INFORME sobre los aspectos comerciales de la Asociación Oriental
5.6.2012 - (2011/2306(INI))
Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Miloslav Ransdorf
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre los aspectos comerciales de la Asociación Oriental
El Parlamento Europeo,
– Vistas las negociaciones en curso sobre los Acuerdos de Asociación UE-Ucrania, UE-Moldavia, UE-Georgia, UE-Armenia y UE-Azerbaiyán, que incluirán importantes elementos de carácter comercial,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 22 de enero de 2007, en las que se adoptaron las directrices de negociación del Acuerdo de Asociación UE-Ucrania, que contemplaba una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 10 de mayo de 2010, en las que se adoptaron las directrices de negociación de los Acuerdos de Asociación UE-Armenia y UE-Georgia, cada uno de los cuales contemplaba una zona de libre de alcance amplio y profundo,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 15 de junio de 2009, en las que se adoptaron las directrices de negociación del Acuerdo de Asociación UE-Moldavia y las directrices de negociación adicionales detalladas sobre la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo, adoptadas por el Consejo el 20 de junio de 2011,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 10 de mayo de 2010, en las que se adoptaron las directrices de negociación para el Acuerdo de Asociación UE-Azerbaiyán,
– Visto el Acuerdo de comercio y cooperación celebrado por la Comunidad Europea con la entonces Unión Soviética en 1989 y adoptado posteriormente por Belarús,
– Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 25 de mayo de 2011, titulada «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante» (COM(2011)0303),
– Vista la evolución de la Política Europea de Vecindad (PEV) desde 2004 y, en particular, los informes de la Comisión sobre los avances en su aplicación,
– Vistas sus recomendaciones para la negociación de los Acuerdos de Asociación con Moldavia, Georgia, Armenia y Azerbaiyán,
– Vistos los Planes de Acción adoptados conjuntamente con Armenia, Azerbaiyán, Georgia y Moldavia y el Programa de Asociación con Ucrania,
– Vista las Declaraciones Conjuntas de la Cumbre de Praga de la Asociación Oriental, de 7 de mayo de 2009, y de la Cumbre de la Asociación Oriental celebrada en Varsovia los días 29 y 30 de septiembre de 2011,
– Vista la creación de la Asamblea Parlamentaria EURONEST mediante su Acto Constitutivo, de 3 de mayo de 2011,
– Vistos el artículo 8 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 207 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 48 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0183/2012),
A. Considerando que la celebración y la ejecución de Acuerdos de Asociación que incluyen zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo constituye un objetivo y una ambición prioritarios de la Política Europea de Vecindad revisada con respecto a los socios orientales;
B. Considerando que cuatro de los seis países de la Asociación Oriental ya son miembros de la OMC, y que los Gobiernos de Azerbaiyán y Belarús gozan únicamente de la condición de observadores;
C. Considerando que, tras los movimientos revolucionarios que se registraron en 2011 en la zona de vecindad meridional de la UE, actualmente conocidos como «Primavera árabe», el interés de la UE se ha centrado en los vecinos meridionales; que los países que pertenecen a la Asociación Oriental y las relaciones comerciales de la UE con ellos merecen la atención de la UE;
D. Considerando que la presencia económica de China en los países de la Asociación Oriental sigue aumentando;
E. Considerando que las negociaciones con Ucrania en torno a una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo concluyeron en octubre de 2011; que la entrada en vigor de la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo está supeditada a la celebración del Acuerdo de Asociación UE-Ucrania, que se encuentra bloqueado actualmente debido al descontento de la UE por los acontecimientos políticos internos que han tenido lugar en Ucrania y el funcionamiento de su sistema judicial;
F. Considerando que el Consejo respaldó en diciembre de 2011 las negociaciones de una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo con Georgia y Moldavia y que las primeras rondas de negociación deben tener lugar en la primavera de 2012;
G. Considerando que en 2011 Armenia realizó progresos notables de cara al cumplimiento de las recomendaciones clave y que las negociaciones sobre una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo entre la UE y Armenia fueron respaldadas en febrero de 2012 y comenzaron el 6 marzo 2012;
H. Considerando que la adhesión de Azerbaiyán a la OMC es objeto de negociaciones desde 1997 pero que los avances han sido escasos, lo que constituye uno de los principales obstáculos para iniciar las negociaciones sobre una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo con la UE;
