INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014‑2020
11.12.2012 - (COM(2011)0884 – C7‑0000/2011 – 2011/0436(APP)) - ***I
Comisión de Cultura y Educación
Ponente: Hannu Takkula
- PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- OPINIÓN MINORITARIA
- OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS SOBRE EL FUNDAMENTO JURÍDICO
- OPINIÓN de la Comisión de Presupuestos
- OPINIÓN de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
- OPINIÓN de la Comisión de Asuntos Constitucionales
- RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020
(COM(2011)0884 – C7‑0000/2011 – 2011/0436(APP))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión (COM(2011)0884),
– Visto el artículo 352 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme al cual la Comisión le ha presentado su propuesta (C7‑0000/2011),
– Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos, de 28 de marzo de 2012, sobre el fundamento jurídico propuesto,
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 11 de julio de 2012[1],
– Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 18 de julio de 2012[2],
– Vistos los artículos 55 y 37 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A7-0424/2012),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Señala que la dotación financiera establecida en la propuesta legislativa solo constituye una indicación a la autoridad legislativa y no se puede fijar hasta que se llegue a un acuerdo sobre la propuesta de Reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2014-2020;
3. Recuerda su Resolución, de 8 de junio de 2011, sobre invertir en el futuro: un nuevo marco financiero plurianual para una Europa competitiva, sostenible e integradora[3]; reitera que se necesitan suficientes recursos adicionales en el próximo marco financiero plurianual (MFP) para que la Unión pueda realizar sus prioridades políticas actuales y las nuevas tareas previstas en el Tratado de Lisboa, así como responder a acontecimientos imprevistos; emplaza al Consejo, en caso de que no comparta este planteamiento, a que indique claramente de cuáles de sus prioridades o proyectos políticos podría prescindir totalmente a pesar de su acreditado valor añadido europeo; señala que, incluso con un incremento del nivel de recursos para el próximo MFP de un 5 % como mínimo con respecto al nivel de 2013, solo se podrá prestar una contribución limitada al logro de los objetivos y compromisos acordados por la Unión y al principio de solidaridad de la Unión;
4. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;
5. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Enmienda 1 Propuesta de Reglamento Visto 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 352, |
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 167 y 352, |
Enmienda 2 Propuesta de Reglamento Título | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 |
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 |
Enmienda 3 Propuesta de Reglamento Visto 4 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Visto el dictamen del Parlamento Europeo, |
suprimido |
Enmienda 4 Propuesta de Reglamento Visto 5 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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De conformidad con un procedimiento legislativo especial, |
De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario y el requisito de unanimidad en el Consejo que exige el artículo 352, apartado 1, primera frase, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
Enmienda 5 Propuesta de Reglamento Considerando 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(1) En consonancia con el artículo 11 del Tratado de la Unión Europea, las instituciones de la Unión deben dar a los ciudadanos y asociaciones representativas la oportunidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión, así como mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil. |
(1) En consonancia con los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea, todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión y las instituciones de la Unión deben dar a los ciudadanos y asociaciones representativas la oportunidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión, así como mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil. |
Enmienda 6 Propuesta de Reglamento Considerando 1 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(1 bis) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha precisado que es posible recurrir a un fundamento jurídico doble «excepcionalmente» cuando una medida «persigue al mismo tiempo varios objetivos, o tiene varios componentes, vinculados entre sí de modo indisociable, sin que uno de ellos sea secundario e indirecto en relación con el otro»1, lo que es claramente el caso del programa establecido por el presente Reglamento, en el que los dos objetivos principales, esto es, sensibilizar sobre la memoria histórica y estimular la participación ciudadana, deben colocarse en pie de igualdad. |
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1 Véase la sentencia de 8 de septiembre de 2009, Comisión/Parlamento y Consejo (C-411/06, Rec. 2009, p. I-7585), apartado 45, y la sentencia de 3 de septiembre de 2009, Parlamento/Consejo (C-166/07, Rec. 2009, p. I-7135), apartado 42, así como la jurisprudencia citada en las mismas. |
Enmienda 7 Propuesta de Reglamento Considerando 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(2 bis) Facilitar la participación de los ciudadanos en la vida democrática de la Unión requiere una serie de acciones conjuntas de la Unión en favor de las libertades fundamentales, los derechos humanos y la democracia, la diversidad cultural, la tolerancia y la solidaridad, de conformidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH). |
Enmienda 8 Propuesta de Reglamento Considerando 3 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(3) Si bien objetivamente hay un claro valor añadido en el hecho de ser un ciudadano de la Unión con derechos establecidos, la Unión no siempre pone de relieve de manera eficaz el nexo entre la solución de una amplia gama de problemas económicos y sociales y las políticas de la Unión. Por eso, los impresionantes logros que suponen la paz y la estabilidad de Europa, el desarrollo sostenible y prolongado, la estabilidad de los precios, la eficaz protección de los consumidores y el medio ambiente y la promoción de los derechos fundamentales no siempre han dado lugar a un fuerte sentimiento de pertenencia de los ciudadanos a la Unión. |
(3) Si bien objetivamente hay un claro valor añadido en el hecho de ser un ciudadano de la Unión con derechos establecidos, la Unión no siempre pone de relieve de manera eficaz el nexo entre la solución de una amplia gama de problemas económicos y sociales y las políticas de la Unión. Implicando plenamente a sus ciudadanos en la elaboración de sus políticas, la Unión reforzará el sentimiento de pertenencia, especialmente necesario en periodos de crisis social y económica, cuando los logros de la Unión en materia de paz y estabilidad y protección de los consumidores y medio ambiente, así como de promoción de los derechos y libertades fundamentales, tienden a olvidarse. |
Enmienda 9 Propuesta de Reglamento Considerando 4 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(4) Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados a través de actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece una oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en el desarrollo de la legislación de la UE. |
(4) Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana, fomentando al mismo tiempo un sentimiento de ciudadanía común gracias a un mejor conocimiento mutuo, se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados. Deben emprenderse acciones a escala nacional, regional y local que impliquen a los ciudadanos en actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece una oportunidad para que los ciudadanos puedan participar directamente en el desarrollo de la legislación de la UE y para promover en la opinión pública un diálogo más amplio sobre cuestiones relativas a la Unión. |
Enmienda 10 Propuesta de Reglamento Considerando 4 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(4 bis) El programa también deberá tener en cuenta, a fin de mejorar la participación de los ciudadanos europeos en los asuntos de la Unión, la Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de junio de 2012, sobre las consultas públicas y su disponibilidad en todas las lenguas de la Unión Europea, cuyo apartado 2 insta a la Comisión a que garantice que se aplicará y respetará plenamente el derecho de todos los ciudadanos de la UE a dirigirse a las instituciones de la UE en cualquier lengua oficial de la Unión, asegurando que las consultas públicas estén disponibles en todas las lenguas oficiales de la UE, que todas las consultas reciban el mismo trato y que no exista discriminación lingüística de las consultas. |
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1 Textos Aprobados, P7_TA(2012)0256. |
Enmienda 11 Propuesta de Reglamento Considerando 5 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(5) La Decisión nº 1904/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2007-2013 a fin de promover la ciudadanía europea activa, estableció un programa de acción que confirmó la necesidad de promover un diálogo constante con las organizaciones de la sociedad civil y los municipios y de apoyar la participación activa de los ciudadanos. |
(5) La Decisión nº 1904/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2007-2013 a fin de promover la ciudadanía europea activa, estableció un programa de acción que confirmó la necesidad de promover un diálogo constante con las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades públicas a todos los niveles territoriales y de apoyar la participación activa de los ciudadanos, especialmente de los jóvenes. |
Enmienda 12 Propuesta de Reglamento Considerando 6 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(6) El informe de evaluación intermedia, una consulta pública en línea y dos reuniones consecutivas de consulta con los actores principales confirmaron que tanto las organizaciones de la sociedad civil como los ciudadanos particulares consideran que un nuevo programa es oportuno, y que debe establecerse con objeto de lograr un impacto a nivel organizativo, con el refuerzo de las capacidades, y personal, con un aumento del interés por los asuntos de la Unión. |
(6) El informe de evaluación intermedia, una consulta pública en línea y dos reuniones consecutivas de consulta con los actores principales confirmaron que tanto las organizaciones de la sociedad civil como los ciudadanos particulares consideran que un nuevo programa es oportuno, y que debe establecerse con objeto de lograr un impacto a nivel organizativo, mejorando el conocimiento que los ciudadanos tienen de los asuntos de la Unión y reforzando su interés y participación activa en los mismos. |
Enmienda 13 Propuesta de Reglamento Considerando 7 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(7) En cuanto a los temas de los proyectos, su integración en el contexto local y regional y la composición de las partes interesadas, deben hacerse importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación y la política regional. |
(7) En cuanto a los temas de los proyectos y su integración en el contexto local y regional, así como a la composición de las partes interesadas, deben hacerse importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la juventud, el sector del voluntariado y la cultura, el deporte, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación, así como la solidaridad intergeneracional y la política regional. |
Enmienda 14 Propuesta de Reglamento Considerando 7 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(7 bis) Esas sinergias también pueden lograrse utilizando los presupuestos administrativos pertinentes de las distintas direcciones generales de la Comisión para garantizar la participación del público, el diálogo y las asociaciones con miras a la aplicación de los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea. |
Enmienda 15 Propuesta de Reglamento Considerando 8 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(8) El nuevo programa debe cubrir un amplio espectro de acciones diferentes e incluir, entre otras medidas, reuniones de ciudadanos, contactos y debates sobre cuestiones de ciudadanía, actos a escala de la Unión, iniciativas para reflexionar sobre los hitos de la historia europea, iniciativas para aumentar la sensibilización sobre las instituciones de la Unión y su funcionamiento y debates sobre cuestiones de política europea, con vistas a dar vitalidad a todos los aspectos de la vida pública. |
(8) El nuevo programa debe cubrir un amplio espectro de acciones diferentes que incluyan, entre otras, reuniones de ciudadanos, contactos y debates sobre cuestiones de ciudadanía, actos a escala de la Unión, iniciativas para dar a conocer y reflexionar sobre los hitos de la historia europea, iniciativas —tales como visitas a las instituciones europeas o a la Casa de la Historia Europea— que permitan a los ciudadanos europeos, especialmente a los jóvenes, conocer tanto la historia de la Unión como el funcionamiento de sus instituciones, y debates sobre cuestiones de política europea, como sobre el futuro de Europa o sobre asuntos que, de acuerdo con el sentir de los propios ciudadanos, sean de su máximo interés, con vistas a dar vitalidad a todos los aspectos de la vida pública. |
Enmienda 16 Propuesta de Reglamento Considerando 8 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(8 bis) La Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de abril de 2009, sobre la conciencia europea y el totalitarismo1 y las conclusiones del Consejo de los días 9 y 10 de junio de 2011 sobre la memoria de los crímenes cometidos por los regímenes totalitarios en Europa subrayan la importancia de mantener viva la memoria del pasado como medio de superarlo y construir el futuro y destacan el valioso papel de la Unión a la hora de facilitar, compartir y fomentar la memoria colectiva de esos crímenes. Deben tenerse en cuenta, por lo tanto, los aspectos históricos, culturales e interculturales así como los vínculos existentes entre la memoria histórica y la identidad europea. |
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1 DO C 137 E de 27.5.2010, p. 25. |
Enmienda 17 Propuesta de Reglamento Considerando 8 ter (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(8 ter) Es deseable y conveniente realizar un reparto equilibrado de los recursos financieros entre los dos capítulos del programa, sabiendo que trabajar sobre el legado común de los europeos y compartir la memoria colectiva de los sufrimientos y de los éxitos puede contribuir a la génesis de una cultura cívica europea tanto como las acciones directamente destinadas a estimular la participación ciudadana. |
Enmienda 18 Propuesta de Reglamento Considerando 9 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(9) El programa debe incluir una dimensión horizontal que asegure la valorización y la transferibilidad de los resultados para reforzar el impacto y la sostenibilidad a largo plazo. Con esta finalidad, las actividades emprendidas deben tener un vínculo claro con la agenda política europea, y deben ser comunicadas debidamente. |
(9) El programa debe incluir una dimensión horizontal que asegure la valorización y la transferibilidad de los resultados para reforzar el impacto y la sostenibilidad a largo plazo, por ejemplo mediante la creación de redes y plataformas para intercambiar información o compartir conocimientos y buenas prácticas, incluidos métodos específicos como un mayor uso de las tecnologías de la información, las bases de datos y los medios sociales. |
Enmienda 19 Propuesta de Reglamento Considerando 10 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión Europea. |
(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración y una participación equilibradas de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades, teniendo en cuenta la diversidad cultural, lingüística y geográfica de la Unión y la necesidad de incluir a los grupos a los que resulta difícil acceder. Debe concederse acceso al programa a proyectos de tamaño pequeño y mediano, en particular, sin limitarlo únicamente a grandes proyectos, a fin de garantizar que el programa ofrece una mayor flexibilidad y una mejor accesibilidad a los ciudadanos de la Unión. Debe prestarse una atención particular a la simplificación de los procedimientos administrativos y financieros. |
Justificación | |
La presente enmienda aspira a mejorar la accesibilidad y aumentar la flexibilidad que el programa ofrece a los ciudadanos europeos y a los grupos de ciudadanos, así como a simplificar la carga administrativa. | |
Enmienda 20 Propuesta de Reglamento Considerando 10 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(10 bis) Debe reconocerse y fomentarse la participación de las personas físicas de los países o territorios de ultramar de los Estados miembros que posean la ciudadanía europea, así como la de las organizaciones e instituciones públicas o privadas de dichos países o territorios, con objeto de fortalecer el vínculo con la Unión y difundir de la mejor manera posible sus valores en estos territorios que actúan como testigos de la Unión en el mundo. |
Justificación | |
Los nacionales de los países o territorios de ultramar, como ciudadanos europeos que son, deben poder participar en este programa. La nueva Decisión de Asociación Ultramar establece que los países o territorios de ultramar pueden participar en todos los programas europeos. | |
Enmienda 21 Propuesta de Reglamento Considerando 11 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(11 bis) El establecimiento de una democracia sólida y sostenible y el desarrollo de una sociedad civil pujante son objetivos comunes al programa establecido por el presente Reglamento y al Instrumento Europeo de Vecindad (IEV). La Unión ofrece a los países cubiertos por el IEV una relación privilegiada, basada en un compromiso mutuo con valores y principios compartidos. |
Enmienda 22 Propuesta de Reglamento Considerando 12 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(12) El presente Reglamento establece, para toda su duración, una dotación financiera que constituye, a los efectos del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual. |
(12) El presente Reglamento establece, para toda su duración, una dotación financiera indicativa que constituye, a los efectos del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, la referencia financiera para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual. |
Justificación | |
Adapta el considerando al artículo 12, apartado 1. | |
Enmienda 23 Propuesta de Reglamento Considerando 13 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(13) Los recursos asignados a las actividades de comunicación previstas en el presente Reglamento deben también contribuir a promover la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del Reglamento. |
suprimido |
Enmienda 24 Propuesta de Reglamento Considerando 16 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(16) Ha de darse preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios. |
(16) Debe prestarse especial atención a las subvenciones destinadas a proyectos que, independientemente de su tamaño, tengan un elevado impacto o que den muestras de un gran potencial y, en particular, que estén directamente vinculados a las políticas de la Unión o a cuestiones que los propios ciudadanos consideren de su máximo interés, y que tengan un efecto participativo en la configuración de la agenda política de la Unión, así como a los propuestos en Estados miembros en los que las actividades de la sociedad civil o la participación cívica y política son reducidas. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más de manera que también permita incluir proyectos de pequeña escala y grupos a los que resulta difícil acceder, entre otras cosas mediante el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios, de modo que se tengan mejor en cuenta los costes reales de los proyectos, especialmente por lo que se refiere a los costes específicos derivados de la situación geográfica. |
Enmienda 25 Propuesta de Reglamento Artículo 1 – apartado 2 – parte introductoria | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. En el marco de la meta global de contribuir a que se comprenda mejor la Unión Europea y fomentar la participación ciudadana, el programa contribuirá a la realización del siguiente objetivo general: |
2. En el marco de la meta global de acercar Europa a sus ciudadanos, los objetivos generales del programa son: |
Enmienda 26 Propuesta de Reglamento Artículo 1 – apartado 2 – guion -1 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– contribuir a mejorar la comprensión de la Unión por parte de los ciudadanos y promover su sentimiento de pertenencia a una Europa unida en la diversidad, a través de la memoria histórica, con miras a desarrollar la sensación de compartir una historia común; |
Enmienda 27 Propuesta de Reglamento Artículo 1 – apartado 2 – guion 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– Fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión. |
