INFORME sobre la revisión del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente y establecimiento de prioridades para el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente - Un medio ambiente mejor para una vida mejor
6.3.2012 - (2011/2194(INI))
Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
Ponente: Jo Leinen
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la revisión del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente y establecimiento de prioridades para el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente - Un medio ambiente mejor para una vida mejor
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «VI Programa de Medio Ambiente - Evaluación final» (COM(2011)0531),
– Vistos los artículos 191 y 192 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, relativos a la preservación, la protección y la mejora de la calidad de la salud humana y el medio ambiente,
– Vistas las conclusiones del Consejo de Medio Ambiente de 10 de octubre de 2011 sobre la evaluación del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente y perspectivas para el futuro: hacia el Séptimo Programa de Acción de la UE en Materia de Medio Ambiente,
– Visto el informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente «El medio ambiente en Europa - Estado y perspectivas 2010» (SOER2010),
– Visto el informe técnico nº 15/2011 de la Agencia Europea de Medio Ambiente sobre los costes de la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales en Europa,
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Europa 2020 – Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural» (COM(2011)0244),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050» (COM(2011)0112),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos» (COM(2011)0571),
– Visto el Libro Blanco de la Comisión titulado «Hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte: por una política de transportes competitiva y sostenible» (COM(2011)0144),
– Vista la propuesta de la Comisión relativa al próximo Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 (COM(2011)0398),
– Vistas las propuestas de la Comisión sobre la reforma de la política agrícola común (PAC), de la política pesquera común (PPC) y de la política de cohesión,
– Visto el artículo 48 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Desarrollo Regional (A7-0048/2012),
A. Considerando que el Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente (VI PMA) vigente expirará el 22 de julio de 2012;
B. Considerando que el VI PMA ha proporcionado durante una década un marco global para la política medioambiental y que durante este período la legislación en materia de medio ambiente se ha consolidado y completado sustancialmente, así como que su adopción en el marco del procedimiento de codecisión ha reforzado su legitimidad y ha contribuido a crear un sentimiento de identificación; considerando, no obstante, que los Estados miembros y la Comisión no siempre han actuado de acuerdo con este programa y que este tenía algunas carencias, que deben abordarse;
C. Considerando que los avances para alcanzar los objetivos establecidos en el VI PMA han sido variables, puesto que algunos se han logrado (cambio climático, residuos) y otros no (aire, entorno urbano, recursos naturales), mientras que la consecución de otros tantos depende de los futuros esfuerzos de aplicación (sustancias químicas, pesticidas, agua); considerando que persisten varios problemas y que se requieren esfuerzos adicionales;
D. Considerando que el VI PMA se ha visto comprometido por la falta de aplicación del acervo medioambiental en los ámbitos de control de la contaminación atmosférica, tratamiento del agua y las aguas residuales, residuos y conservación de la naturaleza;
E Considerando que no se ha cumplido el objetivo de frenar la disminución de la biodiversidad antes de 2010 debido a la falta de compromisos políticos y financieros;
F. Considerando que el informe «El medio ambiente en Europa - Estado y perspectivas 2010» (SOER2010) destaca que aún quedan por afrontar importantes retos ambientales que tendrán graves consecuencias si no se abordan adecuadamente;
G. Considerando que se deberían revisar determinados aspectos de la legislación en materia de medio ambiente, en particular mediante el refuerzo de la independencia de las evaluaciones de impacto ambiental en el marco de la Directiva sobre evaluación del impacto ambiental;
H. Considerando que la degradación ambiental —contaminación atmosférica, ruido, sustancias químicas, mala calidad del agua y degradación de los ecosistemas— es un factor importante en el aumento de las enfermedades crónicas; considerando que un programa europeo de protección medioambiental ambicioso es, por tanto, fundamental para la prevención efectiva de las enfermedades y la mala salud;
I. Considerando que entre los Estados miembros persisten importantes diferencias en cuanto a la calidad ambiental y la salud pública;
1. Hace hincapié en la urgencia que reviste la adopción en el plazo más breve posible de un VII PMA para abordar los futuros retos ambientales; pide, por consiguiente, a la Comisión que presente sin demora una propuesta de VII PMA;
2. Considera que el VII PMA debe describir sin ambivalencias los retos ambientales a los que se enfrenta la UE, incluida la aceleración del cambio climático, el deterioro de nuestros ecosistemas y el aumento de la sobreexplotación de los recursos naturales;
3. Destaca que, habida cuenta de los actuales retos de sostenibilidad a los que se enfrenta la UE, los programas de acción en materia de medio ambiente contribuyen, como instrumentos globales, a garantizar la coordinación necesaria entre las diferentes políticas comunitarias; considera, en particular, que en la próxima década resultará aún más importante abordar las cuestiones medioambientales mediante un enfoque más coherente e integrado que tenga en cuenta la relación entre ellas y que cubra las lagunas que siguen existiendo, ya que, de otro modo, puede causarse un daño irreversible;
4. Considera que el VII PMA debería explicar de forma positiva los beneficios de una política medioambiental estricta para reforzar el apoyo público y la voluntad política de actuar;
5. Considera que el VII PMA debería fijar objetivos concretos para 2020 y presentar una perspectiva clara y ambiciosa del medio ambiente para 2050, con el objeto de ofrecer una alta calidad de vida y bienestar para todos dentro de unos límites medioambientales seguros;
6. Considera que el calendario del VII PMA debería ajustarse al Marco Financiero Plurianual posterior a 2013 y a la Estrategia Europa 2020; destaca, sin embargo, que es probable que se tomen decisiones fundamentales en otros ámbitos políticos con una gran repercusión en el medio ambiente antes de la adopción del VII PMA;
7. Pone de relieve que el VII PMA debería proporcionar el marco apropiado para garantizar una financiación adecuada de ámbitos como la innovación, la investigación y el desarrollo, y que la financiación de los objetivos medioambientales, en sinergia con el programa LIFE e integrando plenamente la protección del medio ambiente, debería ser una parte importante del próximo Marco Financiero Plurianual (MFP), así como de la reforma de la política agrícola común (PAC), la política pesquera común (PPC), la política de cohesión y el programa Horizonte 2020; considera, en especial, que la UE debería permitir la creación de nuevas fuentes de financiación para el PMA, por ejemplo, mediante la movilización de instrumentos de mercado y la remuneración de los servicios ecosistémicos;
