INFORME sobre la mujer y la ciencia

22.4.2008 - (2007/2206(INI))

Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
Ponente: Britta Thomsen

Procedimiento : 2007/2206(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0165/2008
Textos presentados :
A6-0165/2008
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la mujer y la ciencia

(2007/2206(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Vista la Resolución del Consejo, de 20 de mayo de 1999, sobre la mujer y la ciencia[1],

–   Vista la Resolución del Consejo, de 26 de junio de 2001, sobre la ciencia y la sociedad y sobre las mujeres y la ciencia[2],

–   Vista la Resolución del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, sobre acceso y participación igualitarios de hombres y mujeres en la sociedad del conocimiento para el crecimiento y la innovación[3],

–   Vistas las conclusiones del Consejo, de 18 de abril de 2005, sobre el refuerzo de los recursos humanos en ciencia y tecnología en el Espacio Europeo de Investigación,

–   Vista la Decisión n° 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativa al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013)[4],

–   Vista la Directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, que modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo[5],

–   Visto el Plan de acción de la Comisión sobre Ciencia y Sociedad (COM(2001)0714),

–   Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «La mujer y la ciencia: excelencia e innovación - Igualdad de género en la ciencia» (SEC(2005)0370),

–   Visto el Libro Verde de la Comisión titulado «El Espacio Europeo de Investigación: nuevas perspectivas» (COM(2007)0161) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña dicho Libro Verde (SEC(2007)0412),

–   Vista su Resolución de 3 de febrero de 2000 sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Mujeres y ciencia» - Movilizar a las mujeres en beneficio de la investigación europea[6],

–   Vista su Resolución de 9 de marzo de 2004 sobre la conciliación de la vida profesional, familiar y privada[7],

–   Vista la Comunicación de la Comisión de 1 de marzo de 2006 titulada «Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres 2006-2010» (COM(2006)0092) y su Resolución al respecto, de 13 de marzo de 2007[8],

–   Vista su Resolución de 19 de junio de 2007 sobre un marco regulador para medidas de conciliación de la vida familiar y del periodo de estudios para las mujeres jóvenes en la Unión Europea[9],

–   Vista su Resolución de 27 de septiembre de 2007 sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea - 2007[10],

–   Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y la opinión de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A6‑0165/2008),

A. Considerando que la investigación representa un sector fundamental para el desarrollo económico de la Unión y que Europa necesita reclutar a 700 000 investigadores adicionales como parte del cumplimiento de la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo,

B.  Considerando que las investigadoras son minoría en la Unión Europea, con una media del 35 % de los investigadores que trabajan en el sector público y en la enseñanza superior y sólo del 18 % de los que trabajan en el sector privado,

C. Considerando que el porcentaje de mujeres en los grados académicos más altos raramente sobrepasa el 20 % y que los hombres tienen tres veces más posibilidades que las mujeres de obtener cátedras o puestos equivalentes,

D. Considerando que los datos sobre los investigadores, desglosados por género, cualificaciones, especialidad científica y edad todavía son difíciles de conseguir, incluso en los Estados miembros,

E.  Considerando que, comparadas con sus colegas de sexo masculino, las investigadoras tienen mayores dificultades para conciliar vida laboral y vida familiar,

F.  Considerando que la ausencia de mujeres en cargos directivos en el sector de la investigación sigue siendo considerable,

G. Considerando que la representación de las mujeres en los órganos de toma de decisiones de las universidades no es lo suficientemente alta para la aplicación de una política de género equilibrada,

H. Considerando que en una mayoría de países la proporción de mujeres en los consejos científicos no alcanza la paridad,

I.   Considerando que en el Plan de acción por la igualdad de género uno de los ámbitos prioritarios de la acción de la Unión Europea es la representación equitativa en la toma de decisiones, incluido el objetivo de un 25 % de mujeres en cargos directivos en el sector público de la investigación, que debe alcanzarse antes de finales de 2010,

J.   Considerando que en el Consejo Europeo de Investigación no se ha logrado el equilibrio entre hombres y mujeres, puesto que de los 22 miembros que lo componen sólo 5 son mujeres,

K. Considerando que en la Unión Europea las mujeres constituyen más del 50 % de los estudiantes y que el 43 % es titular de un doctorado, pero sólo una media del 15 % ocupa cargos académicos de alto nivel y, por lo tanto, su influencia es mucho menor en lo que concierne a los puestos de toma de decisiones en la investigación,