– fomentar la ciudadanía europea y mejorar las condiciones para la participación ciudadana y democrática, así como para el diálogo intercultural, a nivel de la Unión, a través de una mejor comprensión de las orientaciones, las políticas y las instituciones de la Unión. |
Enmienda 28 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – parte introductoria | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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El programa tendrá los siguientes objetivos específicos, que se perseguirán mediante acciones a nivel transnacional o con una clara dimensión europea: |
El programa tendrá los siguientes objetivos específicos, que se perseguirán mediante acciones a nivel transnacional o con una dimensión europea: |
Enmienda 29 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 1 – párrafo 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1. Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
1. Sensibilizar sobre la memoria histórica, la historia común, el patrimonio cultural y la identidad, y sobre las metas de la Unión de promover la paz, la tolerancia, la comprensión mutua, sus valores, su diversidad cultural y lingüística y el bienestar de sus gentes, estimulando el debate, las acciones, la reflexión y el desarrollo de redes y reuniendo a personas de comunidades locales y asociaciones de toda Europa para compartir e intercambiar experiencias y aprender de la Historia. |
(La formulación de este párrafo también se aplicará a la parte introductoria del objetivo específico 1 de la parte 3 del anexo) | |
Enmienda 30 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 1 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Los progresos se medirán en función del número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la calidad de los proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes. |
suprimido |
Enmienda 31 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 2 – párrafo 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. |
2. Estimular la interacción entre ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil de todos los países participantes, así como la participación democrática y cívica y el diálogo intercultural a nivel de la Unión haciendo que los ciudadanos comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y participen en el mismo y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. |
(La formulación de este párrafo también se aplicará a la parte introductoria del objetivo específico 2 de la parte 3 del anexo) | |
Enmienda 32 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 2 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Los progresos se medirán en función del número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la percepción de la UE y sus instituciones por los beneficiarios, de la calidad de los proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes. |
suprimido |
Enmienda 33 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2 bis. Prestar especial atención a la población romaní y a otras minorías presentes en la Unión, con objeto de facilitar su integración como ciudadanos de la Unión con plenos derechos. |
Enmienda 34 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 1 – párrafo 1 – letra a | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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a) «memoria histórica y ciudadanía europea», |
a) «fomento de la memoria histórica europea y desarrollo de un sentimiento de identidad europea y de pertenencia a la Unión», |
(La formulación de esta letra también se aplicará al título del capítulo 1 de la parte 1 del anexo) | |
Enmienda 35 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 1 – párrafo 1 – letra b | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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b) «compromiso democrático y participación ciudadana». |
b) «fomento de la ciudadanía europea a través del compromiso democrático y la participación ciudadana». |
(La formulación de esta letra también se aplicará al título del capítulo 2 de la parte 1 del anexo) | |
Enmienda 36 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 1 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos (acciones de «valorización»). |
Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos (acciones de «divulgación y multiplicación»). |
Justificación | |
Los resultados de algunos proyectos pueden divulgarse, mientras que otros tienden a la multiplicación (uso frecuente, repetido). | |
Enmienda 37 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. Con el fin de cumplir sus objetivos, el programa financiará, entre otras cosas, los siguientes tipos de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una clara dimensión europea: |
2. Con el fin de cumplir sus objetivos, el programa financiará, entre otras cosas (sin carácter exclusivo), los siguientes tipos de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una dimensión europea: |
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a) actividades de aprendizaje recíproco y cooperación, tales como: |
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– reuniones de ciudadanos, hermanamientos de ciudades; |
– reuniones y mesas redondas de ciudadanos, hermanamientos de ciudades, redes de ciudades hermanas y proyectos conjuntos de las autoridades locales, la sociedad civil y otros agentes locales; |
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– creación y funcionamiento de asociaciones y redes transnacionales; |
– proyectos ejecutados por asociaciones transnacionales con inclusión de los distintos tipos de partes interesadas enumeradas en el artículo 6, cooperación entre diferentes clases de organizaciones, tales como plataformas de cooperación de la sociedad civil, y diálogo entre la sociedad civil y las instituciones de la Unión; |
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– proyectos de memoria histórica con dimensión europea; |
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– intercambios basados, entre otras cosas, en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) o de los medios sociales; |
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– apoyo a organizaciones de interés europeo general; |
b) apoyo estructural a organizaciones tales como: |
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– creación de comunidades y debates sobre aspectos ciudadanos con el apoyo de TIC o de los medios sociales; |
– organizaciones de interés europeo general definidas en el artículo … de las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n° XX/2012 [Reglamento Financiero], como redes europeas y centros educativos europeos con un objetivo de interés europeo; |
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– actos a nivel de la Unión; |
– puntos de contacto de Europa con los Ciudadanos; |
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– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea, en particular con objeto de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo el nazismo y el estalinismo; |
– estructuras de información y asesoramiento sobre el programa en los Estados miembros a nivel nacional, regional o local; |
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– reflexión o debates sobre los valores comunes; |
c) actividades analíticas a escala de la Unión, tales como: |
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– iniciativas para sensibilizar sobre las instituciones de la UE y su funcionamiento; |
– estudios específicos centrados en cuestiones relacionadas con los objetivos del programa; |
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– acciones para aprovechar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas; |
d) medidas para dar a conocer el programa, así como actividades de sensibilización y difusión destinadas a aprovechar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas y destacar las buenas prácticas de distintas organizaciones y organismos, tales como: |
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– estudios sobre aspectos de la ciudadanía y de la participación cívica; |
– actos a escala de la Unión, incluidas conferencias, conmemoraciones o ceremonias de entrega de premios; |
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– apoyo a estructuras de información y asesoramiento sobre el programa en los Estados miembros. |
– evaluaciones por homólogos, reuniones de expertos y seminarios; |
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– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea y de la integración europea, con objeto, entre otras cosas, de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo todas las dictaduras de la historia moderna de Europa, como el nazismo, el fascismo y los regímenes comunistas totalitarios, incluido el estalinismo, con el objetivo último de preservar la coexistencia pacífica en Europa; |
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– iniciativas para la participación de las personas de edad en actividades destinadas a mantener viva la memoria de los principales hitos de la historia europea; |
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– conmemoración de acontecimientos históricos de relieve y fomento de su conocimiento; |
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– iniciativas para dar a conocer las instituciones de la Unión y su funcionamiento y proporcionar más información acerca de los derechos y obligaciones derivados de la ciudadanía europea y de los derechos humanos en general; |
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– reflexión o debates sobre los valores comunes; |
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– iniciativas de sensibilización para luchar contra la discriminación y la xenofobia. |
Justificación | |
Las acciones se han reorganizado en función del tipo de actividad. | |
Enmienda 38 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2 bis. Los dos capítulos a que se refiere el apartado 1 se describen en el anexo del presente Reglamento. |
Enmienda 39 Propuesta de Reglamento Artículo 4 – punto 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1. Las subvenciones de la Unión Europea podrán concederse mediante modalidades específicas, como las subvenciones operativas o las subvenciones para acciones específicas. |
1. Las subvenciones de la Unión Europea podrán concederse mediante subvenciones operativas o subvenciones para acciones específicas. |
Enmienda 40 Propuesta de Reglamento Artículo 4 – punto 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. La adquisición de servicios para la organización de actos, la elaboración de estudios e investigaciones, el desarrollo de herramientas de información y difusión y la realización del seguimiento y la evaluación se llevará a cabo mediante contratación pública. |
2. La adquisición de servicios que permitan la puesta en práctica o la organización de actos, la elaboración de estudios e investigaciones, el desarrollo de herramientas de información y difusión y la realización del seguimiento y la evaluación se llevará a cabo mediante contratación pública |
Justificación | |
Dado que la palabra «programa» se usa en esta decisión en referencia al programa «Europa con los Ciudadanos», utilizarla aquí podría causar confusión. También es importe destacar que la contratación pública debe usarse cuando se trate de actos en el marco del programa (formulación directa). | |
Enmienda 41 Propuesta de Reglamento Artículo 5 – parte introductoria | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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El programa estará abierto a la participación de los siguientes países, denominados, en lo sucesivo, «los países participantes»: |
El programa estará abierto a la participación de los siguientes países: |
Enmienda 42 Propuesta de Reglamento Artículo 5 – letra a | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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a) los Estados miembros; |
a) los Estados miembros y sus países y territorios de ultramar enumerados en el anexo II del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; |
Justificación | |
Los nacionales de los países o territorios de ultramar, como ciudadanos europeos que son, deben poder participar en este programa. La nueva Decisión de Asociación Ultramar prevé que los países y territorios de ultramar pueden participar en todos los programas europeos. | |
Enmienda 43 Propuesta de Reglamento Artículo 5 – letra b | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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b) los países adherentes, países candidatos y candidatos potenciales, conforme a los principios generales y a las condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco, decisiones del Consejo de Asociación o acuerdos similares; |
b) los países adherentes, países candidatos y candidatos potenciales, conforme a los principios generales y a las condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco, decisiones del Consejo de Asociación o acuerdos similares; los proyectos o programas que reciban financiación tienen que obedecer y atenerse a los principios y valores de la Unión, tales como las relaciones de buena vecindad, la cooperación, la reconciliación y el respeto mutuo entre las naciones; |
Enmienda 44 Propuesta de Reglamento Artículo 6 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. |
El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la memoria histórica, la ciudadanía y la integración europeas, el diálogo intercultural y el entendimiento mutuo entre los ciudadanos, en particular las autoridades y organizaciones locales y regionales, los comités de hermanamiento, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los centros culturales e históricos, los grupos de ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil (incluidas las asociaciones de voluntarios y de supervivientes), y las organizaciones culturales, juveniles, de enseñanza, de investigación y deportivas. La Comisión velará por una simplificación de los procedimientos administrativos, con objeto de facilitar el acceso al programa. |
Enmienda 45 Propuesta de Reglamento Artículo 7 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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El programa podrá incluir actividades conjuntas, dentro de su ámbito, con organizaciones internacionales pertinentes, como el Consejo de Europa o la Unesco, a partir de contribuciones conjuntas y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero. |
El programa podrá apoyar actividades conjuntas, dentro de su ámbito, con organizaciones internacionales pertinentes, como el Consejo de Europa o la Unesco, a partir de contribuciones conjuntas y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero. |
Enmienda 46 Propuesta de Reglamento Artículo 8 – párrafo -1 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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La Comisión ejecutará el programa de conformidad con el Reglamento Financiero y las disposiciones del anexo del presente Reglamento. |
Enmienda 47 Propuesta de Reglamento Artículo 10 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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La Comisión mantendrá un diálogo regular con los beneficiarios del programa y con las partes interesadas y los expertos pertinentes. |
La Comisión mantendrá un diálogo regular con los beneficiarios del programa y con los socios y los expertos pertinentes. |
Enmienda 48 Propuesta de Reglamento Artículo 11 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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La Comisión garantizará la coherencia y la complementariedad entre el programa y los instrumentos de otros ámbitos de acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional, la cultura, el deporte, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión social, la igualdad entre mujeres y hombres, la lucha contra la discriminación, la investigación y la innovación, la política de ampliación y la acción exterior. |
La Comisión garantizará la coherencia y la complementariedad entre las medidas aplicadas en el programa establecido por el presente Reglamento y los instrumentos de otros ámbitos de acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional, la juventud, el deporte, la cultura y el sector audiovisual, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión social, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad intergeneracional, el voluntariado, la lucha contra la discriminación, la investigación y la innovación, la sociedad de la información, la política de ampliación, la política de vecindad, especialmente en su vertiente transfronteriza, y la acción exterior de la Unión. |
Enmienda 49 Propuesta de Reglamento Artículo 12 – apartado 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1. La dotación financiera para la ejecución del programa ascenderá a 229 millones EUR. |
1. A tenor del punto [17] del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, el importe financiero de referencia para la ejecución del programa ascenderá, como mínimo, a 229 millones EUR. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales. |
Justificación | |
Destaca el papel de la Autoridad Presupuestaria. | |
Enmienda 50 Propuesta de Reglamento Artículo 12 – apartado 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. Los recursos asignados a acciones de comunicación con arreglo al presente Reglamento deben también contribuir a cubrir la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del presente Reglamento. |
suprimido |
Enmienda 51 Propuesta de Reglamento Artículo 12 – apartado 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2 bis. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales disponibles sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento del Consejo por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 y en el Acuerdo Interinstitucional, de XX/201Z, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera. |
Enmienda 52 Propuesta de Reglamento Artículo 13 – apartado 2 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) podrá realizar controles y verificaciones in situ de los operadores económicos afectados directa o indirectamente por dicha financiación de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96, con vistas a establecer cualquier posible fraude, corrupción u otra actividad ilegal que ataña a los intereses financieros de la Unión Europea en relación con un convenio o decisión de subvención o con un contrato relativo a la financiación por la Unión. |
La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) podrá realizar controles y verificaciones in situ de los operadores económicos afectados directa o indirectamente por dicha financiación en el marco del programa de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96, con vistas a establecer cualquier posible fraude, corrupción u otra actividad ilegal que ataña a los intereses financieros de la Unión en relación con un convenio o decisión de subvención o con un contrato relativo a la financiación por la Unión en el marco del programa. |
Enmienda 53 Propuesta de Reglamento Artículo 13 – apartado 2 – párrafo 3 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos primero y segundo, los acuerdos de cooperación con terceros países y con organizaciones internacionales, así como los convenios y decisiones de subvención y los contratos derivados de la aplicación del presente Reglamento, establecerán expresamente la potestad de la Comisión, del Tribunal de Cuentas y de la OLAF de llevar a cabo las auditorías y los controles y verificaciones in situ mencionados. |
Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos primero y segundo, los acuerdos de cooperación con terceros países y con organizaciones internacionales, así como los convenios y decisiones de subvención y los contratos derivados de la aplicación del presente Reglamento, establecerán expresamente la potestad de la Comisión, del Tribunal de Cuentas y de la OLAF de llevar a cabo las auditorías y los controles y verificaciones in situ mencionados en relación con los proyectos cubiertos por el ámbito de aplicación del programa. |
Enmienda 54 Propuesta de Reglamento Artículo 14 – apartado 1 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1 bis. En cuanto a los objetivos específicos mencionados en el artículo 2, los progresos se calibrarán con relación a los indicadores establecidos en el anexo. |
Enmienda 55 Propuesta de Reglamento Artículo 15 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Artículo 15 bis |
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Subvenciones concedidas en 2014 |
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Será posible, para las subvenciones concedidas en 2014, que el periodo de admisibilidad de los gastos dé comienzo el 1 de enero de 2014, siempre que los gastos no precedan la fecha en que se presentó la solicitud de subvención o la fecha en que empiece el ejercicio presupuestario del beneficiario. |
Justificación | |
Esta enmienda garantiza que el programa pueda comenzar el 1 de enero de 2014 pese a posibles retrasos del proceso. | |
Enmienda 56 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – subtítulo general | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Información complementaria sobre el acceso al programa |
Información complementaria sobre las acciones subvencionadas |
