INFORME sobre las perspectivas de desarrollo del diálogo civil en el marco del Tratado de Lisboa

4.12.2008 - (2008/2067(INI))

Comisión de Asuntos Constitucionales
Ponente: Genowefa Grabowska

Procedimiento : 2008/2067(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0475/2008
Textos presentados :
A6-0475/2008
Debates :
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre las perspectivas de desarrollo del diálogo civil en el marco del Tratado de Lisboa

(2008/2067(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Visto el Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007[1],

–   Vistos el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

–   Vista su Resolución, de 20 de febrero de 2008, sobre el Tratado de Lisboa[2],

–   Vistas las resoluciones del Parlamento Europeo aprobadas durante la legislatura actual en las que se hace referencia a la sociedad civil,

–   Visto su taller de 3 de junio de 2008, en el que participaron representantes de organizaciones de la sociedad civil,

–   Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A6-0475/2008),

A. Considerando que una Unión Europea democrática y próxima a los ciudadanos requiere la estrecha cooperación de las instituciones de la UE y de los Estados miembros con la sociedad civil a escala europea, nacional, regional y local,

B.  Considerando que la apertura de las instituciones de la UE, al igual que la de las autoridades nacionales, regionales y locales, al diálogo y a la cooperación con los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil es una condición esencial para que se puedan comprometer en la reglamentación y el ejercicio de la autoridad a todos los niveles,

C. Considerando que el Tratado de Lisboa fortalece los derechos de los ciudadanos de la UE en relación con la Unión al facilitar su participación en los debates sobre una «Europa de los ciudadanos», así como la de las asociaciones representativas de la sociedad civil,

D. Considerando que las disposiciones en vigor, cimentadas igualmente en el Tratado de Lisboa, crean un marco jurídico indispensable para el desarrollo del diálogo civil a nivel europeo, pero que su puesta en práctica no es siempre satisfactoria,

E.  Considerando que la sociedad civil de los 27 Estados miembros se encuentra en diferentes niveles de desarrollo y que, en diferentes grados, ejerce la democracia participativa y se beneficia de la posibilidad de tomar parte en el proceso de elaboración del derecho y del diálogo con las autoridades nacionales, regionales y locales,

F.  Considerando que la expresión «sociedad civil» se refiere a las numerosas organizaciones no gubernamentales y sin ánimo de lucro creadas, libremente, por los ciudadanos, las cuales están presentes en la vida pública, y manifiestan los intereses, las ideas y las ideologías de sus miembros y otros, basadas en consideraciones éticas, culturales, políticas, científicas, religiosas o filantrópicas,

G. Considerando que la cuestión de la definición del nivel de representación de las organizaciones de la sociedad civil despierta numerosas dudas y que la actividad y la eficacia en la promoción de determinados puntos de vista por parte de ciertas organizaciones no siempre va a la par con su representación,

H. Considerando que las instituciones de la Unión Europea adoptan posiciones diferentes en relación con el diálogo social,

1.  Reconoce la contribución de la Unión Europea al desarrollo del diálogo civil, tanto a nivel europeo como a nivel nacional, regional y local en los Estados miembros;

2.  Subraya que la sociedad civil en Europa desempeña una función importante en el proceso de integración europeo, por cuanto lleva las posiciones y las peticiones de los ciudadanos y las ciudadanas de la Unión hasta las instituciones europeas; destaca la importancia de los contenidos que la sociedad civil pone a disposición de las instituciones y destaca y subraya el peso y la importancia de las labores de información y sensibilización en el diálogo civil, en especial en el marco de la promoción y difusión de las actividades y de los objetivos de la Unión Europea, en la construcción de una red europea de cooperación y de refuerzo en el seno de la identidad de la sociedad civil, y de la identificación europea;

3.  Subraya que, si la Unión Europea desea alcanzar sus fines y objetivos políticos, ha de ampliar el debate público, lograr un diálogo civil más eficaz y una mayor conciencia política;

