INFORME sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE
7.2.2008 - (2007/2107(INI))
Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
Ponente: Csaba Sándor Tabajdi
:
Ponente de opinión (*): Werner Langen, Comisión de Industria, Investigación y Energía
(*) Procedimiento de comisiones asociadas – artículo 47 del Reglamento
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 7 de diciembre de 2005, titulada «Plan de acción sobre la biomasa» (COM(2005)0628),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de enero de 2007, titulada «Programa de trabajo de la energía renovable - Las energías renovables en el siglo XXI: construcción de un futuro más sostenible» (COM(2006)0848),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de noviembre de 1997, titulada «Energía para el futuro: fuentes de energía renovables - Libro blanco para una estrategia y un plan de acción comunitarios» (COM(1997)0599),
– Vista la Directiva 2001/77/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, relativa a la promoción de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en el mercado interior de la electricidad[1],
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de mayo de 2004, titulada «La cuota de las energías renovables en la UE - Informe de la Comisión de conformidad con el artículo 3 de la Directiva 2001/77/CE. Evaluación de la incidencia de los instrumentos legislativos y otras políticas comunitarias en el desarrollo de la contribución de las fuentes de energía renovables en la UE y propuestas de medidas concretas» (COM(2004)0366),
– Visto el Programa de la Comisión «Energía inteligente — Europa»[2] y su Comunicación de 8 de febrero de 2006 titulada «Estrategia de la UE para los biocarburantes» (COM(2006)0034),
– Vista la Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2003, relativa al fomento del uso de biocarburantes u otros combustibles renovables en el transporte[3],
– Visto el Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores[4], y el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)[5],
– Vista la Decisión nº 280/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, relativa a un mecanismo para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero en la Comunidad y para la aplicación del Protocolo de Kyoto[6],
– Vista la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad[7],
– Vista su Resolución, de 29 de septiembre de 2005, sobre la cuota de las energías renovables en la UE y las propuestas de medidas concretas[8],
– Vista su Resolución, de 23 de marzo de 2006, sobre la promoción de los cultivos vegetales con fines no alimentarios[9],
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6‑0034/2008),
A. Considerando que el Libro Blanco para una estrategia y un plan de acción comunitarios - fuentes de energía renovables (COM(1997)0599) fija el objetivo de aumentar las energías renovables del 6 % en 1995 al 12 % en 2010,
B. Considerando que, en su «Plan de acción sobre la biomasa», la Comisión declaró que para lograr ese objetivo iba a ser necesario aumentar la cantidad de energía producida a partir de biomasa en más del doble;
C. Considerando que la agricultura y el sector forestal han contribuido en la Unión Europea a mitigar los efectos del cambio climático, como lo demuestra el hecho de que las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la agricultura descendieron en un 10 % entre 1990 y 2004 en la UE-15 y en un 14 % en la UE-25, y considerando que se espera que, para 2010, las emisiones procedentes de la agricultura europea se sitúen un 16 % por debajo de su nivel en 1990,
D. Considerando que existe un amplio potencial para aumentar considerablemente la producción de biogás, en particular si se tiene en cuenta la contribución potencial de las explotaciones ganaderas (estiércol), lodos, residuos y plantas inapropiadas para la alimentación humana y animal, pero que hay que tener en cuenta los efectos de la explotación energética de los efluentes de la ganadería en la estructura del suelo y en los organismos que éste aloja,
E. Considerando que a partir del estiércol, las plantas energéticas, el lodo y los residuos orgánicos sólo se producen hasta ahora 50 PJ de biogás, mientras que sólo el potencial del estiércol es de 827 PJ,
F. Considerando que la producción de biogás y las correspondientes instalaciones están distribuidas de manera irregular en Europa, lo que demuestra una vez más que no se aprovecha el potencial en toda su medida,
G. Considerando que el biogás puede explotarse de muchas maneras útiles, incluida la producción de electricidad, la calefacción, la refrigeración, el carburante para vehículos, etc.,
H. Considerando que el uso de la biomasa para la producción de electricidad puede contribuir a la reducción de gases de efecto invernadero y que se considera una de las fuentes de energía para la calefacción más baratas,
I. Considerando que el desarrollo de las instalaciones de biogás basadas en plantas energéticas se ha ralentizado considerablemente debido al rápido aumento de los precios de los cereales, el suministro de alimentos y las preocupaciones medioambientales,
J. Considerando que las preocupaciones en relación con la conexión entre la producción de bioenergía (fundamentalmente bioetanol y biodiésel) y el aumento de los precios de los cereales y de los alimentos en el mercado mundial no tienen que ver con la producción de biogás basada en el uso de estiércol, el lodo, los residuos orgánicos y los subproductos de cultivos inapropiados para la producción de alimentos y piensos, además de que el procesamiento seguro de esos materiales es en cualquier caso una tarea necesaria,
K. Considerando que en los nuevos Estados miembro el estiércol se produce en una mezcla que lleva el 20 % o más de paja y pueden transcurrir largos lapsos de tiempo entre la producción y la retirada manual del mismo, lo que no se adapta a ninguna forma de fermentación,
Biogás como recurso vital
1. Reconoce que el biogás es un recurso energético vital que contribuye a un desarrollo económico, agrícola y rural sostenible y a la protección del medio ambiente;