Enmienda 57 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 1 – título | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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CAPÍTULO 1: Memoria histórica y ciudadanía europea |
CAPÍTULO 1: Fomento de la memoria histórica europea y desarrollo de un sentimiento de identidad europea y de pertenencia a la Unión |
(La formulación de este título retoma la de la enmienda al artículo 3, apartado 1, párrafo 1, letra a) | |
Enmienda 58 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 1 – párrafo 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Este capítulo se caracteriza por los posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar solicitudes. |
suprimido |
Enmienda 59 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 1 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la diversidad. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros puntos de referencia en la reciente historia europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia y la reconciliación, dirigidas especialmente a la generación más joven. |
Este capítulo prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre la historia y la diversidad cultural y lingüística europeas y sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la igualdad de género. Pueden concederse fondos a iniciativas que fomenten la reflexión y el debate sobre las causas de los regímenes totalitarios y autoritarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo que condujo al Holocausto y a los regímenes comunistas totalitarios, incluido el estalinismo), y rindan homenaje a las víctimas de sus crímenes. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros momentos determinantes en la reciente historia europea, así como hitos importantes de la integración europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia, el entendimiento mutuo a través del diálogo intercultural, la reconciliación y la memoria histórica, así como un sentimiento de pertenencia a la Unión, como medios para superar el pasado y construir el futuro, dirigidas especialmente a la generación más joven y que luchen, al mismo tiempo, contra el racismo y la intolerancia. |
Enmienda 60 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 1 – párrafo 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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A título indicativo, aproximadamente un 25 % del presupuesto total asignado al programa se destinará a este capítulo. |
Enmienda 61 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 2 – título | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
CAPÍTULO 2: Compromiso democrático y participación ciudadana |
CAPÍTULO 2: Fomento de la ciudadanía europea a través del compromiso democrático y la participación ciudadana |
(La formulación de este título retoma la de la enmienda al artículo 3, apartado 1, párrafo 1, letra b) | |
Enmienda 62 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 2 – párrafo 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Este capítulo se caracteriza por los posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar solicitudes. Abarcará actividades de participación ciudadana en sentido amplio, poniendo especial énfasis en la estructuración de métodos para la sostenibilidad a largo plazo. Dará preferencia a las iniciativas y proyectos claramente vinculados con la agenda política europea. |
Este capítulo abarcará actividades de participación ciudadana en sentido amplio, poniendo especial énfasis en la estructuración de métodos que garanticen un efecto duradero de las actividades financiadas. Dará preferencia a las iniciativas y proyectos, especialmente proyectos de pequeña envergadura, de la sociedad civil y de pequeñas y medianas organizaciones que estén vinculados con la agenda política europea, así como a aquellos que impliquen cooperación y creación de redes, el diálogo entre la sociedad civil y las instituciones de la Unión, y métodos centrados en los ciudadanos, así como cuestiones que los propios ciudadanos consideren de máximo interés. También procurará incluir a aquellos grupos a los que resulta difícil acceder. |
Enmienda 63 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 2 – párrafo 2 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
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También puede cubrir proyectos e iniciativas que desarrollen las oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel de la Unión. |
También puede cubrir proyectos e iniciativas que desarrollen las oportunidades para el entendimiento mutuo y la solidaridad y fomenten la democracia participativa, el compromiso social, la creación de redes y el voluntariado. |
Enmienda 64 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 2 – párrafo 3 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Aún queda mucho por hacer para animar a más mujeres a participar en la toma de decisiones políticas y económicas. Los responsables de las decisiones políticas que influyen en la vida de las gentes deben oír mejor la voz de las mujeres y actuar en consecuencia. |
Aún queda mucho por hacer para animar a más jóvenes y mujeres, así como a las minorías culturales, a participar en la actividad democrática y en la toma de decisiones políticas y económicas. Los responsables de las decisiones políticas que influyen en la vida de las gentes deben oír mejor su voz y actuar en consecuencia. |
Enmienda 65 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 2 – párrafo 3 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Habida cuenta de que la plena integración de las minorías es un objetivo permanente de la Unión, se adoptará un enfoque más constructivo para alentar su participación política y cívica. |
Enmienda 66 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 2 – párrafo 3 ter (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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A título indicativo, aproximadamente un 60 % del presupuesto total asignado al programa se destinará a este capítulo. |
Enmienda 67 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 3 – título | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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ACCIONES HORIZONTALES: Valorización |
ACCIONES HORIZONTALES: Divulgación y multiplicación de los resultados |
Justificación | |
Ya que estamos tratando aquí con acciones que son horizontales y en algunos casos parecen bastante abstractas, los nombres que se les da deben explicar lo que son. Además, no solo los resultados deberían difundirse; su impacto y el valor añadido que aportan deben aprovecharse repetidamente y, en algunos casos, en otros sectores. Introducir la palabra 'multiplicación' sugiere esta forma de pensar. Por ejemplo, si la elaboración de una nueva metodología es uno de los resultados de un proyecto, esto puede aprovecharse muchas otras veces en proyectos posteriores. | |
Enmienda 68 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 3 – párrafo 1 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Esta acción tendrá carácter general e irá destinada a ambos capítulos del programa (1 y 2). |
Esta acción tendrá carácter general e irá destinada a ambos capítulos del programa (1 y 2). Se aplicará solo cuando se considere útil, necesaria y proporcionada. |
Enmienda 69 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 3 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Prestará apoyo a iniciativas que potencien la transferibilidad de los resultados, mejoren el rendimiento de las inversiones y ayuden a aprender de la experiencia. La razón de ser de esta acción es una mayor «valorización» y aprovechamiento de los resultados de las iniciativas puestas en marcha, con el fin de reforzar la sostenibilidad a largo plazo. |
Prestará apoyo a los puntos de contacto del programa Europa con los Ciudadanos y a las iniciativas desarrolladas en los países del programa que potencien la transferibilidad de los resultados, mejoren el rendimiento de las inversiones y ayuden a aprender de la experiencia. La razón de ser de esta acción es una mayor «valorización» y aprovechamiento de los resultados de las iniciativas puestas en marcha, con el fin de garantizar que tengan un efecto duradero. |
Enmienda 70 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 3 – párrafo 3 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias entre las partes interesadas a escala local y regional, incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo, el desarrollo de una base de datos sobre las organizaciones o proyectos financiados por el programa. |
Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias y conocimientos entre las partes interesadas, también a escala local y regional, e incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante los medios sociales o la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo, el desarrollo de herramientas de las TIC que faciliten información sobre las organizaciones o proyectos financiados por el programa. |
Enmienda 71 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – sección 3 – párrafo 3 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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A título indicativo, aproximadamente un 5 % del presupuesto total asignado al programa se destinará a este capítulo. |
Enmienda 72 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. |
En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos que, independientemente de su magnitud, tengan un elevado impacto o un gran potencial y, en particular, estén vinculados a las políticas de la Unión o a cuestiones señaladas por los ciudadanos como de interés fundamental, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. |
Enmienda 73 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 3 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
El programa y la mayor parte de las acciones pueden gestionarse de manera centralizada a través de una agencia ejecutiva. |
El programa y la mayor parte de las acciones se gestionarán de manera centralizada a través de una agencia ejecutiva. Al seleccionar los proyectos, dicha agencia ejecutiva debe garantizar, en la medida de lo posible, un equilibrio geográfico en la asignación de los fondos y cerciorarse de que se compensan los gastos reales de la financiación del proyecto. La agencia ejecutiva debe asimismo facilitar información, asesoramiento y formación en la lengua materna del solicitante. |
Justificación | |
El Reglamento determinará el tipo de institución que coordinará el programa. | |
Enmienda 74 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 4 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Todas las acciones se llevarán a cabo con carácter transnacional o presentarán una clara dimensión europea. Fomentarán la movilidad de los ciudadanos y el intercambio de ideas en la Unión Europea. |
Todas las acciones se llevarán a cabo con carácter transnacional o presentarán una dimensión europea. Fomentarán la participación de los ciudadanos y el intercambio de ideas en la Unión. |
Enmienda 75 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 5 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Serán importantes la creación de redes y la concentración en los efectos multiplicadores, incluido el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) más avanzadas y de los medios sociales, elementos que se reflejarán tanto en los tipos de actividades como en la gama de organizaciones participantes. Se fomentará decididamente el desarrollo de interacciones y sinergias entre los diversos tipos de partes interesadas que participen en el programa. |
Serán importantes la creación de redes y la concentración en los efectos multiplicadores, incluido el uso de las TIC más avanzadas y de los medios sociales, en particular con vistas a llegar a la generación más joven, elementos que se reflejarán tanto en los tipos de actividades como en la gama de organizaciones participantes. Se fomentará decididamente el desarrollo de interacciones y sinergias entre los diversos tipos de partes interesadas que participen en el programa, así como la participación de los grupos a los que resulta difícil acceder. |
Enmienda 76 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 8 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
La Comisión también podrá emprender, en su caso, actividades de información, publicación y difusión, garantizando así un amplio conocimiento y una importante repercusión de las actividades apoyadas por el programa. |
La Comisión también emprenderá, en su caso, actividades de información, publicación y difusión, garantizando así un amplio conocimiento y una importante repercusión de las actividades apoyadas por el programa. Así se pondrán de relieve la información suministrada y la publicidad realizada a escala de los Estados miembros en todas las lenguas oficiales de la Unión. |
Justificación | |
Aunque el inglés, el francés y el alemán son las lenguas de trabajo dominantes por lo que respecta a la ejecución de proyectos, el programa se refiere a la ciudadanía europea y, por tanto, debe alentarse la comunicación en las 23 lenguas oficiales (24 a partir de 2013), ya que se trata de uno de los principios fundamentales de la Unión Europea. | |
Enmienda 77 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 9 | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
El presupuesto asignado también abarcará la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión. |
suprimido |
Enmienda 78 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – apartado 9 bis (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
Aproximadamente un 10 % del presupuesto total se destinará a la gestión del programa. |
Enmienda 79 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – parte introductoria | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Los objetivos específicos del artículo 2 describen los resultados que persigue el programa. Los progresos se medirán utilizando indicadores relacionados con el rendimiento, según se indica: |
Los objetivos específicos del artículo 2 describen los resultados que persigue el programa. Los progresos se medirán utilizando indicadores relacionados con el rendimiento, como: |
Enmienda 80 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – parte introductoria | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Objetivo específico 1: Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
Objetivo específico 1: Sensibilizar sobre la memoria histórica, la historia común, el patrimonio cultural y la identidad, y sobre las metas de la Unión de promover la paz, la tolerancia, la comprensión mutua, sus valores, su diversidad cultural y lingüística y el bienestar de sus gentes, estimulando el debate, las acciones, la reflexión y el desarrollo de redes y reuniendo a personas de comunidades locales y asociaciones de toda Europa para compartir e intercambiar experiencias y aprender de la Historia. |
(La parte introductoria de esta sección retoma la formulación de la enmienda al artículo 2, punto 1, párrafo 1) | |
Enmienda 81 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – cuadro | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
Se suprime este cuadro. |
(Véanse las enmiendas 82 a 88) | |
Enmienda 82 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – título (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
Indicadores: |
Enmienda 83 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – guion 1 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de participantes directos; |
Enmienda 84 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – guion 2 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de personas alcanzadas indirectamente por el programa; |
Enmienda 85 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – guion 3 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de Estados miembros y otros países participantes en proyectos; |
Enmienda 86 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – guion 4 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de proyectos; |
Enmienda 87 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – guion 5 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– calidad de las solicitudes de proyectos y medida en que los resultados de los proyectos seleccionados pueden explotarse o transferirse posteriormente; |
Enmienda 88 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 1 – subsección 1 (nueva) – guion 6 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– porcentaje de nuevos solicitantes. |
Enmienda 89 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – parte introductoria | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
Objetivo específico 2: Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. |
Objetivo específico 2: Estimular la interacción entre ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil de todos los países participantes, así como la participación democrática y cívica y el diálogo intercultural a nivel de la Unión haciendo que los ciudadanos comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y participen en el mismo y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. |
(La parte introductoria de esta sección retoma la formulación de la enmienda al artículo 2, punto 2, párrafo 1) | |
Enmienda 90 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – cuadro | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
Se suprime este cuadro. |
(Véanse las enmiendas 91 a 106) | |
Enmienda 91 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – título (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
Indicadores: |
Enmienda 92 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 1 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de participantes directos; |
Enmienda 93 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 2 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de personas alcanzadas indirectamente por el programa; |
Enmienda 94 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 3 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de organizaciones participantes; |
Enmienda 95 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 4 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– número de Estados miembros y otros países participantes en proyectos; |
Enmienda 96 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 5 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
|
|
– percepción de la Unión y sus instituciones por los beneficiarios; |
Enmienda 97 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 6 (nuevo) | |
|
Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– calidad de las solicitudes de proyectos; |
Enmienda 98 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 7 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– porcentaje de nuevos solicitantes; |
Enmienda 99 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 8 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– número de asociaciones transnacionales que incluyen diferentes tipos de partes interesadas; |
Enmienda 100 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 9 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– número de redes de ciudades hermanadas; |
Enmienda 101 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 10 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– número y calidad de las iniciativas de actuación que dan continuidad a las actividades respaldadas por el programa a nivel local o europeo; |
Enmienda 102 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 11 (nuevo) – parte introductoria | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– cobertura geográfica de las actividades: |
Enmienda 103 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 11 (nuevo) – topo 1 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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• correlación entre el porcentaje de proyectos presentados por un Estado miembro como socio principal y el porcentaje de su población respecto de la población total de la Unión; |
Enmienda 104 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 11 (nuevo) – topo 2 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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• correlación entre el porcentaje de proyectos seleccionados por Estado miembro como socio principal y el porcentaje de la población del Estado miembro de que se trate respecto de la población total de la Unión; |
Enmienda 105 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 11 (nuevo) – topo 3 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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• correlación entre el porcentaje de proyectos presentados por un Estado miembro como socio principal o como asociado y el porcentaje de su población respecto de la población total de la Unión; |
Enmienda 106 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – sección 2 – subsección 1 (nueva) – guion 11 (nuevo) – topo 4 (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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• correlación entre el porcentaje de proyectos seleccionados por Estado miembro como socio principal o como asociado y el porcentaje de la población del Estado miembro de que se trate respecto de la población total de la Unión. |
- [1] DO C 299 de 4.10.2012, p. 122.
