INFORME sobre la Estrategia de la UE para facilitar a las empresas europeas el acceso a los mercados
7.1.2008 - (2007/2185 (INI))
Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Ignasi Guardans Cambó
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la Estrategia de la UE para facilitar a las empresas europeas el acceso a los mercados
(2007/2185 (INI))
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Una Europa Global: Una cooperación reforzada para facilitar a los exportadores europeos el acceso a los mercados» (COM(2007)0183),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Una Europa Global: Competir en el mundo. Una contribución a la Estrategia de crecimiento y empleo de la UE» (COM(2006)0567),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Una Europa Global. Instrumentos de defensa comercial europeos en una economía global en transformación. Libro Verde para consulta pública» (COM(2006)0763),
– Vista su Resolución de 28 de septiembre de 2006 sobre las relaciones económicas y comerciales de la UE con la India[1],
– Vista su Resolución de 25 de octubre de 2006 sobre el Informe anual de la Comisión al Parlamento Europeo sobre las medidas antidumping, antisubvenciones y de salvaguardia adoptadas por terceros países contra la Comunidad (2004)[2],
– Vista su Resolución de 4 de abril de 2006 sobre la evaluación de la Ronda de Doha tras la Conferencia Ministerial de la OMC en Hong Kong[3],
– Vista su Resolución de 12 de octubre de 2006 sobre las relaciones económicas y comerciales entre la UE y Mercosur de cara a la conclusión de un Acuerdo de Asociación Interregional[4],
– Vista su Resolución de 1 de junio de 2006 sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos[5],
– Vista su Resolución de 13 de octubre de 2005 sobre las perspectivas de las relaciones comerciales entre la UE y China[6],
– Visto el documento de trabajo anejo a la Comunicación de la Comisión titulada «Las reformas económicas y la competitividad: mensajes clave del informe de 2006 sobre la competitividad europea» (SEC(2006)1467),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Implementación del programa comunitario de Lisboa: Un marco político para fortalecer la industria manufacturera de la UE – hacia un enfoque más integrado de política industrial» (COM(2005)0474),
– Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de 23 y 24 de marzo de 2006[7],
– Vista su Resolución de 15 de marzo de 2006 sobre las aportaciones al Consejo Europeo de primavera de 2006 en relación con la Estrategia de Lisboa[8],
– Vistos la Comunicación de la Comisión titulada «UE-China: Una asociación más estrecha y mayores responsabilidades» (COM(2006)0631) y el documento de trabajo de acompañamiento titulado «Una asociación más estrecha y mayores responsabilidades: Documento orientativo sobre el comercio y la inversión entre la UE y China: Competencia y asociación» (COM(2006) 0632),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Implementación del programa comunitario de Lisboa – Una política moderna de la PYME para el crecimiento y el empleo» (COM(2005)0551),
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Comercio Internacional y la opinión de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A6‑0002/2008),
A. Considerando que la Unión Europea es un actor fundamental en el comercio mundial y que debe continuar mostrando su liderazgo en el sistema económico global, con objeto de que éste se vuelva más justo y respetuoso de los derechos medioambientales y sociales,
B. Considerando que la Unión Europea es el principal exportador y el mayor proveedor de servicios a escala mundial y que por ello tiene un fuerte interés en asegurar que se abran nuevos mercados de bienes, servicios e inversiones,
C. Considerando que la Unión Europea necesita aplicar estrategias más ambiciosas y con visión de futuro para hacer frente a los retos de la globalización y a una mayor competencia de las principales economías emergentes, protegiendo al mismo tiempo el modelo económico, regional y social europeo,
D. Considerando que la apertura económica tanto interna como externa es fundamental para generar empleo y crecimiento y, al tiempo, mantener la competitividad internacional; que, por tanto, la Unión Europea, en el marco de su estrategia de acceso a los mercados, debe proseguir su labor de apertura de los mercados comunitarios y alentar a sus socios comerciales a eliminar sus propias barreras y abrir en mayor medida sus mercados,
E. Considerando que un adecuado acceso a los mercados de terceros países permitirá a los productores internos de la Unión Europea seguir a la cabeza en bienes y servicios de gran valor añadido, aumentar la innovación de sus productos, fomentar la creatividad, proteger los derechos de la propiedad intelectual y lograr economías de escala significativas,
F. Considerando que la evolución del comercio internacional hace que el acceso a los mercados de terceros países sea tan importante como la defensa de los mercados de la Unión Europea frente a prácticas comerciales desleales,
G. Considerando que la liberalización del comercio y su creciente volumen favorecen la competencia internacional pero también aumentan el riesgo de que las exportaciones estén sujetas a barreras comerciales, perjudicando así la competitividad internacional de las empresas de la Unión Europea,
H. Considerando que la competitividad de la economía de la Unión Europea no puede no verse afectada por un comportamiento proteccionista que no respeta las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), tanto dentro como fuera de la Comunidad,