2. Destaca la contribución que el biogás puede aportar a la reducción de la dependencia energética de la Unión Europea;
3. Subraya que la producción de biogás a partir de estiércol, lodos y residuos municipales, orgánicos y animales favorece la diversificación del sector energético y puede de ese modo, en creciente medida, contribuir a la seguridad, competitividad y sostenibilidad del aprovisionamiento energético europeo, ofreciendo asimismo a la agricultura nuevas perspectivas de ingresos;
4. Considera que la utilización de biogás, especialmente para la producción de calor y electricidad, podría contribuir significativamente al objetivo de que, con carácter vinculante a partir del año 2020, el 20 % de la energía consumida en la Unión Europea proceda de fuentes renovables;
5. Subraya que, a largo plazo, las energías renovables tales como el biogás y los biocombustibles, en conjunción con la energía solar y la energía eólica y a condición de realizar mayores esfuerzos en materia de investigación, pueden lograr una más amplia independencia respecto de las fuentes energéticas fósiles y atómicas;
6. Alienta tanto a la Unión Europea como a los Estados miembros a explotar el elevado potencial del biogás, creando un entorno favorable y manteniendo y desarrollando los regímenes de ayuda para incentivar las inversiones en plantas de biogás y el mantenimiento de las mismas;
Medio ambiente, eficiencia energética y sostenibilidad
7. Resalta que el biogás procedente del estiércol presenta numerosas ventajas medioambientales, tales como la reducción de metano y emisiones de CO2, la reducción de emisiones de partículas y monóxidos de nitrógeno, un olor mucho menos desagradable, la higienización de los purines y una mejor capacidad de fertilización del nitrógeno en el estiércol tratado, lo que supone que se necesita menos nitrógeno para alcanzar el mismo efecto fertilizante;
8. Subraya que la producción de agrocombustibles a partir de los residuos no debería convertirse en un objetivo en sí misma; considera que la reducción de los residuos debería continuar siendo una prioridad para la política medioambiental de la Unión Europea y para la de los Estados miembros;
9. Pide que se utilicen en mayor medida los purines como fuente de biogás, dado que todavía ofrecen un gran potencial, y que paralelamente se refuerce el carácter descentralizado de las instalaciones de biogás productoras de energía; constata que, mediante una mayor utilización de los purines, se reducirán considerablemente las emisiones de metano en el almacenamiento de los mismos;
10. Subraya que el estiércol, las aguas residuales municipales y los residuos agroindustriales pueden contener sustancias (bacterias, virus, parásitos, metales pesados, substancias orgánicas nocivas) que pueden suponer una amenaza para la salud pública y el medio ambiente; insta a la Comisión a garantizar que se tomen las debidas precauciones para evitar la contaminación y la difusión de esas sustancias y de las enfermedades que puedan ocasionar;
11. Señala que el uso de lodos y residuos animales u orgánicos mejorará la eficiencia de las instalaciones de biogás; señala que los problemas de higiene en caso de utilización de residuos animales pueden controlarse en la mayor parte de los casos de manera comparativamente más fácil;
12. Pide asimismo la utilización de productos de transformación de primer grado, tales como las peladuras de patata o la pulpa de frutos, como biomasa en las instalaciones de biogás;
13. Subraya que se espera que el desarrollo en el campo técnico y de gestión aumente aún más en un futuro próximo, lo que incrementará las ventajas medioambientales y sanitarias de las plantas de biogás que utilizan estiércol, purines y residuos orgánicos;
14. Cree que las instalaciones de biogás, al igual que las explotaciones con animales, han de presentar garantías de sostenibilidad y unas dimensiones adaptadas a su región, de modo que sus ventajas medioambientales puedan dar lugar a una mayor aceptación de dichas explotaciones, que se enfrentan a muchos problemas debido al aumento de las quejas de los vecinos y del público en general;
15. Destaca que una instalación de biogás a partir del estiércol, los purines y los residuos orgánicos puede dar lugar a una mayor lixiviación de amoniaco, pero señala que este efecto colateral puede evitarse de manera relativamente fácil y las medidas preventivas pueden integrarse en la legislación nacional relativa a las instalaciones de biogás así como en las ayudas concedidas a dichas instalaciones;
16. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que garanticen la exclusión de fugas de metano en las instalaciones de biogás, dado que tales fugas podrían neutralizar los efectos positivos en materia de calentamiento climático;
Viabilidad económica y regímenes de ayuda
17. Subraya que toda ayuda financiera para las instalaciones de biogás debe basarse en la eficiencia, el desarrollo técnico y el balance positivo de los gases de efecto invernadero, la creación de un valor añadido en las explotaciones agrícolas y en las zonas rurales y otras ventajas económicas y medioambientales de las instalaciones; afirma que la seguridad del abastecimiento alimentario de la población no se ha de poner en peligro;
18. Observa con profunda preocupación una creciente competencia en muchos Estados miembros entre el uso energético y el uso en la cadena alimentaria de ciertos productos agrícolas como el maíz; subraya que esta competencia ha provocado una considerable subida de los precios de los piensos;
19. Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que, en las futuras propuestas encaminadas a la regulación del sector del biogás, no sólo examinen sus aspectos medioambientales sino también su influencia en una producción de alimentos cualitativa y sostenible;
20. Subraya que debe darse prioridad a la producción de biogás basada en el estiércol, los lodos y los residuos animales y orgánicos, ya que la sostenibilidad y las ventajas medioambientales de ésos métodos son inequívocas;