L.  Considerando que el Séptimo Programa Marco de investigación no prevé que las propuestas de proyectos integren obligatoriamente planes de acción relativos a la igualdad entre hombres y mujeres,

M. Considerando los estudios según los cuales los actuales sistemas de evaluación y reclutamiento no son neutros por lo que concierne al género,

1.  Señala a la atención de los Estados miembros que en Europa los sistemas educativos mantienen los estereotipos relativos al género, en particular en sectores de investigación como las ciencias naturales;

2.  Considera de suma importancia la promoción temprana de la ciencia como ámbito que interesa a ambos sexos; insta a que esto se tenga en cuenta al planificar el material educativo y la formación de los profesores; exhorta a las universidades y facultades a que examinen sus sistemas de selección para el acceso a las mismas, con objeto de identificar una posible discriminación implícita por motivos de género, y a que corrijan en consecuencia dichos sistemas;

3.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten las medidas oportunas para que no se excluyan las aportaciones de mujeres en las publicaciones sobre historia de la ciencia y la tecnología, no sólo porque se trata de una discriminación clara, sino también porque la falta de modelos de conducta puede menoscabar la presencia de un mayor número de mujeres en estos ámbitos;

4.  Señala que un numero excesivamente elevado de mujeres abandona la carrera científica con el correr de los años; considera que este fenómeno, a menudo descrito como el modelo de la «aguja en el pajar» debe analizarse sobre la base de diferentes modelos, entre ellos los «factores de repulsión y atracción»; pide a las autoridades competentes que, en el momento de presentar soluciones, tengan en cuenta diferentes factores como el entorno laboral, los estereotipos profesionales, la competencia, los requisitos de la movilidad y las responsabilidades familiares;

5.  Observa que los criterios convencionales para evaluar la «excelencia» y el «rendimiento» en términos de número de publicaciones no son neutrales en cuanto al género, son limitados y no tienen en cuenta los recursos disponibles, como financiación, espacio, equipos y personal ni las características esenciales de un investigador, como la capacidad de organizar y cohesionar un grupo de investigación, o la de formar a los jóvenes investigadores pertenecientes al grupo;

6.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en sus definiciones de excelencia y de «buen investigador», tengan en cuenta las diferencias en la carrera científica de hombres y mujeres; subraya que las investigadoras contribuyen al mundo de la investigación con perspectivas y temas de investigación diferentes;

7.  Lamenta que para las mujeres las interrupciones de la carrera científica por motivos familiares repercuta negativamente en las oportunidades profesionales, dado que la mayoría de los colegas de sexo masculino no interrumpen su carrera por lo que pueden llegar a puestos comparables a una edad más temprana y resultar aventajados para su continuación; pide, por lo tanto, que para evaluar la excelencia se pondere el criterio de la edad con la situación familiar, teniendo en cuenta el número de personas a cargo del investigador; pide asimismo a todos los centros de investigación y facultades europeos que prevean becas para estudios de doctorado de acuerdo con las disposiciones nacionales en materia de permiso de maternidad;

8.  Señala que los límites de edad para la adjudicación de becas perjudican a los jóvenes, mayoritariamente mujeres, que tienen personas dependientes a su cargo, por ello, pide a la Comisión y a los Estados miembros que, cuando se den estas circunstancias, contemplen medidas legislativas que corrijan esta disfunción, tales como ampliar un año el plazo de solicitud por cada año que se tenga a una persona dependiente a cargo;

9.  Observa que la movilidad es uno de los elementos fundamentales para el desarrollo y la promoción de una carrera en el sector de la investigación y subraya que la movilidad puede resultar difícil de conciliar con la vida familiar, por lo que deben aplicarse las correspondientes medidas políticas para luchar contra esta dificultad;

10. Subraya el papel de las infraestructuras para facilitar el equilibrio sostenible entre vida laboral y vida familiar, así como la importancia de mejorar la seguridad de la carrera científica;

11. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren la situación e integren la dimensión familiar a través de horarios de trabajo flexibles, mejores infraestructuras de guardería infantil, así como el acceso transfronterizo a la protección social; pide que las condiciones de la licencia parental se fijen de forma que exista una verdadera libertad de elección para hombres y mujeres;

