INFORME sobre el Libro Verde de la Comisión relativo a la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea

16.6.2010 - (2009/2153(INI))

Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
Ponente: José Manuel Fernandes

Procedimiento : 2009/2153(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0203/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el Libro Verde de la Comisión sobre la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea

(2009/2153(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Vistos los artículos 191 y 192 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que tienen como objetivo promover un nivel de protección elevado de la salud humana y del medio ambiente,

–   Visto el Libro Verde de la Comisión sobre la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea (COM(2008)0811),

–   Vistas las Conclusiones adoptadas por el Consejo de la Unión Europea el 25 de junio de 2009 (11462/09 de 26 de junio de 2009),

–   Vista la Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, relativa a los residuos[1],

–   Vista la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos[2],

–   Vista su Resolución, de 17 de enero de 2002, sobre la Posición común del Consejo con vistas a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente[3];

–   Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2008, sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE[4];

–   Vista su Resolución, de 4 de febrero de 2009, sobre «2050: El futuro empieza hoy – Recomendaciones para la futura política integrada de la UE en materia de cambio climático»[5],

–   Vista su Resolución, de 10 de abril de 2008, sobre la revisión intermedia del Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente[6],

–   Vista su Resolución, de 14 de noviembre de 2007, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco para la protección del suelo y se modifica la Directiva 2004/35/CE[7],

–   Vista su Resolución, de 13 de noviembre de 2007, sobre la estrategia temática para la protección del suelo[8],

–   Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2005, con vistas la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de los residuos[9],

–   Vista su Resolución, de 29 de septiembre de 2005, sobre la cuota de las energías renovables en la UE y las propuestas de medidas concretas[10],

–   Vista su Resolución, de 17 de junio de 2008, sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas[11],

–   Vista su Resolución, de 13 de febrero de 2007, relativa a la estrategia temática sobre el reciclado de residuos[12],

–   Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A7-0203/2010),

A. Considerando que la iniciativa de la Comisión que figura en su Libro Verde supone una oportunidad para emprender una acción comunitaria en materia de gestión de los biorresiduos,

B.  Considerando que una gestión adecuada de los biorresiduos proporciona beneficios no solo ambientales, sino también sociales y económicos,

C. Subrayando que el artículo 2, apartado 4, de la Directiva Marco de Residuos establece que las disposiciones específicas particulares o complementarias, destinadas a regular la gestión de determinadas categorías de residuos, podrán establecerse mediante directivas específicas,

D.  Considerando que la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos no contempla suficientes instrumentos para la gestión sostenible de los residuos orgánicos;

E.  Señalando la dispersión de las normas sobre la gestión de los biorresiduos y el hecho de que los instrumentos legislativos actuales no bastan para alcanzar los objetivos de una gestión eficiente de los biorresiduos; haciendo hincapié, por ello, en la necesidad de una directiva específica para la gestión de los biorresiduos; señalando que la recopilación de todas las normas dispersas relativas a la gestión de los biorresiduos en un mismo acto legislativo sería, por sí misma, una prueba de excelencia legislativa y de legislar mejor, por una parte, asegurando, por otra parte, una simplificación, una mayor claridad, una supervisión y un cumplimiento mejores de la aplicación, así como la seguridad jurídica, y asegurando a largo plazo la confianza de los inversores públicos y privados,

F.  Considerando que, según figura en las conclusiones de la Conferencia sobre reciclaje de biorresiduos en Europa, celebrada en Barcelona el 15 de febrero del 2010 con participación del Consejo, de la Comisión y del Parlamento Europeo[13], «es necesario actuar para lograr un marco legislativo europeo en materia de biorresiduos dado que nos encontramos en un momento clave para impulsar esta regulación»,

G. Considerando que una directiva específica para los biorresiduos debe contar con la flexibilidad necesaria para abarcar las diversas opciones de gestión disponibles en la medida en que hay un gran número de variables y consideraciones locales que deben tenerse en cuenta,

H. Señalando el potencial sin explotar que suponen los biorresiduos, que han sido gestionados por políticas muy diferentes en cada Estado miembro; considerando la necesidad de una mejor gestión de estos residuos para lograr una gestión eficiente y sostenible de los recursos; aboga por la recogida selectiva de los biorresiduos para conseguir la realización de los objetivos de reciclaje y de energías renovables, contribuyendo a la consecución de los objetivos de la Estrategia UE2020, en particular, en el marco de una eficiencia emblemática de los recursos,

I.   Considerando que la recogida selectiva permite, en particular, la gestión óptima de determinados tipos de biorresiduos, por ejemplo, los residuos de cocina en los hogares y en la restauración, así como los residuos biodegradables compostables y los residuos procedentes de restaurantes que emplean vajilla desechable,

J.   Considerando que el aprovechamiento de los residuos orgánicos mediante el compostaje permite el reciclado de productos biodegradables y compostables que ya están cubiertos por una iniciativa comunitaria (la Iniciativa en favor de los mercados líderes),

K. Subrayando la necesidad de definir normas de calidad a escala de la UE para la gestión de los biorresiduos y para el compost; considerando que la regulación de los parámetros de calidad del compost, incluyendo un enfoque integrado que asegure la trazabilidad, la calidad y la seguridad en su uso, permitirá la confianza del consumidor en este producto; abogando por una clasificación del compost en función de su calidad, en la medida en que el uso de compost no tendrá ningún efecto perjudicial para el suelo y las aguas subterráneas, y en particular para los productos agrícolas procedentes de ese suelo,

L.  Considerando que, dada su escasa aplicación, los objetivos previstos para el desvío de los biorresiduos de los vertederos necesitan directrices legislativas adicionales para su materialización,

M. Considerando que pueden ser necesarias medidas de protección para asegurar que el uso de compost no conduzca a la contaminación del suelo y las aguas subterráneas,

N. Considerando que también convendría tener en cuenta y evaluar la posibilidad de utilizar compost de baja calidad para no dañar el medio ambiente o la salud humana, y que a escala de la UE, una definición adecuada de las posibilidades de utilizar compost de baja calidad y el establecimiento de cuándo el compost se considera un producto y cuándo un residuo permitiría a los Estados miembros orientarse con mayor facilidad a la hora de adoptar decisiones sobre cuestiones relativas a la utilización de compost,

O. Considerando que una Europa eficiente desde el punto de vista de los recursos es uno de los emblemas de la Estrategia Europa 2020, por lo que es necesario fomentar la eficiencia de los recursos; considerando que el reciclado de biorresiduos contribuye a aumentar la eficiencia de los recursos,