21. Toma nota de que las dimensiones óptimas de una planta de biogás dependen de varias circunstancias que determinan las economías de escala, y que deberían estudiarse detalladamente; considera que, además de la evaluación económica y el balance de los gases de efecto invernadero, conviene sobre todo evaluar los efectos de la dimensión de las instalaciones en el entorno paisajístico, habida cuenta de la extensión de ciertos monocultivos;
22. Subraya que lo mejor para los operadores de plantas de biogás, tanto desde un punto de vista medioambiental como económico, sería combinar y utilizar todas las sustancias orgánicas disponibles;
23. Considera que el joven e innovador sector del biogás debe ciertamente ser objeto de fomento al principio, pero que los sistemas para su promoción sólo deben seguir vigentes hasta que el sector sea comercialmente viable; pide, por consiguiente, que se prevea para la Unión Europea un instrumento uniforme de apoyo parecido a la ley alemana sobre energías renovables;
24. Señala que la financiación de instalaciones de biogás basadas únicamente en vegetales debe continuarse bajo un control cuidadoso y una reorientación hacia las instalaciones y los sistemas más avanzados y eficientes, con el fin de garantizar la ventaja económica y técnica de Europa y explorar opciones para el futuro;
25. Pide a la Comisión que informe sobre la manera de introducir criterios sobre la eficiencia y la sostenibilidad económica y medioambiental de los cultivos energéticos, para que esta técnica relativamente nueva sea más respetuosa del medio ambiente, y garantizar que se aborden convenientemente las preocupaciones relacionadas con la producción y el abastecimiento de alimentos;
26. Pide mayores esfuerzos para investigar y fomentar nuevos procedimientos técnicos sobre el biogás, especialmente para la explotación de la biomasa (segunda generación de biogás) como biocombustible y para elevar la rentabilidad de las instalaciones de biogás, que proporcionan los mayores beneficios ambientales, ya que sólo con una tecnología innovadora, como las técnicas de reciclado del gas, se puede aumentar significativamente la eficacia de las instalaciones de biogás;
27. Subraya, en este sentido, la importancia de la «ingeniería genética verde» y pide mayores esfuerzos de los Estados miembros y de la Comisión en favor de la investigación sobre tecnologías fitosanitarias y de semillas más modernas de manera que la producción de biogás no compita con la producción de alimentos de elevada calidad y pueda aumentar considerablemente la proporción de biomasa por unidad de terreno;
28. Recuerda a los Estados miembros y a la Comisión que no es posible avanzar más en materia de biogás sin financiación adicional; recuerda que la financiación debe destinarse a la investigación y el desarrollo, a la promoción de resultados a partir de proyectos específicos, a las instalaciones y a una mayor ayuda para la «electricidad verde» y el «gas verde»;
29. Recuerda que aquellos Estados miembros que están concediendo incentivos adicionales a la «energía verde» mediante subvenciones adecuadas a los precios u otras medidas son los que están teniendo más éxito en la promoción del biogás;
30. Considera que la producción de «gas verde» debe subvencionarse de la misma manera que la «electricidad verde»;
31. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que la financiación procedente de los programas europeos y nacionales se destine a las instalaciones más eficientes y sostenibles, especialmente a las instalaciones que producen electricidad y calor o a la instalación de infraestructuras y redes para la valorización y la alimentación de la red de gas natural con biogás;
32. Subraya en este sentido que la alimentación de las redes con electricidad, calor y gas natural debe efectuarse sin discriminaciones, y pide que el biogás se equipare al gas natural de manera que pueda desarrollar todo su potencial una vez se haya introducido en la red de gas natural;
33. Considera que la simplificación de los procedimientos para el comercio de CO2 puede contribuir sustancialmente a la viabilidad económica y a la sostenibilidad de las plantas de biogás;
34. Subraya que las instalaciones de biogás pueden ayudar a los agricultores que no disponen de capacidad suficiente para almacenar el estiércol a solucionar ese problema de manera económicamente viable;
35. Pide la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que el establecimiento de plantas de biogás así como la autorización del uso de residuos orgánicos y lodos no se vea impedido por procedimientos y reglamentaciones burocráticos innecesariamente prolijos;
36. Destaca las grandes diferencias en duración y contenido que existen entre los procedimientos nacionales de autorización de las instalaciones de biogás y pide a los Estados miembros que velen por que los requisitos nacionales en materia de ordenación territorial y concesión de licencias y autorizaciones no constituyan obstáculos innecesarios;
37. Pide un procedimiento de autorización simplificado para la construcción de instalaciones de biogás;
38. Pide a la Comisión que cree una lista positiva común de productos cuyo uso esté autorizado en las instalaciones de biogás, a fin de crear unas condiciones de igualdad entre los agricultores de los diferentes Estados miembros;
39. Alienta a los agricultores a cooperar en el establecimiento y gestión de plantas de biogás;
Necesidad de revisar la legislación de la UE
40. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen una política coherente en materia de biogás; pide a la Comisión que presente un informe especifico sobre el biogás y su promoción en Europa señalando los cambios necesarios en las legislaciones comunitaria y nacional con el fin de facilitar una mayor expansión del sector del biogás, destacando los métodos más eficientes para utilizar la financiación y los programas europeos así como ofreciendo ejemplos de buenas prácticas; pide igualmente en este marco una evaluación de las repercusiones de las diversas formas de producción de biogás para el clima, la ecología paisajística, la renta agrícola y la seguridad alimentaria a escala planetaria;