12. Observa que los actuales procedimientos de contratación tienden a mantener el statu quo en cuanto a favorecer el empleo de investigadores hombres, mientras que unos procedimientos de contratación más abiertos y transparentes aumentarían las oportunidades de reconocer y valorar cualidades que con frecuencia prevalecen en las mujeres científicas;

13. Pide a los Estados miembros que analicen los factores que no favorecen la presencia de mujeres en puestos superiores en la universidades y en los rectorados, lo que reduce en gran medida su influencia en la toma de decisiones en el ámbito de la investigación en la Unión Europea, y que propongan soluciones adecuadas;

14. Alienta a las universidades, a los institutos de investigación y a las empresas privadas a adoptar y aplicar estrategias de igualdad en sus organizaciones y a realizar una evaluación del impacto de género en sus procesos de toma de decisiones;

15 Pide a la Comisión que lleve a cabo acciones para sensibilizar a la comunidad científica y a los responsables políticos respecto del problema de la igualdad de oportunidades en el sector de la ciencia y la investigación;

16. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan procedimientos de reclutamiento más transparentes, así como la obligación de garantizar el equilibrio entre hombres y mujeres en los grupos de evaluación y comités de selección y otros consejos y comités elegidos o designados, con el objetivo no vinculante de al menos un 40 % de mujeres y un 40 % de hombres;

17. Pide a la Comisión que se asegure de que se presta atención a la participación de las mujeres en programas de investigación científica y que, para ello, se proporcione formación específica de sensibilización respecto de la igualdad entre hombres y mujeres a las personas responsables de la toma de decisiones, a los miembros de consejos consultivos y grupos de evaluación, a las personas que redactan las convocatorias de licitación y a las que negocian las ofertas y los contratos;

18. Pide a la Comisión que vele por que en las licitaciones convocadas en el marco del Séptimo Programa Marco se valore positivamente la representación equilibrada de hombres y mujeres; insta a los Estados miembros a que tomen las mismas disposiciones en relación con sus planes nacionales y regionales;

19. Considera que los planes de acción relativos a la igualdad de género del Séptimo Programa Marco son parte esencial de la estrategia general de la Unión Europea en favor de la integración de la dimensión de género y de la igualdad entre hombres y mujeres; estima, por lo tanto, que deben seguir formando parte integrante de la financiación de la investigación europea;

20. Pide a la Comisión que, en lo que se refiere al Séptimo Programa Marco, informe regularmente al Parlamento de los progresos en la representación de las mujeres en los órganos de evaluación y los comités de selección; pide a la Comisión que incluya los aspectos relacionados con el género en las evaluaciones provisionales y en los informes de progresos del Programa Marco, así como una evaluación a medio plazo de la herramienta de la dimensión de género en el Programa Marco;

21. Manifiesta su firme convicción de que, a fin de promover y fomentar una mayor participación de las mujeres en ámbitos como las tecnologías, la física, la ingeniería, la informática y otros, que, lamentablemente, siguen estando dominados por los hombres, es necesario adoptar medidas específicas de contratación, formación y relaciones públicas;

22. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que emprendan acciones positivas para alentar a las investigadoras, para desarrollar y apoyar los regímenes de tutoría, así como políticas específicas de promoción con objetivos claros; señala que el desarrollo de infraestructuras de apoyo para la orientación en la carrera científica y la asesoría, entre otras medidas dirigidas a las mujeres científicas, tendría resultados especialmente positivos; no obstante, hace notar que medidas tales como fijar objetivos obligatorios para las investigadoras y profesoras son esenciales para alcanzar el equilibrio de género en la ciencia;

23. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten políticas eficaces para eliminar la diferencia salarial por motivos de género; observa que en el ámbito de la ciencia «el principio de la igualdad de la remuneración» debe aplicarse asimismo a las becas y las ayudas;

24. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que destinen fondos específicos de investigación a las mujeres para compensar la escasa financiación destinada a las mujeres que trabajan en la investigación;

25. Subraya que es importante alentar a las jóvenes a seguir una carrera científica y sugiere que, para ello, la Comisión y los Estados miembros promuevan el ejemplo de las investigadoras y que adopten y apliquen otras medidas para el logro de este objetivo;