I. Considerando que, hasta la fecha, la participación de Belarús ha sido limitada en las distintas plataformas de la Asociación Oriental; que esa situación mina el logro del objetivo último de la Asociación Oriental, que es el refuerzo de la democracia, el progreso, la estabilidad y la prosperidad en la vecindad oriental de la UE; considerando el dinamismo económico del nuevo espacio económico formado por Rusia, Kazajstán y Belarús, anima a sus miembros a realizar sus actividades económicas de conformidad con las normas y reglas comerciales adoptadas a nivel internacional, en particular las derivadas de la OMC;
J. Considerando que todos los socios orientales de la UE, que son antiguas Repúblicas de la URSS, comparten el mismo trasfondo histórico e institucional y se han enfrentado a retos similares en su transición política y socioeconómica durante las dos últimas décadas;
Consideraciones generales
1. Pone de relieve que la idea de establecer zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo con la UE constituye uno de los incentivos principales para que los países asociados continúen por la vía de la reforma; considera que el establecimiento de zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo es uno de los instrumentos más ambiciosos de la política comercial bilateral de la UE para alcanzar un entorno económico estable, transparente y previsible que respete la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho, que vele no solo por una integración económica mayor mediante el desmantelamiento progresivo de los obstáculos comerciales sino, también, por una convergencia normativa en ámbitos que repercuten en los intercambios comerciales de bienes y servicios, en particular mediante el refuerzo de la protección de las inversiones, la racionalización de los procedimientos aduaneros y fronterizos, la reducción de las barreras técnicas y de carácter no comercial a los intercambios comerciales, el refuerzo de la normativa sanitaria y fitosanitaria, la mejora del bienestar animal, el refuerzo del marco jurídico en materia de competencia y de los contratos públicos, y la garantía del desarrollo sostenible; opina que la creación de zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo resulta esencial a la hora de combatir las tendencias que favorecen el proteccionismo a escala mundial;
2. Reconoce que los acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo representan para la UE un instrumento comercial esencial para el establecimiento de relaciones económicas a largo plazo con terceros países; reconoce la repercusión de estos acuerdos en el funcionamiento global de los socios comerciales de la UE, que va más allá de las cuestiones puramente comerciales e influye, también, en la situación de la democracia, el Estado de Derecho y otras normas comunes;
3. Hace hincapié en que el proceso de toma de decisiones destinado a evaluar la preparación de los potenciales socios de la UE para entablar negociaciones comerciales no debería depender de prejuicios políticos sino, en mayor medida, de la capacidad real del socio comercial de aplicar de manera efectiva las condiciones del acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo;
4. Reconoce que los acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo podrían constituir el componente básico de un acuerdo político más amplio (Acuerdo de Asociación); pone de relieve, sin embargo, que en los casos en los que no sea posible o recomendable celebrar un Acuerdo de Asociación con un tercer país en particular, deberá considerarse un acuerdo comercial adecuado (es decir, en forma de acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo) para alcanzar los objetivos económicos y comerciales de la UE de manera eficaz;
5. Subraya la importancia del Programa de desarrollo institucional global, de la Oficina de Asistencia Técnica e Intercambio de Información (TAIEX) y de los programas de hermanamiento a la hora de ayudar a los socios orientales a cumplir las recomendaciones clave y de mejorar su capacidad de ejecución;
6. Reconoce que una mayor integración comercial, con los cambios profundos en términos de estructuras económicas que implica, supone unos esfuerzos importantes por parte de nuestros socios orientales a corto y medio plazo, si bien expresa su convencimiento, por el contrario, de que, a largo plazo, las ventajas de una integración de estas características compensarán dichos esfuerzos; hace hincapié en que el apoyo y la participación de la sociedad civil local y de las ONG de carácter internacional en la promoción de los beneficios a largo plazo es un elemento clave para el éxito de sus procesos de reforma;
7. Se expresa a favor de reforzar la cooperación entre la UE y sus socios orientales en una serie de ámbitos, en particular la industria, las PYME, la investigación, el desarrollo y la innovación, las TIC y el turismo;
8. Considera que la diferenciación, junto con la aplicación del concepto «más por más» según lo dispuesto en la mencionada Comunicación conjunta titulada «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante» constituye un avance en la dirección correcta en las relaciones comerciales con los socios orientales, que reconoce los esfuerzos de aquellos que realizan mayores progresos y motiva al resto para que intensifique sus esfuerzos; considera que los intercambios comerciales deben facilitar el cambio y hace hincapié en la importancia de las cláusulas de condicionalidad y su posterior aplicación;