41. Aboga por la adopción de una directiva comunitaria sobre la producción de biogás que incluya los siguientes elementos:
a) Objetivos específicos para el uso prioritario del estiércol, por ejemplo en forma de cuota de estiércol que se procesa, teniendo en cuenta las condiciones y la situación de la agricultura en los Estados miembros,
b) Estadísticas anuales e informes sobre la producción de biogás agrícola para poder hacer el seguimiento de los objetivos,
c) Medidas para la construcción y promoción de instalaciones de biogás basadas en una evaluación de impacto nacional o regional, promoviendo aquellas instalaciones que sean más beneficiosas a escala nacional y/o regional para el medio ambiente y sean económicamente sostenibles; las medidas para la difusión y promoción de los resultados obtenidos en anteriores experiencias o proyectos de demostración han de incluirse en todos los planes; si la reglamentación sobre desarrollo regional y rural no permite financiar esas medidas, ha de modificarse la reglamentación,
d) Los Estados miembros deben realizar una planificación nacional y regional para restringir los obstáculos legales y administrativos; por ejemplo, no debe darse preferencia al gas natural y otros combustibles fósiles en zonas en las que es posible vender el calor procedente del biogás a los proveedores de calefacción urbana,
42. Insta a la Comisión a presentar cuanto antes posible una propuesta de directiva sobre los residuos biológicos, que incluya normas de calidad; pide a la Comisión que estudie la posibilidad de una directiva conjunta para el biogás y los residuos biológicos;
43. Pide a la Comisión que presente propuestas legislativas sobre el uso de los residuos procedentes de instalaciones de biogás; pide a la Comisión que garantice que las instalaciones de biogás sólo estarán autorizadas a utilizar material orgánico que permita una explotación de los residuos que no ponga en peligro el medio ambiente; pide a la Comisión que considere la prohibición de estimulantes del crecimiento en la alimentación animal que contengan metales pesados, en caso de que se demuestre que se plantearía un problema a escala europea para el uso posterior de residuos del biogás en los campos;
44. Pide a la Comisión que garantice que la Directiva PCIC, las directivas sobre nitratos, la Directiva sobre lodos de depuradora, la Directiva marco sobre el agua, la Directiva sobre las aves, la Directiva sobre hábitats y la legislación sobre metales pesados se aplican efectivamente en todos los Estados miembros y regiones, con lo que se hacen más atractivas las instalaciones de biogás a partir de estiércol y lodos;
45. Solicita que la Comisión presente lo antes posible una estrategia para incluir las instalaciones de biogás en el mecanismo de Kyoto, por ejemplo mediante certificados verdes, primas especiales o créditos fiscales para la electricidad y la calefacción procedentes de instalaciones de biogás y otras medidas; destaca que ello mejoraría la relación coste/eficiencia de las instalaciones de biogás y al mismo tiempo haría más transparentes los esfuerzos en el ámbito de la agricultura para luchar contra el cambio climático;
46. Pide una evaluación del uso de la Directiva sobre los nitratos cuando esté plenamente en vigor la Directiva sobre las aguas subterráneas;
47. Pide a la Comisión que promueva la alimentación de las redes de gas natural con biogás mediante una directiva o un reglamento;
48. Pide a la Comisión que presente lo antes posible sus propuestas para reforzar ulteriormente el uso de subproductos animales y de cultivos agrícolas para biogás, tal como se indicaba en el «Plan de acción sobre la biomasa»;
49. Pide que los Estados miembros que no hayan incorporado medidas, o no hayan incorporado las suficientes, en los programas de desarrollo vigentes que incluyan el biogás en la evaluación provisional de los programas de desarrollo rural y regional existentes y propongan acciones para el futuro;
50. Pide a la Comisión que garantice la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros, incluidos aquellos que no posean en la actualidad plantas de biogás o posean sólo unas pocas, para que puedan aprender de las mejores prácticas y de las experiencias de los demás en este ámbito mediante la transferencia de conocimientos y de tecnología;
51. Pide a la Comisión que presente al Parlamento Europeo, a más tardar el 15 de diciembre de 2008, un informe coherente sobre la producción europea de biogás y sobre sus perspectivas de futuro, incluido un estudio de impacto, que tenga en cuenta las propuestas anteriormente mencionadas y los progresos realizados;
52. Pide a la Presidencia actual y a las Presidencias futuras que promuevan los debates sobre la forma de fomentar una producción sostenible de biogás, debiendo un fomento sostenible de las instalaciones de biogás contemplar también la combinación de la generación de calor y electricidad;
53. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
- [1] DO L 283 de 27.10.2001, p. 33.
- [2] Decisión nº 1230/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, por la que se adopta un programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía: "Energía inteligente — Europa" (2003-2006), DO L 176 de 15.7.2003, p. 29.
- [3] DO L 123 de 17.5.2003, p. 42.
- [4] DO L 270 de 21.10.2003, p. 1.
- [5] DO L 277 de 21.10.2005, p. 1.
- [6] DO L 49 de 19.2.2004, p. 1.
- [7] DO L 283 de 31.10.2003, p. 51.
- [8] DO C 227E de 21.9.2006, p. 524.
- [9] DO C 292E de 1.12.2006, p. 140.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las ventajas medioambientales y económicas del biogás
I. Características generales de la producción de biogás en la Unión Europea
En este período de explosión de los precios del petróleo, de incremento de los precios del gas natural y de considerable dependencia de las importaciones de la energía, cada vez son más los países que aprueban disposiciones incentivadoras para aprovechar el potencial energético del biogás, que se asemeja al gas natural y puede sustituirlo (el biogás contiene entre un 55 % y un 65 % de metano).