I. Considerando que la supresión de las barreras al comercio reforzará sin duda las exportaciones europeas de bienes y servicios y garantizará un crecimiento sostenido en la economía de la Unión Europea,
J. Considerando la ineficaz protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial, incluidas las indicaciones geográficas y denominaciones de origen, por parte de los socios comerciales de la Unión Europea a escala mundial,
K. Considerando que es esencial establecer una distinción entre las barreras comerciales injustificadas a priori, resultantes de la aplicación incoherente de las normas de comercio bilaterales y multilaterales, y las barreras comerciales derivadas de la legítima labor legislativa y administrativa de las autoridades públicas que se produce en otros ámbitos distintos del comercio pero que afectan involuntariamente al comercio,
L. Considerando que los onerosos trámites aduaneros relativos a la importación, la exportación y el tránsito, las restricciones sanitarias y fitosanitarias injustificadas en el marco de las normas vigentes de la OMC, el uso desleal de instrumentos de defensa del comercio y la escasa protección de los derechos de la propiedad intelectual constituyen claramente unas barreras comerciales injustificadas a priori, a las que debe hacerse frente para facilitar el acceso al mercado para las empresas europeas,
M. Considerando que, pese a la gran dificultad de estimar con cierta exactitud el volumen del comercio de la Unión Europea obstaculizado por las restricciones del mercado exterior, resulta claro que las barreras al comercio tienen un impacto importante en los resultados generales de las exportaciones de la Unión Europea,
N. Considerando que la presencia económica de la Unión Europea suele ser más fuerte en los países industrializados, en los que la demanda es estática, pero bastante más débil en las regiones con un rápido crecimiento y en los mercados emergentes como China y la India,
O. Considerando que la Unión Europea está generalmente considerada como un mercado muy abierto y transparente que ataja seriamente los comportamientos anticompetitivos y garantiza unas condiciones equitativas para todas las importaciones, independientemente de su procedencia,
P. Considerando que la existencia de elevados aranceles sigue siendo un importante obstáculo al comercio, especialmente en las relaciones con los principales países emergentes,
Q. Considerando que la OMC, a pesar de seguir siendo el único foro eficaz para asegurar el acceso a los mercados y lograr un comercio no desleal y equitativo a escala global, sigue disponiendo de una fuerza reguladora y vinculante insuficiente y que la promoción del modelo europeo de gobernanza puede contribuir a seguir desarrollando normas apropiadas y garantizar un sistema de regulación del comercio mundial más estable y completo,
R. Considerando que la Comisión tiene interés en velar por que la legislación y las prácticas comerciales adoptadas por sus socios respeten al máximo las normas de la OMC y otras normas internacionales,
S. Considerando que los obstáculos al comercio y las barreras «detrás de las fronteras» no solo perjudican al comercio de bienes, sino también, y de manera importante, al comercio de servicios y a los contratos públicos,
T. Considerando que la solución de los problemas y una defensa más eficaz de los legítimos intereses y expectativas de la industria beneficiarían a la Unión Europea en cuanto a su visibilidad y credibilidad,
U. Considerando que la consecución de los objetivos de la Agenda de Lisboa revisada requiere que las empresas de la Unión Europea desarrollen y mantengan posiciones competitivas estables en los mercados globales,
V. Considerando que dicha competitividad, especialmente por lo que respecta a las pequeñas y medianas empresas (PYME), depende cada vez más de la investigación, el desarrollo, la innovación y los derechos de la propiedad intelectual,
W. Considerando que dos requisitos previos de dicha competitividad son, por una parte, un abastecimiento energético fiable y seguro y, por otra, el acceso sin impedimentos de las empresas de la Unión Europea a las más avanzadas tecnologías de la información y la comunicación,
Visión general de conjunto
1. Subraya que la aplicación efectiva de una estrategia de acceso a los mercados revisada y más ambiciosa, dirigida a la apertura de nuevos mercados mundiales para los productos y servicios europeos, redundará sin duda no solo en la expansión del papel internacional de la Unión Europea, sino también en la protección de los puestos de trabajo actuales y la creación de nuevos empleos en Europa, incrementará la competitividad de la Unión Europea y, de ese modo, contribuirá sustancialmente a la realización de los objetivos de la Estrategia de Lisboa;
2. Recuerda que la estrategia de la Unión Europea para facilitar el acceso a los mercados está concretamente dirigida a las economías desarrolladas y emergentes;
3. Subraya que el rendimiento de las exportaciones de la Unión Europea tanto hacia economías desarrolladas como a economías emergentes suele verse obstaculizado por una falta de reciprocidad respecto a las condiciones de acceso al mercado, un grado insuficiente de cumplimiento de las normas de comercio internacionales y la proliferación de prácticas comerciales desleales;