26. Alienta a los Estados miembros a promover acciones de sensibilización para informar y alentar a las jóvenes a proseguir estudios y grados universitarios científicos y tecnológicos; alienta a los Estados miembros a mejorar los procesos de conocimiento compartido, ya que en los Estados miembros existen modelos de opciones educativas muy diferentes;

27. Señala a la atención la necesidad de programas especiales en las universidades que hagan que aumente el interés de las jóvenes y las mujeres por comenzar carreras científicas;

28. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan programas de tutoría y de apoyo a las jóvenes científicas para participar en programas de investigación y que concedan becas con el fin de ayudarlas a seguir en el mundo académico y en la investigación;

29. Se congratula por las actividades de la Plataforma Europea de Mujeres Científicas destinadas a mejorar la participación de las mujeres en la ciencia y aumentar el número de mujeres en puestos directivos;

30. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la puesta en red de las mujeres científicas a escala nacional, regional y europea, puesto que se trata de un medio esencial para potenciar a las mujeres, atraer a un mayor número de mujeres a las carreras científicas e incitarlas a participar en el debate político y mejorar su evolución profesional;

31. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

  • [1]  DO C 201 de 16.7.1999, p.1.
  • [2]  DO C 199 de 14.7.2001, p. 1.
  • [3]  DO C 317 de 30.12.2003, p. 6.
  • [4]  DO L 412 de 30.12.2006, p. 1.
  • [5]  DO L 269 de 5.10.2002, p. 15.
  • [6]  DO C 309 de 27.10.2000, p. 57
  • [7]  DO C 102 E de 28.4.2004, p. 492.
  • [8]  DO C 301 E de 13.12.2007, p. 56.
  • [9]  Textos aprobados, P6_TA(2007)0265.
  • [10]  Textos aprobados, P6_TA(2007)0423.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El informe trata de identificar las barreras sociales, culturales y de otro tipo que explican la escasa representación de las mujeres en el ámbito científico. En primer lugar se presenta brevemente el contexto de la situación actual, pero el objetivo principal del informe es intentar encontrar las posibles soluciones y buenas prácticas capaces de resolver este problema. El contexto que sirve de fundamento al informe es la situación europea actual, donde las mujeres se encuentran enormemente infrarrepresentadas en el ámbito científico.

Las estadísticas muestran que cada vez más mujeres que hombres inician estudios superiores, pero cuando se trata de elegir la carrera investigativa, los hombres aún superan en número a las mujeres. El gran aumento de la participación de las mujeres en la educación superior no ha alterado la proporción entre hombres y mujeres en ámbitos concretos de estudios o profesionales, es decir, no ha conducido a un cambio en la segregación horizontal ni ha eliminado las diferencias salariales existentes entre hombres y mujeres.

¿Por qué debería preocuparnos la segregación de género en la ciencia? Fundamentalmente, por dos motivos. En primer lugar, determinados ámbitos científicos tienen un estatus más elevado que otros y la infrarrepresentación de las mujeres en los ámbitos de mayor estatus (como la física) significa que, en conjunto, las mujeres científicos alcanzan un estatus más bajo que sus homólogos de género masculino. En segundo lugar, podríamos enfrentarnos a la escasez de personal científico en una serie de ámbitos exigentes. Si el talento necesario para realizar labores científicas muy exigentes no depende del género, el potencial de recursos humanos en estos ámbitos será mucho más amplio si las mujeres participan plenamente en todos los sectores científicos.

Las mujeres investigadoras son todavía una minoría en los sectores gubernamental y de la educación superior, cuya media de participación en ambos sectores en la UE es del 35 %. En todos los países estos sectores, no obstante, registran una mayor proporción de mujeres investigadoras que el sector empresarial, donde la representación de las mujeres en la UE alcanza una media de un 18 % según los datos más recientes, aunque existen variaciones significativas según los países. Los países con la menor proporción de mujeres en el sector de la investigación privada son Alemania (11,8 %), Austria (10,4 %) y los Países Bajos (8,7 %) mientras que en Letonia, Bulgaria y Rumanía la proporción de mujeres es superior al 40 %. La mejora de la situación es muy lenta. La proporción de mujeres investigadoras aumenta en mayor medida que la de los hombres en menos de la mitad de los países y en algunos de ellos el porcentaje de mujeres incluso ha disminuido.

