INFORME sobre las mujeres empresarias en pequeñas y medianas empresas
31.5.2011 - (2010/2275(INI))
Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
Ponente: Marina Yannakoudakis
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre las mujeres empresarias en pequeñas y medianas empresas
El Parlamento Europeo,
– Visto el Reglamento (CE) nº 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)[1],
– Visto el Informe de la Comisión de 3 de octubre de 2008, titulado «Consecución de los objetivos de Barcelona sobre las estructuras de cuidado de los niños en edad preescolar» (COM(2008)0638),
– Visto el informe de la Comisión sobre el fomento de la mujer innovadora y de su espíritu empresarial, de 25 de julio de 2008,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 25 de junio de 2008, titulada «Pensar primero a pequeña escala – Small Business Act para Europa: iniciativa en favor de las pequeñas empresas» (COM(2008)0394),
– Vista la Directiva 2010/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la Directiva 86/613/CEE[2] del Consejo,
– Vista la Decisión 2010/707/UE del Consejo, de 21 de octubre de 2010, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros[3],
– Visto el Reglamento (CE) n° 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia[4],
– Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2009, sobre la «Small Business Act»[5],
– Vista su Resolución, de 30 de noviembre de 2006, titulada «Ha llegado la hora de acelerar – Creación de una Europa del espíritu empresarial y el crecimiento»[6],
– Vista su Resolución, de 10 de octubre de 2002, sobre el informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo titulado «Iniciativa para el crecimiento y el empleo – Medidas de ayuda financiera a las pequeñas y medianas empresas (PYME) de carácter innovador y generadoras de empleo»[7],
– Visto el artículo 48 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A7-0207/2011),
A. Considerando que es importante reconocer que el reparto de las responsabilidades familiares y domésticas entre mujeres y hombres, en particular mediante un mayor recurso a las licencias parentales y por paternidad, es esencial para desarrollar y lograr la igualdad de género, y que, en consecuencia, es necesario mantener el equilibrio entre la vida laboral y la privada, lo que puede ayudar a las mujeres que crean sus propias empresas a asegurarse la independencia financiera y laboral,
B. Considerando que, en general, el empleo por cuenta propia ofrece una mayor flexibilidad en cuanto a las horas de trabajo, el número de horas trabajadas y el lugar de trabajo que el empleo, y que prevé posibilidades para quienes desean combinar el trabajo y las tareas de cuidado u otras actividades, o para quienes necesitan un lugar de trabajo adaptado,
C. Considerando que la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros,
D. Considerando que en Europa el 99 % de las creaciones de nuevas empresas son de micro y pequeñas empresas y que un tercio de las mismas son creadas por desempleados, y considerando asimismo que las microempresas que dan trabajo a menos de diez personas forman el 91 % de las empresas europeas,
E. Considerando que, en el Plan de acción de la Comisión: El programa europeo en favor del espíritu empresarial (COM(2004)70), se pone de relieve la necesidad de disponer de mejores regímenes de seguridad social, que la Comisión tenía previsto presentar una comunicación sobre la iniciativa Small Business Act a comienzos de 2011, y que se ha de hacer hincapié en la necesidad de mejorar las prestaciones en materia de seguridad social para las empresarias en particular,
F. Considerando que las mujeres pueden toparse con barreras en el acceso a soportes informativos y a herramientas y servicios financieros y tecnológicos, que podrían limitar su capacidad para expandir sus negocios y competir en la obtención de contratos gubernamentales y municipales,
G. Considerando que, en la terminología de la Comisión Europea, el falso autoempleo es un tipo de falso trabajo por cuenta propia que surge cuando se usa la clasificación incorrecta de la situación laboral para eludir la protección social y excluir a tales trabajadores de los derechos fundamentales de los trabajadores, con el fin de reducir los costes laborales, mientras que los trabajadores afectados siguen siendo económicamente dependientes,
H. Considerando que los empresarios son personas (propietarios de negocios) que buscan generar valor mediante la creación o la expansión de la actividad económica, localizando y explotando nuevos productos, procesos o mercados[8],
I. Considerando que una empresaria se puede definir como una mujer que ha creado un negocio en el que ella tiene una participación mayoritaria y que se interesa activamente por el proceso de toma de decisiones, la asunción de riesgos y la gestión diaria,
J. Considerando que muchas empresas, sobre todo las dirigidas por mujeres, han surgido en zonas pertenecientes a las regiones del Objetivo 1, cuya pérdida del estatus de zona desfavorecida es inminente hoy por la adhesión de nuevos países,
K. Considerando que muchas de las regiones que dejarán de recibir apoyo incluyen zonas rurales que no están aún suficientemente desarrolladas, mientras que las regiones en los países de adhesión reciente a menudo no disponen de los recursos culturales, sociales y organizativos necesarios para hacer un uso óptimo de los fondos europeos,