4.  Hace hincapié en su particular simpatía en relación con el diálogo civil y en la significación dada a dicho diálogo por el Tratado de Lisboa, que le ha otorgado el estatus de principio superior anudando todos los dominios de actividad de la Unión Europea;

5.  Se felicita del refuerzo de la democracia representativa y de la democracia participativa, resultante de la introducción en el Tratado de Lisboa de la «iniciativa ciudadana», que permite a un millón de ciudadanos de varios Estados miembros solicitar a la Comisión Europea la presentación de una propuesta legislativa;

6.  6. Insta a las instituciones de la Unión Europea así como a las instituciones nacionales, regionales y locales de los Estados miembros a obtener el mayor beneficio del marco jurídico existente y del catálogo de buenas prácticas para el desarrollo del diálogo con los ciudadanos y con las organizaciones de la sociedad civil; considera, en particular, que las oficinas de información del PE en cada uno de los Estados miembros deben participar activamente en el fomento, la organización y la gestión de foros que se celebren, como mínimo anualmente, entre el Parlamento y representantes de la sociedad civil en el Estado miembro de que se trate, y destaca la importancia de que sus miembros, tanto del Estado miembro de que se trate como de otros Estados miembros, participen regularmente en dichos foros;

7.  Insta a las instituciones de la Unión Europea a implicarse en el diálogo civil con todos los representantes de la sociedad civil interesados; considera que, en este contexto, es esencial la voz de los jóvenes ciudadanos de Europa, que darán forma y serán responsables de la «Unión Europea de mañana»;

8.  Insta a las instituciones de la Unión Europea a garantizar que todos los ciudadanos de la UE, es decir, las mujeres y los hombres, las personas mayores y los jóvenes, tanto en las zonas rurales como en las urbanas – tengan la oportunidad de participar activamente, sin ser discriminados y de manera abierta en el diálogo civil y, en particular, que las personas pertenecientes a minorías lingüísticas puedan usar sus lenguas maternas en dichos foros; señala que el funcionamiento de la Unión Europea en este marco debería contribuir a la puesta en práctica de la idea de la igualdad de hombres y mujeres y dar ejemplo de su promoción tanto en los Estados miembros como fuera de la UE;

9.  Insta a las instituciones de la Unión Europea a que adopten en un acuerdo interinstitucional directrices vinculantes para la designación de representantes de la sociedad civil, métodos para la configuración de consultas y su financiación, de acuerdo con los «principios generales y normas mínimas para la consulta de la Comisión a las partes interesadas»[3]; destaca, a este respecto, que todas las instituciones de la UE deben mantener registros actualizados de todas las organizaciones no gubernamentales relevantes, tanto si éstas actúan en los Estados miembros o a escala de las instituciones de la UE;

10. Insta a las instituciones de la Unión Europea a convertir el diálogo civil en un cometido transversal para todas las direcciones generales de la Comisión, todos los grupos de trabajo del Consejo en el Consejo de Ministros y todas las comisiones del Parlamento Europeo, de manera transparente y manteniendo un equilibrio completo entre los sectores público y privado;

11. Insta a las instituciones de la Unión Europea a cooperar de manera más estrecha en la construcción del diálogo civil europeo y en la promoción de una actitud europea activa entre los ciudadanos de la UE para asegurar una mejor comunicación, transmisión de información y coordinación de sus actividades en el marco de la consulta a la sociedad; observa en este sentido que las reuniones periódicas entre la sociedad civil y los representantes de la Comisión en foros de los Estados miembros resultarían muy recomendables para reducir la distancia observada existente entre la UE y los ciudadanos europeos;

12. Insta al Consejo de la Unión Europea a facilitar y simplificar el acceso a sus trabajos, puesto que es una condición sine qua non para establecer un verdadero diálogo con la sociedad civil;

13. Subraya la importancia del desarrollo de la política europea de comunicación en materia de nuevas herramientas y maneras de comunicarse con los ciudadanos de la UE (gracias a Internet, la utilización de la tecnología electrónica y las tecnologías audiovisuales actuales);