8. Considera que el VII PMA debería constituir un marco de carácter global que permita abordar tanto los desafíos recurrentes como los emergentes en materia de medio ambiente y sostenibilidad, teniendo en cuenta las medidas existentes y previstas;
9. Considera que, para la próxima década, el VII PMA debería proporcionar a las administraciones nacionales y locales, los ciudadanos, las empresas y los inversores la claridad y la previsibilidad necesarias sobre las opciones medioambientales de la UE; opina que este programa global de la UE debería enviar un sólido mensaje político al resto del mundo y contribuir a la gobernanza internacional del medio ambiente;
10. Pide a la Comisión que base su futura propuesta relativa al VII PMA en las prioridades siguientes: -
la aplicación y el refuerzo;-
la integración;-
la dimensión internacional;
11. Considera que muchos de los objetivos presentes en el VI PMA están bien formulados, pero también es consciente de que muchos de ellos distan de haberse cumplido; quisiera, por tanto, que se incluyesen más de estos objetivos en el VII PMA;
12. Desea hacer hincapié en la importancia del principio de precaución como elemento rector en la política medioambiental de la UE;
Aplicación y refuerzo
13. Observa con preocupación que la aplicación del acervo en materia de medio ambiente sigue siendo insuficiente; considera que revisten una importancia fundamental la aplicación y el cumplimiento plenos, a todos los niveles, así como el fortalecimiento, de las principales prioridades en materia de medio ambiente y de políticas relacionadas (el cambio climático, la biodiversidad, los recursos, el medio ambiente y la salud, así como las políticas sociales y de empleo, la energía, el transporte sostenible, la agricultura sostenible y el desarrollo rural); insiste, por tanto, en la necesidad de disponer de una legislación medioambiental clara y coherente, basada en la evaluación de las políticas públicas y la información aportada;
14. Destaca el hecho de que el pleno cumplimiento de la legislación de la UE en materia de medio ambiente constituye una obligación real en virtud del Tratado y un criterio de uso de los fondos de la UE en los Estados miembros;
15. Destaca la importancia fundamental que tiene el informar a los ciudadanos sobre nuestras políticas medioambientales para hacerlos partícipes del éxito de las mismas; solicita, por lo tanto, que se realicen mayores esfuerzos en este sentido en el marco del futuro programa de acción, teniendo en cuenta que el objetivo de un medio ambiente mejor para una vida mejor no puede lograrse unilateralmente desde las instituciones sin contar con la sociedad misma;
Cambio climático
16. Considera que el VII PMA debería garantizar la aplicación plena del paquete relativo al clima y a la energía y prever un refuerzo del mismo;
17. Considera que el VII PMA debería reflejar la necesidad de fijar objetivos vinculantes por lo que respecta a la eficiencia y el ahorro energéticos, ya que ello contribuirá a la lucha contra el cambio climático y a la protección medioambiental; insiste en la importancia de contar con un marco comunitario flexible para velar por que las medidas propuestas en el ámbito de la eficiencia energética tengan debidamente en cuenta las condiciones propias de cada Estado miembro;
18. Considera que el VII PMA también debería prorrogar el debate más allá de 2020 y contemplar objetivos a medio plazo de reducción de emisiones, eficiencia energética y energías renovables para 2030;
19. Considera que el VII PMA debería asimismo abordar las emisiones marítimas y aquellas que no son de CO2;
20. Considera que el VII PMA debería afrontar adecuadamente la adaptación al cambio climático teniendo en cuenta las distintas necesidades de las regiones, sobre la base de la futura estrategia de adaptación de la UE; invita a la Comisión a proponer una reforma ambiciosa de la legislación fitosanitaria de la UE, con el fin de luchar eficazmente contra la proliferación de las especies invasoras y los organismos nocivos, causada en parte por el cambio climático;
21. Reconoce los beneficios adicionales de una creciente producción de energía renovable en términos de reducción de la contaminación y de las repercusiones para la salud, siempre que disminuya efectivamente la producción de energía no renovable;
22. Recomienda aumentar el apoyo a las estrategias regionales de baja intensidad carbónica y resistentes al cambio climático, así como a los proyectos climáticos a pequeña escala llevados a cabo por las PYME, las ONG y las autoridades locales en el marco del subprograma de acción por el clima, incluido en el nuevo programa LIFE propuesto por la Comisión;
Uso eficaz y sostenible de los recursos
23. Recuerda que hay que reducir urgentemente, en términos absolutos, el uso de los recursos; pide a la Comisión que interprete de manera amplia el término «eficiencia de los recursos», con el fin de cubrir todos los recursos; señala que entre estos últimos figuran los recursos naturales energéticos y no energéticos, como el agua, los ecosistemas y la diversidad biológica; pide a la Comisión que integre también la gestión del material sostenible y la sostenibilidad de la producción y el consumo en el ámbito de la eficiencia de los recursos;
24. Considera que el VII PMA debería ser determinante para alcanzar el objetivo a largo plazo de reducir la huella ecológica a la mitad durante los próximos 20 años; señala que la excesiva huella ecológica de la UE está socavando las perspectivas regionales y mundiales de que los ecosistemas naturales puedan mantener a la humanidad de forma suficiente;
25. Considera que los objetivos de la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos deberían estar plenamente integrados en el VII PMA;
26. Pide a la Comisión que utilice ya, y mejore, los indicadores existentes en materia de eficiencia de los recursos, en aquellos casos en que se disponga de ellos, que fije objetivos sin demora en estrecha colaboración con los Estados miembros y con el resto de partes interesadas, y que establezca rápidamente nuevos indicadores y objetivos en aquellos casos en que resulte necesario, tal como se solicita en la Hoja de ruta; pide a la Comisión que, en vista de los límites del indicador principal de la productividad de los recursos, defina sin demora un indicador de consumo de materiales empleando un enfoque basado en el ciclo de vida, que integre los flujos ocultos, es decir, la eventual transferencia de la presión medioambiental fuera de la UE y el desplazamiento de la escasez y la dependencia;
27. Considera que el VII PMA debería prever el desarrollo de un marco legislativo para integrar el concepto de uso en cascada de los recursos en las políticas pertinentes, en especial la de producción sostenible, a fin de asegurar que nuestras escasas materias primas se aprovechen al máximo;
28. Considera que el VII PMA debería incluir objetivos sobre el modo de abordar el medio ambiente urbano, donde viven la mayoría de los ciudadanos europeos, se producen más de dos tercios de las emisiones de CO2 y se provoca un impacto considerable sobre el medio ambiente, y que debería ofrecer orientación sobre la forma de promover la planificación medioambiental integrada, la movilidad sostenible, la calidad de vida y la salud humana en las ciudades, teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad;
29. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, con miras a la aplicación de las estrategias para reducir la contaminación en el medio urbano, estudien la posibilidad de crear un marco europeo de apoyo para la aplicación progresiva de planes de movilidad urbana en ciudades europeas, estableciendo procedimientos y mecanismos de apoyo financiero a escala europea para preparar auditorías y planes de movilidad urbana, y creando un marcador europeo de movilidad urbana;