L. Considerando que existen diferencias entre los Estados miembros en cuanto al número de mujeres empresarias; que el número de mujeres que consideran que la carrera de empresario es una opción viable es menor que el de hombres, y que, a pesar del aumento registrado en la última década del número de mujeres que dirigen PYME, en la Unión Europea solo una de cada diez mujeres es empresaria, frente a uno de cada cuatro hombres; que las mujeres constituyen alrededor del 60 % de los graduados universitarios, pero están insuficientemente representadas en el trabajo a tiempo completo en el mercado laboral, especialmente en el campo de los negocios; y que es fundamental alentar y potenciar a las mujeres para que emprendan proyectos empresariales con el fin de reducir las actuales desigualdades de género,
M. Considerando que la Ley estadounidense sobre propiedad empresarial de la mujer, de 1988, ha conllevado un incremento del número de mujeres propietarias de empresas como porcentaje del conjunto de sociedades, pasándose del 26 % en 1992 al 57 % en 2002; y que el éxito de esta ley puede ayudar a la UE en la definición de buenas prácticas,
N. Considerando que las empresarias con menos conocimiento sobre las opciones de financiación disponibles y con menos experiencia en gestión financiera, por razones de índole social, necesitan apoyo no solo durante el proceso de creación sino también durante todo el ciclo empresarial, ya que el tipo de apoyo necesario para la planificación del negocio es diferente en la fase de creación y en la de crecimiento,
O. Considerando que el espíritu empresarial de las mujeres y las PYME gestionadas por mujeres son un medio clave para aumentar la tasa de empleo femenino y, por ello, para explotar en mayor medida el nivel de formación de la mujer y asegurar que la mujer no se implique en empleo precario, que el espíritu empresarial femenino garantiza dinamismo empresarial e innovación, cuyo potencial dista mucho de estarse aprovechando en la Unión Europea, que el aumento del número de empresarias tiene repercusiones positivas para la economía en general y aporta una contribución inmediata a la misma, y que, en un ambiente económico inestable, se descuidan con facilidad las medidas destinadas a ayudar a las empresarias,
P. Considerando que, en muchos casos, los hombres y las mujeres no cuentan con las mismas oportunidades a la hora de dirigir y desarrollar empresas, y que la consolidación del espíritu empresarial femenino supone un proceso a largo plazo que requiere tiempo para cambiar las estructuras y las actitudes en la sociedad; considerando asimismo que las mujeres han sido siempre emprendedoras pero que las normas y el reparto tradicional de roles han hecho que la iniciativa empresarial no siempre haya sido una opción para las mujeres,
Q. Considerando que el Banco Europeo de Inversiones (BEI) ha aumentado sustancialmente su actividad de préstamos destinados a las PYME, pasando de 8 100 millones de euros en 2008 a alrededor de 11 500 millones de euros en 2009; que se han utilizado de manera continuada los instrumentos para las PYME previstos en el Programa Marco para la Innovación y la Competitividad (1 130 millones de euros asignados para el periodo 2007-2013); y que la Comisión ha adoptado un marco temporal sobre ayudas estatales 2009/2010 que proporciona a los Estados miembros mayores posibilidades para hacer frente a los efectos de la contracción del crédito,
R. Considerando que los programas de preparación a la inversión fomentan la capacidad de una PYME o de un empresario para comprender las preocupaciones de los bancos y de inversores que puedan aportar financiación externa,
S. Considerando que las empresarias forman un grupo heterogéneo con edades, orígenes y educación diversos, desde diplomadas recientes hasta mujeres con una carrera muy avanzada, deseosas de encontrar nuevas vías para utilizar su talento en materia de gestión, espíritu empresarial, destrezas en el ámbito de la comunicación, enfoque consensual y capacidad para evaluar con precisión los riesgos, y que las empresarias intervienen en una amplia gama de sectores y empresas; considerando asimismo que no disponen los hombres y las mujeres no tienen las mismas oportunidades para dirigir y desarrollar las empresas a causa de los estereotipos de género y las barreras estructurales, y que con frecuencia se estima, de manera injustificada, que las mujeres carecen de habilidades empresariales, tales como autoconfianza, destrezas para la gestión, autoafirmación y capacidad de asumir riesgos,
T. Considerando que la tutela y el apoyo tanto para empresarias como para empresarios en activo podría ayudar a las empresas femeninas de nueva creación a superar muchos de los miedos inherentes a la creación de un negocio,
U. Considerando que es importante fomentar las recomendaciones prácticas que tengan en cuenta la realidad de la vida empresarial y económica en un entorno de mercado competitivo,
V. Considerando que no se ha desarrollado suficientemente la investigación sobre el espíritu empresarial femenino a nivel de la UE, que hubiese sido muy útil para el desarrollo y la aplicación de políticas a escala de la UE en este ámbito,
W. Considerando que, en muchos Estados miembros, los trabajadores por cuenta propia carecen de los derechos adecuados de seguridad social, tales como la licencia de maternidad y paternidad, seguros por desempleo y enfermedad, prestaciones de pago por discapacidad y pensión, y servicios de atención infantil, pese a que esas prestaciones son esenciales para que las empresarias puedan compaginar los compromisos de la vida profesional y la vida familiar y permitir a la Unión Europea responder al desafío demográfico; y que, en las directrices para las políticas de empleo, se pide a los Estados miembros que promuevan el trabajo por cuenta propia asegurando al mismo al tiempo unas prestaciones de seguridad social adecuadas para los trabajadores por cuenta propia,