P.  Considerando que los biorresiduos húmedos reducen la eficiencia de la incineración; que la incineración de biorresiduos está indirectamente fomentada por la Directiva relativa a la producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables; que los biorresiduos pueden contribuir mejor a combatir el cambio climático mediante su reciclado en compost para enmendar el suelo y lograr la captación de carbono no prevista en la Directiva relativa a la producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables,

Q. Considerando que la digestión anaeróbica para la producción de biogás es un medio eficiente de valorización de energía; considerando asimismo que el digestato puede utilizarse para producir compost;

R.  Considerando que el resultado debería ser el objetivo principal de la gestión adecuada de los biorresiduos, lo que permite mantener abiertas todas las opciones tecnológicas para la gestión de los biorresiduos a fin de fomentar la innovación, la investigación científica y la competitividad,

S.  Destacando la importante sinergia entre la transición hacia una sociedad del reciclado, el desarrollo de una economía con bajas emisiones de carbono y el potencial de creación de empleo verde en este ámbito, y la consiguiente necesidad de destinar recursos a la investigación de las consecuencias en el entorno laboral de la recogida y la gestión de biorresiduos,

T.  Instando a la Comisión y a los Estados miembros a que promuevan acciones de concienciación ambiental en este ámbito y, en particular, en las escuelas, con objeto de fomentar la gestión sostenible de los residuos sólidos urbanos y de concienciar a los ciudadanos con respecto a los beneficios de la recogida selectiva; destacando, en este contexto, la importante función que desempeñan ayuntamientos y empresas municipales en el asesoramiento y la información del ciudadano en materia de prevención de residuos,

U. Considerando que los biorresiduos representan más del 30% de los residuos sólidos urbanos; considerando la cantidad creciente de biorresiduos en la Unión Europea, lo que supone una fuente importante de emisiones de gases de efecto invernadero y causa otros impactos negativos en el medio ambiente cuando se depositan en vertederos, en unas condiciones en las que la gestión de los residuos es la cuarta mayor fuente de gases de efecto invernadero;

V. Considerando que, en la práctica, no solo se están tratando de forma sostenible los biorresiduos de origen doméstico;

W. Considerando que la gestión de estos residuos debe establecerse de acuerdo con la «jerarquía de residuos»: prevención y reducción; reutilización; reciclado; otros tipos de valorización, especialmente con fines energéticos, y como último recurso, la eliminación (de acuerdo con el artículo 4 de la Directiva Marco de Residuos), de acuerdo con la cual el reciclado de los biorresiduos es preferible a su incineración, pues además de evitar la formación de metano, contribuye a combatir el cambio climático capturando carbono y mejorando la calidad del suelo; considerando la prevención como un objetivo prioritario en la gestión de los biorresiduos que permite especialmente evitar el desperdicio de alimentos y residuos verdes, por ejemplo, mediante una mejor planificación de los parques públicos con árboles y plantas que necesitan poco mantenimiento,

X. Considerando que para avanzar hacia una gestión de los biorresiduos medioambientalmente eficaz es necesario que ésta se contemple de forma integrada en las políticas energéticas y de protección del suelo y en línea con los objetivos de mitigación del cambio climático; considerando que otra ventaja es la conservación de la biodiversidad cuando se utilizan biorresiduos tratados como sustituto de turba, protegiendo de ese modo los ecosistemas de los humedales,

Y. Considerando que la digestión anaeróbica para producir biogás a partir de biorresiduos puede prestar una contribución valiosa a la gestión sostenible de los recursos en la UE cumpliendo así los objetivos de la energía renovable en la UE de una manera sostenible,

Z.   Insistiendo en la necesidad de considerar la biorresiduos como un valioso recurso natural que puede utilizarse para producir compost de alta calidad, lo que ayuda a luchar contra la degradación de los suelos europeos, manteniendo la productividad del suelo, reduciendo el uso de fertilizantes químicos, especialmente de los producidos a base de fósforo, y aumentando la capacidad de los suelos para retener el agua,

AA. Tomando nota de las diferencias que existen entre los sistemas de gestión de residuos en cada uno de los Estados miembros, así como del hecho de que el depósito en vertederos continúa siendo el método más frecuente de eliminación de residuos sólidos urbanos en la Unión Europea, a pesar de que se trata de la peor opción para el medio ambiente,

AB. Destacando el mérito ecológico de producir carburantes para el transporte a partir de biorresiduos,

AC. Subrayando la necesidad de fomentar la investigación científica y la innovación tecnológica en el ámbito de la gestión de los biorresiduos,

AD. Tomando nota de que, en la actualidad, la recogida selectiva permite evitar la contaminación y favorecer la consecución del objetivo de obtener un compost de alta calidad, suministrar materiales de calidad para el reciclado de los biorresiduos y mejorar la eficiencia de la valorización energética,

AE. Considerando que los estudios y la experiencia disponibles en los Estados miembros muestran que es importante la recogida selectiva, la cual es viable y sostenible desde el punto de vista ambiental y económico, y debería tener carácter obligatorio; considerando que la recogida selectiva debería ser el requisito previo para la producción de compost de alta calidad,

Legislación

1.   Insta a la Comisión a que revise la legislación aplicable a los biorresiduos, con objeto de que, en el respeto del principio de subsidiariedad, elabore una propuesta de directiva específica antes de finales de 2010 que incluya, entre otras cosas;

      - la obligatoriedad de un sistema de recogida selectiva para los Estados miembros, excepto en los casos en que no constituya la mejor opción desde el punto de vista ambiental y económico;

      - el reciclado de biorresiduos;

      - un sistema de clasificación cualitativa de los diferentes tipos de compost derivados del tratamiento de biorresiduos;

2.   Pide a la Comisión que cuantifique en los planes nacionales de emisiones la reducción de equivalente CO2 obtenida a partir del reciclado y del compostaje;

3.   Destaca que un futuro marco jurídico a escala de la Unión ofrecería a numerosos Estados miembros una orientación jurídica, redundando en beneficio de la claridad jurídica, y les estimularía a invertir en el sector de la gestión de biorresiduos; insta a la Comisión a que ayude a los Estados a introducir sistemas de separación de residuos y a establecer objetivos vinculantes y ambiciosos para el reciclado de dichos residuos;

4.   Recuerda que el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente 2001-2010 de 22 de julio de 2002 obliga a la Comisión a elaborar legislación en materia de residuos biodegradables en su artículo 8, apartado 2, punto iv), como una acción prioritaria para alcanzar el objetivo de utilización y gestión sostenibles de los recursos y los residuos naturales, pero que, ocho años después, todavía no se ha presentado ninguna propuesta legislativa, lo que resulta inaceptable;