4. Insta a la Comisión a velar por la defensa de los intereses comerciales legítimos de la Unión Europea frente a prácticas comerciales abusivas o desleales por parte de terceros países y considera que, en los casos en que terceros países restringen injustificadamente el acceso de las empresas europeas a sus mercados, la Unión Europea debe reaccionar con prontitud y firmeza;
5. Observa la creciente importancia de los asuntos reglamentarios en el comercio internacional; pide una mayor coherencia entre las normas y prácticas de la Unión Europea y las de sus principales socios comerciales y hace hincapié en que la armonización de las normas y reglamentaciones no debe conducir a un debilitamiento de la legislación europea en materia de salud, seguridad o medio ambiente y ámbito social, sino, por el contrario, estimular la adopción de mejores normas por parte de los socios comerciales más importantes de la Unión Europea;
6. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten un enfoque a largo plazo de las distorsiones estructurales que, por su naturaleza, es probable que continúen o se reproduzcan incluso después de que la Comisión haya tomado medidas; insta a la Comisión a no pasar por alto aquellos casos en los que aun no siendo previsible una pronta eliminación de las barreras, su supresión, no obstante, resulta necesaria para restablecer la igualdad de condiciones en mercados exteriores clave;
7. Pide a la Comisión que considere de forma estricta y sistemática que los incumplimientos de los acuerdos y normas de la OMC y de otras disposiciones del comercio internacional que cometa cualquiera de las partes deben remediarse rápidamente, y que vele por que la observancia de dichas normas no se subordine a consideraciones políticas y económicas distintas de las propias del caso en cuestión;
8. Insta a los terceros países a que supriman las restricciones sobre la propiedad extranjera para las empresas europeas y eliminen las normas discriminatorias;
9. Acoge favorablemente el enfoque propuesto por la Comisión de realizar una selección de las prioridades de acceso a los mercados, pero insta también a esta última a que considere otros criterios que garantizarían la asistencia de esta nueva iniciativa al mayor número posible de operadores económicos en la Unión Europea y, en particular, a las PYME, cuya supervivencia depende inevitablemente de una definición clara y una aplicación efectiva de los derechos de la propiedad intelectual y de unas limitaciones firmes de los ingresos de los monopolios;
10. Subraya que el éxito de la lucha contra las barreras comerciales incentivará la inversión, la producción y el comercio en la Unión Europea y en el mundo, logrando, entre otros aspectos, unas condiciones de acceso al mercado más transparentes, previsibles y competitivas y estableciendo o consolidando las relaciones entre la Unión Europea y los mercados internacionales;
11. Está convencido de que los acuerdos de libre comercio entre la Unión Europea y determinados países carecerán de sentido si no garantizan un acceso significativo a los mercados y un progreso real en la reducción y posible supresión de las barreras no arancelarias que, cabe recordar, suelen distorsionar aún más la competencia que las barreras arancelarias;
La Comunicación de la Comisión
12. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de establecer una cooperación reforzada para facilitar a los exportadores europeos el acceso a los mercados, especialmente con el fin de lograr resultados concretos para las empresas europeas mediante la mejora del acceso a los mercados en las economías emergentes, donde las empresas europeas topan con nuevos y complejos obstáculos al comercio y a las inversiones, y acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de coordinar los objetivos e instrumentos de la política comercial y la estrategia de acceso a los mercados de la Unión Europea de modo que se utilice eficazmente el potencial de la Unión Europea en los ámbitos del comercio internacional y la competitividad global;
13. Se felicita, en particular, por las propuestas de la Comisión de establecer una cooperación reforzada entre la Comisión, los Estados miembros y las empresas de la Unión Europea con vistas a ayudar directamente a los operadores económicos a superar las dificultades concretas que encuentran en el acceso a los mercados de terceros países, y ello de un modo y período compatibles con la realidad de las empresas;
14. Considera que la Comisión puede desempeñar un papel significativo en la aplicación de la nueva estrategia de acceso a los mercados garantizando un grado adecuado de coordinación entre las acciones nacionales y las comunitarias, canalizando recursos que de otra forma quedarían dispersos y asegurando una defensa más eficaz de los derechos e intereses de los exportadores europeos;
15. Opina que a la Unión Europea le incumbe un papel irreemplazable que ha de desempeñar con el fin de garantizar condiciones iguales en el comercio internacional, en estrecha colaboración con los Estados miembros, en cumplimiento del principio de subsidiariedad y respetando el equilibrio de las competencias en vigor;
16. Destaca que es importante proceder a una evaluación cualitativa y cuantitativa periódica de los resultados de la estrategia de acceso a los mercados con el fin de controlar su eficacia; pide a la Comisión que elabore un plan de acción conveniente en materia de acceso a los mercados y que presente al Parlamento un informe anual sobre el acceso a los mercados, similar al que se presenta para los instrumentos de defensa comercial;