X. Considerando que existe un grupo de personas, principalmente mujeres, que se dedican a actividades como el trabajo doméstico o el trabajo asistencial privado, que no sólo no están oficialmente empleadas sino que, además, no están oficialmente empleadas como trabajadoras por cuenta propia, por lo que carecen de toda forma de protección social,
Acceso al apoyo financiero y educativo
1. Insta a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales a aprovechar mejor las posibilidades de financiación a disposición de las empresarias a través de subvenciones especiales, capital riesgo, prestaciones de la seguridad social y descuentos en los tipos de interés que permitan un acceso justo e igualitario a la financiación, tales como el Instrumento europeo de microfinanciación, que ofrece microcréditos de hasta 25 000 euros a microempresas y a aquellos que desean crear su pequeña empresa sin recurrir a los tradicionales servicios bancarios, como los desempleados;
2. Pide a los Estados miembros que organicen campañas a escala nacional, que incluyan talleres y seminarios, para apoyar e informar con mayor eficacia a las mujeres sobre el Instrumento europeo de microfinanciación y sobre todas las posibilidades de financiación que ofrece el mismo;
3. Señala que la igualdad entre mujeres y hombres es un principio fundamental de la UE, reconocido por el Tratado de la Unión Europea y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, si bien, a pesar de los importantes progresos realizados, persisten numerosas desigualdades entre mujeres y hombres en lo relativo al espíritu empresarial y a la toma de decisiones;
4. Lamenta que la crisis financiera y económica haya agudizado los problemas de muchas posibles empresarias, especialmente en los primeros tres años de actividad; insiste en que el desarrollo de unas PYME rentables tanto por hombres como por mujeres puede ayudar a los Estados miembros a lograr un crecimiento económico más sostenible;
5. Acoge positivamente la creación de una sección separada para las ayudas a iniciativas empresariales de mujeres en el Reglamento n° 800/2008 de la Comisión mencionado anteriormente; pide a la Comisión que garantice el mantenimiento de esta ayuda dentro de un futuro marco de apoyo comunitario, con el fin de contribuir a la capacitación de las empresarias tras la expiración del Reglamento;
6. Pide a los Estados miembros para garantizar que las PYME dirigidas —y creadas— por mujeres también podrán beneficiarse de las ventajas fiscales previstas para las PYME;
7. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a aplicar debidamente el Reglamento (CE) n° 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, y a garantizar que las empresarias que han llegado a una situación de insolvencia o han interrumpido en varias ocasiones sus carreras tienen acceso a una asistencia y apoyo para la recuperación financiera, de manera que puedan proseguir los proyectos iniciados o cambiar de dirección;
8. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten el intercambio de buenas prácticas entre regiones que quedan fuera del Objetivo 1 y regiones de países de reciente ingreso, a fin de garantizar la participación de las mujeres empresarias, en particular en el sector de la agricultura a pequeña escala, tanto para que puedan transmitir la experiencia que han adquirido, y evitar así la brusca retirada de la ayuda financiera, como con miras a la formación y creación de una nueva clase dirigente femenina en los países de adhesión más reciente;
9. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a Business Europe que promuevan el espíritu empresarial femenino, el apoyo financiero y la estructura de orientación profesional, y que, junto con las escuelas y organizaciones empresariales y los institutos de la mujer nacionales, establezcan programas de preparación a la inversión que puedan ayudar a las mujeres a diseñar planes comerciales viables y a encontrar y determinar los posibles inversores;
10. Pide a la Comisión ya los Estados miembros que investiguen los obstáculos a la iniciativa empresarial femenina y, sobre todo, lleven a cabo un análisis completo del acceso de las mujeres a la financiación;
11. Pide a los Estados miembros que alienten a los bancos y a las instituciones financieras a que consideren la creación de servicios de apoyo empresarial favorables para la mujer;
12. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a Business Europe que consideren la creación de programas de tutoría y apoyo utilizando especialmente los programas de envejecimiento activo que aprovechan el asesoramiento y la experiencia de empresarios jubilados de ambos sexos;
13. Pide a los Estados miembros que presten especial atención a la situación de las mujeres mayores de 50 años y las ayuden a crear sus propias empresas;
14. Insiste en que los Estados miembros apliquen políticas que permitan a las mujeres compaginar la vida laboral y la privada, y creen estructuras adecuadas para el cuidado infantil, dado que su falta de asequibilidad, disponibilidad y calidad crea obstáculos adicionales para las mujeres que deseen crear una empresa;
15. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen el acceso de las empresarias a las evaluaciones de crecimiento potencial realizadas por asesores experimentados que calculan el riesgo potencial;
16. Toma nota de que varios estudios recientes han reconocido que las mujeres empresarias adoptan un enfoque más prudente que los hombres a la hora de asumir riesgos económicos y financieros; considera que los resultados de dichos estudios deben ser examinados con más detenimiento para determinar si son correctos y qué conclusiones conviene extraer de los mismos;
17. Pide a los Estados miembros y a las autoridades regionales que incluyan conceptos nacionales de educación a fin de sensibilizar a las jóvenes respecto del espíritu empresarial y la gestión empresarial femenina, y desarrollar el concepto de «jóvenes emprendedores» en los centros escolares con objeto de que, durante un año académico, las estudiantes que lo deseen puedan experimentar el ciclo vital de un negocio a través de las fases de creación, gestión y cierre del mismo, vinculando dicho proceso a tutorías impartidas por profesores y asesores «en envejecimiento activo» procedentes del mundo empresarial local;
18. Reconoce que, desde temprana edad, se desanima a muchas chicas a elegir materias escolares y universitarias percibidas como intrínsecamente «masculinas», como la ciencia, las matemáticas y la tecnología; recomienda que se incluyan en la enseñanza cursos de iniciación sobre los conceptos básicos del espíritu empresarial y se amplíe el espectro de temas posibles y carreras abiertas a las jóvenes, de manera que sean capaces de desarrollar la base de conocimientos y una amplia gama de destrezas necesarias para tener éxito en el mundo empresarial; destaca la importancia de fomentar la empleabilidad de las jóvenes y las mujeres mediante la formación profesional y el aprendizaje a lo largo de la vida;
19. Pide a las instituciones de la UE, a los Estados miembros y a las autoridades regionales que fomenten los programas anuales sobre el espíritu empresarial femenino o programas de aprendizaje e intercambios en las universidades europeas, en los que las estudiantes puedan llevar a cabo proyectos de desarrollo basados en conceptos empresariales reales, con objeto de iniciar una empresa viable y rentable ya durante los años de formación; considera además que las actividades de las asociaciones de antiguos alumnos y de estudiantes deben ser parte integrante de este proceso a fin de infundir confianza y una mentalidad modelo en los estudiantes; pide a la Comisión que fomente el intercambio de buenas prácticas en este ámbito;
20. Pide a los Estados miembros y a Business Europe que divulguen y apoyen el programa europeo de intercambio empresarial denominado «Erasmus para jóvenes emprendedores», cuyo objetivo específico es contribuir al fortalecimiento del espíritu empresarial, la internacionalización y la competitividad de posibles nuevos empresarios de la UE y de las microempresas y pequeñas empresas de creación reciente, y que ofrece a los nuevos empresarios la posibilidad de trabajar hasta seis meses con un empresario experimentado en su PYME, en otro país de la Unión Europea; recomienda que se ofrezcan becas específicas, como las becas Leonardo da Vinci de la Unión europea, a las estudiantes con un potencial excelente que culminen en ceremonias de entrega de premios a la «mejor práctica» para las tituladas de éxito;
21. Insiste en que los Estados miembros promuevan la igualdad de acceso a la contratación pública y hagan que la política en ese ámbito del sector público sea neutra desde la perspectiva de género;
Acceso a las oportunidades de redes de empresas tradicionales y a las tecnologías de la información y la comunicación
22. Pide a los Estados miembros que fomenten los programas de cooperación transfronteriza destinados a la creación de centros de asistencia transfronteriza para las mujeres empresarias, con el fin de proporcionar una base para el intercambio de experiencias, la racionalización de los recursos y el intercambio de mejores prácticas;
23. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que utilicen las tecnologías de la información y la comunicación que puedan ayudar a aumentar la sensibilización y el apoyo en red para las mujeres; pide que se afronte la brecha digital en Europa a través de la mejora de las conexiones de banda ancha, facilitando así a las mujeres la flexibilidad necesaria para llevar con éxito los negocios desde su casa si así lo desean;
24. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten la participación de las mujeres en las cámaras de comercio locales, ONG específicas, grupos de presión y organizaciones del sector industrial que conforman la corriente predominante de la comunidad empresarial, de manera que puedan desarrollar y reforzar unas habilidades empresariales competitivas, y pide a las cámaras de comercio que, por su parte, fomenten activamente la participación de las empresarias y el establecimiento de servicios especiales y grupos representativos para empresarias, con el fin de apoyar su capacitación y el desarrollo de la cultura empresarial;
25. Pide a los Estados miembros que destaquen el papel de las ONG a la hora de fomentar y facilitar las iniciativas empresariales femeninas;
26. Pide a la Comisión que fomente el intercambio de buenas prácticas para promover el espíritu empresarial de las mujeres; pide a la Comisión, a los Estados miembros y a Business Europe que incentiven y adopten disposiciones para que las mujeres empresarias se relacionen con los socios empresariales adecuados en otros ámbitos, de manera que puedan compartir experiencias y prácticas y alcanzar una mejor comprensión del amplio mundo empresarial;