14. Apela a la continuación de iniciativas de probada eficacia y vigentes en la actualidad que tienen como objetivo aumentar la participación de la sociedad civil en el proceso de integración europea, tales como Europe by Satelite, Ágora ciudadana, foros ciudadanos temáticos (por ejemplo, Your Europe), debates por Internet, etc.;

15. Subraya la importancia de los estudios realizados por profesionales cuyo objetivo es el análisis de la opinión pública europea para determinar y entender las necesidades y las expectativas de los ciudadanos de la UE en relación con el funcionamiento de la Unión; urge, tanto a las instituciones de la UE como a la sociedad civil en los Estados miembros, a que tengan en cuenta estas expectativas en sus interacciones y debates;

16. Insta a las autoridades nacionales, regionales y locales de los Estados miembros a apoyar el diálogo civil, en particular en los países y regiones así como en los ámbitos en los que aún no se haya desarrollado por completo o no esté lo suficientemente instaurado; urge además a estos órganos a que fomenten activamente el desarrollo de la interactividad regional de la sociedad civil entre los Estados miembros y las iniciativas transfronterizas; considera también que se debe examinar el potencial que ofrece la formación de agrupaciones empresariales en los Estados miembros, como posible medio para fomentar los intercambios de ideas y experiencias en la UE;

17. Apela a los representantes de la sociedad europea a que participen activamente en el diálogo civil así como en la elaboración de políticas y programas europeos, permitiendo así influir en los procesos de toma de decisiones;

18. Anima a los ciudadanos de la UE a aumentar su participación en los debates y discusiones sobre los asuntos europeos así como en las próximas elecciones al Parlamento Europeo;

19. Señala que el diálogo con los ciudadanos a todos los niveles, es decir, europeo, nacional, regional y local, requiere los medios económicos necesarios, y solicita por tanto a las partes interesadas y responsables de su organización que garanticen una aportación financiera apropiada;

20. Destaca que, además del diálogo con la sociedad civil, también es necesario un diálogo abierto, transparente y regular entre la Unión Europea y las iglesias y comunidades religiosas, tal como establece el Tratado de Lisboa;

21. Recomienda a las instituciones de la UE que divulguen conjuntamente informaciones sobre la representatividad y los ámbitos de actividad de las organizaciones de la sociedad civil en Europa, por ejemplo, creando un banco de datos público y de fácil acceso;

22. Pide a la Comisión que presente una nueva propuesta relativa a las asociaciones europeas, para que las organizaciones de la sociedad civil puedan contar con una base jurídica común;

23. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a los Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo, a la Comisión, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.

  • [1]  DO C 306 de 17.12.2007, p. 1.
  • [2]  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0055.
  • [3]  Véase la Comunicación de la Comisión de 11 de diciembre de 2002 titulada «Hacia una cultura reforzada de consulta y diálogo - Principios generales y normas mínimas para la consulta de la Comisión a las partes interesadas» (COM(2002)0704 final).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

«No aliamos Estados, unimos personas»

Jean Monnet

«Nada sobre nosotros sin nosotros», es lo que esperan los ciudadanos europeos de las instituciones de la Unión Europea. Debido a las ampliaciones sucesivas, la Unión aumentará no sólo el número de Estados miembros, sino también el número de ciudadanos sujetos a la legislación comunitaria. Si bien la Unión es un proyecto expuesto a cambios y transformaciones sistemáticos, desafortunadamente la comunicación entre ella y los ciudadanos no sigue esta tendencia. Se ha creado una patente laguna de comunicación, que se manifestó con los «no» de los franceses y neerlandeses a la Constitución Europea y el «no» irlandés al Tratado de Lisboa. Esta laguna parece disminuir gracias a las iniciativas y a los proyectos emprendidos por las instituciones de la Unión. Estas acciones muestran que es posible influir deliberadamente en el desarrollo de una democracia participativa, con respecto a cuestiones europeas a nivel local, regional, nacional y supranacional.