La distribución de investigadores en los ámbitos científicos principales muestra patrones diferentes para hombres y mujeres. Entre los hombres investigadores en el sector de la educación superior, el 54 % trabaja en las ciencias naturales y la ingeniería, mientras que sólo el 37 % de las mujeres investigadoras trabaja en tales campos. Esta distribución de los investigadores en los diferentes sectores científicos refleja, naturalmente, las decisiones adoptadas por hombres y mujeres en materia de estudios de educación superior. En los últimos años se han realizado diversos estudios que comparan países y periodos históricos a la luz de la segregación horizontal en la educación superior. Tales estudios indican que en los últimos veinte años el número de mujeres en el campo de la ingeniería ha aumentado en la mayoría de los países. Este aumento, no obstante, es bastante pequeño y a menudo inferior al de otras profesiones y ámbitos de estudio. En otras palabras, el aumento del número de mujeres se produce fundamentalmente en ámbitos de estudio que ya tenían un elevado porcentaje de presencia femenina.

Un grupo de factores concretos que conforman las decisiones de hombres y mujeres se refiere a los estereotipos de género. Los estereotipos de género constituyen una percepción simplificada pero a menudo profundamente arraigada de las características masculinas y femeninas. Tales estereotipos contribuyen a perpetuar los roles de género, así como la segregación laboral. Algunos planteamientos dan por supuesto que los estereotipos de género se crean durante el proceso de socialización, mientras que otros sugieren un proceso de producción y reproducción de roles de género a lo largo de toda la vida de la persona. Las características típicamente masculinas, de conformidad con los estereotipos de género, incluyen, entre otras, el interés en las cuestiones técnicas, las competencias analíticas, una mayor destreza, la ambición profesional y el desarrollo de la carrera, la capacidad de reafirmación, el predominio, el egoísmo y la disposición a la «gestión de la impresión». Por otra parte, los estereotipos típicos de las características femeninas incluyen la propensión de las mujeres al cuidado de los niños, su interés por la familia, su valoración de la armonía, y su empatía, emotividad y altruismo. La ingeniería, evidentemente, se asocia a los estereotipos masculinos más que a los femeninos, y de ahí la consideración de la ingeniería como una profesión típicamente masculina por naturaleza y la tendencia a no ser una de las principales profesiones escogidas por las mujeres.

Los estereotipos relativos al género no sólo revisten importancia para las decisiones que toman hombres y mujeres en relación con sus campos de estudio, sino que también pueden influir sobre el proceso de toma de decisiones asociado con la asignación de puestos de trabajo o la financiación de la investigación. Los criterios de contratación que se rigen por los estereotipos masculinos conducen a la preferencia por la contratación de hombres, mientras que los criterios regidos por los estereotipos femeninos llevan a la preferencia por la contratación de mujeres.

Los antecedentes familiares, así como los mecanismos de inclusión y exclusión entre grupos paritarios, también son factores que operan a escala interpersonal. Si una joven juega con ordenadores y juguetes tecnológicos durante su infancia podría ser considerada una figura que no encaja en su grupo de amigas. En esta situación, el apoyo y el estímulo de la familia se convierten en un importante recurso social. Así, las estudiantes de ingeniería y otras ramas científicas a menudo tienen al menos un progenitor cuya profesión se enmarca en alguna de estas disciplinas. Lo anterior también pone de manifiesto la importancia de contar con un modelo de rol femenino que trabaja en una profesión o ámbito de estudio preponderantemente masculinos.

A pesar de la ampliación del acceso de las mujeres a la educación superior y la mayor proporción de mujeres licenciadas en ingeniería u otras ramas científico-técnicas, la segregación horizontal ha disminuido sorprendentemente poco en la mayoría de los países. La existencia de un «techo de cristal» o de un «suelo pegajoso» para las mujeres que intentan llegar a puestos de responsabilidad se encuentra bien documentada y afecta a todos los sectores laborales, incluso a aquéllos que cuentan con una mayor presencia femenina. La ausencia de las mujeres en los puestos de responsabilidad es mayor en el campo de la ciencia y la tecnología que en otros ámbitos En 2003, las mujeres ocupaban tan sólo el 15 % (2003) de los puestos docentes de mayor categoría en el ámbito académico, una cifra que refleja un aumento del 2 % sobre el porcentaje que se registraba en 1999. Los datos sobre la participación de las mujeres en los consejos científicos muestran unas amplias diferencias entre países. Los países nórdicos muestran niveles cercanos al 50 %, pero en la mayoría de los países no se ha alcanzado la paridad y el porcentaje es inferior al 10 % en muchos de los nuevos Estados miembros.

