– Vistos el artículo 272 del Tratado CE y el artículo 177 del Tratado Euratom,
– Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(1), y, en particular, sus artículos 37 y 38,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2009, aprobado definitivamente el 18 de diciembre de 2008(2),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(3),
–– Visto el anteproyecto de presupuesto rectificativo n° 7/2009 de la Unión Europea para el ejercicio 2009 presentado por la Comisión el 22 de junio de 2009 (SEC(2009)0827),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n° 7/2009 establecido por el Consejo el 7 de septiembre de 2009 (12951/2009 – C7‑0130/2009)
– Vistos el artículo 75 y el anexo V de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7‑0009/2009),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo nº 7 al presupuesto general 2009 cubre la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE por valor de 109,4 millones de euros en créditos de compromiso y de pago en relación con los daños ocasionados por la tormenta que se abatió sobre Francia en enero de 2009,
B. Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2009 es introducir formalmente este ajuste presupuestario en el presupuesto 2009,
1. Toma nota del anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2009, cuarto presupuesto rectificativo dedicado exclusivamente al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea;
2. Toma nota de que la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE se financiará con cargo al capítulo 1 4 de los ingresos del presupuesto general de las Comunidades Europeas, relativo a los recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2007/436/CE, Euratom, para financiar el capítulo 13 06 del presupuesto 2009 relativo al Fondo de Solidaridad;
3. Aprueba el proyecto de presupuesto rectificativo n° 7/2009 sin modificaciones;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
De conformidad con el artículo 37, apartado 1, del Reglamento financiero, la Comisión «podrá presentar anteproyectos de presupuesto rectificativo en caso de que surjan circunstancias inevitables, excepcionales o imprevistas».
En lo que respecta a los diferentes puntos del proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2009, esta ponente formula los siguientes comentarios:
1. Movilización del Fondo de Solidaridad de la UE
El 22 de junio de 2009, la Comisión Europea propuso una Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la movilización del Fondo de Solidaridad, basada en lo dispuesto en el punto 26 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006.
Las condiciones para poder beneficiarse del Fondo de describen pormenorizadamente en el punto 26 del AI, así como en el Reglamento (CE) nº 2012/2002 por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea. Conviene destacar que el objetivo del Fondo no es compensar los daños privados que se hayan producido, sino reparar la infraestructura, así como que se trata de un instrumento de refinanciación.
La decisión relativa a la movilización es el tema de un informe paralelo del presidente en el que se aprueba la decisión. Cabe destacar que durante el ejercicio presupuestario 2009 el Fondo se movilizó en una ocasión en favor de Rumanía, por valor de 11,8 millones de euros.
La Comisión propone ahora la movilización del Fondo de Solidaridad por un total de 109,4 millones de euros en favor de Francia, país que sufrió las consecuencias de la fortísima tormenta «Klaus» en enero de 2009.
En el Acuerdo Interinstitucional de mayo de 2006 el importe anual del Fondo de Solidaridad se fija en 1 000 millones de euros. El importe de la compensación para Francia dejará disponible al menos un 25 % del FSUE para su asignación durante el último trimestre del año, tal y como se prevé en el artículo 4, apartado 2, del Reglamento por el que se establece el FSUE.
Hay que recordar que, durante la reunión de concertación del 17 de julio de 2008, el Parlamento Europeo y el Consejo afirmaron en una declaración conjunta lo siguiente: «acogen con satisfacción el compromiso de la Comisión de que en el futuro cada anteproyecto de presupuesto rectificativo requerido por la movilización del Fondo de Solidaridad tendrá únicamente ese objetivo».
La presente propuesta es el cuarto presupuesto rectificativo, desde la declaración, que tiene por objeto exclusivamente la movilización del FSUE.
La ponente acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión en la medida en que ésta es conforme con el compromiso contraído por la Comisión el 17 de julio de 2008.
2. Financiación
La Comisión propone la asignación de 109,4 millones de euros del capítulo 1 4 de los ingresos del presupuesto general relativos a los recursos propios basados en la RNB, de conformidad con el artículo 1, apartado 1, letra c), de la Decisión 2007/436/CE, Euratom para financiar el capítulo 13 06 del presupuesto 2009 relativo al Fondo de Solidaridad Los créditos para la movilización del FSUE se denominan «fondos nuevos». La propuesta de la Comisión no prevé ninguna reducción en otra línea presupuestaria de la rúbrica 1b (Desarrollo sostenible - Cohesión para el crecimiento y el empleo) en favor de la rúbrica 3b (Ciudadanía) del MFP, algo que sucede generalmente cuando se recurre al Fondo de Solidaridad.
La ponente toma nota de las observaciones que figuran en la carta de la presidenta de la Comisión de Desarrollo Regional al Presidente de la Comisión de Presupuestos en las que REGI se manifiesta a favor de la movilización del Fondo.
La ponente propone la aprobación del proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2009.
PROCEDIMIENTO
Título
Proyecto de presupuesto rectificativo n° 7/2009 de la Unión Europea para el ejercicio 2009: la tormenta Klaus en Francia
Fecha de establecimiento del proyecto de presupuesto rectificativo por el Consejo
8.9.2009
Fecha de transmisión del proyecto de presupuesto rectificativo por el Consejo
9.9.2009
Examen en comisión
2.9.2009
Fecha de aprobación
2.9.2009
Resultado de la votación final
+:
–:
0:
33
1
Miembros presentes en la votación final
Damien Abad, Reimer Böge, Giovanni Collino, José Manuel Fernandes, Salvador Garriga Polledo, Alain Lamassoure, Janusz Lewandowski, Barbara Matera, Nadezhda Mihaylova, László Surján, Francesca Balzani, Andrea Cozzolino, Göran Färm, Eider Gardiazábal Rubial, Jens Geier, Estelle Grelier, Jutta Haug, Jiří Havel, Ivaylo Kalfin, Vladimír Maňka, Alexander Alvaro, Ivars Godmanis, Carl Haglund, Sergej Kozlík, Helga Trüpel, Jacek Włosowicz, Miguel Portas, Vladimír Remek, Claudio Morganti, Daniël van der Stoep, Angelika Werthmann.