RECOMENDACIÓN sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, relativo a un acuerdo marco entre la Comunidad Europea y el Estado de Israel sobre los principios generales que rigen la participación del Estado de Israel en los programas comunitarios

11.11.2008 - (5471/2008 – COM(2007)0713 – C6-0180/2008 – 2007/0241(AVC)) - ***

Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Véronique De Keyser

Procedimiento : 2007/0241(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0436/2008
Textos presentados :
A6-0436/2008
Votaciones :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, relativo a un acuerdo marco entre la Comunidad Europea y el Estado de Israel sobre los principios generales que rigen la participación del Estado de Israel en los programas comunitarios

(5471/2008 – COM(2007)0713 – C6-0180/2008 – 2007/0241(AVC))

(Procedimiento de dictamen conforme)

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2007)0713),

–   Visto el texto del Consejo (5471/2008),

–   Vista la solicitud de dictamen conforme presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 300, apartado 3, párrafo segundo, en conexión con el artículo 300, apartado 2, párrafo primero, frases primera y segunda, y con el artículo 310, del Tratado CE (C6-0180/2008),

–   Vistos el artículo 75 y el artículo 83, apartado 7, de su Reglamento,

–   Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0436/2008),

1.  Emite dictamen conforme sobre la celebración del protocolo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y del Estado de Israel.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el marco de su Política Europea de Vecindad (PEV), instaurada en el 2004, la Unión Europea brinda la posibilidad a los países miembros de la PEV de participar en determinados programas y agencias comunitarios. El presente proyecto de recomendación versa sobre la participación del Estado de Israel en los programas comunitarios.

Dicha participación a los programas comunitarios debe ser solicitada expresamente por el país de que se trate y conformarse a un proceso bien establecido: negociación de un acuerdo marco, sumisión a un procedimiento de dictamen conforme, y a continuación, por lo que a cada solicitud de participación en un programa se refiere, redacción de un memorando de entendimiento, que firmarán ambas partes. Esto no concierne a todos los programas comunitarios, dado que sus objetivos y sobre todo sus estatutos no lo permiten. Existen, así pues, tres categorías de programas[1]: aquellos abiertos a participación[2], los que permiten una cooperación[3] y aquellos que descartan totalmente cualquier tipo de participación y de cooperación[4].

Por ello, la participación de los países de la PEV se organiza caso por caso, teniendo en cuenta la situación específica de cada país. La contribución financiera relativa a dicha participación depende de criterios que son propios al programa en cuestión y debe ser sufragada por medio de una contribución del país asociado o, en ciertos casos, mediante el presupuesto de la UE, lo cual permite la participación de todos los países de la PEV, sin discriminación alguna.

El Estado de Israel ya viene cooperando, desde hace años, en los programas comunitarios cuyos estatutos permitían una cooperación con Estados terceros, como el

Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, en el cual Israel participa desde su cuarta edición. La Unión Europea constituye la segunda fuente de financiación de la investigación en Israel y, por lo que al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) se refiere, Israel tiene la intención de aportar una contribución de 440 millones de euros. Además, Israel es el primer país de la PEV que ha solicitado participar en los programas comunitarios y, concretamente, en el Programa marco para la innovación y la competitividad. Este programa se divide en tres partes y ya se ha firmado un acuerdo en relación con la primera parte; por lo que a la participación en las otras dos partes se refiere, las negociaciones siguen su curso. El Estado de Israel ha manifestado asimismo su interés por los programas «Cultura» y «Media 2007». Sin embargo, subsiste un problema por lo que respecta a estos dos programas, dado que, para ser elegible en el ámbito de los mismos, es preciso que el país haya ratificado la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural. Habida cuenta de que el Estado de Israel no ha ratificado aún dicha Declaración, no puede, por el momento, emprender las gestiones necesarias para participar en dichos programas.

El presente proyecto de recomendación va acompañado de un proyecto de resolución, en el que se exponen las prioridades políticas que enmarcan este acuerdo.

  • [1]  La lista de dichos programas se encuentra disponible en el sitio internet de la Comisión Europea:
    http://ec.europa.eu/world/enp/documents_es.htm
  • [2]  Programa de acción comunitaria en relación con la política de los consumidores, Programa marco para la innovación y la competitividad, etc.
  • [3]  Marco Polo, Aprendizaje permanente, Cultura, Media 2007, Juventud en Acción, Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, etc.
  • [4]  Life +, Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, etc.

PROCEDIMIENTO

Título

Participación del Estado de Israel en los programas comunitarios

Referencias

05471/2008 – C6-0180/2008 – COM(2007)07132007/0241(AVC)

Fecha de la solicitud de dictamen conforme del PE

23.4.2008

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

AFET

8.5.2008

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión

       Fecha del anuncio en el Pleno

INTA

8.5.2008

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

       Fecha de la decisión

INTA

18.12.2007

 

 

 

Ponente(s)

       Fecha de designación

Véronique De Keyser

27.11.2007

 

 

Ponente(s) sustituido(s)

Jacek Saryusz-Wolski

 

 

Procedimiento simplificado - fecha de la decisión

27.11.2007

Examen en comisión

7.10.2008

4.11.2008

 

 

Fecha de aprobación

6.11.2008

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

43

5

3

Miembros presentes en la votación final

Vittorio Agnoletto, Roberta Alma Anastase, André Brie, Philip Claeys, Véronique De Keyser, Giorgos Dimitrakopoulos, Michael Gahler, Georgios Georgiou, Ana Maria Gomes, Jana Hybášková, Jelko Kacin, Metin Kazak, Maria Eleni Koppa, Joost Lagendijk, Vytautas Landsbergis, Johannes Lebech, Francisco José Millán Mon, Philippe Morillon, Pasqualina Napoletano, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Baroness Nicholson of Winterbourne, Janusz Onyszkiewicz, Ria Oomen-Ruijten, Ioan Mircea Paşcu, João de Deus Pinheiro, Hubert Pirker, Samuli Pohjamo, Bernd Posselt, Michel Rocard, Michel Rocard, Libor Rouček, Christian Rovsing, Flaviu Călin Rus, Jacek Saryusz-Wolski, Inese Vaidere, Geoffrey Van Orden, Marcello Vernola, Kristian Vigenin, Andrzej Wielowieyski, Jan Marinus Wiersma, Zbigniew Zaleski, Josef Zieleniec

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Árpád Duka-Zólyomi, Kinga Gál, Milan Horáček, Marie Anne Isler Béguin, Tunne Kelam, Nickolay Mladenov, Inger Segelström, Jean Spautz

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Wolfgang Bulfon, Rosa Miguélez Ramos

Fecha de presentación

11.11.2008