RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la protección de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, que modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas

24.6.2011 - 16198/2010 – C7‑0126/2011 – 2010/0317(NLE)) - ***

Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Béla Glattfelder

Procedimiento : 2010/0317(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0247/2011
Textos presentados :
A7-0247/2011
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la protección de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, que modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas

(16198/2010 – C7‑0126/2011 – 2010/0317(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–   Visto el proyecto de Decisión del Consejo (1698/2010),

–   Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la protección de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, que modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas (16199/2010),

–   Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 207, apartado 4, párrafo primero, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7‑0126/2011),

–   Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 8, de su Reglamento,

–   Vistas la recomendación de la Comisión de Comercio Internacional y la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A7-0247/2011),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y a la Confederación Suiza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Suiza es el cuarto socio comercial de la Unión Europea y, en particular, los valores de las importaciones y exportaciones de productos agrícolas entre la UE y Suiza son muy importantes. En 2010, la UE exportó a Suiza productos agrícolas por un valor de 6 300 millones de euros, lo que convirtió a dicho país en el tercer mayor mercado de exportación para productos agrícolas de la UE. Por consiguiente, reviste una importancia fundamental que la Unión Europea trabaje de manera continuada con las autoridades suizas para mejorar las condiciones y los términos de las relaciones comerciales bilaterales.

La UE y Suiza definieron sus relaciones mediante la celebración de tratados bilaterales en varios ámbitos. Con el fin de minimizar las consecuencias negativas del rechazo del Acuerdo sobre el EEE por parte de Suiza en 1992, se iniciaron negociaciones para acuerdos comerciales en siete sectores, incluidos los productos agrícolas. El Acuerdo de agricultura (el «Acuerdo») se celebró en 1999 y ha estado en vigor desde el 1 de junio de 2002. No instauró un comercio agrícola totalmente libre sino solo una liberalización parcial en algunos sectores agrícolas.

El Acuerdo incluye 11 anexos, para los cuales la Comisión Europea ha negociado varias mejoras, a raíz de las ampliaciones de la Unión Europea de 2004 y 2007, y con vistas a mejorar las relaciones agrícolas entre ambas partes.

En diciembre de 2008, la Unión Europea adoptó un acuerdo (COM(2008)0509) que buscaba facilitar el comercio entre ambas partes, en especial para el vino y las bebidas espirituosas, mediante la supresión de barreras técnicas. El 2009, el Parlamento Europeo concedió su aprobación para un acuerdo entre la CE y la Confederación Suiza con el fin de modificar el anexo 11 sobre las medidas veterinarias (COM(2008)0685).

Ahora, al añadir un nuevo anexo (anexo 12), ambas partes (UE y Suiza) buscan garantizar el reconocimiento mutuo de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas a fin de preservar las condiciones del comercio bilateral de productos agrícolas y, al mismo tiempo, fomentar la calidad de la cadena alimentaria.

Ambas partes han acordado un procedimiento armonizado para designar y proteger de manera eficaz los orígenes registrados y las indicaciones geográficas. A raíz de este acuerdo común y de la convergencia de sus legislaciones nacionales, ambas partes han reconocido mutuamente una lista de productos agrícolas protegidos registrados. En el nuevo anexo 12, se registran unas 800 indicaciones geográficas de la UE y 22 indicaciones geográficas de Suiza. Representa una importante y muy esperada mejora respecto a las anteriores condiciones comerciales puesto que, hasta el momento, solo se había establecido la protección de las denominaciones del vino y las bebidas espirituosas en un acuerdo bilateral con la Confederación Suiza.

El artículo 8 («Disposiciones específicas para algunas denominaciones») de dicho anexo 12 permitirá, sin embargo, a las partes contar con algunos períodos de transición (de 3 a 5 años) para continuar denominando y presentando en sus mercados respectivos algunos productos, en su mayoría variedades de queso, con un código que la otra parte ha registrado como indicación geográfica o de origen.

No obstante, gracias a esta adición al Acuerdo, los exportadores de la UE de productos agrícolas clave tales como la carne y los productos lácteos disfrutarán, en uno de nuestros mercados de exportación más grandes y cercanos, de una mayor protección de sus indicaciones geográficas y de origen, que reflejan sus conocimientos y un grado elevado de calidad alimentaria.

El ponente recomienda que el Parlamento apruebe la celebración del Acuerdo.