La tendencia internacional del debate sobre el desequilibrio de género y jerarquía en las instituciones de investigación señala hacia una estructura que, a modo de canalización, conduce desde los estudiantes de licenciatura hasta el puesto de profesor. La mayoría de los investigadores empiezan siendo estudiantes de licenciatura, más tarde inician estudios de postgrado y se convierten en investigadores o profesores asistentes y, por último, en profesores asociados y, en algunos casos, profesores titulares, tal como nuestra la figura 3.1. La diferencia entre la proporción de mujeres existente entre un nivel y el siguiente indica que la tubería tiene algún tipo de «escape», es decir, las mujeres investigadoras abandonan su carrera porque no se las promueve.

A medida que los científicos avanzan en su carrera profesional, cada vez resulta más probable que se los promueva a categorías superiores. A mayor número de años de experiencia, mayor probabilidad de lograr ser promovido. Sin embargo, la promoción parece ser más lenta en el caso de las mujeres que en el de los hombres: las diferencias entre géneros son estadísticamente significativas.

El ingreso tardío de las mujeres en la ciencia no explica por sí mismo la escasa presencia de mujeres en las categorías superiores de la investigación, ya que en relación con una duración similar de la carrera científica de hombres y mujeres, la promoción de estas últimas se produce más lentamente que la de los hombres. Los datos recogidos sugieren que las diferencias de productividad podrían contribuir a explicar el menor grado de promoción de las mujeres en algunos ámbitos (ciencia de materiales, biología/biomedicina, física), pero éste no es el caso en otros campos. También se han aducido diferencias de carácter, factores sociales y el acceso a los recursos para explicar las diferencias en la productividad y el desequilibrio de géneros en la ciencia.

Los factores organizativos e institucionales de la segregación incluyen mecanismos de desigualdad que caracterizan el funcionamiento de empresas, institutos de investigación o instituciones de financiación de la investigación. Entre los principales mecanismos institucionales que afectan a la segregación se encuentran los procesos de contratación, las prácticas de la promoción, los procesos de toma de decisiones y evaluación, así como la existencia de una cultura con una cierta identidad de género en los lugares de trabajo.

El proceso de contratación aún no se analiza demasiado, fundamentalmente debido a las dificultades existentes en relación con el acceso a los datos institucionales pertinentes. La segregación en los procesos de contratación se produce en una serie de fases consecutivas: el modo en que se informa y se atrae a los posibles candidatos a los puestos vacantes, la entrevista y la oferta de trabajo y la calidad de la misma, es decir, el salario inicial y las prestaciones ofrecidas. Cada una de estas etapas puede verse influida por un tratamiento diferenciado entre hombres y mujeres, y las decisiones sobre la contratación pueden recibir a su vez la influencia de estereotipos o preferencias de género. La función que las prácticas de promoción y evaluación desempeñan en relación con la segregación se encuentra aún menos documentada que la de las prácticas de contratación. En lo que se refiere al porcentaje de mujeres que solicitan y obtienen financiación para su investigación, no existe una diferencia estadísticamente significativa en relación con los hombres, aunque en términos generales estos últimos están ligeramente por encima de las primeras y en algunos países se observan enormes diferencias en determinados ámbitos. Por otra parte, el escaso número de solicitudes presentadas por las mujeres en el campo, por ejemplo, de la ingeniería, constituye un factor mucho más importante. Por último, por mencionar un ejemplo de cultura con una cierta identidad de género en los lugares de trabajo: «Ser contratado como ingeniero significa parecer un ingeniero, hablar como un ingeniero y actuar como un ingeniero. En la mayoría de los lugares de trabajo ello significa parecer, hablar y actuar como un hombre»[1], y ello todavía hoy es así.

Los resultados de este análisis indican la necesidad de poner en práctica una serie de recomendaciones para que la proporción de mujeres en los campos científicos y tecnológicos aumente en todas las etapas de su carrera profesional:

 Intensificación de las actividades necesarias para promover las carreras científicas de las mujeres.

