INFORME sobre la situación de las mujeres en el norte de África

25.2.2013 - (2012/2102(INI))

Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
Ponente: Silvia Costa

Procedimiento : 2012/2102(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0047/2013
Textos presentados :
A7-0047/2013
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la situación de las mujeres en el norte de África

(2012/2102(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Vistos el artículo 2 y el artículo 3, apartado 5, párrafo segundo, del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–   Visto el artículo 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–   Vista la Asociación Estratégica África-UE ‑ Estrategia Conjunta África-UE,

–   Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de septiembre de 2010, titulada «Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010‑2015» (COM(2010)0491),

–   Vistas las Comunicaciones conjuntas de la Comisión y de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad tituladas «Asociación para la Democracia y la Prosperidad Compartida con los países del Mediterráneo Meridional» (COM(2011)0200), «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante» (COM(2011)0303) y «Diseño de una nueva Política Europea de Vecindad» (JOIN(2012)0014),

–   Vistos los instrumentos financieros temáticos y geográficos de la Comisión relativos a la democratización y los derechos humanos (como el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) y el Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA)),

–   Vista la Estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos 2012‑2016 (COM(2012)0286),

–   Vista la resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa relativa a la igualdad entre mujeres y hombres como condición para el éxito de la Primavera Árabe[1],

–   Vistas la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), de 18 de diciembre de 1979, y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, y su Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, de 25 de mayo de 2000,

–   Vista la Resolución 67/167 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 20 de diciembre de 2012, sobre la mutilación genital femenina,

–   Vistos la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Pekín en septiembre de 1995, la Declaración y la Plataforma de Acción adoptadas en Pekín, y los subsiguientes documentos sustantivos adoptados en las sesiones especiales de las Naciones Unidas Pekín+5, Pekín+10 y Pekín+15 sobre otras acciones e iniciativas para poner en práctica la Declaración de Pekín y la Plataforma de Acción adoptadas, respectivamente, el 9 de junio de 2000, el 11 de marzo de 2005 y el 2 de marzo de 2010,

–   Visto el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, relativo a los derechos de la mujer en África,

–   Vistos los trabajos de la Asamblea Parlamentaria de la Unión para el Mediterráneo,

–   Vistos el proceso de Estambul y Marrakech y las conclusiones ministeriales de la primera y la segunda Conferencia Ministerial Euromediterránea, celebradas los días 14 y 15 de noviembre de 2006 en Estambul y los días 11 y 12 de noviembre de 2009 en Marrakech, sobre «Reforzar el papel de la mujer en la sociedad»,

–   Vistas las conclusiones de los diálogos regionales del Medio Oriente y el Norte de África (MENA) entre la sociedad civil, agentes estatales y líderes políticos que tuvieron lugar en junio y noviembre de 2012 en Beirut y Amán en el marco del proyecto regional financiado por la UE «Promover una agenda común para la igualdad entre las mujeres y los hombres a través del proceso de Estambul»,

–   Vista la iniciativa «Primavera para el Adelanto de la Mujer», el programa regional conjunto para la región del Mediterráneo Meridional de la Comisión y ONU Mujeres,

–   Visto «Un boletín sobre los adolescentes», la décima edición del informe Progreso para la infancia del UNICEF,

–   Vistos el Informe Árabe sobre Desarrollo Humano de 2005, del PNUD, titulado «Hacia la mejora del estatus de la mujer en el mundo árabe» y el informe de 2009 titulado «Desafíos a la seguridad humana en los países árabes», en especial su capítulo sobre la inseguridad personal de grupos vulnerables,

–   Vista su Resolución, de 17 de febrero de 2011, sobre la situación en Egipto[2],

–   Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2011, sobre los países vecinos meridionales, y Libia en particular[3],

–   Vista su Resolución, de 7 de abril de 2011, sobre la revisión de la Política Europea de Vecindad – Dimensión meridional[4],

–   Vista su Resolución, de 7 de abril de 2011, sobre la utilización de la violencia sexual en los conflictos en el Norte de África y en el Próximo Oriente[5],

–   Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2012, sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea – 2011[6],

–   Vista su Recomendación, de 29 de marzo de 2012, destinada al Consejo sobre las modalidades para la posible creación de un Fondo Europeo para la Democracia (FED)[7],

–   Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A7‑0047/2013),

A. Considerando que muchas mujeres, en especial jóvenes, se implicaron en gran medida en la Primavera Árabe del norte de África, participando, desde el principio, en manifestaciones, en el debate público y político, y en las elecciones, convirtiéndose en parte activa de la sociedad civil, en los medios sociales y en blogs, entre otros, y por lo tanto fueron y siguen siendo actores clave del cambio democrático en sus países y en el fortalecimiento del crecimiento y la cohesión;

B.  Considerando que estos países atraviesan un proceso de transición política y democrática y de cambio o adaptación de sus constituciones, en el que las mujeres, ya sean parlamentarias, cargos electos o representantes de la sociedad civil se implican de manera activa y constante; que el resultado de este proceso dará forma al funcionamiento democrático de los países y a sus derechos y libertades fundamentales, y repercutirá en el estatus de las mujeres;

C. Considerando que el papel desempeñado por las mujeres en la revolución no es diferente del que deben desempeñar en los procesos de transición democrática y de reconstrucción del Estado; y que el éxito de dichos procesos depende estrictamente de la plena participación de las mujeres en todos los niveles de la toma de decisiones;

D. Considerando que las mujeres en estos países, aunque de manera desigual, están ahora más presentes en la educación superior, en las organizaciones de la sociedad civil, las empresas y las instituciones que en décadas anteriores, incluso si, bajo regímenes dictatoriales y paternalistas, se limitaba la aplicación efectiva de derechos y la participación de la mujer estaba sujeta a varias condiciones restrictivas;

E.  Considerando que los derechos de las mujeres constituyen uno de los asuntos más debatidos en el proceso político actual y suponen la preocupación principal de las mujeres, pues se enfrentan al peligro de sufrir retrocesos e intimidación, lo que reduciría las posibilidades de alcanzar el objetivo de una democracia compartida y una condición de ciudadanía igual;

F.  Considerando que varias cuestiones de género, tales como los derechos de las mujeres y las niñas como parte integrante de los derechos humanos universales, la igualdad de derechos y el cumplimiento de los convenios internacionales ocupan el centro de los debates constitucionales;