5.   Pide a la Comisión que, en su evaluación de impacto, elabore un sistema perfeccionado de gestión de biorresiduos que esté basado en su recogida selectiva, el recurso al compostaje en interés de la agricultura y el medio ambiente, los diferentes métodos de tratamiento mecánico/biológico y el uso de los biorresiduos como fuente de generación de energía; considera que esa evaluación de impacto debe servir de base para la elaboración de un nuevo marco jurídico de la UE sobre los residuos biodegradables;

Normas de uso

6.   Insta a la Comisión a que establezca criterios conjuntamente con los Estados miembros para la producción y uso de compost de alta calidad y adopte requisitos mínimos para los productos finales, de conformidad con el artículo 6 de la Directiva Marco sobre residuos, con objeto de permitir un sistema de clasificación de la calidad que abarque los diferentes tipos de compost resultantes del tratamiento de los biorresiduos en el marco de una estrategia de enfoque integrado que asegure, además de la calidad, la trazabilidad del producto y la seguridad de su uso;

Energía

7.   Considera que la digestión anaeróbica es una opción especialmente útil para los biorresiduos porque produce enmiendas del suelo ricas en nutrientes, digestatos y también biogás, que es una fuente renovable de energía que puede transformarse en biometano o utilizarse para generación de electricidad de base;

8.   Considera que una condición esencial para que la incineración de biorresiduos sea una alternativa viable en la jerarquía del tratamiento de los residuos es que se combine con alguna forma de recuperación de energía;

9.   Destaca, por cuanto respecta al aprovechamiento de los biorresiduos para la obtención de energía, que conviene tener en cuenta la eficiencia energética y la sostenibilidad del procedimiento y que, por consiguiente, conviene ante todo explotar estos recursos de la forma más eficiente posible; reitera, por consiguiente, que la recogida selectiva es fundamental para cumplir la Directiva relativa al vertido de residuos[14], facilitar materia de calidad para el reciclaje de los biorresiduos y mejorar la eficiencia de la recuperación energética;

10. Señala que, para aumentar las tasas de desviación, reciclado y producción de biogás, deben mantenerse abiertas todas las posibilidades de recurrir a instrumentos tecnológicos y opciones que aumenten al máximo el reciclado o la producción de biogás;

11. Opina que los biorresiduos constituyen un recurso renovable nada desdeñable para la producción de energía eléctrica y de biocarburantes para los transportes y la distribución a través de las redes de gas, mediante su transformación en biometano (en particular, metano, entre el 50 % y el 75 %, y dióxido de carbono); pide a la Comisión que analice y promueva las posibilidades de aprovechar los biorresiduos para la producción de biogás;

12. Destaca la necesidad de incrementar la proporción de biorresiduos que no se llevan sin más a vertederos; observa en este contexto que los biorresiduos pueden contribuir al logro del objetivo de, por lo menos, el 20 % de energías renovables fijado por la UE para el año 2020, así como al objetivo de la Directiva de la UE sobre la calidad de los carburantes; señala que la Directiva sobre las energías renovables cubre la utilización de todos los tipos de biomasa, con inclusión del aprovechamiento de los combustibles como fuente de energía renovable, y que los biocarburantes procedentes de residuos cuentan doble en el objetivo del 10 % de energías renovables en los transportes; pide, por consiguiente, a los Estados miembros que contemplen en sus legislaciones nacionales la recuperación de energía a partir de los componentes biodegradables de los residuos como parte de una política integrada en materia de «jerarquía de residuos», y les insta a que se intercambien las mejores prácticas;

Investigación e innovación

13. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que fomenten y apoyen la investigación científica y la innovación tecnológica en el ámbito de la gestión de los biorresiduos;

14. Pide a la Comisión que siga impulsando las investigaciones sobre métodos de tratamiento de biorresiduos a fin de poder cuantificar mejor sus beneficios para el suelo, así como la recuperación de energía y el impacto en el medio ambiente.

Sensibilización e información

15. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que promuevan acciones de concienciación ambiental en el ámbito de los biorresiduos y, en particular, en las escuelas y en las instituciones de educación superior, con objeto de promover mejores modelos de comportamiento en materia de prevención de residuos, de fomentar la gestión sostenible de los biorresiduos y de los residuos sólidos urbanos, y de concienciar a los ciudadanos con respecto a la prevención y reciclado de residuos, así como a los beneficios de la recogida selectiva y del tratamiento biológico de los biorresiduos; destaca, en este contexto, la importante función de ayuntamientos, municipios y empresas municipales en el asesoramiento y la información del ciudadano en materia de prevención de residuos;

Aspectos relacionados con el medio ambiente

16. Considera que los biorresiduos tratados deben utilizarse para preservar la materia orgánica y completar los ciclos de los nutrientes, especialmente los fosfatos, reciclándolos en el suelo, y pide por ello a la Comisión que reconozca que deben evaluarse las políticas en función de su capacidad para atenuar el rápido agotamiento, completamente inaceptable, de los recursos mundiales de fosfatos;

17. Insiste en la necesidad de considerar a los biorresiduos carentes de sustancias nocivas como un valioso recurso natural que puede utilizarse para un compostaje de calidad,

18. Considera que el futuro de la agricultura depende también de la conservación y rehabilitación de la fertilidad de los suelos; observa que la utilización de compostajes de calidad en la agricultura puede contribuir a mantener la productividad de los suelos, a aumentar su capacidad de retención hídrica y de acumulación de CO2, y a reducir la cantidad de fertilizantes químicos que se usan; subraya el papel de los Estados miembros en lo relativo a la utilización de compostajes de calidad en terrenos de uso agrícola;

19. Señala que en el proceso de compostaje, los gases que emanan de las masa depositadas pueden resultar difíciles de controlar, lo que puede suponer un grave riesgo para el medio ambiente y la atmósfera; recuerda que, para un compostaje correcto, en particular, de los biorresiduos urbanos, es preciso proteger las aguas subterráneas contra los lixiviados procedentes de la masa de compostaje;

20. Subraya, con vistas a alcanzar objetivos a varios niveles, en relación con la lucha contra el calentamiento del clima, la degradación y la erosión del suelo, o el logro de las metas fijadas en materia de energías renovables, que una combinación del compostaje y la fermentación de biorresiduos recogidos de forma selectiva posee sin duda ventajas y debe ser alentada;