9. Está convencido de que la integración económica de los socios orientales con la UE solo puede llevarse a cabo de forma eficaz si no se registran reformas políticas y sociales, una participación de la sociedad civil en el proceso de toma de decisiones y una integración económica entre los socios orientales; pone de relieve que la integración económica entre estos países debe tener carácter abierto para aprovechar sus beneficios; lamenta, en este contexto, que los conflictos regionales que se encuentran estancados hayan perjudicado durante años la eficacia y el desarrollo de los intercambios comerciales transfronterizos y que continúen provocando pérdidas económicas enormes a algunos de los socios orientales y que conduzcan a su aislamiento económico;
10. Considera importante que la UE ofrezca a todos los socios con los que se han celebrado acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo la flexibilidad a la que tienen derecho en virtud de las normas de la OMC;
11. Constata la importancia de la prevención de los conflictos mediante la cohesión económica y social;
12. Pide a la Comisión que conceda, en particular, una flexibilidad que fomente la creación de industrias incipientes en el país socios que hayan celebrado acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo;
13. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión sobre el marco financiero plurianual 2014-2020, que propone un aumento del 40 % en la financiación de la Política Europea de Vecindad; subraya su postura de que los socios orientales no pueden asumir por si solos la carga de los costes de la aproximación de las legislaciones y las reformas estructurales e institucionales necesarias, y que el apoyo financiero de la UE, que debe complementar sus propios esfuerzos de reforma, es también imprescindible para el éxito; pide, en este contexto, al Consejo que mantenga la financiación propuesta por la Comisión;
14. Subraya el papel de los Parlamentos nacionales de los socios orientales de la UE a la hora de aproximar la legislación comercial al acervo de la Unión, lo cual constituye un requisito previo para la creación y la correcta aplicación de las futuras zonas de libre comercio de carácter amplio y profundo; pide, en este contexto, a la UE y a sus Estados miembros que les proporcionen más asistencia técnica y solicita, en particular a los nuevos Estados miembros de la UE, que compartan con ellos la experiencia y mejores prácticas que han adquirido en su propio proceso de armonización de la legislación nacional con el acervo comunitario en materia comercial;
15. Acoge con satisfacción la adhesión de Ucrania y de Moldavia al Tratado por el que establece la Comunidad de la Energía teniendo en cuenta el papel vital que podrían desempeñar para alcanzar los objetivos de la UE en materia de seguridad energética y contribuir a la seguridad de estos países;
16. Acoge con satisfacción todos los esfuerzos desplegados para reforzar la Asociación Oriental, en particular las iniciativas de carácter emblemático de la Comisión relativas a las PYME, incluido el mecanismo de ayuda a las PYME de la Asociación Oriental, a los mercados regionales de energía y a la eficacia energética;
17. Pide a la Comisión que continúe desarrollando la Estrategia de la UE para el Mar Negro, ya que es un elemento importante de la estrategia energética exterior de la UE como consecuencia de su papel geoestratégico, que presenta un potencial importante para la seguridad energética y la diversificación de los suministros;
18. Reconoce la importancia de la Asamblea Parlamentaria EURONEST, y, en especial, de su Comisión de Integración Económica, Aproximación de las Legislaciones y Convergencia con las Políticas de la UE, así como de su Comisión de Seguridad Energética, en el debate de las cuestiones comerciales entre los diputados al Parlamento Europeo y los miembros de los Parlamentos nacionales de los socios orientales de la UE; expresa su esperanza por que las condiciones para que los diputados al Parlamento belaruso se unan a la Asamblea Parlamentaria EURONEST se cumplan en un futuro próximo;
19. Subraya que una zonas de libre comercio de carácter amplio y profundo no equivalen a proporcionar asistencia a los socios orientales sino que constituyen un acuerdo comercial que ofrece ventajas y obligaciones recíprocas para ambas partes; lamenta que la revisión de la Política Europea de Vecindad todavía no explique cómo puede impulsar el desarrollo de esta política comercial los intereses económicos de la UE mediante la generación de beneficios sustanciales para los consumidores, empresas y trabajadores de la UE; destaca que las zonas de libre comercio de carácter amplio y profundo no solo generan ventajas económicas para los socios orientales sino que también pueden agilizar las reformas institucionales, la modernización y el desarrollo;