- [2] DO C 277 de 13.9.2012, p. 43.
- [3] Textos Aprobados, P7_TA(2011)0266.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La propuesta de la Comisión titulada «Europa con los Ciudadanos» (2014-2020), que da continuidad al programa actual (2007-2013) es, a pesar de contar con un propuesto relativamente modesto (previsto en 229 millones de euros), uno de los programas más visibles examinados por la Comisión de Cultura y Educación del Parlamento Europeo. El objetivo del programa es «fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión» y sigue siendo el único programa dedicado exclusivamente a promover estos objetivos a escala europea. El nuevo programa propuesto es similar al programa actual Europa con los Ciudadanos (2007-2013), del que ya fue ponente el autor del presente informe. El presente informe recoge la opinión del ponente sobre el programa propuesto.
La propuesta de la Comisión se basa en la evaluación intermedia del programa actual y afirma que se han tomado en consideración las consultas realizadas a las partes interesadas. Sin embargo, a pesar de las grandes similitudes entre el programa actual y el futuro, la Comisión, de manera un tanto sorprendente y sin facilitar ninguna explicación o justificación, ha introducido un pequeño pero significativo cambio en su propuesta: ha declarado el artículo 352 del TFUE como único fundamento jurídico del programa. El artículo en cuestión prevé un procedimiento legislativo especial, en concreto el procedimiento de aprobación, que deja al Parlamento únicamente la opción de conceder o denegar su aprobación del texto, pero no la de modificarlo. En ese procedimiento, se otorga el papel principal al Consejo de la Unión Europea. Anteriormente, bien es cierto que en el marco del anterior Tratado, el TCE, el programa contaba con un doble fundamento jurídico que respondía a sus diferentes objetivos, entre ellos la participación ciudadana, la diversidad cultural y la memoria histórica, y se había adoptado con arreglo al (ahora denominado) «procedimiento legislativo ordinario».
El ponente, al igual que la Comisión de Cultura y Educación, ha sido renuente a aceptar el fundamento jurídico propuesto, por lo que se decidió solicitar el dictamen del Servicio Jurídico del Parlamento. El dictamen del Servicio Jurídico al respecto, que la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento respaldó seguidamente, concluyó que un fundamento jurídico doble era el adecuado para el programa, ya que los dos objetivos del programa se consideraban iguales en importancia, aunque estaban cubiertos por artículos diferentes del TFUE, a saber, los artículos 167 y 352. El ponente ha realizado varios intentos de acercar posturas sobre la cuestión, pero ni la Comisión ni el Consejo han mostrado voluntad de modificar su parecer al respecto.
Por lo tanto, el presente informe se ha elaborado en un momento en el que el procedimiento se hallaba en punto muerto. El ponente y la comisión han decidido rechazar la propuesta en su forma actual. Pero —lo que es importante—, habida cuenta del éxito del programa actual, su importancia para los ciudadanos europeos y su claro «valor añadido» europeo, el presente informe se ha redactado con miras a dejar claros los puntos de vista del Parlamento sobre la propuesta. El ponente espera que sus recomendaciones y modificaciones, así como las posteriores recomendaciones y modificaciones de los demás diputados, sean tomadas rápidamente en consideración por la Comisión y el Consejo, a fin de que el nuevo programa no se retrase, o lo que sería aún peor, se cancele. El ponente desea subrayar que la propuesta, salvo el fundamento jurídico propuesto, es bastante aceptable en su estado actual, y que el Consejo incluso ha mejorado el texto.
Dado el apretado calendario de trabajo y para garantizar que el nuevo programa no se retrase debido a la acción del Parlamento Europeo, el ponente ha tenido en cuenta el texto del Consejo, publicado el 4 de mayo de 2012. Cabe esperar que se pueda alcanzar un acuerdo (también con la Comisión y el Consejo) sobre el texto definitivo y adoptarlo a principios de 2013, lo que permitirá una transición fluida del actual programa Europa con los Ciudadanos al nuevo programa.
Las principales recomendaciones y modificaciones del ponente en relación con la propuesta se centran en los siguientes aspectos:
a) modificar el fundamento jurídico para reflejar los puntos de vista del Parlamento, esto es, un fundamento jurídico doble: artículos 352 y 167 del TFUE;
b) reforzar la parte del programa dedicada a la memoria histórica, haciendo hincapié en la misma ya en los objetivos generales;
c) subrayar la importancia de las pequeñas iniciativas de base y de enfoque ascendente y de las cuestiones señaladas por los ciudadanos como de interés fundamental para ellos; considerar el potencial futuro de los proyectos de manera equitativa, no solo su elevado impacto a corto plazo;
d) reducir la asignación presupuestaria a las actividades de «comunicación institucional» de la Comisión, de forma que los fondos se gasten donde sea más necesario;
e) velar por que se subraye en la propuesta el papel de las organizaciones deportivas;
f) garantizar, en la medida de lo posible, un equilibrio geográfico en la distribución de los fondos.
Además, el ponente desea llamar la atención sobre el hecho de que el Consejo aún debe debatir el presupuesto previsto en la propuesta de la Comisión. El presupuesto se examinará cuando se haya concluido el marco financiero plurianual. Una vez que esto haya tenido lugar, el ponente desearía que la Comisión de Cultura y Educación y el Parlamento Europeo en su conjunto abogasen por un aumento de la dotación financiera. Actualmente, las cifras presupuestadas ni siquiera igualan la dotación financiera del programa Europa con los Ciudadanos actual, si se tiene en cuenta la inflación.
OPINIÓN MINORITARIA
presentada de conformidad con el artículo 52, apartado 3, del Reglamento
Marie-Christine Vergiat, Lothar Bisky, Inês Cristina Zuber
en nombre del Grupo GUE/NGL
En la actualidad, el programa Europa con los Ciudadanos (2007-2013) financia un importante número de proyectos de ONG y de hermanamientos.
Sin embargo, el Consejo, con el apoyo de la mayoría de los diputados que forman parte de la Comisión de Cultura y Educación, ha transformado en profundidad la propuesta inicial de la Comisión.
Tras la votación en comisión, un 25 % de este programa (frente a un 4 % anteriormente) podría dedicarse a la «memoria histórica europea», término ambiguo que va más allá del necesario «deber de memoria» en relación con las víctimas de los regímenes totalitarios.
No podemos aceptar que se transmita a las nuevas generaciones la mentira histórica que pretende equiparar a los comunistas con los nazis ni las tentativas de olvido tanto de las dictaduras fascistas que se establecieron en el sur de Europa como del pasado colonial.
Supone insultar la memoria de todos los comunistas y otros demócratas que combatieron estos regímenes y lo pagaron con sus vidas.
Supone elegir una visión truncada de la Historia.
Hemos votado en contra de este informe porque defendemos:
– la diversidad y el respeto de las diferentes culturas y pueblos que componen Europa;
– la separación entre la política y la labor de historiadores e investigadores;
– los principios democráticos que incluyen el debate y la posibilidad de adoptar una visión crítica de la Unión Europea, de su construcción y de su historia.
OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS SOBRE EL FUNDAMENTO JURÍDICO
Sra. D.ª Doris Pack
Presidenta
Comisión de Cultura y Educación
BRUSELAS
Asunto: Opinión sobre el fundamento jurídico de la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 (COM(2011)0884 – 2011/0436(APP))
Señora Presidenta:
Mediante carta de 5 de marzo de 2012, usted solicitó a la Comisión de Asuntos Jurídicos que, de conformidad con el artículo 37 del Reglamento, emitiese una opinión sobre la procedencia del fundamento jurídico elegido por la Comisión para la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020. La Comisión presentó la propuesta de referencia el 14 de diciembre de 2011, proponiendo como base jurídica el artículo 352 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En su carta, usted cuestionaba dicha elección, en particular, refiriéndose al hecho de que el actual (2007-2013) programa Europa con los Ciudadanos se basa en un fundamento jurídico doble, los antiguos artículos 151 y 308 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (actualmente, los artículos 167 y 352 del TFUE), y se adoptó con arreglo al procedimiento de codecisión.
Antecedentes
I. La propuesta
La Comisión propone un programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 que se basa en el programa existente. En relación con el objetivo general de la propuesta, el artículo 1, apartado 2, dispone lo siguiente: «En el marco de la meta global de contribuir a que se comprenda mejor la Unión Europea y fomentar la participación ciudadana, el programa contribuirá a la realización del siguiente objetivo general: Fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión». El artículo 2 es más específico, por cuanto contempla que el programa tendrá como objetivos los siguientes: «Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes» (artículo 2, apartado 2, de la propuesta). Como se afirma en la exposición de motivos de la propuesta, el fin perseguido es «movilizar a los ciudadanos a nivel local para que aborden cuestiones concretas de interés europeo»[1]. Asimismo, se afirma que: «Al hacerlo, los ciudadanos serán más conscientes del impacto de las políticas de la Unión en su vida cotidiana».
En los artículos 3, 4, 5 y siguientes, la propuesta determina y define cómo se lograrán dichos objetivos: medidas, estructura del programa, participación, cooperación con organizaciones internacionales, ejecución del programa, etc.
II. Los fundamentos jurídicos en cuestión
1. Base jurídica de la propuesta
La propuesta se basa en el artículo 352 del TFUE, que reza de la siguiente manera:
«Artículo 352
Cuando se considere necesaria una acción de la Unión en el ámbito de las políticas definidas en los Tratados para alcanzar uno de los objetivos fijados por éstos, sin que se hayan previsto en ellos los poderes de actuación necesarios a tal efecto, el Consejo adoptará las disposiciones adecuadas por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo. Cuando el Consejo adopte dichas disposiciones con arreglo a un procedimiento legislativo especial, se pronunciará también por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo».
2. Propuesta de modificación del fundamento jurídico
En su solicitud de opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre el fundamento jurídico, usted menciona la posibilidad de añadir el artículo 167 del TFUE, que contempla lo siguiente:
«Artículo 167
1. La Unión contribuirá al florecimiento de las culturas de los Estados miembros, dentro del respeto de su diversidad nacional y regional, poniendo de relieve al mismo tiempo el patrimonio cultural común.
