INFORME sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008, Sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo

25.3.2010 - (C7‑0179/2009 – 2009/2075(DEC))

Comisión de Control Presupuestario
Ponente: Ryszard Czarnecki

Procedimiento : 2009/2075(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0070/2010
Textos presentados :
A7-0070/2010
Textos aprobados :

1. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008, Sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo

(C7‑0179/2009 – 2009/2075(DEC))

El Parlamento Europeo,

–   Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008[1],

–   Vistas las cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas relativas al ejercicio 2008 – Volumen I (C7‑0179/2009)[2],

–   Visto el Informe anual del Defensor del Pueblo Europeo para la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2008,

–   Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2008, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas[3],

–   Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE[4],

–   Vistos el artículo 272, apartado 10, y los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE, así como el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–   Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[5], y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

–   Vistos el artículo 77 y el Anexo VI de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7‑0070/2010),

1.  Concede al Defensor del Pueblo Europeo la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2008;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

2. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008, Sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo

(C7‑0179/2009 – 2009/2075(DEC))

El Parlamento Europeo,

–   Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008[6],

–   Vistas las cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas relativas al ejercicio 2008 – Volumen I (C7‑0179/2009)[7],

–   Visto el Informe anual del Defensor del Pueblo Europeo para la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2008,

–   Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2008, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas[8],

–   Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE[9],

–   Vistos el artículo 272, apartado 10, y los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE, así como el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–   Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[10], y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

–   Vistos el artículo 77 y el Anexo VI de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7‑0070/2010),

1.  Constata que en 2008 el Defensor del Pueblo Europeo (en adelante «el Defensor del Pueblo») disponía de créditos de compromiso por un importe total de 9 millones de euros (8,2 millones de euros en 2008), con un porcentaje de utilización del 91,51 %, que se encuentra por debajo del promedio de las demás instituciones (95,67 %);

2.  Constata que el Tribunal de Cuentas indicó en su informe anual que la auditoría no suscitó observaciones significativas en cuanto al Defensor del Pueblo;

3.  Constata una continua tendencia al crecimiento en el periodo 2003-2008, durante el cual los créditos de compromiso se duplicaron de 4,4, millones de euros a 9 millones de euros, y el número de puestos pasaron de 31 a 57 (con 6 puestos más en 2009), al mismo tiempo que las reclamaciones han aumentado desde 2 436 a 3 346, y las nuevas investigaciones abiertas pasaron de 253 a 293; observa que, aunque el número de puestos no ha crecido en los últimos tres años, se planeó un incremento de 63 en 2009; observa, asimismo, que tras la reestructuración interna de 2008, 24 de 57 puestos están asignados al análisis de las reclamaciones y a la realización de investigaciones (servicio jurídico) y 31 al registro, distribución y seguimiento de las reclamaciones, así como a cualquier otro trabajo no directamente relacionado con la actividad fundamental (departamento de administración y finanzas);

4.  Recuerda que el acuerdo marco de cooperación de duración indefinida entre el Defensor del Pueblo y el Parlamento, que entró en vigor el 1 de abril de 2006, establece la prestación por parte del Parlamento de algunos servicios administrativos, entre los que figuran los edificios, las tecnologías de la información, las comunicaciones, el asesoramiento jurídico, los servicios médicos, la formación, la traducción y la interpretación;

5.  Toma nota de los ámbitos prioritarios identificados por el servicio de auditoría interna, en particular, la auditoría del proceso de contratación pública, incluido el seguimiento de las acciones pendientes, el proceso de auditoría de las subvenciones y la conclusión y presentación de informes sobre las auditorías de 2007; acoge favorablemente los resultados, en particular la observación de que el proceso de contratación pública había mejorado de forma considerable, y que dos acciones pendientes desde la auditoría de 2005 habían mejorado, así como la observación de que el proceso de concesión de subvenciones es conforme al marco reglamentario y a los principios de transparencia y buena gestión financiera;

6.  Constata, no obstante, que la auditoría interna también ha puesto de manifiesto ámbitos susceptibles de mejora, en particular: los expedientes de los procedimientos de licitación deben incluir información más completa, las modificaciones de las fechas de entrega solo deben permitirse en casos excepcionales, la planificación del calendario de los procedimientos de licitación debe mejorar, las cláusulas discrepantes que puedan encontrarse en los contratos deben corregirse antes de la firma; espera que el Defensor del Pueblo realice un seguimiento de estas cuestiones e informe sobre las mismas en su informe de actividades;

7.  Acoge favorablemente la decisión del Defensor del Pueblo de publicar su declaración anual de intereses, y celebra que se haya publicado en la página web del Defensor del Pueblo;

8.  Reitera su petición al Defensor del Pueblo de que incluya en su informe de actividades un capítulo en el que dé una visión detallada del seguimiento dado durante el ejercicio a las anteriores decisiones del Parlamento en materia de aprobación de la gestión.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

23.3.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

29

0

0

Miembros presentes en la votación final

Marta Andreasen, Jean-Pierre Audy, Inés Ayala Sender, Zigmantas Balčytis, Andrea Češková, Jorgo Chatzimarkakis, Andrea Cozzolino, Ryszard Czarnecki, Luigi de Magistris, Tamás Deutsch, Martin Ehrenhauser, Jens Geier, Ingeborg Gräßle, Martin Häusling, Ville Itälä, Cătălin Sorin Ivan, Iliana Ivanova, Elisabeth Köstinger, Bogusław Liberadzki, Monica Luisa Macovei, Christel Schaldemose, Theodoros Skylakakis, Bart Staes, Georgios Stavrakakis, Søren Bo Søndergaard

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Monika Hohlmeier, Marian-Jean Marinescu, Véronique Mathieu, Olle Schmidt, Derek Vaughan

  • [1]  DO L 71 de 14.3.2008.
  • [2]  DO C 273 de 13.11.2009, p. 1.
  • [3]  DO C 269 de 10.11.2009, p. 1.
  • [4]  DO C 273 de 13.11.2009, p. 122.
  • [5]  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
  • [6]  DO L 71 de 14.3.2008.
  • [7]  DO C 273 de 13.11.2009, p. 1.
  • [8]  DO C 269 de 10.11.2009, p. 1.
  • [9]  DO C 273 de 13.11.2009, p. 122.
  • [10]  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.