21. Pide, por consiguiente, a la Comisión que presente propuestas de objetivos nacionales de reciclado de biorresiduos con el fin de limitar las cantidades de biorresiduos sometidas a soluciones de gestión de residuos menos convenientes, como la eliminación en vertederos o la incineración;

Cumplimiento de la Directiva relativa al vertido de residuos

22. Recuerda que la gestión de dichos residuos debe programarse de acuerdo con la jerarquía de los métodos de gestión de residuos en general: prevención, reciclaje, otros tipos de recuperación, incluida la que se realiza con fines de producción de energía, y, como última opción, su depósito en vertederos (artículo 5 de la Directiva 1991/31/CE y Directiva 2008/98/CE); exige a la Comisión que vele aún con mayor esmero por el respeto y aplicación en toda la Unión Europea de las disposiciones relativas a la gestión de los residuos en los vertederos;

23. Observa que los diferentes Estados miembros aplican normas legislativas distintas y poseen sistemas de gestión de residuos divergentes, y que el depósito en vertederos continúa siendo el método más usado para eliminar residuos sólidos urbanos en la Unión Europea; pide a los Estados miembros que refuercen su cooperación con miras al intercambio de las mejores prácticas en el terreno de la gestión de biorresiduos;

24. Opina que el tratamiento biomecánico (TBM) es una opción eficaz para sustraer cantidades importantes de residuos putrescibles a su depósito en vertederos, a fin de utilizarlos para el compostaje, la digestión anaerobia y la recuperación de energía;

Dimensión económica

25. Considera que se necesitan incentivos económicos para ampliar esta recogida selectiva y los otros sistemas de gestión de biorresiduos que permiten maximizar la recuperación de recursos;

26.  Destaca asimismo la necesidad de que se introduzcan mejoras en la gestión de los biorresiduos y se armonicen los estándares de calidad para el compostaje a fin de fomentar el desarrollo de un mercado europeo del compost;

27. Considera que el principio de quien contamina paga debería ser operativo también con relación al reembolso de los costes adicionales originados por las inmisiones de sustancias nocivas en el suelo, de modo que el coste de los efectos negativos de la utilización de residuos bioorgánicos no deba ser soportado por la agricultura;

28. Subraya que en muchos Estados miembros hay infraestructuras ya creadas, pero que es preciso movilizar incentivos económicos para abrir y activar mercados para el compost y el digestato, así como para la bioenergía y los biocarburantes obtenidos a partir de los biorresiduos;

29. Destaca el mérito ecológico de producir carburantes para el transporte a partir de biorresiduos; pide a los Estados miembros que, a la luz de la «jerarquía de residuos», tengan en cuenta este aspecto a la hora de aplicar la Directiva marco relativa a los residuos, e insta a la Comisión a que incluya esta cuestión en sus directrices de aplicación;

30. Insta a la Comisión a que incluya en todo estudio de impacto, actual o adicional, que realice al respecto, qué tipo de incentivos económicos, fondos o ayudas se pueden movilizar o crear para el desarrollo y la implantación de las tecnologías que hagan posible una correcta gestión de los biorresiduos;

31. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

  • [1]  DO L 114 de 27.4.2006, p. 9.
  • [2]  DO L 182 de 16.7.1999, p. 1.
  • [3]  DO C 271 E de 7.11.2002, p. 154.
  • [4]  DO C 66 E de 20.3.2009, p. 29.
  • [5]  DO C 67 E de 18.3.2010, p. 44.
  • [6]  DO C 247 E de 15.10.2009, p. 18.
  • [7]  DO C 282 E de 6.11.2008, p. 281.
  • [8]  DO C 282 E de 6.11.2008, p. 138.
  • [9]  DO C 272 E de 9.11.2006, p. 59.
  • [10]  DO C 227 E de 21.9.2006, p. 599.
  • [11]  DO C 286 E de 27.11.2009, p. 81.
  • [12]  DO C 287 E de 29.11.2007, p. 135.
  • [13]  Nota de la Secretaría General del Consejo de 9 de marzo de 2010, documento del Consejo nº 7307/10
  • [14]  Directiva 1999/31/CE, considerando 17.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la expansión económica y territorial de la UE, siguen generándose constantemente cantidades cada vez más importantes de residuos. Se calcula que la cantidad de biorresiduos que se generan anualmente en la UE se sitúa entre los 76,5 y 102 millones de toneladas de residuos de alimentación y jardinería, y los 37 millones de toneladas de residuos de la industria alimentaria y de bebidas.

La principal prioridad debería ser la prevención/reducción de residuos, logrando así mayores beneficios ambientales y económicos. Esta prioridad se alcanza a través de la legislación y la sensibilización del público. Se espera que el ciudadano europeo, con una actitud ambiental renovada y participativa, ayude a lograr esta prioridad. La prevención debe interpretarse en sentido amplio, esto es, que el mejor residuo es aquel que no existe ni se transforma en residuo.

Otro de los objetivos estratégicos de la política de gestión de residuos debe ser la transformación de la UE en una sociedad del reciclado. No puede desperdiciarse el enorme volumen de residuos que se generan diariamente en la UE. La valorización de esta cantidad de residuos se lleva a cabo a través del papel que desempeñan los biorresiduos en la lucha contra el cambio climático y mediante su valioso potencial como protectores del suelo y de fomento de la producción de energía renovable. Por lo tanto, se promueve el desarrollo sostenible mediante una gestión eficiente de los recursos.

El papel de los biorresiduos en la lucha contra el cambio climático

Los residuos se presentan como la cuarta fuente de emisiones de gases de efecto invernadero en la UE, justo después de los sectores de la energía, la industria y la agricultura. Según las estadísticas de 2004, en el sector de los residuos se liberó un total de 109 millones de toneladas de gases de efecto invernadero.

La principal fuente de emisiones es el vertedero. El depósito en vertederos es la peor opción para el medio ambiente, a pesar de ser la más barata a corto plazo, y la que implica un pasivo ambiental con mayores costes de mantenimiento. El principal gas de los vertederos es el metano, que, si no se captura, es 23 veces más potente que el dióxido de carbono en términos de repercusión en el cambio climático.

Por otra parte, si los lixiviados resultantes del vertido no son recogidos con arreglo a la Directiva sobre vertederos, pueden contaminar las aguas subterráneas y el suelo, así como generar bioaerosoles, olores y alteraciones de la visión. Otro aspecto negativo de los vertederos es la superficie de terreno utilizada, que es superior a la de otros métodos de gestión de residuos, lo que lleva, a largo plazo, a la pérdida irremediable de terreno, por lo que no es una opción sostenible. Por ello, es urgente fomentar el desvío de los biorresiduos de los vertederos.