A partir de los años noventa, las instituciones europeas se fueron abriendo a los ciudadanos con paso lento pero seguro, reconociendo con cada vez mayor claridad el papel de la sociedad civil y pidiendo su opinión con cada vez más frecuencia. El diálogo establecido entre las instituciones europeas y las organizaciones no gubernamentales constituye un amplio conjunto de políticas europeas y pasó a denominarse «diálogo civil».

Sin embargo, en el ámbito de la comunicación, y, en particular, del diálogo civil, a la Unión Europea aún le queda mucho por hacer. Es evidente que el proyecto europeo no se puede llevar adelante sin los ciudadanos y, es más, que la comunicación con ellos es indispensable para el correcto funcionamiento de la democracia. Y a la inversa, sólo se puede despertar el interés de los ciudadanos por la Unión y obtener su apoyo mediante informaciones completas, un debate vivo y abierto y la implicación activa de los ciudadanos en las cuestiones europeas, de conformidad con el principio según el cual: «Todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión. Las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima posible a los ciudadanos» (artículo 10, del Tratado de la UE).

El objetivo principal de este informe es subrayar el papel y la importancia cruciales del diálogo civil en la Unión Europea, en especial en el contexto del Tratado de Lisboa, y de mostrar sus nuevas formas y posibilidades, así como la necesidad de elaborar principios claros y transparentes para regir este diálogo en el foro europeo.

El Tratado de Lisboa ha conferido al diálogo civil el estatus de principio superior, que une prácticamente todas las políticas europeas y todos los ámbitos de actividad de la UE (Título II «Disposiciones sobre los principios democráticos» del Tratado de la Unión Europea, en particular, el artículo 11). No se puede hablar sobre diálogo civil sin implicar a la sociedad civil. Por ello la ponente organizó en abril de 2008 en el Parlamento, un seminario consagrado a las perspectivas de desarrollo del diálogo civil tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. El seminario, que contó con una amplia participación de representantes de la sociedad civil fue un verdadero éxito y sus interesantes conclusiones han servido, entre otros, para la elaboración del presente informe.

La Unión Europea no dispone, ni en la legislación ni en la práctica, de una definición de diálogo civil única y universalmente admitida. Salvo varios documentos de la Comisión Europea relativos a la consulta y a la política de comunicación de la UE[1], no encontramos reglas que establezcan su estructura, marco o métodos de aplicación. La comprensión de qué es el diálogo civil dificulta adicionalmente la disparidad de enfoques por parte de las instituciones con respecto al mismo. Existen, por ejemplo, serias reservas en cuanto a la representatividad de las organizaciones no gubernamentales invitadas a participar en el diálogo, al carácter hermético que reviste el funcionamiento del Consejo para los ciudadanos europeos o al exceso de libertad (en particular, por parte de la Comisión Europea) en el modo de llevar a cabo este diálogo.

La ponente estima que es de una importancia crucial definir (o describir) el concepto mismo de diálogo civil a escala de la Unión y formular reglas que establezcan la representatividad de los participantes en el diálogo por parte de la sociedad civil.

Para hacer que el principio de representatividad de la sociedad civil sea una realidad, se debería asociar a este diálogo a las organizaciones con las que los ciudadanos se sientan más identificados y que mejor representen sus intereses, es decir, de la manera más completa y competente. El éxito del diálogo civil dependerá precisamente de la representatividad, es decir, del compromiso de todos los interlocutores clave (partes) interesados en la temática abordada en el diálogo (es decir, las instituciones de la unión; las autoridades nacionales, regionales y locales de los Estados miembros, los partidos políticos europeos, las organizaciones no gubernamentales y otros representantes de la sociedad civil).