2. La acción de la Unión favorecerá la cooperación entre Estados miembros y, si fuere necesario, apoyará y completará la acción de éstos en los siguientes ámbitos:
– la mejora del conocimiento y la difusión de la cultura y la historia de los pueblos europeos,
– la conservación y protección del patrimonio cultural de importancia europea,
– los intercambios culturales no comerciales,
– la creación artística y literaria, incluido el sector audiovisual.
3. [...]
4. [...]
5. Para contribuir a la consecución de los objetivos del presente artículo:
– el Parlamento Europeo y el Consejo, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario y previa consulta al Comité de las Regiones, adoptarán medidas de fomento, con exclusión de toda armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros, [...]»
III. Análisis
1. Principios establecidos por el Tribunal
Como ha señalado el Tribunal de Justicia, la elección de la base jurídica reviste una «importancia de naturaleza constitucional»[2] debido al principio de «atribución de competencias» que gobierna la Unión. El Tribunal de Justicia ha afirmado que, como norma general, los actos deben fundarse en una sola base jurídica. Los actos que persigan un doble objetivo, dos objetivos o dos componentes, deben fundarse en una sola base jurídica, determinada por el componente preponderante del acto[3]. Puede utilizarse una base jurídica doble «con carácter excepcional, si […] el acto de que se trata persigue al mismo tiempo varios objetivos, o tiene varios componentes, vinculados entre sí de modo indisociable, sin que uno de ellos sea secundario e indirecto en relación con el otro»[4].
Asimismo, el Tribunal ha establecido los distintos criterios que determinan la elección de la base jurídica en un caso concreto. Dichos criterios se han repetido en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, y pueden resumirse como sigue:
– la elección no es subjetiva; debe «basarse en elementos objetivos susceptibles de control jurisdiccional»[5];
– entre tales elementos deben figurar el objetivo y el contenido del acto[6].
En lo que se refiere al artículo 352 del TFUE como fundamento jurídico, el Tribunal ha dictaminado que sólo está justificado recurrir al artículo 352 como base jurídica de un acto, cuando ninguna otra disposición del Tratado confiere a la Unión la competencia necesaria para adoptarlo[7]. El fundamento jurídico específico que podría resultar pertinente en este caso es el artículo 167 del TFUE.
2. Objetivos de la propuesta
La propuesta divide los objetivos en dos capítulos: «memoria histórica y ciudadanía europea» y «compromiso democrático y participación ciudadana» (artículo 3, apartado 1). Ambos capítulos tienen la misma importancia, sin que ninguno esté subordinado al otro.
a) «Memoria histórica y ciudadanía europea»
El artículo 167 del TFUE menciona, en su apartado 2, «la mejora del conocimiento y la difusión de la cultura y la historia de los pueblos europeos», El objetivo de la «memoria histórica» en el contexto de la propuesta está relacionado con la historia de la Unión y, por tanto, se rige por el artículo 167 del TFUE. Cabe señalar que el hecho de que la palabra «cultura» no se cite expresamente en la propuesta o en sus objetivos no conduce a un resultado diferente: la aplicación del artículo 167 del TFUE no requiere una referencia explícita a la «cultura», basta con una referencia a la «historia».
b) «Compromiso democrático y participación ciudadana»
El otro objetivo de la propuesta en relación con la «participación ciudadana» está relacionado con la ciudadanía europea. El Tratado no contiene un fundamento jurídico específico para las medidas relacionadas con esta cuestión. En consecuencia, habría que recurrir al artículo 352 del TFUE. Para que dicho artículo constituya la base jurídica apropiada, la acción de que se trate debe ser necesaria para cumplir uno de los objetivos establecidos en los Tratados (véase el texto del artículo 352, apartado 1, del TFUE, mencionado más arriba). El artículo 9 del Tratado de la Unión Europea (TUE) establece la ciudadanía de la Unión Europea, que complementa la ciudadanía nacional[8]. El artículo 11, apartado 1, del TUE prevé: «Las instituciones darán a los ciudadanos y a las asociaciones representativas, por los cauces apropiados, la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión», fomentando así la ciudadanía activa. Este último objetivo sería el que perseguirían las medidas de la propuesta relacionada con la ciudadanía europea, por lo que el artículo 352 parece constituir el fundamento jurídico apropiado para este capítulo.
3. Europa con los Ciudadanos 2007-2013
La comparación con el programa actual (al que usted se refiere también en su solicitud de opinión sobre el fundamento jurídico) confirma este resultado: el programa actual, por un lado, aspira a garantizar la participación de los ciudadanos europeos en el proceso de integración europea y, por otro, a desarrollar una identidad europea entre los ciudadanos europeos basada en una cultura, una historia y valores comunes reconocidos. El aspecto cultural se regula en el artículo 167 del TFUE, mientras que para el elemento de la participación ciudadana, en relación con el cual los Tratados no disponen ningún fundamento jurídico específico, ha habido que recurrir al artículo 352 del TFUE. Por tanto, ambos artículos forman conjuntamente la base jurídica del programa Europa con los Ciudadanos en la versión de 2006.
4. Aspectos de procedimiento
Cabe señalar que, cuando se recurre al artículo 352 del TFUE en conexión con otras disposiciones de los Tratados, han de combinarse los requisitos de procedimiento pertinentes. Aunque, en general, el Tribunal ha dictaminado en relación con las bases jurídicas dobles que es imposible que se den cuando los procedimientos establecidos para cada uno son incompatibles[9], no plantea la cuestión de la compatibilidad en el contexto del artículo 352 del TFUE (dado que el recurso al artículo 352 del TFUE implica necesariamente que no existe otra base jurídica disponible). Al contrario, el Tribunal permite que la exigencia de unanimidad del artículo 352 del TFUE se combine con otros procedimientos, como el legislativo ordinario[10]. Parece que, en el asunto que nos ocupa, se aplicaría el procedimiento legislativo ordinario combinado con unanimidad.
5. Dictamen del Servicio Jurídico
El Servicio Jurídico ha afirmado, tanto en una nota dirigida a su comisión con fecha de 21.2.2012 como en una nota con fecha de 15.3.2012 presentada en relación con la solicitud realizada a la Comisión de Asuntos Jurídicos para que emitiese una opinión sobre el fundamento jurídico, que el fundamento jurídico de la propuesta deben ser los artículos 167 y 352 del TFUE.
IV. Conclusión y recomendación
La Comisión de Asuntos Jurídicos examinó la cuestión mencionada más arriba en la reunión del 27 de marzo de 2012. En dicha reunión decidió, por tanto, por unanimidad[11] recomendar que el fundamento jurídico apropiado para la propuesta de Reglamento por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020 deben ser los artículos 167 y 352 del TFUE.
La saluda muy atentamente,
Klaus-Heiner Lehne
- [1] COM(2011)0884, Exposición de motivos, p. 2.
- [2] Dictamen nº 2/00 de 6 de diciembre de 2001 sobre el Protocolo de Cartagena [2001] Rec. I-9713.
- [3] Asunto C-42/97 Parlamento/Consejo [1999] Rec. I-869, apdos. 39 y 40.
- [4] Asunto C-411/06, Comisión/Parlamento y Consejo [2009] Rec. I-07585, apdo. 47.
- [5] Asunto 45/86, Comisión/Consejo [1987] Rec. 1493, apdo. 11.
- [6] Véase el asunto C-300/89, Comisión/Consejo [1991], Rec. I-2867, apdo. 10; asunto C-411/06, Comisión/Parlamento y Consejo [2009] Rec. I-7585, apdo. 45; y asunto C-166/07, Parlamento/Consejo [2009] Rec. I-7135, apdo. 4.
- [7] Asunto 45/86 Comisión/Consejo [1987] Rec. 1493, apdo. 13; asunto C-436/03, Parlamento/Consejo [2006], Rec. I-3733, apdos. 36 a 46; asunto C-166/07, Parlamento Europeo/Consejo [2009], Rec. I-7135, apdos. 40 a 41.
- [8] «La Unión respetará en todas sus actividades el principio de la igualdad de sus ciudadanos, que se beneficiarán por igual de la atención de sus instituciones, órganos y organismos. Será ciudadano de la Unión toda persona que tenga la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla».
- [9] Asunto C-300/89, Comisión/Consejo («Dióxido de titanio») [1991] Recopilación I-2867, apdos. 17-25.
- [10] Asunto C-166/07, Parlamento Europeo/Consejo, apdo. 69. Véase, por ejemplo, el Reglamento (UE) nº 1232/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2010, relativo a las contribuciones financieras de la Unión Europea al Fondo Internacional para Irlanda (2007-2010) (DO 346, 30.12.2010, p. 1), que, se refiere en sus vistos al «procedimiento legislativo ordinario y [al] requisito de unanimidad en el Consejo que exige el artículo 352, apartado 1, primera frase, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea».
- [11] Estuvieron presentes en la votación final: Klaus-Heiner Lehne (presidente), Evelyn Regner (vicepresidenta), Françoise Castex (vicepresidenta), Sebastian Valentin Bodu (vicepresidente), Marielle Gallo, Giuseppe Gargani, Alajos Mészáros, Tadeusz Zwiefka, Luigi Berlinguer, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Antonio Masip Hidalgo, Bernhard Rapkay, Alexandra Thein, Cecilia Wikström, Christian Engström, Sajjad Karim, Francesco Enrico Speroni, Jiří Maštálka, Piotr Borys, Dagmar Roth-Behrendt, Eva Lichtenberger.
OPINIÓN de la Comisión de Presupuestos (16.11.2012)
para la Comisión de Cultura y Educación
Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020
(COM(2011)0884 – C7–2011/0436(APP))
Ponente de opinión: Barbara Matera
BREVE JUSTIFICACIÓN
Contexto
En su propuesta de marco financiero plurianual (MFP), la Comisión destaca la necesidad de que el programa Europa con los Ciudadanos continúe en el periodo 2007-2013. En la primera etapa de su existencia, el programa ha demostrado la necesidad de mejorar la comprensión que tienen los ciudadanos de la historia y los orígenes de la UE y su sensibilización acerca del proyecto europeo. El Tratado de la Unión Europea da un gran paso adelante para acercar la Unión a sus ciudadanos y estimular un mayor debate transfronterizo sobre asuntos políticos europeos (la Iniciativa Ciudadana recién introducida es simplemente una parte de este proceso). La Comisión propone crear capacidad para la participación ciudadana. El programa partirá del análisis de los puntos fuertes y débiles del programa actual. Aspira a atender a la necesidad de debates más genuinos sobre asuntos relacionados con la Unión a los niveles local, regional y nacional y, a través de una amplia gama de organizaciones, llegar al nutrido grupo de ciudadanos que normalmente no pretende influir ni participar en asuntos de la Unión.
Presupuesto
La propuesta de la Comisión de MFP 2014-2020 prevé una asignación de 229 millones de euros en precios corrientes al programa Europa con los Ciudadanos, frente a los 215 millones de euros del MFP actual. La ponente opina que este importe es el mínimo necesario (en función de la inflación anual) para apoyar objetivos tan importantes como la ciudadanía y la memoria histórica europeas, y que lo ideal sería incrementar el presupuesto en un 5-10 %. La ponente cree que la división de los fondos entre los tres capítulos del programa debe figurar en el texto de la propuesta legislativa. Para garantizar una mayor flexibilidad del programa y su accesibilidad por grupos más reducidos de ciudadanos, deben incluirse las referencias y las salvaguardias adecuadas.
Objetivos
El programa aspira a fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad de participación ciudadana a nivel de la Unión. Más concretamente, el programa tendrá determinados objetivos específicos que se perseguirán a través de acciones a nivel transnacional o con una clara dimensión europea:
· sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes;
· estimular la participación democrática y ciudadana a nivel de la Unión haciendo que los ciudadanos comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión.