17. Lamenta que se haya hecho caso omiso de varias recomendaciones razonables y dictadas por la experiencia, formuladas por el mundo de las empresas, en la citada Comunicación titulada «Una Europa global - Una cooperación reforzada para facilitar a los exportadores europeos el acceso a los mercados»; insta a la Comisión a que las tenga en cuenta a la hora de poner en práctica de dicha Comunicación;
Iniciativas de acceso a los mercados en la Unión Europea
18. Subraya la necesidad de seguir desarrollando la cooperación entre la Comisión y los Estados miembros a fin de compartir información y buenas prácticas; pide a los Estados miembros que creen redes de ventanillas nacionales o, si procede, regionales para centralizar la información y las denuncias, prestando especial atención a los intereses y necesidades de las PYME;
19. Considera que la eficacia de dichas redes se incrementaría significativamente si participaran en su creación las organizaciones empresariales nacionales y locales, las cámaras de comercio, las asociaciones de PYME y los organismos de fomento del comercio;
20. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen el papel del Comité Consultivo sobre el acceso a los mercados y que garanticen un enlace permanente con el Comité del artículo 133, el Comité de Reglamentación sobre los obstáculos al comercio y los demás comités competentes;
21. Pide a la Comisión que establezca un sistema de diálogo permanente que permita a los Estados miembros y, en su caso, a las regiones y otros interlocutores europeos compartir la información y definir las estrategias y las prioridades;
22. Pide a la Comisión que considere los siguientes puntos al poner en marcha su estrategia de acceso a los mercados:
- atribuir más personal destinado en Bruselas a la unidad encargada de los asuntos de acceso a los mercados;
- crear un registro de denuncias eficaz dentro de la DG de Comercio;
- desarrollar orientaciones estructuradas para abordar cada categoría de barreras no arancelarias;
- crear un equipo de apoyo a los Estados miembros y las empresas (con una sección dedicada a las PYME) dentro de la DG de Comercio;
- revisar y reforzar la política de comunicación relativa a los servicios sobre acceso a los mercados que ofrece la Comisión, con un énfasis especial en las PYME;
- incrementar el número de usuarios potenciales al ofrecer información básica (por ejemplo, en folletos y desplegables) en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea;
- perfeccionar la base de datos de acceso a los mercados (MADB) para responder mejor a las necesidades de las empresas y lograr mayor facilidad de uso;
- mejorar la cooperación, coherencia y comunicación internas entre los servicios de la Comisión que se ocupan de los asuntos de acceso a los mercados;
- garantizar la participación de representantes del mundo de las empresas en el Comité Consultivo sobre el acceso a los mercados;
- desarrollar directrices estructuradas para las prioridades, incluidos los mercados, sectores y obstáculos en que conviene centrarse;
- consolidar su posición ante las instancias internacionales de normalización como la Organización Internacional de Normalización (ISO);
Iniciativas de acceso a los mercados en los terceros países
23. Insta a una coordinación más estructurada entre la Comisión y los Estados miembros en los terceros países, lo que permitiría un uso más eficiente de los recursos diplomáticos y gubernamentales dedicados a los asuntos de acceso a los mercados;
24. Subraya la necesidad de conceder un mandato claro y ambicioso a las delegaciones de la Unión Europea y a los equipos especializados en acceso a los mercados, de reciente creación, que operan en los terceros países; reitera que la estrategia de acceso a los mercados solo tendrá éxito si los Estados miembros están dispuestos a contribuir con unos recursos propios, tanto humanos como financieros, que sean proporcionales a sus posibilidades, intereses y objetivos;
25. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que fortalezcan la cooperación con las cámaras de comercio y las asociaciones comerciales europeas y con los organismos nacionales de fomento del comercio que operan en los terceros países, y que velen por un adecuado intercambio de información entre las delegaciones, las embajadas de los Estados miembros, otros organismos nacionales de comercio exterior y las organizaciones empresariales europeas interesadas;
26. Hace un llamamiento a la Comisión para que vuelvan a considerarse prioritarios y, en su caso, se refuercen los recursos en términos de personal para las delegaciones de la Unión Europea, a fin de que se disponga de más personal para el lanzamiento y el debido funcionamiento de los equipos de acceso al mercado, en particular en las principales delegaciones como en Pekín, Nueva Delhi, Moscú y Brasilia, entre otras;
Asuntos sectoriales
27. Respalda la creación de iniciativas, en el marco de la estrategia de acceso a los mercados, dedicadas a abordar en particular las barreras en materia de servicios, contratos públicos, inversiones y derechos de la propiedad intelectual, ayudas estatales y otras subvenciones, así como a establecer normas de competencia y garantizar su correcta aplicación en los terceros países;
28. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a velar por que las PYME estén en condiciones de beneficiarse consecuentemente de las nuevas iniciativas de acceso a los mercados; pide a la Comisión que defina acciones ad hoc destinadas a fortalecer la presencia de productos de las PYME en los mercados de los terceros países y defender sus derechos legítimos frente a prácticas unilaterales de terceros países;