El biogás producido en plantas agrícolas integradas desempeña un papel importante en el ámbito de los recursos bioenergéticos y puede utilizarse como fuente universal de energía. Tras aumentar la concentración de metano, el biogás purificado puede utilizarse para generar potencia mecánica y, a través de ello, electricidad (iluminación de edificios y de explotaciones ganaderas); su combustión produce calor que puede emplearse para calefacción y secado (invernaderos de plástico, invernaderos convencionales, maíz, criaderos de ganado porcino y edificios públicos). Puede emplearse también como combustible de máquinas de refrigeración (frigoríficos) o para pilas de combustible. El biogás mejorado y presurizado es adecuado como biocarburante para vehículos de carretera. El biogás obtenido a partir de una hectárea de biomasa es dos veces más efectivo que el biodiésel de las mismas características.
En la UE hay actualmente unas 4 242 plantas productoras de biogás a nivel de explotación agraria y 26 plantas centralizadas, aunque existen amplias diferencias entre los Estados miembros. Donde está más desarrollada la producción de biogás es en Alemania, Bélgica, Austria y Dinamarca. En la mayoría de los países predominan las plantas a escala de explotación agraria, mientras que en Dinamarca la producción se concentra en plantas centralizadas. Se calcula que la producción anual de las plantas agrarias de biogás en Europa a mediados de 2007 era de 1,85 x 109 m3 (con un contenido en metano del 65 %). El potencial de producción de biogás a partir de estiércol en la UE es de 827 PJ (petajulios), mientras que hoy se producen unos 50 PJ a partir de estiércol animal, cultivos energéticos y residuos orgánicos. En otros términos, sólo en referencia al estiércol animal el crecimiento puede multiplicarse por 14.
II. Aspectos medioambientales
El biogás procedente del estiércol presenta numerosas ventajas medioambientales, como la reducción de las emisiones de metano y CO2, así como de las emisiones de partículas y óxidos nitrosos, un olor mucho menos repugnante, la higienización de los purines y la importante mejora de la capacidad fertilizante del nitrógeno del estiércol tratado, lo que supone que se necesita menos nitrógeno para obtener el mismo efecto fertilizador.
La producción de biogás (y, por tanto, de metano) en un sistema cerrado y controlado como el de las plantas en que se elabora —y su consiguiente utilización como fuente de energía renovable a través de la combustión— tiene un efecto muy positivo en la «cuenta de emisiones de gases de efecto invernadero». En circunstancias normales, el almacenamiento y aplicación del estiércol animal generan importantes emisiones de metano; al acumular el biogás en instalaciones específicas, las emisiones totales de metano procedente de la agricultura se reducirán en consecuencia. Al convertir el metano en energía y dióxido de carbono a través de la combustión, se hace una aportación «inversa» a la cuenta de efecto invernadero, porque el CO2 es mucho menos perjudicial que el metano y la energía generada por la combustión del biogás sustituye a las fuentes de energía fósiles.
Las emisiones de CO2 procedentes de fuentes de energía renovables (como la combustión de paja, madera y biogás) se consideran neutrales, porque las cantidades de dicho gas que se emiten tras la combustión son básicamente las mismas que fueron asimiladas por las plantas verdes para producir la biomasa.
Probablemente, el sulfuro de hidrógeno (H2S) es la sustancia presente en el biogás que recibe más atención en relación con posibles peligros. Para reducir su concentración en el biogás pueden emplearse distintos métodos; o bien se limpia el biogás en sí (por ejemplo, en una depuradora) o bien se añade una pequeña cantidad (aproximadamente, un 4 %) de aire fresco al biogás almacenado en un depósito (por ejemplo, un depósito cubierto y hermético de purines) de forma que el H2S sea absorbido por las bacterias de la superficie de los purines. Otra ventaja es que el H2S permanece en los purines para la nutrición posterior de las plantas.
Puede haber otras sustancias presentes en el biogás en pequeñas cantidades. Puede haber nitrógeno (N2) y oxígeno (O2) en concentraciones de hasta un 2 % (suele suceder si se añade aire fresco al biogás para la desulfurización), aunque, obviamente, estos gases no son peligrosos para el medio ambiente. Asimismo, puede haber hidrógeno (H2) en pequeñas cantidades, si bien se elimina durante la combustión. Puede haber además en cantidades residuales dos gases potencialmente peligrosos, el monóxido de carbono (CO) y el amoniaco (NH3), aunque, en un proceso de combustión seguro y controlado, el primero de ellos se elimina por completo. La cantidad de amoniaco es insignificante en comparación con el potencial de reducción del nitrógeno en el ambiente que resulta de la mejora de la utilización de los biofertilizantes en comparación con el no tratamiento de los purines.
Por tanto, en general, si se previenen de forma efectiva las fugas de biogás de las instalaciones y se realiza la combustión en condiciones óptimas, los efectos globales de las emisiones resultantes de la conversión de biomasa orgánica en biogás mediante digestión anaerobia son absolutamente positivos, no sólo por la reducción de las emisiones de CO2 procedentes de la utilización de combustibles fósiles, sino también por la disminución neta de otras emisiones (metano, etc.) generadas por el estiércol animal, etc., en comparación con lo que sucede cuando no hay plantas de biogás.
III. Aspectos energéticos y necesidad de apoyo comunitario y nacional
La producción de biogás procedente de fertilizantes animales es bastante baja (40-90 m3/t [metros cúbicos por tonelada]; es mucho mayor la procedente de cereales (170-220 m3/t) y aún mayor la procedente de materias de la industria alimentaria —principalmente, subproductos y residuos de matadero— (250-480 m3/t). Al combinar distintas materias primas, es deseable una producción mínima de biogás de 120 m3/t. El tratamiento del estiércol animal y las tecnologías del biogás presentan elementos comunes, por lo que es aconsejable vincular el apoyo a la instalación de plantas de biogás a la transformación del estiércol animal, sin olvidar el uso de otras materias primas como los residuos orgánicos o los cultivos no alimentarios. Las unidades de codigestión pueden tratar diferentes tipos de residuos al mismo tiempo, principalmente estiércol líquido o sólido mezclado con diversos residuos orgánicos.