27. Pide a la Comisión que se creen consejos de asesoramiento con conocimientos específicos sobre los retos y obstáculos que afrontan las mujeres empresarias, como parte de la red Enterprise Europe, que también podrían servir como puntos de contacto únicos en los casos de discriminación por parte de proveedores de servicios financieros de cara al acceso al crédito;
28. Reconoce la importancia de las embajadoras, por ejemplo la Red Europea de Embajadoras del Espíritu Empresarial, que subraya la función que pueden desempeñar las mujeres en la creación de empleos y en el fomento de la competitividad como fuente de inspiración para que las mujeres y las jóvenes inicien su propio negocio, desarrollando al efecto actividades en los centros escolares, las universidades, los grupos comunitarios y los medios de comunicación; señala que las embajadoras deben proceder de entornos diferentes, tener edades y experiencias diversas y desempeñar su actividad en todos los sectores;
29. Pide a la Comisión que desarrolle una campaña de promoción de la participación de las mujeres en el trabajo mediante la creación de sus propias empresas y, al mismo tiempo, para proporcionar información sobre los distintos instrumentos disponibles para facilitar la creación de empresas;
30. Considera que el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y las delegaciones de la UE en terceros países, en cooperación con las misiones comerciales de los Estados miembros, podrían ayudar a desarrollar redes de PYME dirigidas por mujeres;
31. Pide a la Comisión que reúna datos comparables y detallados sobre el espíritu empresarial de las mujeres en la Unión Europea (por ejemplo, edad, ámbito empresarial, tamaño de la empresa y duración de su actividad, y origen étnico, de conformidad con las normas de los Estados miembros en materia de protección de los datos personales), con ayuda de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo y del Instituto Europeo de Género, de una manera que no suponga una carga adicional para las PYME, y que analice estos datos en el informe anual sobre las PYME en la UE en el marco de la evaluación del rendimiento de las PYME; considera que los datos y la información recopilados deben ilustrar a los responsables sobre los problemas específicos con que se enfrentan las empresarias;
32. Acoge positivamente el estudio de la Comisión de 2008 sobre las mujeres innovadoras y el espíritu empresarial, e insta a los Estados miembros a que asuman sus recomendaciones sobre las políticas;
33. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales que adopten medidas para tratar a las mujeres del mismo modo que a los empleados en el caso de los servicios sociales y otros servicios comunitarios, y para mejorar la situación social de las co-empresarias y empresarias en las PYME mediante mejores prestaciones por maternidad, mejores servicios de atención infantil y de asistencia para las personas mayores y las personas con necesidades especiales, y mejores prestaciones en materia de seguridad social, así como derribando los estereotipos de género, y que mejoren su situación cultural y jurídica, especialmente en los sectores de la investigación, la ciencia, la ingeniería, los medios de comunicación, el medio ambiente, la tecnología verde y de bajas emisiones de carbono, la agricultura y la industria en las zonas urbanas y rurales;
34. Insta a los Estados miembros a que examinen los obstáculos al trabajo por cuenta propia de las mujeres romaníes y elaboren programas que permitan un registro accesible, rápido y poco costoso de las empresarias romaníes y las personas que ejerzan una actividad profesional por cuenta propia, y a que establezcan vías de crédito accesibles, incluido el microcrédito, para la financiación de las empresas de las mujeres romaníes; insta a la Comisión a que apoye estas actividades mediante los mecanismos de financiación pertinentes;
35. Pide a los Estados miembros que combatan activamente el falso empleo por cuenta propia, mediante una definición efectiva del empleo por cuenta propia y sancionando el falso empleo por cuenta propia;
36. Pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que elaboren un programa destinado a ayudar a las personas que realizan labores domésticas, de asistencia o de servicio de otro tipo, principalmente mujeres, que no están empleadas ni ejercen un empleo por cuenta propia, para que pasen a ejercer un empleo por cuenta propia declarado o creen su propia empresa;
37. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que ofrezcan apoyo a las mujeres que estén planificando crear o comprar una empresa, o bien hacerse cargo de una empresa familiar, inclusive las mujeres que ejercen profesiones liberales, por ejemplo las que tienen un bufete de abogados privado o una consulta médica privada; considera que este apoyo debe consistir en seminarios y talleres de formación adecuados para permitir a estas mujeres adquirir las habilidades de gestión para pilotar con éxito una situación de adquisición, en particular en relación con las estimaciones, la valoración de empresas y las cuestiones bancarias y jurídicas; reconoce que se debe prestar particular atención a las mujeres menores de 25 años y a las mayores de 50, dado que son las que se ven más afectadas por la crisis financiera;