20. Toma nota de la creación, el 18 de octubre de 2011, de una zona de libre comercio entre la mayoría de miembros de la Comunidad de Estados Independientes, que incluye a los socios orientales de la UE a excepción de Georgia y, de momento, Azerbaiyán; cree que la conclusión de acuerdos de libre comercio con terceros países no debería perjudicar a los acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo que la Asociación Oriental celebre con la UE; hace hincapié a este respecto en que es importante que la UE proporcione a los socios orientales una alternativa atractiva y viable;
21. Insiste en que la estrategia de la UE respecto a Rusia debería integrar de forma adecuada la influencia rusa sobre los socios orientales; señala que Rusia ha concluido una unión aduanera con Kazajstán y con un socio oriental, Belarús; lamenta que Rusia pueda haber socavado las negociaciones comerciales entre la UE y varios socios orientales, en particular Ucrania, al ofrecerles una vía alternativa basada en soluciones a corto plazo, como la reducción de los precios del gas; considera que estas alternativas serán contraproducentes a largo plazo para los socios orientales;
22. Insiste en que el éxito de las zonas de libre comercio de carácter amplio y profundo dependerá en gran medida del desarrollo institucional y de una correcta aplicación de los compromisos, que solo puede garantizarse en un entorno empresarial abierto, transparente y sin corrupción, lo que constituye un requisito previo para la aplicación eficaz de los acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo;
23. Observa que la prosperidad y la estabilidad en la vecindad oriental de la Unión redundan en su máximo beneficio, y, en particular, teniendo en cuenta que unas relaciones estables y previsibles entre la UE y sus socios orientales incrementarán sin duda alguna los volúmenes comerciales en ambas direcciones;
24. Señala, asimismo, que la UE es el principal socio exportador de la mayoría de los países de la Asociación Oriental;
25. Señala que, además de avanzar suficientemente en el cumplimiento de las recomendaciones clave, como condiciones que permitan el inicio de las negociaciones sobre la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo, Georgia y Moldavia todavía deben garantizar el carácter permanente de su compromiso con el proceso de reforma y deben comprometerse a participar en un proceso de reforma duradero durante las negociaciones; hace hincapié en que ambos países todavía deben avanzar significativamente en el ámbito de la reforma normativa, sobre todo en lo relativo a los obstáculos técnicos al comercio, las medidas sanitarias y fitosanitarias, los derechos de propiedad intelectual y la legislación en materia de competencia;
26. Expresa preocupación por la capacidad institucional de los socios orientales implicados con respecto a la aplicación real de una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo; subraya que la creación de una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo no garantiza por si sola el éxito, a menos que se aplique de manera eficaz y vaya acompañada de medidas eficaces que regulen la competencia y luchen contra la corrupción;
27. Señala que las normas laborales aprobadas a nivel internacional deben respetarse a la hora de establecer acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo; destaca que el respeto de los derechos laborales fundamentales aprobados por la Organización Internacional del Trabajo es un elemento clave del respeto de los derechos humanos;
28. Pide la adopción de un enfoque ambicioso para integrar las economías de la UE y de los países de la Asociación Oriental a través de acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo mediante la inclusión de otros aspectos relacionados con el comercio libre y justo; recomienda que todos estos acuerdos incluyan un capítulo vinculante relativo al desarrollo sostenible con disposiciones sobre protección medioambiental y derechos laborales a nivel internacional;
Armenia
29. Aplaude al Gobierno armenio por intensificar sus esfuerzos para cumplir las recomendaciones clave en 2011, lo que posibilitó el inicio de las negociaciones sobre una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo en febrero de 2012;
30. Acoge con satisfacción el inicio de las negociaciones sobre una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo entre Armenia y la UE en febrero de 2012 y su comienzo el 6 marzo 2012; alienta a Armenia a utilizar el potencial de este acuerdo para impulsar su economía, sus posibilidades de exportación y su acceso al mercado de la UE, acelerar las reformas necesarias y modernizar, en general, las normas de Armenia hasta alcanzar el nivel europeo; hace hincapié en que la integración económica más estrecha con la UE debe contribuir al refuerzo de la estabilidad política y de la seguridad en la región; expresa su confianza en una rápida conclusión de las negociaciones sobre una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo entre la UE y Armenia;