ENMIENDAS
La Comisión de Presupuestos pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:
Enmienda 1 Proyecto de Resolución legislativa Apartado 1 bis (nuevo) | |
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Proyecto de Resolución legislativa |
Enmienda |
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1 bis. Señala que la dotación financiera establecida en la propuesta legislativa solo constituye una indicación a la autoridad legislativa y no se puede fijar hasta que se llegue a un acuerdo sobre la propuesta de Reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2014-2020; |
Justificación | |
Los importes de las bases jurídicas temáticas no pueden considerarse definitivos mientras sigan desarrollándose las negociaciones sobre el MFP, de acuerdo con el principio de que «nada está decidido mientras no esté todo decidido». | |
Enmienda 2 Proyecto de Resolución legislativa Apartado 1 ter (nuevo) | |
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Proyecto de Resolución legislativa |
Enmienda |
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1 ter. Recuerda su Resolución, de 8 de junio de 2011, sobre invertir en el futuro: un nuevo marco financiero plurianual para una Europa competitiva, sostenible e integradora1; reitera que se necesitan suficientes recursos adicionales en el próximo marco financiero plurianual (MFP) con el fin de permitir que la Unión realice sus prioridades políticas actuales y las nuevas tareas previstas en el Tratado de Lisboa, así como responder a acontecimientos imprevistos; emplaza al Consejo, en caso de que no comparta este planteamiento, a que indique claramente de cuáles de sus prioridades o proyectos políticos podría prescindir totalmente a pesar de su acreditado valor añadido europeo; señala que, incluso con un incremento del nivel de recursos para el próximo MFP de un 5 % como mínimo con respecto al nivel de 2013, solo se podrá prestar una contribución limitada al logro de los objetivos y compromisos acordados por la Unión y al principio de solidaridad de la Unión; |
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Textos Aprobados P7_TA(2011)0266. |
Justificación | |
Si el Consejo reduce los importes del MFP, el PE le insta a que señale «prioridades negativas», a pesar de su acreditado valor añadido europeo y las nuevas tareas que la Unión debe desempeñar desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. | |
Enmienda 3 Propuesta de Reglamento Considerando 10 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión Europea. |
(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión Europea. En particular, debe concederse acceso al Programa a proyectos de tamaño pequeño y mediano, y no limitarlo a grandes proyectos, a fin de garantizar que el Programa ofrece una mayor flexibilidad y una mejor accesibilidad a los ciudadanos de la Unión. Debe prestarse una atención particular para garantizar la simplificación de los procedimientos administrativos y financieros. |
Justificación | |
La presente enmienda aspira a mejorar la accesibilidad y aumentar la flexibilidad que el Programa ofrece a los ciudadanos europeos y a grupos de ciudadanos, y asimismo a simplificar la carga administrativa. | |
Enmienda 4 Propuesta de Reglamento Considerando 12 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(12) El presente Reglamento establece, para toda su duración, una dotación financiera que constituye, a los efectos del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual. |
(12) El presente Reglamento establece, para toda su duración, una dotación financiera indicativa que constituye, a los efectos del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, la referencia financiera para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual. |
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Justificación | |
Adapta el considerando al artículo 12, apartado 1. | |
Enmienda 5 Propuesta de Reglamento Considerando 16 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(16) Ha de darse preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios. |
(16) Ha de darse preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto, sin perjuicio de la magnitud del proyecto o el volumen del presupuesto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios. |
Justificación | |
La magnitud del proyecto o del beneficiario no deben ser un factor determinante para la concesión de subvenciones, sino que debe serlo el impacto en la promoción de la ciudadanía europea. | |
Enmienda 6 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1. El programa constará de los dos capítulos siguientes: a) «memoria histórica y ciudadanía europea», b) «compromiso democrático y participación ciudadana». Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos (acciones de «valorización»). |
1. El programa constará de los dos capítulos siguientes: a) «memoria histórica y ciudadanía europea», b) «compromiso democrático y participación ciudadana». Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos. |
Justificación | |
El término «valorización» no es comprensible en lenguaje estándar. | |
Enmienda 7 Propuesta de Reglamento Artículo 6 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. |
El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, sin perjuicio de su magnitud pero con particular atención a la generación más joven, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. |
Justificación | |
El Programa no debe limitarse a grandes proyectos o grandes asociaciones. Debe concederse especial atención a los jóvenes. | |
Enmienda 8 Propuesta de Reglamento Artículo 12 – apartado 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1. La dotación financiera para la ejecución del programa ascenderá a 229 millones EUR. |
1. A tenor del apartado [17] del Acuerdo Interinstitucional de […] entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, el importe financiero de referencia para la ejecución del Programa ascenderá a 229 millones EUR. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales. |
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Justificación | |
Destaca el papel de la Autoridad Presupuestaria. | |
Enmienda 9 Propuesta de Reglamento Artículo 12 – párrafo 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2 bis. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales disponibles sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento del Consejo por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 y en el Acuerdo Interinstitucional de XX/201Z entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera. |
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
15.11.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
27 2 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Marta Andreasen, Zuzana Brzobohatá, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazábal Rubial, Salvador Garriga Polledo, Jens Geier, Ivars Godmanis, Lucas Hartong, Jutta Haug, Monika Hohlmeier, Sidonia Elżbieta Jędrzejewska, Anne E. Jensen, Ivailo Kalfin, Jan Kozłowski, Alain Lamassoure, George Lyon, Barbara Matera, Jan Mulder, Juan Andrés Naranjo Escobar, Nadezhda Neynsky, Dominique Riquet, Alda Sousa, Derek Vaughan |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
François Alfonsi, Maria Da Graça Carvalho, Jürgen Klute, Peter Šťastný, Georgios Stavrakakis, Nils Torvalds |
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OPINIÓN de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (12.10.2012)
para la Comisión de Cultura y Educación
sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020
(COM(2011)0884 – C7 – 2011/0436(COD))
Ponente de opinión: Csaba Sógor
ENMIENDAS
La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:
Enmienda 1 Propuesta de Reglamento Considerando 3 bis (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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(3 bis) La construcción europea y el desarrollo de Europa tienen que contribuir de forma importante a superar la crisis y a colocar a Europa en un camino sostenible hacia el crecimiento, aprovechando la experiencia de más de 50 años de esfuerzos conjuntos, de voluntad de cooperación, de colaboración más allá de los pueblos y las naciones, de reparto de cargas y de ayuda de los más avanzados a los menos avanzados. Junto con otros hechos y sentimientos, todos estos factores conforman el espíritu europeo que, más allá de la cooperación económica y social, es el motor fundamental de Europa como comunidad a escala de los ciudadanos y que necesita reforzarse. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
La inclusión de la expresión «espíritu europeo»en el programa «Europa con los Ciudadanos» puede impulsar la planificación y ejecución de proyectos. Si pensamos en ello, los proyectos de hermanamiento de ciudades y las personas que participan en proyectos de asociación representan este espíritu con sus acciones: si no existieran fronteras físicas y compartiésemos el espacio europeo con los demás, la diversidad nacional y cultural no haría más abiertos y podríamos aprovechar los más de 50 años de historia y éxitos de la UE. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 2 Propuesta de Reglamento Considerando 4 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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(4) Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados a través de actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece una oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en el desarrollo de la legislación de la UE. |
(4) Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana, fomentando al mismo tiempo un sentido de ciudadanía común gracias a una mejor comprensión y un mejor conocimiento mutuo, se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados a través de actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece una oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en la elaboración de las políticas y en el desarrollo de la legislación de la UE. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 3 Propuesta de Reglamento Considerando 7 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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(7) En cuanto a los temas de los proyectos, su integración en el contexto local y regional y la composición de las partes interesadas, deben hacerse importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación y la política regional. |
(7) En cuanto a los temas de los proyectos, su integración en el contexto local y regional y la composición de las partes interesadas, deben hacerse importantes sinergias con otros programas de la Unión relativos a ámbitos como el empleo, los asuntos sociales, la educación, la juventud y la cultura, la justicia, la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación, así como la solidaridad intergeneracional y la política regional. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 4 Propuesta de Reglamento Considerando 8 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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(8) El nuevo programa debe cubrir un amplio espectro de acciones diferentes e incluir, entre otras medidas, reuniones de ciudadanos, contactos y debates sobre cuestiones de ciudadanía, actos a escala de la Unión, iniciativas para reflexionar sobre los hitos de la historia europea, iniciativas para aumentar la sensibilización sobre las instituciones de la Unión y su funcionamiento y debates sobre cuestiones de política europea, con vistas a dar vitalidad a todos los aspectos de la vida pública. |
(8) El nuevo programa debe cubrir un amplio espectro de acciones diferentes e incluir, entre otras medidas, reuniones de ciudadanos, contactos y debates sobre cuestiones de ciudadanía, actos a escala de la Unión, iniciativas para reflexionar sobre los hitos de la historia europea y sobre el futuro de Europa y para analizarlos y conmemorarlos, iniciativas para aumentar la sensibilización sobre las instituciones de la Unión y su funcionamiento y debates sobre cuestiones de política europea, con vistas a dar vitalidad a todos los aspectos de la vida pública. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 5 Propuesta de Reglamento Considerando 10 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión Europea. |
(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multicultural y multilingüe de la Unión Europea. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 6 Propuesta de Reglamento Considerando 16 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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(16) Ha de darse preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios. |
(16) Ha de darse preferencia no solo a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto sino también, en particular, a aquellos directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. Además, conforme al principio de buena gestión financiera, la ejecución del programa debe simplificarse aún más con el recurso a una financiación por pagos únicos o tasas uniformes, y la aplicación de tarifas de costes unitarios; además, deben establecerse varios plazos al año para la recepción de las ofertas, debe incrementarse el porcentaje de los costes de los proyectos financiado mediante subvenciones de la Unión y la prefinanciación de proyectos, y deben establecerse plazos más largos y flexibles para la ejecución de los proyectos. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 7 Propuesta de Reglamento Artículo 1 – apartado 2 – guión 1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– Fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión. |
– Fortalecer la memoria histórica y el espíritu europeo así como aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
El concepto de «espíritu» sugiere una especie de puente entre el pasado y el presente. La memoria forma parte de ese espíritu, ya que los acontecimientos negativos del pasado fueron muy importantes a la hora de establecer la Comunidad Europea. El programa debe sugerir que la Comunidad Europea está guiada por un espíritu común, y que es importante para esa Comunidad que el mayor número posible de ciudadanos sientan y profesen ese espíritu, lo que llevaría a una mayor cohesión. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 8 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – apartado 1 – párrafo 1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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1. Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
1. Sensibilizar sobre la memoria histórica, sobre la historia, la identidad y los valores comunes y sobre las metas de la Unión de promover la paz, sus valores, su diversidad cultural y lingüística y el bienestar de sus gentes, estimulando el debate, la reflexión y el desarrollo de redes y reuniendo a las personas para compartir e intercambiar experiencias, aprender de la historia y debatir sobre el futuro de Europa. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 9 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – apartado 1 – punto 2 bis (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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2 bis. Se prestará especial atención a la población romaní y a otras minorías de la UE, con objeto de facilitar su integración como ciudadanos de pleno derecho de la UE. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 10 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 1 – párrafo 1 (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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1) Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
1) Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad, espíritu y los objetivos de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
El concepto de «espíritu» sugiere una especie de puente entre el pasado y el presente. La memoria forma parte de ese espíritu, ya que los acontecimientos negativos del pasado fueron muy importantes a la hora de establecer la Comunidad Europea. El programa debe sugerir que la Comunidad Europea está guiada por un espíritu común, y que es importante para esa Comunidad que el mayor número posible de ciudadanos sientan y profesen ese espíritu, lo que llevaría a una mayor cohesión. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 11 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 1 – párrafo 1 – letra a | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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a) «memoria histórica y ciudadanía europea» |
a) «fomento de la memoria histórica europea y desarrollo de un sentido de identidad y espíritu europeos», | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 12 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 1 – párrafo 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos (acciones de «valorización»). |
Estos dos capítulos se complementarán con acciones horizontales de análisis, difusión y aprovechamiento de los resultados de los proyectos (acciones de «Divulgación y multiplicación»). | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Los resultados de algunos proyectos pueden divulgarse, mientras que otros tienden a la multiplicación (uso frecuente, repetido). | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 13 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – parte introductoria | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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2. Con el fin de cumplir sus objetivos, el programa financiará, entre otras cosas, los siguientes tipos de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una clara dimensión europea: |
2. Con el fin de cumplir sus objetivos, el programa financiará, entre otras cosas, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, los siguientes tipos de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una clara dimensión europea: | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Se dice expresamente que la enumeración no es taxativa. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 14 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– creación y funcionamiento de asociaciones y redes transnacionales; |
– creación y funcionamiento de vínculos y redes de cooperación internacionales y transfronterizos; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 15 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 3 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– apoyo a organizaciones de interés europeo general; |
– apoyo a organizaciones de interés europeo; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 16 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 4 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– creación de comunidades y debates sobre aspectos ciudadanos con el apoyo de TIC o de los medios sociales; |
– debates sobre aspectos ciudadanos como la creación de comunidades con el apoyo de TIC o de los medios sociales; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 17 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 6 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea, en particular con objeto de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo el nazismo y el estalinismo; |
– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea, en particular con objeto de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo los regímenes totalitarios; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 18 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 7 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– reflexión o debates sobre los valores comunes; |
– reflexión o debates sobre los valores europeos comunes, la identidad y el futuro y el espíritu europeo; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
En armonía con los otros artículos relativos a la introducción del término 'espíritu', que es uno de los pilares fundamentales de la construcción europea. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 19 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 8 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– iniciativas para sensibilizar sobre las instituciones de la UE y su funcionamiento; |
– iniciativas para aumentar el conocimiento de las personas sobre las instituciones de la UE y su funcionamiento; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 20 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 9 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– acciones para aprovechar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas; |