Por su propia naturaleza, el diálogo civil tiene carácter bilateral y recíproco. Por lo tanto, no es suficiente con informar a los ciudadanos de las actividades de la Unión, sino que también se debe encontrar tiempo para escuchar sus opiniones. Asimismo, es conveniente asegurarles que las ideas y temores expresados serán tratados de forma seria y tenidos en cuenta por las instituciones europeas. El principio de reciprocidad requiere que los participantes obtengan información de retorno, es decir, que se les mantenga informados de la continuación dada a las propuestas realizadas en el transcurso del diálogo. ¿No se debería reforzar así la influencia de los interlocutores sociales en las decisiones tomadas en la Unión Europea?

Además, para la elección de los interlocutores también es muy importante el equilibrio entre los sectores privados y público y un tratamiento igualitario para los representantes de las organizaciones sociales y los expertos.

El principio de transparencia. Para elegir a quién invitar al diálogo, las instituciones europeas deberían demostrar la mayor transparencia posible. Para ello, la ponente sugiere, entre otros, una publicación sistemática de la lista de las organizaciones que se unieron a la consulta y que presentaron sus puntos de vista y sus propuestas. La Unión Europea debería, tras la movilización de la consulta o diálogo, designar a la persona encargada de las relaciones con los representantes de las organizaciones sociales civiles.

Por otra parte, en las decisiones derivadas de las políticas comunitarias, las organizaciones no gubernamentales (europeas y nacionales) deberían indicar de forma clara y transparente a quién representan y cuáles son sus intereses. Esto permitiría distinguir los lobby de los verdaderos representantes de la sociedad civil.

Los principios del diálogo civil

Es conveniente recordar la comunicación de la Comisión hacia «una cultura reforzada de consulta y diálogo» (2002), que define los principios esenciales de la consulta social realizada por la Comisión. Subraya que todos los grupos destinatarios interesados deberían estar incluidos en la consulta, que se debe transmitir la información indispensable para poder expresar una opinión acerca de los documentos o proyectos objeto de consulta e, igualmente, los grupos consultados deberían recibir siempre la confirmación de que su opinión ha llegado al solicitante. Estos principios se centran, sobre todo, en la calidad del proceso de consulta y de diálogo, pero, sin embargo, no precisan su marco y sus procedimientos. Por ello la ponente espera que la Comisión Europea verifique estos principios y los adapte a las necesidades actuales, de manera que se puedan convertir en principios comunes para todas las instituciones.

No cabe duda de que son las autoridades nacionales, regionales y locales las que desempeñan el papel más importante en el apoyo y el desarrollo del diálogo civil, y, en particular, en la implicación de los ciudadanos con el mismo. Se debería consultar a los ciudadanos en estos tres niveles y su opinión, en especial cuando respecta a cuestiones europeas, debería ser transmitida a las instituciones europeas. La ponente propone obligar a las autoridades nacionales, regionales y locales a que promuevan el método del civil y recurran lo más frecuentemente posible al mismo. Al convertirse en partes del diálogo, los ciudadanos de la Unión Europea se familiarizarán con las actividades prácticas de la democracia participativa y podrán ejercer sus derechos verdaderamente.

En el contexto de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, se debe subrayar, en particular, la iniciativa ciudadana denominada «un millón de firmas», que constituye una propuesta legislativa presentada a la Comisión. Gracias a esta iniciativa, todos los actores de la vida democrática de la UE (ciudadanos y organizaciones no gubernamentales) podrán expresar claramente y presentar oficialmente sus expectativas con respecto a la Unión.

Teniendo en cuenta la mejora de la eficacia del diálogo civil, la ponente desea, asimismo, llamar la atención sobre las cuestiones siguientes:

1.        Apertura del Consejo de la Unión Europea. El aumento y la simplificación del acceso a los documentos del Consejo se consideran clave para emprender un diálogo eficaz con la sociedad civil. Además, la información sobre las tareas de los grupos de trabajo debería ser más accesible para el Parlamento y para la sociedad civil.