G. Considerando que la representación de las mujeres en la política y en puestos de toma de decisiones en todos los sectores varía de un país a otro, pero resulta decepcionante en cuanto al porcentaje, si se compara con la gran implicación de las mujeres en los distintos movimientos de revuelta y en las elecciones subsiguientes, así como con el creciente porcentaje de mujeres con educación superior;

H. Considerando que la renovada política de vecindad de la UE debería hacer mayor hincapié en la igualdad de género y la potenciación del papel de la mujer y apoyar a la sociedad civil;

I.   Considerando que, por el momento, el apoyo específico de la UE a las cuestiones de género en la región asciende a 92 millones de euros, de los cuales 77 millones se asignan a escala bilateral y 15 millones a escala regional;

J.   Considerando que, entre los programas bilaterales de la UE, el más relevante se llevará a cabo en Marruecos, con un presupuesto de 45 millones de euros en la «Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres», y que en Egipto ONU Mujeres ejecutará un proyecto de 4 millones de Euros, mientras que en Túnez y en Libia dicha entidad está llevando a cabo programas bilaterales para las mujeres en la preparación de las elecciones;

K. Considerando que la situación socioeconómica, en especial el elevado nivel del desempleo juvenil y femenino, y la pobreza, que a menudo conduce a la marginación de las mujeres, lo que las convierte en un grupo de población cada vez más vulnerable, fueron algunas de las causas principales de los levantamientos en la región, junto con la aspiración de disfrutar de derechos, dignidad y justicia;

L.  Considerando que se cometieron muchos actos de violencia sexual contra mujeres y niñas durante y después de las revueltas en toda la región, incluidas violaciones y pruebas de virginidad utilizadas como medida de presión política contra las mujeres, entre otros por parte de las fuerzas de seguridad, y acoso sexual en público; que los movimientos extremistas recurren cada vez más a la intimidación basada en el género; y que las encuestas demuestran que más del 80 % de las mujeres egipcias han sufrido acoso sexual;

M. Considerando que la situación de las mujeres y niños migrantes es aún más delicada debido a la inseguridad en algunas partes de la región y la crisis económica;

N. Considerando que el riesgo de trata de seres humanos aumenta en los países en transición y en las zonas en las que los civiles se ven afectados por conflictos o en las que se encuentran muchos refugiados o personas desplazadas internamente;

O. Considerando que una cuestión fundamental en los debates constitucionales es si se debe definir el Islam en la Constitución como la religión del pueblo o del Estado;

P.  Considerando que el referéndum constitucional egipcio celebrado en diciembre de 2012 tuvo una participación popular insuficiente y no recabó el consenso de todas las partes interesadas, dejando abiertos algunos interrogantes y márgenes de interpretación sobre cuestiones constitucionales significativas como los derechos de la mujer;

Q. Considerando que la dimensión parlamentaria de la Unión para el Mediterráneo (UPM) y el proceso de Estambul y Marrakech figuran entre los mejores instrumentos de que disponen los legisladores para tratar estas cuestiones y que la Asamblea Parlamentaria de la Unión para el Mediterráneo incluye una Comisión de Derechos de la Mujer, a la que debe darse un uso correcto;

Los derechos de la mujer

1.  Pide a las autoridades de los países afectados que consagren en sus constituciones, de forma irreversible, el principio de igualdad entre hombres y mujeres con objeto de explicitar la prohibición de todas las formas de discriminación y violencia contra mujeres y niñas, la posibilidad de acciones afirmativas y la consolidación de los derechos políticos, económicos y sociales de las mujeres; insta a los legisladores de dichos países a que reformen todas las leyes existentes y a que integren el principio de igualdad en todos los proyectos o propuestas legislativas que puedan ser potencialmente discriminatorias contra las mujeres, por ejemplo las relativas al matrimonio, divorcio, custodia de los hijos, derechos parentales, nacionalidad, herencia y capacidad jurídica, en consonancia con los instrumentos internacionales y regionales, y que afiancen la existencia de mecanismos nacionales para la protección de los derechos de las mujeres;

2.  Pide a las autoridades nacionales que garanticen la igualdad entre los hombres y las mujeres en los códigos penales y en los sistemas de seguridad social;

3.  Destaca el hecho de que la participación igualitaria de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida es un elemento esencial de la democracia y que la participación de las mujeres en la gestión de los asuntos públicos constituye una condición previa para el progreso socioeconómico, la cohesión social y la gobernanza democrática equitativa; insta firmemente, por lo tanto, a todos los países a que prioricen la igualdad de género en su agenda para la promoción de la democracia;

4.  Destaca que las transiciones en curso en el norte de África solo conducirán a sociedades y sistemas políticos democráticos una vez que se alcance la igualdad de género, incluida la libertad de elección del modo de vida;

5.  Pide a las autoridades nacionales del norte de África que apliquen plenamente la CEDAW, sus protocolos y todos los convenios internacionales en materia de derechos humanos y, por lo tanto, que retiren todas las reservas a la CEDAW; les pide asimismo que cooperen con los mecanismos de las Naciones Unidas que protegen los derechos de las niñas y las mujeres;

6.  Recuerda el debate en curso entre estudiosas del Islam con miras a interpretar los textos religiosos con una perspectiva de igualdad y de derechos de la mujer;

7.  Recuerda la importancia de garantizar la libertad de expresión y de religión y el pluralismo también a través de la promoción del respeto mutuo y del diálogo interconfesional, en especial entre las mujeres;

8.  Insta a los Estados a establecer un debate integrador, de amplio alcance y voluntario con todos los actores implicados, entre ellos, la sociedad civil, los agentes sociales, las organizaciones locales de mujeres, las autoridades locales y los líderes religiosos, y a velar por que se protejan y garanticen los derechos de las mujeres y el principio de igualdad entre hombres y mujeres;

9.  Recuerda que ninguna religión monoteísta defiende o puede ser utilizada para justificar la violencia entre los seres humanos;

10. Pide a los países del norte de África que adopten leyes y medidas concretas que prohíban y establezcan sanciones para cualquier forma de violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica y sexual, el acoso sexual y prácticas tradicionales nocivas como la mutilación genital femenina y los matrimonios forzosos, especialmente en el caso de menores de edad; destaca la importancia de la protección de las víctimas y de la provisión de servicios específicos; celebra la campaña reciente contra la violencia doméstica que ha puesto en marcha la ministra de la Mujer y Asuntos Familiares de Túnez, así como el compromiso permanente de Marruecos en apoyo de esta causa, que en 2012 organizó su décima campaña nacional de lucha contra la violencia hacia las mujeres;