31. Acoge con satisfacción el comienzo de las negociaciones para crear zonas de libre comercio de carácter amplio y profundo, que brindarán oportunidades para reforzar las relaciones económicas de las dos partes; considera necesario continuar con las reformas para conseguir un entorno económico estable y transparente que atraiga inversiones extranjeras y que estimule el crecimiento y la creación de puestos de trabajo;
32. Considera que la creación de zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo estimulará la economía de Armenia mediante el impulso de la competencia, entre otros aspectos;
33. Lamenta que el conflicto de Nagorno-Karabaj todavía perdure en las fronteras cerradas de Armenia con Azerbaiyán y Turquía, lo cual aísla económicamente al país por la falta de rutas de acceso; subraya que la apertura de las fronteras constituye, entre otras cosas, una condición importante para atraer inversión extranjera;
34. Muestra preocupación por los indicios en relación con los estrechos vínculos que persisten entre los círculos políticos y empresariales y los impedimentos considerables para las empresas, incluida la falta de transparencia del sistema fiscal y la reducida protección para las inversiones; reconoce la necesidad de establecer un marco institucional sólido para la contratación pública y la política de competencia que incluya un mecanismo de aplicación eficaz;
35. Acoge con satisfacción la decisión de Armenia de adherirse a los Acuerdos Plurilaterales sobre Contratación Pública de la OMC en diciembre de 2011; está convencido de que este paso beneficia a la imagen de Armenia como socio comercial fiable;
36. Subraya que la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo debe incluir el firme compromiso por parte de Armenia de reformar sus normativas y ajustarlas a las normas de la UE, acompañándolas de medidas efectivas contra la corrupción;
37. Recomienda, asimismo, que la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo incluya medidas encaminadas a reforzar la aplicación de la legislación en materia de competencia, permitiendo, así, que los inversores y las empresas extranjeros participen, en particular, en los sectores energético y de la construcción de Armenia;
38. Insta a Armenia a que acelere el proceso de cumplimiento con las medidas sanitarias y fitosanitarias de la UE, lo que permitirían diversificar las exportaciones de Armenia e incluir a los productos agrícolas;
39. Cree que el debilitamiento de la dependencia de Armenia del apoyo comercial y gubernamental de Rusia a raíz de la apertura de sus fronteras y el refuerzo de la cooperación internacional fomenta su crecimiento económico; cree que es establecimiento de una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo con la UE sería especialmente beneficiosa a este respecto;
Azerbaiyán
40. Reconoce los esfuerzos y los logros de Azerbaiyán en su aproximación al acervo de la Unión; acoge con satisfacción, en este sentido, la reciente adopción del nuevo Código aduanero y del Código de la construcción;
41. Hace hincapié en que la adhesión de Azerbaiyán a la OMC constituye la condición previa clave para el inicio de las negociaciones sobre una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo, lo que coloca las relaciones comerciales UE-Azerbaiyán en un nivel superior; observa que la estructura de la economía de Azerbaiyán no motiva suficientemente a su Gobierno para lograr la admisión en la OMC y una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo con la UE; destaca, no obstante, que los beneficios de una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo no se limitan al ámbito económico, sino que también podrían desarrollar la economía local más allá de su excesiva dependencia de las exportaciones energéticas; insta, en consecuencia, al Gobierno azerbaiyano a que intensifique sus esfuerzos para lograr la adhesión a la OMC; pide, a este respecto, a la UE que proporcione a Azerbaiyán la ayuda necesaria;
42. Elogia el notable crecimiento económico que ha experimentado Azerbaiyán en los últimos años; señala, no obstante, que el sector del petróleo representa el 50 % del PIB de Azerbaiyán, el 95 % de sus exportaciones y el 60 % de sus ingresos presupuestarios, lo que hace que la economía azerbaiyana sea vulnerable a la volatilidad de los precios del petróleo y a todos los cambios de la demanda mundial; solicita, en este sentido, en este sentido al Gobierno azerbaiyano que considere la adopción de medidas efectivas y coherentes para diversificar la economía del país;
43. Recuerda el potencial de Azerbaiyán en relación con el desarrollo de una producción agrícola competitiva y recomienda que el Gobierno azerbaiyano tenga en cuenta este ámbito como un paso que podría ser importante para diversificar su economía y sus exportaciones a la UE, siempre que se cumplan los requisitos sanitarios y fitosanitarios de la Unión, y a otros países;
44. Pide al Gobierno azerbaiyano que se comprometa realmente en una verdadera lucha contra la corrupción y las desigualdades sociales que pueden provocar disturbios de carácter social, y que mejore el acceso a la financiación de las empresas, con lo que incrementará la competitividad de la economía del país y la hará más atractiva para la inversión extranjera.
