INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 26 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera
4.12.2008 - (COM(2008)0732 – C6‑0393/2008 – 2008/2317(ACI))
Comisión de Presupuestos
Ponente: Reimer Böge
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 26 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera
(COM(2008)0732 – C6‑0393/2008 – 2008/2317(ACI))
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2008)0732 – C6‑0393/2008),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[1] y, en particular, su apartado 26,
– Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[2],
– Vista la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, adoptada durante la reunión de concertación del 17 de julio de 2008, sobre el Fondo de Solidaridad de la UE,
– Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y la opinión de la Comisión de Desarrollo Regional (A6‑0474/2008),
1. Aprueba la decisión aneja a la presente Resolución;
2. Encarga a su Presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el Presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.
ANEXO: DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de xx de diciembre de 2008
relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 26 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[1], y, en particular, su apartado 26,
Visto el Reglamento (CE) n° 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[2],
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) La Unión Europea ha creado un Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (el «Fondo») para mostrar la solidaridad con la población de regiones asoladas por catástrofes.
(2) El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del Fondo dentro de un límite máximo anual de 1 000 millones de euros.
(3) El Reglamento (CE) nº 2012/2002 contiene las disposiciones por las cuales el Fondo puede movilizarse.
(4) Chipre ha presentado una solicitud de movilización del Fondo a consecuencia de una catástrofe causada por la sequía.
HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:
Artículo 1
Se movilizará, en el marco del Presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio presupuestario 2008, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea por una suma de 7 605 445 euros en créditos de compromiso y de pago.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, ... de diciembre de 2008
Por el Parlamento Europeo Por el Consejo
El Presidente El Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comisión propone movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea en favor de Chipre sobre la base del apartado 26 del Acuerdo Interinstitucional (AI), de 17 de mayo de 2006. El AI permite la movilización del Fondo dentro de un límite máximo anual de 1 000 millones de euros. Durante 2008, se ha movilizado un importe total de 273 191 197 euros en favor del Reino Unido (162 387 985 euros), Grecia (89 769 009 euros), Eslovenia (8 254 203 euros) y Francia (Guadalupe y Martinica - 12 780 000 euros).
La Comisión ha presentado un presupuesto rectificativo (PR nº 10/2008) para consignar, en el presupuesto 2008, créditos específicos de compromiso y de pago previstos en el apartado 26 del AI.
Chipre solicitó ayuda del Fondo tras la sequía que sufrió el país la primavera pasada y que culminó en abril de 2008. Tras haber verificado que la solicitud cumple los criterios de elegibilidad que establece el Reglamento del Consejo (CE) nº 2012/2002, la Comisión propone movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea por una cantidad total de 7 605 445 euros, que se asignarán con cargo a la rúbrica 3b del marco financiero. Este importe corresponde a una reducción en créditos de pago de 7 605 445 euros de la línea presupuestaria 13 04 02 (Fondo de Cohesión - rúbrica 1b).
El ponente celebra que la Comisión haya propuesto la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea como punto único del APR nº 11/2008, y recuerda que el 17 de julio de 2008, durante la concertación entre las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria, el Parlamento y el Consejo afirmaban en una declaración conjunta que «acogen con satisfacción el compromiso de la Comisión de que en el futuro cada anteproyecto de presupuesto rectificativo requerido por la movilización del Fondo de Solidaridad tendrá únicamente ese objetivo».
De conformidad con el apartado 26 del AI, se iniciará un procedimiento de diálogo tripartito antes de que las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria aprueben la movilización. Dada la urgencia de la aprobación del PR nº 11/2008, las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria han acordado aplicar un procedimiento simplificado.
La Comisión de Desarrollo Regional ha emitido una opinión favorable en una carta adjunta al presente informe.
El volumen de los daños y de la ayuda propuesta por la Comisión puede resumirse del modo siguiente:
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(EUR) |
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Daños directos |
Umbral |
Cantidad basada en el 2.5% |
Cantidad basada en el 6% |
Cantidad total de la ayuda propuesta |
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Chipre/sequía |
176 150 000 |
84 673 000 |
2 116 825 |
5 488 620 |
7 605 445 |
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Total |
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7 605 445 |
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El ponente recomienda que se apruebe la propuesta de Decisión de la Comisión adjunta al presente informe.
OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO REGIONAL
Sr. D. Reimer Böge
Presidente
Comisión de Presupuestos
Asunto: Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (COM(2008)732 final)
Señor presidente:
A fin de evitar retrasos indebidos en la aprobación de esta medida que la Comisión de Presupuestos se propone adoptar cuanto antes, me complace comunicarle que la Comisión de Desarrollo Regional no tiene objeción alguna con respecto a la movilización del Fondo de Solidaridad por una suma de 7 605 445 euros en favor de Chipre, tal como propone la Comisión Europea y de conformidad con las disposiciones del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 y del Reglamento n° 2012/2002.
Le saluda atentamente,
Gerardo Galeote
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
2.12.2008 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
15 0 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Reimer Böge, Costas Botopoulos, Brigitte Douay, Catherine Guy-Quint, Jutta Haug, Ville Itälä, Anne E. Jensen, Janusz Lewandowski, Vladimír Maňka, Margaritis Schinas, László Surján, Kyösti Virrankoski, Ralf Walter |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Marusya Ivanova Lyubcheva, Gianluca Susta |
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