RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Croacia sobre la participación de la República de Croacia en los trabajos del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

4.5.2011 - (11633/2010 – C7‑0026/2011 – 2010/0011(NLE)) - ***

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Debora Serracchiani

Procedimiento : 2010/0011(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0186/2011
Textos presentados :
A7-0186/2011
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Croacia sobre la participación de la República de Croacia en los trabajos del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(11633/2010 – C7‑0026/2011 – 2010/0011(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–   Visto el proyecto de Decisión del Consejo (11633/2010),

–   Visto el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Croacia sobre la participación de la República de Croacia en los trabajos del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (11633/2010),

–   Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 168, apartado 5, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7‑0026/2011),

–   Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 8, de su Reglamento,

–   Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0186/2011),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la República de Croacia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Introducción

El Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT), ubicado en Lisboa, fue creado en virtud del Reglamento (CEE) n° 302/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993. Su principal cometido es la recogida de datos sobre drogas y toxicomanías para elaborar y publicar información en el plano europeo objetiva, fiable y comparable. El objetivo de la información es ofrecer una base para analizar la demanda de drogas y las formas de reducirla y, en general, los fenómenos asociados al mercado de la droga.

El Reglamento (CE) nº 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (Refundición), establece en su artículo 21 que el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías estará abierto a la participación de países terceros que compartan el interés de la Unión y el de sus Estados miembros por los objetivos y trabajos del Observatorio.

La República de Croacia solicitó su participación en los trabajos del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías en 2005.

El 11 de julio de 2006, el Consejo autorizó a la Comisión a iniciar las negociaciones con la República de Croacia y dichas negociaciones llegaron a buen término en julio de 2009 con la rúbrica del Acuerdo. El Acuerdo fue revisado para tener en cuenta la entrada en vigor del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y fue rubricado por ambas partes el 22 de diciembre de 2009.

La República de Croacia participará en el programa de trabajo del Observatorio, cumplirá las obligaciones en virtud del Reglamento nº 1920/2006, estará conectada a la Red europea de información sobre drogas y toxicomanías (REITOX) e intercambiará datos con el OEDT, respetando los requisitos de protección de datos de la Unión y las leyes nacionales. La República de Croacia aportará asimismo una contribución económica a la Unión para sufragar los costes de su participación y participará también en el Consejo de Administración del Observatorio, sin derecho a voto, hasta que se convierta en miembro de la Unión Europea. Por su parte, el OEDT dispensará a la República de Croacia el mismo trato que a los Estados miembros actuales, en particular en lo que respecta a la conexión a la Red europea de información sobre drogas y toxicomanías (REITOX) y las disposiciones de personal.

Situación en Croacia

La República de Croacia constituye una vía de tránsito a través de la cual se introducen drogas ilícitas en la ruta que va desde los países productores a los países consumidores. Las incautaciones importantes de cocaína a gran escala en Croacia están conectadas en su mayor parte con el transporte marítimo.

Según el OEDT, en Croacia no se ha realizado ningún estudio de población general sobre el consumo ilícito de drogas.

En los últimos 10 años el número de muertes ha venido aumentando progresivamente en Croacia. Los datos más recientes sobre muertes relacionadas con la droga son los relativos a 2008, cuando se registró un total de 87 casos, tratándose de hombres en un 91,9 % de los mismos. La mayoría de los casos de fallecimiento (el 77,1 %) estaban asociados con los opiáceos. También en 2008, el número total de infracciones denunciadas relacionadas con la droga ascendió a 7 168. El 58 % de las infracciones estaban relacionadas con el cannabis, el 27 % con la heroína, el 8 % con las anfetaminas y el 5 % con la cocaína. En 2009, los institutos nacionales para las toxicomanías trataron a un total de 7 934 personas. Desde 2010, una de las medidas para mejorar la calidad consiste en que cada comunidad terapéutica debe proporcionar datos sobre los pacientes tratados a la Oficina para las drogas.

Por lo que respecta a las incautaciones de droga, en 2008 se realizó un total de 2 827 incautaciones de hierba de cannabis, 485 de resina de cannabis, 634 de heroína, 233 de cocaína, 69 de éxtasis y 448 de anfetaminas.

En comparación con el año anterior, se redujo el número de incautaciones de todos los tipos de droga, a excepción de la heroína, y, en general, se lograron avances en la lucha contra el consumo indebido de droga. De hecho, la República de Croacia adoptó el pasado año el programa de 2010 para la aplicación del Plan de acción de lucha contra el consumo indebido de droga. Mediante una modificación de las disposiciones en materia de prevención del consumo indebido de droga se ajustó la lista de precursores al acervo de la UE y se acortaron los plazos para la destrucción de la droga incautada.

La formación de agentes de policía ha continuado y han seguido suministrándose los equipos necesarios. Sin embargo, deben mejorarse considerablemente los resultados de la investigación y las acciones penales respecto de los delitos relacionados con la droga. Por Croacia sigue pasando una de las principales rutas de introducción ilegal de droga en la UE.

El Gobierno ha adoptado un Programa nacional de prevención del consumo de drogas entre los jóvenes, con el fin de actualizar los programas existentes.

Ventajas

La ponente acoge con satisfacción el Acuerdo y la participación de la República de Croacia en los trabajos del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías, habida cuenta también de que la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea está prevista actualmente para la segunda mitad de 2012 o principios de 2013. El consumo ilícito y el tráfico de drogas son fenómenos mundiales que representan una amenaza para la salud y la estabilidad social. Las estadísticas indican que alrededor de uno de cada tres jóvenes europeos ha probado alguna droga ilícita y al menos un ciudadano europeo muere cada hora por sobredosis.

A escala europea, también es importante contar con información real y objetiva de Croacia sobre las drogas y las toxicomanías y sus consecuencias y, a su vez, la República de Croacia puede obtener información sobre las mejores prácticas para comprender la naturaleza de sus problemas relacionados con la droga y responder mejor a ellos.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

2.5.2011

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

33

2

0

Miembros presentes en la votación final

Jan Philipp Albrecht, Emine Bozkurt, Philip Claeys, Carlos Coelho, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Kinga Gál, Kinga Göncz, Nathalie Griesbeck, Anna Hedh, Sophia in ‘t Veld, Juan Fernando López Aguilar, Monica Luisa Macovei, Véronique Mathieu, Louis Michel, Claude Moraes, Jan Mulder, Georgios Papanikolaou, Birgit Sippel, Csaba Sógor, Wim van de Camp, Daniël van der Stoep, Renate Weber, Tatjana Ždanoka

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Elena Oana Antonescu, Edit Bauer, Anna Maria Corazza Bildt, Ioan Enciu, Stanimir Ilchev, Franziska Keller, Marian-Jean Marinescu, Mariya Nedelcheva, Cecilia Wikström

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Andrey Kovatchev, Traian Ungureanu, Pablo Zalba Bidegain