45. Apoya firmemente la conversión del componente comercial del futuro Acuerdo de Asociación UE-Azerbaiyán en una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo una vez se hayan cumplido todas las condiciones;
Belarús
46. Lamenta que Belarús, a pesar de su incuestionable potencial, se esté distanciando cada vez más de la UE en términos de normas políticas y económicas generales y en cuanto a su modelo de economía;
47. Subraya la importancia de la ubicación estratégica de Belarús como país de tránsito para la energía, en particular en relación con el suministro de gas natural a la UE; solicita a Belarús, en este contexto, que ratifique rápidamente y en la debida forma la Carta de la Energía;
48. Recuerda que la UE es el segundo mayor socio comercial de Belarús después de Rusia;
49. Subraya la necesidad de más asistencia de la UE a fin de mejorar el rendimiento de las estructuras administrativas y, en particular, la necesidad de luchar contra la corrupción;
50. Señala las dificultades encontradas a la hora de evaluar la verdadera situación económica de Belarús, debido a las estadísticas oficiales que, según observadores independientes, ocultan la realidad en la que supuestamente el 20 % de los belarusos viven en la miseria.
51. Observa que el 80 % de las empresas son estatales, y el desarrollo del sector privado se ve obstaculizado por medidas discriminatorias y arbitrarias, cambios en la legislación y una fuerte presión fiscal, lo que obliga al sector privado a operar parcialmente en una economía sumergida;
52. Recuerda que, debido al entorno político y económico negativo existente en Belarús, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial congelaron los créditos a Belarús en 1996, y la UE hizo lo propio en 1997; señala que todo esto disuadió y sigue disuadiendo a los inversores extranjeros, y que en la actualidad, la inversión extranjera directa representa tan solo el 1 % del PIB del país;
53. Cree que la UE debe ayudar a fortalecer la sociedad civil de Belarús reorientando los fondos de la UE en esta dirección;
54. Está convencido de que deben realizarse profundas reformas institucionales y estructurales para empezar a construir una economía de mercado abierta, transparente y operativa;
55. Señala que la adhesión a la OMC del país es una condición necesaria para el inicio de negociaciones sobre cualquier tipo de acuerdo de libre comercio con la UE; insta, en este contexto, a Belarús a que se implique realmente en el proceso de adhesión a la OMC; señala que Belarús, en su calidad de miembro de la Unión Aduanera con Rusia y Kazajstán, podría beneficiarse de la experiencia de Rusia en relación con el proceso de adhesión a la OMC;
56. Cree firmemente que la UE debe realizar todos los esfuerzos que estén en su mano para lograr la participación de Belarús en un verdadero diálogo político y económico y ofrecer incentivos a reformas que resultan indispensables y de enorme importancia para los ciudadanos de Belarús; toma nota, en este contexto, de las medidas económicas de carácter restrictivo y concreto adoptadas por la UE y que están vigentes en la actualidad en contra de Belarús; considera que la UE debe continuar aplicando sus medidas de carácter restrictivo, concreto e individual al mismo tiempo que continúa apoyando a la sociedad civil y a los empresarios con vistas no solo a mejorar las condiciones económicas sino, también, a reforzar el Estado de Derecho, la transparencia y la lucha contra la corrupción;
Georgia
57. Señala que, según la evaluación del Banco Mundial, Georgia es una de las economías mundiales que más rápidamente se está reformando, y que ocupa el decimosexto lugar en la lista del Banco Mundial de mejores lugares para hacer negocios en el mundo;
58. Reconoce las labores de reconstrucción de Georgia tras la guerra de 2008 y la apertura de nuevos mercados;
59. Reconoce que el Gobierno georgiano está intentando mejorar la protección de los derechos de propiedad intelectual, aunque señala que todo parece indicar que Georgia sigue registrando la tasa más alta de software pirateado de todo el mundo; insta, en este sentido, al Gobierno de Georgia a elaborar leyes para la aplicación de los derechos de propiedad intelectual, teniendo en cuenta, no obstante, los derechos humanos y la proporcionalidad;
60. Toma en cuenta que Georgia ha registrado un crecimiento económico y tasas de inversión importantes y pone de relieve que la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo será un factor adicional para apoyar un crecimiento de amplia base y atraer inversiones extranjeras;
61. Alienta a Georgia a perfeccionar su legislación, mejorar la eficacia de sus instituciones y garantizar elevados niveles de control de calidad de sus productos, con el fin de cumplir los requisitos establecidos por la Comisión Europea;
62. Acoge con satisfacción el nuevo sistema de contratación de Georgia, que permite la realización de subastas electrónicas para cualquier tipo de contrato, independientemente de su envergadura o naturaleza; señala que Georgia también debe ser un ejemplo para los Estados miembros de la UE en este ámbito;