El enfoque multilateral
29. Subraya la necesidad de crear sinergias con los principales socios comerciales de la Unión Europea (como los Estados Unidos de América, Canadá y Japón) con vistas a definir una estrategia común de acceso a los mercados y trazar el camino del tan necesario acuerdo multilateral sobre el acceso a los mercados;
30. Reitera la necesidad de seguir fomentando una cooperación reguladora internacional más intensa y la aproximación correspondiente a fin de suprimir todo despilfarro o solapamiento y de reducir los costes para el consumidor, la industria y los Gobiernos; pide a la Comisión que promueva la progresiva aproximación de los estándares y las normas de la Unión Europea y de sus socios comerciales, tanto a nivel multilateral como bilateral;
31. Pide a la Comisión que promueva mecanismos de la OMC que permitan un examen más rápido para abordar las nuevas y emergentes barreras no arancelarias; opina que, a este respecto, la Comisión ha de incitar a los demás socios comerciales a que incrementen el uso de los procedimientos de notificación conforme a los Acuerdos sobre Obstáculos Técnicos al Comercio;
32. Insiste en que se siga haciendo claramente hincapié en el cumplimiento de las normas y en velar por que los terceros países respeten las obligaciones que les incumben en el marco de la OMC, recurriendo al mecanismo de solución de diferencias de la OMC para hacer valer este derecho;
Mirando hacia el futuro
33. Es de la opinión de que, salvo en casos justificados por consideraciones de desarrollo, la Unión Europea debería hacer todo lo que esté en su poder para obtener concesiones de sus socios comerciales que sean proporcionales al nivel de desarrollo de estos últimos;
34. Insta a la Comisión a incluir en la nueva generación de acuerdos de libre comercio y en otros acuerdos con implicaciones comerciales unas disposiciones claras de cumplimiento y resolución de conflictos, especialmente dirigidas a abordar las barreras «detrás de fronteras»;
35. Pide a los socios comerciales de la Unión Europea a que desmantelen toda barrera que limite el acceso a los mercados de mercancías y servicios y a que, en su lugar, optimicen las oportunidades comerciales mutuas sobre la base de la reciprocidad, incluso aplicando satisfactoriamente medidas de apertura del mercado resultantes de negociaciones bilaterales, regionales y multilaterales;
36. Pide a la Comisión que informe anualmente al Parlamento sobre los progresos y los resultados obtenidos por la estrategia de acceso a los mercados y que preste especial atención a las prioridades establecidas;
o
o o
37. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
ExpOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comunicación titulada «Una Europa global - Una cooperación reforzada para facilitar a los exportadores europeos el acceso a los mercados», publicada por la Comisión el 18 de abril de 2007, representa de forma incuestionable un gran paso hacia una protección mejor y más efectiva de los intereses comerciales de Europa en el mundo.
La política comercial exterior de la Unión Europea, que inicialmente quedó desatendida en la «Estrategia de Lisboa», en los últimos años vuelve a estar notoriamente en primer plano como tema de actualidad. La globalización ha puesto en duda el equilibrio establecido desde hace tiempo y ha exigido un profundo replanteamiento de los fines y las prioridades de la Unión Europea, tanto internos como externos.
La capacidad competitiva de la industria europea debe sin duda situarse en un lugar destacado de la agenda comunitaria. Si se puede conseguir que las empresas europeas sean más competitivas, será posible crear puestos de trabajo cualificados, asegurar el crecimiento económico de Europa, garantizar la supervivencia del sistema de bienestar social europeo y lograr que la Unión Europea pueda seguir siendo una potencia comercial de primer orden en el siglo XXI.
A lo largo de los últimos años, la Comisión ha depositado muchas de sus esperanzas en un resultado satisfactorio de las negociaciones de la Ronda de Doha, subestimando con frecuencia la contribución que puede hacer la política comercial al éxito de la Estrategia de Lisboa. El fracaso de las negociaciones multilaterales y el resultado bastante infructuoso de las iniciativas europeas en el área de la competitividad han obligado últimamente a la Unión Europea a revisar su enfoque de arriba a abajo; así pues, en 2005 se modificó la Estrategia de Lisboa y en 2006 se publicó una comunicación titulada «Una Europa global - Competir en el mundo».
Uno de los aspectos esenciales de la «Europa global» es indudablemente el acceso a los mercados, por motivos numerosos y diversos. La Unión Europea es el mayor exportador de mercancías del mundo, el principal proveedor de servicios y el líder en el ámbito de los contratos públicos y los servicios financieros y de seguros. Se trata, en otras palabras, de una gran potencia económica orientada hacia las exportaciones.
La capacidad competitiva de Europa obedece a la calidad de su mano de obra, a una tradición de excelencia que se remonta a muchos siglos atrás y a un mercado único muy influido por la competencia en el que las prácticas comerciales desleales son castigadas severamente. Sin embargo, el elevadísimo grado de apertura y transparencia del mercado comunitario no tiene su equivalente en los mercados de los principales socios comerciales de Europa.