11. Recuerda la doble discriminación a la que se enfrentan las mujeres lesbianas y pide a las autoridades nacionales del norte de África que despenalicen la homosexualidad y garanticen que no se discrimine a las mujeres debido a su orientación sexual;

12. Destaca la importancia de combatir la impunidad respecto a la violencia contra las mujeres, en especial la violencia sexual, garantizando que tales delitos se investiguen, juzguen y castiguen realmente, que el sistema judicial proteja adecuadamente a los menores y que todas las mujeres dispongan de pleno acceso a la justicia, sin ningún tipo de discriminación por motivos religiosos y/o de origen étnico;

13. Pide a los gobiernos nacionales que ofrezcan una formación suficiente con el fin de garantizar que los trabajadores del ámbito de la justicia y las fuerzas de seguridad estén debidamente capacitados para ocuparse de los delitos de violencia sexual y de sus víctimas; destaca, asimismo, la importancia de un sistema judicial de transición sensible con respecto a las cuestiones de género;

14. Condena el uso de cualquier tipo de violencia, especialmente la violencia sexual, antes, durante y después de las revueltas, y su uso continuado como forma de presión política y como medio para oprimir, intimidar y degradar a las mujeres; pide a los sistemas judiciales nacionales que persigan estos delitos con medidas adecuadas, y hace hincapié en que el Tribunal Penal Internacional podría intervenir si no es posible una acción judicial a escala nacional;

15. Destaca que durante y después de las revueltas las mujeres en el norte de África se han enfrentado a un aumento de la vulnerabilidad y la victimización;

16. Pide a los países del norte de África que desarrollen una estrategia para las víctimas de la violencia sexual durante y después de las revueltas, que les ofrezca la reparación y el apoyo económico, social y psicológico adecuados; pide a las autoridades de los países del norte de África que prioricen el hecho de llevar a los autores de tales delitos ante la justicia;

17. Condena la práctica de la mutilación genital femenina que todavía está en uso en algunas zonas de Egipto, y pide a las autoridades nacionales que refuercen la aplicación de su prohibición y a la Comisión que establezca programas dirigidos a su erradicación también a través de la implicación de las ONG y a través de la educación sanitaria; subraya además la importancia de la sensibilización, la movilización de la comunidad, la educación y la formación, así como de la necesidad de implicar a las autoridades nacionales, regionales y locales y a la sociedad civil, al igual que a los líderes religiosos y de la comunidad para combatir la práctica de la mutilación genital femenina;

18. Celebra que un creciente número de países de la región hayan decidido aumentar la edad legal para el matrimonio de las jóvenes en los últimos decenios (16 en Egipto, 18 en Marruecos, 20 en Túnez y en Libia), y condena cualquier intento de volver a rebajarla o de limitar el efecto de tales reformas, puesto que los matrimonios precoces, y a menudo forzosos, no solo perjudican a los derechos, la salud, la integridad psicológica y la educación de las jóvenes sino que perpetúan la pobreza, con lo que afectan negativamente al crecimiento económico;

19. Insiste en que ningún tipo de discriminación o violencia contra las mujeres o las niñas puede justificarse por la cultura, la tradición o la religión;

20. Destaca la necesidad, especialmente al crear nuevas políticas sanitarias, de facilitar el acceso a la salud y a la protección y los servicios sociales para mujeres y niñas, en particular en cuanto a la salud y los derechos maternos, sexuales y reproductivos; pide a las autoridades nacionales que apliquen plenamente la CIPD, el Programa de Acción y el programa de desarrollo y población de las Naciones Unidas, y llama su atención sobre las conclusiones del informe del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) titulado «Sí a la opción, no al azar ‑ Planificación de la familia, derechos humanos y desarrollo»;

21. Insiste en la importancia de adoptar medidas específicas dirigidas a informar a las mujeres sobre sus derechos, la importancia de cooperar con la sociedad civil y los organismos de la Administración pública en la preparación de las reformas, y la aplicación de la legislación contra la discriminación;

Participación de las mujeres en la toma de decisiones

22. Hace hincapié en que la participación activa de las mujeres en la vida pública y política, como activistas, votantes, candidatas y representantes electas, demuestra su voluntad de ejercer plenamente sus derechos civiles como ciudadanas de pleno derecho, y de luchar para construir la democracia; señala que los últimos acontecimientos durante la Primavera Árabe han demostrado que las mujeres pueden desempeñar un papel importante en los acontecimientos revolucionarios; aboga, por lo tanto, por la adopción de todas las medidas necesarias, incluidas medidas positivas y cuotas, para garantizar el avance en la participación igualitaria de las mujeres en la toma de decisiones en todos los niveles de la administración (de la local a la nacional, del poder ejecutivo al legislativo);

23. Considera de vital importancia aumentar el número de mujeres que participen en la redacción de las leyes en los parlamentos nacionales con miras a garantizar unas prácticas legislativas más equitativas y un auténtico proceso democrático;

24. Apoya la idea de muchas parlamentarias de estos países en el sentido de que los derechos de la mujer y la igualdad de género y la participación activa de las mujeres en la vida política, económica y social junto con la consolidación de sus capacidades, así como la lucha contra la discriminación, podrían fomentarse e introducirse mejor en la legislación si se estableciera una asamblea de mujeres o una comisión parlamentaria especial sobre la igualdad de género, allí donde no exista, para tratar esta cuestión y asegurar la integración de las políticas de género en la actividad parlamentaria;

25. Insiste en que, al igual que en Europa, debe mejorar la representación de las mujeres en todos los niveles de la toma de decisiones, en particular en instituciones, partidos políticos, sindicatos y en el sector público (incluida la judicatura), y destaca que las mujeres a menudo están bien representadas en varios sectores, pero son menos presentes en posiciones de alto nivel, en parte debido a la discriminación y los estereotipos de género persistentes y al fenómeno del techo de cristal;

26. Considera que una transición democrática requiere la aplicación de políticas y mecanismos sensibles con respecto al género que garanticen la participación plena y equitativa de las mujeres en la toma de decisiones de la vida pública, ya sea en el ámbito político, económico, social o ambiental;

27. Hace hincapié en el importante papel que desempeñan la educación y los medios de comunicación a la hora de fomentar cambios de actitud en el conjunto de la sociedad y de adoptar principios democráticos relativos al respeto de la dignidad humana y de la hermandad entre hombres y mujeres.

