RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre readmisión de residentes ilegales

1.12.2010 - (15507/2010 – C7‑0392/2010 – 2010/0108(NLE)) - ***

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Nathalie Griesbeck

Procedimiento : 2010/0108(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0346/2010
Textos presentados :
A7-0346/2010
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre readmisión de residentes ilegales

(15507/2010 – C7-0392/2010 – 2010/0108(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–   Visto el proyecto de Decisión del Consejo (15507/2010),

–   Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre readmisión de residentes ilegales (14654/2010),

–   Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 79, apartado 3, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0392/2010),

–   Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 8, de su Reglamento,

–   Vistas la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A7-0346/2010),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Georgia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La ampliación de la Unión Europea a 25 Estados miembros en 2004 y a 27 Estados miembros en 2007, brindó a la Unión Europea la oportunidad de crear un nuevo marco de cooperación con sus vecinos del Este y del Sur, iniciando así una política de vecindad ampliada que llega hasta los países del Cáucaso meridional, con objeto de consolidar sus relaciones con los países situados en las fronteras exteriores de la UE, promover su seguridad, su estabilidad y su desarrollo y evitar que surjan nuevas divisiones en el continente europeo.

Con ello Europa ha demostrado su creciente interés por los países del Cáucaso meridional y debe continuar ahora su compromiso hacia los Estados de esa región como zona próxima a sus nuevas fronteras en la que debe garantizarse la seguridad. El Cáucaso meridional reviste una importancia estratégica para la Unión Europea y esta puede ayudar a dicha región a desarrollarse a nivel económico y comercial. Pero lo más importante es que la acción de la UE se caracterice por incentivos basados en los principios de buena gobernanza y de pleno respeto de los derechos humanos y la democracia. En efecto, la Unión Europea debe desempeñar un papel más activo en la región del Cáucaso meridional, como se recuerda en la Resolución 2009/2216(INI) aprobada por el Parlamento Europeo en mayo de 2010, elaborando una estrategia para fomentar la estabilidad y la prosperidad y facilitar la solución de conflictos en esa región.

Por otra parte, el proceso de consolidación de las relaciones entre la Unión Europea y los países del Cáucaso meridional, y en este caso Georgia, contribuirá sin lugar a dudas a mejorar el curso de la justicia y el nivel de respeto de las libertades. Los dos acuerdos recientemente celebrados con Georgia, a saber, el primero sobre la readmisión de residentes ilegales y el segundo sobre la facilitación de la expedición de visados, contribuirán plenamente a alcanzar dichos objetivos.

* *

La ponente aprueba por tanto la celebración de estos dos acuerdos interdependientes y paralelos con Georgia; dos acuerdos que servirán para ampliar el espacio de libertad y seguridad más allá de la Unión Europea, englobando a este país vecino.

En primer lugar, ambos acuerdos constituyen una etapa sumamente importante, un paso adelante en las relaciones entre la Unión Europea y Georgia. En efecto, existe por parte de Georgia una clarísima voluntad de acercamiento a la Unión Europea, reflejada, en los últimos años, en toda una serie de actos políticos importantes, como el refuerzo de la cooperación bilateral entre la Unión Europea y Georgia o la adhesión de Georgia al Consejo de Europa y al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos. La celebración de estos acuerdos entre la Unión Europea y Georgia supone un avance alentador, habida cuenta de las aspiraciones europeas de Georgia y por lo tanto, constituye una señal fuerte por parte de la Unión Europea, además de favorecer unas relaciones de amistad, la estabilidad, la seguridad y el bienestar de los ciudadanos.

Por otro lado, el Acuerdo con Georgia también reviste interés desde un punto de vista regional y respaldará los esfuerzos de la Unión Europea por intensificar la cooperación con otros países en la región. En el caso de Georgia, supone asimismo un adelanto y un estímulo a favor de una mayor cooperación con sus vecinos y con la Unión Europea.

Estos acuerdos también alentarán a Georgia a aplicar las reformas necesarias en los ámbitos de la libertad, la seguridad y la justicia. La ponente está convencida de que en un espíritu de compromiso común, la Unión Europea y Georgia pueden luchar eficazmente contra la inmigración irregular y contribuir al desarrollo de la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y la sociedad civil, facilitando los contactos y los desplazamientos de personas entre las dos partes contratantes.