– acciones para divulgar, aprovechar y promover la multiplicación de los resultados de las iniciativas respaldadas; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Además de divulgar los resultados, se debe decidir, cuando se planifiquen y ejecuten proyectos, cómo se pueden reutilizar los resultados en el futuro, contribuyendo de este modo a un desarrollo más dinámico. Por ejemplo, el resultado de un proyecto podría ser un estudio, pero lo que podría haber sido una nueva metodología ideada al producirse el estudio puede ser aplicable a muchos otros proyectos. La metodología sería tan importante como el resultado, ya que podría ser utilizada muchas veces. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 21 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 11 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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– apoyo a estructuras de información y asesoramiento sobre el programa en los Estados miembros. |
– publicidad y asesoramiento sobre el programa a escala de los Estados miembros y puesta a disposición de la estructura institucional necesaria para ello; | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
No hay que poner el énfasis en las estructuras institucionales, sino en la publicidad y el asesoramiento, para los que será necesaria la estructura institucional. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 22 Propuesta de Reglamento Artículo 4 – apartado 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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2. La adquisición de servicios para la organización de actos, la elaboración de estudios e investigaciones, el desarrollo de herramientas de información y difusión y la realización del seguimiento y la evaluación se llevará a cabo mediante contratación pública. |
2. La adquisición de servicios que permitan la puesta en práctica directa o la organización de actos, la elaboración de estudios e investigaciones, el desarrollo de herramientas de información y difusión y la realización del seguimiento y la evaluación se llevará a cabo mediante contratación pública | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Dado que la palabra «programa» se usa en esta decisión en referencia al programa «Europa con los ciudadanos», utilizarla aquí podría causar confusión. También es importe destacar que la contratación pública debe usarse cuando los acontecimientos de un programa se encuentren en fase de estudio (palabra «directa»). | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 23 Propuesta de Reglamento Artículo 6 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. |
El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, la memoria común y la identidad y los valores europeos, independientemente del número de miembros o del importe de sus presupuestos, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 24 Propuesta de Reglamento Artículo 10 – párrafo 1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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La Comisión mantendrá un diálogo regular con los beneficiarios del programa y con las partes interesadas y los expertos pertinentes. |
La Comisión mantendrá un diálogo regular, tanto sobre el terreno como en línea, con los beneficiarios del programa y con las partes interesadas y los expertos pertinentes. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
El mecanismo de consulta en línea debe consolidarse y tener una mayor relevancia. Aunque ya existe, debe aparecer con más claridad también en el Reglamento. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 25 Propuesta de Reglamento Apartado 10 – párrafo 1 bis (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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La Comisión tendrá en cuenta las propuestas realizadas durante las consultas al elaborar sus programas de trabajo anuales. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
El Reglamento obligará a la Comisión a mejorar de forma continuada los programas de trabajo anual, incluso mientras estos estén en curso. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 26 Propuesta de Reglamento Artículo 11 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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La Comisión garantizará la coherencia y la complementariedad entre el programa y los instrumentos de otros ámbitos de acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional, la cultura, el deporte, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión social, la igualdad entre mujeres y hombres, la lucha contra la discriminación, la investigación y la innovación, la política de ampliación y la acción exterior. |
La Comisión garantizará la coherencia y la complementariedad entre las medidas aplicadas en el programa y los instrumentos de otros ámbitos de acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional, la cultura, el deporte, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión social, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad intergeneracional, el trabajo voluntario, la lucha contra la discriminación, la investigación y la innovación, la política de ampliación y la acción exterior. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 27 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 1 – capítulo 1 – título | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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1. Memoria histórica y ciudadanía europea |
1. Memoria histórica, ciudadanía y espíritu europeos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Alineación con el apartado 1 del artículo 3. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 28 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 1 – capítulo 1 – párrafo 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la diversidad. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros puntos de referencia en la reciente historia europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia y la reconciliación, dirigidas especialmente a la generación más joven. |
Prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre la historia europea, la diversidad lingüística y cultural y los valores comunes en el sentido más amplio. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros puntos de referencia en la reciente historia europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia, el entendimiento mutuo a través del diálogo intercultural y la reconciliación como medios para superar el pasado y construir el futuro, dirigidas especialmente a la generación más joven. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 29 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 2 – capítulo 1 – párrafo 3 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Aún queda mucho por hacer para animar a más mujeres a participar en la toma de decisiones políticas y económicas. Los responsables de las decisiones políticas que influyen en la vida de las gentes deben oír mejor la voz de las mujeres y actuar en consecuencia. |
Aún queda mucho por hacer para dar a las mujeres y a las personas que se encuentran en posiciones vulnerables un mayor acceso a la toma de decisiones políticas y económicas. Los responsables de las decisiones políticas que influyen en la vida de las gentes deben oír mejor su voz y actuar en consecuencia. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 30 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 1 – párrafo 3 bis (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Habida cuenta de que la plena integración de las minorías es un objetivo permanente de la UE, debe adoptarse un enfoque más constructivo para alentar su participación política y cívica. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 31 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 1 – ACCIONES HORIZONTALES: - título | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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ACCIONES HORIZONTALES: Valorización |
ACCIONES HORIZONTALES: Divulgación y multiplicación de los resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Ya que estamos tratando aquí con acciones que son horizontales y en algunos casos parecen bastante abstractas, los nombres que se les da deben explicar lo que son. Además, no sólo los resultados deberían difundirse; su impacto y el valor añadido que aportan deben aprovecharse repetidamente y, en algunos casos, en otros sectores. Introducir la palabra 'multiplicación' sugiere esta forma de pensar. Por ejemplo, si la elaboración de una nueva metodología es uno de los resultados de un proyecto, esto puede aprovecharse muchas veces en proyectos posteriores. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 32 Propuesta de Reglamento Anexo – Acciones horizontales – párrafo 3 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias entre las partes interesadas a escala local y regional, incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo, el desarrollo de una base de datos sobre las organizaciones o proyectos financiados por el programa. |
Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias entre las partes interesadas a escala local y regional, incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante las redes sociales o la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo, el desarrollo de una base de datos sobre las organizaciones o proyectos financiados por el programa. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 33 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 2 – apartado 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. |
En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, vinculados a las políticas europeas o a asuntos que los ciudadanos consideren de gran interés, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 34 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 2 – apartado 3 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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El programa y la mayor parte de las acciones pueden gestionarse de manera centralizada a través de una agencia ejecutiva. |
El programa y la mayor parte de las acciones se gestionarán de manera centralizada a través de una agencia ejecutiva. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
El Reglamento determinará el tipo de institución que coordinará el programa. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 35 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 2 – apartado 7 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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El gasto administrativo global de un programa debe ser proporcional a las tareas previstas en el programa correspondiente. |
El gasto administrativo global de un programa debe ser proporcional a las tareas previstas en el programa correspondiente y no supondrá más del 12 % del presupuesto del programa. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Este tope enviará una señal clara y evitará comentarios sobre la burocracia europea excesiva. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 36 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 2 – apartado 8 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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La Comisión también podrá emprender, en su caso, actividades de información, publicación y difusión, garantizando así un amplio conocimiento y una importante repercusión de las actividades apoyadas por el programa. |
La Comisión también emprenderá, en su caso, actividades de información, publicación y difusión, garantizando así un amplio conocimiento y una importante repercusión de las actividades apoyadas por el programa. Así se pondrán de relieve la información y la publicidad realizadas a escala de los Estados miembros en todas las lenguas oficiales de la UE. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Aunque el inglés, el francés y el alemán son las lenguas de trabajo dominantes a nivel de ejecución de proyectos, el programa se refiere a la ciudadanía europea y, por tanto, debe alentarse la comunicación en las 23 lenguas oficiales (24 a partir de 2013). ya que es uno de los elementos fundamentales de la Unión Europea. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 37 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 3 – objetivo específico 1 – parte introductoria | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
Sensibilizar sobre la memoria histórica, sobre la historia, la identidad y los valores comunes y sobre las metas de la Unión de promover la paz, sus valores, su diversidad cultural y lingüística y el bienestar de sus gentes, estimulando el debate, la reflexión y el desarrollo de redes y reuniendo a las personas para compartir e intercambiar experiencias, aprender de la historia y debatir sobre el futuro de Europa. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 38 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 3 – Objetivo específico 2 – línea 6 bis del cuadro (nueva) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Debe destacarse, a nivel de programa comunitario, que la coordinación de proyectos no solo debe correr a cargo de los 15 antiguos Estados miembros, sino que debe ampliarse en este ámbito también; en otras palabras, debe desarrollarse la cultura y la experiencia en gestión de proyectos en las asociaciones internacionales en los 13 nuevos Estados miembros, promoviéndose de este modo una integración europea realista. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 39 Propuesta de Reglamento Anexo – punto 3 – Acciones horizontales (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||
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Justificación | |||||||||||||||||||||||||||||||||
La Comisión también debe determinar indicadores de resultados para las acciones horizontales que proponga. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
11.10.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
33 3 4 |
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Miembros presentes en la votación final |
Jan Philipp Albrecht, Roberta Angelilli, Rita Borsellino, Emine Bozkurt, Arkadiusz Tomasz Bratkowski, Simon Busuttil, Carlos Coelho, Ioan Enciu, Frank Engel, Cornelia Ernst, Tanja Fajon, Monika Flašíková Beňová, Kinga Gál, Kinga Göncz, Nathalie Griesbeck, Sylvie Guillaume, Anna Hedh, Sophia in ‘t Veld, Juan Fernando López Aguilar, Monica Luisa Macovei, Svetoslav Hristov Malinov, Véronique Mathieu, Nuno Melo, Claude Moraes, Georgios Papanikolaou, Judith Sargentini, Birgit Sippel, Csaba Sógor, Renate Sommer, Nils Torvalds, Wim van de Camp, Renate Weber, Tatjana Ždanoka, Auke Zijlstra |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Stanimir Ilchev, Jan Mulder, Siiri Oviir, Marco Scurria |
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Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Judith A. Merkies, Kay Swinburne, Salvatore Tatarella |
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OPINIÓN de la Comisión de Asuntos Constitucionales (15.10.2012)
para la Comisión de Cultura y Educación
sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014‑2020
(COM(2011)0884 – C7 ‑0000/2012 ‑ 2011/0436(APP))
Ponente de opinión: Gerald Häfner
BREVE JUSTIFICACIÓN
La propuesta de la Comisión
La Comisión ha propuesto un programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020. La propuesta tiene en cuenta la experiencia y las evaluaciones del actual programa Europa con los Ciudadanos (2007-2013), así como las consultas con las partes interesadas. Se ha llevado a cabo una evaluación de impacto completa.
El futuro programa tendrá como objetivo general «fortalecer la memoria histórica y aumentar la capacidad para la participación ciudadana a nivel de la Unión». Los objetivos específicos consisten en «estimular el debate, la reflexión y la cooperación sobre la memoria histórica, la integración europea y la historia» y «hacer que los ciudadanos comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y tengan mayor capacidad para participar en él, así como promover las oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel europeo». Asimismo, la Comisión ha definido una serie de objetivos operativos con los que considera que se reforzará la capacidad para establecer indicadores más sólidos que permitan evaluar mejor los avances y el impacto. Estos objetivos operativos consisten en «apoyar a las organizaciones con el fin de promover el debate y las actividades sobre la memoria histórica, los valores europeos y la historia», «apoyar a las organizaciones de interés general europeo y a las asociaciones y redes transnacionales para promover las interacciones de los ciudadanos en relación con aspectos de la Unión», así como en una dimensión horizontal de «análisis, difusión y valorización de los resultados de los proyectos a través de actividades internas y externas». Sobre esta base, la Comisión propone tres capítulos para el programa: «memoria histórica y ciudadanía europea», «compromiso democrático y participación ciudadana» y «valorización».
La propuesta se enmarca en el contexto de los principios democráticos contemplados en los artículos 10 y 11 del TUE[1], sin sustituir a los diálogos específicos con los ciudadanos, las partes interesadas y los grupos de interés. Por otra parte, la Comisión desea vincular más estrechamente las actividades del programa con la elaboración de políticas concretas. El programa prevé subvenciones operativas y subvenciones para acciones específicas, concedidas por convocatorias abiertas de propuestas, así como, cuando proceda, contratos de servicios, adjudicados por licitación. Está previsto seguir recurriendo a una agencia ejecutiva para la ejecución de determinadas tareas de gestión del programa. La dotación financiera propuesta asciende a 229 millones de euros en precios corrientes[2].
Evaluación y enmiendas propuestas
La Comisión de Cultura y Educación solicitó la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre la procedencia del fundamento jurídico elegido por la Comisión para el programa (artículo 352 del TFUE). En su reunión del 27 de marzo de 2012, la Comisión de Asuntos Jurídicos decidió recomendar los artículos 167 y 352 del TFUE como fundamento jurídico. En consecuencia, el presente proyecto de opinión propone enmiendas en el marco del procedimiento legislativo ordinario.
El objetivo principal de las enmiendas propuestas consiste en completar la propuesta de la Comisión con elementos en los que convendría insistir más, como la importancia de los proyectos conjuntos entre las distintas partes interesadas, los proyectos de pequeña escala, la creación de redes, el principio de la diversidad geográfica y la necesidad de llegar a los grupos a los que resulta difícil acceder.
Otras enmiendas abordan aspectos financieros y administrativos de la ejecución del programa, aclaran que el programa no sustituye a los diálogos horizontales específicos para los que pueden utilizarse presupuestos administrativos de la Comisión, y suprimen las actividades de comunicación institucional sobre las prioridades políticas de la Unión Europea del ámbito de aplicación del programa, dado que los fondos son limitados y deben destinarse en la medida de lo posible a iniciativas ascendentes.
En esa misma tónica, y de acuerdo con las críticas expresadas sobre los «actos de la Unión de alto nivel» en las evaluaciones del programa actual, los textos que hacen referencia a actividades «a nivel de la Unión» se han sustituido por «actividades desarrolladas a escala transnacional o que presenten una clara dimensión europea». La idea subyacente a esta formulación es que serían posibles todas las opciones, incluidas las acciones nacionales y locales, así como, en su caso, algunos actos a nivel de la Unión.
Otras enmiendas tienen por objeto ampliar el ámbito de las acciones y los beneficiarios admisibles o, en el caso del capítulo sobre la memoria histórica, atribuir un objetivo más específico a las acciones. Por lo que respecta al vínculo con la agenda política europea, se propone prestar una atención especial a esas acciones, pero no darles el trato preferente propuesto por la Comisión.
Se han suprimido los indicadores de progreso de los artículos en los que se definen los objetivos del programa. Parece más oportuno incluir esos indicadores en el anexo a la propuesta. Por otro lado, es difícil especificar esos indicadores en una fase en la que se desconoce el importe exacto de la financiación. La comisión también podría examinar la adición en el anexo de porcentajes indicativos del presupuesto total que se destinarían a los distintos capítulos del programa.