30. Considera que el VII PMA debería velar por la consecución plena de los objetivos en materia de consumo y producción sostenibles y ecológicos recogidos en la Hoja de ruta, por ejemplo, en lo que se refiere a la aplicación de criterios ecológicos y sostenibles en la adjudicación de contratos públicos, de acuerdo con los principios de transparencia y competencia leal; pide la elaboración de un política de productos que aborde todo el ciclo de vida de los productos y que incluya métodos de producción que respeten el bienestar animal; anima a la Comisión, una vez finalizado el método armonizado europeo para el cálculo de la huella ecológica de los productos, a velar por que se incluya información adicional para los consumidores sobre el impacto ambiental de los productos más allá de los dispositivos existentes (etiquetas ecológica, energética, de agricultura biológica, etc.); pide a la Comisión que amplíe el ámbito de la Directiva sobre diseño ecológico y revise su aplicación;
31. Considera que el VII PMA debería favorecer la implantación de mecanismos de incentivo destinados a apoyar la demanda de materias recicladas, en particular cuando se incorporan a los productos finales;
32. Considera que el VII PMA debería prever la aplicación plena de la legislación en materia de residuos, y en concreto el cumplimiento de la jerarquía de tratamiento de residuos, a la vez que garantiza la coherencia con otras políticas de la UE; considera que el VII PMA debería fijar objetivos más ambiciosos en materia de prevención, reutilización y reciclaje, entre ellos, un descenso neto de la generación de desechos, la garantía de que no se incineren residuos aptos para el reciclaje o el compostaje, según la jerarquía establecida por la Directiva marco sobre residuos, y una estricta prohibición del vertido de desechos recogidos de forma selectiva, así como objetivos por sectores en función de criterios de referencia sobre la eficiencia de los recursos y de los procesos; recuerda que los residuos también son un recurso y con frecuencia podemos reutilizarlos, garantizando así su uso eficiente; invita a la Comisión a estudiar la forma de mejorar la eficacia de la recogida de los residuos derivados de los productos de consumo a través de una extensión de la aplicación del principio de responsabilidad ampliada del productor y de líneas directrices sobre la gestión de los sistemas de recuperación, recogida y reciclaje; subraya la necesidad de realizar inversiones en el reciclaje de materias primas y de tierras raras, habida cuenta de que la minería, el refinado y el reciclaje de las tierras raras pueden tener consecuencias graves para el medio ambiente si no se gestionan del modo adecuado;
33. Cree que los objetivos que ya se han establecido en varias directivas relativas a la recogida y la separación de residuos deberían detallarse más y orientarse a una recuperación mayor y de más calidad de los materiales en cada una de las fases del reciclaje, a saber, la recogida, el desmantelamiento, el tratamiento previo y el reciclaje/refinería;
34. Considera que el VII PMA debería tener en cuenta las disposiciones del próximo plan sobre la política hídrica de la UE y hace hincapié en el valor de un planteamiento más coordinado con respecto a las tarifas del agua; pide, por tanto, a la Comisión que facilite el acceso a soluciones para hacer frente a la escasez de agua, como la recuperación del agua y el desarrollo de técnicas de irrigación alternativas, y que fomente la optimización del uso en cascada del agua extraída del ciclo hídrico, en particular reciclando el agua con fines agrícolas e industriales, cuando proceda, y recuperando los nutrientes y el contenido energético de las aguas residuales;
35. Pide a los Estados miembros que garanticen la aplicación plena y efectiva de la legislación en materia de aguas y considera que, para cumplir con la Directiva Marco del Agua y la Directiva sobre evaluación y gestión de los riesgos de inundación, es preciso desarrollar medidas para recuperar los márgenes naturales de los ríos y reforestar las áreas colindantes;
36. Insta a la Comisión a que implique a todas las partes interesadas pertinentes en la formulación de objetivos para garantizar la sostenibilidad de la ordenación territorial en el marco del VII PMA; pide a la Comisión que defina los problemas críticos de la ordenación territorial, como la pérdida de hábitats seminaturales y el desplazamiento de usos de la tierra de gran valor por cultivos bioenergéticos; subraya, en este contexto, la necesidad de establecer criterios de sostenibilidad de la biomasa y de los biocombustibles, mediante los cuales se aborde también la cuestión del cambio indirecto de la ordenación territorial;
37. Considera que el VII PMA debe abordar los efectos de las políticas europeas fuera de la UE y pide, por tanto, a la Comisión que plantee la cuestión de reducir la huella territorial de la UE en terceros países, en particular atajando el cambio indirecto de la ordenación territorial debido al uso de biocombustibles y de biomasa para obtener energía, y que incluya el objetivo de que ningún terreno de gran valor medioambiental se destine a un nuevo uso con el fin de producir cultivos para la UE;
Biodiversidad y silvicultura
38. Pone de relieve la importancia que reviste actuar ya a fin de poner a la UE en la senda adecuada para cumplir plenamente su propio objetivo principal para 2020 en materia de biodiversidad, así como sus compromisos a nivel mundial respecto a la protección de la biodiversidad, puesto que no podemos permitirnos fracasar de nuevo, y subraya también la importancia de prever suficientes recursos para la conservación de la red Natura 2000; considera que las dificultades encontradas en el cumplimiento del objetivo fijado para 2010 demuestran que es preciso llevar a cabo una profunda revisión de los métodos aplicados hasta ahora; cree que es necesario realizar estudios estratégicos integrados de los elementos que pueden tener alguna influencia en las zonas protegidas; considera que estos estudios deberían ser incorporados a la planificación urbanística e ir acompañados de campañas didácticas y de información sobre la importancia de los recursos locales y su conservación;
39. Considera que la estrategia de la UE sobre biodiversidad para 2020, incluidos sus objetivos y acciones, debería integrarse plenamente en el VII PMA como medio para garantizar su plena aplicación; considera que es necesario reforzar ciertas acciones a corto plazo para poder abordar la biodiversidad de forma más clara en todos los ámbitos políticos, y que son necesarias acciones adicionales (por ejemplo, para restaurar los ecosistemas degradados) a fin de cumplir el objetivo de 2020 de manera eficaz; subraya que el VII PMA ofrecerá un poderoso marco para apoyar la adopción de los instrumentos jurídicos y financieros necesarios, empezando por una financiación garantizada para la red Natura 2000;
40. Hace hincapié en la importancia de movilizar el apoyo financiero, nacional y europeo, de todas las fuentes posibles, así como de desarrollar mecanismos de financiación innovadores para garantizar un nivel adecuado de respaldo a la biodiversidad;
41. Invita a la Comisión a publicar una comunicación sobre la nueva estrategia forestal europea de aquí a finales de 2012, y a proponer medidas eficaces destinadas a mejorar la cooperación entre los Estados miembros en el ámbito forestal y a favorecer un uso racional de los recursos silvícolas y una gestión sostenible de los bosques;