La rentabilidad de la producción de biogás es negativa tanto en el caso de las plantas a escala de explotación agraria como en el caso de las plantas centralizadas. Los ingresos proceden del valor del biogás en sí como forma de calor y electricidad y del valor vinculado al mayor efecto del nitrógeno en el estiércol del ganado. Las plantas de mayores dimensiones que reciben biomasa externa pueden conseguir ingresos adicionales debido al valor como fertilizante del N, el P y el K, a las tarifas percibidas y a la valoración de la reducción de CO2e. En algunos Estados miembros, las plantas de biogás tienen la posibilidad de generar ingresos mediante la venta de certificados verdes. Por el lado de los gastos, los de inversión y de explotación son considerables.
La rentabilidad y competitividad de las plantas de biogás están determinadas principalmente por el precio de venta de la electricidad producida (que suele fijar el Estado). En Hungría, por ejemplo, el precio de la electricidad verde está fijado en 0,09 € por kWh (kilovatio por hora) para todas las fuentes de energía renovables, mientras que en Alemania —con las primas posibles— alcanza unos 0,2 € por kWh, el doble que en Hungría, aunque los precios de la electricidad al por mayor sean prácticamente los mismos. Por tanto, el precio de venta fijado por el Estado es, en muchos casos, insuficiente para la sostenibilidad de la producción de biogás.
Los análisis indican que el valor del CO2e equilibraría prácticamente la economía de las plantas a escala de explotación agraria y cubriría la mitad de las pérdidas económicas de las plantas centralizadas. La eliminación de los costes de transición del comercio con CO2e no solo resultaría beneficiosa para la rentabilidad de la producción de biogás, sino también para las cuentas nacionales de producción de CO2e.
En todo caso, la rentabilidad negativa indica claramente que la producción de biogás no es viable si no cuenta con un considerable apoyo de recursos financieros europeos y nacionales. Deben fomentarse las inversiones por diversos medios, como los fondos comunitarios de desarrollo regional y rural. Con todo, el factor clave es el precio de la «electricidad verde» impuesto por el Estado, que debe ser suficiente para garantizar la sostenibilidad y actuar como incentivo real. Ahora bien, estos recursos europeos y nacionales deben emplearse con prudencia. Todo apoyo financiero a las instalaciones de biogás debe basarse en la eficiencia, el desarrollo técnico y el equilibrio positivo de los gases de efecto invernadero, así como en las demás ventajas medioambientales de las instalaciones.
IV. Necesidad de una nueva directiva sobre biomasa y de una revisión de la legislación
Debe revisarse la legislación nacional y comunitaria para facilitar la instalación y explotación de plantas de biogás de la UE.
· En primer lugar, se necesita una directiva sobre la producción de biogás, que incluya objetivos específicos para la cuota del biogás de origen agrícola dentro del objetivo de producción de energías renovables, elementos estadísticos, medidas para la construcción y promoción de instalaciones de biogás basadas en una evaluación de impacto nacional o regional, medidas de difusión y promoción de los resultados obtenidos en experiencias precedentes, medidas de fomento de la planificación nacional y regional a fin de limitar los obstáculos jurídicos y administrativos, y recomendaciones sobre el mecanismo de nivel mínimo y de ajuste anual del pago de la «electricidad verde» y del «gas verde».
· Debe revisarse la legislación sobre la utilización de residuos generados por las instalaciones de biogás.
· Debe considerarse la prohibición del uso en los piensos de estimuladores del crecimiento que contengan metales pesados, si implican un problema a escala europea para la utilización posterior de los residuos de biogás en el campo.
· Es fundamental la aplicación efectiva de la Directiva sobre prevención y control integrados de la contaminación y de la Directiva sobre nitratos, así como de la Directiva sobre lodos de depuradora, la Directiva marco sobre el agua, la Directiva sobre aves, la Directiva sobre hábitats y la legislación sobre metales pesados.
· Se necesita una estrategia que incluya las instalaciones de biogás en el mecanismo de Kyoto.
· Se necesita legislación a escala europea para garantizar que pueda introducirse el biogás —mejorado hasta alcanzar la calidad del gas natural— en la red del gas natural.
· Se necesitan propuestas para seguir mejorando el uso de subproductos animales para la producción de biogás, tal como se anunció en el «Plan de acción sobre la biomasa».
· Los Estados miembros deben incluir el biogás en su evaluación intermedia de los programas de desarrollo rural y regional existentes y proponer acciones para el futuro. Las estrategias de desarrollo rural, como los proyectos Leader, deben contener supuestos de desarrollo para las instalaciones de biomasa y biogás.
· La Comisión debe presentar un informe coherente sobre la producción europea de biogás al Parlamento Europeo antes del 15 de diciembre de 2008 que tenga en cuenta las propuestas citadas y los progresos hechos.
· Deben realizarse esfuerzos para financiar la investigación, el desarrollo y la demostración.
El borrador se ha debatido con expertos independientes y con las Administraciones de los Estados miembros, que han contribuido enormemente a aclarar determinados aspectos de la futura política sobre el biogás.