El potencial de los biorresiduos en la lucha contra la degradación del suelo

La Estrategia temática para la protección del suelo de 2006 (COM(2006)0231) señala que la degradación del suelo es un problema grave en la Unión Europea. Esta degradación tiene efectos directos en la calidad del agua y el aire, en la biodiversidad y en el clima.

Sin embargo, los biorresiduos pueden desempeñar un papel fundamental en la recuperación del suelo si se aprovecharan para compostaje. El compostaje es la opción de gestión más adecuada para residuos verdes y ofrece la ventaja de que puede ser utilizado como fertilizante para suelos. De acuerdo con la Estrategia temática para la protección del suelo, los costes de la degradación del suelo pueden ascender a unos 38 000 millones de euros al año.

En la producción de compost debe hacerse hincapié en el resultado, ya que se pretende obtener un compost de gran calidad. De acuerdo con la Estrategia temática para la protección del suelo, el compost se presenta como una de las mejores fuentes de materia orgánica estable a partir de la que se puede formar nuevo humus en suelos degradados. El uso del compost permite beneficios agronómicos como la mejora de la estructura del suelo, de la infiltración de humedad, de la capacidad de retención de agua, de los microorganismos del suelo y del aporte de nutrientes. Se calcula que el 45 % de los suelos europeos presenta un escaso contenido de materia orgánica. En este sentido, es importante fomentar la creación de compost de alta calidad a partir de la gestión adecuada de los biorresiduos.

El potencial de los biorresiduos en la promoción de las energías renovables

Los biorresiduos también pueden presentarse como materia prima importante para la creación de bioenergía. La bioenergía se crea a partir de la digestión anaeróbica, la opción de gestión más adecuada para los biorresiduos húmedos (por ejemplo, los residuos derivados de grasas para cocinar). La digestión anaeróbica produce biogás en reactores controlados que puede utilizarse para generar electricidad, calor o biocombustible para automóviles.

Los biorresiduos de calidad inferior que no cumplan los criterios de calidad para el compost deben convertirse en energía y clasificados según su calidad.

La actual gestión de los biorresiduos

Hasta la fecha, la biorresiduos se han gestionados con arreglo a políticas muy diferentes en cada Estado miembro, desde un mínimo de actuaciones en algunos Estados a políticas ambiciosas en otros. La discrepancia existe entre los Estados miembros que menos reciclan (90 % en vertederos, 10% de reciclado y valorización de energía) y los más eficientes en este ámbito (10 % en vertederos, 25 % de valorización de energía y 65 % de reciclado).

La actual legislación de la UE no limita las decisiones de los Estados miembros con relación a las opciones de gestión de los biorresiduos, siempre y cuando cumplan determinadas condiciones marco, en particular, las establecidas en la Directiva marco sobre residuos, en la que se insta a los Estados miembros a que adopten medidas de estímulo: la recogida selectiva de biorresiduos, con miras a su compostaje y digestión anaerobia; el tratamiento de los biorresiduos de forma que se cumpla un alto nivel de protección del medio ambiente y el uso de materiales ambientalmente seguros producidos a partir de biorresiduos. La Directiva sobre vertederos ya está obligando al desvío gradual de los biorresiduos de los vertederos.

Sin embargo, estos instrumentos legislativos no han logrado los objetivos previstos. Habida cuenta de la escasa aplicación del objetivo de desviación de biorresiduos de los vertederos por parte de los Estados miembros, es evidente la necesidad de completar la Directiva sobre vertederos con medidas adicionales.

El futuro de la gestión de los biorresiduos

Una directiva específica para la gestión de los biorresiduos sería un pilar fundamental para la aplicación de los principios derivados de la Directiva Marco de Residuos y de las demás directivas sobre la gestión de residuos en general. Por otra parte, la recopilación de todas las normas dispersas relativas a la gestión de los biorresiduos en un mismo acto legislativo sería, por sí misma, una prueba de excelencia legislativa y de legislar mejor. Una directiva específica para la gestión de los biorresiduos permitiría una mayor claridad, simplificación y seguridad jurídica en este ámbito, asegurando la confianza a largo plazo de los inversores públicos y privados.

No es conveniente imponer la opción de gestión más beneficiosa, ya que nos encontramos ante un gran número de variables y de consideraciones locales que deben tenerse en cuenta. Asimismo no deben ponerse en peligro las inversiones ya realizadas por los Estados miembros. Una directiva para la gestión de los biorresiduos, por tanto, debe permitir una determinada flexibilidad a fin de ofrecer a nivel local la mejor solución desde un punto de vista medioambiental y económico. Sin embargo, es fundamental el establecimiento de normas para la convergencia ambiental en este ámbito con objeto de orientar las nuevas inversiones.

Una de las direcciones que debe seguirse para la recogida selectiva de los biorresiduos, en la medida en que la separación de los biorresiduos de otros flujos de residuos permite evitar la contaminación y favorecer el objetivo de obtener un compost de gran calidad, proporcionar materiales de calidad para el reciclado de los biorresiduos y mejorar la eficiencia de la valorización de energía. De ello se deduce que la recogida selectiva debe tener carácter obligatorio. Sin embargo, los Estados miembros podrán renunciar a este requisito si no es viable o no constituye la mejor opción desde el punto de vista ambiental y económico (cuando, por ejemplo, la logística de la recogida selectiva no permita evitar la contaminación de los biorresiduos o cuando la imposición de la una infraestructura de recogida selectiva no se justifique desde un punto de vista ambiental en las zonas rurales o escasamente pobladas).

La regulación de los biorresiduos no sólo es importante desde el punto de vista ambiental, sino también desde el punto de vista del funcionamiento del mercado interior, ya que hoy en día se dan situaciones en las que el compost que se produce a partir de biorresiduos puede considerarse, por una parte, como residuo y, por otra, como subproducto. También en este aspecto es necesario armonizar las políticas de los Estados miembros mediante una directiva específica para los biorresiduos.

Por otra parte, la gestión de los residuos tiene también importantes implicaciones en el ámbito social. La industria del reciclaje, por ejemplo, crea hasta 250 puestos de trabajo en el caso del reciclaje de 10 000 toneladas de residuos en comparación con la creación de 20 a 40 puestos de trabajo en el caso de la incineración de residuos y los 10 puestos de trabajo aproximadamente que se crean en caso de uso de vertederos.