28. Destaca la importancia de implicar a más mujeres en la negociación de la paz, la mediación, la reconciliación interna y los procesos de consolidación de la paz;

29. Insiste en la importancia de la financiación y puesta en marcha de programas de formación destinados a las mujeres, con el fin de prepararlas para el liderazgo político, así como de la introducción de cualquier otra medida que contribuya a la capacitación de las mujeres y a su plena participación en la vida política, económica y social;

Capacitación de las mujeres

30. Felicita a aquellos países que, como Túnez o Marruecos, aceleran sus esfuerzos a favor de la educación de las niñas; reafirma, sin embargo, que debería facilitarse un mejor acceso a la educación, a la educación de recuperación y en especial a la educación superior, para las mujeres y las niñas; señala que quedan algunos esfuerzos pendientes para erradicar el analfabetismo femenino y que debe ponerse énfasis en la formación profesional, incluidos los cursos para fomentar la alfabetización digital de las mujeres; recomienda la inclusión de la igualdad de género en los programas educativos;

31. Destaca que el acceso de las jóvenes a una educación secundaria y superior de calidad debe ser un tema prioritario para los gobiernos y parlamentos de los Estados del norte de África, ya que se trata de un medio para potenciar el desarrollo y el crecimiento económico, y garantizar la estabilidad democrática;

32. Pide que se desarrollen políticas que tengan en cuenta la situación específica de los grupos de mujeres más vulnerables, entre otras, niñas, discapacitadas, inmigrantes, mujeres pertenecientes a minorías étnicas, homosexuales y transexuales;

33. Destaca que puede hacerse mucho más para garantizar la independencia económica de las mujeres y fomentar su participación en asuntos económicos, incluido el sector agrícola y de los servicios; señala que la independencia económica de las mujeres fortalece su resistencia a la violencia y la humillación; considera que deben promoverse los intercambios de mejores prácticas en el ámbito regional entre emprendedores, sindicatos y la sociedad civil, en especial para apoyar a aquellas mujeres más desfavorecidas de las zonas rurales y de las zonas urbanas pobres;

34. Pide a los gobiernos de los países del norte de África que fomenten y apoyen una mayor participación femenina en el mercado laboral y que tomen todas las medidas necesarias para evitar la discriminación de género en el lugar de trabajo; destaca la necesidad de instrumentos que permitan el acceso de las mujeres al mercado laboral en áreas tradicionalmente cerradas para ellas;

35. Reconoce el papel de los medios de comunicación en la promoción de las cuestiones relacionadas con la situación de las mujeres y su papel en la sociedad, así como su influencia en las actitudes de los ciudadanos en sus países; recomienda la elaboración de un plan de acción que tenga como objetivo el apoyo a las mujeres en los medios de comunicación, ya sea como trayectoria profesional o como una oportunidad para controlar cómo están representadas las mujeres en la televisión, mediante la producción de programas de televisión y el uso de los nuevos medios de comunicación (Internet y las redes sociales) con miras a fomentar la participación política de las mujeres y difundir la idea de que se puede conseguir que la tradición y la igualdad de oportunidades trabajen conjuntamente en armonía;

36. Recomienda que se adopten medidas para supervisar el proceso de capacitación de las mujeres, también en lo relativo al respeto de sus derechos como trabajadoras, en especial en los sectores de la industria y los servicios, en zonas rurales y urbanas industriales, y que se fomente la iniciativa empresarial femenina y la igualdad de retribución;

37. Señala que existe una correlación positiva entre el tamaño del sector de las PYME de un país y la tasa de crecimiento económico; estima que la microfinanciación es un instrumento muy útil para dar autonomía a las mujeres, y recuerda que invertir en las mujeres también significa invertir en familias y en comunidades y ayuda a erradicar la pobreza y la inquietud social y económica y refuerza la cohesión social además de dar una mayor independencia a las mujeres; recuerda que la microfinanciación va más allá de los créditos y también implica asesoramiento sobre gestión, finanzas y comercio y planes de ahorro;

38. Pide a las autoridades públicas nacionales que elaboren un marco político para los microcréditos, con el fin de evitar efectos negativos como el sobreendeudamiento, que pueden afectar a las mujeres debido a la falta de información y al vacío legal;

39. Insta a los Estados del norte de África a poner en marcha mecanismos de asesoramiento y apoyo al empresariado femenino, mediante los cuales se proporcione información, protección jurídica y formación sobre promoción profesional y gestión;

40. Aboga por la capacitación de las mujeres a través de proyectos de intercambio que permitan a organizaciones de mujeres y a investigadoras individuales procedentes de distintos países reunirse y compartir sus experiencias y conclusiones, de manera que puedan idear estrategias y medidas que se puedan reproducir en función de las diversas necesidades y los distintos lugares de origen;

41. Subraya la importancia de garantizar que los programas y las acciones dirigidos a potenciar el papel de la mujer en esta región se basen en tres niveles de intervención: primero, a escala institucional, presionando para integrar la igualdad de género a través de reformas en el marco jurídico y nuevos actos legislativos, ofreciendo también asistencia técnica; segundo, apoyando a las organizaciones de la sociedad civil que pueden defender los derechos de las mujeres y contribuir a aumentar su participación en el proceso de toma de decisiones; y tercero, trabajando directamente en la comunidad local, especialmente en las zonas rurales, con el objetivo de cambiar los comportamientos sociales y las tradiciones y abrir espacios para la mujer en la vida social, económica y política de sus comunidades;

Política europea de vecindad / Acción de la UE

42. Destaca que el IEVA debe situar los derechos de las mujeres, la igualdad de género y la capacitación de las mujeres en el centro de sus programas, puesto que son uno de los indicadores clave para evaluar los avances en materia de democratización y derechos humanos; considera que debe darse prioridad a la igualdad de género en los documentos de estrategia de cada país y en los programas indicativos nacionales;

43. Pide a la Comisión que continúe y refuerce la integración de las cuestiones de género en las distintas intervenciones de la UE independientemente de su tema central, y anima a la Comisión a que siga cooperando con las organizaciones internacionales como ejecutores, por ejemplo ONU Mujeres;

44. Alienta a la Comisión a que adopte un enfoque orientado a la integración de la perspectiva de género a la hora de elaborar las hojas de ruta nacionales para colaborar con las organizaciones de la sociedad civil en los países del norte de África, con objeto de reducir las desigualdades de género y crear las condiciones que permitan una participación equitativa de mujeres y hombres en los procesos de toma de decisiones;