2.        Mejora y estrechamiento de la cooperación entre las instituciones europeas en el marco de la consulta con la sociedad civil. En particular, debería crearse una plataforma de colaboración conjunta entre el Parlamento y la Comisión, con la participación del Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones.

3.        Lanzamiento de nuevos canales, métodos y posibilidades de comunicación con los ciudadanos y el desarrollo de la cooperación con los medios de comunicación. Se deben buscar y explotar activamente nuevas tecnologías para la creación de canales informativos, incluyendo la tecnología digital e Internet. En cuanto a los medios de comunicación, la ponente desea observar los progresos significativos con respecto a esta cuestión, entre las que se encuentra, principalmente, el lanzamiento de la cadena «Europe by Satellite».

           Al objeto de prever y comprender las reacciones de la opinión pública europea (la cual tiene, por lo general, un carácter complejo, dado que es reflejo de las perspectivas nacionales y de las elecciones políticas), también es conveniente desarrollar mecanismos (por ejemplo los grupos de reflexión europeos) que permiten analizar las expectativas europeas y las tendencias representadas por los europeos.

4.        Cuestiones financieras. Establecer un diálogo auténtico con los ciudadanos requiere los medios adecuados. En este contexto, la ponente llama la atención sobre el reglamento comunitario aprobado sobre los partidos políticos y las fundaciones, que constituye el resultado de la primera fase del plan D y debe desempeñar un papel importante a la hora de implicar a los ciudadanos en un diálogo permanente, veraz y bien documentado.

En particular durante la campaña para las elecciones al Parlamento Europeo de 2009 se deberían tener en cuenta las cuestiones europeas. Los ciudadanos de la UE tienen que estar convencidos de que su participación en las elecciones les garantizará (por medio de los representantes elegidos) una influencia significativa sobre las decisiones tomadas a escala europea, y, especialmente sobre las decisiones que repercuten en su vida diaria. Además, deben convencerse, e incluso asegurarse, de que las instituciones europeas no tomarán ninguna decisión sin consultarles, es decir, sin diálogo civil. Por ello no cabe duda de que los medios europeos destinados a las elecciones de 2009 constituirán una inversión excelente para el desarrollo de la democracia participativa.

En función del contexto nacional (en particular las tradiciones, experiencias y capacidades organizativas nacionales), todos los apoyos financieros, incluso limitados, a las organizaciones no gubernamentales con actividad a nivel nacional, pueden reforzar significativamente los mecanismos del diálogo civil.

Por último, la ponente desea fomentar la concesión de un apoyo amplio a las iniciativas en el ámbito del diálogo civil que fuero fructíferas y se integraron bien en el paisaje europeo (por ejemplo, Ágora, que es un foro que enlaza a los ciudadanos con el Parlamento Europeo) y, asimismo, promover la realización de nuevos proyectos y actividades comunes interinstitucionales en el marco de la política europea de comunicación.

  • [1]  Véanse los siguientes documentos de la Comisión Europea: Libro Blanco sobre una política europea de comunicación (COM(2006) 35); El Plan D de democracia, diálogo y debate (COM(2005) 494); Plan de acción de la Comisión relativo a la mejora de la comunicación sobre Europa (SEC(2005) 985); Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa «Ciudadanos con Europa» para el periodo 2007-2013 a fin de promover la ciudadanía europea activa (COM(2005) 116); «Hacia una cultura reforzada de consulta y diálogo – Principios generales y normas mínimas para la consulta de la Comisión a las partes interesadas» (COM(2002) 704); Libro Blanco sobre la Gobernanza Europea (COM(2001) 428).

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

2.12.2008

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

10

1

0

Miembros presentes en la votación final

Jim Allister, Richard Corbett, Andrew Duff, Maria da Assunção Esteves, Anneli Jäätteenmäki, Aurelio Juri, Íñigo Méndez de Vigo, Johannes Voggenhuber y Andrzej Wielowieyski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Georgios Papastamkos, Jacek Protasiewicz y György Schöpflin