Los problemas residen especialmente en los países emergentes, que están registrando las mayores tasas de crecimiento económico y constituyen algunos de los mercados más prometedores para los bienes y servicios europeos. Este aspecto es especialmente importante, dado que la presencia comercial de la Unión Europea es mucho mayor en países industrializados prácticamente «saturados» como Estados Unidos que en países emergentes como China o la India. Un mayor acceso a mercados extranjeros para los productos y servicios europeos de alto valor añadido podría ayudar a detener el actual declive industrial de Europa y beneficiaría enormemente al crecimiento económico y al empleo.
Las negociaciones multilaterales y el establecimiento de la OMC han tenido algunos efectos positivos, ya que han servido para reducir, si no eliminar, las barreras arancelarias que antes obstaculizaban el desarrollo del comercio mundial.
Sin embargo, en lo que a las barreras no arancelarias se refiere, el panorama no es tan halagüeño. En virtud de unos procedimientos aduaneros desalentadores, de unas normativas sanitarias o técnicas discriminatorias, de diversos obstáculos administrativos, de las graves infracciones de los derechos de propiedad intelectual y de las prácticas restrictivas con respecto a la contratación pública o la inversión extranjera, el acceso a los mercados de ciertos países no pertenecientes a la Unión Europea es algo sumamente difícil y caro, sobre todo para las PYME que cuentan con fondos y recursos limitados.
Acabar con las barreras no arancelarias es fácil; pero así como las cabezas de la mítica Hidra seguían reproduciéndose, se crean cada día nuevos obstáculos, y cada vez más sofisticados y difíciles de eliminar. De hecho, las barreras arancelarias son tan diversas que su repercusión en el comercio mundial no se puede evaluar de manera fiable. Pero aun sin contar con cifras exactas, es razonable suponer que tienen repercusiones muy graves en los resultados de las exportaciones europeas y, por consiguiente, se debe luchar contra ellas con la máxima determinación.
La eliminación de estas restricciones al comercio ayudaría no sólo a los países más industrializados, sino también, y sobre todo, a los países en desarrollo, los cuales, debido a su debilidad económica relativa y escasez de recursos, se encuentran indefensos a todos los efectos ante las prácticas abusivas.
Aunque el ponente respalda en esencia la comunicación sobre el acceso a los mercados, también se siente obligado a señalar que la Comisión podría haber hecho más y tendría que haber sido más atrevida.
A la Comisión aparentemente no le preocupa el número de funcionarios que se ocupan del acceso a los mercados, tanto en la Unión Europea como en países no pertenecientes a ésta (en una gran delegación como la radicada en Pekín, por ejemplo, los asesores comerciales representan sólo el 7 % del personal). En la comunicación tampoco se dice nada sobre fondos destinados específicamente a establecer un sistema europeo de información y apoyo para las empresas exportadoras; y, además, se debería haber prestado más atención a las propuestas procedentes del mundo empresarial.
Muchas de las innovaciones mencionadas en la comunicación requieren la participación activa de los Estados miembros. A menos que éstos participen de manera entusiasta y sin reservas, la nueva estrategia de accesos a los mercados definida por la Comisión está abocada al fracaso. Los Estados miembros, por lo tanto, deben asumir resueltamente sus responsabilidades y proporcionar los recursos económicos y humanos necesarios para que la iniciativa salga adelante. Tales recursos están ya disponibles hasta cierto punto, pero están deplorablemente infrautilizados. La puesta en común de los recursos comerciales nacionales, el intercambio periódico de información y el establecimiento de una red efectiva de todos los que participan en el apoyo al comercio (en los niveles nacional y regional) son medidas que podrían ayudar a fomentar la capacidad competitiva exterior de Europa en su conjunto.
Pero la Comisión puede desempeñar un papel importante. Europa debe hablar al unísono y elaborar un enfoque político coherente hacia aquellos socios comerciales que se muestran reticentes a abrir sus mercados. La Comisión debería ponerse a movilizar recursos que de otro modo se desperdiciarían y organizar iniciativas de la Unión Europea, sin por ello usurpar funciones y responsabilidades que deben recaer en los Estados miembros. Asimismo, se tendría que crear una «oficina de denuncias» para recibir estas últimas y transmitirlas, en caso necesario, a las autoridades nacionales competentes.
La Comisión debería además mejorar su política de comunicación en lo que al acceso a los mercados se refiere, mediante la celebración de seminarios y foros de debate en Bruselas y en los Estados miembros, la oferta de mejores servicios básicos (por ejemplo folletos o instrucciones en todas lenguas europeas) y la organización de cursos de formación para funcionarios y representantes del mundo empresarial que desempeñen su labor en equipos de acceso a los mercados en países de fuera de la Unión Europea o que sean responsables de estos temas en los Estados miembros. El diálogo con los Estados miembros se debería llevar a cabo a través del Comité Consultivo sobre Acceso a los Mercados, al que habría que conferir mayores facultades de iniciativa y de orientación.