45. Pide a la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) que intensifique el diálogo con las instituciones regionales árabes a fin de garantizar que desempeñen un papel fundamental en la integración de los derechos de las mujeres y las políticas conexas en toda la región;

46. Pide a la VP/AR y a la Comisión que apliquen el programa de trabajo conjunto sobre cooperación firmado con la Liga de los Estados Árabes, en especial en lo relativo a la potenciación del papel de la mujer y los derechos humanos;

47. Pide a la Comisión que refuerce la dotación financiera que ofrece apoyo a las mujeres en la región; considera que este apoyo debe seguir tomando en consideración tanto las especificidades de cada país como los problemas comunes que les afectan a escala regional, por ejemplo en el ámbito político y en el económico, buscando la complementariedad de los programas regionales con los bilaterales;

48. Pide a la Comisión que fomente el desarrollo de programas de liderazgo para las líderes de opinión femenina y los líderes del sector empresarial y financiero, y que preste un mayor apoyo a los programas existentes en este ámbito;

49. Considera que los derechos de las mujeres y la igualdad de género deberían tenerse en cuenta de forma adecuada en los compromisos asumidos por los socios de conformidad con el principio «más por más» de la nueva política de vecindad; pide, por lo tanto, a la VP/AR y a la Comisión que desarrollen criterios claros a fin de garantizar y supervisar los avances, mediante un proceso transparente e inclusivo, entre otros a través de consultas con las organizaciones de derechos de la mujer y de la sociedad civil;

50. Pide al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos que preste especial atención a los derechos de las mujeres en el norte de África, de conformidad con la Estrategia revisada de la UE en materia de Derechos Humanos;

51. Destaca la importancia de fomentar la participación de las mujeres en el proceso electoral y pide por tanto a las autoridades de los países afectados que adopten disposiciones constitucionales que permitan a las mujeres participar en el proceso electoral y que eliminen las barreras que obstaculizan una participación real de las mujeres en dicho proceso; pide a la UE que colabore estrechamente con los gobiernos nacionales con el fin de ofrecerles las mejores prácticas en cuanto a la formación de las mujeres en lo relativo a sus derechos políticos y electorales; recuerda que debería hacerse a lo largo de todo el ciclo electoral mediante programas de asistencia y, si es necesario, la Misión de Observación Electoral de la UE debe supervisarlo de cerca;

52. Insta a la Comisión a que continúe garantizando el seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de las Misiones de Observación Electoral de la Unión Europea en los Estados del norte de África en lo referente a los derechos de las mujeres y a que presente un informe al Parlamento Europeo;

53. Pide a la VP/AR y a la Comisión que aborden la discriminación de los derechos de las trabajadoras en la legislación laboral cuando mantengan diálogos políticos y normativos con los países del norte de África, de conformidad con el principio «más por más», y que fomenten la participación de las mujeres en los sindicatos;

54. Pide a la Comisión y a otros donantes que fomenten programas destinados a garantizar la igualdad de acceso a los mercados laborales y a la formación para todas las mujeres, y que aumenten los recursos financieros asignados al apoyo de la consolidación de capacidades de las organizaciones de la sociedad civil y redes de mujeres a escala nacional y regional;

55. Insta a la Comisión a que destaque modelos positivos de espíritu emprendedor femenino protagonizados por mujeres procedentes de países del norte de África o por agrupaciones que incluyan a empresarias europeas y norteafricanas, también en los ámbitos tecnológico e industrial; pide, por consiguiente, a la Comisión que cree instrumentos de divulgación de la información pertinente de manera que estas experiencias resulten lo más útiles posible y sirvan para estimular el potencial de desarrollo de tales actividades, y concienciar en este sentido, en comunidades que presentan economías menos dinámicas;

56. Pide a la Comisión que, al llevar a cabo evaluaciones de impacto respecto a países con los que se está negociando un «acuerdo de libre comercio profundo y completo», tenga en cuenta las posibles repercusiones sociales del acuerdo y los efectos potenciales para los derechos humanos, especialmente para los derechos de las mujeres, también en la economía informal;

57. Pide a la Comisión que apoye las medidas para asegurar que se solucionen de inmediato y adecuadamente las necesidades específicas de las mujeres en situaciones de conflicto o de crisis, incluida su exposición a la violencia de género;

58. Pide a la VP/AR y a la Comisión que garanticen un entorno propicio para que la sociedad civil trabaje y participe libremente en los cambios democráticos cuando mantengan reuniones en el marco de un diálogo político y normativo con los países del norte de África;

59. Pide a la Comisión que refuerce el personal dedicado a las cuestiones de género en las delegaciones de la UE en la región y que garantice que las mujeres y las ONG participan en el proceso de consultas relativo a la programación;

60. Acoge con satisfacción la apertura de nuevas sedes de ONU Mujeres en el norte de África y anima a las delegaciones de la UE en los países afectados a que colaboren con las oficinas de las Naciones Unidas para elaborar medidas destinadas a garantizar la igualdad de género y a promover los derechos de la mujer a raíz de la Primavera Árabe;

61. Pide a la Comisión que fomente la creación, y que financie, centros de asesoramiento y «casas de mujeres», donde las mujeres puedan obtener consejo acerca de cualquier cuestión, desde derechos políticos a asesoramiento jurídico, sin olvidar la salud y la protección frente a la violencia doméstica, puesto que un enfoque global es útil para las mujeres, pero también más discreto cuando se trata de violencia;

62. Insta a las autoridades nacionales del norte de África a que impulsen programas de sensibilización sobre violencia doméstica junto con el desarrollo de refugios para mujeres que han sufrido o sufren actualmente violencia doméstica;

63. Pide a las autoridades de los países del norte de África que garanticen un apoyo médico y psicológico adecuado y servicios jurídicos gratuitos, así como el acceso a la justicia y a mecanismos de recurso, a las mujeres víctimas y testigos de actos de violencia;

64. Recuerda que también debe prestarse apoyo a la sociedad civil, a las ONG y a las organizaciones de mujeres a través de los mecanismos de la UPM; pide a la Comisión que facilite la cooperación entre las organizaciones de mujeres de la UE y sus homólogas en el norte de África;

65. Pide a la Comisión que apoye los esfuerzos en los países del norte de África para la creación de una democracia profunda y sostenible basada en el respeto a los derechos humanos, las libertades fundamentales, los derechos de las mujeres, los principios de igualdad entre hombres y mujeres, la no discriminación y el Estado de Derecho; destaca la necesidad de favorecer el desarrollo de una ciudadanía activa en la región a través del apoyo técnico y financiero a la sociedad civil con el fin de ayudar a crear una cultura política democrática;