Concretamente, el acuerdo sobre la facilitación de la expedición de visados favorecerá los contactos personales entre los ciudadanos, condición fundamental para garantizar el desarrollo de los vínculos económicos, humanitarios, culturales, científicos y de otro tipo. La supresión de los visados para los ciudadanos de Georgia supondrá una etapa importante en el camino hacia su integración europea. Un régimen de facilitación de los visados reviste gran importancia en la vida de las personas, ya que refuerza los contactos entre los pueblos y hace realidad la idea de la libre circulación como uno de los derechos fundamentales en Europa.

Por lo que atañe a la aplicación de ambos acuerdos:

La ponente considera que son absolutamente necesarias campañas de información en Georgia para informar a los ciudadanos sobre la nueva situación y para que estos aprovechen las nuevas posibilidades que se les ofrece. Además, las modificaciones en la política de visados también figurarán próximamente en las páginas web de las instituciones europeas.

La ponente recomienda asimismo a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo, así como a la Comisión Europea encargada de supervisar la aplicación de estos acuerdos, que una vez que estos empiecen a aplicarse, identifiquen los posibles obstáculos u otras restricciones asimétricas que pudieran dificultar su correcta ejecución y la reciprocidad de los procedimientos, tanto a nivel de los servicios consulares como del cruce de fronteras.

Por último, la ponente lamenta que el Parlamento Europeo se haya visto insuficientemente implicado e informado por lo que respecta a la apertura y al desarrollo de las negociaciones para la firma de dichos Acuerdos. Como representante directo de los ciudadanos de Europa, el Parlamento puede contribuir de manera decisiva al refuerzo de la responsabilidad en el marco de la acción exterior de la UE, así como al control democrático. La ponente espera que la Comisión Europea, en aplicación del principio de cooperación leal entre las instituciones, proporcione al Parlamento información sobre los resultados de la ejecución de los Acuerdos.

* *

OPINIÓN MINORITARIA

expresada de conformidad con el artículo 52, apartado 3, del Reglamento, por

Tatjana Ždanoka, en nombre del Grupo Verts/ALE

Rui Tavares, en nombre del Grupo GUE/NGL

El Parlamento Europeo debe asegurarse de que el Tratado UE-Georgia sobre readmisión respeta plenamente el Derecho europeo e internacional relativo a los derechos fundamentales y el asilo. Este Acuerdo no se debe celebrar sin antes de proceder a una evaluación adecuada de los acuerdos de readmisión existentes.

Votamos contra el presente Acuerdo porque:

-     Tiene por objeto el retorno de personas a un país en el que, según el Global Appeal 2010–2011del ACNUR, cerca de 212 000 personas se encuentran desplazadas internamente desde hace más de 16 años, viviendo sin refugio ni medios que les permitan ser autosuficientes y donde la violencia sexual y de género reina en todas las capas de la sociedad y los malos tratos por parte de la policía son tolerados;

-    Se aplica asimismo a los antiguos residentes de Abjasia y Osetia del Sur que no tienen vínculos de hecho con Georgia;

-    No incluye garantías estrictas en materia de violación de derechos fundamentales que garanticen normas rigurosas de acogida, que, en Georgia, son deficientes;

-    Contiene numerosas lagunas y ambigüedades que podrían aclararse en el Comité Mixto de Readmisión, en el que el PE, lamentablemente, no tiene voz, lo que sería totalmente legítimo dadas sus nuevas competencias;

-    No garantiza adecuadamente la protección de los datos personales: los datos pueden enviarse a «otros órganos» sin que se requiera el consentimiento de la persona.

OPINIÓN de la Comisión de Asuntos Exteriores (7.10.2010)

para la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre readmisión de residentes ilegales
(15507/2010 – C7-0392/2010 – 2010/0108(NLE))

Ponente: Krzysztof Lisek

BREVE JUSTIFICACIÓN

En su Comunicación relativa a la consolidación de la Política Europea de Vecindad (PEV)[1], de 4 de diciembre de 2006, la Comisión recomienda el inicio de negociaciones sobre readmisión y facilitación de visados con países de la PEV.

La Declaración Conjunta de la Cumbre de Praga de 7 de mayo de 2009 por la que se establece la Asociación Oriental subraya la importancia de promover la movilidad de los ciudadanos en un entorno seguro, mediante la facilitación de visados y los acuerdos de readmisión. Establece como objetivo a largo plazo la liberalización de visados, que debe ir acompañada de una mejora en las condiciones de seguridad para luchar contra la delincuencia transfronteriza y la inmigración ilegal.