La base de datos de acceso a los mercados es una herramienta útil en la referente a las medidas para combatir las barreras no arancelarias. Su utilidad, no obstante, se podría mejorar haciendo el sistema más fácil de utilizar y ampliándolo para incluir contenidos e información de interés para el mundo de la empresa y secciones especiales sobre servicios y contratos públicos.
La Comisión, además, podría basar su actuación en una valoración exacta de los intereses económicos en juego, dentro de los cuales el interés de la economía europea en su conjunto debería primar sobre los intereses –aunque legítimos– de individuos y sectores específicos. También sería muy aconsejable reforzar las iniciativas dirigidas a las PYME, pues de otro modo se correría el riesgo de que los beneficios derivados del nuevo compromiso comunitario con respecto al acceso a los mercados quedaran restringidos a un pequeño número de sectores económicos fuertes e influyentes, sin hacerse extensivos a las empresas que hoy en día representan la mayor parte del tejido económico europeo y que son las que con más probabilidad pueden verse afectadas por las prácticas restrictivas establecidas en otros lugares.
La Unión Europea no debe tener miedo a defender sus intereses legítimos, ya sea por medio de una política comercial y diplomática más coherente y decidida o empleando los medios que ofrece la OMC o los medios previstos en acuerdos regionales o bilaterales (el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC es un ejemplo evidente).
Los acuerdos comerciales de nueva generación deberían incluir cláusulas de salvaguardia que permitieran a la Unión Europea eliminar las barreras no arancelarias sin tardanza y con el menor coste posible para las empresas y los contribuyentes europeos.
Un resultado satisfactorio de las negociaciones de Doha podría haber abierto nuevos horizontes de acceso a los mercados. Sin descuidar las negociaciones sobre acuerdos bilaterales con los principales socios comerciales de Europa, la Comisión debería presionar a favor de un acuerdo marco que permitiera la introducción de normativa específica sobre cuestiones relacionadas con las barreras no arancelarias y el arbitrio de soluciones rápidas siempre que surgieran diferencias a causa de la falta de aplicación o del incumplimiento del acuerdo.
Algunos aspectos se tendrían que haber estudiado con mayor profundidad, entre ellos la obligación de que los Estados miembros de la OMC notificaran cualquier medida capaz de obstruir el comercio, así como el establecimiento de un órgano de arbitraje ad hoc para resolver las diferencias y, en su caso, autorizar medidas comerciales antidumping.
Otra manera de aminorar los efectos de las barreras no arancelarias es armonizar las normativas de los países miembros de la OMC. Los avances conseguidos en el Diálogo Regulador Trasatlántico mantenido con los Estados Unidos deberían alentar a la Comisión a introducir a otros socios comerciales en el marco de esta iniciativa.
Por último, los esfuerzos por combatir las barreras al comercio dependen de que mejoren las consultas a escala internacional. Lograr unos mercados abiertos y competitivos ayuda a toda la economía mundial, con independencia de donde estén asentados los productores de bienes y servicios. Este principio es válido tanto dentro de la Unión Europea (las sociedades europeas deberían cooperar más estrechamente entre sí) como fuera de la misma, para los países que comparten unos mismos intereses comerciales.
El Parlamento puede desempeñar un papel fundamental en la definición de las prioridades comerciales de la Unión Europea. Habría que organizar consultas permanentes con la comisión parlamentaria competente; se debería elaborar un informe anual (siguiendo la estructura del acuerdo aplicable a los instrumentos de defensa del comercio) acerca del sistema aplicado por la Comisión; y, cuando proceda, el Parlamento debería participar en las iniciativas y en las misiones de alto nivel encaminadas a solucionar las diferencias en torno al acceso a los mercados. Todas ellas son medidas que convendría adoptar, entre otras cosas para ayudar a preparar la entrada en vigor del nuevo tratado «constitucional».
Conclusiones y recomendaciones
La nueva estrategia de acceso a los mercados definida por la Comisión constituye un paso hacia adelante importante, pero no suficiente. La Comisión ha tenido el mérito de reabrir el debate sobre el acceso a los mercados, pero, junto con los Estados miembros, tiene que hacer más y, sobre todo, ser más atrevida, si es que se pretende que la iniciativa sea un éxito.
La comunicación, por consiguiente, se debe «madurar» para que englobe las nuevas ideas y las nuevas aportaciones necesarias a la luz tanto de las necesidades empresariales como de la experiencia sobre el terreno. Los equipos dedicados al acceso a los mercados y la base de datos al respecto no funcionarán en países de fuera de la Unión Europea a menos que la Comisión y los gobiernos nacionales les den el apoyo necesario y que sean capaces de ofrecer un auténtico servicio a la industria europea. Es preciso situar a las empresas europeas, en especial las PYME, en una posición que les permita aprovechar los servicios de la Comisión; y la manera de lograrlo es contar con una política de información efectiva y con un apoyo nacional y regional más completo.