66. Pide a la Comisión que garantice la plena transparencia en las negociaciones comerciales, incluida toda la información básica, en función de los acuerdos comerciales que se propongan; destaca que los grupos de mujeres y las organizaciones de la sociedad civil deben comprometerse de forma activa durante todo el proceso;

67. Pide a la Asamblea Parlamentaria de la UPM que dedique una sesión anual en marzo a la situación de las mujeres en la región;

68. Pide a la Comisión que fomente el refuerzo del proceso de Estambul y Marrakech y que apoye los programas que promueven el diálogo entre la sociedad civil y los gobiernos de la región euromediterránea;

69. Considera que el Fondo Europeo para la Democracia (FED), establecido recientemente, debe dedicar una atención especial a la implicación de las mujeres en los procesos de reformas democráticas en el norte de África, apoyando a las organizaciones de mujeres y los proyectos en ámbitos sensibles desde el punto de vista del género tales como fomentar el diálogo intercultural e interreligioso, combatir la violencia, generar empleo, promover la participación cultural y política, ampliar la igualdad de acceso a la justicia, a los servicios sanitarios y a la educación para las mujeres y las niñas, y evitar o poner fin a la discriminación existente contra la mujer y a las violaciones de los derechos de las mujeres;

70. Insta a la Comisión y a los Estados miembros, y en especial al Coordinador de la UE contra la trata, a que tengan en cuenta y hagan un frente común en la coordinación de las actividades de la UE en materia de política exterior dentro del marco de la Estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos 2012‑2016; considera que es necesario instar a las autoridades nacionales del norte de África, cuando y como sea posible, a que se relacionen con los demás Estados de la región para combatir la trata de seres humanos;

71. Pide a la Comisión que apoye los proyectos de mujeres y fortalezca las redes de mujeres en las universidades, los medios de comunicación, los organismos culturales, la industria cinematográfica y otros sectores creativos, e insiste en la importancia de mejorar las relaciones culturales entre ambas orillas del Mediterráneo, también a través de los medios sociales, las plataformas digitales y la emisión vía satélite;

72. Pide a los gobiernos y a las autoridades de los Estados miembros que coloquen los derechos de las mujeres en el centro de sus relaciones bilaterales diplomáticas y comerciales con los países del norte de África;

73. Pide a la Comisión que refuerce los programas de intercambio en la educación superior, por ejemplo Erasmus Mundus, y que fomente la participación de las jóvenes; aboga asimismo por el desarrollo de la cooperación interregional (ya sea a través de hermanamientos o de intercambios «entre pares») entre las regiones al norte y al sur del Mediterráneo;

74. Pide a la Comisión que fomente la participación de las jóvenes en los programas bilaterales de movilidad en el ámbito de la educación, por ejemplo Erasmus, y que desarrolle la cooperación interregional entre universidades y regiones al norte y al sur del Mediterráneo;

75. Celebra las asociaciones de movilidad en la medida en que facilitan los intercambios y contribuyen a gestionar la migración de una manera humana y digna;

76. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A partir de finales de 2010, una ola de protestas y manifestaciones se extendió por el norte de África y Oriente Próximo, y cambió el aspecto y el carácter de estas regiones desde dentro. Independientemente de la posición de las mujeres en estas regiones, ellas participaron activamente como manifestantes, organizadoras y líderes de estos movimientos, y actuaron como importantes vectores de cambio junto a sus homólogos masculinos. Hoy siguen luchando por obtener representación en las asambleas y los gobiernos de nueva formación, además de por la igualdad de derechos en las nuevas constituciones.

El éxito de estas protestas revolucionarias, conocidas comúnmente como la Primavera Árabe, ha variado, por distintas razones, según el país. El presente informe se centra en cuatro países del norte de África: Egipto, Libia, Marruecos y Túnez. A pesar de las diferencias entre ellos, los cuatro se han visto afectados por un cambio de régimen, elecciones y una reforma de su Constitución.

El objetivo del presente informe es: 1) resaltar los logros que han alcanzado las mujeres en Egipto, Libia, Marruecos y Túnez; 2) destacar el compromiso de las mujeres en la sociedad civil, las ONG, los medios de comunicación y los partidos políticos en apoyo de la transición democrática; 3) señalar las continuas dificultades y los posibles obstáculos a los que siguen enfrentándose las mujeres en la búsqueda de la igualdad en estos países, pese a que su implicación resultó fundamental para el éxito de sus propias manifestaciones; 4) destacar de qué manera deben utilizarse los instrumentos de la UE para sostener los derechos de la mujer y la igualdad de género en estos países a lo largo del proceso democrático.

En las décadas previas a las revueltas, las mujeres de Túnez y, hasta un cierto punto, de Egipto, Marruecos y Libia, lograron una legislación relativamente adelantada para la protección de sus derechos. Sin embargo, en la práctica, la consecución de una auténtica igualdad entre mujeres y hombres quedaba limitada por el carácter represivo de los regímenes, la falta de una aplicación eficaz de la legislación y por las percepciones tradicionales sobre el papel de la mujer. Y peor aún: los regímenes autocráticos utilizaban los progresos alcanzados en materia de derechos de la mujer como propaganda, especialmente en Libia pero también en Egipto. Asimismo, la participación de las mujeres en la vida pública estaba condicionada a su pertenencia al partido en el poder.

En Túnez, la sociedad civil es muy sólida y ya lo era bajo el régimen de Ben Alí, especialmente las organizaciones de defensa de los derechos de la mujer. No obstante, durante la Primavera Árabe, muchos se sorprendieron ante el importante papel que desempeñaron las mujeres y ante su intensa participación en las manifestaciones de Egipto, Libia y Túnez. Las mujeres han logrado una importante visibilidad durante las revoluciones. A menudo pagaron un precio elevado por su participación, en especial en Egipto y Libia, donde se denunciaron números alarmantemente elevados de casos de violencia e intimidación sexuales.

Tras las revueltas, el reto para las mujeres era traducir su combate cívico en acción política y participar en las elecciones. Los resultados fueron diversos de un país a otro. Principalmente se demostró que el sistema de votación adoptado mediante la legislación electoral afecta a las candidatas positiva o negativamente.