ENMIENDAS
La Comisión de Asuntos Constitucionales pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:
Enmienda 1 Propuesta de Reglamento Visto 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 352, |
– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 167 y 352, |
Enmienda 2 Propuesta de Reglamento Considerando 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(2) Mediante la Estrategia Europa 2020, la Unión y los Estados miembros aspiran a generar crecimiento, empleo, productividad y cohesión social durante la próxima década. |
suprimido |
Enmienda 3 Propuesta de Reglamento Considerando 4 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(4) Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana se necesitan acciones variadas y esfuerzos coordinados a través de actividades transnacionales y europeas. La iniciativa ciudadana europea ofrece una oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en el desarrollo de la legislación de la UE. |
(4) De conformidad con el artículo 10, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión. Para acercar Europa a sus ciudadanos y para que estos puedan participar plenamente en la construcción de una Unión cada vez más cercana se necesitan acciones participativas variadas y esfuerzos coordinados a través de actividades desarrolladas a escala transnacional o que presenten una clara dimensión europea. La iniciativa ciudadana europea ofrece una nueva oportunidad única para que los ciudadanos puedan participar directamente en el desarrollo de la legislación de la UE y para promover un diálogo más profundo sobre cuestiones relativas a la UE y su interés entre el público. |
Enmienda 4 Propuesta de Reglamento Considerando 6 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(6) El informe de evaluación intermedia, una consulta pública en línea y dos reuniones consecutivas de consulta con los actores principales confirmaron que tanto las organizaciones de la sociedad civil como los ciudadanos particulares consideran que un nuevo programa es oportuno, y que debe establecerse con objeto de lograr un impacto a nivel organizativo, con el refuerzo de las capacidades, y personal, con un aumento del interés por los asuntos de la Unión. |
(6) El informe de evaluación intermedia, una consulta pública en línea y dos reuniones consecutivas de consulta con los actores principales confirmaron que tanto las organizaciones de la sociedad civil como los ciudadanos particulares consideran que un nuevo programa es oportuno, y que debe establecerse con objeto de lograr un impacto a nivel organizativo, con el refuerzo de las capacidades, y personal, con un aumento del interés y la participación activa en los asuntos de la Unión. |
Enmienda 5 Propuesta de Reglamento Considerando 7 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(7 bis) Esas sinergias también se pueden lograr utilizando los presupuestos administrativos pertinentes de las distintas direcciones generales de la Comisión para garantizar la participación del público, el diálogo y las asociaciones con miras a la aplicación de los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea. |
Enmienda 6 Propuesta de Reglamento Considerando 8 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(8 bis) También es conveniente centrarse en dar a conocer las acciones de los partidos políticos europeos, con el fin de aumentar el interés del público por participar. |
Enmienda 7 Propuesta de Reglamento Considerando 9 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(9) El programa debe incluir una dimensión horizontal que asegure la valorización y la transferibilidad de los resultados para reforzar el impacto y la sostenibilidad a largo plazo. Con esta finalidad, las actividades emprendidas deben tener un vínculo claro con la agenda política europea, y deben ser comunicadas debidamente. |
(9) El programa debe incluir una dimensión horizontal que asegure la valorización y la transferibilidad de los resultados para reforzar el impacto y la sostenibilidad a largo plazo, por ejemplo mediante la creación de redes y plataformas para intercambiar información o compartir conocimientos y buenas prácticas, incluidos métodos específicos como un mayor uso de las tecnologías de la información, las bases de datos y los medios sociales. |
Enmienda 8 Propuesta de Reglamento Considerando 9 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(9 bis) Se puede incrementar el impacto del programa apoyando aquellas actividades que tengan un vínculo claro con la agenda política europea, promuevan la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones en la Unión y fomenten una cultura de participación ciudadana. |
Enmienda 9 Propuesta de Reglamento Considerando 10 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración equilibrada de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades transnacionales, teniendo en cuenta el carácter multilingüe de la Unión Europea. |
(10) Es conveniente prestar especial atención a una integración y una participación equilibradas de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil de todos los Estados miembros en los proyectos y actividades, teniendo en cuenta la diversidad lingüística y geográfica de la Unión y la necesidad de incluir a los grupos a los que resulta difícil acceder. |
Enmienda 10 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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1. Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
1. Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia de la Unión y la historia europea reciente con objeto de promover la tolerancia, la comprensión mutua y la identidad, los valores y las metas comunes estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
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Los progresos se medirán en función del número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la calidad de los proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes. |
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Enmienda 11 Propuesta de Reglamento Artículo 2 – punto 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. |
2. Estimular y reforzar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones en la Unión y promover una cultura de participación ciudadana, también mediante el desarrollo de nuevos procedimientos e instrumentos democráticos. |
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Los progresos se medirán en función del número de beneficiarios alcanzados directa o indirectamente, de la percepción de la UE y sus instituciones por los beneficiarios, de la calidad de los proyectos y del porcentaje de nuevos solicitantes. |
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Enmienda 12 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– reuniones de ciudadanos, hermanamientos de ciudades; |
– reuniones y mesas redondas de ciudadanos, hermanamientos de ciudades y proyectos conjuntos de las autoridades locales, la sociedad civil y otros agentes locales; |
Enmienda 13 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– creación y funcionamiento de asociaciones y redes transnacionales; |
– creación y funcionamiento de asociaciones y redes transnacionales, cooperación entre distintos tipos de organizaciones, y diálogo entre la sociedad civil y las instituciones de la Unión; |
Enmienda 14 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 4 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– creación de comunidades y debates sobre aspectos ciudadanos con el apoyo de TIC o de los medios sociales; |
– creación de comunidades y debates sobre aspectos ciudadanos con el apoyo, entre otros, de TIC o de los medios sociales; |
Enmienda 15 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 5 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– actos a nivel de la Unión; |
suprimido |
Enmienda 16 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 6 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea, en particular con objeto de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo el nazismo y el estalinismo; |
– debates o estudios e intervenciones sobre hitos de la historia europea y de la integración europea, en particular con objeto de mantener viva la memoria de los crímenes perpetrados bajo el nazismo y el estalinismo y de promover la tolerancia y la comprensión mutua; |
Enmienda 17 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 7 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– debates o estudios sobre el futuro de la Unión; |
Enmienda 18 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 7 ter (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– debates, estudios y encuestas de opinión sobre cuestiones que tengan un impacto directo en la vida de los ciudadanos; |
Enmienda 19 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 8 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– iniciativas para sensibilizar sobre las instituciones de la UE y su funcionamiento; |
– iniciativas para sensibilizar y desarrollar la comprensión de las instituciones de la UE y su funcionamiento por parte de los ciudadanos, así como para promover las oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión; |
Enmienda 20 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 9 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– acciones para aprovechar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas; |
– actividades de sensibilización y difusión para aprovechar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas, en particular mediante la a creación de redes y plataformas para intercambiar información o compartir conocimientos y mejores prácticas; |
Enmienda 21 Propuesta de Reglamento Artículo 3 – apartado 2 – guión 10 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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– estudios sobre aspectos de la ciudadanía y de la participación cívica; |
– debates y estudios sobre aspectos de la ciudadanía y de la participación cívica e información pública en relación con el funcionamiento de los partidos políticos europeos y las posibilidades de participación directa; |
Enmienda 22 Propuesta de Reglamento Artículo 6 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las autoridades y organizaciones locales, las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos y otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros de enseñanza e investigación. |
El programa estará abierto a todas las partes interesadas que promuevan la integración europea, en particular las autoridades locales, los agentes y las organizaciones no estatales, las organizaciones y los institutos europeos de investigación sobre política pública (foros de reflexión), los grupos de ciudadanos, otras organizaciones de la sociedad civil (como las asociaciones de supervivientes) y los centros o instituciones de enseñanza. |
Enmienda 23 Propuesta de Reglamento Artículo 12 – apartado 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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2. Los recursos asignados a acciones de comunicación con arreglo al presente Reglamento deben también contribuir a cubrir la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del presente Reglamento. |
suprimido |
Enmienda 24 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 1 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la diversidad. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros puntos de referencia en la reciente historia europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia y la reconciliación, dirigidas especialmente a la generación más joven. |
Prestará apoyo a actividades que inviten a la reflexión sobre los valores comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la diversidad. Pueden concederse fondos a iniciativas que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo y al estalinismo), y rindan homenaje a sus víctimas. Este capítulo también debería incluir actividades relativas a otros puntos de referencia e hitos en la reciente historia europea, así como etapas clave de la integración europea. Dará especial preferencia a las acciones que fomenten la tolerancia, la comprensión mutua y la reconciliación. |
Enmienda 25 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 1 – párrafo 2 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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A título indicativo, se destinará a este capítulo aproximadamente el 20 % del presupuesto total asignado al programa. |
Enmienda 26 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 2 – párrafo 1 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Este capítulo se caracteriza por los posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar solicitudes. Abarcará actividades de participación ciudadana en sentido amplio, poniendo especial énfasis en la estructuración de métodos para la sostenibilidad a largo plazo. Dará preferencia a las iniciativas y proyectos claramente vinculados con la agenda política europea. |
Este capítulo se caracteriza por los posibles proyectos e iniciativas que puedan iniciarse bajo su advocación, y no tanto por el tipo de organizaciones cívicas o actores que pueden presentar solicitudes. Abarcará actividades de participación ciudadana en sentido amplio, poniendo especial énfasis en la estructuración de métodos para la sostenibilidad a largo plazo. Prestará una atención adecuada a las iniciativas y los proyectos claramente vinculados con la agenda política europea, así como a aquellos que impliquen la cooperación y la creación de redes entre distintos tipos de organizaciones, el diálogo entre la sociedad civil y las instituciones de la Unión, y métodos centrados en los ciudadanos. También procurará incluir a aquellos grupos a los que resulta difícil acceder. |
Enmienda 27 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 2 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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También puede cubrir proyectos e iniciativas que desarrollen las oportunidades para la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel de la Unión. |
También puede cubrir proyectos e iniciativas que desarrollen las oportunidades para la solidaridad y fomenten la democracia participativa, el compromiso social, la creación de redes y el voluntariado. |
Enmienda 28 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 2 – párrafo 3 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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A título indicativo, se destinará a este capítulo aproximadamente el 70 % del presupuesto total asignado al programa. |
Enmienda 29 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 3 – párrafo 3 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias entre las partes interesadas a escala local y regional, incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos o la formación de formadores, así como, por ejemplo, el desarrollo de una base de datos sobre las organizaciones o proyectos financiados por el programa. |
Incluirá el desarrollo de capacidades, es decir, las medidas de apoyo destinadas a intercambiar las mejores prácticas, poner en común experiencias y conocimientos entre las partes interesadas, también a escala local y regional, e incluidas las autoridades públicas, y potenciar nuevas aptitudes, por ejemplo, mediante la formación. En esta última se podrían incluir los intercambios entre homólogos y la formación de formadores. |
Enmienda 30 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 1 – título 3 – párrafo 3 bis (nuevo) | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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A título indicativo, se destinará a este capítulo aproximadamente el 10 % del presupuesto total asignado al programa. |
Enmienda 31 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto y, en particular, directamente vinculados a las políticas europeas, con miras a participar en la configuración de la agenda política de la Unión. |
En general, se dará preferencia a las subvenciones destinadas a proyectos con un elevado impacto, incluidos los proyectos a pequeña escala, y, en particular, aquellos relacionados con las políticas de la Unión Europea en vigor y aquellos que fomentan la participación en la configuración de la agenda política actual y futura de la Unión. |
Enmienda 32 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 4 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Todas las acciones se llevarán a cabo con carácter transnacional o presentarán una clara dimensión europea. Fomentarán la movilidad de los ciudadanos y el intercambio de ideas en la Unión Europea. |
Todas las acciones se llevarán a cabo con carácter transnacional o presentarán una clara dimensión europea. Fomentarán la participación de los ciudadanos y el intercambio de ideas en la Unión. |
Enmienda 33 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 2 – párrafo 5 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Serán importantes la creación de redes y la concentración en los efectos multiplicadores, incluido el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) más avanzadas y de los medios sociales, elementos que se reflejarán tanto en los tipos de actividades como en la gama de organizaciones participantes. Se fomentará decididamente el desarrollo de interacciones y sinergias entre los diversos tipos de partes interesadas que participen en el programa. |
Serán importantes la creación de redes y la concentración en los efectos multiplicadores, incluido el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) más avanzadas y de los medios sociales, elementos que se reflejarán tanto en los tipos de actividades como en la gama de organizaciones participantes. Se fomentará decididamente el desarrollo de interacciones y sinergias entre los diversos tipos de partes interesadas que participen en el programa, así como la participación de los grupos a los que resulta difícil acceder. |
Enmienda 34 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – párrafo 2 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Objetivo específico 1: Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia, la identidad y las metas de la Unión estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
Objetivo específico 1: Sensibilizar sobre la memoria histórica y sobre la historia de la Unión y la historia europea reciente con objeto de promover la tolerancia, la comprensión mutua y la identidad, los valores y las metas comunes estimulando el debate, la reflexión y la creación de redes. |
Enmienda 35 Propuesta de Reglamento Anexo – parte 3 – párrafo 3 | |
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Texto de la Comisión |
Enmienda |
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Objetivo específico 2: Estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas y promoviendo oportunidades de compromiso social y voluntariado a nivel de la Unión. |
Objetivo específico 2: Estimular y reforzar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones en la Unión y promover una cultura de participación ciudadana, también mediante el desarrollo de nuevos procedimientos e instrumentos democráticos. |
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
9.10.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
19 4 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Alfredo Antoniozzi, Andrew Henry William Brons, Carlo Casini, Andrew Duff, Roberto Gualtieri, Enrique Guerrero Salom, Gerald Häfner, Stanimir Ilchev, Constance Le Grip, David Martin, Morten Messerschmidt, Paulo Rangel, Algirdas Saudargas, Indrek Tarand, Rafał Trzaskowski, Manfred Weber |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Zuzana Brzobohatá, Andrea Češková, Marietta Giannakou, Anneli Jäätteenmäki, Sajjad Karim, Vital Moreira, Helmut Scholz, György Schöpflin |
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- [1] En particular, el derecho de todo ciudadano a participar en la vida democrática de la Unión y las obligaciones de las instituciones de tomar las decisiones de la forma más abierta y próxima posible a los ciudadanos, de dar a los ciudadanos y a las asociaciones representativas la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión, y de mantener un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil.
- [2] La Decisión 1904/2006/CE por la que se establece el programa Europa con los ciudadanos para el período 2007-2013 prevé una dotación financiera de 215 millones de euros (DO L 378 de 27.12.2006, p. 36).
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
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Fecha de aprobación |
27.11.2012 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
17 4 3 |
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Miembros presentes en la votación final |
Malika Benarab-Attou, Lothar Bisky, Jean-Marie Cavada, Silvia Costa, Santiago Fisas Ayxela, Petra Kammerevert, Morten Løkkegaard, Emma McClarkin, Katarína Neveďalová, Doris Pack, Marie-Thérèse Sanchez-Schmid, Marietje Schaake, Marco Scurria, Hannu Takkula, Helga Trüpel, Gianni Vattimo, Marie-Christine Vergiat, Milan Zver |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
François Alfonsi, Ivo Belet, Hans-Peter Martin, Mitro Repo, Joanna Katarzyna Skrzydlewska, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Isabelle Thomas |
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Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final |
Dieter-Lebrecht Koch |
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