INFORME sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el Programa «La juventud en acción» y en el Programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (2007-2013)

22.11.2010 - (12818/2010 – C7‑0277/2010 – 2010/0231(NLE)) - *

Comisión de Cultura y Educación
Ponente: Doris Pack

Procedimiento : 2010/0231(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0334/2010
Textos presentados :
A7-0334/2010
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el Programa «La juventud en acción» y en el Programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (2007-2013)

(12818/2010 – C7‑0277/2010 – 2010/0231(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–    Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12818/2010),

–    Visto el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la firma y la aplicación provisional de un Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el Programa «La juventud en acción» y en el Programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (2007-2013) (13104/09),

–   Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 165, apartado 4, el artículo 166, apartado 4, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0277/2010),

–   Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 8, de su Reglamento,

–   Vista la recomendación de la Comisión de Cultura y Educación (A7-0334/2010),

1.  Concede su aprobación a la celebración del acuerdo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la Confederación Suiza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.        Antecedentes y procedimiento

Aunque ha optado por no unirse al Espacio Económico Europeo, Suiza ha mostrado un interés sostenido en una cooperación más estrecha con la UE en los ámbitos de la educación, la formación y la juventud.

Inicialmente, los fundamentos jurídicos de los programas de la UE en los ámbitos de la educación, la formación y la juventud no preveían la participación de Suiza, pero esto cambió en 2006, cuando el Parlamento y el Consejo adoptaron las decisiones por las que se establecían el programa «La juventud en acción» y el programa de aprendizaje permanente (2007-2013).

En febrero de 2008, el Consejo autorizó a la Comisión a iniciar negociaciones sobre la participación de Suiza en los dos programas. En agosto de 2009 se alcanzó un acuerdo y el Consejo ya ha adoptado una Decisión por la que se aprueba su firma y aplicación provisional a partir de 2011.

En virtud del artículo 218, apartado 6, del TFUE, el Consejo debe obtener la aprobación del Parlamento Europeo antes de que el Acuerdo pueda entrar en vigor. El Parlamento no puede modificar el Acuerdo ni el proyecto de Decisión del Consejo que dispone su entrada en vigor, pero sí puede, si así lo decide, rechazar el proyecto de Decisión (y, de esta forma, el Acuerdo).

2.        Principales puntos del Acuerdo para la participación de Suiza en los programas

· Los proyectos y las iniciativas que presenten los participantes de Suiza estarán sujetos a las mismas condiciones, normas y procedimientos aplicados a los proyectos de los Estados miembros.

· Suiza creará una Agencia Nacional para coordinar la aplicación de los programas a nivel nacional y hará una contribución financiera anual a cada programa (en 2011, 1,7 millones de euros al programa «La juventud en acción» y 14,2 millones de euros al programa de aprendizaje permanente).

· Suiza cumplirá las disposiciones de la UE en materia de control financiero y auditoría, incluidos los controles efectuados por los organismos de la UE y los efectuados por las autoridades suizas.

· El Acuerdo se aplicará hasta que concluyan los programas, o hasta que una de las dos partes notifique a la otra su deseo de poner fin al mismo.

· En las reuniones de los comités de los programas se contará con la participación de representantes suizos, en calidad de observadores, para examinar los puntos que afectan a Suiza.

3.        Recomendación de la ponente

Las decisiones del Parlamento y el Consejo por las que se establecen el programa «La juventud en acción» y el programa de aprendizaje permanente, adoptadas en 2006, ya preveían en un principio la participación de Suiza. El acuerdo negociado con las autoridades suizas por la Comisión es muy adecuado: amplía las ventajas de los programas a Suiza, salvaguardando al mismo tiempo los intereses financieros y de otro tipo de la UE. Por tal motivo, la ponente recomienda que el Parlamento apruebe el proyecto de Decisión del Consejo.

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

18.11.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

21

0

0

Miembros presentes en la votación final

Malika Benarab-Attou, Lothar Bisky, Piotr Borys, Jean-Marie Cavada, Santiago Fisas Ayxela, Petra Kammerevert, Morten Løkkegaard, Emma McClarkin, Doris Pack, Marie-Thérèse Sanchez-Schmid, Marietje Schaake, Marco Scurria, Joanna Senyszyn, Timo Soini, Emil Stoyanov, Helga Trüpel, Marie-Christine Vergiat, Sabine Verheyen, Milan Zver

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Seán Kelly, Georgios Papanikolaou