42. Recomienda prestar una mayor atención a los bosques en el marco de la nueva política agrícola común a través del fomento de la agrosilvicultura y de una política de desarrollo rural basada en paisajes sostenibles;
43. Reclama la creación de un nuevo reglamento de la UE sobre la prevención de incendios o, por lo menos, propone establecer una cooperación reforzada entre los Estados miembros en este ámbito;
Calidad del medio ambiente y salud
44. Considera que, habida cuenta de las importantes repercusiones que unas condiciones medioambientales deficientes tienen sobre la salud, así como los elevados costes que esto implica, el VII PMA debería, en particular:
- retomar el objetivo del VI PMA de que, para 2020, las sustancias químicas solo se produzcan y utilicen de forma que no desencadenen efectos negativos considerables sobre la salud y el medio ambiente;
- afrontar la cuestión de la calidad del aire, incluso en recintos cerrados, y sus repercusiones sobre la salud;
- abordar el ruido y sus repercusiones sobre la salud;
- prever la formulación de medidas específicas por lo que respecta a las amenazas emergentes para la salud de las personas y los animales, que no se abordan de forma suficiente en la actualidad, y el estudio de los efectos en la salud de las personas y los animales de los nuevos avances, como los nanomateriales, los alteradores endocrinos o los efectos de la combinación de productos químicos, sobre la base de análisis científicos y definiciones comúnmente aceptadas, en aquellos casos en que se disponga de ellos;
- incluir medidas para proteger la salud infantil frente a la contaminación ambiental, tomando como referencia la Declaración de Parma sobre el Medio Ambiente y la Salud de la OMS Europa, de marzo de 2010;
- concordar con el segundo plan de acción medio ambiente-salud;
45. Señala que el VII PMA debería establecer objetivos específicos para garantizar que en 2020 la salud de los ciudadanos europeos ya no se vea debilitada por la contaminación y las sustancias peligrosas;
46. Considera que debería prestarse plena atención a los métodos utilizados para evaluar los riesgos de las sustancias químicas, dando prioridad a alternativas a las pruebas con animales; considera también que el VII PMA debería prever la adopción de una estrategia a escala de la UE para reducir el número de animales utilizados en las pruebas de inocuidad, a la vez que garantiza una alta calidad de vida para las personas y los animales de la UE;
47. Considera que es preciso un enfoque global del medio ambiente y la salud, que sitúe el principio de precaución y la prevención de riesgos en un lugar central y que tome en especial consideración a los colectivos vulnerables, como embriones, niños y jóvenes;
48. Considera que es necesario realizar esfuerzos para centrarse en la prevención, la precaución y la promoción de actividades respetuosas con el medio ambiente a escala de la UE, en el ámbito de la investigación, la innovación y el desarrollo, con el objetivo de reducir la carga medioambiental de las enfermedades;
49. Considera que el VII PMA debería abordar las cuestiones relativas al transporte fomentando más inversiones en sistemas de transporte respetuosos con el medio ambiente y proponiendo soluciones para atajar la congestión, las emisiones de CO2 y las micropartículas;
50. Considera importante que el VII PMA preste una atención especial a la eliminación progresiva y continua del mercurio, tanto dentro como fuera de la UE;
51. Pide a los Estados miembros que velen por una aplicación plena y adecuada de la legislación de la UE en materia de medio ambiente, así como de las políticas y estrategias adoptadas, y que garanticen una capacidad y financiación adecuadas para su plena aplicación incluso en épocas de austeridad, puesto que la falta de aplicación o la aplicación incompleta de la legislación medioambiental de la UE no solo es ilegal, sino que a largo plazo resulta también mucho más costosa para la sociedad;
Ejecución
52. Considera fundamental el refuerzo de la Red europea para la aplicación y el cumplimiento de la legislación en materia de medio ambiente (IMPEL) e insta a la Comisión a que informe sobre las distintas posibilidades para llevarlo a cabo;
53. Pide a la Comisión que, antes de conceder financiación, aplique sistemáticamente controles ex ante del cumplimiento de toda la legislación comunitaria pertinente, en particular en el ámbito de la política de cohesión;
54. Considera que es importante que el VII PMA se considere un instrumento de comunicación con los ciudadanos europeos, de forma que pueda movilizarlos, incluso a la hora de aplicar las políticas acordadas sobre el terreno;
55. Pide a la Comisión que refuerce su papel de «guardiana de los Tratados» para velar por que todos los Estados miembros transpongan, apliquen y hagan cumplir correctamente la legislación en materia de medio ambiente; recomienda una mayor participación de las autoridades locales a lo largo del ciclo de elaboración de la política medioambiental, con el fin de mejorar la aplicación general de la legislación, en particular a través de la creación de equipos de transposición de la legislación medioambiental a escala regional y local; pide a la Comisión, por lo tanto, que analice qué papel podría desempeñar la Agencia Europea de Medio Ambiente con respecto a la transposición y la aplicación;
Integración
56. Considera que las preocupaciones medioambientales son cada vez más importantes en otros ámbitos políticos y que, por consiguiente, sería deseable una mayor integración de la política medioambiental en otras áreas políticas;
57. Pide a la Comisión que elabore indicadores para medir la mejora de la integración;
58. Considera que los objetivos de la Hoja de ruta de 2050 solo podrán alcanzarse si se aplican estrategias complementarias, incluyendo una evaluación de la agricultura, la reforestación y la introducción de incentivos políticos para la innovación y la rápida aplicación práctica de la energía solar, geotérmica y marina;
59. Insta a la Comisión a que, en su propuesta relativa al VII PMA, incluya una lista exhaustiva de todos los objetivos relacionados con el medio ambiente en los distintos ámbitos políticos, a saber, el cambio climático, la biodiversidad, el transporte, la energía, la agricultura, la pesca y la política de cohesión, y que los examine conjuntamente, con vistas a una comparación adecuada y a garantizar la coherencia de los objetivos;
60. Insta a la Comisión a que, en el marco de la revisión de la Directiva sobre evaluación del impacto ambiental y la Directiva 2001/42/CE, vele por que estas contribuyan a una ordenación territorial sostenible en tanto que recurso esencial de la UE y también a que amplíe el alcance de las evaluaciones de impacto ambiental de forma que abarquen no solo los proyectos de gran envergadura, a la vez que se endurecen y se amplían los criterios de dichas evaluaciones, sino que también incluyan el concepto de uso en cascada de los recursos y el análisis completo del ciclo de vida;
61. Pide a la Comisión que proponga un procedimiento que garantice la imparcialidad y la independencia de las evaluaciones de impacto ambiental, eliminando en primer lugar la relación directa entre los promotores de proyectos y los asesores;