63. Insta a Georgia a que se asegure de que, tras la conclusión de las negociaciones sobre la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo, solo los productos cuyo origen sea las regiones que reconocen formalmente su adhesión al Estado georgiano puedan optar a las preferencias comerciales;
Moldavia
64. Reconoce con satisfacción que Moldavia, a pesar de la fragilidad de su economía, en los últimos años ha experimentado un notable proceso de reforma y ha mejorado en gran medida su rendimiento económico; destaca, en este sentido, la importancia vital de la asistencia financiera proporcionada por el Fondo Monetario Internacional y la asistencia macrofinanciera prestada por la UE;
65. Opina que la futura zona de libre comercio de alcance amplio y profundo debería abarcar todo el territorio de Moldavia que reconoce formalmente su adhesión al Estado moldavo;
66. Observa que, por el momento, la mayoría de exportaciones de Moldavia son de carácter agrícola y que, por lo tanto, se enfrentan a una competencia agresiva y a requisitos estrictos en el mercado de la UE; opina que una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo contribuiría a diversificar las exportaciones de Moldavia y a hacer la economía del país más competitiva, y que permitiría a Moldavia atraer inversiones extranjeras para poner fin a su dependencia de las remesas y llevar a cabo una transición a una economía de mercado con exportaciones competitivas;
67. Subraya la importancia de seguir ajustando la infraestructura y los sistemas de reglamentación técnica, normalización, evaluación de la conformidad, realización de pruebas, vigilancia del mercado y metrología de Moldavia a la UE;
68. Señala que todavía es necesario realizar progresos notables en el ámbito de los servicios y la protección de las inversiones;
69. Insta a las autoridades de la UE a que se impliquen en mayor medida a la hora de buscar una solución pacífica al problema de la reintegración territorial de Moldavia;
Ucrania
70. Acoge con agrado la creación de la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo entre la UE y Ucrania, como el primer acuerdo de libre comercio celebrado entre la UE y un socio oriental; considera que no cabe duda de que este acuerdo pionero y la experiencia adquirida durante su negociación servirán de ejemplo útil en futuras negociaciones sobre las zonas de libre comercio de carácter amplio y profundo;
71. Señala que Ucrania es el mayor socio oriental de la UE, y que la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo abre un nuevo mercado de 46 millones de consumidores para la UE; considera que, para la UE, los mayores beneficios de la aplicación de la zona de libre comercio de carácter amplio y profundo se derivarán de un régimen de comercio e inversión más estable y previsible en Ucrania;
72. Acoge con satisfacción los esfuerzos de las autoridades ucranianas por superar las desigualdades sociales y geográficas, en particular entre la capital y las regiones;
73. Lamenta el retraso sufrido en la firma del Acuerdo de Asociación, que constituye la condición necesaria para la entrada en vigor de la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo; expresa su esperanza de que los obstáculos a la firma se superen pronto;
74. Toma nota de que la Comisión ha excluido la posibilidad de aplicar la zona de libre comercio de carácter amplio y profundo con carácter provisional antes de la celebración del Acuerdo de Asociación y de que el Parlamento Europeo emita su dictamen favorable; señala que la aplicación del Acuerdo de Asociación y la creación de la zona de libre comercio de carácter amplio y profundo generará reformas estructurales y políticas y expresa su deseo, por lo tanto, de que las dos medidas se apliquen en breve plazo;
75. Reconoce que, por lo que respecta a la integración en las estructuras europeas, Ucrania ha avanzado en cierta medida y ha empezado a adaptar paulatinamente su sistema jurídico a la UE y a las normas internacionales, y también ha realizado grandes progresos en la adopción de las normas y reglas de la OCDE; toma nota, no obstante, de que, en lo que al clima empresarial en Ucrania se refiere, este país sigue ocupando el puesto 152 en la clasificación elaborada por la publicación «Doing Business» del Banco Mundial, y que se registra un empeoramiento en relación con los problemas relativos a los intercambios comerciales de carácter transfronterizo;
76. Hace hincapié en que la correcta ejecución de la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo dependerá en gran medida de la voluntad política y de la capacidad administrativa de aplicar todas sus disposiciones de manera correcta y puntual; considera que esto supone un reto considerable para Ucrania, que posee un historial de reforma de su economía y de su Estado que no es del todo satisfactorio y que sigue teniendo problemas para cumplir todos sus compromisos en el marco del proceso de adhesión a la OMC, así como sus compromisos frente al Banco Mundial y al Fondo Monetario Internacional;