OPINIÓN de la Comisión de Industria, Investigación y EnergíA (*) (28.1.2008)
para la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE
(2007/2107(INI))
Ponente de opinión(*): Werner Langen
(*) Procedimiento de comisiones asociadas - Artículo 47 del Reglamento
SUGERENCIAS
La Comisión de Industria, Investigación y Energía pide a la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Subraya que la producción de biogás a partir de estiércol, lodos y desechos orgánicos y animales favorece la diversificación del sector energético y puede de ese modo, en creciente medida, contribuir a la seguridad, competitividad y sostenibilidad del aprovisionamiento energético europeo, ofreciendo asimismo a la agricultura nuevas perspectivas de ingresos;
2. Observa con profunda preocupación una creciente competencia en muchos Estados miembros entre el uso energético y el uso en la cadena alimentaria de ciertos productos agrícolas como el maíz; subraya que esta competencia ha provocado una considerable subida de los precios de los piensos;
3. Solicita que el biogás no se utilice sólo para la producción de electricidad y calor, sino que se destine prioritariamente a una utilización local optimizada −en la medida en que lo permitan las circunstancias técnicas y económicas y siempre que existan condiciones de seguridad sanitaria garantizadas−, de modo que se puedan alimentar directamente las redes de gas natural, reduciendo así la dependencia de la Unión respecto de las importaciones de gas;
4. Subraya en este sentido que la alimentación de las redes con electricidad, calor y gas natural debe efectuarse sin discriminaciones, y pide que el biogás se equipare al gas natural de manera que pueda desarrollar todo su potencial una vez se haya incluido en la red de gas natural;
5. Pide mayores esfuerzos para investigar y fomentar nuevos procedimientos técnicos sobre el biogás, especialmente para la explotación de la biomasa (segunda generación de biogás) como biocombustible y para elevar la rentabilidad de las instalaciones de biogás, que proporcionan los mayores beneficios ambientales, ya que sólo con una tecnología innovadora, como las técnicas de reciclado del gas, se puede aumentar significativamente la eficacia de las instalaciones de biogás;
6. Subraya, en este sentido, la importancia de la «ingeniería genética verde» y pide mayores esfuerzos de los Estados miembros y de la Comisión en favor de la investigación sobre tecnologías fitosanitarias y de semillas más modernas de manera que la producción de biogás no compita con la producción de alimentos de elevada calidad y pueda aumentar considerablemente la proporción de biomasa por unidad de terreno;
7. Considera que el joven e innovador sector del biogás debe ciertamente ser objeto de fomento al principio, pero que los sistemas para su promoción sólo deben seguir vigentes hasta que el sector sea comercialmente viable;
8. Pide, por consiguiente, que se prevea para la Unión Europea un instrumento uniforme de apoyo parecido a la ley alemana sobre energías renovables;
9. Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que, en las futuras propuestas encaminadas a la regulación del sector del biogás, no sólo examinen sus aspectos medioambientales sino también su influencia en una producción de alimentos cualitativa y sostenible;
10. Pide que se utilicen en mayor medida los purines en la composición del biogás, dado que todavía ofrece un gran potencial, y que paralelamente se refuerce el carácter descentralizado de las instalaciones de biogás productoras de energía, y constata que, mediante una mayor utilización de los purines, se reducirán considerablemente las emisiones de metano durante el almacenamiento de los mismos;
11. Pide un procedimiento de autorización simplificado para la construcción de instalaciones de biogás;
12. Pide asimismo la utilización de productos de transformación de primer grado, tales como las peladuras de patata o la pulpa de frutos, como biomasa en las instalaciones de biogás;
13. Subraya que, a largo plazo, y según los resultados de ulteriores e intensos esfuerzos en el ámbito de la investigación, las energías renovables tales como el biogás y los biocombustibles, en conjunción con la energía solar y la energía eólica, pueden lograr una más amplia independencia respecto de las fuentes energéticas fósiles y nucleares.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
24.1.2008 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
45 0 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Šarūnas Birutis, Jan Březina, Renato Brunetta, Philippe Busquin, Jerzy Buzek, Pilar del Castillo Vera, Dragos Florin David, Den Dover, Adam Gierek, Norbert Glante, Fiona Hall, David Hammerstein, Rebecca Harms, Erna Hennicot-Schoepges, Mary Honeyball, Romana Jordan Cizelj, Werner Langen, Anne Laperrouze, Pia Elda Locatelli, Eugenijus Maldeikis, Eluned Morgan, Angelika Niebler, Reino Paasilinna, Atanas Paparizov, Francisca Pleguezuelos Aguilar, Anni Podimata, Miloslav Ransdorf, Vladimír Remek, Herbert Reul, Teresa Riera Madurell, Mechtild Rothe, Paul Rübig, Andres Tarand, Britta Thomsen, Catherine Trautmann, Nikolaos Vakalis, Alejo Vidal-Quadras y Dominique Vlasto |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Neena Gill, Lambert van Nistelrooij, Pierre Pribetich, Vittorio Prodi, John Purvis, Esko Seppänen y Vladimir Urutchev |
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Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
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OPINIÓN de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (19.12.2007)
para la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE
(2007/2107(INI))
Ponente de opinión: Adamos Adamou
SUGERENCIAS
La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria pide a la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Considera que la utilización de biogás, especialmente para la producción de calor y electricidad, podría contribuir significativamente al objetivo de que, con carácter vinculante a partir del año 2020, el 20 % de la energía consumida en la UE proceda de fuentes renovables;
