INFORME sobre la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010, Sección III – Comisión
14.9.2010 - (13473/2010 – C7‑0260/2010 – 2010/2091(BUD))
Comisión de Presupuestos
Ponente: László Surján
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010, Sección III – Comisión
(13473/2010 – C7‑0260/2010 – 2010/2091(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en particular su artículo 314, así como el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y en particular su artículo 106a,
– Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[1], y, en particular, sus artículos 37 y 38,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2010, aprobado definitivamente el 17 de diciembre de 2009[2],
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[3],
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010 presentado por la Comisión el 15 de junio de 2010 (COM(2010)0320),
– Vista la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2010 establecida el 13 de septiembre de 2010 (13473/2010 – C7‑0260/2010),
– Visto el Reglamento (CE) n° 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria[4],
– Vistos el artículo 75 y el anexo V de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7‑0249/2010),
A. Considerando que la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2010 cubre las modificaciones al organigrama de la OLAF sin disposiciones financieras suplementarias, la revisión de las previsiones relativas a los Recursos Propios Tradicionales (RPT) (es decir, derechos de aduanas y cotizaciones en el sector del azúcar) y de las bases IVA y RNB, la presupuestación de las correcciones británicas pertinentes, y su financiación, así como la revisión de la financiación de las reducciones de la RNB en favor de los Países Bajos y de Suecia en 2010, lo que provoca una modificación de las contribuciones de recursos propios que aportan los Estados miembros al presupuesto de la UE,
B. Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo nº 5/2010 es introducir formalmente este ajuste presupuestario en el presupuesto 2010,
C. Considerando que el Consejo adoptó su posición el 13 de septiembre de 2010,
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2010;
2. Aprueba la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 5/2010 sin modificaciones y encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo nº x/2010 ha sido definitivamente aprobado y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De conformidad con el artículo 37 del Reglamento financiero, la Comisión podrá presentar anteproyectos de presupuesto rectificativo «en caso de que surjan circunstancias inevitables, excepcionales o imprevistas». En relación con los diferentes puntos del presupuesto rectificativo n° 5/2010 y la posición del Consejo al respecto, el ponente formula las siguientes observaciones:
El presupuesto rectificativo n° 5 al presupuesto 2010 (PR 5/2010) cubre las modificaciones al organigrama de la OLAF y la revisión de las previsiones relativas a los Recursos Propios Tradicionales y de las bases IVA y RNB, la presupuestación de las correcciones británicas pertinentes, y su financiación, así como la revisión de la financiación de las reducciones de la RNB en favor de los Países Bajos y de Suecia en 2010, lo que provoca una modificación de las contribuciones de recursos propios que aportan los Estados miembros al presupuesto de la UE.
En relación con la OLAF (sección III - Comisión - S 02 02 — Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, la Comisión propone 20 puestos AD permanentes adicionales, dado que la Oficina tiene ahora la oportunidad de concluir la adaptación de su organigrama contratando el número adecuado de personas seleccionadas como funcionarios permanentes. Recuérdese que en 2003 la Autoridad Presupuestaria ya había transformado un gran número de puestos permanentes en puestos temporales. En 2007 se llegó a un acuerdo para lanzar un proceso de concursos internos y externos a fin de facilitar la contratación como funcionarios de agentes temporales de la OLAF.
Respecto a la parte de recursos propios del presente presupuesto rectificativo, no parece diferir demasiado de los ejercicios anteriores. Sus reglas de cálculo se encuentran recogidas en detalle en la legislación respectiva.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
13.9.2010 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
36 1 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Marta Andreasen, Francesca Balzani, Reimer Böge, Giovanni Collino, Jean-Luc Dehaene, Isabelle Durant, James Elles, Göran Färm, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazábal Rubial, Salvador Garriga Polledo, Jens Geier, Ivars Godmanis, Ingeborg Gräßle, Estelle Grelier, Carl Haglund, Lucas Hartong, Jutta Haug, Jiří Havel, Monika Hohlmeier, Sidonia Elżbieta Jędrzejewska, Anne E. Jensen, Ivailo Kalfin, Jan Kozłowski, Giovanni La Via, Vladimír Maňka, Barbara Matera, Nadezhda Neynsky, Dominique Riquet, László Surján, Helga Trüpel, Derek Vaughan |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Gerben-Jan Gerbrandy, Roberto Gualtieri, Riikka Manner, Jan Olbrycht, Paul Rübig |
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