77. Reitera que las reformas fundamentales económicas, políticas e institucionales, incluida una amplia participación permanente de las organizaciones y redes de la sociedad civil, deben agilizarse y realizarse de modo más coherente y exhaustivo a fin de garantizar una ejecución adecuada de la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo y los beneficios derivados de la misma; pide, en particular, la continuación de las reformas económicas en los sectores de la agricultura, la energía y el transporte;
78. Muestra su preocupación por los indicios negativos en relación con el clima empresarial y de inversión de Ucrania, que se deriva de diversas deficiencias institucionales y sistémicas como las barreras al acceso al mercado, los permisos administrativos, el excesivo número de inspecciones administrativas, la falta de transparencia en los sistemas fiscales y aduaneros y su mala administración, la inestabilidad y la falta de transparencia del sistema jurídico y su mal funcionamiento, una administración pública y un poder judicial débiles y corruptos, una ejecución deficiente de los contratos y una protección insuficiente de los derechos de propiedad, el subdesarrollo y la monopolización de las infraestructuras; insta al Gobierno de Ucrania a que acelere el proceso de reforma a fin de eliminar los obstáculos anteriores a un comercio y una actividad empresarial libres y justos;
79. Pide al Gobierno de Ucrania que aborde con mayor eficacia la preocupación del sector empresarial en relación con el acceso al crédito y a las tierras, las hipotecas, los créditos preferenciales para el desarrollo de las pequeñas empresas agrícolas, la simplificación y el aumento de la transparencia del sistema de recaudación fiscal, la devolución del impuesto sobre el valor añadido a los exportadores, el despacho de aduanas y los procedimientos de aprobación de las importaciones, la promoción del sector de las PYME, la mejora de la aplicación de la legislación en el ámbito de la protección de activos materiales y la propiedad intelectual, puesto que todos estos factores tienen un efecto inmediato y directo en la cantidad y la calidad de las relaciones comerciales con la UE y su flujo de inversión extranjera directa en Ucrania;
80. Insta a Ucrania a que adapte su legislación interna para favorecer un tránsito libre y sin interrupciones del gas a los Estados miembros de la UE; señala que este proceso debería incluir la reestructuración del sector del gas y el establecimiento de una regulación justa de las infraestructuras energéticas con vistas a poner en igualdad de condiciones a los proveedores extranjeros, los clientes extranjeros y la demanda local de energía; pide una mayor cooperación entre la UE y Ucrania en el sector energético para integrar el sector energético ucraniano en la esfera energética europea y para iniciar una modernización conjunta y proyectos de desarrollo en el ámbito de la infraestructura energética; pide al Gobierno que aplique el tercer paquete energético;
81. Expresa su esperanza de que Ucrania encuentre suficiente voluntad política y coraje para crear las condiciones políticas y normativas necesarias para aplicar plena y puntualmente la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo, que beneficiaría en gran medida a su población;
82. Insta a las autoridades comunitarias a prestar más apoyo a la mejora del funcionamiento de las estructuras administrativas de Ucrania y a la promoción de las normas de la UE en el ámbito de la gobernanza;
*
* *
83. Insta al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior a que tengan debidamente en cuenta las consideraciones y recomendaciones anteriores en la negociación y la ejecución de las secciones comerciales de los Acuerdos de Asociación con Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Moldavia y Ucrania, así como en el desarrollo de las relaciones comerciales de la UE con Belarús;
84. Pide a la Comisión que informe periódicamente y de forma plena al Parlamento Europeo sobre el progreso de las negociaciones, y después de su entrada en vigor, sobre el progreso en la aplicación de cada zona de libre comercio de alcance amplio y profunda;
85. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al SEAE y a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y de los países pertenecientes a la Asociación Oriental.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
30.5.2012 |
|
|
|
|
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
23 3 0 |
|||
Miembros presentes en la votación final |
William (The Earl of) Dartmouth, Laima Liucija Andrikienė, Maria Badia i Cutchet, Daniel Caspary, María Auxiliadora Correa Zamora, Christofer Fjellner, Yannick Jadot, Metin Kazak, Franziska Keller, Vital Moreira, Niccolò Rinaldi, Helmut Scholz, Robert Sturdy, Gianluca Susta, Iuliu Winkler, Jan Zahradil, Paweł Zalewski |
||||
Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Josefa Andrés Barea, George Sabin Cutaş, Silvana Koch-Mehrin, Elisabeth Köstinger, Emma McClarkin, Miloslav Ransdorf, Tokia Saïfi, Jarosław Leszek Wałęsa, Pablo Zalba Bidegain |
||||
Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Zuzana Roithová |
||||