INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 998/2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, ampliando el periodo transitorio

29.2.2008 - (COM(2007)0572 – C6‑0334/2007 – 2007/0202(COD)) - ***I

Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
Ponente: Miroslav Ouzký

Procedimiento : 2007/0202(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0051/2008
Textos presentados :
A6-0051/2008
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 998/2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, ampliando el periodo transitorio

(COM(2007)0572 – C6‑0334/2007 – 2007/0202(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0572),

–   Vistos el artículo 251, apartado 2, y los artículos 37 y 152, apartado 4, letra b), del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6‑0334/2007),

–   Visto el artículo 51 de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6‑0051/2008),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Enmienda 1

Propuesta de reglamento – acto modificativo

Artículo 1 – punto 1

Reglamento (CE) nº 998/2003

Artículo 6 – apartado 1 – párrafo introductorio

Texto de la Comisión

Enmienda

«Hasta el 31 de agosto de 2009, la introducción de los animales de compañía contemplados en la parte A del anexo I en el territorio de Irlanda, Malta, Suecia y el Reino Unido se supeditará al cumplimiento de los requisitos siguientes:».

«Hasta el 30 de junio de 2010, la introducción de los animales de compañía contemplados en la parte A del anexo I en el territorio de Irlanda, Malta, Suecia y el Reino Unido se supeditará al cumplimiento de los requisitos siguientes:».

Justificación

La propuesta ampliación del período transitorio podría no ser suficientemente larga para alcanzar un acuerdo sobre un nuevo régimen; un periodo más largo es más adecuado dado que sigue sin haber una propuesta y que en 2009 el Parlamento Europeo se disolverá para las elecciones.

Enmienda 2

Propuesta de Reglamento - acto modificativo

Artículo 1 - punto 2

Reglamento (CE) nº 998/2003

Artículo 16 - apartado 1

Texto de la Comisión

Enmienda

«Hasta el 31 de agosto de 2009, Finlandia, Irlanda, Malta, Suecia y el Reino Unido, por lo que se refiere a la equinococosis, e Irlanda y el Reino Unido, por lo que se refiere a las garrapatas, podrán supeditar la introducción de animales de compañía en su territorio al cumplimiento de las normas especiales que estén vigentes el día de entrada en vigor del presente Reglamento.».

Hasta el 30 de junio de 2010, Finlandia, Irlanda, Malta, Suecia y el Reino Unido, por lo que se refiere a la equinococosis, e Irlanda, Malta y el Reino Unido, por lo que se refiere a las garrapatas, podrán supeditar la introducción de animales de compañía en su territorio al cumplimiento de las normas especiales que estén vigentes el día de entrada en vigor del presente Reglamento.

Justificación

La presente enmienda tiene por objeto completar con Malta la lista de países que ya aplican normas especiales por lo que se refiere a las garrapatas. Debido a un error en la propuesta de la Comisión, no se menciona a Malta entre los Estados miembros que ya aplican un régimen especial en relación con el tratamiento contra las garrapatas.

La propuesta ampliación del período transitorio podría no ser suficientemente larga para alcanzar un acuerdo sobre un nuevo régimen; un periodo más largo es más adecuado dado que sigue sin haber una propuesta y que en 2009 el Parlamento Europeo se disolverá para las elecciones.

Enmienda 3

Propuesta de Reglamento - acto modificativo

Artículo 1 - punto 3

Reglamento (CE) nº 998/2003

Artículo 23

Texto de la Comisión

Enmienda

(3) En el artículo 23, la fecha «1 de enero de 2008» se sustituye por «1 de septiembre de 2009».

(3) En el artículo 23, la fecha «1 de enero de 2008» se sustituye por «1 de julio de 2010».

Justificación

Véase la justificación de la enmienda al artículo 1, punto 1.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Reglamento (CE) nº 998/2003 armoniza las normas relativas a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía entre los Estados miembros o después de su introducción o reintroducción en el territorio de la Comunidad procedentes de un tercer país. El Reglamento introduce entre otras cosas el pasaporte para gatos, perros y hurones que se desplazan de un Estado miembro a otro y que debe contener la prueba, entre otras cosas, de que el animal ha sido vacunado contra la rabia. El Reglamento prevé, no obstante, excepciones transitorias que algunos Estados miembros podrán aplicar hasta el 3 de julio de 2008 (artículo 6, apartado 1, y artículo 16).

El artículo 6, apartado 3, prevé la posibilidad de ampliar el período transitorio mediante procedimiento legislativo, pero este debe basarse en un informe de la Comisión que deberá presentarse al Parlamento Europeo y al Consejo (artículo 23) antes del 1 de febrero de 2007.

Dicho informe no ha podido presentarse en el plazo previsto. Al estar aún pendiente la presentación del informe y dado también el tiempo requerido para la posible revisión, más amplia, del Reglamento, la Comisión propone ampliar las excepciones actuales hasta el 31 de agosto de 2009.

PROCEDIMIENTO

Título

Condiciones zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial

Referencias

COM(2007)0572 – C6-0334/2007 – 2007/0202(COD)

Fecha de la presentación al PE

8.10.2007

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

ENVI

11.10.2007

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión

       Fecha del anuncio en el Pleno

AGRI

11.10.2007

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

       Fecha de la decisión

AGRI

21.11.2007

 

 

 

Ponente(s)

       Fecha de designación

Miroslav Ouzký

31.1.2008

 

 

Examen en comisión

25.2.2008

 

 

 

Fecha de aprobación

26.2.2008

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

34

0

0

Miembros presentes en la votación final

Margrete Auken, Irena Belohorská, Johannes Blokland, John Bowis, Magor Imre Csibi, Chris Davies, Avril Doyle, Mojca Drčar Murko, Edite Estrela, Jill Evans, Matthias Groote, Satu Hassi, Gyula Hegyi, Marie Anne Isler Béguin, Dan Jørgensen, Christa Klaß, Eija-Riitta Korhola, Urszula Krupa, Linda McAvan, Roberto Musacchio, Riitta Myller, Miroslav Ouzký, Guido Sacconi, Karin Scheele, Carl Schlyter, Antonios Trakatellis, Thomas Ulmer, Anja Weisgerber, Glenis Willmott

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Kathalijne Maria Buitenweg, Hélène Goudin, Genowefa Grabowska, Jutta Haug, Johannes Lebech

Fecha de presentación

29.2.2008