38. Pide a Polonia que haga hincapié en el espíritu empresarial de las mujeres a lo largo de su Presidencia, especialmente a principios de octubre, en el marco de la Semana europea de las PYME; pide a la Comisión que proponga cuanto antes un plan de acción para aumentar la proporción de empresarias y ponga en marcha campañas de sensibilización para superar los estereotipos según los cuales las mujeres no están llamadas a ser líderes empresariales de éxito;
39. Pide a las empresas familiares que den las mismas oportunidades a los familiares femeninos, como las hijas, a la hora de plantearse la cesión o transferencia de la empresa;
40. Pide a los Estados miembros que adopten medidas para favorecer la conciliación de la vida familiar y la profesional, facilitar el empleo de las mujeres y contribuir a mejorar las perspectivas profesionales para las trabajadoras autónomas;
41. Pide a la Comisión que se salvaguarde la imagen de la mujer en todos los medios de comunicación contrarrestando la idea preconcebida según la cual las mujeres son vulnerables y supuestamente incapaces de competitividad y liderazgo empresarial;
42. Insiste en la necesidad de promover iniciativas que contribuyan a concebir y realizar acciones positivas y políticas de recursos humanos en las empresas para promover la igualdad de género, haciendo mayor hincapié también en las prácticas de sensibilización y formación que permitan la promoción, transferencia e incorporación de prácticas de demostrada eficacia en organizaciones y empresas;
43. Reconoce que la revisión de la iniciativa en favor de las pequeñas empresas de 23 de febrero de 2011 ha dado como resultado una importante agenda para PYME, pero pide que la UE y los Estados miembros sigan teniendo en cuenta la noción de «pensar primero a pequeña escala» en la aplicación de toda posible medida;
44. Pide a los Estados miembros que presten apoyo a programas diseñados para permitir a las mujeres migrantes desempeñar una actividad profesional por cuenta propia o acceder al empresariado mediante políticas de formación, tutoría y de apoyo al acceso al crédito;
45. Insta a los Estados miembros a que distingan a las empresas que procuran promover la igualdad entre hombres y mujeres y favorecen el equilibrio entre la vida familiar y la profesional, a fin de contribuir a difundir las prácticas de excelencia en esta materia;
46. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten una presencia equilibrada de mujeres y hombres en los consejos de administración de las empresas, especialmente cuando los Estados miembros sean accionistas de esas empresas;
47. Pide a los Estados miembros que promuevan la responsabilidad social de las empresas entre las empresas dirigidas por mujeres, para contribuir a garantizar que el trabajo de las mujeres y su horario laboral se organizan de una forma más flexible y para promover la prestación de servicios favorables a la familia;
48. Pide a la Comisión que promueva políticas y programas de formación profesional para mujeres, incluido el desarrollo de competencias básicas en informática, con el fin de incrementar la participación de las mujeres en los sectores industriales, teniendo en cuenta el apoyo financiero disponible a escala local, nacional y de la UE, y proporcionando mayores incentivos para su aplicación por parte de las grandes empresas y las PYME;
49. Insta a la Comisión a que intensifique el apoyo a los programas de formación profesional dirigidos a la mujer dentro de las PYME industriales, y a que apoye la investigación y la innovación, de conformidad con el Séptimo Programa Marco y con lo dispuesto en la Carta Europea de la Pequeña Empresa aprobada en el Anexo III de las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Santa Maria da Feira de los días 19 y 20 de junio de 2000;
50. Señala la necesidad de promover la creación de redes de mujeres dentro de las empresas, entre las empresas del mismo sector industrial y entre los sectores industriales;
51. Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que conciban y apliquen estrategias para resolver las disparidades en cuanto al entorno laboral y al desarrollo profesional de las mujeres que trabajan en el sector de la ciencia y la tecnología;
52. Considera que es importante divulgar las buenas prácticas existentes por lo que se refiere a la participación de la mujer en la investigación industrial y en las industrias avanzadas; señala la importancia de lograr que los consejos de administración de las empresas industriales con baja participación de mujeres sean más conscientes de la perspectiva de género, lo que debe traducirse en objetivos cuantificados;
53. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros.
- [1] DO L 214 de 9.8.2008, p. 3.
- [2] DO L 180 de 15.7.2010, p. 1.
- [3] DO L 308 de 24.11.2010, p. 46.
- [4] DO L 160 de 30.6.2000, p. 1.
- [5] DO C 87 E de 1.4.2010, p. 48.
- [6] DO C 316 E de 22.2.2006, p. 45.
- [7] DO C 279 E de 20.11.2003, p. 78.
- [8] «Un marco para abordar y medir la iniciativa empresarial», por N. Ahmad y A. N. Hoffman, 24 de enero de 2008, STD/DOC (2008) 2.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los empresarios de ambos sexos deben estar, por definición, centrados en su empresa y decididos a triunfar.
En el mundo de los negocios las personas que gestionan sus propias empresas dedican a menudo mucho más esfuerzo que los empleados e invierten muchas horas en las mismas, realizando sacrificios personales para conseguir superar a la competencia.