62. Recomienda encontrar un equilibrio equitativo entre la necesidad de luchar contra el cambio climático, detener o reducir la pérdida de biodiversidad y el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente, a fin de que la Unión Europea pueda alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y evitar costes innecesarios derivados del cambio climático y la pérdida de biodiversidad; destaca, a este respecto, la importancia de la política de cohesión después de 2013; destaca, asimismo, teniendo en cuenta la política de prevención, la necesidad de considerar los costes como inversiones para el futuro y para la creación de empleo y de llevar a cabo campañas de información y sensibilización, entre otras, para permitir un intercambio de buenas prácticas a todos los niveles; subraya la necesidad de utilizar mejor la asistencia técnica a escala nacional, regional y local para aumentar las capacidades administrativas donde sea necesario; considera necesaria una correlación eficaz entre los objetivos de investigación e innovación y las necesidades de desarrollo a escala local y regional;
63. Considera que los objetivos de la Hoja de ruta de 2050 solo podrán alcanzarse si se aplican estrategias complementarias, incluyendo una evaluación de la agricultura, la reforestación y la introducción de incentivos políticos para la innovación y la rápida aplicación práctica de la energía solar, geotérmica y marina;
64. Considera que el VII PMA debería incluir un plan estricto y detallado, tanto a escala europea como nacional, relativo a la eliminación progresiva hasta 2020 de todos los subsidios perjudiciales para el medio ambiente, por ejemplo, aquellos que afectan a la biodiversidad, para cumplir los compromisos de Nagoya;
65. Considera que el VII PMA debería abordar medidas de reforma fiscal para mejorar las actividades de los Estados miembros en el marco del traslado de la tributación del trabajo a los recursos naturales y las sustancias contaminantes;
66. Considera que el VII PMA debería prever la inclusión de las preocupaciones relacionadas con el medio ambiente, más allá del cambio climático actual y los indicadores genéricos en materia de energía, en el semestre europeo; pide a la Comisión, en particular, que integre las políticas de eficiencia de los recursos establecidas en la Hoja de ruta hacia un uso de eficiente de los recursos y que supervise a lo largo del semestre europeo el seguimiento por parte de los Estados miembros de las recomendaciones específicas para cada país;
67. Pone de relieve el importante papel que desempeñan las autoridades regionales y locales, las organizaciones no gubernamentales y el mundo académico, así como la sociedad civil y el sector privado, en el fomento y la aplicación de una política eficaz en materia de medio ambiente en toda la UE;
68. Considera que, para obtener resultados significativos, se debe garantizar la aplicación de los programas a escala regional y local, y el proceso debe integrar a todas las partes interesadas; pide que se preste especial atención a la situación de regiones y territorios con características geográficas específicas, como es el caso de las islas, las zonas montañosas o las zonas poco pobladas; acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de reforzar el uso de las evaluaciones de impacto ambiental y de las evaluaciones estratégicas de impacto ambiental en los procesos de toma de decisiones a escala local y regional;
69. Subraya que el VII PMA debería prever la aplicación plena del Convenio de Aarhus, en particular en lo que se refiere al acceso a la justicia; destaca, en este sentido, la necesidad urgente de adoptar la Directiva relativa al acceso a la justicia; pide al Consejo que cumpla sus obligaciones derivadas del Convenio de Aarhus y que adopte una posición común sobre la correspondiente propuesta de la Comisión antes de finales de 2012;
70. Considera que el VII PMA debería perseguir el objetivo de apoyar el desarrollo de modelos alternativos («más allá del PIB») para medir el crecimiento y el bienestar;
71. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la «economía ecológica» de forma global, integrando aspectos medioambientales, sociales y económicos, como la reducción de la pobreza;
72. Destaca la importancia de demostrar a los ciudadanos de la UE, en especial en el contexto económico actual, que la protección del medio ambiente no es incompatible con el desarrollo económico y social sostenible; defiende, a tal fin, la promoción de proyectos de éxito y la divulgación de información a los ciudadanos sobre la viabilidad del desarrollo económico favorable al medio ambiente en zonas con un importante patrimonio natural y cultural, como la red Natura 2000;
73. Recuerda que el VII PMA debería constituir el marco adecuado para garantizar una financiación adecuada de ámbitos como la innovación, la investigación y el desarrollo;
74. Considera que la Comisión debería gestionar el programa LIFE +, haciendo hincapié en los proyectos internacionales de innovación y excelencia, promoviendo las PYME y los centros de I + D y dando prioridad a la preservación de la biodiversidad con un enfoque sistemático e integral, así como a las tecnologías agrícolas compatibles con la conservación del suelo y la cadena alimentaria de los ecosistemas animales; considera que el programa LIFE + de la UE debería promoverse de forma más amplia en todas las regiones de Europa, a fin de fomentar prácticas innovadoras a escala local y mejorar el impacto y el conocimiento de la sección «Política y gestión medioambiental» de este programa;
75. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que en el futuro programa marco de investigación se desarrolle un programa de investigación y desarrollo de nuevos materiales y recursos que, en el futuro, puedan sustituir a las materias primas actuales que escasean;
Dimensión internacional
76. Considera que el VII PMA debería tener como objetivo la integración de las preocupaciones relacionadas con el medio ambiente en el conjunto de la acción exterior de la UE, en particular por lo que respecta a la ayuda al desarrollo y los acuerdos comerciales, con el fin de fomentar la protección medioambiental en terceros países; alienta a la UE a favorecer la programación de la investigación en el ámbito medioambiental en colaboración con los países vecinos;
77. Pide a la Comisión que incluya en su propuesta el objetivo de que la UE apoye plenamente el trabajo de las Naciones Unidas, el Banco Mundial y la Agencia Europea de Medio Ambiente en relación con la contabilidad medioambiental para dotar al mundo de un sistema armonizado de contabilidad medioambiental; acoge favorablemente los compromisos adquiridos en el marco de la estrategia europea sobre la biodiversidad para mejorar el conocimiento de los ecosistemas y sus servicios en la UE (por ejemplo, los que prestan los bosques); alienta a los Estados miembros a que intercambien información sobre sus respectivas experiencias y a que pongan en común las reflexiones metodológicas en materia de contabilidad ecosistémica;
78. Considera que el VII PMA debería prever una aplicación oportuna de los compromisos internacionales de la UE, en particular en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y del Convenio sobre la diversidad biológica;
°
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79. Insta a la Comisión a integrar en el VII PMA el resultado de la Conferencia Río+20 sobre la economía ecológica y el refuerzo de la gobernanza internacional del medio ambiente;
80. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Un medio ambiente mejor para una vida mejor
Un medio ambiente sano y un nivel elevado de protección medioambiental son condiciones esenciales para garantizar la calidad de vida y preservar la estabilidad de los ecosistemas.