No hay duda de que los aspectos externos de la comunicación se deben reforzar. Además de un uso más decidido de los medios ya disponibles, se deben proporcionar nuevos instrumentos multilaterales o bilaterales (en la OMC y mediante la celebración de acuerdos de libre comercio o de acuerdos de asociación y cooperación) para posibilitar la eliminación de las barreras no arancelarias y la adopción de medidas eficaces para erradicar los abusos.
También sería deseable trabajar en más estrecha coordinación con otros países industrializados, entablar diálogos sobre regulación e ir armonizando paulatinamente las normativas técnicas y sanitarias, sin por ello menoscabar la protección de que gozan los ciudadanos europeos.
OPINIÓN de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (27.11.2007)
para la Comisión de Comercio Internacional
sobre la estrategia de la UE para facilitar a las empresas europeas el acceso a los mercados
(2007/2185(INI))
Ponente de opinión: Edit Herczog
SUGERENCIAS
La Comisión de Industria, Investigación y Energía pide a la Comisión de Comercio Internacional, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
– Vista su Resolución, de 22 de mayo de 2007, sobre una Europa global - Aspectos externos de la competitividad[1],
A. Considerando que la consecución de los objetivos de la Agenda de Lisboa revisada requiere que las empresas de la Unión Europea desarrollen y mantengan posiciones competitivas estables en los mercados globales,
B. Considerando que dicha competitividad, especialmente por lo que respecta a las PYME, depende cada vez más de la investigación, el desarrollo, la innovación y la propiedad intelectual,
C. Considerando que dos requisitos previos de dicha competitividad son, por una parte, un abastecimiento energético fiable y seguro y, por otra, el acceso sin impedimentos de las empresas de la UE a las más avanzadas tecnologías de la información y la comunicación,
D. Considerando que la UE, como mercado integrado y como organización internacional, puede contribuir eficazmente, con sus conocimientos y su capacidad de negociación, a los esfuerzos de las empresas de la UE para acceder a los mercados de terceros países,
1. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de coordinar los objetivos e instrumentos de la política comercial y la estrategia de acceso a los mercados de la UE de modo que se utilice eficazmente el potencial de la UE en los ámbitos del comercio internacional y la competitividad global;
2. Hace hincapié en la importancia de una priorización específica y temática (más que sectorial) de las acciones que deben emprenderse para promover la competitividad exterior de las empresas de la UE e insiste, en particular, en la necesidad de elaborar y aplicar eficazmente normas sobre la protección de la propiedad intelectual;
3. Insta a los Estados miembros, las asociaciones empresariales y otras organizaciones representativas, junto con la Comisión, a que redoblen sus esfuerzos y contribuyan a la cooperación, la evaluación comparativa y el intercambio de conocimientos especializados y buenas prácticas, de modo que los conocimientos compartidos en materia de comercio de la UE puedan servir mejor a los intereses de las empresas de la UE, en particular de las PYME que operan en mercados de terceros países.
RESULTADO FINAL DE LA VOTACIÓN EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
22.11.2007 |
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Resultado de la votación final |
+: −: 0: |
36 0 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Jan Březina, Jerzy Buzek, Pilar del Castillo Vera, Jorgo Chatzimarkakis, Giles Chichester, Den Dover, Nicole Fontaine, Adam Gierek, Norbert Glante, Umberto Guidoni, András Gyürk, David Hammerstein, Erna Hennicot-Schoepges, Ján Hudacký, Romana Jordan Cizelj, Werner Langen, Anne Laperrouze, Eluned Morgan, Angelika Niebler, Reino Paasilinna, Miloslav Ransdorf, Vladimír Remek, Paul Rübig, Andres Tarand, Britta Thomsen, Radu Ţîrle, Patrizia Toia, Catherine Trautmann, Claude Turmes, Nikolaos Vakalis y Alejo Vidal-Quadras |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Neena Gill, Lambert van Nistelrooij y Vladimir Urutchev |
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Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Holger Krahmer y Umberto Pirilli |
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- [1] Textos Aprobados P6_TA(2007)0196.
RESULTADO FINAL DE LA VOTACIÓN EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
18.12.2007 |
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Resultado de la votación final |
+: −: 0: |
22 5 1 |
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Miembros presentes en la votación final |
Francisco Assis, Graham Booth, Daniel Caspary, Christofer Fjellner, Ignasi Guardans Cambó, Jacky Hénin, Syed Kamall, Sajjad Karim, Alain Lipietz, Caroline Lucas, Marusya Ivanova Lyubcheva, Erika Mann, David Martin, Vural Öger, Georgios Papastamkos, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Peter Šťastný, Robert Sturdy, Gianluca Susta, Daniel Varela Suanzes-Carpegna, Iuliu Winkler y Corien Wortmann-Kool |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Stavros Arnaoutakis, Jean-Pierre Audy, Jens Holm y Jan Marinus Wiersma, |
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Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Guy Bono y Ulrich Stockmann |
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