La Ley electoral libia exige que los partidos políticos presenten listas cerradas, de cremallera, que alternen, tanto horizontalmente como verticalmente, los candidatos masculinos y femeninos. Con ello se consiguió un buen resultado, en el que las mujeres lograron 32 escaños de los 80 asignados a los partidos políticos (de los 200 en el nuevo Congreso Nacional). Los 120 escaños restantes se asignaron a candidatos individuales y solo fue elegida una mujer (entre 89 candidatos). La Ley libia se adoptó teniendo en cuenta el caso de Túnez, donde la alternancia en las listas era solo vertical.

La experiencia tunecina demuestra que la fragmentación del paisaje político debilita el sistema de cuotas. Con todo, la representación femenina en la Asamblea Constituyente Nacional sigue siendo significativamente superior al nivel regional ‑y europeo‑ con un 27 %, tal como sucedía antes de la revolución pero con elecciones libres.

Los resultados de las elecciones en Egipto fueron una gran decepción. En las elecciones de noviembre 2011 ‑ enero 2012, solo resultaron elegidas ocho mujeres (1,6 %); dos más figuran entre los diez miembros del Parlamento designados por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (CSFA), con lo que la proporción total asciende al 1,9 %. En las elecciones al Consejo de la Shura celebradas entre enero y marzo de 2012, las mujeres conquistaron 5 escaños de un total de 180 (el 2,8 %).

Estos resultados revisten una importancia fundamental, puesto que la construcción de la democracia implica la plena participación de las mujeres, pero también porque las recién elegidas asambleas de Egipto, Libia y Túnez tienen el encargo de elaborar las nuevas constituciones. La redacción o revisión de la Constitución es, de hecho, un componente clave del debate político. La situación constitucional actual en el norte de África recuerda a la de la Europa de la posguerra. El principal reto para las mujeres de Egipto, Libia y Túnez es garantizar que las mujeres participen de manera activa en los organismos responsables de la elaboración de la nueva Constitución y que velen por que la democracia, los derechos de las mujeres y la igualdad de género se incluyan de manera clara en la Constitución. A este fin, las mujeres deberían organizarse dentro de las asambleas, por ejemplo en convenciones que reúnan a representantes de todos los partidos políticos, como sucede en el Parlamento tunecino.

El diálogo entre las mujeres sobre los valores y principios subyacentes a la futura Constitución y más allá debe abarcar también la participación de las mujeres de orígenes y religiones distintos.

Después de las elecciones en estos países, con la excepción de Libia, los partidos islamistas han alcanzado el poder, en ocasiones en coalición como en el caso de Túnez. Algunos miembros de estos partidos y movimientos externos a ellos se centran simbólicamente en los derechos de la mujer y presionan a los gobiernos para cuestionar la idea de igualdad entre el hombre y la mujer. La idea de igualdad de género ocupa el centro de los debates públicos y constitucionales, y cristaliza pasiones. La condición y el lugar de la mujer en la sociedad actualmente están casi dando forma a un cambio social, y tienden a contraponer a los «modernos» y los «tradicionales». Por lo tanto, es muy importante en esta fase evitar este riesgo y una bipolarización demasiado fuerte. Una solución podría ser crear un apoyo institucional que ofrezca oportunidades para construir puentes entre mujeres de distintos horizontes con objeto de buscar soluciones.

El impacto de la Primavera Árabe fue bastante diferente en Marruecos. Después de las revueltas en los países vecinos, el 20 de febrero de 2011 tuvo lugar una enorme manifestación. Se llevó a cabo una revisión de la Constitución, que fue aprobada por referéndum en julio de 2011. A continuación, un partido islamista, el Partido de la Justicia y del Desarrollo (PJD) ganó las elecciones generales de noviembre de 2011.

La cuestión definitiva en estos países es la conformación del Islam político dentro de estas sociedades que son muy distintas de los Estados del Golfo, por ejemplo. También dependerá de la manera en que el Islam político consiga desarrollar una doctrina gubernamental en el norte de África aprovechando el acervo del pasado.

Existe, de hecho, una amplia gama de combinaciones posibles entre el Islam y la universalidad de los derechos humanos. La Asamblea Constituyente de Túnez está intentando encontrar un punto de equilibrio. No es imposible, tal como demuestra el artículo 19 de la Constitución marroquí, revisada en 2011, que afirma que los hombres y las mujeres disfrutan, en pie de igualdad, de derechos y libertades de carácter cívico, político, económico, social, cultural y medioambiental[1]. La nueva Constitución se aprobó mediante referéndum.

Las conversaciones entorno a la redacción de una nueva Constitución se están revelando especialmente difíciles en Egipto. A pesar de animados y sofisticados debates entre los miembros de la Asamblea Constituyente, alcanzar acuerdos entre los miembros islamistas y no islamistas ha resultado ser un hito difícil de conseguir. Además, la ausencia absoluta de una masa crítica de mujeres en la Asamblea Popular, elegida democráticamente, debilita la voz de las mujeres en el proceso constitucional a pesar de una sociedad civil viva en la que las mujeres son muy activas.

Libia sigue siendo un país en posconflicto, con problemas muy específicos, y que no dispone de estructuras reales de Estado sobre las que basar su reconstrucción. Las tribus siguen desempeñando un papel principal en la estabilización del país, y las mujeres que participan en campañas públicas por la paz y la reconciliación nacional deben ser incluidas en los organismos de negociación.

En los cuatro países, los procesos siguen en curso y se viven tanto avances como retrocesos; por ello, el resultado final sigue siendo incierto.

El papel de las mujeres en el norte de África tan solo puede valorarse a través de su capacitación económica y social. Actualmente, en Túnez, Marruecos y Libia las mujeres están, desde hace años, muy bien representadas como estudiantes universitarias (40-60 %)[2], empresarias o agentes de la actividad económica (más del 25 %)[3], etc. En países como Libia, en el que el acceso a la vida pública estaba completamente cerrado a las mujeres, consiguieron estar relativamente bien representadas en la vida económica y social, y hoy suponen un 17 % de los parlamentarios electos del Congreso Nacional, aunque solo 2 de los 24 ministros.

La UE debe desempeñar su papel mediante su renovada política de vecindad. Apoyando la construcción de regímenes democráticos y el desarrollo económico y social, la UE podría ser decisiva a la hora de ayudar a sus vecinos del sur a conseguir lo que pedían las revueltas populares: más democracia, más libertad y más justicia. Al llevar a cabo sus actividades, la UE no debería olvidar que no puede existir una democracia auténtica que no tenga en cuenta a la mitad de la población. Por lo tanto, la igualdad de género y los derechos de la mujer deben figurar entre las prioridades de la UE y los avances en este ámbito deben tenerse en cuenta a la hora de evaluar los compromisos de los socios en virtud del enfoque «más por más». A este fin, las mujeres y las organizaciones que las representan deben implicarse en el proceso de negociación con las autoridades al decidir las prioridades y los programas en el marco del Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA).