Cabe argumentar que, con arreglo a este tema, la recopilación de las normas dispersas sobre los biorresiduos, en combinación con nuevas normas incluidas en una directiva específica para la gestión de los biorresiduos, permitiría una gestión más eficiente de los recursos, ya que reduciría los costes de gestión de los biorresiduos. Además, permitiría la recuperación de materia orgánica del suelo, reduciendo el uso de fertilizantes químicos; ayudaría a los Estados Miembros a lograr los objetivos de desvío de los biorresiduos de los vertederos; fomentaría la recogida selectiva; concretaría el momento en que se considera como producto un material producido a partir de biorresiduos y fomentaría la innovación tecnológica y la creación de empleo en consonancia con la Estrategia UE2020.

En el momento actual de crisis económica, las instituciones europeas no pueden resignarse ni reducir sus ambiciones de liderazgo en cuestiones medioambientales. No podemos mantener la situación actual en la UE de un nivel elevado de vertido de residuos en vertederos. Aunque esta opción parece ser la más barata, es en realidad la que resulta más cara, habida cuenta de los costes a largo plazo, lo que no favorece en nada a nuestros objetivos en la lucha contra el cambio climático ni permite el uso de biorresiduos como recurso. Al abogar por una recogida selectiva simultánea, comprometemos a los ciudadanos en una nueva conciencia ambiental, al tiempo que se reducen costes y se fomenta la valorización de los biorresiduos como producto.

A través de una directiva específica para los biorresiduos que apunta en esa dirección, somos capaces de combinar un nivel elevado de protección del medio ambiente y un crecimiento sostenible con la garantía de buena calidad de vida para los ciudadanos europeos.

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, INVESTIGACIÓN Y ENERGÍA (22.3.2010)

para la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentariasobre el Libro Verde de la Comisión sobre la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea(2009/2153(INI))Ponente de opinión: Giles Chichester

SUGERENCIAS

La Comisión de Industria, Investigación y Energía pide a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.  Recuerda la jerarquía de soluciones establecida en materia de gestión de residuos en la Directiva marco sobre los residuos, según la cual el depósito en vertederos no debe ser sino la última opción; señala que los biorresiduos han de ser primero reducidos, después recogidos de forma separada y luego reciclados, en combinación con un sistema de recuperación de energía, y, cuando sea posible, mediante el compostaje;

2.  Observa que los biorresiduos constituyen una parte importante del volumen total de residuos (también en zonas urbanas), y que en muchos Estados miembros hay aún considerables posibilidades sin explotar para el aprovechamiento de los biorresiduos, bien para el compostaje, previa recogida selectiva, o bien para recuperar energía y materias de los residuos en general, con el objetivo de evitar que los residuos se evacuen sin más en vertederos;

3.  Destaca el papel que pueden desempeñar los biorresiduos reutilizados en forma de compost en el marco de las medidas contra el cambio climático y la degradación o erosión del suelo; pide a los Estados miembros que, en sus legislaciones nacionales, prevean el compostaje de residuos, y les insta a que se intercambien las mejores prácticas; destaca asimismo la necesidad de que se introduzcan mejoras en la gestión de los biorresiduos y se armonicen los estándares de calidad para el compostaje a fin de fomentar el desarrollo de un mercado europeo del compost;

4.  Destaca la necesidad de incrementar la proporción de biorresiduos que no se llevan sin más a vertederos; observa en este contexto que los biorresiduos pueden contribuir al logro del objetivo del 20 % de energías renovables fijado por la UE para el año 2020, así como al objetivo de la Directiva de la UE sobre la calidad de los carburantes; señala que la Directiva sobre las energías renovables cubre la utilización de todos los tipos de biomasa, con inclusión del aprovechamiento de los combustibles como fuente de energía renovable, y que los biocarburantes procedentes de residuos cuentan doble en el objetivo del 10 % de energías renovables en los transportes; pide, por consiguiente, a los Estados miembros que contemplen en sus legislaciones nacionales la recuperación de energía a partir de los componentes biodegradables de los residuos como parte de una política integrada en materia de jerarquía de residuos, y les insta a que se intercambien las mejores prácticas;

5.  Pide a los Estados miembros que expongan, tomando en consideración sus respectivas condiciones geográficas y climáticas, cómo la apuesta por la energía procedente de los biorresiduos, incluidas la digestión anaerobia para la generación de biogás y la producción de biocarburantes avanzados, puede contribuir a aprovechar adecuadamente los recursos de biomasa existentes;

6.  Atrae la atención sobre la importancia de sensibilizar al público a fin de aumentar su predisposición a colaborar en el régimen de recogida selectiva de biorresiduos, con miras a poder reciclar y recuperar la energía que contienen, mediante el uso de los medios de comunicación y la organización de campañas educativas;

7.  Entiende que los Estados miembros deben elaborar un marco jurídico coherente y estable que contemple la construcción de instalaciones para el compostaje, así como plantas para la explotación energética de residuos (incluidos los biorresiduos);

8.  Subraya, con vistas a alcanzar objetivos a varios niveles, en relación con la lucha contra el calentamiento del clima, la degradación y la erosión del suelo, o el logro de las metas fijadas en materia de energías renovables, que una combinación del compostaje y la fermentación de biorresiduos recogidos de forma selectiva posee sin duda ventajas y debe ser alentada;

9.  Subraya que en muchos Estados miembros hay infraestructuras ya creadas, pero que es preciso movilizar incentivos económicos para abrir y activar mercados para el compost y el digestato, así como para la bioenergía y los biocarburantes obtenidos a partir de los biorresiduos;

10. Consciente de la necesidad de que se cumpla la Directiva sobre la incineración de residuos, alienta a las autoridades regionales y locales a explotar las instalaciones existentes de generación descentralizada de calor y de frío y a hacer uso de los fondos estructurales para financiar instalaciones para el aprovechamiento energético de los residuos, el compostaje y la recuperación de energía a partir de biorresiduos, con objeto de reducir el volumen de residuos que se depositan en vertederos;

11. Opina que las bocas de evacuación y desmenuzamiento de residuos alimenticios conectadas a una red pública de aguas residuales son una opción viable para conseguir que una menor cantidad de residuos se deposite en vertederos y para que los mismos se destinen, en cambio, a la producción de biogás;

12. Observa que las instalaciones para la obtención de energía a partir de los residuos y las otras instalaciones para el aprovechamiento energético de los biorresiduos se benefician de las mismas condiciones de acceso a las redes eléctricas y los gasoductos que las otras fuentes de energía renovables;

13. Destaca el mérito ecológico de producir carburantes para el transporte a partir de biorresiduos; pide, por consiguiente, que los biocarburantes elaborados a partir de biorresiduos cuenten para los objetivos de reciclaje; pide que la definición de los biorresiduos incluida en la Directiva marco sobre los residuos se armonice con la que figura en la Directiva sobre las energías renovables;