Desde el inicio de la década de los setenta, los programas de acción en materia de medio ambiente han servido de base para el desarrollo de la política medioambiental de la UE. Han impulsado significativamente la adopción de una legislación sólida en materia de medio ambiente a escala de la UE, en especial en ámbitos como el aire, el agua, los residuos y el clima.
La protección de nuestro medio ambiente aumenta la calidad de vida, en particular porque protege los ecosistemas y sus servicios, frena la pérdida de biodiversidad, garantiza una mejor calidad del aire y un nivel menor de ruido, crea puestos de trabajo y genera crecimiento, además de velar por el bienestar de las generaciones presente y futuras.
El Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente (VI PMA), vigente en la actualidad, fue el primero que se adoptó en el marco del procedimiento de codecisión y expirará en julio de 2012. En las conclusiones recogidas en su evaluación final, publicada el 31 de agosto de 2011, se señalaba que, en términos generales, el VI PMA ha proporcionado un marco global para la política medioambiental y durante el período en que ha estado en vigor se ha consolidado y completado de forma importante la legislación en materia de medio ambiente. Además, su adopción de conformidad con el procedimiento de codecisión ha reforzado su legitimidad y ha contribuido a crear un sentimiento de identificación respecto a las propuestas políticas subsiguientes.
No obstante, todavía queda mucho por hacer para alcanzar una situación satisfactoria en relación con el estado del medio ambiente. Los datos científicos demuestran claramente que no podemos seguir como hasta ahora, ya que se está sometiendo a demasiada presión la capacidad del planeta para responder a las necesidades en materia de recursos o de servicios relacionados con los ecosistemas o en lo que se refiere a la absorción de la contaminación. Es necesario que todas las partes implicadas tomen medidas urgentes con vistas a una transición hacia un futuro sostenible.
Por lo tanto, es muy importante adoptar en el plazo más breve posible un VII PMA para emprender esta transición hacia un futuro sostenible, garantizar la continuidad y evitar lagunas.
En lo que se refiere a la forma, si bien la Comisión ha publicado recientemente distintos documentos y hojas de ruta, el ponente está plenamente convencido de que el VII PMA debería constituir un marco global definido que garantice la coherencia. Así, debería velar por la integración y el examen conjunto de todos los objetivos relacionados con el medio ambiente que se hayan adoptado de cara a 2020 en los distintos ámbitos políticos.
Además, el futuro VII PMA debería brindar una perspectiva clara y ambiciosa para 2050 a fin de ofrecer un enfoque a largo plazo a todas las partes implicadas.
Por ello, el ponente propone que el futuro VII PMA se centre en los ámbitos que figuran a continuación:
- la aplicación y el refuerzo de la legislación en materia de medio ambiente;
- la integración de los objetivos medioambientales en todas las políticas sectoriales;
- la dimensión internacional de la protección del medio ambiente.
En este contexto, el ponente solicita a la Comisión que presente en el plazo más breve posible su propuesta de VII PMA y que tenga en cuenta las sugerencias recogidas en el presente informe de propia iniciativa.
OPINIÓN de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (9.2.2012)
para la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
sobre la revisión del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente y establecimiento de prioridades para el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente
(2011/2194(INI))
Ponente de opinión: Cristina Gutiérrez-Cortines
SUGERENCIAS
La Comisión de Industria, Investigación y Energía pide a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Destaca la importancia de integrar los objetivos medioambientales en todas las políticas de la Unión; hace hincapié en la necesidad de traducir las amplias estrategias temáticas en una legislación sólida con calendarios y objetivos claros, a fin de garantizar que el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente (VII PMA) allane el camino para que la UE reduzca su huella ecológica a la mitad antes de 2030;
2. Insta a la Comisión a que, en la revisión de la Directiva EIA y la Directiva 2001/42/CE, garantice una aplicación estricta de los criterios de protección de los paisajes y del medio ambiente natural en la selección de emplazamientos industriales y dedicados a las energías y otras instalaciones; considera que la Comisión debería establecer indicadores para evaluar su potencial impacto adverso y prestar atención a los artículos del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea relacionados con la protección del patrimonio cultural y natural;
3. Señala que el VII PMA debería prever objetivos concretos medibles, así como calendarios detallados y mecanismos para supervisar la aplicación, en forma de indicadores y marcadores, que garanticen la consecución de sus objetivos tanto a escala de la UE como de los Estados miembros;
4. Considera que la UE deberá apoyar en mayor medida la investigación, la innovación y el desarrollo, a fin de garantizar a medio plazo un incremento de las posibilidades y del rendimiento tecnológicos, necesarios para hacer un uso más eficiente de los recursos, conseguir una mayor eficiencia energética y mantener la competitividad en la UE;
5. Considera que la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos debe traducirse en acciones concretas en el Séptimo Programa de Acción;
6. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que en el futuro programa marco de investigación se desarrolle un programa de investigación y desarrollo de nuevas materias y materiales que, en el futuro, puedan sustituir a las materias primas actuales que escasean;
7. Subraya la necesidad de realizar inversiones en el reciclaje de materias primas y de tierras raras, habida cuenta de que la minería, el refinado y el reciclaje de las tierras pueden tener consecuencias graves para el medio ambiente si no se gestionan del modo adecuado;
8. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la «economía ecológica» a escala global, integrando aspectos medioambientales, sociales y económicos, como la reducción de la pobreza;
9. Solicita que se inscriba la financiación de Natura 2000 en el Marco Financiero Plurianual (MFP) 2014-2020, que se establezcan nuevos métodos de gestión que permitan alcanzar acuerdos con los propietarios y el sector privado y que se hallen usos compatibles y fructíferos para la preservación del hábitat y la biodiversidad, e insta a que se redoblen los esfuerzos para integrar la política de biodiversidad en otros ámbitos políticos;
10. Considera que, en la Directiva sobre hábitats y en la red Natura 2000, deben tenerse debidamente en cuenta las cualidades estéticas y visuales de los paisajes para la interpretación de estos programas;
11. Destaca la importancia de demostrar a los ciudadanos de la UE, en especial en el contexto del actual clima económico, que la protección del medio ambiente no es contraria al desarrollo económico y social sostenible; defiende, a tal fin, la promoción de proyectos de éxito y la difusión de información al público sobre la viabilidad del desarrollo económico favorable al medio ambiente en zonas con un importante patrimonio natural y cultural, como la red Natura 2000;