Para las empresarias los retos pueden ser aún mayores ya que podrían tener que superar la discriminación en un entorno que ha sido tradicionalmente masculino. Muchas mujeres deben compaginar sus propias aspiraciones al éxito con su compromiso con la familia. Aunque vivimos en el siglo XXI, la mujer aún se encuentra en gran medida al frente del hogar, especialmente en las familias con hijos.
Pero incluso a pesar de todas las limitaciones y restricciones que pesan sobre ellas, las mujeres han demostrado estar sobradamente capacitadas en el lugar de trabajo.
Los empresarios superan aún en número a las empresarias en la UE. Los EE.UU. están más avanzados en este ámbito gracias a las medidas positivas que se han adoptado para promover y ayudar a las mujeres que desean embarcarse en la creación de sus propias empresas. El Gobierno de los EE.UU. ha tomado muchas iniciativas en este ámbito y en 1979 se creó la Oficina de mujeres propietarias de empresas, que es parte oficial de la Oficina para la pequeña empresa de los Estados Unidos.
Es de vital importancia reconocer las habilidades de las mujeres en el lugar de trabajo y ofrecerles ayuda mediante, por ejemplo, un informe de la UE. Con ello no solo se animará a las mujeres a iniciarse en el mundo de los negocios sino que también se garantizará que se incorporan en igualdad de condiciones a un mundo en el que no cabe la discriminación de género.
El presente informe reconoce el valor de las empresarias en las pequeñas y medianas empresas, reconoce que se enfrentan a muchos problemas distintos a la hora de lograr sus objetivos en los distintos Estados miembros y reconoce la contribución que pueden hacer las mujeres tanto para la sociedad como para la economía de la UE. Reconoce igualmente que en definitiva la mujer tiene derecho a escoger la función que quiere desempeñar tanto en su hogar como en la sociedad en la que vive. El objetivo es hacer realidad su elección mediante orientaciones prácticas y soluciones de mejores prácticas que puedan utilizar los Estados miembros.
Se sabe que las mujeres tienen una capacidad multitarea que puede ser muy valiosa en el mundo de los negocios y además que su actitud es más prudente y precavida. Muchas instituciones financieras han reconocido que estas habilidades son una opción segura para la inversión.
La actitud y el apoyo que reciben las mujeres que desean dirigir su propio negocio varían entre los distintos Estados miembros de la UE. La Comisión Europea gestiona el programa de embajadoras en diecisiete Estados miembros y en cinco Estados no pertenecientes a la UE. La función de estas embajadoras es estimular y ayudar a las empresarias en sus países. El ejercicio de la embajada es voluntario y lo desempeñan generalmente mujeres que dirigen también una empresa, lo que limita su eficacia. No obstante tienen un gran éxito como medio de intercambio de experiencias así como para ofrecer apoyo a las mujeres a escala regional o local.
Los Estados miembros han adoptado diferentes modos de apoyar y animar a las mujeres en la toma de decisiones y en los consejos de administración. Austria, por ejemplo, ha aumentado los servicios y las prestaciones por cuidado de menores, y anima a las jóvenes a emplearse en profesiones no tradicionales. Chipre ofrece una ayuda práctica en forma de un subsidio destinado a mujeres entre 18 y 55 años que quieran desarrollar actividades empresariales. El Reino Unido ha avanzado con la aplicación de la Ley de la Pequeña Empresa, para la que se acordaron tres prioridades: mejorar el acceso a la financiación, dar prioridad a los «pequeños» en la toma de decisiones a fin de reducir las cargas, y facilitar el acceso de las PYME a nuevos mercados.
Además de las iniciativas estatales, existen muchas otras por separado en distintos Estados miembros destinadas a capacitar a las mujeres y a ayudarlas en el lugar de trabajo. La ponente sabe del caso en el Reino Unido de una mujer que, con el patrocinio de una multinacional, ha creado una estructura ofimática desde la que las mujeres pueden gestionar sus compañías pagando una pequeña cuota. Esto ofrece a las mujeres la posibilidad de establecer contactos, compartir experiencias y aprender unas de otras.
Los problemas a los que se enfrentan las mujeres varían en función del país. Algunos Estados ofrecen mayor apoyo que otros y las diferencias culturales en relación con la función de la mujer influencian también las posibilidades que tendrá una mujer para crear una empresa.
Actualmente existen varios sistemas de apoyo en los Estados miembros. No existe un sistema bueno o malo sino que cada uno aborda las necesidades culturales e individuales de ese Estado en cuestión. No obstante, hay ámbitos comunes en los que se pueden compartir las iniciativas.
La Comisión Europea gestiona el grupo voluntario de embajadoras en los Estados miembros que se han adherido a este programa. No obstante, este programa necesita contar con más apoyo. Aunque las voluntarias son eficaces, para que el programa sea más efectivo se necesita una configuración más formal, en especial, apoyo ofimático. En el ambiente económico actual no es fácil obtener fondos, por lo que la ponente sugiere usar los recursos disponibles, como las oficinas de la UE existentes en los Estados miembros. Se pueden realizar seminarios sobre los recursos en un pequeño espacio de oficina en las oficinas de la UE y las embajadoras podrían tener su base allí y contar con una persona que coordine su trabajo.