14. Destaca la importancia de mantener abiertas todas las opciones técnicas en materia de gestión de biorresiduos a fin de impulsar la innovación y la creación de empleo en este ámbito;

15. Pide a la Comisión que, en su evaluación de impacto, elabore un sistema perfeccionado de gestión de biorresiduos que esté basado en su recogida selectiva, el recurso al compostaje en interés de la agricultura y el medio ambiente, los diferentes métodos de tratamiento mecánico/biológico y el uso de los biorresiduos como fuente de generación de energía; considera que esa evaluación de impacto debe servir de base para la elaboración de un nuevo marco jurídico de la UE sobre los residuos biodegradables;

16. Pone de relieve que, en el fomento de la producción de compost y la valorización de los flujos de residuos, debe tenerse en cuenta toda la gama de residuos biodegradables; observa que entre los residuos biodegradables no sólo se incluyen los biorresiduos, sino también los lodos de depuradora, así como los residuos domésticos fermentables (papeles y cartones sucios o mezclados, algunos productos textiles, etc.).

17. Considera que la recogida selectiva de biorresiduos o la aplicación de otros sistemas de gestión de biorresiduos que permiten maximizar la recuperación de recursos deberían ser refrendadas por un marco jurídico de la Unión Europea, y pide a los Estados miembros que consideren la posibilidad de establecer sistemas de recogida selectiva para los biorresiduos; considera que se necesitan incentivos económicos para ampliar esta recogida selectiva y los otros sistemas de gestión de biorresiduos que permiten maximizar la recuperación de recursos;

18. Destaca que un futuro marco jurídico a escala de la Unión ofrecería a numerosos Estados miembros una orientación jurídica, redundando en beneficio de la claridad jurídica, y les estimularía a invertir en el sector de la gestión de biorresiduos;

19. Pide a la Comisión que siga impulsando las investigaciones sobre métodos de tratamiento de biorresiduos a fin de poder cuantificar mejor sus beneficios para el suelo, para la recuperación de energía y para el medio ambiente.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

18.3.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

48

0

0

Miembros presentes en la votación final

Jean-Pierre Audy, Zigmantas Balčytis, Zoltán Balczó, Jan Březina, Reinhard Bütikofer, Maria Da Graça Carvalho, Jorgo Chatzimarkakis, Giles Chichester, Pilar del Castillo Vera, Ioan Enciu, Adam Gierek, Norbert Glante, Fiona Hall, Jacky Hénin, Romana Jordan Cizelj, Sajjad Karim, Arturs Krišjānis Kariņš, Judith A. Merkies, Angelika Niebler, Jaroslav Paška, Herbert Reul, Teresa Riera Madurell, Michèle Rivasi, Paul Rübig, Amalia Sartori, Francisco Sosa Wagner, Konrad Szymański, Britta Thomsen, Patrizia Toia, Evžen Tošenovský, Ioannis A. Tsoukalas, Claude Turmes, Marita Ulvskog, Vladimir Urutchev, Adina-Ioana Vălean, Kathleen Van Brempt, Alejo Vidal-Quadras, Henri Weber

Suplente(s) presente(s) en la votación final

António Fernando Correia De Campos, Rachida Dati, Andrzej Grzyb, Jolanta Emilia Hibner, Oriol Junqueras Vies, Ivailo Kalfin, Marian-Jean Marinescu, Vladko Todorov Panayotov, Silvia-Adriana Ţicău, Hermann Winkler

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL (25.2.2010)

para la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria

sobre el Libro Verde de la Comisión sobre gestión de los biorresiduos en la Unión Europea

(2009/2153(INI))

Ponente de opinión: Salvatore Caronna

SUGERENCIAS

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.  Se adhiere a la iniciativa propugnada por la Comisión en su Libro Verde relativa a la oportunidad de impulsar una acción comunitaria en materia de gestión de biorresiduos;

2.  Constata que los biorresiduos representan más del 30 % de los residuos sólidos urbanos; opina que una mejor gestión de estos residuos contribuirá a una gestión más sostenible de los recursos y al cumplimiento de los objetivos en materia de reciclado y de energías renovables;

3.  Opina que la gestión de los biorresiduos debería estar integrada en un ciclo sostenible de gestión de residuos orientado desde preceptos tales como el uso racional y la protección de los recursos y la reducción de los impactos ambientales;

4.  Recuerda que la gestión de dichos residuos debe programarse de acuerdo con la jerarquía de los métodos de gestión de residuos en general: prevención, reciclado, otras formas de reaprovechamiento, incluido con fines energéticos, y, como última opción, el depósito en vertederos (artículo 5 de la Directiva 1999/31/CE);

5.  Considera que una decisión en favor del mejor método de tratamiento debería adoptarse una vez se hubieren examinado a ciertos intervalos las características locales (estructura urbana, características de los biorresiduos, instalaciones ya existentes, etc.);

6.  Destaca, por cuanto respecta al aprovechamiento de los biorresiduos para la obtención de energía, que conviene tener en cuenta la eficiencia energética y la sostenibilidad del procedimiento y que, por consiguiente, conviene ante todo explotar estos recursos de la forma más eficiente posible;

7.  Subraya que la gestión de los biorresiduos incluye la prevención de residuos, el reciclado y el compostaje, de conformidad con la jerarquía de residuos establecida por la Directiva 2008/98/CE;

8.  Opina que el tratamiento biomecánico (TBM) es una opción eficaz para sustraer cantidades importantes de residuos putrescibles a su depósito en vertederos, a fin de utilizarlos para el compostaje, la digestión anaerobia y la recuperación de energía;

9.  Insiste en la necesidad de considerar a los biorresiduos carentes de sustancias nocivas como un valioso recurso natural que puede utilizarse para un compostaje de calidad,

10. Considera que el futuro de la agricultura depende también de la conservación y rehabilitación de la fertilidad de los suelos; observa que la utilización de compostajes de calidad en la agricultura puede contribuir a mantener la productividad de los suelos, a aumentar su capacidad de retención hídrica y acumulación de CO2 y a reducir la cantidad de fertilizantes químicos que se usan; subraya el papel de los Estados miembros en lo relativo a la utilización de compostajes de calidad en terrenos de uso agrícola;