12. Considera que es necesario encontrar nuevas fórmulas para la regulación del suelo en consonancia con los criterios de los Estados miembros, estableciendo medidas para evitar catástrofes, prevenir inundaciones y crear un mercado interior transparente y claro con respecto a la contaminación del suelo;
13. Considera que los objetivos de la hoja de ruta de 2050 solo podrán alcanzarse si se aplican estrategias que se complementen, incluyendo una evaluación de la agricultura, la reforestación y la introducción de incentivos políticos para la innovación y la rápida aplicación práctica de la energía solar, geotérmica y marina;
14. Considera que la Comisión debería gestionar el programa LIFE +, haciendo hincapié en los proyectos internacionales de innovación y excelencia, promoviendo las PYME y los centros de I + D y dando prioridad a la preservación de la biodiversidad con un enfoque sistemático e integral, así como a las tecnologías agrícolas compatibles con la conservación del suelo y la cadena alimentaria de los ecosistemas animales; considera que el programa LIFE + de la UE debería promoverse de forma más amplia en todas las regiones de Europa, a fin de fomentar prácticas innovadoras a escala local y mejorar el impacto y el conocimiento de la sección «Política y gestión medioambiental» de este programa;
15. Hace hincapié en que se requiere una investigación, un desarrollo y una innovación europeos sólidos para proteger el medio ambiente y para lograr al mismo tiempo el desarrollo social y económico en la Unión Europea;
16. Insta a la Comisión a que, en su revisión de la Directiva marco sobre el agua, de la Directiva relativa a las aguas subterráneas y del programa Blue Print, mantenga un enfoque científico y sistémico, que tenga en cuenta los ciclos del agua, la relación entre el agua y la tierra, la lucha contra la desertificación y la necesidad de transparencia y eficiencia en la gestión del agua;
17. Pide a la Comisión que presente una evaluación más detallada de los resultados del plan de acción y de los obstáculos reales para la correcta y plena consecución de sus objetivos;
18. Considera que, al evaluar las medidas de lucha contra el cambio climático, las instituciones de la UE deben tener debidamente en cuenta la función del césped en relación con la captura de CO2;
19. Considera que el Séptimo Programa de Acción también debe centrarse en las emisiones marítimas y en aquellas que no son de CO2;
20. Pide que se preste especial atención a los objetivos y medidas relativos al entorno humano en zonas urbanas, atendiendo específicamente al ruido y a la calidad del aire;
21. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, con miras a la aplicación de las estrategias para reducir la contaminación en el medio urbano, estudien la posibilidad de crear un marco europeo de apoyo para la aplicación progresiva de planes de movilidad urbana en ciudades europeas, estableciendo procedimientos y mecanismos de apoyo financiero a escala europea para preparar auditorías y planes de movilidad urbana, y creando un marcador europeo de movilidad urbana;
22. Considera que la Comisión y los Estados Miembros deben comprometerse a establecer estrategias integradas que permitan determinar los bienes naturales de cada área geográfica y las características de su patrimonio natural, así como las medidas necesarias para su preservación, teniendo en cuenta el ecosistema específico para la preservación de la biodiversidad y las especies particulares, incluidas la agricultura, el agua y otras condiciones mínimas necesarias;
23. Pide a la Comisión que establezca criterios para la evaluación del impacto de las plantas de desalinización del agua, teniendo en cuenta su coste energético y su efecto destructivo sobre el lecho marino y la biodiversidad;
24. Considera que la Comisión debe incluir requisitos de trazabilidad y criterios de calidad vinculantes en los acuerdos en materia de alimentos y agricultura con terceros países;
25. Hace hincapié en que el VII PMA debe ser más ambicioso y allanar el camino para una legislación vinculante, con el fin de establecer objetivos claros con calendarios definitivos e indicadores para medir los avances, incluida una fecha específica para la revisión intermedia del programa;
26. Concluye que en el Séptimo Programa de Acción debe darse la máxima prioridad a la integración de las consideraciones medioambientales en otros ámbitos políticos relevantes, como la energía, la agricultura, la pesca, el transporte, la investigación, la política de cohesión y el desarrollo regional.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
6.2.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
51 0 4 |
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Miembros presentes en la votación final |
Gabriele Albertini, Amelia Andersdotter, Josefa Andrés Barea, Jean-Pierre Audy, Ivo Belet, Maria Da Graça Carvalho, Giles Chichester, Pilar del Castillo Vera, Dimitrios Droutsas, Christian Ehler, Vicky Ford, Norbert Glante, Robert Goebbels, András Gyürk, Jacky Hénin, Kent Johansson, Romana Jordan, Krišjānis Kariņš, Béla Kovács, Philippe Lamberts, Marisa Matias, Judith A. Merkies, Rolandas Paksas, Vittorio Prodi, Herbert Reul, Michèle Rivasi, Jens Rohde, Paul Rübig, Amalia Sartori, Salvador Sedó i Alabart, Patrizia Toia, Evžen Tošenovský, Ioannis A. Tsoukalas, Claude Turmes, Marita Ulvskog, Kathleen Van Brempt, Alejo Vidal-Quadras, Henri Weber |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Antonio Cancian, António Fernando Correia De Campos, Françoise Grossetête, Cristina Gutiérrez-Cortines, Jolanta Emilia Hibner, Yannick Jadot, Seán Kelly, Bernd Lange, Werner Langen, Marian-Jean Marinescu, Zofija Mazej Kukovič, Morten Messerschmidt, Vladko Todorov Panayotov, Mario Pirillo, Silvia-Adriana Ţicău |
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Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Marta Andreasen, Michael Theurer |
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OPINIÓN de la Comisión de Desarrollo Regional (28.2.2012)
para la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
sobre la revisión del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente y establecimiento de prioridades para el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente
(2011/2194(INI))
Ponente de opinión: Vasilica Viorica Dăncilă
SUGERENCIAS
La Comisión de Desarrollo Regional pide a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:
1. Reconoce que el cambio climático, la pérdida de biodiversidad y el consumo excesivo de recursos naturales son retos que afectan a todos los ciudadanos de la UE, y que es necesario actuar a todos los niveles de gobierno para mitigar dichos efectos; considera necesario lograr sinergias entre la política de cohesión y las políticas de medio ambiente, salud y ordenación del territorio y mejorar la cooperación entre las autoridades locales, las regiones y a nivel transfronterizo, así como en las macrorregiones, con el fin de lograr un desarrollo equilibrado que abarque las zonas urbanas y periurbanas, las zonas forestales y las zonas rurales; subraya el potencial que ofrece una gestión sostenible del suelo y considera que se deben analizar con mucha atención las medidas que permiten evitar el cambio de asignación de las tierras, en particular para los monocultivos y la producción de biocombustibles;