Las estructuras de la Unión por el Mediterráneo (UPM) son otro instrumento para fomentar el diálogo y fortalecer las redes entre universidades, investigadores, periodistas, empresarios y ONG.

El presente informe se basa en una audiencia pública, una delegación a Túnez y la consulta con varias mujeres elegidas en los países afectados, con expertos y con ONG.

  • [1]  «L'homme et la femme jouissent, à égalité, des droits et libertés à caractère civil, politique, économique, social, culturel et environnemental, énoncés dans le présent titre et dans les autres dispositions de la Constitution, ainsi que dans les conventions et pactes internationaux dûment ratifiés par le Royaume et ce, dans le respect des dispositions de la Constitution, des constantes et des lois du Royaume. L'Etat marocain œuvre à la réalisation de la parité entre les hommes et les femmes. Il est créé, à cet effet, une Autorité pour la parité et la lutte contre toutes formes de discrimination».
  • [2]  Instituto de Estadística de la Unesco. Educación terciaria.
  • [3]  Instituto de Estadística OIT ‑ PNUD, actividad económica.

OPINIÓN de la Comisión de Desarrollo (23.1.2013)

para la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género

sobre la situación de las mujeres en el norte de África
(2012/2102(INI))

Ponente de opinión: Corina Creţu

SUGERENCIAS

La Comisión de Desarrollo pide a la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.  Pide a todos los países del norte de África que intensifiquen los esfuerzos con miras a promover la igualdad de acceso de las mujeres a la educación, la asistencia médica, la justicia, los medios de comunicación públicos y la vida política;

2.  Alienta la capacitación de las mujeres a través de proyectos de intercambio que permitan a organizaciones de mujeres y a investigadoras individuales procedentes de distintos países reunirse y compartir sus experiencias y conclusiones, de manera que puedan idear estrategias y medidas que se puedan reproducir en función de las diversas necesidades y los distintos lugares de origen;

3.  Hace hincapié en el importante reto que supone la erradicación del analfabetismo de las mujeres, y pide que se evalúen mejor las causas del abandono escolar; destaca la importancia de garantizar la representación de modelos femeninos adecuados en las escuelas;

4.  Pide que se eliminen todas las formas de discriminación contra la mujer en la legislación vigente en los países del norte de África, e insiste en la importancia que revisten la implicación y la participación activas de las mujeres tanto en la vida política como en las organizaciones de la sociedad civil, así como en la elaboración de las leyes; insiste en la importancia de informar y formar a mujeres y hombres de diversos orígenes y grupos sociales sobre la ciudadanía paritaria y los derechos electorales;

5.  Pide a la Comisión y a otros donantes que fomenten programas destinados a garantizar la igualdad de acceso a los mercados laborales y a la formación para todas las mujeres, y que aumenten los recursos financieros asignados al apoyo de la consolidación de capacidades de las organizaciones de la sociedad civil y redes de mujeres a nivel nacional y regional;

6.  Insta a la Comisión a que destaque modelos positivos de espíritu emprendedor femenino que reúnan a protagonistas procedentes de países del norte de África o agrupaciones que incluyan a empresarias europeas y norteafricanas, también en los ámbitos tecnológico e industrial; pide, por consiguiente, a la Comisión que cree instrumentos de divulgación para que estas experiencias resulten lo más útiles posible y sirvan de estímulo en situaciones que de otro modo serían poco dinámicas, poniendo de relieve su potencial para el desarrollo de las comunidades implicadas;

7.  Pide a las autoridades de los países del norte de África que adopten medidas sostenibles para superar la disparidad salarial entre hombres y mujeres, luchar contra la creciente feminización del desempleo y reforzar la protección social en situaciones relacionadas con el género y, en particular, en caso de maternidad;

8.  Pide que se respeten el patrimonio y las tradiciones culturales, religiosas y de otro tipo de las mujeres que no afecten a su dignidad, libertad y seguridad; considera que ha de darse prioridad a los esfuerzos realizados para mejorar la posición de las mujeres en las comunidades en las que viven, con arreglo a sus necesidades y a las circunstancias a que deben hacer frente;

9.  Alienta a la Comisión a que adopte un enfoque orientado a la integración de la perspectiva de género a la hora de elaborar las hojas de ruta nacionales para colaborar con las organizaciones de la sociedad civil en los países del norte de África, con objeto de reducir las desigualdades de género y crear las condiciones que permitan una participación equitativa de mujeres y hombres en los procesos de toma de decisiones;

10. Pide a las autoridades de los países del norte de África que garanticen un apoyo médico y psicológico adecuado y servicios jurídicos gratuitos, así como el acceso a la justicia y a mecanismos de recurso, a las mujeres víctimas y testigos de actos de violencia.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

22.1.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

22

0

2

Miembros presentes en la votación final

Thijs Berman, Michael Cashman, Corina Creţu, Véronique De Keyser, Nirj Deva, Leonidas Donskis, Charles Goerens, Filip Kaczmarek, Miguel Angel Martínez Martínez, Gay Mitchell, Norbert Neuser, Bill Newton Dunn, Maurice Ponga, Birgit Schnieber-Jastram, Michèle Striffler, Alf Svensson, Keith Taylor, Eleni Theocharous, Patrice Tirolien, Anna Záborská, Iva Zanicchi

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Enrique Guerrero Salom, Gesine Meissner, Judith Sargentini

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

19.2.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

24

0

4

Miembros presentes en la votación final

Regina Bastos, Andrea Češková, Marije Cornelissen, Iratxe García Pérez, Zita Gurmai, Mikael Gustafsson, Mary Honeyball, Sophia in ‘t Veld, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Constance Le Grip, Astrid Lulling, Ulrike Lunacek, Elisabeth Morin-Chartier, Krisztina Morvai, Siiri Oviir, Joanna Senyszyn, Joanna Katarzyna Skrzydlewska, Marc Tarabella, Britta Thomsen, Anna Záborská, Inês Cristina Zuber

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Izaskun Bilbao Barandica, Minodora Cliveti, Silvia Costa, Anne Delvaux, Mariya Gabriel, Nicole Kiil-Nielsen, Doris Pack, Licia Ronzulli, Angelika Werthmann