gewalt, Lívia Járóka, Ewa Klamt, Claude Moraes, Inger Segelström, Károly Ferenc Szabó, Adina-Ioana Vălean, Manfred Weber, Tatjana Ždanoka

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Simon Busuttil, Charlotte Cederschiöld, Evelyne Gebhardt, Ona Juknevičienė, Sylvia-Yvonne Kaufmann, Eva-Britt Svensson

Fecha de presentación

12.10.2007