OPINIÓN de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (25.5.2011)

para la Comisión de Comisión de Comercio Internacional

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la protección de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, que modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas
(16198/2010 – C7‑0126/2011 – 2010/0317(NLE))

Ponente de opinión: Csaba Sándor Tabajdi

BREVE JUSTIFICACIÓN

La propuesta es el resultado de las negociaciones bilaterales celebradas entre octubre de 2007 y diciembre de 2009. El Acuerdo prevé la protección recíproca de las denominaciones de origen y de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios protegidas en ambas Partes.

Las Partes (la Unión Europea y la Confederación Suiza) están interesadas en la protección recíproca de las denominaciones de origen (DOP) y de las indicaciones geográficas (IGP) para mejorar las condiciones de los intercambios comerciales bilaterales, fomentar la calidad en la cadena alimentaria y preservar el valor del desarrollo rural sostenible. El Acuerdo no tiene ninguna repercusión presupuestaria.

Sobre la base de cuanto antecede, la Comisión propone al Consejo que designe a la persona o personas facultadas para celebrar el Acuerdo en nombre de la Unión Europea.

La Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural propone que se apruebe la propuesta de la Comisión. También señala que, en el Anexo al Acuerdo adjunto a la propuesta de la Comisión de una Decisión del Consejo, la lista de productos protegidos no corresponde a la actual base de datos DOOR. Según la información de la Comisión, ello es debido a que el Acuerdo ha considerado las bases de datos existentes en septiembre de 2009. Desde esa fecha, las bases de datos han sido continuamente actualizadas con nuevos productos. El artículo 16 del Anexo prevé la inclusión de nuevas indicaciones geográficas en el Apéndice 1 al Anexo utilizando los procedimientos de comité. Las Partes se comprometen a examinar los casos de las indicaciones geográficas no incluidas en el Apéndice 1 a más tardar dos años después de la entrada en vigor del Anexo y a consultarse mutuamente en relación con cualquier otra modificación que deba introducirse en el Anexo.

La Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural señala, además, que la legislación sobre la protección de origen, en su conjunto, va a ser revisada mediante el nuevo «paquete de calidad». Por lo tanto, la Comisión debería revisar el Acuerdo vigente en diciembre de 2011 a la luz de la nueva legislación que se adopte en este ámbito.

******

La Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural pide a la Comisión de Comercio Internacional, competente para el fondo, que proponga que el Parlamento dé su aprobación.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

24.5.2011

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

34

0

0

Miembros presentes en la votación final

John Stuart Agnew, Richard Ashworth, Liam Aylward, José Bové, Luis Manuel Capoulas Santos, Vasilica Viorica Dăncilă, Michel Dantin, Paolo De Castro, Albert Deß, Herbert Dorfmann, Hynek Fajmon, Lorenzo Fontana, Béla Glattfelder, Martin Häusling, Esther Herranz García, Peter Jahr, Elisabeth Jeggle, Jarosław Kalinowski, Elisabeth Köstinger, Agnès Le Brun, George Lyon, Mairead McGuinness, Krisztina Morvai, Mariya Nedelcheva, James Nicholson, Rareş-Lucian Niculescu, Wojciech Michał Olejniczak, Georgios Papastamkos, Marit Paulsen, Britta Reimers, Alfreds Rubiks, Giancarlo Scottà, Czesław Adam Siekierski, Sergio Paolo Francesco Silvestris, Csaba Sándor Tabajdi, Marc Tarabella

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Luís Paulo Alves, Salvatore Caronna, Esther de Lange

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Pablo Zalba Bidegain

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

21.6.2011

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

23

0

3

Miembros presentes en la votación final

William (The Earl of) Dartmouth, Laima Liucija Andrikienė, Kader Arif, David Campbell Bannerman, Daniel Caspary, Marielle De Sarnez, Christofer Fjellner, Yannick Jadot, Metin Kazak, Bernd Lange, David Martin, Emilio Menéndez del Valle, Vital Moreira, Paul Murphy, Cristiana Muscardini, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Niccolò Rinaldi, Tokia Saïfi, Helmut Scholz, Peter Šťastný, Robert Sturdy, Keith Taylor, Iuliu Winkler, Pablo Zalba Bidegain, Paweł Zalewski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Catherine Bearder, George Sabin Cutaş, Syed Kamall, Maria Eleni Koppa, Elisabeth Köstinger, Jörg Leichtfried, Jarosław Leszek Wałęsa