11. Subraya la necesidad de contar con normas de calidad claramente definidas en materia de tratamiento de biorresiduos y de calidad del compostaje, a fin de evitar una progresiva contaminación del suelo; pide a la Comisión que estudie la solución consistente en presentar propuestas legislativas que establezcan criterios cualitativos para el compostaje y el digestato, que deberían estar basados en el principio de la recogida separada;

12. Señala que en el proceso de compostaje, los gases que emanan de las masa depositadas pueden resultar difíciles de controlar, lo que puede suponer un grave riesgo para el medio ambiente y la atmósfera; conviene tener en cuenta que, para un compostaje correcto, en particular, de los biorresiduos urbanos, es preciso proteger las aguas subterráneas contra los lixiviados procedentes de la masa de compostaje;

13. Considera que el principio de quien contamina paga debería ser operativo también con relación al reembolso de los costes adicionales originados por las inmisiones de sustancias nocivas en el suelo, de modo que el coste de los efectos negativos de la utilización de residuos bioorgánicos no deba ser soportado por la agricultura;

14. Reitera que la recogida selectiva es fundamental para cumplir con la Directiva relativa al vertido de residuos (considerando 17 de la Directiva 1999/31/CE), proporcionar materias de calidad para el reciclado de biorresiduos y mejorar la eficiencia de los procesos de recuperación energética; insta a la Comisión a que ayude a los Estados a introducir sistemas de separación de residuos y a establecer objetivos vinculantes y ambiciosos para el reciclado de dichos residuos;

15. Considera que una condición esencial para que la incineración de biorresiduos sea una alternativa viable en la jerarquía del tratamiento de los residuos es que se combine con alguna forma de recuperación de energía;

16. Opina que los biorresiduos constituyen un recurso renovable nada desdeñable para la producción de energía eléctrica, y de biocarburantes para los transportes o su distribución a través de las redes de gas, previa depuración del biogás que generan (en particular, metano, entre el 50 % y el 75 %, y dióxido de carbono) y su transformación en biometano; pide a la Comisión que analice y promueva las posibilidades de aprovechar los biorresiduos para la producción de biogás;

17. Considera que conviene crear, con ayuda de normas a escala comunitaria, estímulos que permitan distribuir biogás a través de las redes de transporte de gas natural;

18. Observa que los diferentes Estados miembros aplican normas legislativas distintas y poseen sistemas de gestión de residuos divergentes, y que el depósito en vertederos continúa siendo el método más usado para eliminar residuos sólidos urbanos en la Unión Europea; pide a la Comisión que realice mayores esfuerzos en favor de la aplicación y el control de la legislación en materia de depósitos de residuos en toda la Unión y que estudie la necesidad de presentar en breve una propuesta legislativa en materia de biorresiduos, con miras, entre otras cosas, a evitar que los biorresiduos se depositen sin más en vertederos; pide a los Estados miembros que refuercen su cooperación con miras al intercambio de las mejores prácticas en el terreno de la gestión de biorresiduos;

19. Considera que la opinión pública debería hacerse cargo de que la cadena de residuos es un fenómeno bastante complejo, y que debe ser informada sobre métodos adecuados de separación y tratamiento de residuos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan acciones educativas para la población, en particular, en las escuelas, con miras a alentar a una gestión más sostenible de los residuos sólidos urbanos y para sensibilizar a la población con respecto a las ventajas de la recogida selectiva; destaca, en este contexto, la importante función de ayuntamientos, municipios y empresas municipales en el asesoramiento y la información del ciudadano en materia de prevención de residuos;

20. Pide a la Comisión que examine en qué ámbitos comerciales los biorresiduos ofrecen mayores posibilidades de mejorar la eficiencia energética;

21. Constata que el reciclado material de residuos aumenta en la Europa Occidental, en tanto que los países de la Europa Central y Oriental aún presentan unos índices muy bajos de reciclado; pide, por consiguiente, a la Comisión que en el ámbito de la gestión de residuos promueva una política ecológica dirigida a alcanzar mayores índices de reciclado.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

23.2.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

38

1

2

Miembros presentes en la votación final

John Stuart Agnew, Richard Ashworth, Liam Aylward, Christophe Béchu, José Bové, Luis Manuel Capoulas Santos, Vasilica Viorica Dăncilă, Michel Dantin, Paolo De Castro, Albert Deß, Herbert Dorfmann, Lorenzo Fontana, Iratxe García Pérez, Martin Häusling, Esther Herranz García, Peter Jahr, Elisabeth Jeggle, Elisabeth Köstinger, Giovanni La Via, Stéphane Le Foll, George Lyon, Miguel Angel Martínez Martínez, Gabriel Mato Adrover, Mairead McGuinness, Mariya Nedelcheva, James Nicholson, Rareş-Lucian Niculescu, Wojciech Michał Olejniczak, Georgios Papastamkos, Marit Paulsen, Britta Reimers, Alfreds Rubiks, Giancarlo Scotta’, Alyn Smith, Marc Tarabella, Janusz Wojciechowski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Salvatore Caronna, Spyros Danellis, Esther de Lange, Filip Kaczmarek, Hans-Peter Mayer, Maria do Céu Patrão Neves

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

2.6.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

55

3

0

Miembros presentes en la votación final

János Áder, Elena Oana Antonescu, Kriton Arsenis, Pilar Ayuso, Paolo Bartolozzi, Sandrine Bélier, Martin Callanan, Nessa Childers, Chris Davies, Bairbre de Brún, Esther de Lange, Anne Delvaux, Bas Eickhout, Edite Estrela, Jill Evans, Karl-Heinz Florenz, Elisabetta Gardini, Gerben-Jan Gerbrandy, Julie Girling, Françoise Grossetête, Dan Jørgensen, Karin Kadenbach, Christa Klaß, Jo Leinen, Corinne Lepage, Peter Liese, Linda McAvan, Radvilė Morkūnaitė-Mikulėnienė, Vladko Todorov Panayotov, Gilles Pargneaux, Antonyia Parvanova, Andres Perello Rodriguez, Sirpa Pietikäinen, Mario Pirillo, Pavel Poc, Vittorio Prodi, Frédérique Ries, Oreste Rossi, Daciana Octavia Sârbu, Carl Schlyter, Horst Schnellhardt, Theodoros Skylakakis, Bogusław Sonik, Catherine Soullie, Salvatore Tatarella, Anja Weisgerber, Glenis Willmott, Sabine Wils, Marina Yannakoudakis

Suplente(s) presente(s) en la votación final

José Manuel Fernandes, Gaston Franco, Esther Herranz García, Bill Newton Dunn, Rovana Plumb, Bart Staes, Kathleen Van Brempt, Anna Záborská

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

 

Willy Meyer