La decisión propuesta tiene en cuenta y refleja el actual marco para la cooperación con Georgia, en particular el Acuerdo de colaboración y cooperación en vigor desde el 1 de julio de 1999, así como el Plan de Acción UE-Georgia de la Política Europea de Vecindad (aprobado el 14 de noviembre de 2006), así como la mencionada Declaración de Praga.

La autorización formal para la negociación del acuerdo de readmisión con Georgia se adoptó el 27 de noviembre de 2008 y el texto acordado se rubricó el 25 de noviembre de 2009.

La propuesta de Decisión para la celebración del Acuerdo contiene una serie de elementos estándar de los acuerdos de readmisión celebrados entre la UE y terceros países. Las obligaciones de readmisión se establecen de forma totalmente recíproca e incluyen a los a los propios nacionales, a los de terceros países y a las personas apátridas, y también fijan los requisitos para la obligación de readmisión de las dos últimas categorías. El Acuerdo establece las modalidades prácticas de aplicación, incluidas la creación de un Comité Mixto de Readmisión, las condiciones para aplicar el procedimiento acelerado, cláusulas sobre los cotes, la protección de datos y la relación con otras obligaciones internacionales. El Acuerdo se aplica a los territorios de Georgia y de la UE, con la excepción de Irlanda y Dinamarca, y el Reino Unido ha manifestado su deseo de ser parte del Acuerdo.

Georgia ha ratificado una serie de convenios internacionales relevantes, incluidos la Convención de Ginebra sobre el estatuto de los refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. Es miembro del Consejo de Europa y de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa. Además, Georgia es un país asociado en el marco de la Asociación Oriental, que se basa en el compromiso con los principios del Derecho internacional y los valores fundamentales, incluido el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y las negociaciones para un nuevo Acuerdo de Asociación reforzado con Georgia comenzaron el 15 de julo de 2010. También se ha establecido el diálogo sobre derechos humanos entre la UE y Georgia, cuya tercera ronda se celebró el 9 de julio de 2010 en un ambiente amistoso, abierto y constructivo.

A la vista de todo lo anterior, el ponente de opinión considera que en Georgia existe un marco lo suficientemente sólido para asegurar el respeto de los derechos de las personas a las que se les aplique el Acuerdo. El Acuerdo de readmisión debe celebrarse oportunamente, y entrar en vigor a la vez que el Acuerdo sobre facilitación de visados, pues ambos acuerdos están vinculados.

*******

La Comisión de Asuntos Exteriores pide a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, competente para el fondo, que se pronuncie a favor de la aprobación del Parlamento.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

5.10.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

26

4

1

Miembros presentes en la votación final

Gabriele Albertini, Frieda Brepoels, Andrzej Grzyb, Heidi Hautala, Ioannis Kasoulides, Tunne Kelam, Nicole Kiil-Nielsen, Andrey Kovatchev, Wolfgang Kreissl-Dörfler, Vytautas Landsbergis, Krzysztof Lisek, Mario Mauro, Francisco José Millán Mon, María Muñiz De Urquiza, Norica Nicolai, Raimon Obiols, Kristiina Ojuland, Pier Antonio Panzeri, Ioan Mircea Paşcu, Alojz Peterle, Libor Rouček, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Adrian Severin, Ernst Strasser, Boris Zala

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Nikolaos Chountis, Evgeni Kirilov, Marietje Schaake, Helmut Scholz, Dominique Vlasto

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Marie-Christine Vergiat

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

26.10.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

42

6

0

Miembros presentes en la votación final

Sonia Alfano, Rita Borsellino, Emine Bozkurt, Simon Busuttil, Carlos Coelho, Cornelis de Jong, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Cornelia Ernst, Tanja Fajon, Hélène Flautre, Kinga Gál, Kinga Göncz, Nathalie Griesbeck, Sylvie Guillaume, Ágnes Hankiss, Salvatore Iacolino, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Juan Fernando López Aguilar, Clemente Mastella, Véronique Mathieu, Nuno Melo, Louis Michel, Claude Moraes, Jan Mulder, Georgios Papanikolaou, Carmen Romero López, Judith Sargentini, Birgit Sippel, Csaba Sógor, Rui Tavares, Valdemar Tomaševski, Wim van de Camp, Axel Voss, Renate Weber, Tatjana Ždanoka

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Alexander Alvaro, Edit Bauer, Andrew Henry William Brons, Anna Maria Corazza Bildt, Nadja Hirsch, Monika Hohlmeier, Franziska Keller, Ádám Kósa, Wolfgang Kreissl-Dörfler, Petru Constantin Luhan, Mariya Nedelcheva, Joanna Senyszyn, Cecilia Wikström