 Integración de las políticas de género en los programas comunitarios y nacionales.

 Oportunidades de desarrollo profesional en el ámbito de la ciencia para los hombres y mujeres investigadores en todos los campos de la investigación académica y no académica.

 Puesta en marcha de un programa de desarrollo de los recursos humanos en los centros de investigación.

 Puesta en marcha de programas avanzados para los puestos científicos de responsabilidad, por ejemplo, sobre comunicación interdisciplinaria e intercultural, competencias en materia de género, capacidad de gestión en la ciencia y competencias en materia de asesoramiento/supervisión y tutorías, etc.

9.4.2008

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, INVESTIGACIÓN Y ENERGÍA

para la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género

sobre la mujer y la ciencia

(2007/2206(INI))

Ponente de opinión: Den Dover

SUGERENCIAS

La Comisión de Industria, Investigación y Energía pide a la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.      Acoge con satisfacción las políticas introducidas hasta la fecha, como las medidas de apoyo directo, las políticas de contratación preferencial y los planes de financiación que apoyan la investigación realizada por mujeres, que tienen por objeto lograr una participación más equitativa de las mujeres en los distintos ámbitos y sectores científicos;

2.      Señala que para cumplir la Estrategia de Lisboa la UE necesita 700 000 investigadores más, por lo pide a la Comisión y a los Estados miembros que, de acuerdo con la hoja de ruta para la igualdad entre hombres y mujeres 2006-2010, pongan en marcha medidas específicas para que para 2010 la participación de mujeres y hombres en la ciencia y la tecnología sea más equilibrada;

3.      Considera, no obstante, que es necesario realizar más esfuerzos para aumentar la participación de las mujeres en puestos de responsabilidad (en consejos científicos y comités de evaluación, por ejemplo) y en todos los ámbitos de la ciencia, incluidos la investigación, la contratación, la formación, la educación, las tecnologías de la información, la ingeniería, el comercio, las comunicaciones, las relaciones públicas, la publicidad y las relaciones industriales, previendo para las mujeres modalidades de flexibilidad laboral innovadoras que permitan continuar la actividad laboral durante la maternidad;

4.      Opina que se han de tomar medidas para hacer frente a la escasa representación de las mujeres, en particular en círculos académicos de carácter científico; recomienda a este fin que se prevean ayudas directas y subvenciones, a fin de alentar a las mujeres a que ocupen puestos de responsabilidad, así como subvenciones para programas de orientación y tutoría, ayudando a las mujeres jóvenes a desarrollar actividades académicas de carácter científico, ejercer la investigación, solicitar subvenciones y participar en proyectos, asegurando al mismo tiempo su movilidad y flexibilidad y la de sus familias;

5.      Considera que las redes de mujeres científicas son un instrumento esencial para atraer a un mayor número de mujeres a los ámbitos científicos y tecnológicos y promocionarlas a puestos de responsabilidad; en este sentido, pide a la Comisión y a los Estados miembros que incentiven la puesta en marcha de redes a nivel europeo, nacional y regional y que den su apoyo a las que ya existen, como la Plataforma Europea de Mujeres Científicas;

6.      Considera que, a fin de eliminar algunos de los obstáculos a los que se enfrentan las mujeres para alcanzar puestos de alto nivel en carreras científicas, es necesario adoptar medidas concretas con objeto de promover una mejor comprensión de los conceptos de «buena investigación», «excelencia» e «innovación», particularmente por los que respecta a los criterios relativos a la definición de «buen investigador», que no deberían limitarse al número de publicaciones de los investigadores;

7.      Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen las medidas oportunas para que las aportaciones de mujeres no queden excluidas de las publicaciones sobre historia de la ciencia y la tecnología, y ello no sólo porque sería una clara discriminación, sino también porque la falta de «modelos de rol» representa una dificultad a la hora de incentivar a las mujeres para que se introduzcan en estos ámbitos;

8.      Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que eliminen todos los obstáculos financieros y administrativos a que se enfrentan las mujeres en el ámbito científico y a que creen unas condiciones laborales más atractivas y flexibles para las mujeres, con objeto de que les resulte más fácil conciliar la vida profesional y familiar y estimular su interés por ejercer carreras en todos los ámbitos de la ciencia, mediante formas de apoyo específicas para las madres trabajadoras que no incidan en el presupuesto previsto para la investigación científica; pide, asimismo, a los Estados miembros que garanticen un reparto equitativo de las responsabilidades parentales fomentando un recurso equitativo a la licencia parental y a unas condiciones de trabajo flexibles tanto para hombres como para mujeres;