Entretanto, las instituciones académicas podrían ofrecer cursos especializados para apoyar a las mujeres que desean crear una compañía. El apoyo académico debería acompañarse de un apoyo práctico sobre cómo crear una empresa, los requisitos legales y el modo de organizar la empresa.
Más tarde se podrían utilizar sistemas de apoyo colegiado. El fomento de los programas de envejecimiento activo podría aprovechar la experiencia de empresarios jubilados para contribuir a esta asistencia.
Las mujeres forman actualmente una parte significativa de la mano de obra de los Estados miembros. Dadas las circunstancias, puesto que no procede legislar, la ponente considera que el intercambio de mejores prácticas sería un paso positivo. Esto podría hacerse mediante la creación de una agencia para el desarrollo de las empresas de las mujeres que coordinara la acción de las embajadoras en cada Estado miembro. La agencia trabajaría con los Gobiernos nacionales para promover, apoyar y fomentar los proyectos llevados a cabo por mujeres.
Para poder formular auténticas políticas, se necesita saber quiénes son las empresarias, cuántas son y cuáles son sus áreas de actividad. Se necesitan datos sistemáticos y específicos a este respecto del conjunto de la UE que deben ser analizados.
Los datos son confusos porque algunas mujeres trabajan por su cuenta, otras por cuenta de sus maridos o parejas y otras de manera extraoficial desde sus casas. Cada grupo presenta unas necesidades distintas y necesita un apoyo diferente. Necesitamos conocer especialmente los grupos de edad y étnicos así como los puntos fuertes y débiles de las mujeres en activo. Solamente cuando contemos con estos datos podremos formular una política viable.
A escala regional o local, las empresas necesitan incentivos para apoyar a las mujeres, no necesariamente mediante cupos sino mediante objetivos internos. Los consejos de administración deben aceptar a las mujeres en igualdad de condiciones, siempre y cuando tengan la misma capacidad y cualificación.
Es esencial la actitud de los bancos respecto a las empresarias. Algunos bancos ya cuentan con sistemas de apoyo a las mujeres que crean empresas y reconocen de hecho el particular enfoque que las mujeres adoptan respecto al trabajo. Todas las instituciones financieras necesitan incorporar esta buena práctica.
No obstante, el espacio que media entre el incentivo de la iniciativa empresarial femenina y la discriminación positiva es muy reducido y se puede desembocar en una disminución del respeto a las mujeres en el lugar de trabajo. Las políticas favorables a la familia fomentarán la incorporación de la mujer al trabajo; por ejemplo, la existencia de guarderías en las empresas que puedan mantenerlas. Lo que es beneficioso para la empresa lo es también para las mujeres y viceversa, siempre y cuando sea asequible.
El apoyo ha de prestarse a escala local, regional y nacional y a través de diferentes medios. El apoyo en línea y a través de Internet puede significar mucho para las mujeres que trabajan desde casa y en zonas alejadas. ¿Qué quieren las mujeres? La mayor parte de las mujeres a las que se preguntó respondieron lo siguiente: tiempo; tiempo para afrontar las responsabilidades del hogar y tiempo también para gestionar sus propios negocios y cumplir sus sueños.
Esto significa un apoyo para el cuidado de los hijos, la ampliación de las funciones tradicionales y la capacitación de las mujeres para que tengan confianza y puedan salir al mundo exterior y llevar a cabo aquello que desean.
Es esencial fomentar la imagen de mujeres de éxito a través de los medios de comunicación como modelos a seguir. Es necesario que existan y que se apoyen instituciones que celebren entregas de premios anuales destinados a mujeres que destaquen en sus ámbitos de actividad. El informe pide a los Estados miembros que usen todos los medios adecuados a su entorno laboral para «llegar» a posibles empresarias, en lugar de permanecer pasivos.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
25.5.2011 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
29 0 4 |
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Miembros presentes en la votación final |
Regina Bastos, Edit Bauer, Emine Bozkurt, Marije Cornelissen, Silvia Costa, Edite Estrela, Iratxe García Pérez, Lívia Járóka, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Nicole Kiil-Nielsen, Rodi Kratsa-Tsagaropoulou, Constance Le Grip, Astrid Lulling, Elisabeth Morin-Chartier, Angelika Niebler, Siiri Oviir, Antonyia Parvanova, Raül Romeva i Rueda, Joanna Katarzyna Skrzydlewska, Eva-Britt Svensson, Marc Tarabella, Britta Thomsen, Marina Yannakoudakis, Anna Záborská |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Anne Delvaux, Mojca Kleva, Kartika Tamara Liotard, Gesine Meissner, Norica Nicolai, Antigoni Papadopoulou, Angelika Werthmann |
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Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Roger Helmer, Jacek Włosowicz |
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