2. Subraya que la producción de agrocombustibles a partir de los residuos no debería convertirse en un objetivo en sí misma; considera que la reducción de los residuos debería continuar siendo una prioridad para la política medioambiental de la Unión Europea y para la de los Estados miembros;
3. Subraya que los estiércoles, los residuos municipales y los desechos agroindustriales pueden contener sustancias, agentes y organismos potencialmente perjudiciales para la salud pública o el medio ambiente (bacterias, virus, parásitos, metales pesados, sustancias orgánicas nocivas);
4. Insta a la Comisión a que vele por que se adopten las precauciones necesarias para evitar la contaminación y la diseminación de estas sustancias, agentes y organismos, así como las enfermedades provocadas por las mismas, reconociendo que los métodos de tratamiento térmico no permiten lograr la inocuidad total de los virus, que la mayoría de los contaminantes orgánicos no sufren prácticamente ninguna alteración y que los metales pesados permanecen prácticamente intactos;
5. Observa con profunda preocupación una creciente competencia en muchos Estados miembros entre el uso energético y el uso en la cadena alimentaria de ciertos productos agrícolas como el maíz; subraya que esta competencia, que ha provocado una considerable subida de los precios de los piensos, es principalmente debida a la falta de criterios sociales y medioambientales para la producción de agrocombustibles y a un planteamiento excesivamente centralizado de la producción de biogás;
6. Pide a la Comisión que evalúe, basándose en análisis comparativos del ciclo de conversión de varios tipos de biomasa utilizados en la producción de biogás, la sostenibilidad de estos tipos de biomasa con respecto a la magnitud de las emisiones de efecto invernadero y a sus repercusiones sobre la calidad del aire, la biodiversidad, incluida la de la vegetación natural (bosques, prados, marismas), la gestión de la tierra y la producción de alimentos;
7. Subraya la inexistencia de legislación comunitaria que regule de manera específica el ámbito del biogás; reconoce que la aplicación de la legislación en materia agro-ecológica, como la Directiva sobre los nitratos, la Directiva PCIC (prevención y control integrados de la contaminación), la Directiva sobre los lodos de depuradora, la Directiva marco sobre el agua, la Directiva para la protección de las aves, la Directiva sobre los hábitats y la normativa sobre los metales pesados, es un requisito fundamental para garantizar una producción sostenible de biogás;
8. Pide a la Comisión que garantice la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros, incluidos aquellos que no posean en la actualidad plantas de biogás o posean sólo unas pocas, para que puedan aprender de las mejores prácticas y de las experiencias de los demás en este ámbito mediante la transferencia de conocimientos y de tecnología;
9. Pide a la Comisión que recopile todos los datos pertinentes sobre la producción de biogás en los Estados miembros para disponer de una imagen clara de cómo avanza el tema del biogás en la Unión Europea, teniendo en cuenta que estos datos son necesarios y útiles para formular una estrategia pertinente para abordar el problema;
10. Insta a la Comisión a que presente lo antes posible una propuesta de directiva sobre los residuos biológicos que incluya también normas de calidad; el biogás debe valorarse en relación al ciclo alternativo de los residuos y los efluentes animales;
11. Insta a la Comisión a que presente una propuesta relativa a un sistema de certificación para el biogás sostenible; señala que este sistema de certificación debería basarse en un planteamiento «de la fuente a la rueda» (well-to-wheel), tomando en consideración todos los factores sociales y medioambientales relevantes;
12. Pide a la Presidencia actual y a las Presidencias futuras que promuevan los debates sobre la forma de fomentar una producción sostenible de biogás, debiendo un fomento sostenible de las instalaciones de biogás contemplar también la combinación de la generación de energía térmica y eléctrica.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
19.12.2007 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
40 0 1 |
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Miembros presentes en la votación final |
Adamos Adamou, Georgs Andrejevs, Margrete Auken, Liam Aylward, John Bowis, Magor Imre Csibi, Avril Doyle, Mojca Drčar Murko, Anne Ferreira, Matthias Groote, Satu Hassi, Gyula Hegyi, Jens Holm, Marie Anne Isler Béguin, Christa Klaß, Eija-Riitta Korhola, Aldis Kušķis, Linda McAvan, Roberto Musacchio, Riitta Myller, Miroslav Ouzký, Vladko Todorov Panayotov, Vittorio Prodi, Guido Sacconi, Carl Schlyter, Richard Seeber, María Sornosa Martínez, Antonios Trakatellis, Thomas Ulmer, Anders Wijkman y Glenis Willmott |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Kathalijne Maria Buitenweg, Bairbre de Brún, Karsten Friedrich Hoppenstedt, Miloš Koterec, Johannes Lebech, Miroslav Mikolášik, Alojz Peterle, Bart Staes y Marianne Thyssen |
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Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
29.1.2008 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
33 0 1 |
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Miembros presentes en la votación final |
Vincenzo Aita, Bernadette Bourzai, Niels Busk, Luis Manuel Capoulas Santos, Giuseppe Castiglione, Giovanna Corda, Gintaras Didžiokas, Constantin Dumitriu, Carmen Fraga Estévez, Ioannis Gklavakis, Lutz Goepel, Esther Herranz García, Lily Jacobs, Elisabeth Jeggle, Heinz Kindermann, Véronique Mathieu, Mairead McGuinness, Rosa Miguélez Ramos, Neil Parish, María Isabel Salinas García, Willem Schuth, Czesław Adam Siekierski, Alyn Smith, Petya Stavreva, Csaba Sándor Tabajdi, Witold Tomczak, Janusz Wojciechowski y Andrzej Tomasz Zapałowski |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Christa Klaß, Wiesław Stefan Kuc, Catherine Neris, Maria Petre, Markus Pieper y Kyösti Virrankoski |
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