9.      Señala que los límites de edad para la adjudicación de becas perjudican a los jóvenes que tienen personas dependientes a su cargo, y que éstos son mayoritariamente mujeres; por ello, pide a la Comisión y a los Estados miembros que, cuando se den estas circunstancias, contemplen en su legislación medidas que corrijan esta disfunción, tales como ampliar un año el plazo de solicitud por cada año que se tenga una persona dependiente a cargo;

10.    Manifiesta su firme convicción de que, a fin de promover y fomentar una mayor participación de las mujeres en ámbitos como las tecnologías, la física, la ingeniería, la informática y otros, que, lamentablemente, siguen estando dominados por los hombres, es necesario adoptar medidas específicas de contratación, formación y relaciones públicas;

11.    Pide a la Comisión que en los proyectos presentados en respuesta a las convocatorias de propuestas del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración se valore positivamente que en el grupo científico solicitante haya un número equilibrado de hombres y mujeres; insta a los Estados miembros a que tomen las mismas disposiciones en relación con sus planes nacionales y regionales;

12.    Apoya el objetivo de establecer y garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato para hombres y mujeres con los mismos niveles de educación, competencias y méritos en el caso de puestos científicos idénticos, en los procedimientos de selección y contratación y en todas las carreras profesionales, algo esencial para que las mujeres puedan seguir nuevos cursos de formación y conseguir ascensos en su profesión sobre la base de sus méritos, contribuyendo al mismo tiempo a una participación equilibrada de hombres y mujeres en puestos de responsabilidad; lamenta que, a pesar de que en la mayoría de los Estados miembros el número de mujeres con titulo universitario es superior al de los hombres y éstas tienen un nivel medio de cualificaciones académicas superior al de los hombres, las mujeres estén infrarrepresentadas en los centros académicos y de investigación;

13.    Considera de suma importancia la promoción temprana de la ciencia como ámbito que interesa a los dos sexos; insta a que esto se tenga en cuenta al planificar el material educativo y la formación de los profesores; exhorta a las universidades y facultades a que examinen sus sistemas de selección para el acceso a las mismas, con objeto de identificar una posible discriminación implícita por motivos de género, y a que corrijan en consecuencia dichos sistemas;

14.    Pide a la Comisión que, en lo que se refiere al Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, informe regularmente al Parlamento de los progresos en la representación de las mujeres en los órganos de evaluación y los comités de selección; pide a la Comisión que incluya los aspectos relacionados con el género en las evaluaciones provisionales y en los informes de progresos del Programa Marco;

15.    Pide a los Estados miembros que analicen los factores causantes de la baja proporción de mujeres (15 % de media en la UE) que ocupan puestos de responsabilidad en las universidades y los rectorados, situación que reduce notablemente su influencia en la toma de decisiones en el ámbito de la investigación, a pesar de que el 43 % de los títulos de doctorado expedidos en la UE corresponden a mujeres;

16.    Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten políticas eficaces para eliminar la diferencia salarial por motivos de género; observa que en el ámbito de la ciencia «el principio de la igualdad de la remuneración» debe aplicarse asimismo a las becas y las ayudas;

17.    Insta a las universidades, los centros de investigación y las empresas privadas a que adopten estrategias de igualdad en sus organizaciones y en sus procesos de toma de decisiones.

  • [1]  Robinson, J.G. y J.S. McIlwee (1991), «Men, Women, and the Culture of Engineering»,
    The Sociological Quarterly, 32: 406.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

14.4.2008

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

12

0

8

Miembros presentes en la votación final

Emine Bozkurt, Zita Gurmai, Lívia Járóka, Piia-Noora Kauppi, Astrid Lulling, Siiri Oviir, Doris Pack, Zita Pleštinská, Karin Resetarits, Teresa Riera Madurell, Eva-Britt Svensson, Anne Van Lancker, Anna Záborská

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Gabriela Creţu, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Donata Gottardi, Anna Hedh, Marusya Ivanova Lyubcheva

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Manolis Mavrommatis, Miroslav Mikolášik