2. Opina que es particularmente importante mejorar la cooperación entre las autoridades nacionales, locales y regionales y los colectivos locales, con el fin de fomentar las asociaciones entre los sectores público y privado para aplicar mejor la legislación de la UE relativa a la gestión de residuos; recomienda la adopción de una metodología de desarrollo local basada en asociaciones locales, en particular para proyectos relacionados con cuestiones urbanas, rurales y transfronterizas; anima a utilizar, cuando sea necesario, fondos europeos para crear sistemas integrados de gestión de los residuos; subraya la necesidad de establecer una estrecha colaboración entre las universidades, los investigadores, las empresas y otros interesados para la rápida concepción de tecnologías innovadoras que aumenten el reciclaje y la eficiencia en el uso de los recursos y mejoren la planificación para reducir los efectos de la extracción de minerales y agregados, así como para crear sistemas alternativos capaces de eliminar los residuos de plena conformidad con la legislación que regula el medio ambiente y con la Directiva marco sobre residuos;
3. Recomienda encontrar un equilibrio equitativo entre la necesidad de luchar contra el cambio climático, detener o reducir la pérdida de biodiversidad y el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente, a fin de que la Unión Europea pueda alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y evitar los efectos financieros derivados del cambio climático y la pérdida de biodiversidad; destaca, a este respecto, la importancia de la política de cohesión después de 2013; destaca, asimismo, teniendo en cuenta la política de prevención, la necesidad de considerar los costes como inversiones para el futuro y la creación de empleo y de llevar a cabo campañas de información, sensibilización e intercambio de buenas prácticas a todos los niveles; subraya la necesidad de utilizar mejor la asistencia técnica a escala nacional, regional y local para aumentar las capacidades administrativas donde sea necesario; considera necesaria una correlación eficaz entre los objetivos de investigación e innovación y las necesidades de desarrollo a escala local y regional;
4. Considera necesario mejorar la cooperación entre las autoridades locales, las regiones y a nivel transfronterizo, en concreto la cooperación con terceros países, mediante la creación de grupos de acción común, para prevenir la contaminación accidental grave y otras catástrofes naturales o provocadas por el hombre, y evitar así los efectos a largo plazo; pide a la Comisión que elabore una legislación para una industria química sostenible;
5. Señala que conviene garantizar la integración de las políticas medioambientales de forma visible y coherente en todas las políticas sectoriales, una importante responsabilidad que incumbe a las autoridades locales y regionales; subraya la importancia de garantizar la participación de las autoridades territoriales y de los representantes nacionales en los procesos de concepción y toma de decisiones para la elaboración y aplicación de políticas, con el fin de alcanzar los objetivos de la UE; destaca la importancia de la correlación entre las especificidades locales y regionales y las estrategias necesarias para la aplicación de estas políticas;
6. Subraya la necesidad de que las ayudas financieras de la UE a escala local, regional y nacional tengan en cuenta los complejos retos y riesgos medioambientales; subraya la necesidad de fomentar el desarrollo de proyectos/programas de desarrollo en los ámbitos regional, local y transfronterizo relacionados estrechamente con la conservación de la biodiversidad en las zonas afectadas, así como la importancia de implicar a las ONG, la comunidad académica y los sectores público y privado en el proceso de conservación y restablecimiento de la biodiversidad;
7. Considera que, para obtener resultados significativos, se debe garantizar la aplicación de los programas a escala regional y local y el proceso debe integrar en mayor medida a todas las partes interesadas; pide que se preste especial atención a la situación de regiones y territorios con características geográficas específicas, como es el caso de las islas, las zonas montañosas o las zonas poco pobladas; acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de reforzar el uso de las evaluaciones de impacto ambiental y las evaluaciones estratégicas de impacto ambiental en los procesos de toma de decisiones a escala local y regional.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
28.2.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
38 0 3 |
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Miembros presentes en la votación final |
Luís Paulo Alves, Catherine Bearder, Jean-Paul Besset, Victor Boştinaru, John Bufton, Salvatore Caronna, Nikos Chrysogelos, Ryszard Czarnecki, Francesco De Angelis, Tamás Deutsch, Rosa Estaràs Ferragut, Danuta Maria Hübner, Filiz Hakaeva Hyusmenova, María Irigoyen Pérez, Seán Kelly, Mojca Kleva, Constanze Angela Krehl, Petru Constantin Luhan, Riikka Manner, Iosif Matula, Erminia Mazzoni, Ana Miranda, Wojciech Michał Olejniczak, Younous Omarjee, Monika Smolková, Ewald Stadler, Csanád Szegedi, Nuno Teixeira, Lambert van Nistelrooij, Oldřich Vlasák, Hermann Winkler, Joachim Zeller, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Vasilica Viorica Dăncilă, Ivars Godmanis, James Nicholson, Elisabeth Schroedter, László Surján, Michael Theurer, Patrice Tirolien, Giommaria Uggias |
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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
29.2.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
50 8 1 |
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Miembros presentes en la votación final |
János Áder, Elena Oana Antonescu, Pilar Ayuso, Paolo Bartolozzi, Sandrine Bélier, Sergio Berlato, Lajos Bokros, Martin Callanan, Nessa Childers, Yves Cochet, Chris Davies, Esther de Lange, Anne Delvaux, Bas Eickhout, Edite Estrela, Jill Evans, Karl-Heinz Florenz, Elisabetta Gardini, Gerben-Jan Gerbrandy, Nick Griffin, Matthias Groote, Françoise Grossetête, Cristina Gutiérrez-Cortines, Satu Hassi, Jolanta Emilia Hibner, Dan Jørgensen, Christa Klaß, Jo Leinen, Peter Liese, Kartika Tamara Liotard, Zofija Mazej Kukovič, Linda McAvan, Radvilė Morkūnaitė-Mikulėnienė, Miroslav Ouzký, Vladko Todorov Panayotov, Gilles Pargneaux, Andres Perello Rodriguez, Mario Pirillo, Pavel Poc, Frédérique Ries, Anna Rosbach, Oreste Rossi, Kārlis Šadurskis, Carl Schlyter, Horst Schnellhardt, Richard Seeber, Theodoros Skylakakis, Bogusław Sonik, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Åsa Westlund, Glenis Willmott, Sabine Wils |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Gaston Franco, Riikka Manner, Judith A. Merkies, Vittorio Prodi, Kathleen Van Brempt, Andrea Zanoni |
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Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Hynek Fajmon |
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